Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año.
El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo y son utilizados para la actualización del Censo Electoral.
Los vecinos deben comunicar las variaciones en sus datos de inscripción, especialmente los cambios de domicilio dentro del término municipal.
Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados deben figurar empadronados con los padres que tengan su guarda y custodia o, en su defecto, con sus representantes legales, salvo autorización por escrito de estos para residir en otro domicilio.
Tipos de expedientes padronales:
(0201) Negociado de Padrón de Habitantes
Positivo (3 Meses)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
15 a 17 | Obligatoriedad de Inscripción en el Padrón del Municipio. | ||
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por el R.D. 2612/1996 | |||
Texto Íntegro | |||
Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Resolución de la Directora General de Administración Pública por la que se modifica la Instrucción relativa a los Mecanismos de Acceso de los Ciudadanos al Registro General y a los Servicios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Excelentísimo Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | |||
Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) | |||
Texto Íntegro |
En el supuesto de alta por nacimiento:
Pueden solicitarlo el padre o la madre que tenga la guarda y custodia o en su defecto, los representantes legales.
En el supuesto de traslado de residencia:
Las personas que fijen su residencia en el término municipal o su representante legal.
En el supuesto de alta por omisión:
Las personas, que residiendo en este término municipal, se encuentran en alguno de los siguientes supuestos:
a) No fue inscrito en la última revisión padronal.
b) Persona española procedente del extranjero que no figura inscrito en el padrón de españoles residentes en el extranjero.
c) No figurar empadronado en otro municipio.
En el supuesto de modificación por cambio de domicilio:
Cualquier persona física que cambia su domicilio dentro de este término municipal.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Presencial: De lunes a viernes. Jueves por la tarde y sábados por la mañana, excepto los sábados del mes de agosto.
Telemática: En cualquier momento los 365 días del año.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Ninguna.
Negociado de Padrón de Habitantes.
Si el expediente está completo se produce la inscripción padronal. A partir del decimoquinto día puede solicitar cualquier tipo de documentación acreditativa de su situación padronal.
Una vez verificados los datos y la documentación aportada, y si es correcta, causa alta sin más trámite devolviéndose a la persona solicitante una copia de la hoja padronal, con fecha y número de registro, la cual surte los efectos de notificación de los datos que figuran en su inscripción padronal
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año.
Los Ayuntamientos están obligados a mantener actualizados sus Padrones de modo que sus datos concuerden con la realidad.
La cumplimentación de las hojas padronales es una obligación de los vecinos y vecinas, por lo que los Ayuntamientos están legalmente facultados para sancionar las omisiones o falsedades contrarias a ese deber de la ciudadanía.
El vecino/a tiene derecho a conocer la información que consta en el Padrón sobre su persona y a exigir su rectificación cuando sea errónea o incorrecta. Los datos que se refleje en la hoja padronal permitirá la actualización del Padrón del municipio.
La inscripción en el Padrón confiere el derecho a disfrutar de los servicios municipales y de los que deban prestar otras Administraciones Públicas.
Asimismo sirve para que el Ayuntamiento tramite de oficio la actualización o inscripción en el Censo Electoral en consonancia con los datos reflejados en ella.
La Ley 7/1985 de 2 de abril en su art. 16.3, establece que los datos del Padrón se cederán a otras Administraciones Públicas que lo soliciten sin consentimiento previo al afectado solamente cuando le sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes. También puede servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico, en los términos previstos en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública y en las leyes de estadística de las Comunidades Autónomas con competencia en la materia.
La información que se facilite está protegida por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los Ayuntamientos podrán expedir volantes de empadronamiento, como documentos de carácter puramente informativo en los que no serán necesarias las formalidades previstas para las certificaciones; el volante de empadronamiento no requiere la firma de ningún funcionario o autoridad municipal.
Las volantes informan únicamente de la residencia en el municipio y el domicilio del habitante, así como otros hechos relativos al empadronamiento y de los que el Ayuntamiento tiene constancia oficial: fechas iniciales y final del empadronamiento en el municipio, domicilios en los que ha estado empadronado, causa del alta o de la baja en el Padrón, etc. En todo caso se cumplimentará la información adicional de cada empadronamiento estrictamente en la medida en que sea pertinente para el fin para el que se ha solicitado.
