Generalitat de Cataluña

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o cesar la autorización sanitaria para reducir el número de muestras tomadas en establecimientos cárnicos o mataderos. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la autorización sanitaria de reducción de muestras](/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-sanitaria-de-reduccio-de-mostres-a-establiments-carnis-escorxadors?category=760a98a8-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Solicitar el cese de la autorización sanitaria de reducción de muestras](/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-sanitaria-de-reduccio-de-mostres-a-establiments-carnis-escorxadors?category=760a98a8-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) ## Trámites relacionados * [Registro sanitario de industrias y productos alimentarios de Cataluña (RSIPAC)](/es/tramits/tramits-temes/Registre-sanitari-dindustries-i-productes-alimentaris-de-Catalunya-RSIPAC-00001?category=7529fc36-a82c-11e3-a972-000c29052e2c)

  • Las instalaciones de distribución de energía eléctrica son numerosas y por lo tanto tienen una importante incidencia en el desarrollo económico del país.

    Dentro de estas instalaciones, hay que establecer una subdivisión en cuanto a la tramitación a realizar para solicitar la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la autorización de explotación (puesta en servicio), en función de dos situaciones que tienen en cuenta tanto la tensión (kV) como los permisos que se tienen que obtener de organismos y empresas de servicios comunitarios, de particulares afectados, etc.

    Leer más

    Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descargéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se presente una versión obsoleta.

    A quién va dirigido

    A las empresas distribuidoras que tengan que solicitar al órgano competente en materia de energía de la Generalitat de Cataluña la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la autorización de explotación ( puesta en servicio) de la instalación.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la autorización de explotación de instalaciones de distribución eléctrica de alta tensión hasta 66 kV, cuando hay acuerdo de todas las partes afectadas

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentos necesarios para la realización del trámite:

    • Certificado de dirección y finalización de obra, según modelo disponible aquí. El documento deberá suscribirse única y exclusivamente mediante firma electrónica por el facultativo competente director de obra. Opcionalmente también se podrá anexar, por segunda vez, el mismo documento también firmado electrónicamente por el facultativo competente director de obra y visado del colegio correspondiente.
    • Memoria del proyecto ejecutivo de la instalación, ajustado al contenido previsto en las reglamentaciones aplicables, con el grado de detalle suficiente para que la instalación pueda ser ejecutada por un ingeniero distinto del que haya redactado el proyecto. Contendrá la descripción literal y gráfica de los bienes y derechos afectados por cada uno de los organismos y empresas de servicios comunitarios afectadas y la afirmación inequívoca de que la instalación cumplirá la legislación aplicable (preferentemente con firma electrónica).
    • Planos del proyecto ejecutivo (preferentemente con firma electrónica).
    • Permisos:
      • Relación de organismos y empresas de servicios comunitarios afectadas, con la manifestación de aceptación expresa de los condicionantes que éstos hayan podido imponer, se adjuntarán los documentos que acrediten fehacientemente la obtención de permisos, licencias o autorizaciones otorgadas por los citados entes (preferentemente con firma electrónica).
      • Relación de particulares afectados, adjuntando los documentos que acrediten el permiso de paso de cada uno de ellos (preferentemente con firma electrónica).
      • Documento que acredite la cesión de uso del local para la ubicación del centro de transformación en edificios o agrupaciones de edificios (preferentemente con firma electrónica).
    • Otros: En el caso de que haya instalados eléctricas ejecutadas por terceros se deberá aportar un documento que acredite la cesión de las mismas y la subrogación por parte de la empresa distribuidora de todos los derechos y deberes inherentes (preferentemente con firma electrónica)

    Requisitos

    Las empresas eléctricas distribuidoras titulares de las de instalaciones de distribución eléctrica de alta tensión deben cumplir los siguientes requisitos:

    • Cumplir los requisitos preceptivos, de acuerdo con los reglamentos técnicos y demás normativa aplicable y deben comprometerse a mantener su cumplimiento durante la vida útil de la instalación.
    • Finalizar la construcción de la instalación.
    • Tener el acuerdo de todas las partes afectadas, disponiendo de la totalidad de la documentación que acredite de forma fehaciente la obtención de permisos, licencias o autorizaciones otorgadas por los organismos, corporaciones oficiales, empresas de servicio público afectados o particulares.
    • El trámite requiere de la identificación digital de los representantes legales de las empresas que se dispongan a efectuar la solicitud.
    • Haber realizado el alta como representante legal de la empresa distribuidora titular de la instalación en el Canal Empresa poniéndose en contacto con la Oficina de Gestión Empresarial en Barcelona.

