Generalitat de Cataluña

  • ## Resumen Ayudas económicas para compensar la pérdida de ingresos por la devolución de entradas de eventos culturales (conciertos, festivales, muestras audiovisuales, arte digital) que tuvieron que cancelarse o modificarse debido a restricciones de movilidad por la COVID-19. **Quién puede solicitarlo:** Empresas y profesionales del sector cultural. **Importante:** El plazo de solicitud para 2021 ya ha finalizado. ## Lo que necesitas * **Documentación:** * Memoria justificativa del evento y las devoluciones (Memoria). * Declaración de remuneraciones (Declaración de remuneraciones). ## Cómo hacerlo 1. **Solicitar:** * El trámite se realiza online a través del formulario de solicitud (Iniciar). * Es necesario disponer de un certificado digital cualificado. 2. **Consultar el estado del trámite:** * Puedes verificar el estado de tu solicitud en el Área Privada de Trámites Gencat (https://ovt.gencat.cat/carpetaciutadana360#/consulta) utilizando el código (ID) o número de expediente y tu DNI/NIF. 3. **Recibir la respuesta de la administración:** * La resolución se publicará en el tablón de anuncios electrónico de la Generalitat de Cataluña (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1). * El plazo máximo para la resolución es de cinco meses desde la publicación de la convocatoria. ## Después de hacerlo * Si no recibes respuesta en cinco meses, se considera que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo. * Puedes interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Cultura en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución. ## Ayuda * **Contacto:** * Información sobre la subvención: 93 554 73 30 y 93 552 45 74, ajuts.icec@gencat.cat * Información sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66 * **Normativa:** * Convocatoria para la concesión de subvenciones para compensar la devolución del precio de las entradas * Bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para compensar la devolución del precio de las entradas * Texto refundido de las Bases Generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia tramitados por el ICEC * Modificació de les bases generals reguladores dels procediments per a la concessió d'ajuts en règim de concurrència * Bases generals reguladores dels procediments per a la concessió d'ajuts en règim de concurrència

  • Se abre una línea de subvención para las empresas con centros de trabajo en Cataluña que hayan suscrito un convenio con las oficinas de Trabajo del SOC, para compensar los gastos derivados de acciones de tutoría y evaluación de personas jóvenes que han realizado prácticas no laborales con compromiso de contratación que se regulan en el Real decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el cual se regulan las prácticas no laborales en empresas.
    Se subvencionarán como máximo 3 euros por hora de práctica no laboral cuando a fecha de publicación de la convocatoria las personas jóvenes contratadas hayan trabajado como mínimo un periodo de 6 meses ininterrumpidamente.

