Generalitat de Cataluña

  • Permite acceder a las matrices de datos de los estudios de opinión del Centro de Estudios de Opinión (CEO).

    El CEO también dispone de una herramienta de análisis de las matrices de datos de los Barómetros de Opinión Política, el banco de datos llamado UPCEO.

    Leer más

    A quién va dirigido

    A personas que lleven a cabo algún tipo de investigación.

    Organismo responsable

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitar el acceso

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Otras informaciones

    Se puede tener acceso a las siguientes matrices de datos:

    • Matrices de datos de los estudios de opinión elaborados y financiados por el Centro de Estudios de Opinión.
    • Matrices de datos acumulados del Barómetro de Opinión Política que fusiona los datos de las tres oleadas que se han realizado durante un mismo año (hasta el año 2013), en un fichero en formato SPSS.

    Plazos

    Del15.01.2015

    Por correo electrónico

    Por correo electrónico

    Para disponer de la matriz de datos de los estudios de opinión elaborados y financiados por el CEO, podéis rellenar el formulario de petición de matrices de datos y enviarlo a ceo@gencat.cat.
    La matriz de datos acumulada del Barómetro de Opinión Política fusiona los datos de las tres oleadas que se han realizado durante un mismo año (hasta el año 2013) en un mismo fichero en formato SPSS. Para disponer de esta matriz podéis rellenar el formulario de petición de matrices de datos y enviarlo a ceo@gencat.cat.

    Conozca las condiciones técnicas y la configuración de los navegadores que le permitirá ver y descargar los documentos en formato pdf.

