## Resumen Ayudas económicas para compensar la pérdida de ingresos por la devolución de entradas de eventos culturales (conciertos, festivales, muestras audiovisuales, arte digital) que tuvieron que cancelarse o modificarse debido a restricciones de movilidad por la COVID-19. **Quién puede solicitarlo:** Empresas y profesionales del sector cultural. **Importante:** El plazo de solicitud para 2021 ya ha finalizado. ## Lo que necesitas * **Documentación:** * Memoria justificativa del evento y las devoluciones (Memoria). * Declaración de remuneraciones (Declaración de remuneraciones). ## Cómo hacerlo 1. **Solicitar:** * El trámite se realiza online a través del formulario de solicitud (Iniciar). * Es necesario disponer de un certificado digital cualificado. 2. **Consultar el estado del trámite:** * Puedes verificar el estado de tu solicitud en el Área Privada de Trámites Gencat (https://ovt.gencat.cat/carpetaciutadana360#/consulta) utilizando el código (ID) o número de expediente y tu DNI/NIF. 3. **Recibir la respuesta de la administración:** * La resolución se publicará en el tablón de anuncios electrónico de la Generalitat de Cataluña (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1). * El plazo máximo para la resolución es de cinco meses desde la publicación de la convocatoria. ## Después de hacerlo * Si no recibes respuesta en cinco meses, se considera que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo. * Puedes interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Cultura en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución. ## Ayuda * **Contacto:** * Información sobre la subvención: 93 554 73 30 y 93 552 45 74, ajuts.icec@gencat.cat * Información sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66 * **Normativa:** * Convocatoria para la concesión de subvenciones para compensar la devolución del precio de las entradas * Bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para compensar la devolución del precio de las entradas * Texto refundido de las Bases Generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia tramitados por el ICEC * Modificació de les bases generals reguladores dels procediments per a la concessió d'ajuts en règim de concurrència * Bases generals reguladores dels procediments per a la concessió d'ajuts en règim de concurrència
Se abre una línea de subvención para las empresas con centros de trabajo en Cataluña que hayan suscrito un convenio con las oficinas de Trabajo del SOC, para compensar los gastos derivados de acciones de tutoría y evaluación de personas jóvenes que han realizado prácticas no laborales con compromiso de contratación que se regulan en el Real decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el cual se regulan las prácticas no laborales en empresas.
Se subvencionarán como máximo 3 euros por hora de práctica no laboral cuando a fecha de publicación de la convocatoria las personas jóvenes contratadas hayan trabajado como mínimo un periodo de 6 meses ininterrumpidamente.
A las empresas con centros de trabajo en Cataluña, que hayan suscrito un convenio de prácticas no laborales con compromiso de contratación en el marco del Real decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el cual se regulan las prácticas no laborales en empresas.
El plazo para presentar la solicitud finaliza el 17 de julio de 2015.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Las empresas que previamente hayan desarrollado este programa de prácticas y que hayan incluido en el convenio de colaboración con las oficinas de Trabajo un compromiso de contratación de al menos un 60% de las personas participantes, según lo establecido en el artículo 21 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo.
El contrato de trabajo debe ser preferentemente con carácter indefinido y que tenga una duración no inferior a 180 días ininterrumpidos.
Las empresas podrán solicitar como máximo la subvención de 3 ? por hora de práctica si a fecha de publicación de la convocatoria las personas contratadas han trabajado como mínimo un período de 180 días. La fecha de finalización de estos 6 meses se debe haber producido entre el día 12 de julio de 2014 y la fecha de publicación de esta convocatoria (02/07/2015).
La persona contratada como mínimo 6 meses debe ser la misma por la que se suscribió el convenio de prácticas laborales con compromiso de contratación.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Personas destinatarias
Jóvenes que, a fecha de firma del convenio de prácticas no laborales con compromiso de contratación, tenían entre 18 y 25 años y eran demandantes de empleo no ocupados e inscritos en las oficinas de Trabajo.