Podrán referirse solo a una o a la totalidad de las personas inscritas en un determinado domicilio. No deben expedirse estos documentos para varias personas cuando no comprendan a todos los habitantes inscritos en el mismo domicilio.
Los volantes de empadronamiento expedidos a personas inscritas en establecimientos colectivos tendrán siempre carácter individual.
(0201) Negociado de Padrón de Habitantes
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por el R.D. 2612/1996 | |||
Texto Íntegro | |||
Resolución de la Directora General de Administración Pública por la que se modifica la Instrucción relativa a los Mecanismos de Acceso de los Ciudadanos al Registro General y a los Servicios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Excelentísimo Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | |||
Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Íntegro | Bases de Régimen Local | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal | |||
Texto Íntegro |
Estar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes en el momento de solicitarlo.
Persona con interés legítimo o por medio de representación.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Presencial: De lunes a viernes. Jueves por la tarde y sábados por la mañana, excepto los sábados del mes de agosto.
Telemática: En cualquier momento los 365 días del año.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Este trámite es gratuito.
Negociado de Padrón de Habitantes.
El plazo de emisión del volante es inmediato
Presencial: Se entregará al instante.
Telemático: El certificado será enviado automáticamente a su BANDEJA DE COMUNICACIONES, desde donde podrá descargarlo.
Los Ayuntamientos podrán expedir volantes de empadronamiento, como documentos de carácter puramente informativo.
La Ley 7/1985 de 2 de abril en su art. 16.3, establece que los datos del Padrón se cederán a otras Administraciones Públicas que lo soliciten sin consentimiento previo al afectado solamente cuando le sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes. También puede servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico, en los términos previstos en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública y en las leyes de estadística de las Comunidades Autónomas con competencia en la materia.
La información que se facilite está protegida por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
(71) Tribunal Económico Administrativo Municipal (TEAM)
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria | |||
236 | Tramitación | ||
Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de Revisión en Vía Administrativa | |||
55 | Trámites para completar el expediente | ||
57 | Pruebas e informes | ||
60 | Recurso de anulación |
Obligados tributarios (personas físicas o jurídicas, art. 35.4 LGT) y otras personas con interés legítimo.
El trámite se pude instar:
- Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2005 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de contraseña concertada quie pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de Administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documentos de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Donde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castilo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
- Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2005 (jurídicas ...)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a relaizar el trámite, deberá tenre en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 928.36.89.03
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Tribunal Económico-Administrativo Municipal (TEAM).
La admisión o denegación de la prueba se realizará mediante resolución y tendrá el carácter de acto de trámite.
La resolución sobre la práctica de pruebas tiene el carácter de acto de trámite y podrá ser motivo de impugnación a través del recurso contra la resolución sobre el fondo del asunto.
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica (personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica del art. 35.4 LGT).
La no presentación de alegaciones o aportación de pruebas no impide la continuación del procedimiento hasta su resolución.
El Tribunal Económico-Administrativo Municipal es un órgano obligatorio de revisión de la materia tributaria y recaudatoria en este Ayuntamiento, por disponerlo el art. 137 de la Ley de Bases de Régimen Local tras su modificación por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre de revisión en materia tributaria.
El TEAM es un órgano independiente técnica, jerárquica y orgánicamente respecto las Autoridades y Administración del Municipio.
Las Prestaciones Económicas de Especial Necesidad tendrán las siguientes finalidades:
(24) Servicio de Bienestar Social
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Integro | Bases del Régimen Local | ||
Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias | |||
Texto Íntegro | Materia Asuntos Sociales | ||
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Regulación Subvenciones | ||
Ordenanza Específica Reguladora de las Prestaciones Económicas para situaciones de Especial Necesidad y/o de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro |
Podrán solicitar esta prestación las personas que reúnan los siguientes requisitos:
* Edad. Ser mayor de edad o menor emancipado.
* Empadronamiento y residencia. Estar empadronadas en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria y en el distrito donde se presente la solicitud. Si se encuentra residiendo en otro distrito diferente al de su empadronamiento, prevalecerá la residencia de hecho para el trámite de la prestación.
