Generalitat de Cataluña

  • Es la equiparación del nivel asistencial de los centros privados, solicitantes de la acreditación, al nivel propio de las entidades concertadas, con el fin de gestionar las prestaciones vinculadas al servicio de acogida residencial y de acogida diurna, como paso previo a la concertación.

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    Las acreditaciones se pueden solicitar en cualquier momento.

    A quién va dirigido

    En los centros de titularidad privada registrados en el Registro de entidades, servicios y establecimientos sociales (RESES) que no tengan ninguna vinculación administrativa con la Dirección General de Protección Social como centro concertado o colaborador y que quieran solicitar la acreditación para atender a personas con derecho a prestación económica vinculada al servicio.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la acreditación

    Plazos

    La acreditación puede solicitarse en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Original y fotocopia o fotocopia compulsada del DNI/NIF/NIE de la persona representante legal de la entidad (1) i (2).
    2. Original y fotocopia o fotocopia compulsada del CIF de la entidad.
    3. Solicitud de transferencia bancaria para pagos de la Tesorería de la Generalitat de Catalunya con acreedores/acreedoras, de la persona beneficiaria, en caso de ser la primera solicitud o de haber sido modificada los datos anteriores, firmada y sellada.
    4. Documento acreditativo de apoderamiento y declaración de vigencia de poderes del/de la representante de la entidad.

    (1) En el caso de autorizar al Departamento a consultar vuestros datos a otra administración u organismo, no hará falta aportar esta documentación.

    (2) En el caso del NIE, debido a que no se puede efectuar la consulta delante del organismo correspondiente, se deberá aportar fotocopia compulsada o bien original i fotocopia.

    (3) El modelo de solicitud lo podéis encontrar en: http://www.gencat.cat/economia/serveis/models/index.html

    Requisitos

    Los requisitos que se tienen que cumplir son los que prevén las cláusulas administrativas y las prescripciones técnicas para contratar con la Administració de la Generalitat servicios de residencia asistida y de centros de día para gente mayor.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Podéis encontrar más información en la web del Departament de Benestar Social i Família

    Plazos

    Del04.06.2013al 23.09.2014

    Si tenéis problemas para descargar formularios PDF con el navegador de Google Chrome, consultad esta página.

    Presencialmente

    El formulario de solicitud se puede presentar en:

  • ## Resumen Este trámite permite a los centros de atención hospitalaria aguda en Cataluña realizar diversas gestiones relacionadas con su acreditación. Pueden solicitar una nueva acreditación, renovar una existente, comunicar cambios en sus datos o dar de baja la acreditación. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las siguientes opciones y selecciona la que corresponda a tu caso: * [Solicitar la acreditación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-de-centres-datencio-hospitalaria-aguda-a-Catalunya?category=75ff9c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Renovar la acreditación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-de-centres-datencio-hospitalaria-aguda-a-Catalunya?category=75ff9c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Comunicar la modificación de datos](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-de-centres-datencio-hospitalaria-aguda-a-Catalunya?category=75ff9c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) * [Comunicar la baja](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-de-centres-datencio-hospitalaria-aguda-a-Catalunya?category=75ff9c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=4) ## Trámites relacionados * [Acreditación de equipos de atención primaria](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dequips-datencio-primaria-00005?category=75ff9c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Autorización de entidades evaluadoras del modelo de acreditación de centros sanitarios](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-dentitats-avaluadores-de-salut?category=75ff9c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c) * [Declaración de idoneidad de la Unidad de experiencia para la atención a las personas afectadas por el síndrome de sensibilización central](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Nou-Tramit-00029?category=75ff9c1e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c)