Plazos
Del02.07.2015al 17.07.2015
Las solicitudes deben ir dirigidas al/a la director/a del Servicio Público de Empleo de Cataluña.
También se pueden presentar en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
## Resumen Este trámite te permite solicitar o justificar subvenciones para conmemorar eventos, personas o entidades importantes para la cultura catalana. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-commemoracions-desdeveniments-personalitats-o-entitats-de-lambit-de-la-cultura-catalana-CLT503?category=7563a9f2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-commemoracions-desdeveniments-personalitats-o-entitats-de-lambit-de-la-cultura-catalana-CLT503?category=7563a9f2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)
## Resumen Este trámite ofrece información sobre las subvenciones disponibles para contratar personal que atienda a alumnos con necesidades educativas especiales. Para acceder a la información específica y las condiciones de tramitación, selecciona el curso correspondiente. ## Cómo hacerlo Para obtener información detallada sobre cada curso: 1. **Selecciona el curso:** Elige el curso académico de tu interés (2017-2018, 2018-2019, 2019-2020). 2. **Consulta la información:** Una vez seleccionado el curso, accederás a toda la información y condiciones de tramitación específicas para ese período. * [Curso 2017-2018](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-contractar-personal-atendre-alumnes-nee?category=bd1b6d64-ca6f-11e5-8c48-005056924a59&moda=1) * [Curso 2018-2019](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-contractar-personal-atendre-alumnes-nee?category=bd1b6d64-ca6f-11e5-8c48-005056924a59&moda=2) * [Curso 2019-2020](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-contractar-personal-atendre-alumnes-nee?category=bd1b6d64-ca6f-11e5-8c48-005056924a59&moda=3)
## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones para la creación de nuevos productos turísticos 'Slow Tourism' en el marco del proyecto 'Med Pearls'. También permite aportar la documentación necesaria para la solicitud. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles y selecciona la que corresponda a tu caso: * [Solicitar la subvenció](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-crear-nous-productes-turistics-Slow-Tourism-en-el-marc-del-projecte-Med-Pearls?category=772e57bc-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-crear-nous-productes-turistics-Slow-Tourism-en-el-marc-del-projecte-Med-Pearls?category=772e57bc-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) **Fecha de actualización:** 27.01.2022
## Resumen Estas subvenciones buscan apoyar a las asociaciones de transporte de mercancías por carretera en Cataluña, ayudándolas a cubrir sus gastos operativos y mejorar sus actividades. **Quién puede solicitarlo:** Asociaciones profesionales y empresariales del sector del transporte de mercancías por carretera con sede en Cataluña. **Plazo:** La convocatoria de 2021 estuvo abierta del 15 de julio al 16 de agosto de 2021. ## Lo que necesitas **Documentación:** * Si actúas en representación de alguien, acreditación de dicha representación (a menos que ya la hayas presentado recientemente). * Si la subvención supera los 10.000 euros, información sobre las retribuciones de los órganos de dirección. * Cuenta justificativa sin justificantes de gasto, que incluye: * Cuenta de resultados del año correspondiente. * Memoria económica sobre los gastos de explotación subvencionables (con listado de gastos y relación de otros ingresos). * Declaración responsable sobre la imputación de gastos y la contabilidad. **Requisitos:** * No estar incurso en prohibiciones para recibir subvenciones. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Declarar otras ayudas solicitadas o recibidas para la misma actuación. * Estar legalmente constituido e inscrito en el registro correspondiente. * Cumplir con los requisitos específicos sobre empleo de personas con discapacidad y prevención del acoso, si aplica. * Cumplir con el código ético establecido. **Costes:** No hay tasas asociadas a este trámite. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. **Solicitar y justificar la subvención:** Presenta la solicitud y la documentación requerida telemáticamente a través del formulario disponible en la web. Es necesario el certificado digital. 2. **Consulta del estado del trámite:** Puedes consultar el estado de tu solicitud en el Área privada, en el Estado de mis gestiones o llamando al 012. 3. **Presentar documentación o desistir:** Aporta documentación adicional si es necesario o desiste de la solicitud si lo deseas, a través del formulario correspondiente. 