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    A quién va dirigido

    A las empresas con centros de trabajo en Cataluña, que hayan suscrito un convenio de prácticas no laborales con compromiso de contratación en el marco del Real decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el cual se regulan las prácticas no laborales en empresas.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud finaliza el 17 de julio de 2015.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Original y fotocopia o copia compulsada de la documentación acreditativa de la representación con que actúa, si no se ha inscrito en un registro público o en el Registro electrónico general de representación. En caso de que la representación esté inscrita en los mencionados registros, no hay que aportar esta documentación porque el órgano instructor lo comprobará de oficio.
    2. Resumen de las personas contratadas y gastos elegibles (Anexo 1 G146NIL-028-00).
    3. Temporalización mensual de acciones de tutoría y evaluación realizadas por el personal tutor, (Anexo 2 G146NIL-029-00). Se debe rellenar un anexo 2 por mes/personal tutor, detallando las acciones que se llevaron a cabo en el mes. Por cada actuación de tutoría o evaluación se deberá indicar el número de días del mes y el número total de horas mensuales que se han destinado a la actuación. El máximo de horas diarias que el personal tutor puede dedicar son 8.
    4. Copia compulsada del certificado acreditativo de realización de prácticas no laborales en empresas entregado a la/a las persona/as jóvenes a la finalización de las prácticas.
    5. Resumen de nóminas del personal tutor (Anexo 3 G146NIL-030-00).
    6. Copia compulsada de las nóminas del personal que realizó la función de tutoría durante el periodo de realización de las prácticas no laborales.
    7. Justificantes de pago de las nóminas a las que hace referencia el apartado 7) (transferencia bancaria o documentos contables probatorios equivalentes).
    8. Impreso relativo a la cuota patronal de la empresa que consta en el resumen de nóminas del personal tutor de los meses de duración de acciones de tutoría y evaluación.
    9. Copia compulsada de las cotizaciones sociales (TC1 y TC2) del personal que realizó la función de tutoría durante el periodo de prácticas no laborales. Del TC2, se deberá aportar sólo las hojas donde consta el personal tutor relacionado en el anexo 1 del modelo de solicitud.
    10. Justificantes de pago de las cotizaciones sociales durante los 12 meses anteriores a la finalización de las prácticas no laborales (transferencia bancaria o documentos contables probatorios equivalentes).
    11. Impreso/s de liquidación nominal del IRPF del personal tutor, modelo 111 y correspondiente a los 12 meses anteriores a la finalización de las prácticas no laborales.
    12. Justificantes de pago (transferencia bancaria o documentos contables probatorios equivalentes) del modelo 111 y correspondiente a los 12 meses anteriores a la finalización de las prácticas no laborales.
    13. En caso de que el personal tutor del programa de prácticas sea diferente del que se informó en el programa de prácticas adjunto a la solicitud de firma de convenio, se tendrá que adjuntar su currículum vitae y una declaración responsable del empresario donde se especifiquen las causas de esta modificación.
    14. Hoja de domiciliación bancaria debidamente cumplimentada, de acuerdo con el modelo del Departamento de Economía y Conocimiento.
    15. Las empresas que tengan negociada con la Administración una prórroga, aplazamiento, moratoria o cualquier otra condición especial en relación con las deudas tributarias y/o de Seguridad Social, es necesario que aporten documentación acreditativa de esta prerrogativa especial.

    Requisitos

    1. Dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores/as con disminución sobre el número total de trabajadores/as de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración de los disminuidos (BOE nº. 103 de 30.4.1982), el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE nº. 94 de 20.4.2005) y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC nº. 3196, de 02.02.2000). Este requisito sólo es aplicable en caso de empresas con una plantilla igual o superior a cincuenta personas.
    2. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento se tendrá que mantener a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de solicitud, previo a la resolución de otorgamiento y antes de recibir cualquier pago.
    3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario/a previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18.11.2003).
    4. Disponer, de acuerdo con los agentes sociales, de los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y de intervenir en sus centros de trabajo. Este requisito sólo es aplicable en caso de empresas con una plantilla igual o superior a veinticinco personas.
    5. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística. (DOGC nº. 2553, de 07.01.1998).
    6. No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacidades o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado para Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
    7. Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición establecidos en los artículos 90.bis y 92.bis del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC nº. 3791ª, de 31.12.2002).
    8. Acreditar que disponen de un sistema de organización y de gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales; el Real decreto 39/1997, de 1 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención, así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
    9. Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. En caso de empresas de más de 250 trabajadores/as, éstas tendrán que elaborar y aplicar con carácter obligatorio un Plan de Igualdad, de acuerdo con lo que establece el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres (BOE nº. 71, de 23.3.2007).
    10. No tener la consideración de empresas en crisis en base a los parámetros definidos en el artículo 1, apartado 7, del Reglamento (CE) nº. 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008.
    11. No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
    12. No incumplir la normativa de minimis que establece el Reglamento (CE) nº. 1998/2006, de la Comisión Europea relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis (actuales artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, consolidado a 30 de marzo de 2010).
    13. Haber suscrito un convenio de prácticas no laborales con compromiso de contratación, en el marco del cual la persona o personas contratadas han realizado las prácticas.
    14. Haber cumplido el compromiso de contratación de, como mínimo, el 60% de las personas que han realizado las prácticas en el marco del convenio suscrito.
    15. Haber contratado a las personas jóvenes objeto del convenio por un plazo mínimo de 6 meses de forma ininterrumpida. La fecha de finalización de estos 6 meses se debe haber producido entre el día 26 de noviembre de 2013 y la fecha de publicación de esta convocatoria.

