Descripción
Nueva inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas |
¿Quién lo puede solicitar?
Asociación |
Documentación a aportar
- Solicitud específica.
- Copia de los estatutos de la entidad adaptados a la ley 1/2002 o normas de funcionamiento vigentes.
- Fotocopia del C.I.F.
- Miembros y cargos de la Junta Directiva actual y teléfonos de contacto del presidente y secretario.
- Certificado del secretario especificando el número de socios inscritos en el momento de hacer la solicitud.
- Dirección social y teléfono de la entidad.
- Dirección postal.
- Memoria de Actividades (en caso de asociaciones que no sean de nueva creación).
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¿Dónde solicitarlo?
En cualquier OAC (Registro) |
Plazo de tramitación
El plazo de tramitación es de 1 meses |
Normativa
UL>Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.Reglamento orgánico de participación ciudadana, aprobado por acuerdo plenario de día 25 de noviembre de 2004 y publicado en el BOIB núm. 187 ext. de 31.12.04.Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. |
¿Quién tramita la solicitud?
Participació Ciutadana. Pl. Sta Eulalia, 9 (3ª planta). Tel: 971 22 59 02 |
A petición de la persona interesada |
Requisitos
Asociación legalmente constituida y con los estatutos adaptados a la ley 1/2002 (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación). |
Organismo resolutor
Participació Ciutadana. Pl. Sta Eulalia, 9 (3ª planta). Tel: 971 22 59 02 |
Efectos presuntos
Desestimatorio |
Fin de la vía administrativa
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Recursos
Reposición potestativo y Contencioso Administrativo |
Observaciones
En caso de que la entidad inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas modifique sus datos (dirección, teléfono, miembros de la Junta...), deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento de Palma. |
- ¿Una asociación debe estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas? La inscripción es voluntaria, pero comporta determinados beneficios.
- ¿Para qué sirve la inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas? En primer lugar, la inscripción puede ser un requisito para poder optar a determinadas subvenciones. También permite la posibilidad de que la entidad inscrita participe en los Consejos de Distrito, en los Consejos de Área y en el Consejo Social de la Ciudad (órganos de participación ciudadana) siempre que tenga otorgada la declaración de utilidad publicomunicipal.
- ¿La inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas es pernamente? No, la inscripción debe renovarse de forma anual.
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DESCARGA DE DOCUMENTOS
Solicitud Nueva Inscripción RMEC 2019