4. **Recibir la resolución definitiva:** La resolución se notificará mediante publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. **Plazos de resolución:** El plazo máximo para resolver es de seis meses desde la recepción de la solicitud. ## Después de hacerlo * Si la solicitud es aprobada, recibirás el pago de la subvención en un único pago. * Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de alzada. ## Ayuda * **Buzón de contacto:** Buzón de contacto * **Normativa:** * RESOLUCIÓN VPD/2186/2021 * ORDEN VPD/130/2021
## Resumen Este trámite te permite acceder a diferentes líneas de subvenciones a través de cupones, diseñadas para impulsar la competitividad de tu empresa. Hay varias opciones disponibles, cada una enfocada en un área específica de mejora. ## Lo que necesitas Para cada tipo de ayuda (Cupones Estrategia, Industria 4.0, Green, etc.), necesitarás: * Cumplir con los requisitos específicos de cada línea de ayuda. * Preparar la documentación requerida para la solicitud y justificación. ## Cómo hacerlo 1. **Identifica la línea de ayuda** que mejor se adapta a tus necesidades (Estrategia, Industria 4.0, Green, etc.). 2. **Solicita la ayuda** a través del enlace correspondiente. 3. **Aporta la documentación** requerida en cada fase del proceso. 4. **Justifica la ayuda** una vez realizada la inversión. *Para cada tipo de ayuda, encontrarás un enlace específico para solicitarla, aportar documentación y justificarla.* ## Opciones de ayuda disponibles: * [Solicitar la ayuda Cupones Estrategia](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=1) * [Solicitar la ayuda de Cupones Industria 4.0: Implantación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=2) * [Solicitar la ayuda Cupones Green](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=3) * [Solicitud de ayuda de cupones Iniciación a la exportación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=4) * [Solicitar la ayuda de Cupones International etrade](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=5) * [Solicitar la ayuda de cupones de tecnologias digitales avanzadas](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=6) * [Solicitar la ayuda de Cupones programas Europeos R+D+I](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=7) ## Aportación de Documentación: * [Aportar documentación Cupones Green](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=8) * [Aportar documentación Cupones a la Iniciación a la Exportación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=9) * [Aportar documentación Cupones etrade](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=10) * [Aportar documentación cupones tecnologias digitales avanzadas](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=11) * [Aportar documentación cupones programas Europeus R-D+I](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=12) ## Justificación de la ayuda: * [Justificar la ayuda Cupones Estrategia](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=13) * [Justificar la ayuda Cupones Industria 4.0: implantación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=14) * [Justificar la ayuda Cupones Green](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=15) * [Justificar la ayuda Cupones Iniciación a la Exportación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=16) * [Justificar la ayuda Cupones International etrade](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=17) * [Justificar la ayuda Cupones tecnologías digitales avanzadas](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=18) * [Justificar la ayuda Cupones programas Europeos R+D+I](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-cupons-a-la-competitivitat-empresarial?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=19)
Son subvenciones para los desplazamientos y el transporte de la carga para llevar a cabo actividades expositivas en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura fuera de Cataluña durante el año de la convocatoria, que contribuyan a la difusión en el exterior de la creación catalana, siempre y cuando se cumplan los siguientes dos requisitos:
- Que el artista, comisario, diseñador o arquitecto (en adelante, el autor) haya realizado, como mínimo, una actividad expositiva individual en el circuito profesional en los últimos tres años o haya sido objeto de una publicación monográfica sobre su obra.
- Que el autor haya recibido crítica especializada en los últimos tres años.
Estas subvenciones son única y exclusivamente concedidas por el concepto de transporte de la carga, así como para el desplazamiento del autor para asistir a la inauguración de la actividad expositiva. El autor podrá ir acompañado de otra persona con una función artística o técnica necesaria para el desarrollo de la actividad expositiva.
