Acreditación de comunidades RIS3CAT y selección de proyectos de I+D+i de su plan de actuaciones
Información Rápida
Objetivo
Acreditar comunidades RIS3CAT y seleccionar proyectos de I+D+i para recibir ayudas del PO FEDER de Cataluña 2014-2020, enfocados en las Industrias del diseño o las Industrias culturales y basadas en la experiencia.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas y profesionales que sean miembros de las comunidades RIS3CAT, incluyendo empresas, agentes del sistema I+D+I, organizaciones clústeres y entidades de apoyo a la empresa.
Requisitos principales
- La comunidad RIS3CAT debe estar enmarcada en las industrias del diseño o culturales y basadas en la experiencia.
- Debe estar formada por un mínimo de 8 miembros con establecimiento operativo en Cataluña (empresas, agentes del sistema de I+D+I, organizaciones clústeres y entidades de apoyo a la empresa).
- Al menos 4 miembros deben ser empresas con ánimo de lucro, participando con un mínimo del 30% del gasto subvencionable.
- El gasto subvencionable aceptado mínimo del presupuesto presentado por la Comunidad debe ser de 7 millones de euros.
- Los solicitantes con un gasto subvencionable prevista igual o superior a los 400.00,00 euros deben ser aptos financieramente.
Plazos
El plazo para presentar la solicitud fue del 7 de agosto al 31 de octubre de 2018.
Duración del trámite
Seis meses (plazo máximo para la resolución)
Información adicional
La subvención máxima será del 50% del gasto subvencionable aceptado, con un máximo de 6 millones de euros por comunidad RIS3CAT.
Resumen
Este trámite permite acreditar a las comunidades RIS3CAT y seleccionar proyectos de I+D+i para recibir ayudas del PO FEDER de Cataluña 2014-2020. Estas ayudas están enfocadas en las Industrias del diseño o las Industrias culturales y basadas en la experiencia.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas y profesionales que sean miembros de las comunidades RIS3CAT.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos de la comunidad RIS3CAT.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Borrador del acuerdo de consorcio de la comunidad RIS3CAT.
- Documentos acreditativos de poderes del representante legal de la entidad coordinadora.
- Resultado de la autoevaluación financiera (para miembros con gasto subvencionable igual o superior a 400.000,00 euros).
- Cuentas anuales del último ejercicio cerrado (para miembros con gasto subvencionable igual o superior a 400.000,00 euros).
- Memoria técnica de la comunidad.
- Borrador del acuerdo de agrupación de los participantes (para cada líder de proyecto).
- Documentos acreditativos de poderes del representante legal de la entidad líder del proyecto y de las entidades participantes.
- Memoria técnica del proyecto.
Requisitos previos:
- La comunidad RIS3CAT debe estar enmarcada en las industrias del diseño o culturales y basadas en la experiencia.
- Debe estar formada por un mínimo de 8 miembros con establecimiento operativo en Cataluña (empresas, agentes del sistema de I+D+I, organizaciones clústeres y entidades de apoyo a la empresa).
- Al menos 4 miembros deben ser empresas con ánimo de lucro, participando con un mínimo del 30% del gasto subvencionable.
- El gasto subvencionable aceptado mínimo del presupuesto presentado por la Comunidad debe ser de 7 millones de euros.
- Los solicitantes con un gasto subvencionable prevista igual o superior a los 400.00,00 euros deben ser aptos financieramente.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- El plazo para presentar la solicitud fue del 7 de agosto al 31 de octubre de 2018.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
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Solicitar:
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Presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con la documentación requerida a ACCIÓ.
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Se puede presentar presencialmente o por correo postal.
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Plazo: Del 07/08/2018 al 31/10/2018
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Descargar los siguientes formularios y plantillas:
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Dónde puedes hacer el trámite:
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Recibir la respuesta de la Administración:
- El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla es de seis meses.
- La resolución se notificará a la entidad solicitante.
- Se podrán utilizar medios electrónicos para la notificación.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- En caso de ser aprobada, se indicará la cuantía de la ayuda otorgada, la motivación de los gastos no aceptados y las condiciones y plazos para la realización de la actuación objeto de ayuda.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de seis meses.
Siguientes pasos:
- Contra la resolución de concesión o denegación de las ayudas, se puede presentar recurso potestativo de reposición o recurso contencioso administrativo.
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