Proyecto de Reparcelación
Forma de Inicio
- De oficio.
- Mediante solicitud presentada por el interesado.
Otras Administraciones y Organismos intervinientes
En función de la ubicación de los terrenos:
- Consejería de Obras Públicas y Vivienda, para el caso de Junta de Compensación.
Documentación
Al presentar la solicitud:
- Proyecto técnico en formato digital y papel.
- Tasas.
- Relación de titulares catastrales y registrales así como posibles interesados (titulares de derecho).
Tramitación
- Presentación de la solicitud junto con la documentación indicada en caso de procemiento iniciado a instancia de parte.
- Emisión de informe técnico y jurídico sobre el proyecto.
- Plazo audiencia (si procede)
- Aprobación inicial por la Alcaldia Presidencia.
- Información Pública plazo de 20 días con publicación en BOP y tablón.
- Aprobación definitiva por la Alcaldía y anuncio.
- Remisión a los servicios municipales.
- Inscripción en el Registro de la Propiedad.
Plazo de tramitación
: Tres meses.
Órganos que resuelven
- Alcalde (aprobación inicial y definitiva)
- En el sistema de compensación con Junta de Compensación, la aprobación definitiva será la ratificación por Alcaldía del proyecto previamente aprobado por la asamblea de la Junta de Compensación
Sentido del Silencio
Positivo.
Recursos
- Contra la resolución procederá interposición de los recursos que se indican seguidamente:
- Alzada en el caso de aprobación por Junta de Compensación.
- Reposición con carácter potestativo (arts. 116 y 117 Ley 30/1992)
- Contencioso-administrativo (artº. 109 Ley 30/1992 y 46 Ley 29/1998).
- Cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 Ley 30/1992)
- Contra las liquidaciones que se practicaran se podrán presentar los recursos que se indican aquí.
Requisitos económicos
Tasas por tramitación de poyectos de ordenación de iniciativa particular, tales como estudios de detalle, planes parciales, planes de sectorización, etc, así como proyecto de actuación y planes especiales para actuaciones de interés publico en suelo no urbanizable.. Ordenanza Fiscal nro 31.
Normativa
Ordenanza Fiscal
Ordenanza fiscal número 31, reguladora de las tasas por expedición de documentos urbanísticos
Legislación estatal y autonómica
- Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, artº 31 y ss.
- Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
- Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística
Responsable del trámite: Sr. Jefe del Servicio de Planeamiento
Teléfono de contacto: 956 940 945 ext. 32919
Última versión actualizada: día 11/12/2013