  • ## Resumen Este trámite permite acceder a servicios de viviendas para personas con problemas sociales derivados de enfermedades mentales. El acceso está sujeto a la disponibilidad de recursos y priorización de las necesidades más urgentes. ### ¿Quién puede usar este servicio? Personas mayores de 18 y menores de 65 años con problemática social derivada de enfermedad mental que necesiten una acogida residencial en una vivienda con servicios comunes. Las solicitudes deben realizarse a través de los centros de salud mental. ### Antes de empezar Es necesario estar vinculado a un Centro de Salud Mental de la Red Pública de Salud y que se le esté haciendo un seguimiento. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos 1. Fotocopia compulsada de la acreditación del representante legal, si aplica. 2. Fotocopia compulsada de la sentencia judicial de incapacitación y del nombramiento del tutor, si aplica. 3. Declaración expresa de residencia efectiva en Cataluña. 4. Informe social y de salud formalizado, fechado y firmado por el centro de salud mental de la red pública sanitaria. ### Requisitos previos 1. Tener entre 18 y 65 años. 2. Acreditar residencia legal y domicilio en Cataluña durante cinco años, dos de los cuales deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud (con excepciones para personas catalanas retornadas). 3. Poder llevar a cabo las actividades de la vida diaria solo con supervisión externa y poder vivir en régimen abierto. 4. Tener la dependencia valorada. 5. No cumplir los criterios necesarios para obtener los derechos derivados de la Ley de Dependencia. 6. Necesitar una acogida residencial en una vivienda para personas con problemática social derivada de enfermedad mental y acreditar la necesidad de prestación por falta de capacidad económica personal. 7. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% con respecto a la enfermedad mental. 8. Cumplir las características propias de un trastorno mental severo, según el criterio del Servicio Catalán de la Salud. 9. No requerir una atención sanitaria continuada. ### Costes y plazos * **Coste:** Este trámite es gratuito. * **Plazo:** El acceso a los servicios se puede solicitar en cualquier momento. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Solicitar:** La persona interesada debe estar vinculada a un Centro de Salud Mental de la Red Pública de Salud, donde se le esté haciendo un seguimiento. La solicitud se presentará bajo la orientación del Centro de Salud Mental y será necesario que en el formulario conste la firma y el sello del centro. El formulario de solicitud estará disponible en los centros de salud. 2. **Recibir la respuesta de la Administración:** El plazo máximo para emitir y notificar la resolución es de tres meses a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si transcurre este plazo sin recibir respuesta, la solicitud puede entenderse como desestimada por silencio administrativo. ### Información sobre cada etapa * **Solicitar:** La solicitud se presenta en el Centro de Salud Mental de la Red Pública de Salud al que esté vinculado el interesado. * **Recibir la respuesta de la Administración:** La resolución puede reconocer el derecho de acceso al servicio, que se hará efectivo cuando haya disponibilidad de plazas, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos. La tramitación corresponde a los servicios de Atención a las Personas de los Servicios Territoriales. ### Tiempos de espera El plazo máximo para recibir una respuesta es de tres meses. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez valorada la solicitud y comprobados los datos, si la persona solicitante cumple con los requisitos, recibirá una resolución que reconocerá esta circunstancia y le informará de que el acceso se hará efectivo en el momento en que haya disponibilidad de plazas, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos. ### Plazos de resolución El plazo máximo para emitir y notificar la resolución es de tres meses a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. ### Siguiente pasos Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el mismo órgano que la dicta o ante la persona titular de la Dirección General de Protección Social en el plazo de un mes. ## Ayuda ### Contacto Para cualquier consulta, puede utilizar el [Buzón de contacto](https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/generic/conqxsGeneric.do?webFormId=391&topicLevel1.id=1609&topicLevel2.id=17499&topicLevel3.id=17500&set-locale=ca_ES). ### Recursos adicionales * [Departament de Drets Socials i Inclusió](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=19774) * [Direcció General de l'Autonomia Personal i la Discapacitat](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=5921) ### Preguntas frecuentes * **¿De qué depende que se conceda el acceso a estos servicios?** El acceso a estos servicios está sujeto a la disponibilidad de plazas y a la priorización de las situaciones más urgentes. * **¿Cómo se presenta la solicitud?** La solicitud debe presentarse a través del Centro de Salud Mental de la Red Pública de Salud al que esté vinculado el interesado, con la firma y el sello del centro en el formulario. * **¿Qué ocurre si se aprueba la solicitud?** Si la solicitud es aprobada, se recibirá una resolución que reconoce el derecho de acceso al servicio, que se hará efectivo cuando haya plazas disponibles, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos. * **¿Qué pasa si no se recibe respuesta en el plazo indicado?** Si no se recibe respuesta en tres meses, se puede entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. * **¿Se puede reclamar si no se está de acuerdo con la resolución?** Se puede interponer un recurso de alzada ante el mismo órgano que dictó la resolución o ante la persona titular de la Dirección General de Protección Social en el plazo de un mes. * **¿Qué requisito es indispensable para solicitar este servicio?** Es necesario estar vinculado a un Centro de Salud Mental de la Red Pública de Salud y que se esté haciendo un seguimiento en dicho centro. * **¿Cómo se acredita la residencia en Cataluña?** La condición de vivir de forma real, efectiva e ininterrumpida en Cataluña se acredita mediante una declaración personal y responsable de la persona interesada.