  • ## Resumen Este trámite permite a los centros de formación obtener la acreditación necesaria para impartir cursos de formación básica y superior para la elaboración de planes de autoprotección (PAU). **Quién puede usar este servicio:** * Universidades de Cataluña * Centros adscritos a las universidades de Cataluña * Colegios profesionales * Centros de formación acreditados u homologados por el departamento competente en materia de trabajo * Centros de formación profesional de las organizaciones empresariales ## Lo que necesitas **Documentación requerida:** 1. Estatutos del centro con respecto a los centros adscritos a las universidades, centros de formación acreditados u homologados por el departamento competente en materia de trabajo, y centros de formación profesional de las organizaciones empresariales. 2. Acuerdo de concesión de licencia municipal de apertura, para los centros de formación acreditados u homologados por el departamento competente en materia de trabajo y centros de formación profesional de las organizaciones empresariales. 3. Programa de la actividad o actividades formativas, de acuerdo con las características mencionadas en la normativa, y con referencia expresa a los objetivos, el contenido, las actividades de aprendizaje, la elaboración de un proyecto en el que se desarrolle un caso práctico, la duración (expresada en horas lectivas) y la temporización indicativa de las actividades, y el lugar donde se llevará a cabo. 4. Descripción de los métodos y mecanismos previstos de evaluación del aprendizaje del alumnado. 5. Currículum del/de la responsable académico/a del curso, que deberá estar acreditado/a como personal técnico competente para elaborar planes de autoprotección. 6. Perfil del personal formador y currículum relacionado con las áreas de conocimiento que impartirá en el curso. 7. Descripción del sistema de evaluación de la calidad de la actividad formativa. **Costes y plazos:** * **Coste:** 405,35 € * **Plazo de resolución:** 3 meses ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitar y realizar el pago:** * Este trámite solo se puede hacer por internet. * Es necesario identificarse con idCAT Mòbil o un certificado digital. * Se debe adjuntar, en un archivo comprimido, toda la documentación descrita en el apartado Documentación de este trámite. * El importe de la tasa se debe abonar siguiendo las indicaciones de la carta de pago enviada por el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña. * En caso de incidencias, se puede enviar una consulta, queja o sugerencia (CQS) al Buzón de contacto de la web de Interior. * En caso de persistir la incidencia, se puede utilizar el formulario de instancia genérica que encontrarás en la web o en la sede electrónica de tu ayuntamiento. * Iniciar Petición genérica con firma electrónica 2. **Consultar el estado del trámite:** * En el Canal Empresa (con idCAT Mòbil o certificado digital). * En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF). * En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF). 3. **Recibir la respuesta de la Administración:** * En el plazo de 3 meses, a partir de la fecha de presentación de la solicitud de acreditación, o de haber respondido a los requerimientos que el ISPC haya podido hacer. * Una vez transcurrido el plazo máximo de 3 meses sin que se haya dictado resolución expresa, las solicitudes se entienden estimadas por silencio administrativo. * Las resoluciones de acreditación que emite el ISPC pueden consultarse en la web del ISPC. * Contra las resoluciones, expresas o presuntas, se podrá interponer recurso de alzada ante el consejero o consejera competente en materia de seguridad pública. * El ISPC puede comprobar el desarrollo y la ejecución de la actividad formativa y de las pruebas evaluativas para garantizar el ajuste a los criterios de calidad que implica la acreditación de la entidad. * En caso de que la entidad no ejecute los cursos de formación de acuerdo con los términos establecidos en la solicitud, se detecte falsedad en esta documentación, no siga los parámetros de calidad formativa o no cumpla los compromisos que contrae, se revoca la acreditación otorgada, con el trámite previo de audiencia. * Recibirás una notificación electrónica. Puedes acceder a su contenido a través del servicio e-NOTUM. ## Después de hacerlo * **Plazos de resolución:** 3 meses. * **Siguientes pasos:** Consultar la resolución en la web del ISPC o a través de e-NOTUM. ## Ayuda * **Contacto:** * Departament d'Interior i Seguretat Pública * Institut de Seguretat Pública de Catalunya * **Normativa:** * DECRETO 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas. * CORRECCIÓN DE ERRATAS en el Decreto 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas (DOGC núm. 6824, de 5.3.2015). * ORDEN INT/192/2011, de 28 de julio, de acreditación de los centros de formación de personal técnico competente para elaborar planes de autoprotección de las actividades y los centros de interés para la protección civil. * LEY 2/2023, de 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2023. * LEY 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023. * ORDEN INT/102/2023, de 27 de abril, por la que se da publicidad a las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Interior durante el año 2023.

