Ayuntamiento de San Fernando

  • Forma de Inicio: Mediante solicitud presentada por el interesado.

    Consideraciones previas:

    Tienes por objeto comprobar que el uso previsto para un edificio, o parte del mismo, es conforme a la normativa y a la ordenación urbanística de aplicación.

    Cuando se trate de edificios para los que haya sido otorgada licencia de obras de nueva construcción, ampliación, modificación, reforma o rehabilitación, tendrá por objeto, además, comprobar la adecuación urbanística de las obras ejecutdas a la licencia otorgada.

    • La licencia de ocupación se exigirá cuando el uso previsto sea el de vivienda.
    • La licencia de utilización en los demás supuestos.

    Las empresas suministradoras de energía eléctrica, agua, gas, y servicios de telecomunicaciones exigirán para la contratación definitiva de los servicios respectivos la licencia de ocupación o primera utilización.

    Documentación:

    • Al presentar la solicitud:
      • Certificado final de obras.
      • Boletines de electricidad, agua, alcantarillado, protección contra incendio (si procede).
      • Aquella otra que expresamente se indique en la correspondiente licencia de obra.
      • Poder de representación, en caso de persona jurídica o cuando se actúa en representación de terceros, siempre que no coincida con el solicitante de la licencia de obra.
      • Acreditar la presentación de la Declaración catastral de nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación de bienes inmuebles (mod. 902-N), o autorización expresa a la Administración para su consulta.

    Tramitación:

    Presentación de la solicitud junto con la documentación indicada.

    Tras el informe técnico y jurídico oportuno se dictará resolución concediéndose la licencia y aprobándo las liquidaciones correspondientes. Dicha licencia faculta el uso y ocupación de edificio o instalación y autoriza la contratación definitiva de los suministros.

    Previamente, si fuesen tenido en consideración hechos, alegaciones o pruebas, diferentes a lo manifestado por el interesado, antes de dictarse la resolución, se pondrá de manifiesto el expediente a los interesados por plazo de quince días, dentro de los cuales el interesado podrá presentar alegaciones, documentos y justificaciones que estime pertinente, dándose con ello cumplimiento al correspondiente trámite de audiencia.

    Plazo de tramitación: Tres meses

    Órgano que resuelve: Alcalde Presidente

    Sentido del Silencio:

    Desestimatorio en los casos señalados en el artº 23 Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa; es decir en los casos de Movimientos de tierras, explanaciones, parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación; obras de edificación, construcción e implantación de instalaciones de nueva planta; la ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes; la tala de masas arbóreas o de vegetación arbustiva que, por sus características, puedan afectar al paisaje; la primera ocupación de las edificaciones de nueva planta.

    En los demas casos, estimatorio. No obstante en ningún caso podrán entenerse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la Ordenación Territorial o Urbanística.

    Recursos:

    • Contra la resolución que se dictara relativa a la licencia de obra, procederá en su caso la interposición de los recursos que se indican aquí.
    • Contra las liquidaciones (de proceder) que se practicaran se podrán presentar los recursos que se indican aquí.

    Requisitos económicos:

    Tasas por expedición de licencia urbanística. Ver Ordenanza Fiscal nro 29. Su devengo se produce al inicio del expediente.

    Forma de pago

    Ver el lugar, forma y plazo para hacer efectivo el pago aquí.

    Trámites vinculados Licencia de Obra Mayor.

    Normativa

    Ordenanza Fiscal

    Ordenanza fiscal número 29, reguladora por tramitación y expedición de licencia urbanística.

    Legislación estatal y autonómica

    Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía

    Ver otra legislación específica aquí.

    Formulario de solicitud

    Responsable del trámite: Sr. Jefe del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística
    Teléfono de contacto: 956 940 945 Extensión 32938

    Última versión actualizada: día 11/12/2013

  • ## Resumen Este trámite permite obtener la licencia para tener perros considerados potencialmente peligrosos en San Fernando. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Documento de identificación del solicitante. * Certificado de aptitud psicológica. * Certificado de capacidad física. * Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil. * Justificante de haber vacunado e identificado al animal mediante microchip. * Declaración jurada de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves. ## Cómo hacerlo 1. Reúne toda la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud y la documentación requerida en el registro del Ayuntamiento de San Fernando. ## Ayuda * Para más información, contacta con el Ayuntamiento de San Fernando.

