Control del Agua de Consumo en Instalaciones Interiores

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.

Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

Instancia General

El RD 140/2003 en su disposición transitoria segunda "Muestreo de instalaciones interiores" establece que la administración local debe muestrear el agua de consumo humano en establecimientos públicos o privados y domicilios particulares con especial atención a los parámetros relacionados con los materiales instalados en las instalaciones interiores y aquellos relacionados con el mal mantenimiento de la instalación que pudieran representar un riesgo para la salud.

Tramitación

  • Presencial

Laboratorio Municipal de Murcia y a través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

Destinatarios

Personas físicas y Entidades Jurídicas.

Documentación relacionada

  • Fotocopia del acta del nombramiento del presidente o del administrador de la propiedad.
  • Fotocopia del DNI del solicitante.
  • Instancia general firmada por el representante legal.

Forma de inicio

El procedimiento se puede iniciar de oficio por parte del Laboratorio Municipal o mediante una solicitud presentada por el representante legal de la comunidad en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria y siempre que cumpla los requisitos de solicitud. (Ver OBSERVACIONES).

Coste y forma de pago

Gratuito.

Plazo de resolución

3 meses (Articulo 24 Ley 39/2015)

Efecto del silencio administrativo

Negativo (Art. 24 Ley 39/2015)

Órganos Competentes

Unidad tramitadora

Servicios Municipales de Salud/Laboratorio Municipal.

Órgano de resolución

Concejal Delegado de Deportes y Salud.

Recursos

Tipo de alegación o recurso:

Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)


Órgano de interposición:

Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


Plazo de presentación

Recurso de reposición : Un mes.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

Observaciones

Objeto del procedimiento

Controlar mediante inspección y análisis, que las aguas distribuidas a través de la red interior de distribución del edificio sean aptas para el consumo según el R.D. 140/2003.

Requisitos de solicitud

El agua debe de proceder de la red de distribución municipal y no llevar ningún elemento o accesorio instalado tras la acometida o llave de paso o en la entrada a la instalación interior o en el grifo del consumido, con el objeto de modificar u optimizar la calidad del agua de consumo humano.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.