* Personas extranjeras, refugiadas, asiladas y apátridas de acuerdo con lo dispuesto en los tratados internacionales vigentes en España, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la presente ordenanza.
* Acreditar la situación de necesidad, que deberá ser valorada por el personal técnico municipal mediante la emisión del informe social correspondiente.
* Alcanzar la puntuación mínima exigida de 50 puntos como resultado de la aplicación del baremo establecido en el Anexo I de la Ordenanza específica reguladora de las prestaciones económicas para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
* Aportar la documentación exigida.
* No poseer propiedades o tener el usufructo de bienes muebles o inmuebles cuyas características, valoración, posibilidad de venta o cualquier otra forma de explotación indiquen de manera notoria la existencia de medios materiales suficientes para atender, por sí mismo, la necesidad para la que se demanda la prestación. Queda excluida de este requisito la vivienda habitual.
* Solo se podrán solicitar dos prestaciones económicas por anualidad, salvo situaciones excepcionales valoradas por el personal técnico municipal.
Excepcionalmente, y previo informe del personal técnico municipal de Servicios Sociales, podrán ser beneficiarias de la Prestación Económica de Especial Necesidad aquellas personas que, aun careciendo de domicilio en el municipio, presenten una situación de extrema necesidad social, en particular:
* Personas extranjeras sin permiso de residencia.
* Personas sin hogar.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24 Fax: 928.67.05.50
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
Oficina Vegueta, Cono Sur y Tafira
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
Pedir cita previa a los teléfonos 928 448532 / 928 448574.
Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama.
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
Pedir cita previa a los teléfonos 928 448532 / 928 448574.
Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I.
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
Pedir cita previa a los teléfonos 928 446001 / 928 446142.
Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón.
Distrito Centro
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
Dirección: c/ Alfonso XIII, 2
Pedir cita previa a los teléfonos 928 448555 / 928 448560.
Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas.
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
Pedir cita previa al teléfono 928 448576.
Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás.
Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: calle La Naval, 229 A
Pedir cita previa al teléfono 928 448542.
Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla.
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
Dirección: calle Mario César, 17
Pedir cita previa al teléfono 928 448531.
Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras.
Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: avda. de Escaleritas, 54 bloque B bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos 928 448538 / 928 448539.
Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo.
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 bajo
Pedir cita previa a los teléfonos 928 446061 / 928 446063.
Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres.
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 22.
Pedir cita previa al teléfono 928 448573.
Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono 928 448530.
Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala.
Ninguna.
El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.
La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada.
El plazo máximo en el que se le notificará la resolución expresa será de 3 meses.
Sí.
Recurso Contencioso-Administrativo
Contra la presente resolución, acto definitivo en vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de su notificación, recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Las Palmas, a tenor de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en concordancia con el artículo 109 c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Recurso de Reposición
No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contenciosoadministrativo señalado en el párrafo anterior, contra la resolución expresa que se notifica, podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que se estime oportuno interponer.
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes), en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación o mediante notificación electrónica.
Si se encuentra residiendo en otro distrito diferente al de su empadronamiento, prevalecerá la residencia de hecho para el trámite de la prestación.
Solo se podrán solicitar dos prestaciones económicas por anualidad, salvo situaciones excepcionales valoradas por el personal técnico municipal.
Para la concesión de las Prestaciones Económicas se tendrán que cumplir los siguientes criterios generales:
1. Existencia de situaciones acreditadas de necesidad.
2.Que la necesidad objeto de la prestación esté valorada e informada por el personal técnico municipal.
3. Estas prestaciones serán incompatibles con el disfrute gratuito de servicios que cubran las mismas necesidades.
Igualmente serán incompatibles con cualquier ayuda por el mismo concepto o que cubran la misma necesidad que hayan sido concedidas por otra Administración u organismo público o privado. Se exceptuará este requisito si la ayuda concedida no solventase en su totalidad la necesidad, pudiendo en este caso complementarse desde esta Administración.
Conceptos
1. Se entenderá por prestación económica aquella subvención de carácter extraordinario y no periódico otorgada para la cobertura de situaciones de especial necesidad de las personas beneficiarias.