    Tasas

    La tasa se calcula de forma automática en el formulario de solicitud en función del valor del proyecto, de acuerdo a la siguiente fórmula:

    Tasa = 20.5 + ((2205 x presupuesto) / 1000000 )

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se firma electrónicamente y se realiza el envío de la solicitud y documentación anexa, el sistema genera una carta de pago en el que figura el código de barras correspondiente a la liquidación. Una vez se dispone de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de " la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    El formulario de solicitud, el Certificado final de obra y el resto de documentación se tienen que presentar a través de Canal Empresa.

    Consultad las condiciciones técnicas necesarias para realitzar trámites en línea en Trámites gencat

    Por internet

    Los pasos a seguir son los siguientes:

    1. Descargar el formulario desde la página Presentar la solicitud de autorización de explotación de instalaciones de distribución eléctrica de alta tensión hasta 66 kV, cuando hay acuerdo de todas las partes afectadas (se puede acceder haciendo clic en el enlace que hay en este mismo apartado).
    2. Rellenar el formulario
    3. Descargar el certificado final de obra a partir del enlace que hay al propio formulario o aquí. Rellenar y firmar con certificado digital por el facultativo competente director de obra. Opcionalmente también se podrá realizar una segunda copia del certificado firmada electrónicamente por el facultativo competente director de obra y visado del colegio correspondiente.
    4. Adjuntar el Certificado final de obra al formulario de solicitud, validarlo, firmarlo con certificado digital y guardarlo.
    5. Volver a la página de tramitación a través del enlace del propio formulario (al final del documento, justo antes del botón de guardar), y enviar el formulario.
    6. En el momento de enviar el formulario la persona que efectúe el trámite recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado. También recibirá la Carta de pago en el cual figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    7. Una vez se dispone de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva.
    8. A continuación recibirá un requerimiento automático de documentación. Para responder el requerimiento se tendrá que anexar la documentación que falta presentar (preferentemente con firma electrónica). se puede consultar la documentación a anexar en cada caso en el apartado de Documentación de esta ficha:
      • Memoria del proyecto ejecutivo de la instalación.
      • Planos del proyecto ejecutivo.
      • Permisos: licencias o autorizaciones otorgadas por los entes, permisos de paso de los particulares afectados, y la acreditación de cesión de uso del local para la ubicación del centro de transformación en edificios o agrupaciones de edificios, según corresponda.
      • Otro documentación según se requiera.

    Importante: el formulario genérico se tiene que enviar firmado electrónicamente.

    Solicitar la autorización administrativa de instalaciones de alta tensión de más de 66 kV y/o cuando no se dispone de los permisos de organismos, empresas y particulares

    Plazos

    Se tiene que solicitar previamente a la fase de construcción.

    Documentación

    Instancia y la que define el Título VII del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre

    Tasas

    Según valor del proyecto (Código tasa: 14.01.01)

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la oficina OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la cual figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez se dispone de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Presencialmente:

    1. En la misma OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo en el Tesoro de la Generalitat de Catalunya.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Otras informaciones

    1. Instalaciones hasta 66 kV, incluidas las de baja tensión, los titulares de las cuales son empresas eléctricas de servicio público, que no disponen de la totalidad de la documentación que acredite de forma fehaciente la obtención de permisos, licencias o autorizaciones otorgadas por los organismos, corporaciones oficiales, emprendidas de servicio público afectados o particulares. Se aplicará al expediente el trámite normal previsto en el articulo 6º del Decreto 351/1987 de 23 de noviembre y al Título VII del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre.
    2. Instalaciones de más de 66 kV, los titulares de las cuales son empresas eléctricas de servicio público. Se aplicará al expediente el trámite normal previsto en l?article 6º del Decreto 351/1987 de 23 de noviembre y al Título VII del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre.
    3. Declaración de utilidad pública, si procede, como requisito indispensable para proceder a la expropiación forzosa y la imposición de servidumbre de paso. Se podrá pedir de forma simultánea o independiente de la solicitud de autorización administrativa.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Por correo postal