    Las empresas que previamente hayan desarrollado este programa de prácticas y que hayan incluido en el convenio de colaboración con las oficinas de Trabajo un compromiso de contratación de al menos un 60% de las personas participantes, según lo establecido en el artículo 21 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo.
    El contrato de trabajo debe ser preferentemente con carácter indefinido y que tenga una duración no inferior a 180 días ininterrumpidos.
    Las empresas podrán solicitar como máximo la subvención de 3 ? por hora de práctica si a fecha de publicación de la convocatoria las personas contratadas han trabajado como mínimo un período de 180 días. La fecha de finalización de estos 6 meses se debe haber producido entre el día 12 de julio de 2014 y la fecha de publicación de esta convocatoria (02/07/2015).
    La persona contratada como mínimo 6 meses debe ser la misma por la que se suscribió el convenio de prácticas laborales con compromiso de contratación.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras Informaciones

    Personas destinatarias
    Jóvenes que, a fecha de firma del convenio de prácticas no laborales con compromiso de contratación, tenían entre 18 y 25 años y eran demandantes de empleo no ocupados e inscritos en las oficinas de Trabajo.

    Plazos

    Del02.07.2015al 17.07.2015

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Las solicitudes deben ir dirigidas al/a la director/a del Servicio Público de Empleo de Cataluña.
    También se pueden presentar en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar o justificar subvenciones para conmemorar eventos, personas o entidades importantes para la cultura catalana. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-commemoracions-desdeveniments-personalitats-o-entitats-de-lambit-de-la-cultura-catalana-CLT503?category=7563a9f2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-commemoracions-desdeveniments-personalitats-o-entitats-de-lambit-de-la-cultura-catalana-CLT503?category=7563a9f2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite ofrece información sobre las subvenciones disponibles para contratar personal que atienda a alumnos con necesidades educativas especiales. Para acceder a la información específica y las condiciones de tramitación, selecciona el curso correspondiente. ## Cómo hacerlo Para obtener información detallada sobre cada curso: 1. **Selecciona el curso:** Elige el curso académico de tu interés (2017-2018, 2018-2019, 2019-2020). 2. **Consulta la información:** Una vez seleccionado el curso, accederás a toda la información y condiciones de tramitación específicas para ese período. * [Curso 2017-2018](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-contractar-personal-atendre-alumnes-nee?category=bd1b6d64-ca6f-11e5-8c48-005056924a59&moda=1) * [Curso 2018-2019](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-contractar-personal-atendre-alumnes-nee?category=bd1b6d64-ca6f-11e5-8c48-005056924a59&moda=2) * [Curso 2019-2020](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-contractar-personal-atendre-alumnes-nee?category=bd1b6d64-ca6f-11e5-8c48-005056924a59&moda=3)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones para la creación de nuevos productos turísticos 'Slow Tourism' en el marco del proyecto 'Med Pearls'. También permite aportar la documentación necesaria para la solicitud. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles y selecciona la que corresponda a tu caso: * [Solicitar la subvenció](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-crear-nous-productes-turistics-Slow-Tourism-en-el-marc-del-projecte-Med-Pearls?category=772e57bc-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-crear-nous-productes-turistics-Slow-Tourism-en-el-marc-del-projecte-Med-Pearls?category=772e57bc-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) **Fecha de actualización:** 27.01.2022