2. Se entenderá por unidad familiar la constituida por la persona solicitante y, en su caso, quienes convivan con ella en una misma vivienda o alojamiento, ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación estable análoga a la conyugal, por parentesco de consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado en línea recta o colateral, incluyendo los casos de tutela o acogimiento familiar.
Se considerará unidad familiar independiente la que formen cualquiera de los parientes señalados en el párrafo anterior que tengan, a su vez, hijos a su cargo, o a menores tutelados o en régimen de acogimiento familiar. Esta unidad familiar independiente podrá solicitar también esta prestación económica.
3. Se entenderá por necesidades básicas aquellas necesidades cuya satisfacción es indispensable para el adecuado desarrollo de la persona (alimentos, productos de higiene personal y del hogar, vestido y calzado, equipamiento básico del hogar, etc.), según valoración social del caso realizada por el personal técnico municipal.
Las personas solicitantes quedan exoneradas de la obligación de acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social exigida en el artículo 13.2 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por las particulares circunstancias de emergencia social o de especial necesidad que motivan su petición.
Requisitos (documentos a aportar)
Los documentos que, de oficio, pueda recabar el centro gestor de la prestación no se exigirán a la persona solicitante.
En el caso de que la documentación exigida obre en otros expedientes tramitados en el mismo centro, se utilizará copia de esta para el trámite de la nueva prestación, siempre que estén en vigor, de forma que no se requerirá su presentación a la persona solicitante.
En los casos de colectivos con especial necesidad de atención que carezcan de alguno de los documentos mencionados anteriormente, se podrá exceptuar su presentación por razones debidamente motivadas en el informe social que conste en el expediente de la prestación.
La presentación de reclamaciones de consumo supone que en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (en adelante OMIC) se inicie el mecanismo llamado mediación que consiste en intentar llegar a una solución amistosa al conflicto planteado entre el consumidor o usuario y el establecimiento. La mediación en consumo se caracteriza por ser voluntaria para las partes, gratuita y simple. Se debe tener en cuenta que la función de la OMIC como mediadora en el conflicto es la de aproximar posturas, pues no tiene una función decisoria.
Si la OMIC considera que los hechos que motivaron la presentación de una reclamación pudieran ser constitutivos de una infracción de consumo, lo pondrá en conocimiento del órgano correspondiente para que se determine si es necesario o no el que se inicie un procedimiento sancionador contra el responsable o autor de dicha infracción.
Trámite para presentar reclamación en materia de consumo por los siguientes motivos:
Recibir un servicio malo o incorrecto.
Adquirir un producto defectuoso o en mal estado.
Negativa por parte del establecimiento a resarcir al cliente o a facilitar las hojas de reclamaciones.
Problemas con garantía posventa, servicios técnicos, talleres de reparación, facturaciones, presupuestos, etc.
Errores en las facturaciones, no entrega de tique o tique incorrecto.
Problemas contractuales en compra de bienes, productos o utilización de servicios. (banca, seguros, financieras, servicios privados...).
Cambios y devoluciones en compra de productos (vales).
(5103) OMIC
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Real Decreto 1507/2000, de 1 de septiembre, por el que se actualizan los Catálogos de Productos y Servicios de Uso o Consumo Común, Ordinario y Generalizado y de Bienes de Naturaleza Duradera, a efectos de lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 2 | |||
Texto Íntegro | Productos Servicios Uso Común | ||
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores/as y Usuarios/as y otras leyes complementarias | |||
118 | Responsabilidad del vendedor y derechos del consumidor y usuario | ||
119 | Reparación y sustitución del producto | ||
120 | Régimen jurídico de la reparación o sustitución del producto | ||
123 | Plazos | ||
137 | Concepto legal de producto defectuoso | ||
Texto Íntegro | Defensa de los Consumidores y Usuarios | ||
Ley 3/2003, de 12 de febrero, del Estatuto de los Consumidores/as y Usuarios/as de la Comunidad Autónoma de Canarias | |||
Texto Íntegro | Estatuto Consumidores y Usuarios | ||
Real Decreto de 24 julio 1889 Código Civil | |||
1124.2 | Resolución de contrato | ||
1484 | Productos defectuosos | ||
Ordenanza Municipal de Defensa de Consumidores/as y Usuarios/as | |||
Texto íntegro | Defensa de consumidores y usuarios | ||
Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias | |||
Texto íntegro |
Los consumidores o usuarios del municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
Son consumidores o usuarios las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Son también consumidores a efectos de la norma las personas jurídicas y las entidades de personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial (art. 3 de la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre).