  • Los centros de reconocimiento médico de personas conductoras son centros para hacer las revisiones de aptitudes físicas, psicofísicas y psicológicas de los conductores y conductoras y para expedir el certificado de aptitud necesario para obtener el permiso de conducir o la licencia de conducción.
    Corresponde al Servicio Catalán de Tráfico acreditar estos centros de reconocimiento.

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    Los centros tienen que estar autorizados por el Departamento de Salut y, posteriormente, ser acreditado por el Servicio Catalán de Tráfico a través de los servicios territoriales

    A quién va dirigido

    A las personas físicas o jurídicas que quieren acreditar un centro de reconocimiento de aptitudes psicotécnicas de las personas conductoras.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la baja de la acreditación

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que hay que adjuntar a la sol??licitud:

    1. Sol??licitud en modelo normalizado llenado por el titular o su representante legal.
    2. Tasa d???anotació de la baja en el Registro de centres.No s???ha d???abonar ninguna tasa cuando se trate d???un cierre puntual por ausencia facultativos o por|para vacaciones. Sólo s???ha de hacer una anotación.
    3. DNI titular o NIF de la sociedad titular y DNI de l???apoderat o representante legal.
    4. Fotocopia de l???autorització o comunicación previa presentada a l???autoritat sanitaria competente (Dirección General de Recursos Sanitarios del Departamento de Salud).

    Tasas

    • Anotaciones de cualquier tipo en los expedientes, certificados, compulsas y desglose de documentos 9,70 ?.

    Otras informaciones

    No s???ha d???abonar cabe tasa cuando se trate d???un cierre puntual por ausencia facultativos o por|para vacaciones. Sólo s???ha de hacer una anotación.

    ??

    La solicitud debe presentarse en el servicio Territorial de Tráfico donde se ubica la autoescuela.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Formulario para solicitar la acreditación y la inscripción de los centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores, así como cualquier modificación del régimen de funcionamiento o variación de datos de los centros.

    Para realizar la declaración por escrito del titular, director y/o del director facultativo y de los facultativos que no se encuentran en ninguna de las prohibiciones del artículo 8 del Reglamento de centros de reconocimiento de conductores. En el caso de los facultativos y directores se tienen que hacer constar también el horario de permanencia en el centro. Toda persona que deba presentar la declaración tiene que rellenar y presentar el formulario siguiente:

    Formulari d'actuació professional

    Esta solicitud debe enviarse o presentarse presencialmente a las oficinas territoriales del Servicio Catalán de Tráfico

    Solicitar modificaciones a la acreditación

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que hay que adjuntar a la sol??licitud:

    Documentación específica

    Si se realiza el alta de una persona facultativa del centro

    1. Sol??licitud en modelo normalizado llenado por el titular o su representante legal.
    2. DNI o NIE y permiso de residencia del/s facultatiu/s que sol??licita/en trabajar en el centro.
    3. Fotocopia de la comunicación previa que incluya la declaración responsable de l???interessat presentada en l???autoritat sanitaria competente (ha d???estar registrada en el Departamento de Salud).
    4. Documento acreditativo del registro de firmas del facultativo visado por los col??legis profesionales correspondientes.
    5. Declaración jurada que lo facultativo no está afectado por las prohibiciones a que se refiere l???article 8 del Reglamento y registro de la firma.
    6. Tasa por|para la modificación del régimen de funcionamiento del centro sin inspección.

    Si se realiza la baja de una persona facultativa del centro

    1. Sol??licitud y tasa d???anotació de la baja.
    2. Fotocopia de la comunicación previa que incluya la declaración responsable de l???interessat presentada en l???autoritat sanitaria competente (ha d???estar registrada en el Departamento de Salud).
    3. Baja d???un facultativo y al mismo tiempo alta d???un otro: la baja está exenta de tasa.

    Si se cambia la persona titular del centro

    1. Sol??licitud en modelo normalizado llenado por el titular o su representante legal. Tasa d???inscripció y acreditación como centro de reconocimiento.
    2. Fotocopia del certificado/de la notificación emitido/a por l???autoritat sanitaria competente donde conste l???assentament del cambio de titularidad en el Registro de centros sanitarios.
    3. Cuando el titular es una persona física: DNI.
    4. Cuando el titular es una sociedad: NIF de la sociedad y DNI de l???apoderat o representante y poderes notariales o documento acreditativo de la representación.
    5. Declaración jurada del nuevo titular que no se encuentra en cabeza|jefe de las prohibiciones de l???article 8 del Reglamento de centros de reconocimiento.
    6. Si eso supone algún cambio en los elementos personales o materiales hay que presentar también la documentación correspondiente.

