Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

  • Objeto

    Las parcelaciones, segregaciones y demás actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, salvo que formen parte de un proyecto de reparcelación.

    Se entenderán incluidas en tal concepto las siguientes operaciones:
    a) La división simultánea o segregación sucesiva de terrenos en dos o más lotes o porciones, en cualquier clase de suelo, que, en razón de las características físicas de los terrenos, de la delimitación de estos por viales existentes o de nueva creación, de la implantación de servicios o de la edificabilidad descrita por la operación de división, tenga por finalidad, manifiesta o implícita, la urbanización o edificación de los terrenos.
    b) Toda operación que tenga las mismas finalidades que las especificadas por la letra a) en la que, sin división o segregación de fincas, se enajenen participaciones indivisas que atribuyan el derecho de utilización exclusiva de porción o porciones concretas de una finca o terreno.
    c) La constitución de asociaciones o sociedades, con las mismas finalidades especificadas por la letra a), en las que la condición de ser miembro o socio incorpore el derecho de utilización exclusiva a que se refiere la letra b).

    Unidad Tramitadora

    (1601) Sección de Edificación

    Documentación a aportar

    • Documentación Básica
      • Memoria descriptiva y justificativa, que ha de comprender la finalidad o el uso a que se pretendan destinar los lotes propuestos y su adecuación al planeamiento aplicable y al régimen legal de formación de parcelas y fincas
      • Proforma del documento público o privado que refleje la división de terrenos o la operación jurídica asimilada que se solicite
      • Plano de situación de la finca que se pretende dividir, con indicación de su referencia registral y catastral, en su caso
      • Plano parcelario de la finca mencionada, a escala adecuada y con base cartográfica topográfica, representativo de los lotes propuestos
      • Superposición del plano parcelario sobre un plano de calificaciones urbanísticas
      • Fichas descriptivas de los lotes resultantes, incluidas las relativas a los terrenos destinados a sistemas urbanísticos que tengan que ceder, si procede. Las fichas han de especificar los límites, cabida y la calificación urbanística de cada lote, así como su calidad de indivisible, si procede
      • Título de dominio sobre las fincas afectadas
    • En caso de representación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias
    26 Licencias de parcelaciones, segregaciones, división de fincas y constitución y modificación de complejos inmobiliarios
    Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias
    275 Parcelación

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo, en los casos del artículo 344 la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
    Positivo, en los casos establecidos en el artículo 345 de la misma Ley.

    Quién puede realizar la solicitud

    El Interesado (cualquier persona física o jurídica) o su representante legal


    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencial: Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
    Telemática: En cualquier momento los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Órgano que resuelve

    Directora general de Edificación y Actividades.

    Plazo de resolución

    1 mes conforme a lo señalado en el art 343 de Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución y plazo

    Recurso de reposición de un mes.

    Notificación

    Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado, o mediante notificación electrónica.

    Información general

    Para cualquier duda o información, puede dirigirse al Servicio de Edificación y Actividades, presencial o telefónicamente, en los horarios publicados en la página web municipal (Atención al público del Servicio de Edificación y Actividades).

  • Objeto

    Solicitar la limpieza extraordinaria en ciertos puntos del Municipio.

    Unidad Tramitadora

    (20) Limpieza Viaria y Recogida Residuos Sólidos Urbanos

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    25 Competencias de gestión municipal
    26 Servicios de prestación municipal
    Ordenanza Municipal de Limpieza Pública
    Texto íntegro Limpieza Pública Municipal

    Quién puede realizar la solicitud

    Cualquier persona física o jurídica interesada, o su representante legal.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite ser puede instar:

    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:

    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria

    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas …)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.

    Dónde lo puede presentar

    1. En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2. En el caso de que opte por el Trámite presencial:

    Oficina Central
    Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.

    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: Calle Botas, 2
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

    Distrito Centro
    Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
    Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 – 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 – 928.44.74.29
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 – 928.44.85.28
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
    Dirección: Calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.


    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Órgano que resuelve

    Servicio Municipal de Limpieza.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), por medios electrónicos o en papel en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
    Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía (art. 41.1. Ley 39/2015).

  • Objeto

    Ocupación temporal de la vía pública por realización de obras, mudanzas, cargas y descargas, etc, con instalación de vehículos, camión grúas, hormigoneras, contenedores de obra, andamios, marquesinas, plataformas, etc.

    Unidad Tramitadora

    (18) Servicio de Tráfico y Movilidad

    Silencio Administrativo

    Negativo (15 Días Hábiles)

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Fotocopia DNI/CIF
      • Croquis de situación/emplazamiento, indicando las características de la vía (Nº Carriles a ocupar, zonas reguladas por parquímetros, peatonales, carga y descarga, paradas de transportes, reservas de estacionamiento: Personas de Movilidad Reducida (PMR), Farmacias, etc)
      • Justificante de pago Tasa Ocupación D. Público Mercancías, Materiales, Escombros, Vallas y otros elementos análogos
    • En el caso de que el motivo de la ocupación sea consecuencia de la realización de tareas de demolición
      • Fotografía de la fachada completa a demoler
      • Licencia de demolición
    • En caso de que se realicen obras en la vía pública (calas, catas, canalizaciones, conexiones alcantarillado, rebajes de acera y bordillo, etc.)
      • Autorización para el Comienzo de Obras e Instalaciones en la Vía Pública expedida por la Sección de Vías y Obras y Accesibilidad
    • En caso de representación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Gral de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y Seg. vial, aprobado por RDLeg 339/1999
    Texto Íntegro Reglamento General de Circulación
    R.D. Leg. 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
    Texto Íntegro
    Ordenanza Municipal de Tráfico
    Texto Íntegro
    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación del Dominio Público con Mercancías, Materiales, Escombros, Vallas y otros Elementos Análogos
    Texto Íntegro Tasa ocupación vía pública mercancías

    Quién puede realizar la solicitud

    El interesado ( cualquier persona física o jurídica ) o su representante legal.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente

    Obligaciones económicas

    Según Ordenanza Fiscal vigente.

