Persona física, persona jurídica, asociaciones... |
PARA OBRAS QUE NO REQUIEREN PROYECTO TÉCNICO:
|
Cualquier OAC (Registro). |
El plazo de tramitación es de 3 meses |
Tasa por Licencia Urbanística e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO). |
|
Departamento de Obras y Calidad de la Edificación |
A petición de la persona interesada |
Ser el representante, en caso de empresa o asociación. |
Departamento de Obras y Calidad de la Edificación |
No aplica |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Alzada. |
Este procedimiento engloba las obras mayores de nueva construcción, de reforma o ampliación, de demolición y de modificación. En caso de no contestación por parte de la Administración, se puede pedir un certificado que acredite la obtención de la licencia por silencio administrativo. Sin perjuicio de lo que disponga la normativa sectorial, no se entenderán otorgadas por falta de resolución expresa las solicitudes de autorización o licencia el contenido de las cuales sea contrario al ordenamiento jurídico ni las relativas a la utilización o la ocupación de bienes del dominio público local. ¿Qué puedo hacer para conocer el estado de tramitación de mi expediente? Ponerse en contacto con el departamento de obras y calidad de la edificación (ver datos de contacto). |
DESCARGA DE DOCUMENTOS
Solicitud de licencia de obra (591 KB)
Declaración responsable Técnico
Nombramiento de empresa constructora
Documentación complementaria obra en suelo rústico (147 KB )
Cuestionario de estadística de edificación y vivienda del Ministerio de Fomento (56 K)
Información pago fianza CIM (353 KB)
El interesado |
|
Cualquier OAC (Registro). |
El plazo de tramitación es de 3 meses |
|
|
Departamento de Obras y Calidad de la Edificación |
A petición de la persona interesada |
Ser el representante, en caso de empresa o asociación. |
Departamento de Obras y Calidad de la Edificación |
No aplica |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Alzada |
Este procedimiento puede presentarse solo, con el proyecto de ejecución o con el proyecto básico. |
DESCARGA DE DOCUMENTOS
Solicitud general exposición breve
El interesado |
Para la solicitud del certificado de fin de obras que requieren proyecto técnico:
Para la solicitud del certificado de fin de obras que no requieren proyecto técnico:
|
Presencialmente en cualquier OAC (Oficinas de Atención a la Ciudadanía) |
El plazo de tramitación es de 1 meses |
A petición de la persona interesada |
Ser el representante, en caso de empresa o asociación. |
Alzada |
¿Quién tramita la solicitud? Órgano resolutorio |
Si la verificación por la Administración da como resultado que el formulario es incompleto o no se acompañan los documentos a los cuales se hace referencia expresa en la solicitud; conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se os formula requerimiento para qué en el plazo de 10 días se proceda a enmendar la carencia detectada o presentar los documentos señalados, con indicación de que no se iniciará la tramitación de la licencia de 1ª ocupación y/o utilización. Transcurrido el plazo otorgado sin que se cumplimente el requerimiento se procederá al archivo de la solicitud. Los datos de carácter personal que contiene el impreso pueden ser incluidas en un fichero para ser tratadas por parte de este órgano administrativo, como titular responsable de aquel, haciendo uso de las atribuciones propias con que cuenta y en el ámbito de sus competencias. Se informa, así mismo, de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; todo esto con arreglo a lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE núm. 298, de 14 de diciembre). |
DESCARGA DE DOCUMENTOS
Certificado del/de la profesional de fin de la obra
Interesado |
|
OAC (Registro). |
El plazo de tramitación es de 3 meses |
Tasa de Licencia Urbanística e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO). |
|
Departamento de Obras y Calidad de la Edificación |
A petición de la persona interesada |
Ser el representante, en caso de empresa o asociación. |
Departamento de Obras y Calidad de la Edificación |
No aplica |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Alzada |