Leer másPlazo:
Primera convocatoria: desde el 18 de mayo hasta el 13 de junio de 2016.
Segunda convocatoria: desde el 16 de junio hasta el 18 de julio de 2016.
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.
No pueden ser beneficiarios de estas subvenciones:
a) Los organismos públicos.
b) Las entidades organizadoras de las actividades expositivas objeto del desplazamiento y del transporte de la carga.
c) Los solicitantes que tengan una deuda pendiente con el Institut Ramon Llull reconocida por resolución firme de su director.
Primera convocatoria: del 18 de mayo hasta el 13 de junio de 2016.
Segunda convocatoria: del 16 de junio hasta el 18 de julio de 2016.
Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
Documentación administrativa
Para el caso de solicitantes extranjeros:
a) Fotocopia de la documentación que acredite la personalidad jurídica del solicitante. En el caso de personas jurídicas, se deberá adjuntar también la documentación acreditativa de la representación con la que actúa la persona física solicitante y fotocopia de su pasaporte.
No es necesaria la aportación de estos documentos en el caso de que quien solicita la subvención los haya presentado anteriormente al Institut Ramon Llull, siempre y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la presentación y no hayan experimentado ninguna modificación. En este supuesto, se debe indicar claramente la fecha en la que fueron presentados y el procedimiento al que hacían referencia. Si el órgano instructor, por causas ajenas a su actuación, no puede conseguir los documentos, requerirá al/a la solicitante de la subvención que los aporte en el plazo de 10 días.
b) Las personas jurídicas que hayan sido propuestas como beneficiarias de una ayuda de un importe superior a 10.000 euros deberán presentar una declaración responsable que contenga la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración con el fin previsto por el epígrafe k) de la base 17.
Cuando se trate de la primera vez que se solicita una subvención al Institut Ramon Llull, los documentos indicados en las letras a) y b) se deberán presentar siempre en formato papel y no se podrá realizar por medios telemáticos.
Para el caso de solicitantes españoles:
a) Fotocopia del DNI de quien firma la solicitud. No es necesario aportar el documento mencionado si se autoriza al órgano gestor para que consulte los datos de identidad. Esta autorización consta en el formulario de solicitud.
b) Las personas jurídicas que hayan sido propuestas como beneficiarias de una ayuda de un importe superior a 10.000 euros deberán presentar una declaración responsable que contenga la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración con el fin previsto por el epígrafe k) de la base 17.
c) Acreditación mediante el certificado correspondiente de estar dado de alta en el impuesto sobre actividades económicas, si procede. El/La solicitante puede autorizar al Institut Ramon Llull a obtener dicho dato telemáticamente de las entidades gestoras. En este caso no es necesario aportar la documentación que se pueda obtener mediante este consentimiento. Esta autorización consta en el formulario de solicitud.
d) Para el caso de entidades u organismos que no estén inscritos en el Registro Mercantil, en el Registro de Asociaciones del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña o en el Registro General de Cooperativas de Cataluña, acreditación de la inscripción en el registro correspondiente y de la representación legal en nombre de la que actúa la persona física solicitante.
e) Para el caso de entidades que no tengan la obligación de estar inscritas en un registro público, acreditación de su personalidad jurídica y de la representación en nombre de la que actúa la persona física solicitante.
No es necesario aportar los documentos indicados en las letras a) y d) en el caso de que el/la solicitante los haya presentado anteriormente al Institut Ramon Llull, siempre y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la presentación y no hayan experimentado ninguna modificación. En este supuesto, se debe indicar claramente la fecha en la que fueron presentados y el procedimiento al que hacían referencia. Si el órgano instructor, por causas ajenas a su actuación, no puede conseguir los documentos, requerirá a la persona beneficiaria que los aporte en el plazo de 10 días hábiles.