    Resolución

    Se expide autorización permiso.

    Observaciones

    Una vez resuelto el trámite, el permiso se retira en la Sección de Tráfico y Transportes, siendo imprescindible presentar documento original acreditativo y fotocopia de haber abonado la tasa correspondiente.
    Sección de Tráfico y Transportes
    Dirección: calle Carlos Mauricio Blandy, 51 (Gimnasio Municipal de Escaleritas).
    Teléfono: 928.44.63.55
    Horario de atención al público: miércoles y viernes 9:00-13:00 (todo el año).

    Notificación

    Retirada del permiso en caso positivo o de la resolución en caso negativo.

  • Objeto

    Prestación destinada a conseguir la inserción social, económica y laboral de aquel sector de la población en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo. Esta prestación proporciona:

    * Una prestación económica (ayuda económica básica) de forma mensual con carácter temporal, para ofrecer cobertura a las necesidades básicas.
    * Apoyos a la integración social mediante la realización de actividades de inserción, dirigidas a transformar o prevenir situaciones de necesidad relacionadas con dificultades de inserción social, laboral y escolar, o ligadas a razones de desestructuración familiar, educativa o desajustes personales.

    La percepción de la ayuda económica básica obliga a la persona perceptora y a todos los miembros de su unidad familiar, mayores de 18 años y menores de 65 años, a la realización de aquellas actividades que favorezcan su inserción social y laboral: acciones formativas de carácter ocupacional, actividades educativas, etc., que hallan sido acordadas previamente con el/la técnico/a municipal encargado de tramitar la prestación.
    Esta prestación tiene una duración de doce mensualidades, mientras se cumplan los requisitos que originaron la concesión de la misma. Transcurrido ese plazo se podrá renovar 6 meses y posteriormente otros 6 meses hasta percibir un máximo de 24 mensualidades.

