Presentación de Alegaciones y Aportación de Pruebas en Reclamación Económico - Administrativa
Objeto
- Presentación de alegaciones, después del trámite de puesta de manifiesto del expediente, cuando inicialmente no se formularon en el escrito de interposición.
- Ampliación de las alegaciones inicialmente formuladas, cuando se solicita expresamente el trámite de puesta de manifiesto del expediente.
- Aportación de pruebas.
Unidad Tramitadora
(71) Tribunal Económico Administrativo Municipal (TEAM)
Base Legal
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria | |||
236 | Tramitación | ||
Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de Revisión en Vía Administrativa | |||
55 | Trámites para completar el expediente | ||
57 | Pruebas e informes | ||
60 | Recurso de anulación |
Quién puede realizar la solicitud
Obligados tributarios (personas físicas o jurídicas, art. 35.4 LGT) y otras personas con interés legítimo.
Cómo lo puede presentar
El trámite se pude instar:
- Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2005 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de contraseña concertada quie pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de Administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documentos de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Donde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castilo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
- Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2005 (jurídicas ...)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a relaizar el trámite, deberá tenre en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Dónde lo puede presentar
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
- En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 928.36.89.03
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Órgano que resuelve
Tribunal Económico-Administrativo Municipal (TEAM).
Resolución
La admisión o denegación de la prueba se realizará mediante resolución y tendrá el carácter de acto de trámite.
Recurso contra la resolución
La resolución sobre la práctica de pruebas tiene el carácter de acto de trámite y podrá ser motivo de impugnación a través del recurso contra la resolución sobre el fondo del asunto.
Notificación
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica (personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica del art. 35.4 LGT).
Observaciones
La no presentación de alegaciones o aportación de pruebas no impide la continuación del procedimiento hasta su resolución.
Información general
El Tribunal Económico-Administrativo Municipal es un órgano obligatorio de revisión de la materia tributaria y recaudatoria en este Ayuntamiento, por disponerlo el art. 137 de la Ley de Bases de Régimen Local tras su modificación por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre de revisión en materia tributaria.
El TEAM es un órgano independiente técnica, jerárquica y orgánicamente respecto las Autoridades y Administración del Municipio.