¿Qué puede pasar si se llevan a cabo obras en situación de ilegalidad (sin licencia)? Se impondrán sanciones según la gravedad del incumplimiento normativo: demolición de las obras y restauración de la situación anterior, multas (éstas se calculan aplicando un porcentaje sobre el presupuesto que calculan los técnicos municipales en la inspección de las obras realizadas ilegalmente), o legalización en caso de que fuera posible. |
DESCARGA DE DOCUMENTOS
Solicitud de licencia de obra (591 KB)
Declaración responsable Técnico
Nombramiento de empresa constructora
Documentación complementaria obra en suelo rústico (147 KB )
Cuestionario de estadística de edificación y vivienda del Ministerio de Fomento (56 K)
Nueva inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas |
Asociación |
|
En cualquier OAC (Registro) |
El plazo de tramitación es de 1 meses |
UL> |
Participació Ciutadana. Pl. Sta Eulalia, 9 (3ª planta). Tel: 971 22 59 02 |
A petición de la persona interesada |
Asociación legalmente constituida y con los estatutos adaptados a la ley 1/2002 (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación). |
Participació Ciutadana. Pl. Sta Eulalia, 9 (3ª planta). Tel: 971 22 59 02 |
Desestimatorio |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Reposición potestativo y Contencioso Administrativo |
En caso de que la entidad inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas modifique sus datos (dirección, teléfono, miembros de la Junta...), deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento de Palma. |
|
DESCARGA DE DOCUMENTOS
El pago del impuesto del incremento de valor del terreno de naturaleza urbana (plusvalía) como consecuencia de la transmisión de un bien inmueble (piso, casa, plaza de aparcamiento, local, trastero... ) El incremento de valor del terreno se produce desde que se adquirió la propiedad hasta que se transmite. Cálculo autoliquidación IVTNU (plusvalía) |
El sujeto pasivo o su representante. El representante siempre ha de ser del sujeto pasivo. En el caso de donaciones el sujeto pasivo es el adquiriente. En el caso de Compra-ventas, el sujeto pasivo es el transmisor o vendedor. En el caso de Compra-venta, si el transmisor o vendedor es una persona física no residente en España, el obligado al pago es el comprador. |
30 días hábiles contados desde la fecha de Transmisión cuando se trata de actos inter vivos (compraventa, donación...) 6 meses cuando se trata de actos mortis causa (herencia), ampliable a otros 6 meses a petición del sujeto pasivo. Forma de pago:
|
Sección de Plusvalía del Ayuntamiento Plaça Santa Eulàlia, 9-1º piso dirección electrónica: plusvalua@palma.cat Tel. 971225900 - ext. 1083, 1047 i 1046 |
Sección de Plusvalía del Ayuntamiento Plaça Santa Eulàlia, 9-1º piso dirección electrónica: plusvalua@palma.cat Tel. 971225900 - ext. 1083, 1047 i 1046 |
DESCARGA DE DOCUMENTOS
Válido para el descuento de residencia para viajes Validez: 6 meses desde la fecha de expedición. No es necesario obtener un certificado cada vez que se toma un avión. La validez del certificado es de seis meses, por lo que se puede utilizar en todos los viajes que se realicen en este periodo. Puede obtener el certificado para viajes utilizando un certificado digital o DNIe, o bien, con la tarjeta ciudadana. Comunicar las incidencias con certificado digital o DNIe al 010 y las incidencias con la tarjeta ciudadana a Población (extensiones 1373 y 1374) No es compatible con sistemas operativos móviles, como Apple iOS, Google Android, RIM BlackBerry o Microsoft Windows Phone >> Obtención certificado residencia con TARJETA CIUDADANASi se utiliza la tarjeta ciudadana, se debe introducir:
Si tiene tarjeta ciudadana pero no dispone del número, puede recuperarlo en cualquier momento en el Área del usuario indicando DNI, fecha de nacimiento, correo electrónico* y se enviará un mensaje con los datos solicitados
|
Persona física |
Presencial:
Por Internet:
|
Presencial:
Por Internet:
|
Presencial:
Por Internet:
|
Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el cual se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las comunidades autónomas de Canarias y Illes Balears, y en las ciudades de Ceuta y Melilla.Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013. |