    Unidad Tramitadora

    (24) Servicio de Bienestar Social

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Certificado de empadronamiento de las personas que conviven con el solicitante en su domicilio, en uno o varios municipios de la C. A. de Canarias , con una antelación mínima de seis meses a la fecha de presentación de solicitud y la residencia durante tres de los últimos cinco años anteriores a la solicitud, o en su caso documento o cualquier medio de prueba válido en derecho que lo acredite
      • Documento o cualquier medio de prueba válido en derecho que acredite la convivencia y los períodos de residencia requeridos
      • Documento Nacional de Identidad, en vigor, o documento oficial que lo sustituya, de todos los miembros de la unidad de convivencia con obligación de obtenerlo o, en su caso, del resguardo acreditativo de haberlo solicitado
      • Declaración responsable de la persona solicitante referida a las rentas o ingresos propios correspondientes a los tres meses anteriores a la solicitud, y en su caso, a los de cada uno de los miembros integrantes de la unidad de convivencia
      • Declaración responsable de la persona solicitante referida a su patrimonio, y en su caso, al de cada uno de los miembros integrantes de la unidad de convivencia
      • Declaración responsable la persona solicitante sobre afiliación a la Seguridad Social, inscripción en el Servicio Canario de Empleo, así como sobre prestaciones percibidas de cualquier sistema público de protección social y en su caso, al de cada uno de los miembros integrante
    • En caso de que la unidad familiar esté compuesta por varias personas
      • Libro de familia
      • Certificado municipal de convivencia que acredite el vínculo o unión de los demás miembros de la unidad de convivencia con el solicitante en una misma vivienda o espacio habitacional
    • En caso de personas extranjeras
      • Documento que acredite su residencia legal en territorio español, la condición de refugiado o personas beneficiarias de protección subsidiaria, o la autorización de permanencia en España por razones humanitarias o de interés social
    • En caso de personas integrantes de la unidad de convivencia con ingresos en bancos y/o títulos de renta variable o fija
      • Acreditación de la titularidad de la cuenta así como copia de los extractos bancarios que reflejen el saldo medio en el trimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud y de cualquier otro documento que refleje el estado de cuentas y los títulos bancarios o de renta variable o fija que se posean
    • En el caso de la existencia de rentas de trabajo o ingresos procedentes de premios, indemnización, capitalización de prestaciones, atrasos en concepto de alimentos o rentas derivadas de donaciones, herencias y legados
      • Documentos justificativos sobre las rentas de trabajo así como aquellos en los que conste la fecha de ingresos procedentes de premios, indemnizaciones, capitalización de prestaciones, atrasos en concepto de alimentos, o rentas derivadas de donaciones, herencias y legados
    • En caso de que alguna persona integrante de la unidad de convivencia reciba pensión alimenticia, en el supuesto de separación o divorcio
      • Auto judicial o sentencia donde ésta quede reflejada
    • En caso de que alguna persona integrante de la unidad de convivencia no reciba pensión alimenticia, en el supuesto de separación o divorcio, aún existiendo resolución judicial favorable
      • Justificación documental de haberse formulado la correspondiente denuncia por incumplimiento del obligado admitida a trámite por el correspondiente órgano judicial, salvo que en el informe social municipal, se indique que existen circunstancias acreditadas y justificadas, que aconsejan retrasar o no iniciar el proceso encaminado a hacer valer tales derechos
    • En el caso de personas que se hayan visto obligadas a fijar su residencia fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por un plazo inferior a tres años, por motivos formativos o laborales
      • Documentación justificativa de las actividades formativas o laborales realizadas, así como el periodo de duración de las mismas
    • En caso de uniones de hecho o relaciones estables análogas a la conyugal
      • Certificación que acredite la inscripción en el Registro Administrativo regulado en el Decreto 60/2004, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Parejas de Hecho en la Comunidad Autónoma de Canarias con la redacción dada por el Decreto 28/2015, de 19 de marzo, o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que demuestre que se tiene descendencia en común o que se ha convivido ininterrumpidamente durante un período mínimo de un año
    • En caso de la existencia de miembros de la unidad de convivencia con grado de discapacidad igual o superior al 33% y a las personas dependientes reconocidas en los grados III o II
      • Declaración responsable relativa a los miembros de la unidad de convivencia que presentan la discapacidad o la dependencia en los grados III o II
    • En caso de la existencia de parientes con obligación legal de prestar alimentos en los términos del artículo 142 y siguientes del Código Civil
      • Documentación justificativa (el informe social municipal podrá recoger los motivos que desaconsejan proceder a su reclamación)
    • En caso de representación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción
    Texto Íntegro Ayudas Económicas para cubrir las Necesidades Básicas
    Decreto 136/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción
    Texto Íntegro Desarrollo de la Ley Canaria de Inserción
    Ley 2/2015, de 9 de febrero, de modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción
    Texto Íntegro
    Decreto 153/2017, de 8 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de la Ley por la que se regula la prestación Canaria de Inserción
    Texto Íntegro
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que respondan a los siguientes perfiles:1.La persona solicitante de la ayuda económica básica y las personas que formen parte de su unidad de convivencia, en los términos previstos en la presente ley, habrán de reunir los siguientes requisitos:
    1.1 Estar empadronadas y residir legalmente, con una antelación mínima de un año a la fecha de la solicitud de la ayuda, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias. Quedan exentos de cumplir este requisito:
    a) Los emigrantes canarios retornados, cuando fijen su residencia en el territorio de la Comunidad Autónoma y se empadronen, previamente a su solicitud, en uno de sus municipios, siempre que dentro de los cinco años anteriores a la solicitud hubieran tenido la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Canarias, al menos, durante tres años.
    b) Quienes tuvieran reconocida la condición de refugiado o beneficiarios de protección subsidiaria por el organismo competente de la Administración General del Estado, o aquellas personas cuya solicitud de protección internacional se hubiese admitido a trámite o, no habiendo sido admitida esta, tengan las personas solicitantes autorizada su estancia o residencia en España por razones humanitarias, en el marco de la legislación reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria o su permanencia en España, en los términos previstos por la normativa vigente reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
    c) Víctimas de violencia de género, previa resolución judicial, que por tal motivo hayan cambiado su residencia desde otra comunidad o ciudad autónoma.
    d) Las personas sin hogar, siempre que pueda ser acreditada la permanencia en el municipio bajo informe social de los servicios del ayuntamiento, así como informe policial. En cualquier caso, para poder ser perceptor o perceptora de la ayuda económica básica se exigirá el empadronamiento previo a la resolución del expediente de concesión.
    e) Víctimas de violencia intragénero, entendida como aquella que se da en parejas o exparejas del mismo sexo, casadas o no, con o sin convivencia, pudiendo ser violencia física, psicológica, sexual, económica, etc.
    f) Las personas que se hayan visto obligadas a fijar su residencia fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por un plazo inferior a tres años, por motivos formativos o laborales, debidamente acreditados previo informe del trabajador social.

    .

    2.1) Carecer de recursos económicos suficientes. Se reunirá este requisito:
    a) Cuando los ingresos de la persona solicitante y, en su caso, de los demás miembros de su unidad de convivencia, computados conjuntamente durante los tres meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud, sean inferiores a la cuantía de ayuda económica básica que pudiera corresponder, durante tres meses, a los integrantes de la unidad de convivencia de la persona que solicite y perciba la ayuda, de conformidad con los parámetros establecidos en el artículo 9 de la ley que regula esta prestación. A los efectos de dicha presente ley, no se considerará que existe carencia de recursos económicos si, aun cuando se cumpliera el requisito señalado en el párrafo anterior, en el mes anterior a la solicitud de la ayuda económica básica el solicitante o cualquier miembro de su unidad de convivencia obtuviera salarios o remuneraciones regulares, acreditadas mediante un contrato de trabajo, por la consecución de empleo o la realización de actividades lucrativas, cuya cuantía neta mensual, sumada a los ingresos netos mensuales de todos los miembros de la unidad de convivencia, superase el importe mensual que pudiera corresponder a la unidad de convivencia por la obtención de la ayuda.
    b) Cuando la persona solicitante, o cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia, no sea propietaria, usufructuaria o poseedora de bienes muebles o inmuebles cuyas características, valoración, posibilidades de explotación, venta u otras circunstancias análogas indiquen la existencia de medios suficientes superiores al importe que de ayuda económica básica les pudiera corresponder en el período de duración de la misma, en los términos que reglamentariamente se desarrollen. No se tendrá en cuenta esta circunstancia en los supuestos de posesión o titularidad de la vivienda habitual.
    3.1) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Canario de Empleo, salvo aquellos miembros de la unidad de convivencia que se encuentren imposibilitados según la normativa vigente en materia de empleo, o escolarizados en estudios reglados.
    4.1) No residir de forma permanente en centros o establecimientos de titularidad pública donde se encuentran cubiertas las necesidades básicas de subsistencia de sus usuarios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.5 de la ley que regula esta Prestación.
    2. La persona solicitante de la ayuda económica básica, además, deberá ser mayor de veinticinco años y menor de sesenta y cinco, si bien también podrán ser solicitantes las personas que, reuniendo el resto de los requisitos establecidos anteriormente, se encuentren además en alguna de las siguientes circunstancias:
    a) Ser menor de veinticinco años y tener a su cargo hijos o hijas menores de edad, menores de edad tutelados o en régimen de acogimiento familiar, o tener a su cargo personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 % o personas dependientes reconocidas de grado III y II, siempre que convivan de manera efectiva con la unidad de convivencia. Asimismo, se tendrán en cuenta los casos de menores de veinticinco años sin hijos que estuvieron en situación o en riesgo de exclusión social de conformidad con el artículo 1 de la ley que regula esta Prestación.
    b) Tener una edad comprendida entre dieciocho y veinticinco años y haber estado tutelado por la Administración de la Comunidad Autónoma antes de alcanzar la mayoría de edad.