  • ## Resumen Estas subvenciones buscan apoyar a las asociaciones de transporte de mercancías por carretera en Cataluña, ayudándolas a cubrir sus gastos operativos y mejorar sus actividades. **Quién puede solicitarlo:** Asociaciones profesionales y empresariales del sector del transporte de mercancías por carretera con sede en Cataluña. **Plazo:** La convocatoria de 2021 estuvo abierta del 15 de julio al 16 de agosto de 2021. ## Lo que necesitas **Documentación:** * Si actúas en representación de alguien, acreditación de dicha representación (a menos que ya la hayas presentado recientemente). * Si la subvención supera los 10.000 euros, información sobre las retribuciones de los órganos de dirección. * Cuenta justificativa sin justificantes de gasto, que incluye: * Cuenta de resultados del año correspondiente. * Memoria económica sobre los gastos de explotación subvencionables (con listado de gastos y relación de otros ingresos). * Declaración responsable sobre la imputación de gastos y la contabilidad. **Requisitos:** * No estar incurso en prohibiciones para recibir subvenciones. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Declarar otras ayudas solicitadas o recibidas para la misma actuación. * Estar legalmente constituido e inscrito en el registro correspondiente. * Cumplir con los requisitos específicos sobre empleo de personas con discapacidad y prevención del acoso, si aplica. * Cumplir con el código ético establecido. **Costes:** No hay tasas asociadas a este trámite. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. **Solicitar y justificar la subvención:** Presenta la solicitud y la documentación requerida telemáticamente a través del formulario disponible en la web. Es necesario el certificado digital. 2. **Consulta del estado del trámite:** Puedes consultar el estado de tu solicitud en el Área privada, en el Estado de mis gestiones o llamando al 012. 3. **Presentar documentación o desistir:** Aporta documentación adicional si es necesario o desiste de la solicitud si lo deseas, a través del formulario correspondiente. 4. **Recibir la resolución definitiva:** La resolución se notificará mediante publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. **Plazos de resolución:** El plazo máximo para resolver es de seis meses desde la recepción de la solicitud. ## Después de hacerlo * Si la solicitud es aprobada, recibirás el pago de la subvención en un único pago. * Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de alzada. ## Ayuda * **Buzón de contacto:** Buzón de contacto * **Normativa:** * RESOLUCIÓN VPD/2186/2021 * ORDEN VPD/130/2021

  • ## Resumen Este trámite te permite acceder a diferentes líneas de subvenciones a través de cupones, diseñadas para impulsar la competitividad de tu empresa. Hay varias opciones disponibles, cada una enfocada en un área específica de mejora. ## Lo que necesitas Para cada tipo de ayuda (Cupones Estrategia, Industria 4.0, Green, etc.), necesitarás: * Cumplir con los requisitos específicos de cada línea de ayuda. * Preparar la documentación requerida para la solicitud y justificación. ## Cómo hacerlo 1. **Identifica la línea de ayuda** que mejor se adapta a tus necesidades (Estrategia, Industria 4.0, Green, etc.). 2. **Solicita la ayuda** a través del enlace correspondiente. 3. **Aporta la documentación** requerida en cada fase del proceso. 4. **Justifica la ayuda** una vez realizada la inversión. *Para cada tipo de ayuda, encontrarás un enlace específico para solicitarla, aportar documentación y justificarla.* ## Opciones de ayuda disponibles: * [Solicitar la ayuda Cupones Estrategia](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=1) * [Solicitar la ayuda de Cupones Industria 4.0: Implantación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=2) * [Solicitar la ayuda Cupones Green](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=3) * [Solicitud de ayuda de cupones Iniciación a la exportación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=4) * [Solicitar la ayuda de Cupones International etrade](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=5) * [Solicitar la ayuda de cupones de tecnologias digitales avanzadas](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=6) * [Solicitar la ayuda de Cupones programas Europeos R+D+I](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=7) ## Aportación de Documentación: * [Aportar documentación Cupones Green](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=8) * [Aportar documentación Cupones a la Iniciación a la Exportación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=9) * [Aportar documentación Cupones etrade](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=10) * [Aportar documentación cupones tecnologias digitales avanzadas](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=11) * [Aportar documentación cupones programas Europeus R-D+I](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=12) ## Justificación de la ayuda: * [Justificar la ayuda Cupones Estrategia](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=13) * [Justificar la ayuda Cupones Industria 4.0: implantación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=14) * [Justificar la ayuda Cupones Green](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=15) * [Justificar la ayuda Cupones Iniciación a la Exportación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=16) * [Justificar la ayuda Cupones International etrade](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=17) * [Justificar la ayuda Cupones tecnologías digitales avanzadas](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=18) * [Justificar la ayuda Cupones programas Europeos R+D+I](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=19)

  • Son subvenciones para los desplazamientos y el transporte de la carga para llevar a cabo actividades expositivas en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura fuera de Cataluña durante el año de la convocatoria, que contribuyan a la difusión en el exterior de la creación catalana, siempre y cuando se cumplan los siguientes dos requisitos:

    - Que el artista, comisario, diseñador o arquitecto (en adelante, el autor) haya realizado, como mínimo, una actividad expositiva individual en el circuito profesional en los últimos tres años o haya sido objeto de una publicación monográfica sobre su obra.