A efectos de lo dispuesto en la norma, se considera empresario a toda persona física o jurídica, ya sea privada o pública, que actúe directamente o a través de otra persona en su nombre o siguiendo instrucciones, con un propósito relacionado con su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión (art. 3 de la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre).
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Cabe recordar que, una vez que se cumplimenta una hoja de reclamaciones, el plazo de entrega de la misma en la administración competente es de 1 mes desde que ocurrió el hecho que motiva la presentación de la reclamación.
La garantía legal de los productos de consumo se rige conforme a lo siguiente:
El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad.
Salvo prueba en contrario, la entrega se entiende hecha en el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán de entrega correspondiente si este fuera posterior.
La acción para reclamar prescribirá a los tres años desde la entrega del bien.
El consumidor deberá informar al vendedor de la falta de conformidad en el plazo de dos meses desde que tuvo conocimiento de ella.
Salvo prueba en contrario, se entenderá que la comunicación del consumidor ha tenido lugar dentro del plazo establecido.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
En la Oficina Municipal de Información al Consumidor:
Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC)
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta baja
Teléfono: 928 448 562
Correo electrónico: omic@laspalmasgc.es
Horario de atención al público: lunes, miércoles y viernes 9:00-13:00 (no necesita cita previa).
Ninguna
No se emite ninguna resolución, puesto que la OMIC cuando realiza su función de mediación no tramita ningún procedimiento administrativo que pueda conllevar la emisión de resolución alguna, pues recordamos que con la medicación la OMIC intentar aproximar posturas e intentar lograr una solución amistosa al conflicto planteado.
Las Hojas de Reclamación las puede solicitar en el mismo establecimiento donde se ocasione el problema.
Si el establecimiento no suministra la HOJA DE RECLAMACIÓN por no disponer de ella o negarse a ello:
? Se requerirá la presencia de un agente de la Policía Local que se encuentre en la zona o se solicita la presencia de dicho agente llamando al 092 o a la Unidad Móvil de Consumo Teléfono: 680 25 09 71, quién levantará Acta y la remitirá a la OMIC.
Para formular una reclamación se necesita seguir los siguientes pasos:
- Las reclamaciones de las personas que no son residentes en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria se derivan al municipio de procedencia del reclamante o a la Dirección General de Consumo del Gobierno de Canarias, en el caso de no existir Oficina de la OMIC en su municipio.
- Las reclamaciones cuyo reclamante se identifique como EMPRESA se resuelven en la Cámara de Comercio de Las Palmas.
Reclamaciones que son competencia de otras Entidades u Organismos:
Reingreso al servicio activo.
(08) Servicio de Recursos Humanos (Jefatura)
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público | |||
Texto Íntegro | |||
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas | |||
Texto Íntegro | |||
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores | |||
Texto Íntegro |
Positivo
Petición del interesado.
Personal que no se encuentre en servicio activo.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática.1. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
2. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
3. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Durante todo el año.
Registro General de Entrada de la Corporación, sito en la calle León y Castillo número 270, Edificio Metropole, 35005, Las Palmas de Gran Canaria; así como en los registros desconcentrados de este Ayuntamiento o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que se relacionan a continuación:
- Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado.
- Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración de las Comunidades Autónomas.
- Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración Local y esté dado de alta como Oficina de Registro Virtual (ORVE, Directorio Común de unidades y oficinas de las Administraciones Públicas), y esté incorporada al Sistema de Interconexión de Registros plataforma SIR.
- En las Oficinas de Correos, en cuyo caso la solicitud se presentará en sobre abierto, con objeto de que se haga constar en la misma el nombre de la oficina y la fecha, lugar y hora de presentación, de conformidad con el artículo 31 del RD. 1829/1999, de 3 de diciembre.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Si posee certificado digital, podrá hacerlo también a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, accediendo a la dirección http://www.laspalmasgc.es/es/online/sede electronica/ . Una vez firmado digitalmente, se obtendrá de manera inmediata un resguardo con el número y fecha de registro.