    ..

    c) Tener una edad superior a sesenta y cinco años y no tener derecho a ser titular de pensión u otra prestación análoga a la ayuda económica básica.
    d) Tener una discapacidad igual o superior al 33 %, ser mayor de dieciocho años, o de dieciséis años estando emancipado, y no tener derecho reconocido a pensión pública o cualquier otra ayuda económica asimilada.
    e) Ser emigrante canario retornado, menor de veinticinco años o mayor de sesenta y cinco, y no tener reconocido el derecho a prestaciones públicas cuya cuantía acumulada, en su caso, fuese igual o superior a la que en concepto de ayuda económica básica de la Prestación Canaria de Inserción le pudiera corresponder.
    f) Ser menor de veinticinco años, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria, o con solicitud de protección internacional en trámite, o tener, aunque no le haya sido admitida esta, o habiendo sido admitida a trámite y resuelta desfavorablemente, autorizada su estancia o residencia en España por razones humanitarias, en el marco de la legislación reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria, o su permanencia en España en los términos previstos por la normativa reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y no tener, en ambos casos, reconocido el derecho a ninguna otra prestación pública en cuantía igual o superior a la que en concepto de ayuda económica básica de la Prestación Canaria de Inserción le pudiera corresponder.
    g) Ser mayor de dieciocho años y víctima de maltrato doméstico.
    h) Ser huérfano de padre y madre sin derecho a pensión.
    i) Ser mujer de entre dieciocho y veinticinco años y tener la condición de víctima de violencia de género.
    3. Excepcionalmente, y por causas objetivamente justificadas en el expediente, podrán ser beneficiarias de la ayuda aquellas personas que constituyan unidades de convivencia en las que, aun no cumpliendo todos los requisitos enunciados, concurran circunstancias que las coloquen en situación de extrema necesidad, las cuales serán reglamentariamente determinadas. La resolución por la que se conceda la ayuda deberá, en estos casos, estar suficientemente motivada.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite se puede instar:
    * Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)

    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:

      Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
      Calle León y Castillo, 270
      35005 Las Palmas de Gran Canaria


    * Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas …)

    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:

    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:

      Oficina Central
      Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
      Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.

      Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
      Dirección: Calle Botas, 2
      Teléfono: 928.44.71.54
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Centro
      Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
      Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
      Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
      Teléfono: 928.39.19.63 – 928.36.89.03
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Isleta Puerto Guanarteme
      Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
      Teléfono: 928.44.64.65 – 928.44.74.29
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Ciudad Alta
      Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
      Teléfono: 928.44.73.71 – 928.44.85.28
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
      Dirección: Calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
      Teléfono: 928.44.85.24
      Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.

    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    ...


    En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
    Oficina Vegueta, Cono Sur y Tafira
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
    Dirección: Calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de: Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
    Dirección: Calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de: Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
    Dirección: Calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
    Atiende a los barrios de: Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
    Distrito Centro
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
    Dirección: C/ Alfonso XIII, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
    Atiende a los barrios de: Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
    Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35. Míller Bajo
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
    Atiende a los barrios de: La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Míller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: Calle La Naval, 229 A
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
    Atiende a los barrios de: La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
    Dirección: Calle Mario César, 17
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
    Atiende a los barrios de: El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras

    ....

    Distrito Ciudad Alta
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
    Dirección: Avda. de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
    Atiende a los barrios de: Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
    Dirección: Avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
    Atiende a los barrios de: Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
    Dirección: Calle Joaquín Belón, local 21 – 22
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
    Atiende a los barrios de: Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
    Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: Calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
    Atiende a los barrios de: San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala.

    Obligaciones económicas

    Ninguna.

    Órgano que resuelve

    Consejería competente en materia de Servicios Sociales del Gobierno Autónomo de Canarias.