    Si se cambia l???horari de l???activitat como centro de reconocimiento de conductores

    1. Comunicación del cambio al Servicio Territorial de Tráfico correspondiente.
    2. Tasa d???anotació de variación de datos en el Registro de centros.

    Si se realiza un cambio de local

    1. Sol??licitud en modelo normalizado llenado por el titular o su representante legal.
    2. Tasa de modificación del régimen de funcionamiento del centro con inspección.
    3. Fotocopia de l???autorització expedida por l???autoritat sanitaria competente (Dirección General de Recursos Sanitarios).
    4. Se hará una inspección por comprobar que el nuevo local s???ajusta a las disposiciones legales.
    5. Autorización sanitaria.
    6. Hay que especificar el nuevo domicilio a la sol??licitud. Si eso supone algún otro cambio en los elementos personales o materiales o en l???horari de funcionamiento, hay que presentar también la documentación correspondiente.

    Documentación común para todas las personas sol??licitants:

    1. Sol??licitud en modelo normalizado llenado por el titular o su representante legal. Esta sol??licitud s???ha de presentar por duplicado. Hay que especificar los cambios que s???han de hacer.
    2. DNI titular o NIF de la sociedad titular y DNI de l???apoderat o representante legal.
    3. En caso de que l???autoritat sanitaria haya tenido que comunicar y autorizar previamente la variación, sólo hay que presentar l???autorització o comunicación previa mencionada y, si pega|ocurre, el certificado de la inscripción al Registro correspondiente.
    4. Si la variación no s???ha de comunicar a l???autoritat sanitaria s???ha de presentar la documentación que corresponda según el cambio que se haga en relación con la sol??licitud d???inscripció.

    Requisitos

    Todos los centros de reconocimiento médico de conductores tienen que tener:

    ??Autorització

    1. Autorización sanitaria expedida por la Dirección General de Recursos Sanitarios.
    2. Acreditación del Servicio Catalán de Tráfico para hacer reconocimientos médicos a conductores.??

    Elementos mínimos

    Todo centro de reconocimiento médico de conductores tiene que disponer de los elementos mínimos que establece el Reglamento. Estos elementos mínimos son:

    1. Elementos personales: un médico general, un médico oftalmólogo y un psicólogo. Todos ellos han d???estar autorizados por l???autoritat sanitaria competente para ejercer l???activitat en el centro de reconocimiento. No obstante, el médico oftalmólogo se puede sustituir por|para la contratación de los servicios d???una clínica que preste servicios d???oftalmologia y que disponga de l???autorització de l???autoritat sanitaria competente.
    2. Local: requiere l???autorització que el local cumple los requisitos para desarrollar l???activitat. Además, el centro ha d???estar identificado mediante un letrero situado en lugar|sitio visible en l???exterior del centro, en el cual tienen que constar, como mínimo, la denominación y el número de registro.
    3. Material para las exploraciones: el centro tiene que disponer del material para exploraciones que detalla l???annex I del Real decreto 170/2010, de 19 de febrero, por|para el cual s???aprova el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores.
      El centro tiene que disponer, además, d???un equipo informático para el tratamiento de datos y con conexión electrónica con los servicios de tráfico.
    4. Documentación: informe modelo normalizado (anexo II del Real decreto 170/2010), historia clínica en modelo normalizado (anexo III del Real decreto 170/2010) y libro de registro informático de los informes d???aptitud psicofísica que haya emitido.

    Tasas

    Modificación del régiment de funcionamiento del centro de reconocimiento médico de conductores 104,35 ? (con inspección); 35,15 ? (sin inspección)..

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Formulario para solicitar la acreditación y la inscripción de los centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores, así como cualquier modificación del régimen de funcionamiento o variación de datos de los centros.