    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

  • ## Resumen Este trámite permite a los agricultores solicitar ayuda para la conservación de recursos genéticos agrícolas y también solicitar el pago de dicha ayuda. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles y selecciona la que corresponda a tu caso para acceder a la información y condiciones de tramitación: * [Solicitar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23457_-_ajut-conservacio-recursos-genetics-agricoles?category=7280fc48-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Solicitar el pago](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/23457_-_ajut-conservacio-recursos-genetics-agricoles?category=7280fc48-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) ## Trámites relacionados * [DUN - Declaración agraria](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/6497_Declaracio-unica-Agraria-DUN?category=7280fc48-a82c-11e3-a972-000c29052e2c)

  • ## Resumen Ayuda destinada a la conservación de recursos genéticos ganaderos en Cataluña. Busca mantener la viabilidad genética de las poblaciones ganaderas y evitar la desaparición de razas autóctonas. Quién puede usar este servicio: * Empresas y profesionales titulares de explotaciones ganaderas. Antes de empezar: * Es necesario disponer de un certificado digital para realizar el trámite online. * Los animales deben estar inscritos en el RER a 1 de enero del año de la convocatoria. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * No se especifican documentos concretos, pero se requiere identificación digital para acceder a la aplicación DUN. Requisitos previos: * Ser titular de una explotación ganadera. * Los animales deben pertenecer a alguna de las razas subvencionables y cumplir con el censo mínimo. * Los animales deben estar inscritos en la asociación ganadera correspondiente y participar en el programa de mejora de la raza. Costes y plazos: * Este trámite no tiene tasas. * El plazo ordinario es del 1 de febrero al 30 de abril de 2025. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. **Solicitar:** Presentar la solicitud a través de la aplicación DUN. 2. **Consultar el expediente y aportar documentación:** Acceder a LaMevaDUN para consultar el estado del expediente y, si es necesario, aportar documentación adicional. 3. **Recibir la respuesta de la Administración:** La Administración tiene un plazo máximo de seis meses para emitir la resolución. Información sobre cada etapa: * **Solicitud:** Se realiza online a través de la aplicación DUN. Es necesario identificarse con un certificado digital. * **Consulta del expediente:** Permite verificar el estado de la solicitud y aportar documentación adicional si es requerida. * **Resolución:** La Administración notificará la resolución al interesado por escrito. En caso de silencio administrativo, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada. Tiempos de espera: * La Administración tiene un plazo máximo de seis meses para emitir la resolución. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * Se recibe la resolución de la Administración, aprobando o denegando la ayuda. Plazos de resolución: * La Administración tiene un plazo máximo de seis meses para emitir la resolución. Siguientes pasos: * En caso de aprobación, se procederá al pago de la ayuda. * En caso de denegación, se puede interponer un recurso de alzada ante el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes. ## Ayuda Contacto: * Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació * Servei d'Ajuts a la Sostenibilitat Agrària Recursos adicionales: * ORDEN ACC/34/2024, de 26 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas asociadas al contrato global de explotación en el marco de la programación de desarrollo rural en Cataluña 2023-2027. * Aplicación DUN * LaMevaDUN Preguntas frecuentes: * Ver sección de FAQ.