    Plazo de resolución

    La consejería competente en materia de Servicios Sociales del Gobierno Autónomo de Canarias dictará y notificará la resolución de concesión o denegación de la ayuda económica básica en el plazo de dos meses desde la entrada en su registro del expediente municipal completo. Este plazo quedará interrumpido en los casos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución y notificación expresa, se entenderá estimada la solicitud, sin perjuicio del deber que tiene la administración de dictar resolución expresa en el procedimiento. En el caso de las ayudas excepcionales a que se refiere el artículo 7.3 de la ley que regula la Prestación Canaria de Inserción, por razones imperiosas de interés público, las prestaciones correspondientes se entenderán denegadas.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución y plazo

    Se podrá interponer cuantos recursos administrativos y jurisdiccionales se contemplan en la legislación vigente.

    Notificación

    Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica.

    Observaciones

    1. Si la solicitud de la PCI y los documentos solicitados no reuniesen los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane las deficiencias o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, previa resolución expresa, se le tendrá por desistido de su petición, salvo que por causa justificada comunicada por el interesado, y debidamente estimada por el órgano competente, se prorrogue dicho plazo por otros cinco días más.
    2. En cuanto al empadronamiento y residencia es necesario tener en cuenta lo siguiente, dejando a salvo las excepciones previstas en el artículo 7.1.1º de la Ley que regula esta Prestación, que todos los miembros de la unidad de convivencia deberán estar empadronados y haber residido legalmente y de forma ininterrumpida, con una antelación mínima de un año a la fecha de la solicitud, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias. Para los menores de tres años el período de empadronamiento y residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia, en exclusiva o compartida, y siempre que se trate de la persona solicitante de la prestación y en cuya unidad de convivencia se integra el menor.
    El cómputo del año de empadronamiento previo a la solicitud y del período exigido de residencia legal se podrá realizar calculando los períodos sucesivos de residencia en diferentes municipios de la Comunidad Autónoma de Canarias. Se considerará interrumpido el cómputo de la residencia por ausencias comprobadas fuera de Canarias superiores a los tres meses y que no se hallaren justificadas por razones familiares, de enfermedad o accidentes, laborales o por estudios.
    3. Con carácter general, dichas circunstancias se acreditarán por medio del Padrón Municipal de habitantes. A estos efectos, la Administración municipal correspondiente incorporará al expediente el pertinente certificado de empadronamiento o mediante la consulta al sistema automático de acreditación de residencia de la Administración General del Estado, que incluirá la relación de todas las personas que convivan en el domicilio. A falta de dicha certificación o consulta positiva, la residencia ininterrumpida durante el año anterior a la solicitud, se acreditará por cualquier otro medio de prueba válido en Derecho.

    Información general

    Requisitos (documentos a aportar)
    La documentación que se exige no se requerirá a la persona solicitante de la ayuda si ya ese documento se encuentra en poder de la Administración (salvo que esté caducado). Será incorporado de oficio por el órgano municipal gestor del expediente administrativo en la fase de inicio del procedimiento mediante la utilización de los medios telemáticos establecidos a tal efecto, siempre que no cuente con la oposición en la propia solicitud, de las personas integrantes de la unidad de convivencia a que sean consultados o recabados dichos documentos o datos.
    Excepcionalmente, en caso de que se manifestara oposición expresa a que dichos documentos no puedan recabarse por las Administraciones a través de redes corporativas o plataformas de intermediación de datos o que dichos datos no puedan obtenerse porque no obren en registros de acceso automatizado mediante un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad, las solicitudes deberán acompañarse de los documentos que figuran en el apartado Documentación a aportar.
    No obstante, conforme dispone el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los efectos de no tener que aportar los documentos señalados, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, debiendo en ese caso la Administración recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.

  • Objeto

    Prestación, integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

    Estas prestaciones contribuyen a:

    1. El aumento de la capacidad de desplazamiento y movilidad.
    2. La eliminación de las barreras arquitectónicas en la vivienda.
    3. La potenciación de las relaciones con el entorno.

    Cobertura y cuantía máximas:

    Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación tal y como se establece en el baremo del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores.

    Abono:

    El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.

    Unidad Tramitadora

    (24) Servicio de Bienestar Social

    Silencio Administrativo

    Negativo (3 Meses)