Dirección General de Administración Pública.
3 meses.
Recurso de Reposición ante el mismo Órgano que dicta la Resolución.
Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de los Contencioso Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
DEMANDA ante el Juzgado de los Social de Las Palmas.
Solicitud que realiza los ciudadanos para que procedan a la retirada de animales muertos que estén en la vía pública.
(20) Limpieza Viaria y Recogida Residuos Sólidos Urbanos
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
25 | Competencias de gestión municipal | ||
Ley 22/2011, de 28 de Julio, de residuos y suelo contaminados | |||
39 | Registro de producción y gestión de residuos |
El interesado o su representante legal. Es un servicio dirigido a particulares
Cuando se produzcan una de las situaciones descritas, puede dirigirse por teléfono:
Atención al público: de 8:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes.
Tfno.: 928 448 517 - Fax: 928 480 281
Gratuito
De acuerdo con los artículos 75 y 76 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, los Ayuntamientos deben mantener perfectamente identificadas sobre el terreno cada vía urbana.
Cada vía urbana debe estar designada por un nombre aprobado por el Ayuntamiento.
El nombre elegido deberá estar en rótulo bien visible colocado al principio y al final de la calle y en una, al menos, de las esquinas de cada cruce.
Los Ayuntamientos deberán mantener actualizada la numeración de los edificios, tanto en las vías pertenecientes a núcleos de población como en la parte diseminada, debiendo estar fijado en cada uno el número que le corresponda.
(0201) Negociado de Padrón de Habitantes
Positivo (3 Meses)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por el R.D. 2612/1996 | |||
75 | |||
76 | |||
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Íntegro | Bases de Régimen Local | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal | |||
14.4 | Rotulación del Municipio, Entidades de Población y Vías Urbanas | ||
14.5 | Numeración de edificios | ||
Resolución de la Directora General de Administración Pública por la que se modifica la Instrucción relativa a los Mecanismos de Acceso de los Ciudadanos al Registro General y a los Servicios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Excelentísimo Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro |
Persona física o jurídica con interés legítimo o por medio de representación.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Presencial: de lunes a viernes. Jueves por la tarde y sábados por la mañana, excepto los sábados del mes de agosto.
Telemática: en cualquier momento los 365 días del año.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Ninguna.
Negociado de Padrón de Habitantes.
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado, o mediante notificación electrónica.
Tres meses.
Prestación de una serie de atenciones y/o cuidados de carácter personal, doméstico y social a las personas y/o familias en sus domicilios, cuando se hallen en situaciones en las que no sea posible la realización de sus actividades habituales o en situaciones de conflictos psico-familiares para algunos de sus miembros.
Esta prestación tiene como objetivos:
Tipos de prestación:
(24) Servicio de Bienestar Social
Negativo (3 Meses)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Decreto 5/1999, de 21 de enero, por el que se regula la Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio | |||
Texto Íntegro | Prestación Ayuda a Domicilio | ||
Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio | |||
Texto Íntegro | Regulación del sistema Municipal de Ayuda a Domicilio | ||
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Íntegro | Bases de Régimen Local | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias | |||
Texto Íntegro | Materia Asuntos Sociales |
Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:
El trámite se puede instar:
*Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
* Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: Avda. de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
Atiende a los barrios de: Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: Avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
Atiende a los barrios de: Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: Calle Joaquín Belón, local 21 22
Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
Atiende a los barrios de: Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: Calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
Atiende a los barrios de: San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala
La prestación de la ayuda a domicilio se extinguirá por alguna de las siguientes causas:
Las personas usuarias del servicio de ayuda a domicilio ostentan, entre otros, los siguientes derechos:
Ninguna
El/la político/a responsable competente resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquello otros que se estimaran oportunos.
La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos
3 meses.
Sí.
Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica.