  • ## Resumen Esta ayuda busca impulsar la producción agraria ecológica compensando las pérdidas y los costes adicionales que enfrentan los productores ecológicos. **Quién puede usar este servicio:** Empresas y profesionales titulares de explotaciones agrarias inscritas en el CCPAE. **Antes de empezar:** * Asegúrate de tener un certificado digital para acceder a la aplicación DUN. * Verifica que cumples con los requisitos de superficie mínima y otros criterios específicos. ## Lo que necesitas **Requisitos:** * Estar inscrito en el CCPAE. * Cumplir con las obligaciones del CCPAE. * Cumplir con los requisitos de superficie mínima por tipo de cultivo. * En el caso de explotaciones ganaderas, cumplir con los requisitos específicos según el tipo de explotación. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * El plazo para solicitar la ayuda es del 1 de febrero al 30 de abril de 2025. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitar:** Accede a la aplicación DUN con tu certificado digital y completa la solicitud. 2. **Consultar y aportar documentación:** Entra en LaMevaDUN para consultar el estado de tu expediente y, si es necesario, aportar documentación adicional. 3. **Recibir la respuesta:** La Administración tiene un plazo máximo de seis meses para resolver y notificar la resolución. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Recibirás una notificación con la resolución de tu solicitud. * Si la solicitud es aprobada, recibirás el pago de la ayuda. **Plazos de resolución:** * Máximo 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. **Siguientes pasos:** * En caso de disconformidad con la resolución, puedes interponer un recurso de alzada. ## Ayuda **Contacto:** * Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació * Servei d'Ajuts a la Sostenibilitat Agrària **Recursos adicionales:** * Aplicación informática DUN * Aplicación informática LamevaDUN * ORDEN ACC/34/2024, de 26 de febrero ## Normativa * ORDEN ACC/34/2024, de 26 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas asociadas al contrato global de explotación en el marco de la programación de desarrollo rural en Cataluña 2023-2027.

  • ## Resumen Esta ayuda está destinada a productores de tomate para la industria en Cataluña. Su objetivo es evitar el abandono de este cultivo y fomentar prácticas sostenibles. Quién puede usar este servicio: * Agricultores activos titulares de explotaciones productoras de tomate inscritas en el SIDEAC. Antes de empezar: * Es necesario disponer de un certificado digital para realizar el trámite online. ## Lo que necesitas Requisitos: * Destinar la producción de tomate a la transformación mediante un contrato. * Cumplir con una densidad mínima de siembra o plantación. * Realizar entregas a las industrias transformadoras en las fechas establecidas. * Gestionar los insumos de manera sostenible. Costes y plazos: * Este trámite es gratuito. * El plazo de solicitud es del 1 de febrero al 30 de abril de 2025. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. **Solicitar:** Presentar la solicitud a través de la aplicación DUN. 2. **Consultar el expediente y aportar documentación:** Acceder a LaMevaDUN para revisar el estado del expediente y añadir documentos si es necesario. 3. **Recibir la respuesta de la administración:** La resolución será notificada entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de junio de 2026. Información sobre cada etapa: * Solicitar: Se realiza online a través de la aplicación informática del Departamento de Agricultura (Iniciar . Acceder a Aplicación informática). * Consultar el expediente: Se puede consultar y aportar documentación a través de LaMevaDUN. * Recibir la respuesta: La resolución corresponde a la Direcció General de Desenvolupament Rural. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * Se notifica la resolución y se realiza el pago de la ayuda. Plazos de resolución: * La notificación y el pago se realizarán entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de junio de 2026. Siguiente pasos: * En caso de no estar de acuerdo con la resolución, se puede interponer un recurso de alzada. ## Ayuda Contacto: * Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació * Servei de Coordinació d'Ajuts i Registres Recursos adicionales: * http://agricultura.gencat.cat/dun Normativa: * Resolución ARP/574/2025, de 20 de febrero * ORDEN ACC/30/2024, de 19 de febrero * Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar o gestionar la ayuda para la promoción de productos vinícolas en terceros países para la campaña 2025/2026. **¿Quién puede usar este servicio?** Productores de vino que deseen promocionar sus productos en mercados fuera de la Unión Europea. ## Lo que necesitas * Documentación requerida para la solicitud (especificada en cada modalidad). * Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa. ## Cómo hacerlo El trámite se divide en dos opciones: 1. **Solicitar la ayuda campaña 2025/2026:** Para iniciar una nueva solicitud de ayuda. * Enlace: [Solicitar la ayuda campaña 2025/2026](/es/tramits/tramits-temes/8365-Ajut-promocio-productes-vinicoles-tercers-paisos?category=72b504a2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) 2. **Aportar documentación, alegar o desistir:** Para realizar acciones sobre una solicitud ya existente. * Enlace: [Aportar documentación, alegar o desistir](/es/tramits/tramits-temes/8365-Ajut-promocio-productes-vinicoles-tercers-paisos?category=72b504a2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) ## Ayuda Para cualquier duda o consulta, contacta con el Departament d'Acció Climàtica, Alimentació i Agenda Rural.

