Acreditación de centros de formación de técnicos para elaborar planes de autoprotección

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite a los centros de formación obtener la acreditación necesaria para impartir cursos de formación básica y superior para la elaboración de planes de autoprotección (PAU).

¿Quién puede solicitarlo?

Universidades de Cataluña, centros adscritos a universidades, colegios profesionales, centros de formación acreditados u homologados por el departamento competente en materia de trabajo, y centros de formación profesional de organizaciones empresariales.

Requisitos principales

  • Dirigir la solicitud al Instituto de Seguridad Pública de Cataluña (ISPC).
  • Presentar un dosier con la documentación requerida.
  • Abonar la tasa correspondiente.

Duración del trámite

3 meses

Resumen

Este trámite permite a los centros de formación obtener la acreditación necesaria para impartir cursos de formación básica y superior para la elaboración de planes de autoprotección (PAU).

Quién puede usar este servicio:

  • Universidades de Cataluña
  • Centros adscritos a las universidades de Cataluña
  • Colegios profesionales
  • Centros de formación acreditados u homologados por el departamento competente en materia de trabajo
  • Centros de formación profesional de las organizaciones empresariales

Lo que necesitas

Documentación requerida:

  1. Estatutos del centro con respecto a los centros adscritos a las universidades, centros de formación acreditados u homologados por el departamento competente en materia de trabajo, y centros de formación profesional de las organizaciones empresariales.
  2. Acuerdo de concesión de licencia municipal de apertura, para los centros de formación acreditados u homologados por el departamento competente en materia de trabajo y centros de formación profesional de las organizaciones empresariales.
  3. Programa de la actividad o actividades formativas, de acuerdo con las características mencionadas en la normativa, y con referencia expresa a los objetivos, el contenido, las actividades de aprendizaje, la elaboración de un proyecto en el que se desarrolle un caso práctico, la duración (expresada en horas lectivas) y la temporización indicativa de las actividades, y el lugar donde se llevará a cabo.
  4. Descripción de los métodos y mecanismos previstos de evaluación del aprendizaje del alumnado.
  5. Currículum del/de la responsable académico/a del curso, que deberá estar acreditado/a como personal técnico competente para elaborar planes de autoprotección.
  6. Perfil del personal formador y currículum relacionado con las áreas de conocimiento que impartirá en el curso.
  7. Descripción del sistema de evaluación de la calidad de la actividad formativa.

Costes y plazos:

  • Coste: 405,35 €
  • Plazo de resolución: 3 meses

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Solicitar y realizar el pago:
    • Este trámite solo se puede hacer por internet.
    • Es necesario identificarse con idCAT Mòbil o un certificado digital.
    • Se debe adjuntar, en un archivo comprimido, toda la documentación descrita en el apartado Documentación de este trámite.
    • El importe de la tasa se debe abonar siguiendo las indicaciones de la carta de pago enviada por el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.
    • En caso de incidencias, se puede enviar una consulta, queja o sugerencia (CQS) al Buzón de contacto de la web de Interior.
    • En caso de persistir la incidencia, se puede utilizar el formulario de instancia genérica que encontrarás en la web o en la sede electrónica de tu ayuntamiento.
  2. Consultar el estado del trámite:
  3. Recibir la respuesta de la Administración:
    • En el plazo de 3 meses, a partir de la fecha de presentación de la solicitud de acreditación, o de haber respondido a los requerimientos que el ISPC haya podido hacer.
    • Una vez transcurrido el plazo máximo de 3 meses sin que se haya dictado resolución expresa, las solicitudes se entienden estimadas por silencio administrativo.
    • Las resoluciones de acreditación que emite el ISPC pueden consultarse en la web del ISPC.
    • Contra las resoluciones, expresas o presuntas, se podrá interponer recurso de alzada ante el consejero o consejera competente en materia de seguridad pública.
    • El ISPC puede comprobar el desarrollo y la ejecución de la actividad formativa y de las pruebas evaluativas para garantizar el ajuste a los criterios de calidad que implica la acreditación de la entidad.
    • En caso de que la entidad no ejecute los cursos de formación de acuerdo con los términos establecidos en la solicitud, se detecte falsedad en esta documentación, no siga los parámetros de calidad formativa o no cumpla los compromisos que contrae, se revoca la acreditación otorgada, con el trámite previo de audiencia.
    • Recibirás una notificación electrónica. Puedes acceder a su contenido a través del servicio e-NOTUM.

Después de hacerlo

  • Plazos de resolución: 3 meses.
  • Siguientes pasos: Consultar la resolución en la web del ISPC o a través de e-NOTUM.

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