    - Que el autor haya recibido crítica especializada en los últimos tres años.

    Estas subvenciones son única y exclusivamente concedidas por el concepto de transporte de la carga, así como para el desplazamiento del autor para asistir a la inauguración de la actividad expositiva. El autor podrá ir acompañado de otra persona con una función artística o técnica necesaria para el desarrollo de la actividad expositiva.

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    Plazo:

    Primera convocatoria: desde el 18 de mayo hasta el 13 de junio de 2016.

    Segunda convocatoria: desde el 16 de junio hasta el 18 de julio de 2016.

    A quién va dirigido

    Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.

    No pueden ser beneficiarios de estas subvenciones:

    a) Los organismos públicos.

    b) Las entidades organizadoras de las actividades expositivas objeto del desplazamiento y del transporte de la carga.

    c) Los solicitantes que tengan una deuda pendiente con el Institut Ramon Llull reconocida por resolución firme de su director.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la subvención

    Plazos

    Primera convocatoria: del 18 de mayo hasta el 13 de junio de 2016.

    Segunda convocatoria: del 16 de junio hasta el 18 de julio de 2016.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:

    Documentación administrativa

    • Para el caso de solicitantes extranjeros:

      a) Fotocopia de la documentación que acredite la personalidad jurídica del solicitante. En el caso de personas jurídicas, se deberá adjuntar también la documentación acreditativa de la representación con la que actúa la persona física solicitante y fotocopia de su pasaporte.

      No es necesaria la aportación de estos documentos en el caso de que quien solicita la subvención los haya presentado anteriormente al Institut Ramon Llull, siempre y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la presentación y no hayan experimentado ninguna modificación. En este supuesto, se debe indicar claramente la fecha en la que fueron presentados y el procedimiento al que hacían referencia. Si el órgano instructor, por causas ajenas a su actuación, no puede conseguir los documentos, requerirá al/a la solicitante de la subvención que los aporte en el plazo de 10 días.

      b) Las personas jurídicas que hayan sido propuestas como beneficiarias de una ayuda de un importe superior a 10.000 euros deberán presentar una declaración responsable que contenga la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración con el fin previsto por el epígrafe k) de la base 17.

      Cuando se trate de la primera vez que se solicita una subvención al Institut Ramon Llull, los documentos indicados en las letras a) y b) se deberán presentar siempre en formato papel y no se podrá realizar por medios telemáticos.

      Para el caso de solicitantes españoles:

      a) Fotocopia del DNI de quien firma la solicitud. No es necesario aportar el documento mencionado si se autoriza al órgano gestor para que consulte los datos de identidad. Esta autorización consta en el formulario de solicitud.

      b) Las personas jurídicas que hayan sido propuestas como beneficiarias de una ayuda de un importe superior a 10.000 euros deberán presentar una declaración responsable que contenga la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración con el fin previsto por el epígrafe k) de la base 17.

      c) Acreditación mediante el certificado correspondiente de estar dado de alta en el impuesto sobre actividades económicas, si procede. El/La solicitante puede autorizar al Institut Ramon Llull a obtener dicho dato telemáticamente de las entidades gestoras. En este caso no es necesario aportar la documentación que se pueda obtener mediante este consentimiento. Esta autorización consta en el formulario de solicitud.

      d) Para el caso de entidades u organismos que no estén inscritos en el Registro Mercantil, en el Registro de Asociaciones del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña o en el Registro General de Cooperativas de Cataluña, acreditación de la inscripción en el registro correspondiente y de la representación legal en nombre de la que actúa la persona física solicitante.

      e) Para el caso de entidades que no tengan la obligación de estar inscritas en un registro público, acreditación de su personalidad jurídica y de la representación en nombre de la que actúa la persona física solicitante.

      No es necesario aportar los documentos indicados en las letras a) y d) en el caso de que el/la solicitante los haya presentado anteriormente al Institut Ramon Llull, siempre y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la presentación y no hayan experimentado ninguna modificación. En este supuesto, se debe indicar claramente la fecha en la que fueron presentados y el procedimiento al que hacían referencia. Si el órgano instructor, por causas ajenas a su actuación, no puede conseguir los documentos, requerirá a la persona beneficiaria que los aporte en el plazo de 10 días hábiles.