  • Mediante la orden AAM/1/2015, de 7 de enero, están convocadas las ayudas a las inversiones destinadas a los procedimientos y tecnologías de productos vitivinícolas, que se establecen en el Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, por la aplicación de las medidas del programa de apoyo desde 2014 hasta 2018 en el sector vitivinícola.

    La orden establece convocatorias sucesivas hasta el año 2018 siempre y cuando haya presupuesto disponible. Todas las solicitudes presentadas entre el 1 de febrero y el 31 de enero del año siguiente concurrirán en una misma convocatoria.
    La orden mencionada establece las siguientes líneas de ayudas:

    • Ayudas a las inversiones en transformación y / o comercialización de los productos vitivinícolas producidos en territorio nacional.
    • Ayudas a la innovación: inversiones tangibles o intangibles destinadas al desarrollo de nuevos productos, procedimientos y tecnologías relacionadas con los productos vitivinícolas producidos en territorio nacional. (La información relativa a esta medida se puede consultar en este enlace).
    Leer más
    • Plazo: hasta el 31 de enero de 2016 para la convocatoria 2016. Todas las solicitudes presentadas a partir del 1 de febrero de 2016 serán tramitadas en la siguiente convocatoria.
    • Las solicitudes y la documentación se han de presentar telemáticamente.

    A quién va dirigido

    A personas físicas o jurídicas, que quieran realizar inversiones para mejorar las condiciones de producción y / o comercialización de productos vitivinícolas, en el marco del Real Decreto Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, por la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014 a 2018 en el sector vitivinícola español.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo de solicitud finaliza el 31 de enero de 2016. Todas las solicitudes presentadas a partir del 1 de febrero de 2016 serán tramitadas en la siguiente convocatoria, siempre y guan se cumplan los demás requisitos que se establezcan.

    Documentación

    Para solicitar la ayuda habrá que rellenar la solicitud que encontrará en el PASO 1. En este modelo habrá que anexar el Modelo de Información adicional (A1057.01/ 2016-DO2) al proyecto de inversión de ayuda solicitado.
    Además, se deberá presentar de forma telemática (a través del portal OVT, mirar el documento "instrucciones" de la página principal) la documentación que se detalla a continuación (A1057.01/2016-DO3) dentro del plazo previsto en la convocatoria de ayuda, la cual le será requerida a través del portal OVT cuando se haya presentado la solicitud de la ayuda:

    • Declaración de la empresa solicitante relativa a PIMES y grandes empresas (A1057.01/2016-DO4).
    • Permiso de obra o bien su solicitud, en su caso.
    • En el caso de personas jurídicas, certificado del acuerdo del órgano competente según los estatutos de la entidad para solicitar la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes. No será necesario este certificado en caso de administrador único.
    • Documentación que acredite el cumplimiento de la normativa medioambiental, en concreto el permiso ambiental o bien su solicitud a la administración competente.
    • Documentación justificativa de los criterios de prioridad y de atribución indicados en el apartado 4, que el interesado se haya puntuado en la solicitud de la ayuda.
    • Registro Sanitario de Industrias y de Productos Alimentarios de Cataluña o el equivalente, en el caso de inversiones realizadas fuera de Cataluña, o bien compromiso de solicitarlo, si se trata de una nueva instalación. No será necesario presentarlo si las inversiones realizadas no afectan el Registro mencionado o bien en el caso de autorización al DAAM a que se refiere el apartado 6.5.
    • Proyecto técnico básico, firmado por una persona técnica y visado por el colegio profesional correspondiente, en caso de que el valor de la obra civil, maquinaria e instalaciones objeto de solicitud supere los 150.000,00 euros de inversión o la potencia instalada supere los 20 kW. El proyecto debe cumplir lo establecido en estas bases y en la normativa comunitaria relativa a la medida de inversiones, así como demás legislación aplicable.
      El proyecto técnico deberá contener, como mínimo, la siguiente información: plano de localización de las inversiones, plano detallado de las instalaciones diferenciando las existentes de las previstas, el proceso productivo de la empresa, información general de la empresa, información económica, financiera y social, información comercial y técnica. En particular deberán especificar los medios propios o externos con los que contará para el desarrollo del proyecto. También será necesario que se especifiquen las operaciones y se detallen los conceptos de gasto que componen cada operación y los gastos estimados de cada una de ellas, respetando la moderación de gastos tal y como establece el artículo 24.2 d) del Reglamento (UE) núm. 65/2011, de la Comisión, de 27 de enero de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo en relación a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con otras medidas de ayuda al desarrollo rural, su calendario previsto de ejecución y, en caso de inversiones en comercialización a realizar en otras países de la UE, habrá que indicar la localización exacta de la misma.
    • Facturas proforma u ofertas. En los casos en que los gastos que debe realizar la persona solicitante superen la cuantía de 50.000,00 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 18.000,00 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el solicitante deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. Cuando se produzca esta circunstancia, se deberá adjuntar al proyecto una memoria razonada en relación con la oferta triada.L'elecció entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse esta elección expresamente en una memoria en el proyecto, cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. En caso contrario, el gasto no se considerará subvencionable. Las 3 ofertas deben provenir de empresas que no formen parte del mismo grupo de sociedades, de acuerdo con los supuestos que establece el artículo 42 del código de comercio. Las facturas proforma o ofertas deberán describir y detallar suficientemente la operación para identificar cada uno de los elementos y precios correspondientes, con el fin de verificar el costo razonable de los mismos.
      Cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria, correspondientes a los dos últimos ejercicios y debidamente firmados. Los modelos a presentar, normal o abreviado, son los que establecen las normas de elaboración de las cuentas anuales del Plan general contable.
    • Cuentas anuales consolidadas del grupo, si la persona solicitante es una sociedad que forma parte de un grupo de sociedades que esté obligada a elaborar cuentas anuales consolidadas.
    • Copia de la certificación del acuerdo de aprobación de las cuentas anuales, si la persona solicitante está obligada a depositar las cuentas anuales en el Registro mercantil o en el de cooperativas.
    • Informe de la auditoría, si la persona solicitante está obligada a someter sus cuentas anuales a verificación contable.
    • Copia de las pólizas de préstamos suscritos con los que se financiará el proyecto de inversión.
    • Resolución de concesión de otras ayudas concedidas o bien copia de solicitud y, en su caso, justificantes de cobro de las subvenciones aportadas por organismos oficiales.

    Requisitos

    Empresas que cumplan los siguientes requisitos:

    1. Deben producir, comercializar o realizar ambos procesos respecto a los productos mencionados en el apartado 1.1 de la Orden de ayudas.
    2. Deben tener actividad en el momento de presentación de la solicitud o bien que la inicien con el proyecto presentado con la solicitud.
    3. Deben ser los responsables finales de la financiación del proyecto.
    4. En caso de que la actividad del beneficiario sea solamente la comercialización como mínimo el 80% de su facturación correspondiente al último ejercicio cerrado deberá proceder de la comercialización de los productos mencionados en el apartado 1.1 de la Orden de ayudas.
    5. En caso de que el beneficiario inicie su actividad en el ámbito de la comercialización, debe comprometerse mediante la solicitud a que como mínimo el 80% de su facturación procederá de la comercialización de los productos mencionados en el apartado 1.1 de la Orden de ayudas.
    6. La empresa debe demostrar su viabilidad y suficiente capacidad y medios, a fin de asegurar la adecuada ejecución de la inversión.
    7. No estar en situación de crisis, según la definición establecida en las directrices comunitarias sobre las ayudas de estado de salvamento y de reestructuración de las empresas en crisis, de acuerdo con la Comunicación (2014 / C 249/01), de la Comisión, de 31 de julio de 2004.
    8. Acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y sus obligaciones por reintegro de subvenciones, así como no tener ningún tipo de deuda con la Generalidad de Cataluña.
    9. Han de mantener la durabilidad de las operaciones relativas a las inversiones durante los 5 años posteriores a la fecha del pago final de la ayuda.
    10. Las inversiones no se podrán iniciar antes de la solicitud, siempre teniendo en cuenta las excepciones que se mencionan en la misma convocatoria de la ayuda.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Líneas de inversión de las ayudas