  • ## Resumen Este trámite permite participar en el proceso selectivo para acceder a la categoría de subinspector/a de la escala ejecutiva del Cuerpo de Agentes Rurales de la Generalitat de Catalunya. **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria. **Plazo:** El plazo de presentación de solicitudes fue del 13 de septiembre al 10 de octubre de 2022. ## Lo que necesitas **Documentación:** * Documento acreditativo del nivel de catalán C1 o superior (si no se autoriza la consulta telemática). * Documentación acreditativa de los requisitos y méritos (si no se autoriza la consulta telemática). * Justificante de bonificación o exención de la tasa (si aplica). **Requisitos:** * Nacionalidad española. * Tener 18 años y no superar la edad de jubilación forzosa. * Titulación universitaria oficial de grado, diplomatura, ingeniería técnica o arquitectura técnica. * Permiso de conducción de vehículos de la clase B. * Nivel de suficiencia de catalán (C1) o superior. * Capacidad física y psíquica necesaria. * No tener antecedentes penales ni estar inhabilitado para cargos públicos. * Compromiso de llevar armas reglamentarias. * Haber pagado la tasa de inscripción (si no está exento). **Costes:** * Con bonificación por solicitud y pago telemáticos: 44,05 euros. * Con bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría general y por solicitud y pago telemáticos: 27,55 euros. * Con bonificación por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría especial y por solicitud y pago telemáticos: 16,55 euros. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. **Solicitar y realizar el pago:** El trámite se realiza online dentro del plazo establecido. Es necesario identificarse con idCAT Móvil o certificado digital. 2. **Consultar el estado del trámite:** Se puede consultar el estado del trámite a través del Área privada, el Estado de mis gestiones, el teléfono 012 o en una Oficina de Atención Ciudadana (OAC). 3. **Recibir la respuesta de la Administración:** La información relativa a la convocatoria se publica en la web del Departamento de Interior y en el e-Tauler. ## Después de hacerlo * Las listas provisionales de admitidos y excluidos se publican en el DOGC. Se dispone de 10 días hábiles para presentar alegaciones. * Las listas definitivas se publican en el DOGC. ## Ayuda * Para consultas o aclaraciones, se puede llamar al teléfono 931146887 de lunes a viernes de 8:00 a 15:00, o enviar un correo electrónico a direccio.agentsrurals@gencat.cat. * Bases de la convocatoria: https://interior.gencat.cat/ca/arees_dactuacio/agents-rurals/fes-te-agent-rural/convocatories/ * Guía del trámite: Guía del trámite para participar en la convocatoria ## Normativa * LEY 17/2003, de 4 de julio, del cuerpo de agentes rurales. * CORRECCIÓN DE ERRATA en la Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales. * DECRETO 266/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Agentes Rurales. * DECRETO 102/2019, de 7 de mayo, de modificación del Reglamento del Cuerpo de Agentes Rurales, aprobado por el Decreto 266/2007, de 4 de diciembre. * RESOLUCIÓN ISP/3413/2024, de 23 de septiembre, de nombramiento de personas funcionarias de carrera de la categoría de subinspector/a de la escala ejecutiva (grupo A, subgrupo A2) del Cuerpo de Agentes Rurales (convocatoria DGAR/03/22/SO). * RESOLUCIÓN INT/2684/2022, de 7 de septiembre, de convocatoria de proceso selectivo mediante concurso oposición para el acceso a la categoría de subinspector/a de la escala ejecutiva (grupo A, subgrupo A2) del Cuerpo de Agentes Rurales (núm. de registro de la convocatoria DGAR/03/22/SO).

  • Acceso a pisos asistidos para jóvenes ex-tutelados para poder iniciar un proceso de emancipación y de vida autónoma a partir de los 17 años y medio.

    Leer más

    A quién va dirigido

    A jóvenes ex tutelados que quieren apoyo de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) para acceder a un piso asistido a partir de los 17 años y medio.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento mientras se tenga entre 17 años y medio y 20 años y medio.

    Documentación

    • En caso de no disponer de DNI español: original y fotocopia o fotocopia compulsada del NIE o pasaporte o del documento de identificación del país de origen del solicitante que deberá estar vigente.
    • En caso de tener un certificado del grado de discapacidad emitido por una comunidad autónoma diferente de Cataluña, original y fotocopia o fotocopia compulsada del certificado del grado de discapacidad.
    • En caso de invalidez permanente con grado de gran invalidez, original y fotocopia o fotocopia compulsada del certificado del INSS de la situación de invalidez permanente con grado de gran invalidez (1)

    (1) En caso de autorizar al Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias a consultar sus datos a otra administración u organismo, no será necesario que aportes esta documentación.

    De acuerdo con la habilitación legal establecida en la disposición adicional 7ª de la Ley 2/2014, no será necesario presentar DNI/NIF del solicitante, ni certificado del grado de discapacidad emitido en Cataluña.

