Subvenciones para proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ámbito de la música

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El objeto de estas subvenciones es promover proyectos artísticos profesionales de formación, producción, exhibición y difusión vinculados al ámbito de la música. Asimismo, se dirige a proyectos multidisciplinares o de nuevas tendencias que tengan como base el lenguaje musical.

Hay cuatro modalidades:

a) Apoyo a la organización de un programa de actividades de formación para profesionales o de dinamización y de iniciación a la música para todo tipo de públicos en formato de seminarios, jornadas, talleres, cursos, etc.

b) Apoyo a producciones musicales promovidas por formaciones estables profesionales.

c) Apoyo a la organización de un concurso musical para intérpretes y creadores profesionales.

d) Apoyo a la realización de un proyecto en formato de publicación, web o cualquier otro vinculado a la comunicación que suponga una herramienta de apoyo y difusión para el sector de la música.

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Plazo de solicitud: del 1 de abril al 15 de abril de 2014.

Estas subvenciones son de tramitación telemática obligatoria y necesitará disponer de un certificado digital para poder hacer la solicitud.

Ofrecemos un servicio para ayudarle a cumplimentar y tramitar las solicitudes telemáticamente. Puede pedir cita previa para hacer uso de este servicio.

A quién va dirigido

  • A empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la música, con domicilio en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo.
  • A entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio en Cataluña que lleven a cabo la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la música.
  • A agrupaciones sin personalidad jurídica que se reúnen para proyectos conjuntos, siempre que todos sus miembros, que tendrán la consideración de beneficiarios, reúnan las condiciones que exigen las bases.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar las solicitudes es del 1 al 15 abril de 2014.

Documentación

Documentación que debe acompañar a la solicitud:

  1. Proyecto de actividad o actuación
  2. Presupuesto completo y detallado del proyecto
  3. Memoria explicativa de las actividades que en el ámbito de la música se hayan llevado a cabo durante el último año o dos años, en función de las modalidades a que se opta. Hace falta cuantificar las actividades realizadas y el número de asistentes y/o participantes.

Requisitos

  1. Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural.
  2. Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña, otras comunidades autónomas del Estado o el extranjero.
  3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
  4. Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, y con las obligaciones de la Seguridad Social.
  5. Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística , establece en los artículos siguientes:
    • Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
    • Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
  6. Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
  7. Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  8. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
  9. Los solicitantes deben presentar una única solicitud para un máximo de dos modalidades que incluya la actividad o actividades, sea cual sea la naturaleza: formación, producción, exhibición y difusión.
  10. Para optar a la modalidad a) y b), los solicitantes deben acreditar un mínimo de dos años de experiencia.
  11. Para optar a dos modalidades, los solicitantes deben acreditar como mínimo un año de actividad continuada en el ámbito de la música.
  12. La actividad se puede llevar a cabo en el ámbito territorial de Cataluña, en otras comunidades autónomas del Estado o en el extranjero.

  13. Si la solicitud incluye más de una modalidad, la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural puede denegar o conceder subvención para una sola modalidad con independencia de haber denegado o concedido la otra.

  14. Estas subvenciones son incompatibles con la convocatoria de subvenciones de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural para proyectos artísticos que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales, aunque la finalidad sea diferente.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Criterios de valoración

La puntuación máxima del proyecto será de 10 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:

  1. El interés cultural y artístico del proyecto (hasta 4 puntos):
    • Trayectoria profesional del solicitante y de los integrantes del equipo de dirección y artístico.
    • Relevancia, grado de interés del proyecto y coherencia en su desarrollo.
    • Aportación significativa de contenidos al contexto artístico.
    • Contribución a la innovación en el ámbito de la creación art??stica y fomento de artistas emergentes.
  2. Impacto del programa de actividades (hasta 3 puntos):
    • Contribución a la creación ya la alfabetización de públicos, al equilibrio territorial, con la inclusión de aspectos que favorezcan el acercamiento del proyecto al público no especializado, a la población en edad escolar y el favorecimiento del diálogo intercultural y la cohesión social en el entorno cultural catalán.
    • Coherencia del plan de comunicación con las actividades propuestas.
    • Impacto del plan de explotación. En el caso de la modalidad b), el número de actuaciones previstas.
    • Número de participantes o asistentes a la actividad o actividades.
    • Continuidad del proyecto.
  3. Viabilidad del proyecto y calidad de la gestión (hasta 3 puntos):
    • Adecuación del presupuesto a los recursos necesarios para la realización del proyecto artístico.
    • Adecuación de la planificación de los recursos humanos y económicos a los objetivos propuestos.
    • Existencia de unas condiciones laborales de contratación favorables de acuerdo con los honorarios estipulados por los acuerdos laborales del sector y los códigos de buenas prácticas.
    • Financiación prevista al margen de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural de carácter público y privado.
    • Generación de recursos propios.

Comisión de valoración:

Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se pueden consultar en la Resolución CTL/1269/2014, de 30 de abril.

Plazos

Del01.04.2014al 15.04.2014

Por internet

Este formulario requiere la identificación y autentificación a través de firma electrónica.

El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento y en los Servicios Territoriales .

Más información sobre los sistemas de firma electrónica

Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en la Oficina Virtual de Trámites


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