    Documentación específica

    En la solicitud de acuerdo con el formulario normalizado se adjuntará, sin encuadernar, la siguiente documentación:

    - Proyecto de la actividad expositiva.

    - Descripción del equipamiento que acoge la actividad expositiva.

    - Presupuesto completo y detallado de los desplazamientos y transporte de la carga del proyecto en el que figuren todos los gastos e ingresos previstos, la cuantía de la ayuda que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación, según el modelo facilitado por el Institut Ramon Llull.

    - Carta de invitación del equipamiento, feria, muestra o bienal que acoge la actividad expositiva donde consten los datos de la entidad que la programa, nombre del autor, nombre y función técnica o artística del acompañante, en caso de que lo hubiera, y fechas de la actividad expositiva. La carta debe especificar que la entidad que acoge la actividad expositiva no asume el coste de los desplazamientos y/o transportes de carga. La carta no será válida si no incluye la firma del representante o el sello de la entidad que programa la actividad expositiva. Se podrá utilizar el modelo facilitado por el Institut Ramon Llull.

    - Documentación que acredite haber realizado, como mínimo, una actividad expositiva individual en el circuito profesional en los últimos tres años o que el autor ha sido objeto de una publicación monográfica de su obra.

    - Copias de las críticas especializadas que el autor ha recibido, como mínimo, en los últimos tres años.

    - Trayectoria profesional, especificando los premios, becas y reconocimientos recibidos en el ámbito de las artes visuales, la arquitectura o el diseño, indicando el año y la institución que los ha otorgado.

    El Institut Ramon Llull puede solicitar toda la documentación complementaria que considere necesaria para resolver la solicitud de subvención.

    Requisitos

    Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las personas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos y condiciones:

    a) Cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18.11.2003).

    b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña y con el Estado español, así como de las obligaciones con la Seguridad Social. Si la persona solicitante no tiene la residencia fiscal en el territorio estatal, deberá presentar una declaración responsable donde lo haga constar.

    c) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para el mismo concepto, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

    d) Cuando se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.

    e) En el caso de las personas físicas empresarias españolas, estar dado de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en aquellos supuestos en los que sea obligatorio.

    f) En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, estar inscritas en el registro correspondiente.

    g) En el caso de que se disponga de una plantilla igual o superior a 50 personas, cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla de la empresa prevista en el artículo 42.1 del Texto refundido de la Ley General de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio.

    h) En el caso de que tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir en ellos en sus centros de trabajo, según los agentes sociales, y utilizarlos adecuadamente, conforme a los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. En el supuesto de que el solicitante no esté sujeto a dicha Ley, deberá cumplir la normativa que le sea de aplicación.

    i) Cumplir el requisito que establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística, respecto a los centros laborales y, en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1 y 32.3 de dicha Ley.

    j) En el caso de las fundaciones y asociaciones, haber adaptado los Estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y según la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la anterior.

    k) En el caso de las fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el protectorado, según el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.

    l) En el caso de las empresas y las entidades, no haber sido sancionadas ni condenadas por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, según el artículo 11.1 de la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

    m) Presentar declaración responsable de otras ayudas de minimis recibidas y/o solicitadas durante el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios fiscales anteriores incluidas las otorgadas por el Institut Ramon Llull. Las ayudas de minimis pueden haber sido concedidas para el mismo concepto de la subvención o para otros conceptos distintos, y pueden haber sido otorgadas por cualquier Administración Pública del Estado y/o recibir financiación de la Unión Europea.

    Incompatibilidades

    Estas subvenciones son incompatibles con otras subvenciones para los conceptos de desplazamiento y de transporte de carga de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, del Instituto Catalán de las Empresas Culturales y de otras entidades adscritas o vinculadas al Departamento de Cultura o participadas por él.

    Tasas

    No hay tasas asociadas al trámite.

    Altres informacions

    Importes subvencionables

    Los gastos subvencionables son única y exclusivamente los correspondientes al transporte de la carga así como al desplazamiento del autor para asistir a la inauguración de la actividad expositiva. El autor podrá ir acompañado de otra persona con una función artística o técnica necesaria para el desarrollo de la actividad. Estos gastos serán subvencionables siempre y cuando no hayan sido asumidos por un tercero.