    1. Elaboración de productos vitivinícolas: Las operaciones propias del proceso de elaboración, desde la recepción de la uva hasta el almacenamiento del producto terminado, incluyendo los sistemas informáticos para el control de los procesos productivos.
    2. Control de la calidad: cualquier operación realizada en el proceso de control de la calidad de los productos, desde la toma de muestras en la recepción de la uva en bodega, los controles realizados durante el proceso de la elaboración, el aseguramiento de la trazabilidad, los sistemas de calidad o la implantación de normas de calidad alimentaria.
    3. Comercialización: cualquier operación realizada en los países de la UE, incluida España, en:
      • Puntos de venta directa en bodega, incluyendo salas de exposición y degustación, pero separados físicamente de las instalaciones de elaboración.
      • Puntos de venta fuera de la bodega, almacenes, centros logísticos y oficinas comerciales.
      • Equipamientos necesarios para la exposición y / o venta.
      • Desarrollo de redes de comercialización.
      • Hardware, software, plataformas web / comercio electrónico, para la adopción de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y el comercio electrónico.
    4. Vinculadas a la empresa en general: las operaciones que mejoren la estructura operativa de los sistemas de gestión administrativa, la organización y el control de la empresa, así como el desarrollo de las redes de información y comunicación.

    Moderación de costes: cuantías máximas de las inversiones

    Los importes máximos subvencionables dentro de los proyectos de inversión por los conceptos que se enumeran a continuación deberán limitarse a los importes que se indican; por lo tanto, cuando en un proyecto concreto se superen estos límites, el exceso será considerado gasto no subvencionable:

    1. En caso de adquisición o construcción de edificaciones, así como la ampliación o reforma de edificaciones. El importe máximo subvencionable ascenderá a:
      • 450,00 euros por metro cuadrado construido, cuando la inversión se ejecute en España.
      • 500,00 euros por metro cuadrado construido, cuando la inversión se ejecute en otros países de la Unión Europea.

    Para la aplicación de este límite se tendrán en cuenta tanto los gastos de adquisición, como las de obra civil en edificación nueva o reformada, incluyendo sus divisiones interiores.

    En estos límites no se tendrán en cuenta los gastos relativos a instalaciones, sea cual sea su naturaleza.

    2. Cierres perimetrales de fincas. El importe máximo subvencionable ascenderá a 35,00 euros por metro lineal, incluidos todos los elementos singulares diferentes de las puertas.

    El número de metros lineales máximo subvencionable será igual, en valor absoluto, a la suma del número de metros cuadrados construidos y / o que se pretendan construir en el establecimiento objeto del proyecto de inversión.

    3. explanación y urbanización, incluida la dotación firme. El importe máximo subvencionable ascenderá a 30 ? por metro cuadrado objeto de actuación. El número de metros cuadrados máximos subvencionables será igual al doble de la superficie nueva construida.
    Estos límites serán aplicables tanto en la evaluación de la solicitud de ayudas como en la evaluación de las solicitudes de pago.

    Plazos

    Del01.02.2015al 31.01.2016

    Todas las solicitudes presentadas a partir del 1 de febrero de 2016 serán tramitadas en la siguiente convocatoria, siempre y cuando se cumplan los demás requisitos que se establecen.

    Por internet

    Para tramitar la solicitud por Internet es necesario disponer de firma electrónica.
    Instrucciones genéricas para la tramitación del formulario electrónico:

