Subvenciones para la creación de públicos para la cultura

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para el fomento de proyectos y actividades dirigidos a la creación, captación o incremento de públicos de la cultura en Cataluña atendiendo a las siguientes modalidades:

a) Proyectos y actividades profesionales del ámbito de las artes escénicas (danza, teatro o circo), las artes visuales, o la música que tengan como objetivo la formación, dirigidos a personas que no sean profesionales de los ámbitos indicados.

Se pueden subvencionar actividades concretas o proyectos que incluyan un conjunto de actividades dentro de una estrategia con un objetivo común. Las actividades pueden consistir en jornadas, talleres, cursos, congresos, seminarios, encuentros u otras actuaciones en el ámbito de la formación reglada o no reglada.

No son objeto de estas subvenciones los proyectos o actividades desarrollados en las enseñanzas de ciclos formativos de grado medio y superior de las especialidades de artes plásticas y diseño, de las enseñanzas artísticas superiores y de las enseñanzas universitarias.

b) Apoyo a la organización de premios, concursos o galas de inauguración de temporada que fomenten todo un sector de los ámbitos de las artes escénicas, las artes visuales, el audiovisual o la música.

Quedan excluidos los premios cuya organización tenga un presupuesto superior a 200.000 euros.

Leer más

El plazo para solicitar la subvención es del 19 de enero al 16 de febrero de 2016, ambos incluidos.

Esta ayuda es de tramitación telemática obligatoria:

Consultar las condiciones técnicas necesarias para los trámites en linea

A quién va dirigido

1. De la modalidad a) de la base 1.1) (formación de públicos no profesionales), pueden ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes personas:

a) Empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, o entidades privadas sin ánimo de lucro, que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la formación.

b) Agrupaciones de las empresas o entidades citadas en el apartado a), aunque no tengan personalidad jurídica.

2. De la modalidad b) de la base 1.1) (organización de premios, concursos o galas de inauguración de temporada) pueden ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes personas:

a) Empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, o entidades privadas sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en los ámbitos de las artes escénicas, las artes visuales, el audiovisual o la música.

b) Agrupaciones de las empresas o entidades citadas en el apartado a), aunque no tengan personalidad jurídica.

3. Cuando se trate de agrupaciones sin personalidad jurídica, se deben hacer constar expresamente, tanto al formalizar la solicitud como en el acuerdo de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la ayuda que debe aplicar cada uno, ya que también tienen la consideración de beneficiarios. La agrupación no se puede disolver hasta que no hayan transcurrido los plazos de prescripción establecidos en el artículo 100.4 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes es del 19 de enero al 16 de febrero de 2016, ambos incluidos.

Documentación

Documentación administrativa:

En el formulario de solicitud se autoriza al Instituto Catalán de las Empresas Culturales a consultar de oficio los datos establecidos en el punto 7 de las Bases generales reguladoras .
La no autorización implicará la presentación correspondiente .

Documentación a presentar con la solicitud

  1. Memoria del proyecto
  2. Presupuesto del proyecto

Documentación addicional

Las empresas propuestas como beneficiarias en la resolución provisional han de presentar addicionalmente, en el caso de agrupaciones de personas sin personalidad jurídica han de presentar el documento de nombramiento de la persona representante o apoderado único de la agrupación

Las personas jurídicas propuestas como beneficiarias en la resolución provisional con una ayuda de importe superior a 10.000? han de presentar adicionalmente una declaración de las retribuciones de los órganos de dirección o administración

Requisitos

1. Para poder optar a las subvenciones deberán cumplirse, aparte de los previstos en la base general 3, los siguientes requisitos y condiciones:

a) Llevar a cabo la actividad en Cataluña.

b) Utilizar el catalán como lengua vehicular de la actividad como mínimo en un 50%.