    El importe mínimo subvencionable es de 300,00 euros. El importe máximo subvencionable es de 15.000,00 euros.

    Se considera gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.

    Se considera gasto subvencionable el IVA en la parte que la persona beneficiaria no pueda recuperar o compensar.

    Plazos

    Del18.05.2016al 13.06.2016
    Del16.06.2016al 18.07.2016

    Se puede presentar un máximo de tres solicitudes por autor durante el año de la convocatoria. El importe mínimo de la solicitud debe ser 300,00 euros. Con independencia del importe solicitado, se considerará que el importe máximo subvencionable es de 15.000,00 euros.

    El desplazamiento del autor, que podrá ir acompañado de otra persona con una función artística o técnica necesaria para el desarrollo de la actividad, y el transporte de la carga de la actividad expositiva deben ser objeto de la misma solicitud.

    Por internet

    • Preferentemente por vía telemática en la sede electrónica del Institut Ramon Llull (http://oficinavirtual.llull.cat/ov/es), utilitzando los sistemas de firma electrónica correspondientes.
    • Los ciudadanos extranjeros no residentes que presenten las solicitudes por medios telemáticos, se autenticar a través del sistema de identificación en la sede electrónica con usuario y contraseña. El Institut Ramon Llull se encarga de hacer llegar de forma segura el usuario y la contraseña a los interesados después de haber verificado la documentación que acredite su identidad.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    • En la sede del Institut Ramon Llull
      Avenida Diagonal, 373
      08008 Barcelona (España)
    • También se puede presentar en cualquiera de los puntos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

    Por correo postal

    En la dirección de la sede:


    Institut Ramon Llull
    Avenida Diagonal, 373
    08008 Barcelona (España)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para cubrir gastos de desplazamiento fuera de Cataluña, siempre que estén relacionados con actividades y proyectos que promuevan la cultura popular y tradicional catalana. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-desplacaments-fora-de-Catalunya-per-fer-activitats-i-projectes-relacionats-amb-la-cultura-popular-i-tradicional-catalana-CLT044?category=73fa5630-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-desplacaments-fora-de-Catalunya-per-fer-activitats-i-projectes-relacionats-amb-la-cultura-popular-i-tradicional-catalana-CLT044?category=73fa5630-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • Las subvenciones se conceden exclusivamente con la finalidad de colaborar en los gastos de viaje correspondientes a actividades concretas (festivales, conferencias, congresos académicos) realizadas fuera del dominio lingüístico y no se pueden incluir dietas, alojamientos ni otros gastos.

    Actividades subvencionables

    • Participación en eventos de difusión de novedades editoriales en traducción.
    • Participación en festivales literarios.
      Participación en seminarios de traducción literaria.
    • Presentación de ponencias o conferencias en universidades y/o en congresos académicos internacionales.

    Los gastos subvencionables corresponden al coste de los billetes de avión, tren, autobús o barco de ida y vuelta en clase turista al lugar donde se celebra la actividad. La emisión de billetes de viaje, la gestión y compra se hace cargo del Institut Ramon Llull.

    Leer más

    Plazo: hasta el 15 de noviembre de 2014.

    A quién va dirigido

    • A escritores/as de narrativa, poesía, teatro y pensamiento (no ficción y humanidades) con al menos una obra publicada originalmente en catalán, en formato libro y de autoría exclusiva.
    • A guionistas de ficción para el cine y la televisión, socios de pleno derecho de Guionistas Asociados de Cataluña y/o con al menos dos obras escritas y estrenadas originalmente en catalán.
    • A traductores/as literarios/as del catalán a otras lenguas que hayan publicado al menos dos traducciones de obras literarias originales en lengua catalana en formato libro y de autoría exclusiva.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud finaliza el 15 de noviembre de 2014.
    La solicitud se deberá presentar hasta un mes antes del inicio del viaje:

    • Si el desplazamiento es fuera de la Unión Europea deberá presentar hasta dos meses antes.
    • Si la subvención que se solicita incluye la traducción de poemas, se deberá presentar siempre hasta dos meses antes de la fecha de inicio del viaje.

