Subvenciones a empresas editoriales para la traducción al occitano de obras literarias en catalán

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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El objeto de estas subvenciones es apoyar propuestas de traducción al occitano de obras literarias en catalán, la publicación de las cuales, en forma de libro o cualquier otro soporte de edición, se ha de realizar entre el 1 de enero del año de la concesión de la subvención y el 31 de diciembre del año siguiente.

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Plazo de solicitud pendiente de determinar.

Estas subvenciones son de tramitación telemática obligatoria y necesitará disponer de un certificado digital para poder hacer la solicitud.

Ofrecemos un servicio para ayudarle a cumplimentar y tramitar las solicitudes telemáticamente. Puede pedir cita previa para hacer uso de este servicio.

A quién va dirigido

A las empresas editoriales domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, cuando su proyecto tenga incidencia en Cataluña, con acreditación de distribución y comercialización.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para solicitar la subvención está pendiente de determinar.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Proyecto de actividad o actuación
  2. Presupuesto completo y detallado del proyecto
  3. Contrato entre la empresa editorial y el traductor o la traductora.
  4. Un ejemplar o copia de la obra original.
  5. Una muestra de la traducción de un mínimo de 40.000 espacios que permita evaluar la calidad de la traducción.
  6. Currículum literario del traductor o la traductora.

A partir del día siguiente de la publicación de la relación provisional de subvenciones concedidas, los solicitantes propuestos dispondrán de 10 días hábiles para presentar la documentación siguiente:

  1. Documento de aceptación de la subvención
  2. Original o copia compulsada del contrato entre la empresa editorial y la persona titular de los derechos de transformación, cuando la obra no esté libre de derechos.

Requisitos

  1. Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña.
  2. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
  3. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalitat de Cataluña, con el Estado y con la Seguridad Social.
  4. Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística , establece en los artículos siguientes:
    • Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
    • Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
  5. Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
  6. Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  7. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
  8. Los textos deberán estar redactados de acuerdo con la normativa tradicional fundamentada en la Gramatica occitana de Loís Alibèrt. Los textos en la variante aranesa deberán estar redactados de acuerdo con las Normas ortografiques der aranés, texto aprobado en el Pleno del Conselh Generau de Arán el 5 de octubre de 1999.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Criterios de valoración:

La puntuación máxima del proyecto será de 15 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:

  1. El interés de la incorporación al occitano del autor o la autora y la obra literaria que se propone traducir y el enriquecimiento que pueda reportar a la cultura occitana (hasta 5 puntos).
  2. La calidad final o previsible de la traducción, considerando sobre todo la muestra que se pueda examinar y la trayectoria del traductor o la traductora (hasta 5 puntos).
  3. El precio acordado entre la editorial y el traductor o la traductora. Obtienen una valoración más alta los proyectos que remuneren mejor la traducción, a partir de un importe mínimo de 5,75 euros los 1.000 espacios (hasta 3 puntos).
  4. La trayectoria de la editorial (hasta 2 puntos).

Para poder optar a las subvenciones hay que alcanzar una puntuación mínima de 10 puntos en el conjunto de criterios.


Comisión de valoración
La composición de las comisiones de valoración, responsables de informar los proyectos que opten a la concesión, está pendiente de aprovación.

Plazos

Del10.10.2013al 30.10.2013

Por internet

Este formulario requiere la identificación y autentificación a través de firma electrónica.

El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento y en los Servicios Territoriales .

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Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en la Oficina Virtual de Trámites


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