    Requisitos

    Los requisitos son:

    • Ser persona joven extutelada, tener entre 17 años y medio y 20 años y medio, querer disfrutar de este recurso y estar dispuesto a firmar un acuerdo con compromisos personales de construcción de un proyecto de vida autónoma y respetar la normativa de la vivienda.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Si tenéis problemas para descargar formularios PDF con el navegador de Google Chrome, consultad esta página.

    Presencialmente

    El formulario de solicitud se puede presentar en:

  • Es la solicitud de acceso a los estudios de opinión de la Generalitat de Catalunya inscritos en el Registro de Estudios de Opinión (REO).

    El REO es un registro público que incluye estudios de alguna de las categorías siguientes:

    • Encuestas electorales que preguntan sobre la intención de voto o sobre la valoración de los líderes y de los partidos políticos, así como estudios postelectorales.
    • Trabajos que tienen por objeto el análisis de las actitudes y las opiniones de la sociedad de Cataluña, la evaluación y el seguimiento de políticas o servicios de la Generalitat, y otros trabajos que sean relevantes para la acción del Gobierno.
    Leer más

    A quién va dirigido

    A cualquier persona física, en nombre propio o en representación de una entidad.

    Organismo responsable

    Normativa

    Trámites relacionados

    Solicitar el acceso

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento

    Requisitos

    • El Registro de Estudios de Opinión tiene la consideración de registro público, por lo tanto, según la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para acceder al registro hace falta solicitarlo e identificarse.
    • En caso de querer acceder de forma telemática al Registro de Estudios de Opinión se debe disponer de un certificado digital, como el IdCAT o el DNI electrónico.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Condiciones de uso de la información

    1. Las personas que soliciten el acceso a los estudios de opinión, no podrán ceder la información a terceras personas ni hacer uso comercial de ésta sin la expresa autorización del Centro de Estudios de Opinión.
    2. Siempre que se utilice información del Registro de Estudios de Opinión se deberá indicar la fuente.
    3. El Registro de Estudios de Opinión no se hace responsable del rigor científico del tratamiento estadístico, de las interpretaciones analíticas o de otro tipo, ni de la presentación que las personas solicitantes puedan hacer de la información facilitada por el Registro de Estudios de Opinión.

    Por internet

    Para acceder al Registro de Estudios de Opinión hay que disponer de un certificado digital, como por ejemplo el IdCAT o el DNI electrónico.

    En el caso del personal de la Generalitat de Catalunya también se puede acceder al Registro mediante el usuario y contraseña del portal ATRI.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Conozca las condiciones técnicas y la configuración de los navegadores que le permitirá ver y descargar los documentos en formato pdf.

  • ## Resumen Este trámite permite acceder al servicio de apoyo a la autonomía en el propio hogar, que ayuda a personas con discapacidad a realizar actividades diarias tanto en su domicilio como en la comunidad, fomentando su independencia. **Quién puede usar este servicio:** Ciudadanos con discapacidad intelectual, física, sordociega o derivada de enfermedad mental que deseen vivir de forma independiente o con otros, cumpliendo ciertos criterios. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Documento identificador de la persona con discapacidad (NIE). * Sentencia de medidas de apoyo a la capacidad jurídica y nombramiento del tutor/a (si aplica). * Volantes de residencia anteriores a 2006 (si es necesario para acreditar 5 años de empadronamiento en Cataluña). * Certificado de residencia legal durante 5 años (para personas extranjeras no comunitarias). **Requisitos previos:** * Tener entre 18 y 65 años al solicitar. * Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%. * Al menos el 25% de la discapacidad debe ser causada por una misma patología (no aplica a discapacidad intelectual). * Tener valorada la situación de Dependencia con un GRADO I o SIN GRADO. * Poder realizar las actividades diarias con el apoyo necesario. * Estar empadronado y residir legalmente en Cataluña durante cinco años, dos de los cuales deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud. * Disponer de un plan de atención personal. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * Se puede solicitar en cualquier momento. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitar:** * Por internet: Necesitas certificado digital o idCAT Mòbil. Puedes iniciar el trámite aquí. * Presencialmente: Presenta la documentación en los registros electrónicos de la administración, oficinas de asistencia, oficinas de correos, o embajadas y consulados. 2. **Prestación del servicio:** * Los Servicios Territoriales del Departamento gestionan el programa. Tras verificar los requisitos, se deriva al Equipo de Valoración y Orientación. Si la orientación es favorable, se reconoce el derecho al servicio y se facilita un listado de entidades prestadoras para que elijas una. 3. **Recibir el servicio:** * Una vez reconocido el derecho, elige la entidad prestadora del servicio y contacta con ella. El servicio comenzará cuando la entidad tenga disponibilidad. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Recibirás apoyo profesional de las entidades colaboradoras acreditadas, quienes diseñarán un programa individualizado contigo, valorando tus necesidades en áreas como comunicación, autocuidado, gestión del hogar, habilidades sociales, etc. ## Ayuda **Contacto:** * Servicios Territoriales del Departamento de Derechos Sociales y Inclusión. * Buzón de contacto **Recursos adicionales:** * Entidades colaboradoras * ORDEN TSF/111/2017, de 7 de junio * DECRETO 142/2010, de 11 de octubre