    Documentación a aportar

    • A) DESTINATARIO O REPRESENTANTE LEGAL:
      • Libro de familia de la persona destinataria de la prestación
      • Cartilla de la Seguridad Social o documento análogo
      • Certificado de vida laboral
      • Declaración de responsabilidad en la que conste los siguientes puntos: Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con todas las administraciones públicas. No haber recibido ayudas o subvenciones para el mismo fin. Que haya justificado las ayudas o subvenciones concedidas con anterioridad
      • Documento bancario en el que figure los datos de la persona solicitante o representante legal y su código cuenta cliente (número de cuenta con los 20 dígitos). En caso de pago a tercero, documento bancario en el que figure sus datos y su código cuenta cliente
      • Documento acreditativo de recepción del catálogo de derechos y obligaciones (artículos 26 y 27 del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores)
      • Dictamen facultativo en el que se reconozca el grado de discapacidad igual o superior al 33% , emitido por el el Equipo de Valoración y Orientación (EVO) del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, c/ Tomás Morales nº 122
      • Dictamen facultativo en el que conste que la prestación solicitada es inherente a la discapacidad que se padece emitido por el equipo de valoración del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, c/ Tomás Morales nº 122. Es un documento preceptivo para continuar con la solicitud
    • En caso de separación o divorcio
      • Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador de la persona destinataria de la prestación o, en su caso, documento de inicio del procedimiento del mismo
    • En caso de representación
      • Deberá acreditar la misma de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas
    • B) DOCUMENTACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA UD. FAMILIAR CONVIVENCIAL:
    • Si la persona destinataria de la prestación convive con cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, o parientes en línea recta o colateral hasta 2º grado. En todos los casos deberá aportar cada uno de los miembros, incluido el titular
      • Certificación de bienes inmuebles
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a por cuenta ajena
      • Última declaración de la Renta o certificado de la administración tributaria donde conste la obligación de no presentarla
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión Ver documento en Descargas/Enlaces
      • Dos últimas nóminas
    • Y en caso de que algún miembro sea pensionista
      • Documento acreditativo de la pensión que perciba
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a autónomo/a
      • Última declaración de la renta
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Último justificante del pago fraccionado del I.R.P.F. realizado
    • Y en caso de que algún miembro sea desempleado/a percibiendo algún tipo de prestación
      • Documento acreditativo de la concesión de la prestación
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Dos últimos recibos abonados
    • Si es desempleado/a y no percibe ningún tipo de prestación o no poder acreditar los ingresos mediante documentación oficial
      • Documento de la oficina de empleo correspondiente que acredite esa situación
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión Ver documento en Descargas/Enlaces
    • Y en caso de que algún miembro sean menores en edad de escolarización obligatoria
      • Documento del centro escolar en el cual se acredite su asistencia regular
    • Y en caso de que algún miembro sea estudiante
      • Documento del centro donde cursa estudios que acredite esa situación
    • C) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA EN FUNCIÓN DE LA MODALIDAD DE PRESTACIÓN A SOLICITAR
    • En caso de solicitar la prestación de aumento de la capacidad de desplazamiento y movilidad
      • Declaración de responsabilidad de destinar el vehiculo al transporte personal y uso privado de la persona con discapacidad
      • Permiso de conducir En el caso de solicitar la prestación para la obtención del permiso de conducir será necesario la presentación de tres presupuestos y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento
      • Factura detallada de haberlo abonado en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
      • Tres presupuestos en los cuales se detalle las características del vehiculo o la adaptación que se vaya a realizar y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento
      • Factura detallada de la adquisición o adaptación realizada en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
    • En caso de solicitar la prestación de eliminación de barreras arquitectónicas en la vivienda
      • Memoria , croquis o estudio de accesibilidad en el que ser refleje la situación actual de la vivienda y cómo quedaría esta después de realizada las obras, realizado por un técnico cualificado
      • Justificante de la propiedad de la vivienda o autorización expresa y escrita de la persona propietaria para realizar las obras, en caso de arrendamiento o cualquier otro tipo de cesión
      • Tres presupuestos en los cuales se detalle la obra a realizar y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada de haberlo abonado en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
    • En caso de solicitar la prestación de potenciación de las relaciones con el entorno
      • Descripción de la ayuda técnica
      • Tres presupuestos , salvo que no exista en el término municipal suficientes suministradores o, en su defecto, factura detallada de haberlo abonado en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Texto Íntegro Materia Asuntos Sociales
    Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Regulación Subvenciones
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Reglamento Subvenciones

    Quién puede realizar la solicitud

    Con carácter general, la persona destinataria de la prestación coincidirá con quien la solicita. Se exceptúan los casos en que, existiendo incapacidad acreditada del destinatario/a, su representante legal asuma la posición de persona solicitante.
    Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:

    • Tener acreditado por el órgano autonómico competente un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
    • Poseer nacionalidad española, refugiadas, asiladas, apátridas, extranjeras residentes y transeúntes en los términos previstos en la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, y que estén empadronadas y residen en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
    • No percibir en la actualidad ayudas públicas o privadas, así como tratamiento público o subvencionado por el mismo concepto.
    • Obtener la puntuación mínima establecida por aplicación del baremo recogido en el anexo I del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores (BOP n.º 85, de 16 de julio de 2004).


    Para la prestación de aumento de la capacidad de desplazamiento y movilidad, además de lo referido, podrán acceder a la misma todas las personas discapacitadas que padezcan problemas de movilidad grave y que no hayan recibido ayuda de carácter público, para el mismo concepto en los últimos diez años; cumpliendo este requisito común, han de responder a los siguientes perfiles en función de la modalidad de ayuda solicitada:

    • Prestación para la adquisición o adaptación de vehículos a motor. La persona que presenta una discapacidad debe ser la titular del vehículo y estar en posesión del permiso de conducir en el que conste el tipo de adaptación que precise. Excepcionalmente, podrán concederse prestaciones para la adquisición de vehículos, siempre cuando el/la titular del vehículo garantice mediante declaración responsable que el vehículo será utilizado únicamente como transporte personal y/o familiar de la persona que presenta una discapacidad y que su uso será exclusivamente privado, en los casos siguientes:
      - Personas con una discapacidad física de entre 5 y 17 años, que le sea imposible utilizar el transporte público.
      - Personas con una discapacidad física mayores de edad que por razón de su discapacidad no puedan obtener el carné de conducir o manejar un vehículo, y siempre que le sea imposible utilizar el transporte público.
    • Prestación para la obtención del carné de conducir. Será necesario acreditar que se padece discapacidad grave que impide utilizar el transporte público colectivo.
    • Prestación para la eliminación de barreras arquitectónicas en la vivienda, será necesario:
      - Que existan obstáculos objetivos que reduzcan movilidad de la persona solicitante, o que necesite instalar elementos o adaptar la vivienda para el normal desenvolvimiento de su vida cotidiana en el hogar.
      - Que no le haya sido concedida una prestación de este tipo en los últimos cinco años, a no ser que en dicho plazo se haya modificado negativamente la circ

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
    • En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
    Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
    Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
    Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
    Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
    Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
    Distrito Centro
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
    Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
    Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
    Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: calle La Naval, 229 A
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
    Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
    Dirección: calle Mario César, 17
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
    Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras
    Distrito Ciudad Alta
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
    Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
    Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
    Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
    Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
    Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 – 22
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
    Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
    Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Órgano que resuelve

    El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.