    Para realizar la declaración por escrito del titular, director y/o del director facultativo y de los facultativos que no se encuentran en ninguna de las prohibiciones del artículo 8 del Reglamento de centros de reconocimiento de conductores. En el caso de los facultativos y directores se tienen que hacer constar también el horario de permanencia en el centro. Toda persona que deba presentar la declaración tiene que rellenar y presentar el formulario siguiente:

    Formulari d'actuació professional

    Esta solicitud debe enviarse o presentarse presencialmente a las oficinas territoriales del Servicio Catalán de Tráfico

    Solicitar la acreditación

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    Alta de centro médico

    1. Solicitud en modelo normalizado completado por el titular o su representante legal. Esta solicitu se tiene que presentar por duplicado al Servicio Territorial de Tráfico de la demarcación donde se ubicará el centro.
    2. Pago de la tasa por inscripción y acreditación del centro. Esta tasa incluye la inspección reglamentaria y el alta de los facultativos.
    3. Cuando el titular es una persona física: DNI.
    4. Cuando el titular es una sociedad: NIF de la sociedad y DNI del apoderado o representante y poderes notariales o documento acreditativo de la representación.
    5. Escrituras de constitución de la sociedad y alta en el registro correspondiente.
    6. Fotocopia de la autorización expedida por la autoridad sanitaria competente de la autoridad sanitaria competente (Dirección General de Recursos Sanitarios).
    7. Certificado de inscripción en el Registro sanitario correspondiente como centro de reconocimiento.
    8. Relación del personal autorizado por la Dirección General de Recursos Sanitarios y sus datos de identificación.
    9. Documento acreditativo del registro de firmas de cada uno de los profesionales autorizados visado por los colegios profesionales correspondientes.
    10. En caso de que el oftalmólogo se sustituya por una clínica concertada: fotocopia del contrato con la clínica que tenga que prestar los servicios de oftalmología.
    11. Declaración jurada del titular, del director y/o del director facultativo y de los facultativos que no se encuentran en ninguna de las prohibiciones del artículo 8 del Reglamento de centros de reconocimiento de conductores.

    Requisitos

    Para abrir un centro de reconocimiento médico de conductores es necesario:

    Autorización:

    • Autorización sanitaria expedida por la Dirección General de Recursos Sanitarios
    • Acreditación del Servicio Catalán de Tráfico para hacer reconocimientos médicos a conductores

    Elementos mínimos

    Todo centro de reconocimiento médico de conductores tiene que disponer de los elementos mínimos que establece el Reglamento. Estos elementos mínimos son:

    • Elementos personales: un médico general, un médico oftalmólogo y un psicólogo. Todos ellos tienen que estar autorizados por lla autoridad sanitaria competente para ejercer la actividad en el centro de reconocimiento. No obstante, el médico oftalmólogo se puede sustituir por la contratación de los servicios de una clínica que preste servicios de oftalmologia y que disponga de la autoritzación de la autoridad sanitaria competente.
    • Local: requiere la autoritzación conforme el local cumple los requisitos para desarrollar la actividad. Además, el centro tiene que estar identificado mediante un letrero situado en un lugar visible en el exterior del centro, en el cual tienen que constar, como mínimo, la denominación y el número de registro.
    • Material para las exploraciones: el centro tiene que disponer del material para exploraciones que detalla el annex I del Real decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores.
      El centro tiene que disponer, además, de un equipo informático para el tratamiento de datos y con conexión electrónica con los servicios de tráfico.
    • Documentación: informe modelo normalizado (anexo II del Real decreto 170/2010), historia clínica en modelo normalizado (anexo III del Real decreto 170/2010) y libro de registro informático de los informes de aptitud psicofísica que haya emitido.

    Tasas

    • Inscripción y acreditación como centro de reconocimiento médico de conductores: 403,90 euros

    Formulario para solicitar la acreditación y la inscripción de los centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores, así como cualquier modificación del régimen de funcionamiento o variación de datos de los centros.