Documentación específica
En la solicitud de acuerdo con el formulario normalizado se adjuntará, sin encuadernar, la siguiente documentación:
- Proyecto de la actividad expositiva.
- Descripción del equipamiento que acoge la actividad expositiva.
- Presupuesto completo y detallado de los desplazamientos y transporte de la carga del proyecto en el que figuren todos los gastos e ingresos previstos, la cuantía de la ayuda que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación, según el modelo facilitado por el Institut Ramon Llull.
- Carta de invitación del equipamiento, feria, muestra o bienal que acoge la actividad expositiva donde consten los datos de la entidad que la programa, nombre del autor, nombre y función técnica o artística del acompañante, en caso de que lo hubiera, y fechas de la actividad expositiva. La carta debe especificar que la entidad que acoge la actividad expositiva no asume el coste de los desplazamientos y/o transportes de carga. La carta no será válida si no incluye la firma del representante o el sello de la entidad que programa la actividad expositiva. Se podrá utilizar el modelo facilitado por el Institut Ramon Llull.
- Documentación que acredite haber realizado, como mínimo, una actividad expositiva individual en el circuito profesional en los últimos tres años o que el autor ha sido objeto de una publicación monográfica de su obra.
- Copias de las críticas especializadas que el autor ha recibido, como mínimo, en los últimos tres años.
- Trayectoria profesional, especificando los premios, becas y reconocimientos recibidos en el ámbito de las artes visuales, la arquitectura o el diseño, indicando el año y la institución que los ha otorgado.
El Institut Ramon Llull puede solicitar toda la documentación complementaria que considere necesaria para resolver la solicitud de subvención.
Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las personas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos y condiciones:
a) Cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18.11.2003).
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña y con el Estado español, así como de las obligaciones con la Seguridad Social. Si la persona solicitante no tiene la residencia fiscal en el territorio estatal, deberá presentar una declaración responsable donde lo haga constar.
c) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para el mismo concepto, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.
d) Cuando se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
e) En el caso de las personas físicas empresarias españolas, estar dado de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en aquellos supuestos en los que sea obligatorio.
f) En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, estar inscritas en el registro correspondiente.
g) En el caso de que se disponga de una plantilla igual o superior a 50 personas, cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla de la empresa prevista en el artículo 42.1 del Texto refundido de la Ley General de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio.
h) En el caso de que tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir en ellos en sus centros de trabajo, según los agentes sociales, y utilizarlos adecuadamente, conforme a los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. En el supuesto de que el solicitante no esté sujeto a dicha Ley, deberá cumplir la normativa que le sea de aplicación.
i) Cumplir el requisito que establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística, respecto a los centros laborales y, en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1 y 32.3 de dicha Ley.
j) En el caso de las fundaciones y asociaciones, haber adaptado los Estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y según la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la anterior.
k) En el caso de las fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el protectorado, según el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
l) En el caso de las empresas y las entidades, no haber sido sancionadas ni condenadas por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, según el artículo 11.1 de la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
m) Presentar declaración responsable de otras ayudas de minimis recibidas y/o solicitadas durante el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios fiscales anteriores incluidas las otorgadas por el Institut Ramon Llull. Las ayudas de minimis pueden haber sido concedidas para el mismo concepto de la subvención o para otros conceptos distintos, y pueden haber sido otorgadas por cualquier Administración Pública del Estado y/o recibir financiación de la Unión Europea.
Incompatibilidades
Estas subvenciones son incompatibles con otras subvenciones para los conceptos de desplazamiento y de transporte de carga de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, del Instituto Catalán de las Empresas Culturales y de otras entidades adscritas o vinculadas al Departamento de Cultura o participadas por él.
No hay tasas asociadas al trámite.
Importes subvencionables
Los gastos subvencionables son única y exclusivamente los correspondientes al transporte de la carga así como al desplazamiento del autor para asistir a la inauguración de la actividad expositiva. El autor podrá ir acompañado de otra persona con una función artística o técnica necesaria para el desarrollo de la actividad. Estos gastos serán subvencionables siempre y cuando no hayan sido asumidos por un tercero.
