Participación Ciudadana.04 - Nueva inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

Documentación a aportar

¿Dónde solicitarlo?

Plazo de tramitación

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciación

Requisitos

Organismo resolutor

Efectos presuntos

Fin de la vía administrativa

Recursos

Observaciones

Más información

Nueva inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
Asociación
  • Solicitud específica.
  • Copia de los estatutos de la entidad adaptados a la ley 1/2002 o normas de funcionamiento vigentes.
  • Fotocopia del C.I.F.
  • Miembros y cargos de la Junta Directiva actual y teléfonos de contacto del presidente y secretario.
  • Certificado del secretario especificando el número de socios inscritos en el momento de hacer la solicitud.
  • Dirección social y teléfono de la entidad.
  • Dirección postal.
  • Memoria de Actividades (en caso de asociaciones que no sean de nueva creación).
En cualquier OAC (Registro)
El plazo de tramitación es de 1 meses
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  • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
  • Reglamento orgánico de participación ciudadana, aprobado por acuerdo plenario de día 25 de noviembre de 2004 y publicado en el BOIB núm. 187 ext. de 31.12.04.
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Participació Ciutadana.
    Pl. Sta Eulalia, 9 (3ª planta).
    Tel: 971 22 59 02
    A petición de la persona interesada
    Asociación legalmente constituida y con los estatutos adaptados a la ley 1/2002 (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación).
    Participació Ciutadana.
    Pl. Sta Eulalia, 9 (3ª planta).
    Tel: 971 22 59 02
    Desestimatorio
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    Reposición potestativo y Contencioso Administrativo
    En caso de que la entidad inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas modifique sus datos (dirección, teléfono, miembros de la Junta...), deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento de Palma.
    • ¿Una asociación debe estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas? La inscripción es voluntaria, pero comporta determinados beneficios.
    • ¿Para qué sirve la inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas? En primer lugar, la inscripción puede ser un requisito para poder optar a determinadas subvenciones. También permite la posibilidad de que la entidad inscrita participe en los Consejos de Distrito, en los Consejos de Área y en el Consejo Social de la Ciudad (órganos de participación ciudadana) siempre que tenga otorgada la declaración de utilidad publicomunicipal.
    • ¿La inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas es pernamente? No, la inscripción debe renovarse de forma anual.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud Nueva Inscripción RMEC 2019

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.