  • ## Resumen Este trámite permite a los ciudadanos modificar o actualizar sus datos personales en el Padrón Municipal de Habitantes, excluyendo el domicilio. ## Cómo hacerlo Para realizar este trámite, siga estos pasos: 1. Acceda a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Fernando. 2. Identifíquese mediante certificado digital o DNI electrónico. 3. Localice el trámite de "Modificación y actualización de datos personales en el Padrón Municipal de Habitantes (excepto domicilio)". 4. Complete el formulario con la información requerida. 5. Adjunte la documentación necesaria. 6. Envíe la solicitud. ## Trámites electrónicos * [Trámites de Urbanismo](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=115) * [Aportar información datos banco](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=116) * [Servicio de pago telemático](https://sede.sanfernando.es/Liquidaciones/Informacion.asp) * [Cambio modo notificación](https://tramites.sanfernando.es:8443/SIGEM_AutenticacionWeb/seleccionEntidad.do?REDIRECCION=RegistroTelematico&tramiteId=NOT001&SESION_ID=&ENTIDAD_ID=000) * [Aportación de documentos](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=108) * [Volantes/certificados de empadronamiento](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=32) * [Exenc. IVTM por discapacidad](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=38) * [Exenc. IVTM movilidad reducida](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=37) * [Bonif. IVTM Veh. Históricos](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=39) * [Bonif. IBI Fam. Numerosa](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=36) * [Consulta del registro electrónico](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=45) * [Verificar documentos electrónicos](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=62) * [Consulta INE](https://sede.ine.gob.es/padronciudadano/index.jsp?lang=es_ES) * [Factura electrónica](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=89) * [Quejas/sugerencias](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=104) * [Portafirmas electrónico](https://firma.sanfernando.es) * [Solicitud Electrónica General](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=43) ## Portal de Notificaciones * [Acceso](https://dehu.redsara.es/) ## Soporte Sede * [Autofirma](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=86) * [Requisitos técnicos](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=60) * [Descargue Adobe Reader](http://get.adobe.com/es/reader/) * [Modelos normalizados](https://sede.sanfernando.es/Visor.asp?hidOptNav=90)

  • ## Resumen Este trámite permite gestionar la recogida y entrega de objetos perdidos en el municipio. ## Cómo hacerlo 1. **Entrega del objeto:** Si has encontrado un objeto perdido, puedes entregarlo en las dependencias de la Policía Local. 2. **Reclamación del objeto:** Si has perdido un objeto, puedes preguntar en la Policía Local si ha sido encontrado y entregado. ## Ayuda * **Contacto:** Para más información, contacta con la Policía Local.

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar el título de familia numerosa en el Ayuntamiento de San Fernando. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Documentación que acredite la identidad de los miembros de la familia. * Libro de Familia o certificado de nacimiento. * Documentación que acredite la residencia en San Fernando. * En caso de discapacidad, certificado acreditativo. * Cualquier otra documentación que se considere necesaria. ## Cómo hacerlo 1. **Presentación de la solicitud:** La solicitud se puede presentar de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento. 2. **Revisión de la solicitud:** El Ayuntamiento revisará la solicitud y la documentación aportada. 3. **Resolución:** En caso de ser favorable, se emitirá el título de familia numerosa. ## Ayuda * **Contacto:** Para cualquier duda o consulta, puede dirigirse al departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de San Fernando. * **Recursos adicionales:** * Puede consultar la normativa vigente en materia de familias numerosas.

  • ¿Qué es un certificado electrónico?

    Un certificado no es otra cosa que un conjunto de datos vinculados entre sí y una identidad, la del titular o firmante, y cuya unión o vínculo viene avalada y garantizada por un prestador de servicios de certificación.

    Es la herramienta básica para la realización de gestiones desde su propio ordenador sin necesidad de desplazarse.

    ¿Cómo obtener un certificado electrónico?

    Para obtener un certificado de firma electrónica y si se trata de una persona física deberá acceder a la página www.ceres.fnmt.es y seguir los pasos que se indican a continuación.

    1. Solicitud del Certificado. Desde la página indicada seleccionamos "Solicitud de certificado". Una vez cumplimentada la casilla del NIF, al enviar la petición le aparecerá un aviso informándole de la solicitud del certificado, seleccione la opción "SI".
    2. Si su ordenador no es compartido con otras personas, pulse el botón "aceptar" para continuar el proceso.
    3. Si se trata de un ordenador compartido, al que pueden acceder terceras personas, deberá pulsar "nivel de seguridad" para establecer la contraseña de acceso, siguiendo los pasos que se le indicará en el proceso.
      Una vez concluido todo este proceso, le aparecerá en la pantalla un código de solicitud asociado a su certificado, que deberá imprimir o apuntar para dirigirse a la oficina correspondiente de registro.
    4. Acreditación de la identidad mediante personación física en una oficina de Registro: este punto es muy importante porque permite garantizar la identidad del titular del certificado. Para ello deberá dirigirse a la correspondiente Oficina de Registro aportando su DNI, pasaporte u otros documentos de identificación y el código de la solicitud del certificado obtenido en el punto anterior.