    Para realizar la declaración por escrito del titular, director y/o del director facultativo y de los facultativos que no se encuentran en ninguna de las prohibiciones del artículo 8 del Reglamento de centros de reconocimiento de conductores. En el caso de los facultativos y directores se tienen que hacer constar también el horario de permanencia en el centro. Toda persona que deba presentar la declaración tiene que rellenar y presentar el formulario siguiente:

    Formulari d'actuació professional

    Esta solicitud debe enviarse o presentarse presencialmente a las oficinas territoriales del Servicio Catalán de Tráfico

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • ## Resumen Este trámite permite a los comités de ética de investigación y comités de investigación clínica con medicamentos realizar diversas gestiones relacionadas con su acreditación. Quién puede usar este servicio: * Comités de ética de investigación. * Comités de investigación clínica con medicamentos. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta a continuación todas las opciones vinculadas al trámite. Selecciona la que se corresponda con tu caso y podrás acceder a toda la información y condiciones de tramitación. * [Solicitar la acreditación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dels-Comites-detica-dinvestigacio-i-comites-dinvestigacio-clinica-amb-medicaments?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Solicitar la renovación de la acreditación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dels-Comites-detica-dinvestigacio-i-comites-dinvestigacio-clinica-amb-medicaments?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Solicitar la autorización de modificación de la composición de un comité](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dels-Comites-detica-dinvestigacio-i-comites-dinvestigacio-clinica-amb-medicaments?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) * [Solicitar la autorización de modificación en el ámbito de actuación acreditado del comité](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dels-Comites-detica-dinvestigacio-i-comites-dinvestigacio-clinica-amb-medicaments?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=4) * [Presentar la memoria anual de actividades](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dels-Comites-detica-dinvestigacio-i-comites-dinvestigacio-clinica-amb-medicaments?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=5) * [Comunicar](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dels-Comites-detica-dinvestigacio-i-comites-dinvestigacio-clinica-amb-medicaments?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=6) * [Comunicar el cese de la actividad](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dels-Comites-detica-dinvestigacio-i-comites-dinvestigacio-clinica-amb-medicaments?category=76080094-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=7)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la acreditación de competencias profesionales en Cataluña (FPCAT). A continuación, se presentan las diferentes opciones disponibles: * Inscripción individual * Inscripción para convenios con entidades * Presentación de alegaciones Selecciona la opción que corresponda a tu caso para acceder a la información y condiciones de tramitación. [Inscripción individual](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/21900_Acreditat?category=742b7874-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) [Inscripción para convenios con entidades](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/21900_Acreditat?category=742b7874-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) [Presentación de alegaciones](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/21900_Acreditat?category=742b7874-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3)