c) Realizar la actividad dentro del plazo comprendido entre el primer día hábil del mes de octubre del año anterior al de concesión de la subvención y el último día hábil del mes de septiembre del año de concesión de la subvención.
2. Respecto a la modalidad a) de la base 1.1, además de lo establecido en el apartado 1, se debe acreditar un mínimo de un año de experiencia en la actividad concreta que se ha de subvencionar, o, en su defecto, acreditar experiencia en la actividad concreta subvencionada de, al menos, un año de las personas responsables del proyecto o actividad.
3. Con respecto de la modalidad b) de la base 1.1, además de lo establecido en el apartado 1, debe acreditarse un mínimo de dos años consecutivos de experiencia en la actividad concreta a subvencionar.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Altres Informacions

Gastos subvencionables

Respecto a las dos modalidades previstas son subvencionables:

a) Los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención del personal de la empresa o entidad solicitante y de los ponentes, formadores, presentadores y jurados que participen directamente en el proyecto o actividad propuesta. Los gastos deben ser imputables a actividades específicas y claramente identificables.

b) El alquiler de salas.

c) El alquiler de equipo, maquinaria y mobiliario.

d) Los gastos de promoción, publicidad y publicaciones.

e) Hasta un 10% de los gastos indirectos o generales, de acuerdo con la base general 5.4.

Respecto a la modalidad a) formación de públicos no profesionales, son también subvencionables:

a) Los honorarios o retribuciones de los formadores, ponentes y personal.

b) El material didáctico: los gastos de preparación y la reproducción.

Respecto a la modalidad b) organización de premios, concursos o galas de inauguración de temporada, son también subvencionables:

a) Los honorarios o retribuciones de los trabajadores participantes en la organización de los premios o del concurso.

b) La compra de material fungible.

No son subvencionables las dotaciones económicas o en especie de los premios, si las hubiere.

Criterios de valoración

Las solicitudes se valoran de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Capacidad de impacto en la ciudadanía. Hasta 2 puntos. En el caso de propuestas de la modalidad a) formación de públicos no profesional, este criterio se concreta en los siguientes subcriterios:

- Que se propongan actividades o proyectos de colaboración con otros agentes culturales existentes.

- Con proyección pedagógica de población en edad escolar y juvenil, y en el ámbito de los ciclos formativos y la formación no reglada.

- El equilibrio territorial y/o el número de habitantes potencialmente destinatarios.

- Acciones de inclusión social o actividades dirigidas a los colectivos más vulnerables o con más dificultad como la tercera edad, las personas con discapacidad y los colectivos en riesgo de exclusión social.

- Que cubran un nicho de mercado desatendido hasta el momento.

- Que tengan una continuidad en el tiempo.

b) Interés cultural y calidad artística de la propuesta. Hasta 1 punto. En el caso de propuestas de la modalidad a) formación de públicos no profesional, este criterio se concreta en los siguientes subcriterios:

- La innovación, la investigación y el uso de las nuevas tecnologías.

- La participación de profesionales del ámbito en el proyecto o actividad.

- La existencia de una metodología de pedagogía del arte.

c) Viabilidad del proyecto y calidad de la gestión. Hasta 2 puntos.

- Adecuación del presupuesto a los recursos.

- Plan de financiación y explotación.

- Grado de financiación previsto al margen de la ayuda.

d) Comunicación y marketing: se valora positivamente el desarrollo de una estrategia de comunicación y marketing. Hasta 1 punto.

e) Trayectoria del proyecto o actividad. Hasta 1 punto. Se tiene en cuenta lo siguiente:

- Años de existencia del proyecto o actividad.

- Evolución del proyecto o actividad.

- Resultados económicos y sociales del proyecto o actividad.

f) Otras líneas de actividad de la empresa o entidad solicitante: se valora positivamente que la entidad o empresa solicitante tenga otras líneas de trabajo en ámbitos culturales y del desarrollo de públicos. Hasta 1 punto.

g) La formación y la experiencia de los responsables de la propuesta en las actividades que deban desarrollarse. Hasta 2 puntos.

Se debe obtener un mínimo del 50% de puntuación para poder obtener la subvención.

Plazos

Del19.01.2016al 16.02.2016

Por internet

Consultar las condiciones técnicas necesarias para los trámites en linea


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.