Subvenciones para compensar la devolución del precio de las entradas, debido a un confinamiento comarcal, de conciertos y festivales de música, festivales y muestras audiovisuales, así como de centros

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Compensar económicamente a empresas y profesionales por la devolución del importe de las entradas debido a las restricciones de movilidad por la COVID-19 en conciertos, festivales de música, muestras audiovisuales y centros de arte digital.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas privadas, personas físicas o jurídicas, incluyendo sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro, que organicen conciertos, festivales de música, muestras audiovisuales y centros de arte digital en Cataluña.

Requisitos principales

  • Ser una empresa privada, persona física o jurídica, incluyendo sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro.
  • Llevar a cabo las actividades descritas en la base 1 (organización de conciertos, festivales, etc.).
  • Ser el gestor del espacio cultural o el promotor de las actividades que haya alquilado o tenga cedido el espacio.

Plazos

El plazo para presentar solicitudes fue del 13/07/2021 al 27/07/2021.

Duración del trámite

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de cinco meses desde la publicación de la convocatoria. Si no hay una resolución expresa, se pueden entender desestimadas las solicitudes por silencio administrativo.

Información adicional

Este trámite solo se puede realizar por internet. La documentación aportada por otro canal no se tendrá en cuenta. Para información sobre el contenido de la subvención: 93 554 73 30 y 93 552 45 74, ajuts.icec@gencat.cat. Para información sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66.

Resumen

Subvenciones para compensar la devolución del precio de las entradas, debido a un confinamiento comarcal, de conciertos y festivales de música, festivales y muestras audiovisuales, así como de centros de exhibición de arte digital.

Quién puede usar este servicio

Empresas y profesionales del sector cultural.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

Requisitos previos

  • Ser una empresa privada, persona física o jurídica, incluyendo sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro.
  • Llevar a cabo las actividades descritas en la base 1.
  • Ser el gestor del espacio cultural o el promotor de las actividades.

Costes y plazos

  • Este trámite no tiene tasas asociadas.
  • El plazo para presentar solicitudes fue del 13/07/2021 al 27/07/2021.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Solicitar

  2. Consultar el estado del trámite

  3. Recibir la respuesta de la administración

    • El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de cinco meses desde la publicación de la convocatoria.
    • La resolución se publica en el tablón de anuncios electrónico de la Generalidad de Cataluña: Tablón de anuncios

Ayuda

  • Para información sobre el contenido de la subvención: 93 554 73 30 y 93 552 45 74, ajuts.icec@gencat.cat
  • Para información sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66

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