  • ## Resumen Este trámite permite acreditar a las comunidades RIS3CAT y seleccionar proyectos de I+D+i para recibir ayudas del PO FEDER de Cataluña 2014-2020. Estas ayudas están enfocadas en las Industrias del diseño o las Industrias culturales y basadas en la experiencia. Quién puede usar este servicio: * Empresas y profesionales que sean miembros de las comunidades RIS3CAT. Antes de empezar: * Asegúrate de cumplir con los requisitos de la comunidad RIS3CAT. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Borrador del acuerdo de consorcio de la comunidad RIS3CAT. * Documentos acreditativos de poderes del representante legal de la entidad coordinadora. * Resultado de la autoevaluación financiera (para miembros con gasto subvencionable igual o superior a 400.000,00 euros). * Cuentas anuales del último ejercicio cerrado (para miembros con gasto subvencionable igual o superior a 400.000,00 euros). * Memoria técnica de la comunidad. * Borrador del acuerdo de agrupación de los participantes (para cada líder de proyecto). * Documentos acreditativos de poderes del representante legal de la entidad líder del proyecto y de las entidades participantes. * Memoria técnica del proyecto. Requisitos previos: * La comunidad RIS3CAT debe estar enmarcada en las industrias del diseño o culturales y basadas en la experiencia. * Debe estar formada por un mínimo de 8 miembros con establecimiento operativo en Cataluña (empresas, agentes del sistema de I+D+I, organizaciones clústeres y entidades de apoyo a la empresa). * Al menos 4 miembros deben ser empresas con ánimo de lucro, participando con un mínimo del 30% del gasto subvencionable. * El gasto subvencionable aceptado mínimo del presupuesto presentado por la Comunidad debe ser de 7 millones de euros. * Los solicitantes con un gasto subvencionable prevista igual o superior a los 400.00,00 euros deben ser aptos financieramente. Costes y plazos: * Este trámite no tiene tasas asociadas. * El plazo para presentar la solicitud fue del 7 de agosto al 31 de octubre de 2018. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. **Solicitar:** * Presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con la documentación requerida a ACCIÓ. * Se puede presentar presencialmente o por correo postal. * Plazo: Del 07/08/2018 al 31/10/2018 * [Consultar el horario de registro de documentación](http://accio.gencat.cat/ca/accio/contacte/) * Descargar los siguientes formularios y plantillas: * [solicitud](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/EMC/A_Empresa/A_ACCIO/Formularis/Comunitats_RIS3CAT/COM-2018-v1.0.exe) * [Sol·licitud COMRDI](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/EMC/A_Empresa/A_ACCIO/Formularis/Comunitats_RIS3CAT/COMRDI2018-v1.0_1.exe) * [Plantilla Memoria técnica](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/EMC/A_Empresa/A_ACCIO/Formularis/Comunitats_RIS3CAT/Plantilla-MT-COM18_vf.docx) * [Guión memoria técnica RDI](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/EMC/A_Empresa/A_ACCIO/Formularis/Comunitats_RIS3CAT/Guio-MT-COMRDI18_RDI_vf-.pdf) * [Plantilla memoria RDI](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/EMC/A_Empresa/A_ACCIO/Formularis/Comunitats_RIS3CAT/plantilla-MT-COMRDI-2018_vf.docx) * [Guión memoria técnica innovación](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/EMC/A_Empresa/A_ACCIO/Formularis/Comunitats_RIS3CAT/Guio-MT-COMRDI18_Innovacio-vf.pdf) * [Plantilla memoria técnica innovación](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/EMC/A_Empresa/A_ACCIO/Formularis/Comunitats_RIS3CAT/plantilla-MT-COMRDI-2018_Innovacio_vf.docx) * [Sol·licitud COMRDI](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/EMC/A_Empresa/A_ACCIO/Formularis/Comunitats_RIS3CAT/COMRDI2018-v1.0_1.exe) * Dónde puedes hacer el trámite: * [ACCIÓ - Agència per a la Competitivitat de l'Empresa](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=5500) * [ACCIÓ a l'Alt Penedès, Garraf i Maresme](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=19443) * [ACCIÓ a l'Alt Pirineu i Aran](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=20278) * [ACCIÓ a la Catalunya Central](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=5502) * [ACCIÓ a Girona](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=5504) * [ACCIÓ a Lleida](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=5505) * [ACCIÓ a Tarragona](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=5506) * [ACCIÓ a Terres de l'Ebre](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=5503) * [Oficina de Gestió Empresarial (OGE)](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=14208) 2. **Recibir la respuesta de la Administración:** * El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla es de seis meses. * La resolución se notificará a la entidad solicitante. * Se podrán utilizar medios electrónicos para la notificación. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * En caso de ser aprobada, se indicará la cuantía de la ayuda otorgada, la motivación de los gastos no aceptados y las condiciones y plazos para la realización de la actuación objeto de ayuda. Plazos de resolución: * El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de seis meses. Siguientes pasos: * Contra la resolución de concesión o denegación de las ayudas, se puede presentar recurso potestativo de reposición o recurso contencioso administrativo. ## Ayuda Contacto: * [ACCIÓ - Agència per a la Competitivitat de l'Empresa](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=5500) Recursos adicionales: * [Ficha resumen](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/EMC/A_Empresa/A_ACCIO/Formularis/Comunitats_RIS3CAT/Ficha_Comunitats_RIS3CAT2018_CAST.pdf) Normativa: * [RESOLUCIÓN EMC/1880/2018](http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=824842) * [RESOLUCIÓN EMC/1689/2018](http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=823443)