El interesado |
A petición de la persona interesada |
Personas inscritas en el Padrón Municipal de Palma, residentes con pasaporte comunitario y de los siguientes países: Noruega, Suiza, Liechtenstein e Islandia, sus familiares nacionales de terceros países beneficiarios del derecho de residencia o del derecho de residencia permanente y los ciudadanos nacionales de terceros países, residentes de larga duración. Nota: En los casos de los residentes extranjeros a los que se hace referencia, se recuerda que si no tienen su NIE grabado en la inscripción padronal, y consecuentemente no figura dicho NIE en el certificado emitido, éste no será válido para obtener el descuento de viajes. |
El interesado |
No aplica |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Información subvenciones para el transporte aéreo (Ministerio de Fomento) |
Se debe solicitar cita previa sólo para altas y cambios de domicilio del Padrón municipal de habitantes. Hoja informativa de la sección de Población Solicitud de cita previa: Debe recordar que las operaciones relacionadas con el censo son con cita previa siempre que se trate de altas y cambios de domicilio. La cita previa se puede solicitar a través de esta página haciendo clic aquí, presencialmente en la misma oficina o telefónicamente al 010 de las 14 a las 23 horas. |
Persona física |
Una vez aprobada la solicitud, el interesado deberá aportar el justificante bancario del pago de la tasa (requisito imprescindible para la obtención del permiso). |
Servicio de Autorización de Tráfico (SAT). |
Tasa por servicios especiales de vigilancia de establecimientos y otros de competencia municipal motivados por actividades que exijan la prestación de servicios especiales (concepto 311,02). La cuantía de la tasa está fijada en la Ordenanza Fiscal Municipal del año en curso y depende de la señalización solicitada y de los efectivos de la policía que se requieran para el control de la ocupación de la vía. |
Servicio de Autorización de Tráfico (SAT). |
Petición persona interesada o oficio (indistinto) |
Cualquier persona física o jurídica (a través de su representante) |
Servicio de Autorización de Tráfico (SAT). |
Desestimatorio |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Alzada. |
En caso de que se necesite señalización viaria para la ocupación de la vía pública, el interesado deberá abonar el coste de la tasa de la señalización, a no ser que se trate de casos de ocupación de la vía pública por razones sociales, vecinales, de festejos..., en cuyo caso, se estará exento de la tasa. |
DESCARGA DE DOCUMENTOS
Obtención de la Licencia de armas 4ª categoría, (aire comprimido) |
Persona física |
Documentación exigida al inicio del expediente:
Documentación exigida en otras fases del procedimiento:
|
Qualquier OAC (Registro) |
El plazo de tramitación es de 3 meses |
Concepto 310-00, tarifa 16. Se hace efectivo en las OAC junto con la solicitud. Si todas las armas son de la misma categoria, el mismo titular i hasta un máximo de 6 armas en una misma solicitud, pagan un único sello. |
RD 137/93, de 29 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de armas (Art. 3 y 105).Ley 30/92 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo comun (Art. 42.2 y 43.3) |
Sección de Gestión y Documentación Policial Edificio Policía Local Carrer de Son Dameto, 1, baixos Tel. 971225550 Fax. 971730424 |
A petición de la persona interesada |
Empadronado en Palma |
Sección de Gestión y Documentación Policial Edificio Policía Local Carrer de Son Dameto, 1, baixos Tel. 971225550 Fax. 971730424 |
No aplica |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
¿Donde se ha de solicitar?: En cualquier Registro General. OAC ¿Para cuantas armas puedo tener licencia y por que periodo?: Para armas de la categoría 4º.1ª (semiautomáticas y de repetición) se pueden otorgar hasta a 6 armas por un periodo de 5 años y para la de tipo 4ª.2ª (de un solo tiro) se pueden autorizar un número ilimitado por un periodo indefinido.
¿Donde se ha de retirar la licencia?: En la Sección de Gestión y Documentación Policial. |
DESCARGA DE DOCUMENTOS