Concesión directa de subvenciones
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Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Podrán concederse de forma directa y sin necesidad de convocatoria pública, las siguientes subvenciones:
info
- Las previstas nominativamente en el Presupuesto Municipal
- Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma de rango legal
- Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Tramitación
- Presencial
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Destinatarios
Entidades Jurídicas.
Documentación relacionada
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del representante de la Entidad.
- Fotocopia del Código identificación fiscal.
- Certificado Bancario (IBAN (24 dígitos).
- Memoria de la actividad a desarrollar.
- Autorización para que el ayuntamiento de Murcia pueda recabar datos de la Agencia Tributaria, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias).
- Certificado de estar al corriente de pagos en la Seguridad Social o autorización para recabar los datos.
- Declaración de no encontrarse incursa en prohibiciones para ser considerado beneficiario.
- Declaración formal de subvenciones recibidas de otras entidades o instituciones públicas o privadas.
Forma de inicio
Petición de la entidad.
Se puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Plazo de resolución
El plazo de resolución es de 6 meses desde la fecha de entrada en el Registro de la Administración u órgano competente para su tramitación.
Efecto del silencio administrativo
Negativo (art. 24 ley 39/2015 de 26 Noviembre)
Órganos Competentes
Unidad Tramitadora
Concejalía de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio (Servicio de Educación).
Recursos
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)
Órgano de interposición:
Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Plazo de presentación
Recurso de reposición : Un mes.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.
Fundamento legal
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia.
- Bases Reguladoras de la Convocatoria.
- Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal.
- L.39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administración Públicas.
Observaciones
Objeto del procedimiento
El procedimiento de Concesión Directa de Subvenciones, tiene por objeto otorgar ayudas a entidades para la realización de actividades dirigidas al sector educativo.
Requisitos de solicitud
Presentación de solicitud de colaboración económica, acompañada de documentación.