Descripción
¿Quién lo puede solicitar?
Documentación a aportar
¿Dónde solicitarlo?
Plazo de tramitación
Normativa
¿Quién tramita la solicitud?
Requisitos
Organismo resolutor
Efectos presuntos
Fin de la vía administrativa
Recursos
Observaciones
| Nueva inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas |
| Asociación |
- Solicitud específica.
- Copia de los estatutos de la entidad adaptados a la ley 1/2002 o normas de funcionamiento vigentes.
- Fotocopia del C.I.F.
- Miembros y cargos de la Junta Directiva actual y teléfonos de contacto del presidente y secretario.
- Certificado del secretario especificando el número de socios inscritos en el momento de hacer la solicitud.
- Dirección social y teléfono de la entidad.
- Dirección postal.
- Memoria de Actividades (en caso de asociaciones que no sean de nueva creación).
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| En cualquier OAC (Registro) |
| El plazo de tramitación es de 1 meses |
| UL>Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.Reglamento orgánico de participación ciudadana, aprobado por acuerdo plenario de día 25 de noviembre de 2004 y publicado en el BOIB núm. 187 ext. de 31.12.04.Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. |
Participació Ciutadana. Pl. Sta Eulalia, 9 (3ª planta). Tel: 971 22 59 02 |
| A petición de la persona interesada |
| Asociación legalmente constituida y con los estatutos adaptados a la ley 1/2002 (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación). |
Participació Ciutadana. Pl. Sta Eulalia, 9 (3ª planta). Tel: 971 22 59 02 |
| Desestimatorio |
| La resolución no pone fin a la vía administrativa |
| Reposición potestativo y Contencioso Administrativo |
| En caso de que la entidad inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas modifique sus datos (dirección, teléfono, miembros de la Junta...), deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento de Palma. |
- ¿Una asociación debe estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas? La inscripción es voluntaria, pero comporta determinados beneficios.
- ¿Para qué sirve la inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas? En primer lugar, la inscripción puede ser un requisito para poder optar a determinadas subvenciones. También permite la posibilidad de que la entidad inscrita participe en los Consejos de Distrito, en los Consejos de Área y en el Consejo Social de la Ciudad (órganos de participación ciudadana) siempre que tenga otorgada la declaración de utilidad publicomunicipal.
- ¿La inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas es pernamente? No, la inscripción debe renovarse de forma anual.
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Solicitud Nueva Inscripción RMEC 2019