    La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada.

    Plazo de resolución

    3 meses

    ¿Agota la vía administrativa?

    Recurso contra la resolución y plazo

    Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
    Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
    Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.

    Características de las prestaciones

    • Aumento de la capacidad de desplazamiento y movilidad. Esta prestación se orienta a:

      • Cubrir los costes de adquisición y/o adaptación del vehículo a motor para el desplazamiento de las personas con discapacidad.
      • Obtención del carné de conducir.
    • Eliminación de barreras arquitectónicas. Esta prestación tiene como objetivo facilitar la movilidad de la persona discapacitada dentro del hogar, así como el acceso a la misma.
    • Potenciación de las relaciones con el entorno. Esta prestación se destinará a la cobertura total o parcial de los gastos de las ayudas técnicas que potencien la relación de aquellas personas a las que el grado o naturaleza de su discapacidad les impida utilizar los medios convencionales existentes

    Información de interés

    Compatibilidades e incompatibilidades:
    La misma persona podrá recibir prestaciones individuales u otras ayudas y servicios a cargo de instituciones públicas o privadas, siempre que sean de distinta naturaleza y atiendan a diferentes necesidades.
    Constituyen incompatibilidades en materia de prestaciones individuales:

    • La percepción de prestaciones individuales será totalmente incompatible con la percepción simultánea de otras ayudas otorgadas por organismos públicos y/o privados con la misma finalidad y cobertura.
    • También existirá incompatibilidad total cuando se disfrute, simultáneamente a la solicitud de la Prestación Individual, de un servicio gratuito que cubra los mismos supuestos y necesidades, y que se presten directamente por otros organismos del Estado, de la Comunidad Autónoma, insulares o por personal retribuido con cargo a sus presupuestos.

    A la persona destinataria de la prestación o, en su caso, su representante legal, se le reconocerán los siguientes Derechos (artículo 26 del Reglamento):

    • Que le sea facilitada toda la información pertinente a la prestación solicitada.
    • Ser informado sobre el proceso de trámite de su solicitud.
    • Disponer por escrito del listado de los documentos necesarios para la tramitación e su solicitud.
    • Interponer, en caso de no estar conforme con la resolución adoptada, los recursos establecidos legalmente.
    • Cualquier otro derecho que la legislación atribuye a los ciudadanos.

    Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):

    • Destinar el importe de la prestación a la finalidad para la que le fue concedida.
    • Facilitar cuanta información le sea requerida por este ayuntamiento.
    • Informar de cualquier alteración de las condiciones o requisitos que motivaron la concesión de la prestación desde el momento que se produzca.
    • En caso de fallecimiento de la persona destinataria de la prestación, sus herederos estarán obligados a comunicarlo en el plazo de una semana.
    • Comunicar la obtención de cualquier otra prestación o ayuda concedida con posterioridad para la misma finalidad.
    • Justificar los gastos en la forma determinada por este ayuntamiento.
    • Abonar la cuantía de la parte no cubierta de la prestación concedida.
    • Reintegrar la prestación concedida en los casos y con los requisitos establecidos en el artículo 23 del Reglamento:
      • Cuando haya obtenido la prestación sin reunir los requisitos exigidos como consecuencia de fraude, engaño, ocultamiento de la verdad u omisión premeditada de datos por parte de la persona solicitante o representante legal en su caso.
      • Cuando no se haya destinado la prestación a la finalidad para la que se había solicitado.
      • En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria y que se trate de un bien, el/la técnico/a municipal correspondiente valorará la procedencia de la devolución del mismo, en cuyo caso dicha devolución deberá realizarse en el plazo máximo de un mes.
      • En caso de que se altere la situación de la persona y la prestación asignada deje de servir a la utilidad para la que había sido solicitada, según la valoración del técnico/a municipal correspondiente, deberá procederse a su devolución en el plazo máximo de un mes.

  • Objeto

    Prestación integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
    Los objetivos de estas prestaciones son:
    a) Atender el estado, situación o hecho de necesidad que soporte el/la destinatario/a como consecuencia de su minusvalía o de su avanzada edad y que afecte a su autonomía personal, social y económica, de modo que se logre su normal desarrollo humano y/o social.
    b) Satisfacer determinadas necesidades derivadas de su minusvalía y/o vejez, mejorando su calidad de vida y favoreciendo su integración social.
    c) Prevenir futuras minusvalías motivadas por lesión, malformación o enfermedad, cuyos costes no cubra la Seguridad Social.
    d) Prevenir factores de riesgo social producto de la discapacidad o de la vejez que pudieran derivar en exclusión social.
    e) Contribuir al desarrollo personal y a la plena integración social de las personas minusválidas y de las personas mayores.

    Tipología de las Prestaciones Individuales a Personas Mayores para:

    1. Servicios personales en el domicilio
    2. Servicio de comedor
    3. Compra de alimentos
    4. Arreglo y mejora de la vivienda o adaptacion funcional del hogar
    5. Adquisicion y renovacion de utiles del hogar
    6. Adquisicion de enseres y/o mobiliario
    7. Protesis y ortesis

    Cobertura y cuantía máximas:
    Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido en dicho reglamento, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación.
    Abono:
    El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.