    1. El único medio válido para la presentación de las solicitudes es el de la vía electrónica. A tal efecto se dispondrá de un formulario electrónico que convendrá firmar mediante firma digital válida antes de enviar hacerlo desde el espacio habilitado a tal efecto en este mismo portal.
    2. El límite máximo para poder enviar el formulario electrónico de solicitud (incluido documentación anexa) es 5 MB y, para rellenar correctamente el formulario necesario disponer del software Adobe Reader 9.2 o versiones posteriores. El software Adobe Reader es de descarga gratuita.
    3. El formulario que se descargue del entorno sólo podrá ser utilizado una vez. En consecuencia, si por cualquier motivo se detecta que se ha tramitado la solicitud con algún error, por subsanarlo deberá descargar nuevamente y rellenarlo con los datos correctos.
    4. Si el error se detecta antes de enviar el formulario se puede rectificar siguiendo las siguientes indicaciones:
      • Abrir el formulario.
      • Situar el cursor sobre la firma y, con el botón derecho del ratón, seleccionar la opción "Borrar la firma".
      • Pulsar el botón del formulario "desbloquear". En este momento ya se puede ir al campo del formulario en el que se haya detectado el error para modificarlo. Posteriormente hay que volver a validar el formulario, firmarlo y guardarlo. En estos momentos ya se puede enviar.
    5. Para tramitar la solicitud se debe firmar electrónicamente con un certificado digital válido de persona jurídica. Son los siguientes:
      • Certificado de persona jurídica: se trata de un certificado emitido a favor de una entidad jurídica. La custodia de cada certificado digital de persona jurídica es responsabilidad de la persona física que lo solicita. En este sentido, se recomienda utilizarlo sólo cuando se actúa directamente, es decir, sin utilizar la figura de representante legal y siendo la persona física que lo solicita la que dispone de plenos poderes legales en la empresa.
      • Certificado de representante: en este caso la persona se identifica con la calificación de representante legal o apoderado general de la empresa, con las prerrogativas legales que supone.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea

    Presencialmente

    La solicitud de esta ayuda sólo se puede presentar telemáticamente (por internet).
    Consulte el apartado de documentación para saber los documentos que deben presentarse telemáticamente, adjuntos a la solicitud, y los que se deben aportar presencialmente en:
    ? Servicios Territoriales de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

    Solicitar el pago

    Plazos

    El plazo de solicitud del pago de la ayuda es el indicado en la resoluciones de concesión de la ayuda.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse a la solicitud del pago de la ayuda:
    A1057/2014 - DO7 Hoja de documentación a presentar

    Otra documentación relacionada con la certificación de la ayuda:
    A1057/2014-DO8 Solicitud del pago de la ayuda
    DO9-B1-B2-B3-B4 Listados justificativos de las inversiones
    DO10- Compromiso medioambiental
    DO21. Sol·licitud de modificación de las inversiones

    Requisitos

    Para solicitar el pago de la ayuda deben haberse realizado y pagado las inversiones / operaciones aprobadas en la resolución de concesión de la ayuda.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • ## Resumen Este trámite ofrece ayuda a personas que se han visto afectadas por el conflicto en Ucrania y están bajo el régimen de protección temporal. **Quién puede usar este servicio:** Personas acogidas al régimen de protección temporal debido al conflicto en Ucrania. **Antes de empezar:** * Tenga a mano la documentación necesaria. * Identifique la opción de trámite que se ajusta a su necesidad (solicitar ayuda o aportar documentación). ## ¿Qué necesitas hacer? Este trámite te permite solicitar la ayuda o aportar documentación. ## Cómo hacerlo Consulta las opciones disponibles y selecciona la que corresponda a tu caso: * [Solicitar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Ajuts-Ucraina?category=76573236-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Ajuts-Ucraina?category=76573236-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) ## Información Adicional Fecha de actualización: 25.01.2023

  • ## Resumen Este trámite ofrece diferentes opciones para personas trabajadoras de centros residenciales. Puedes solicitar la ayuda o aportar documentación relacionada con las resoluciones TSF/1471/2021 y TSF/2193/2020. **Quién puede usar este servicio** Personas que trabajan en centros residenciales y necesitan solicitar la ayuda o aportar documentación requerida. ## Cómo hacerlo 1. **Elige la opción correcta:** Selecciona la opción que corresponda a tu situación: "Solicitar la ayuda", "Aportar documentación Resolución TSF/1471/2021 (TSF102)" o "Aportar documentación Resolución TSF/2193/2020 (TSF077)". 2. **Sigue las instrucciones:** Cada opción te guiará a través de los pasos necesarios para completar el trámite. ## Enlaces de interés * [Solicitar la ayuda](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Ajut-a-persones-treballadores-de-centres-residencials?category=7646b76e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación Resolución TSF/1471/2021 (TSF102)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Ajut-a-persones-treballadores-de-centres-residencials?category=7646b76e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Aportar documentación Resolución TSF/2193/2020 (TSF077)](https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Ajut-a-persones-treballadores-de-centres-residencials?category=7646b76e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3)

Page 32 of 239
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.