    No rige el plazo de un mes, en el supuesto de las solicitudes de subvenciones para desplazamientos dentro de la Unión Europea, para actividades que se lleven a cabo durante los dos meses inmediatamente posteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, por aunque la solicitud deberá presentarse en cualquier caso, como mínimo, una semana antes de la fecha de inicio del desplazamiento.
    No rige el plazo de dos meses, en el supuesto de las solicitudes de subvenciones para desplazamientos fuera de la Unión Europea o que incluyan la traducción de poemas, para actividades que se lleven a cabo durante los tres meses inmediatamente posteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, si bien la solicitud deberá presentarse en cualquier caso, como mínimo, dos semanas antes de la fecha de inicio del desplazamiento.

    Documentación

    Documentación que debe acompañar a la solicitud:

    Se debe presentar una solicitud para cada viaje

    Documentación administrativa

    1. Fotocopia del documento nacional de identidad . No es necesario aportar dicho documento si se autoriza al órgano gestor para consultar los datos de identidad . Esta autorización consta en el formulario de solicitud normalizado .
    2. Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa que el / la solicitante no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones de ser subvencionado . Incluida en el formulario de solicitud .
    3. Los/ las solicitantes deben acreditar , mediante el certificado correspondiente solicitado por el interesado , que están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña , y con el Estado , así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

    El / La solicitante puede autorizar al Institut Ramon Llull a obtener estos datos directamente de las entidades gestoras . En este caso no es necesario aportar la documentación que se pueda obtener mediante este consentimiento . Incluida en el formulario de solicitud .

    Documentación específica

    1. Currículum de quien firma la solicitud.
    2. Copia de la carta de invitación de la institución organizadora . La carta debe contener , al menos, la siguiente información:
      • Fechas de la actividad y de los actos previstos.
      • Programa de la actividad , con la explicación de los objetivos y los contenidos de la participación de la persona solicitante.
    3. Las solicitudes deben indicar la siguiente información, como consta en el formulario:
      • Nombre y apellidos , NIF , dirección, teléfono y dirección electrónica de la persona solicitante .
      • Temática y/o título de la actividad , así como el nombre , la dirección, el teléfono, el fax y la dirección electrónica de la institución / entidad organizadora .
      • Fechas del viaje .

    Además de la documentación mencionada en los apartados anteriores, los / las poetas que soliciten la traducción de poemas propios deben facilitar los textos originales que se hayan de traducirse en formato electrónico en el momento de entregar la solicitud al Instituto Ramon Llull .

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    • Se excluye la participación en actividades que ya hayan recibido financiación del Instituto Ramon Llull.
    • Sólo se puede pedir una única subvención para cada viaje, con un máximo de dos desplazamientos por solicitante y año. En caso de que la actividad comprenda actos consecutivos en diferentes ciudades y países sólo se subvenciona el trayecto de ida y el de vuelta. El tiempo máximo entre la ida y la vuelta es de un mes.
    • Los/las poetas en lengua catalana que sean invitados a participar en festivales internacionales de poesía pueden solicitar del Institut Ramon Llull la gestión de la traducción de poemas propios hasta un máximo de 5 poemas y un máximo de 120 versos para traducción para usos de difusión en el festival.
    • La traducción de poemas sólo se puede solicitar una única vez para cada lengua y la gestión de la traducción es responsabilidad del Instituto Ramon Llull. El Institut Ramon Llull puede hacer uso de las traducciones resultantes para actividades relacionadas con sus fines. Los poemas se traducirán a la lengua del país donde se celebra la actividad, si por motivos técnicos no es posible, se traducirán al inglés.

    Criterios de valoración

    1. El interés cultural de la actividad organizada. Valoración: hasta 10 puntos.
    2. La trayectoria cultural de la entidad organizadora. Valoración: hasta 10 puntos.
    3. La dimensión internacional de la actividad. Valoración: hasta 10 puntos.
    4. La capacidad de difusión del evento. Valoración: hasta 10 puntos.
    5. La trayectoria profesional de la persona solicitante. Valoración: hasta 10 puntos.

    Plazos

    Hasta al 15.11.2014

    • No se aceptarán las solicitudes presentadas por correo electrónico.
    • Se debe presentar una solicitud para cada actividad.

    Por internet

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    En cualquiera de los lugares previstos en elartículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

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