  • Todo el mundo tiene derecho a solicitar el acceso, la rectificación y la cancelación de sus datos personales recogidos en los ficheros policiales gestionados por la Dirección General de la Policía.

    Leer más

    A quién va dirigido

    A las personas físicas que quieran acceder, rectificar o cancelar sus datos personales recogidos en los ficheros policiales gestionados por la Dirección General de la Policía.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar el acceso, la rectificación o la cancelación de datos personales

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento. Sin embargo, el derecho de acceso sólo se puede ejercer a intervalos no inferiores a doce meses.

    Documentación

    Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:

    • Fotocopia compulsada del DNI, NIE o pasaporte


    Es imprescindible que la persona solicitando acredite su identidad, o la condición como tal de su representante, y que haga constar en la solicitud una dirección para notificaciones.
    Si se solicita una rectificación, la persona interesada tiene que indicar a qué datos se refiere y la corrección que se tiene que hacer. La solicitud tiene que ir acompañada de la documentación justificativa de lo que se solicita.
    Si se solicita una cancelación, la persona interesada tiene que indicar a qué datos se refiere y tiene que aportar la documentación que justifique la petición.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    El derecho de acceso es el derecho de la persona interesada a solicitar y obtener información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, del origen de los datos y de las comunicaciones efectuadas o que se prevea hacer.

    El derecho de rectificación es el derecho de la persona afectada a que se modifiquen los datos que sean inexactos o incompletos.