      Caso de que escoja la oficina de registro del Ayuntamiento de San Fernando, deberá personarse en la Oficina de Atención al Ciudadano, en la calle Isaac Peral número 11.

      El funcionario correspondiente verificará su identidad y realizará las operaciones correspondientes.

    5. Concluido el paso anterior ya puede descargar su certificado desde la opción "Descarga del Certificado" de la página indicada anteriormente. Dicha descarga deberá realizarse desde el mismo ordenador con el que se inició la operación. Realizada la petición de descarga, el certificado se instalará automáticamente.

    Fecha y plazo

    La solicitud del certificado podrá realizarse durante las 24 horas del día, todos los días del año.

    El paso segundo, acreditación de la identidad, podrá realizarse cualquier día laboral en los horarios de atención al público en la Oficina de Atención al Ciudadano, o en cualquier otra oficina de registro, a efectos de certificación electrónica.

    Documentación necesaria:

      • Cualquier documento oficial válido para identificación: DNI, pasaporte, permiso de conducir....
      • Código de solicitud asociado a su petición de certificado electrónico obtenido mediante el procedimiento que se describe anteriormente.

    Validez del certificado

    El certificado electrónico es válido desde el mismo momento de su descarga. No obstante, al igual que ocurriría con una tarjeta bancaria, tienen un periodo de vigencia y además se pueden cancelar o revocar, siempre que el titular lo desee o dude de poseer en exclusiva la clave privada. Cuando el certificado está próximo a su fecha de caducidad podrá ser renovado sin necesidad de acudir a la oficina de registro.

    Certificado en Tarjeta

    Criptográfica

    La obtención del certificado electrónico puede obtenerse también mediante su descarga en una tarjeta criptográfica. En este caso el solicitante deberá proveerse de la misma, así como de un lector de tarjetas en el caso de que equipo no venga provisto del mismo.

    El proceso de solicitud del certificado en tarjeta, requiere igualmente la realización de los tres pasos señalados anteriormente, con la diferencia de que la solicitud y la descarga han de hacerse con la tarjeta en un lector. Para el primer paso (solicitud) la opción a elegir será "CERTIFICADO DE USUARIO EN TARJETA CRIPTOGRÁFICA", y habrá de seleccionarse con la tarjeta dentro del lector, de esta forma, las claves se generan en la tarjeta en vez de en el navegador. La descarga ha de seleccionarse igualmente con la tarjeta dentro del lector para que se descargue el certificado en la misma.

    Su ventaja radica en que su certificado electrónicol puede ser fácilmente utilizable en equipos con el lector de tarjeta, sin tener que realizarse la descarga del certificado electrónico en el navegador del mismo. El certificado deja de estar operativo en dicho equipo en el momento en que se extrae la tarjeta.

    Legislación aplicable

  • Forma de Inicio

    Mediante solicitud presentada por el interesado.

    Consideraciones previas

    La autorización de la ocupación de la vía pública con contenedores, andamios, grúas u otros elementos y materiales para la construcción, quedará supeditado a la concesión de la correspondiente licencia municipal de obras.

    Documentación

      • Croquis de situación acotando la superficie a ocupar.
      • Poder de representación, en caso de persona jurídica o cuando se actúa en representación de terceros.

    Tramitación

    Presentación de la solicitud junto con la documentación indicada.

    Tras el informe técnico se dictará resolución concediéndose la licencia y aprobándo las liquidaciones correspondientes. En dicha licencia se establecerán las condiciones de la licencia.

    Previamente, si fuesen tenido en consideración hechos, alegaciones o pruebas, diferentes a lo manifestado por el interesado, antes de dictarse la resolución, se pondrá de manifiesto el expediente a los interesados por plazo de quince días, dentro de los cuales el interesado podrá presentar alegaciones, documentos y justificaciones que estime pertinente, dándose con ello cumplimiento al correspondiente trámite de audiencia.

    Plazo de tramitación

    tres meses

    Órgano que resuelve

    Delegado del Área de Desarrollo de la Ciudad.

    Sentido del Silencio

    Estimatorio. No obstante en ningún caso podrán entenerse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la Ordenación Territorial o Urbanística. Antes del inicio de obra deberá comunicarse la fecha de inicio.

    Recursos

    • Contra la resolución que se dictara relativa a la licencia de obra, procederá en su caso la interposición de los recursos que se indican aquí.
    • Contra las liquidaciones (de proceder) que se practicaran se podrán presentar los recursos que se indican aquí.

