Ocupación de vía pública con motivo de obras

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Forma de Inicio

Mediante solicitud presentada por el interesado.

Consideraciones previas

La autorización de la ocupación de la vía pública con contenedores, andamios, grúas u otros elementos y materiales para la construcción, quedará supeditado a la concesión de la correspondiente licencia municipal de obras.

Documentación

    • Croquis de situación acotando la superficie a ocupar.
    • Poder de representación, en caso de persona jurídica o cuando se actúa en representación de terceros.

Tramitación

Presentación de la solicitud junto con la documentación indicada.

Tras el informe técnico se dictará resolución concediéndose la licencia y aprobándo las liquidaciones correspondientes. En dicha licencia se establecerán las condiciones de la licencia.

Previamente, si fuesen tenido en consideración hechos, alegaciones o pruebas, diferentes a lo manifestado por el interesado, antes de dictarse la resolución, se pondrá de manifiesto el expediente a los interesados por plazo de quince días, dentro de los cuales el interesado podrá presentar alegaciones, documentos y justificaciones que estime pertinente, dándose con ello cumplimiento al correspondiente trámite de audiencia.

Plazo de tramitación

tres meses

Órgano que resuelve

Delegado del Área de Desarrollo de la Ciudad.

Sentido del Silencio

Estimatorio. No obstante en ningún caso podrán entenerse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la Ordenación Territorial o Urbanística. Antes del inicio de obra deberá comunicarse la fecha de inicio.

Recursos

  • Contra la resolución que se dictara relativa a la licencia de obra, procederá en su caso la interposición de los recursos que se indican aquí.
  • Contra las liquidaciones (de proceder) que se practicaran se podrán presentar los recursos que se indican aquí.

Requisitos económicos

  • Tasas por ocupación de terreno de uso público con escombros, materiales, vallas y andamios. Ver Ordenanza Fiscal nro 33. Su devengo se produce al inicio efectivo de la ocupación.
  • No estará sujeto al pago de tasa la ocupación de vía pública en estacionamiento afectado por el Servicio ORA (zona azul), si bien el interesado deberá abonar a dicho concesionario el importe efectivo de su ocupación.

Forma de Pago

Ver el lugar, forma y plazo para hacer efectivo el pago aquí.

Tramites vinculados

  • Licencia de obra mayor.
  • Licencia de obra menor.

Normativa

:

Ordenanza Fiscal: Tasa nro 33 por ocupación de terreno de uso público con escombros, materiales, vallas y andamios.

Legislación Estatal y Autonómica:

Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Ver otra legislación específica en nuestro portal

Formulario de solicitud

Responsable del trámite: Sr. Jefe del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística
Teléfono de contacto: 956 940 945 Ext. 32938

Última versión actualizada: día 11/12/2013

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