Art. 4. Las modalidades de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio serán las siguientes:
Tareas generales de atención en el hogar:
Tareas de atención personal:
Tareas de carácter social:
Horario:
El Servicio de Ayuda a Domicilio se prestará de lunes a sábado y, con carácter excepcional y en situaciones debidamente acreditadas, en domingo y festivo
Es un servicio diurno, siendo flexible en cuanto a mañanas o tardes, de 7 a 22 horas. El límite de horas de prestación será de 2 al día, 12 a la semana y 52 al mes; con carácter excepcional y en situaciones debidamente acreditadas se podrá cubrir en otras franjas horarias
En aquellos casos de discapacidad superior al 90%, será el técnico o la técnica responsable del caso quien valorará el límite horario a establecer por día.
Las personas usuarias del Servicio de Ayuda a Domicilio tienen los siguientes deberes:
El Servicio de Ayuda a Domicilio será prestado mediante la adjudicación del mismo en cualquiera de las formas de concertación o contrato que posibilite la legislación vigente.
Concedido el servicio le será notificado a la persona solicitante o representante legal. Esta notificación tendrá el carácter de orden de alta para la empresa prestadora del servicio y en ella se especificará el tipo de prestación que va a recibir la persona beneficiaria y el número de horas.
Deberes (artículo 17 del Reglamento):
1. No ausentarse del domicilio por "razones injustificadas" cuando sea día señalado para prestarle el Servicio.
2. Comunicar a su Centro de Servicios Sociales las ausencias por razones de vacaciones con una antelación suficiente de al menos 15 días, así como informar con 5 días de antelación las ausencias por causas justificadas.
3. Comunicar al Centro l de Servicios Sociales cualquier anomalía en la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.
4. Contactar con el Centro de Servicios Sociales para cualquier asunto relacionado con el Servicio; es el Ayuntamiento, a través de sus Servicios Sociales quien le presta este servicio.
5. Tratar correctamente a las personas que le ayuden en el domicilio ya que están para apoyar y hacer la vida en el hogar más fácil.
6. Cuando por empeoramiento de las condiciones físicas o sociales requiera aumento de tiempo en el apoyo que recibe, lo deberá comunicar al Centro de Servicios Sociales.
7. No encomendar al/la Auxiliar de Hogar cualquier otra tarea no establecida por el/la técnico/a municipal.
Si en la solicitud faltase alguna documentación se requerirá a la persona solicitante para que el plazo de 10 días hábiles aporte los documentos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá por desistida de su petición dictándose resolución en los términos previstos en artículo 21.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los datos aportados por la persona solicitante determinan una puntuación en aplicación del baremo del Reglamento de estas prestaciones, puntuación que necesariamente tiene un carácter provisional ya que es preceptivo el cotejo de la documentación presentada y valoración por parte de el/la Trabajador/a Social correspondiente del Centro de Servicios Sociales de su lugar de residencia. Dicho estudio determinará la concesión o denegación de la prestación solicitada.
El objeto de este trámite es colaborar en la gestión técnica del Servicio Insular de Teleasistencia Domiciliaria del Cabildo Insular de Gran Canaria, cuyo objetivo básico es mantener y potenciar la autonomía de la persona atendida y la de su familia o unidad de convivencia, para que la persona pueda permanecer en su propio domicilio el mayor tiempo posible, manteniendo el control de su propia vida. Se trabajará en los siguientes aspectos:
- Estimular y potenciar la autonomía personal.
- Mantener a las personas en su medio habitual, sirviendo como apoyo a cuidadores y previniendo o evitando internamientos innecesarios o no deseados y los consiguientes costes personales, sociales y económicos.
- Asegurar la intervención en caso de crisis personales, sociales o sanitarias.
(24) Servicio de Bienestar Social
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria | |||
Texto íntegro | |||
Bases de ejecución del presupuesto del Cabildo de Gran Canaria | |||
Texto íntegro | |||
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Reglamento Subvenciones | ||
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Regulación Subvenciones | ||
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Integro | Bases del Régimen Local | ||
Programa del Cabildo de Gran Canaria de Colaboración con los Ayuntamientos de Gran Canaria para la gestión del Servicio Insular de Teleasistencia Domiciliaria dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2020 | |||
Texto íntegro | |||
Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias | |||
Texto Íntegro | Materia Asuntos Sociales | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro |
Las personas usuarias del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria son todas aquellas que se hallen en situación de riesgo por razones de edad (mayores de 65 años), discapacidad, enfermedad crónica.