    El derecho de cancelación es el derecho a que se supriman los datos que sean inadecuados o excesivos.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • ## Resumen Este trámite permite a los ciudadanos ejercer sus derechos de acceso, rectificación y supresión de datos personales recogidos en los ficheros policiales gestionados por la Dirección General de la Policía de la Generalitat de Catalunya. ### ¿Quién puede usar este servicio? Ciudadanos que deseen acceder, rectificar o suprimir sus datos personales que constan en los ficheros policiales. ### Antes de empezar Es importante tener en cuenta que se considerará que una solicitud es repetitiva si se realizan tres sobre el mismo supuesto en un plazo de seis meses, excepto por causa legítima. ## Lo que necesitas ### Documentación requerida * Fotocopia compulsada del DNI, NIE o pasaporte. * En caso de solicitar una rectificación, indicar a qué datos se refiere y la corrección a realizar, adjuntando la documentación justificativa. * En caso de solicitar una supresión, indicar a qué datos se refiere y aportar la documentación que justifique la petición. ### Costes y plazos * Este trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Solicitar:** Presentar la solicitud y la documentación requerida. 2. **Consulta el estado del trámite:** Verificar el estado de la solicitud. 3. **Recibir la respuesta de la Administración:** Esperar la resolución de la Dirección General de la Policía. ### Información sobre cada etapa #### 1. Solicitar La solicitud y la documentación se pueden presentar: * En el registro electrónico de la Administración. * En las oficinas de asistencia en materia de registro. * En las oficinas de Correos (en sobre abierto). * En las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero. Formularios disponibles: * [Solicitud de supresión de datos personales registrados en los ficheros del ámbito de los sistemas de información de la Policía de la Generalidad - Mossos d'Esquadra (SIP PF y SIP PFMEN)](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/INT/A_Policia__INT/Formularis/9926_DP_01.doc) * [Solicitud de acceso o rectificación de datos personales registrados en los ficheros del ámbito SIP](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/INT/A_Policia__INT/Formularis/9926_DP_04.doc) * [Solicitud de rectificación de datos personales registrados en los ficheros del ámbito de los sistemas de información de la Policía de la Generalidad - Mossos d'Esquadra (SIP PF y SIP PFMEN)](https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/INT/A_Policia__INT/Formularis/9926_DP_07.docx) Dónde puedes hacer el trámite: * [Direcció General de la Policia](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=866) #### 2. Consulta el estado del trámite Puedes consultar el estado del trámite a través de: * [Área privada](https://ovt.gencat.cat/carpetaciutadana360#/acces) (con idCAT Mòbil o certificado digital). * [Estado de mis gestiones](https://ovt.gencat.cat/carpetaciutadana360#/consulta) (con el identificador del trámite y el DNI/NIF). * Teléfono 012 (con el código identificador del trámite y el DNI/NIF). * Cualquier [Oficina de atención ciudadana (OAC)](https://web.gencat.cat/es/contacte/oficines/index.html). #### 3. Recibir la respuesta de la Administración La Dirección General de la Policía debe informar a la persona interesada sobre el curso dado a su solicitud y tiene un plazo de un mes para resolver y notificar la resolución. ## Después de hacerlo ### Plazos de resolución La Dirección General de la Policía tiene un plazo de un mes para resolver y notificar la resolución a la persona interesada. ### Siguientes pasos Si transcurre este período y la Dirección General de la Policía no responde a la solicitud, la persona interesada puede interponer una reclamación ante la Autoridad Catalana de Protección de Datos. ## Ayuda ### Contacto * [Buzón de contacto](https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/generic/conqxsGeneric.do?webFormId=291&set-locale=es_ES) ### Normativa * [Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-8806) * [Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2018-16673)

  • ## Resumen Este trámite permite a empresas y profesionales, que son acreedores de la Generalitat de Catalunya, solicitar la aceptación administrativa de la domiciliación irrevocable de transferencias para pagos del Tesoro. Esto facilita el acceso a líneas de financiación de crédito y, en algunos casos, a mejores condiciones de financiación a través de convenios con entidades financieras. **Quién puede usar este servicio:** Empresas y profesionales acreedores de la Administración de la Generalitat de Catalunya. **Antes de empezar:** Es importante tener claro que la domiciliación irrevocable facilita la obtención de financiación, pero no garantiza el pago en caso de embargos o cesiones de crédito. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de transferencia bancaria con carácter irrevocable (disponible en formato PDF y DOC). **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * Se puede solicitar en cualquier momento. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitar:** Presentar la solicitud de domiciliación irrevocable a la Subdirección General de Tesorería. * La solicitud debe dirigirse a la Subdirección General de Tesorería. * Descarga el formulario de solicitud: Solicitud de transferencia bancaria con carácter irrevocable (PDF) o Solicitud de transferencia bancaria con carácter irrevocable (DOC). * **Dónde puedes hacer el trámite:** Sub-direcció General de Tresoreria 2. **Recibir la respuesta de la Administración:** La Subdirección General de Tesorería resolverá la solicitud después de que la Asesoría Jurídica del Departamento haya verificado los poderes. * El plazo máximo para recibir una respuesta es de **quince días**. * Si transcurren quince días sin recibir respuesta, la solicitud se considera desestimada (**silencio negativo**). **Información sobre la respuesta:** * Se puede recibir una resolución de aceptación o de desestimación. * La solicitud puede ser desestimada si los créditos han sido cedidos a terceros, están afectados a favor de entidades financieras con aval de la Generalitat, han sido embargados judicialmente, o si existen deudas pendientes con la Generalitat o la Seguridad Social. * La respuesta se registra en un registro especial de la Subdirección General de Tesorería. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La Generalitat no está obligada a realizar pagos si existe una orden de embargo o si el acreedor ha cedido el crédito a un tercero. ## Ayuda **Contacto:** * Departament d'Economia i Finances * Subdirecció General de Tresoreria **Normativa:** * ORDEN de 17 de enero de 1994, por la que se regula la aceptación administrativa de domiciliación irrevocable de transferencias de las obligaciones de pago de la Generalitat de Catalunya que se encuentran en Tesorería.