  • ## Resumen Este trámite permite a las enfermeras y enfermeros obtener la acreditación necesaria para indicar, usar y autorizar la dispensación de ciertos medicamentos y productos sanitarios de uso humano en Cataluña. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la acreditación (vía experiencia profesional)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dinfermeres-i-infermers-per-a-lexercici-de-la-indicacio-us-i-autoritzacio-de-la-dispensacio-de-medicaments-i-productes-sanitaris-dus-huma?category=70961641-b2c0-11e9-8dc5-005056924a59&moda=1) * [Solicitar la acreditación con la superación del curso de adaptación ](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dinfermeres-i-infermers-per-a-lexercici-de-la-indicacio-us-i-autoritzacio-de-la-dispensacio-de-medicaments-i-productes-sanitaris-dus-huma?category=70961641-b2c0-11e9-8dc5-005056924a59&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite a las entidades especializadas solicitar la acreditación para actuar como servicio de prevención ajeno, modificar el alcance de su acreditación o comunicar cambios que no afecten dicho alcance. Quién puede usar este servicio: * Entidades especializadas que deseen actuar como servicio de prevención ajeno. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones vinculadas al trámite y selecciona la que corresponda con tu caso: * [Solicitar la acreditación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dentitat-especialitzada-com-a-servei-de-prevencio-alie?category=77261a52-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Solicitar la modificación del alcance de la acreditación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dentitat-especialitzada-com-a-servei-de-prevencio-alie?category=77261a52-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Comunicar las modificaciones sin afectación del alcance de la acreditación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Acreditacio-dentitat-especialitzada-com-a-servei-de-prevencio-alie?category=77261a52-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3)

  • ## Resumen Este trámite permite a las entidades privadas obtener la acreditación necesaria para ser proveedoras de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública en Cataluña. La acreditación asegura que estas entidades cumplen con los estándares de calidad exigidos para prestar servicios sociales. **Quién puede usar este servicio:** * Empresas y profesionales * Entidades **Antes de empezar:** * Es necesario disponer de un certificado digital o idCAT Mòbil para realizar el trámite online. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Carta de Servicios. * Protocolo de acogida, estancia y baja del servicio de los usuarios. * Modelo de expediente de atención individualizado. * Memoria/Resumen de los estándares de calidad en la organización y el personal. * Justificante de presentación de las cuentas anuales en el registro correspondiente o las cuentas legalizadas o las cuentas firmadas. * Protocolo sobre el cumplimiento de la normativa aplicable según la tipología de servicio para ejercer la actividad. * Plan de Autoprotección. * Plan de Mantenimiento de las instalaciones del edificio y de las empresas especializadas que lo ejecuten. * Documento que acredite la representación. * Protocolo de limpieza de las instalaciones del edificio donde se desarrolla el servicio. * Documento acreditativo de disponer de la solvencia económica y financiera. **Requisitos previos:** * Cumplir con los requisitos especificados en la sección de requisitos de este documento. **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene tasas asociadas. * La resolución se dictará en el plazo máximo de tres meses a contar desde la presentación del formulario de solicitud. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitar:** Acceder al trámite online a través del enlace proporcionado y completar la solicitud con la documentación requerida. 2. **Consultar el estado del trámite:** Verificar el estado de la solicitud a través de Canal Empresa, el Estado de mis gestiones o el teléfono 012. 3. **Recibir respuesta de la Administración:** La resolución se notificará individualmente y se publicará en el Tablón electrónico de la Generalidad de Cataluña. **Información sobre cada etapa:** * **Solicitar:** Se requiere certificado digital o idCAT Mòbil para realizar la solicitud online. En caso de incidencias, consultar la sección de Avisos y cortes de servicio de la Seu electrònica de la Generalitat. * **Consultar el estado del trámite:** Se puede realizar online o por teléfono, utilizando el identificador del trámite y el DNI/NIF. * **Recibir respuesta de la Administración:** La resolución puede ser estimada o desestimada. En caso de denegación, se pueden presentar alegaciones. **Tiempos de espera:** * La resolución se dictará en un plazo máximo de tres meses. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Si la acreditación es aprobada, la entidad podrá ser proveedora de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública. **Plazos de resolución:** * Máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud. **Siguientes pasos:** * En caso de denegación, se puede interponer recurso potestativo de reposición o recurso ante la jurisdicción contencioso administrativa. ## Ayuda **Contacto:** * Para dudas o más información, se puede enviar una consulta a través del formulario de contacto (apartado Necesitas ayuda). **Recursos adicionales:** * Guía para obtener la acreditación como entidad proveedora de servicios * Modelo sobre el cumplimiento de la normativa aplicable * Tipologías de Servicio de Ayuda a Domicilio * Buzón de contacto

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