El importe mínimo subvencionable es de 300,00 euros. El importe máximo subvencionable es de 15.000,00 euros.
Se considera gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.
Se considera gasto subvencionable el IVA en la parte que la persona beneficiaria no pueda recuperar o compensar.
Plazos
Del18.05.2016al 13.06.2016
Del16.06.2016al 18.07.2016
Se puede presentar un máximo de tres solicitudes por autor durante el año de la convocatoria. El importe mínimo de la solicitud debe ser 300,00 euros. Con independencia del importe solicitado, se considerará que el importe máximo subvencionable es de 15.000,00 euros.
El desplazamiento del autor, que podrá ir acompañado de otra persona con una función artística o técnica necesaria para el desarrollo de la actividad, y el transporte de la carga de la actividad expositiva deben ser objeto de la misma solicitud.
En la dirección de la sede:
Institut Ramon Llull
Avenida Diagonal, 373
08008 Barcelona (España)
## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para cubrir gastos de desplazamiento fuera de Cataluña, siempre que estén relacionados con actividades y proyectos que promuevan la cultura popular y tradicional catalana. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-desplacaments-fora-de-Catalunya-per-fer-activitats-i-projectes-relacionats-amb-la-cultura-popular-i-tradicional-catalana-CLT044?category=73fa5630-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-desplacaments-fora-de-Catalunya-per-fer-activitats-i-projectes-relacionats-amb-la-cultura-popular-i-tradicional-catalana-CLT044?category=73fa5630-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)
Las subvenciones se conceden exclusivamente con la finalidad de colaborar en los gastos de viaje correspondientes a actividades concretas (festivales, conferencias, congresos académicos) realizadas fuera del dominio lingüístico y no se pueden incluir dietas, alojamientos ni otros gastos.
Actividades subvencionables
Los gastos subvencionables corresponden al coste de los billetes de avión, tren, autobús o barco de ida y vuelta en clase turista al lugar donde se celebra la actividad. La emisión de billetes de viaje, la gestión y compra se hace cargo del Institut Ramon Llull.
Leer másPlazo: hasta el 15 de noviembre de 2014.
El plazo para presentar la solicitud finaliza el 15 de noviembre de 2014.
La solicitud se deberá presentar hasta un mes antes del inicio del viaje:
No rige el plazo de un mes, en el supuesto de las solicitudes de subvenciones para desplazamientos dentro de la Unión Europea, para actividades que se lleven a cabo durante los dos meses inmediatamente posteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, por aunque la solicitud deberá presentarse en cualquier caso, como mínimo, una semana antes de la fecha de inicio del desplazamiento.
No rige el plazo de dos meses, en el supuesto de las solicitudes de subvenciones para desplazamientos fuera de la Unión Europea o que incluyan la traducción de poemas, para actividades que se lleven a cabo durante los tres meses inmediatamente posteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, si bien la solicitud deberá presentarse en cualquier caso, como mínimo, dos semanas antes de la fecha de inicio del desplazamiento.
Documentación que debe acompañar a la solicitud:
Se debe presentar una solicitud para cada viaje
Documentación administrativa
El / La solicitante puede autorizar al Institut Ramon Llull a obtener estos datos directamente de las entidades gestoras . En este caso no es necesario aportar la documentación que se pueda obtener mediante este consentimiento . Incluida en el formulario de solicitud .
Documentación específica
Además de la documentación mencionada en los apartados anteriores, los / las poetas que soliciten la traducción de poemas propios deben facilitar los textos originales que se hayan de traducirse en formato electrónico en el momento de entregar la solicitud al Instituto Ramon Llull .
No hay tasas asociadas a este trámite.
Criterios de valoración
Plazos
Hasta al 15.11.2014
En cualquiera de los lugares previstos en elartículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.