    Requisitos económicos

    • Tasas por ocupación de terreno de uso público con escombros, materiales, vallas y andamios. Ver Ordenanza Fiscal nro 33. Su devengo se produce al inicio efectivo de la ocupación.
    • No estará sujeto al pago de tasa la ocupación de vía pública en estacionamiento afectado por el Servicio ORA (zona azul), si bien el interesado deberá abonar a dicho concesionario el importe efectivo de su ocupación.

    Forma de Pago

    Ver el lugar, forma y plazo para hacer efectivo el pago aquí.

    Tramites vinculados

    • Licencia de obra mayor.
    • Licencia de obra menor.

    Normativa

    :

    Ordenanza Fiscal: Tasa nro 33 por ocupación de terreno de uso público con escombros, materiales, vallas y andamios.

    Legislación Estatal y Autonómica:

    Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

    Ver otra legislación específica en nuestro portal

    Formulario de solicitud

    Responsable del trámite: Sr. Jefe del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística
    Teléfono de contacto: 956 940 945 Ext. 32938

    Última versión actualizada: día 11/12/2013

  • Forma de Inicio

    :

      • De oficio.
      • A instancia de parte mediante solicitud presentada por el interesado.

    Otras Administraciones y Organismos intervinientes

    En función de la ubicación de los terrenos:

      • Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
      • Consejería de Cultura (si procede).
      • Medio Ambiente (Autorización Ambiental Unificada, si procede).
      • Ministerio de Fomento y ADIF, si procede.

    Documentación

    Al presentar la solicitud:

      • Proyecto técnico en formato digital y papel.
      • Tasas.
      • Relación de titulares catastrales y registrales así como posibles interesados (titulares de derecho).

    Tramitación

      • Presentación de la solicitud junto con la documentación indicada en caso de procemiento iniciado a instancia de parte.
      • Emisión de informe técnico y jurídico sobre el proyecto.
      • Plazo audiencia (si procede)
      • Aprobación inicial por la Alcaldia Presidencia. Informes de servicios, si procede: S.M. Vías y Obras, S.M. Electricidad, Policía Local, Aquagest, Telefónica-Ono, Endesa.
      • Según ubicación, informe s/ afecciones sectoriales: Demarcación de Costas, Ministerio de Defensa, Medio Ambiente, Parque Natural, ADIF, Cultura y Ministerio de Fomento.
      • Informe preceptivo de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Vivienda.
      • Información Pública plazo de un mes con publicación en BOP, un diario de mayor difusión provincial y tablón.
      • Aprobación provisional en caso de alegaciones o modificaciones.
      • Verificación de informes sectoriales, en su caso.
      • Aprobación definitiva por el Pleno, inscripción en el Registro Autonómico y Municipal de Instrumentos de Planeamiento y anuncio de las ordenanzas.

    Plazo de tramitación

    : Tres meses.

    Órganos que resuelven

      • Alcalde (aprobación inicial y, en su caso provisional)
      • Ayuntamiento Pleno (Aprobación definitiva)

    Sentido del Silencio

    Positivo.

    Recursos

    • Contra la resolución procederá interposición de los recursos que se indican aquí.
    • Contra las liquidaciones que se practicaran se podrán presentar los recursos que se indican aquí.

    Requisitos económicos

    Tasas por tramitación de poyectos de ordenación de iniciativa particular, tales como estudios de detalle, planes parciales, planes de sectorización, etc, así como proyecto de actuación y planes especiales para actuaciones de interés publico en suelo no urbanizable.. Ordenanza Fiscal nro 31.

    Normativa

    Ordenanza Fiscal: Ordenanza fiscal número 31, reguladora de las tasas por expedición de documentos urbanísticos

    Legislación estatal y autonómica

    Responsable del trámite: Sr. Jefe del Servicio de Planeamiento
    Teléfono de contacto: 956 940 945 Ext. 32919

    Última versión actualizada: día 11/12/2013

  • Forma de Inicio

      • De oficio.
      • Mediante solicitud presentada por el interesado.

    Otras Administraciones y Organismos intervinientes

    En función de la ubicación de los terrenos:

      • Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
      • Consejería de Cultura (si procede).
      • Medio Ambiente (Autorización Ambiental Unificada, si procede).

    Documentación

    Al presentar la solicitud:

      • Proyecto técnico en formato digital y papel.
      • Tasas.
      • Relación de titulares catastrales y registrales así como posibles interesados (titulares de derecho).