Las personas usuarias del Servicio deberán cumplir, además, con los siguientes requisitos:
* No tener reconocida su situación de dependencia o aun habiendo sido reconocida, no ser beneficiaria del servicio de teleasistencia, como prestación dentro del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
* Tener autonomía para las actividades básicas de la vida diaria o con necesidad reducida de apoyo a las mismas.
* Vivir solo o pasar gran parte del día sin compañía o bien que aunque convivan con otras personas, éstas presenten idénticas características de edad y discapacidad.
* Carecer de suficientes redes sociales y/o familiares.
* Padecer dificultades de movilidad y/o caídas frecuentes.
* Tener insuficiencia de recursos económicos, valorados según los criterios orientativos establecidos por el Cabildo de Gran Canaria.
* Tener cubiertas las necesidades básicas de vivienda, alimentación e higiene personal y del domicilio.
* Disponer de línea telefónica o sistema de comunicación compatible y suministro eléctrico.
* Aceptar la prestación del servicio y expresamente el tratamiento de sus datos personales.
* No padecer enfermedad mental grave, incluidas las demencias, que impiden tener el grado de comprensión y discernimiento necesario para la utilización del sistema.
* No sufrir discapacidades notorias de audición y/o expresión oral, que impidan o afecten gravemente a la comunicación verbal usuario-centro de atención.
En el caso de la modalidad de teleasistencia móvil, adicionalmente y con carácter preferente, las personas beneficiarias deberán cumplir con un nivel de autonomía medio alto para la realización de frecuentes desplazamientos fuera del domicilio pero que, por encontrarse en una situación de alto riesgo socio-sanitario por antecedentes de enfermedad, precisan de las atenciones que proporciona la teleasistencia.
Serán usuarios del servicio, exclusivamente, las personas cuyo derecho a la prestación haya sido reconocido previamente por el Ayuntamiento y notificado a la empresa contratada, no pudiendo prestarse el servicio, a personas distintas a las indicadas anteriormente, aún cuando reúnan los requisitos exigidos para ser usuaria del servicio. La notificación de alta se acompañará de la correspondiente ficha de usuario, que contendrá los datos identificativos del mismo y la valoración del trabajador social, excepto la información relativa a su situación económica.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Presencial: cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
Telemática: en cualquier momento los 365 días del año.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 928.36.89.03
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
1. Centro Municipal de Servicios Sociales-El Secadero
Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
Pedir cita previa a los teléfonos 928 448532 - 928 448574.
Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama.
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
Pedir cita previa a los teléfonos 928 448532 - 928 448574.
Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I.
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
Pedir cita previa a los teléfonos 928 446001 - 928 446142.
Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón.
Distrito Centro
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 - 928 448560.
Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas.
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
Pedir cita previa al teléfono 928 448576.
Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás.
Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: calle La Naval, 229 A
Pedir cita previa al teléfono 928 448542.
Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla.
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
Dirección: calle Mario César, 17
Pedir cita previa al teléfono 928 448531.
Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras.
Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos 928 448538 - 928 448539.
Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo.
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
Pedir cita previa a los teléfonos 928 446061 - 928 446063.
Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres.
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 22
Pedir cita previa al teléfono 928 448573.
Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Centro Municipal de Servicios Sociales-Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono 928 448530.
Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala.
Ninguna.
El Servicio de Teleasistencia es un servicio de carácter social que, haciendo uso de la tecnología adecuada, ofrece de forma permanente a la persona usuaria una respuesta inmediata ante determinadas eventualidades, bien directamente o movilizando otros recursos, humanos o materiales, propios de la persona usuaria o los existentes en la comunidad, con la finalidad de promover el contacto de la persona usuaria con su entorno sociofamiliar y favorecer su permanencia en su entorno cotidiano, procurando su seguridad y confianza en momentos de crisis personales, sociales y sanitarias.
Mediante el Servicio de Teleasistencia se ofrecerá a la persona usuaria, de forma ininterrumpida todos los días del año y veinticuatro horas al día, atención personalizada y asistencia inmediata en momento de emergencia, inseguridad, soledad y aislamiento, con apoyo de los recursos necesarios y el uso de tecnologías de la información y comunicación