  • ## Resumen Este trámite permite participar en el proceso de selección para acceder a 240 plazas de bombero/a de primera de la escala técnica del cuerpo de Bomberos de la Generalitat (convocatoria 81/23). Quién puede usar este servicio: Ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria. Antes de empezar: Es importante leer las bases de la convocatoria para conocer todos los requisitos y el procedimiento. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: En general, no es necesario aportar documentación, ya que la administración consulta los datos directamente. Sin embargo, en algunos casos (oposición expresa a la consulta, residencia en otra comunidad autónoma) se deberá aportar la documentación acreditativa. Requisitos previos: * Tener la nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea. * Haber cumplido 18 años y no superar la edad de jubilación forzosa. * Poseer el título de bachillerato o técnico, o un nivel superior. * Estar en posesión del permiso de conducir de la categoría C. * Tener conocimientos de nivel de suficiencia de catalán (C1) o superior. * Tener conocimientos de lengua castellana (C1) o superior (si no se tiene la nacionalidad española). * Poseer la capacidad física y psíquica necesaria. * No haber sido separado del servicio de ninguna administración pública por expediente disciplinario. * No haber sido condenado por delitos contra la libertad e indemnidad sexual ni por tráfico de seres humanos. * Haber pagado la tasa de inscripción correspondiente. Costes y plazos: La tasa de inscripción es de 32,15 € (pago telemático). Existen bonificaciones para familias monoparentales o numerosas, y exenciones para personas en situación de paro que cumplan ciertos requisitos. El plazo de presentación de solicitudes fue del 27 de enero al 23 de febrero de 2023. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Solicitar y hacer el pago (plazo finalizado). 2. Consultar el estado del trámite. 3. Recibir la respuesta de la Administración (listas provisionales y definitivas). 4. Proceso selectivo (oposición, concurso, curso selectivo y prácticas). Información sobre cada etapa: * Solicitud y pago: El trámite se realiza online, con certificado digital o sin él. En caso de problemas técnicos, se puede contactar con el Departamento de Interior. * Consulta del estado del trámite: Se puede consultar en el Área privada, en el Estado de mis gestiones o por teléfono (012). * Listas provisionales: Se publican en el DOGC y se indica el plazo para presentar alegaciones. * Listas definitivas: Se publican en el DOGC y se resuelven las alegaciones. * Proceso selectivo: Consta de varias pruebas (conocimientos, física, oficios, psicológica, médica, catalán y castellano) y una fase de concurso (valoración de méritos). Tiempos de espera: Los plazos para la publicación de las listas provisionales y definitivas se indican en las bases de la convocatoria. ## Después de hacerlo Qué sucede después: Una vez superado el proceso selectivo, se realiza un curso selectivo y una fase de prácticas. Plazos de resolución: Los plazos para cada fase del proceso selectivo se indican en las bases de la convocatoria. Siguientes pasos: Una vez finalizadas las prácticas, se toma posesión como funcionario de carrera. ## Ayuda Contacto: * Teléfono: 93 551 20 00 * Correo electrónico: convocatoriesbombers@gencat.cat Recursos adicionales: * Consultar las bases y anexos de la convocatoria * Certificado digital * Teléfono 012 Preguntas frecuentes: Ver sección de preguntas frecuentes en la tarjeta administrativa.

Page 4 of 337
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.