    Tramitación

      • Presentación de la solicitud junto con la documentación indicada en caso de procemiento iniciado a instancia de parte.
      • Emisión de informe técnico y jurídico sobre el proyecto.
      • Plazo audiencia (si procede)
      • Aprobación inicial por la Alcaldia Presidencia.Informes de servicios: S.M. Vías y Obras, S.M. Electricidad, Policía Local, Aquagest, Telefónica-Ono, Endesa.
      • Según ubicación, informe s/ afecciones sectoriales: Demarcación de Costas, Ministerio de Defensa, Medio Ambiente, Parque Natural, ADIF, Cultura y Ministerio de Fomento.
      • Informe preceptivo de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Vivienda
      • Información Pública plazo de un mes con publicación en BOP, diario de mayor difusión provincial y tablón.
      • Aprobación provisional en caso de alegaciones o modificaciones.
      • Verificación de informes sectoriales, en su caso.
      • Aprobación definitiva por el Pleno, inscripción en el Registro Autonómico y Municipal de Instrumentos de Planeamiento y anuncio de las ordenanzas.

    Plazo de tramitación

    : Tres meses.

    Órganos que resuelven

      • Alcalde (aprobación inicial y, en su caso provisional)
      • Ayuntamiento Pleno (Aprobación definitiva)

    Sentido del Silencio

    Positivo.

    Recursos

    • Contra la resolución procederá interposición de los recursos que se indican aquí.
    • Contra las liquidaciones que se practicaran se podrán presentar los recursos que se indican aquí.

    Requisitos económicos

    Tasas por tramitación de poyectos de ordenación de iniciativa particular, tales como estudios de detalle, planes parciales, planes de sectorización, etc, así como proyecto de actuación y planes especiales para actuaciones de interés publico en suelo no urbanizable.. Ordenanza Fiscal nro 31.

    Normativa

    Ordenanza Fiscal: Ordenanza fiscal número 31, reguladora de las tasas por expedición de documentos urbanísticos

    Legislación estatal y autonómica

    Responsable del trámite: Sr. Jefe del Servicio de Planeamiento
    Teléfono de contacto: 956 940 945 - ext. 32919

    Última versión actualizada: día 11/12/2013

  • Forma de Inicio

      • De oficio.
      • Mediante solicitud presentada por el interesado.

    Otras Administraciones y Organismos intervinientes

    En función de la ubicación de los terrenos:

      • Consejería de Obras Públicas y Vivienda, para el caso de Junta de Compensación.

    Documentación

    Al presentar la solicitud:

      • Proyecto técnico en formato digital y papel.
      • Tasas.
      • Relación de titulares catastrales y registrales así como posibles interesados (titulares de derecho).

    Tramitación

      • Presentación de la solicitud junto con la documentación indicada en caso de procemiento iniciado a instancia de parte.
      • Emisión de informe técnico y jurídico sobre el proyecto.
      • Plazo audiencia (si procede)
      • Aprobación inicial por la Alcaldia Presidencia.
      • Información Pública plazo de 20 días con publicación en BOP y tablón.
      • Aprobación definitiva por la Alcaldía y anuncio.
      • Remisión a los servicios municipales.
      • Inscripción en el Registro de la Propiedad.

    Plazo de tramitación

    : Tres meses.

    Órganos que resuelven

      • Alcalde (aprobación inicial y definitiva)
      • En el sistema de compensación con Junta de Compensación, la aprobación definitiva será la ratificación por Alcaldía del proyecto previamente aprobado por la asamblea de la Junta de Compensación

    Sentido del Silencio

    Positivo.

    Recursos

    • Contra la resolución procederá interposición de los recursos que se indican seguidamente:
      • Alzada en el caso de aprobación por Junta de Compensación.
      • Reposición con carácter potestativo (arts. 116 y 117 Ley 30/1992)
      • Contencioso-administrativo (artº. 109 Ley 30/1992 y 46 Ley 29/1998).
      • Cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 Ley 30/1992)
    • Contra las liquidaciones que se practicaran se podrán presentar los recursos que se indican aquí.

    Requisitos económicos

    Tasas por tramitación de poyectos de ordenación de iniciativa particular, tales como estudios de detalle, planes parciales, planes de sectorización, etc, así como proyecto de actuación y planes especiales para actuaciones de interés publico en suelo no urbanizable.. Ordenanza Fiscal nro 31.

    Normativa

    Ordenanza Fiscal

    Ordenanza fiscal número 31, reguladora de las tasas por expedición de documentos urbanísticos

    Legislación estatal y autonómica

    Responsable del trámite: Sr. Jefe del Servicio de Planeamiento
    Teléfono de contacto: 956 940 945 ext. 32919

    Última versión actualizada: día 11/12/2013

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