    Unidad Tramitadora

    (24) Servicio de Bienestar Social

    Documentación a aportar

    • A) DOCUMENTACIÓN DEL DESTINATARIO/A O DE SU REPRESENTANTE LEGAL
      • Fotocopia Libro de Familia
      • Fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social o documento análogo
      • Certificado de vida laboral
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Declaración de responsabilidad en la que conste los siguientes puntos: - Estar al corriente de las Obligaciones Tributarias - No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo fin; o justificarlas, en su caso - No percibir remuneración por trabajo cuenta ajena
      • Documento bancario en el que figure los datos de la persona solicitante o representante legal y su código cuenta cliente (número de cuenta con los 20 dígitos). En caso de pago a tercero, documento bancario en el que figure código cuenta cliente
      • Documento acreditativo Documento acreditativo de recepción del catálogo de derechos y obligaciones a que queda sujeto el solicitante (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • En caso de separación o divorcio
      • Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador de la persona destinataria de la prestación o, en su caso, documento de inicio del procedimiento del mismo
    • En caso de representación
    • B) DOCUMENTACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD CONVIVENCIAL
    • Si la persona destinataria de la prestación convive con cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, o parientes en línea recta o colateral hasta 2º grado. En todos los casos deberá aportar cada uno de los miembros, incluido el titular
      • Certificación de bienes inmuebles
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Documento bancario
      • Documento acreditativo de la recepción del catálogo de derechos y obligaciones a que queda sujeto/a el/la solicitante o, en su caso, el representante legal en el supuesto de que le sea concedida la prestación solicitada
    • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a por cuenta ajena
      • Última declaración de la Renta o certificación de la administración tributaria donde conste la no obligación de presentarla
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Dos últimas nóminas
    • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a autónomo/a
      • Última declaración de la renta
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descarga/Enlaces)
      • Último justificante del pago fraccionado del I.R.P.F. realizado
    • Y en caso de que algún miembro sea pensionista
      • Documento acreditativo de la pensión que perciba
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Y en caso de que algún miembro sea desempleado/a y percibiendo algún tipo de prestación
      • Documento acreditativo de la concesión de la prestación
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Dos últimos recibos abonados
    • Y en caso de que algún miembro sea desempleado/a que no perciba ningún tipo de prestación o no poder acreditar los ingresos mediante documentación oficial
      • Documento de la oficina de empleo correspondiente que acredite tal situación
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Documento declaración responsable de subsistencia (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Y en caso de que algún miembro sea menor en edad de escolarización obligatoria
      • Documento del centro escolar en el cual se acredite su asistencia regular
    • Y en caso de que algún miembro sea estudiante
      • Documento del centro donde cursa estudios que acredite tal situación
    • C) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA EN FUNCIÓN DE LA MODALIDAD DE PRESTACIÓN A SOLICITAR
    • En el caso de que solicite la prestación de servicios personales en el domicilio
      • Documento que acredite alta en el régimen especial de la Seguridad Social de empleados/as del hogar por parte de la persona que haya prestado, preste o vaya a prestar el servicio durante el año en el cual se registre la solicitud
      • Tres presupuestos en los cuales se detalle la obra a realizar y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada del servicio recibido en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
      • Informe médico en el que se especifique el diagnóstico y grado de autonomía y desenvolvimiento personal
    • En el caso de que solicite la prestación de servicios de comedor
      • Presupuesto del centro o restaurante o, en su defecto, factura detallada de los gastos realizados en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
    • En el caso de que solicite la prestación de compra de alimentos
      • Factura detallada de las compras realizadas en el transcurso del año en el cual se registra la solicitud, del comercio en el que se haya realizado la compra salvo que el Ayuntamiento formalice un convenio de colaboración en esta materia con un establecimiento comercial. Sólo podrá constar los productos que aparecen en el reglamento, con la salvedad de aquellas dietas especiales (prescripción facultativa)
    • En el caso de que solicite la prestación de arreglo y mejora de la vivienda o adaptación funcional del hogar
      • Memoria , croquis o estudio de accesibilidad en la que se refleje la situación actual de la vivienda y cómo quedaría ésta después de realizadas las obras
      • Documento que acredite la propiedad de la vivienda o autorización expresa y escrita de la persona titular de la misma para realizar las obras, en caso de alquiler o cualquier otro tipo de cesión
      • Tres presupuestos en los cuales se detalle la obra a realizar y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada de haberlo abonado en el transcurso del año en el cual se registra la solicitud
    • En el caso de que solicite las prestaciones de adquisición y renovación de útiles del hogar y/o adquisición de enseres y mobiliario
      • Tres presupuestos del material a adquirir y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada de la adquisición realizada en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
    • En el caso de que Solicite la prestación de Prótesis y Órtesis:
      • Prescripción médica del/la facultativo/a correspondiente del Servicio Canario de Salud que acredite la necesidad
      • Tres presupuestos en los cuales se detalle el material solicitado la cobertura y garantía del mismo y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada de la adquisición realizada en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
      • Documento del Servicio Canario de Salud donde se acredite que el producto solicitado no es financiado por dicho Servicio

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Texto Íntegro Materia Asuntos Sociales
    Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Capítulo II Iniciación del procedimiento
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Regulación Subvenciones
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Reglamento Subvenciones

    Quién puede realizar la solicitud

    Con carácter general, la persona destinataria de la prestación coincidirá con quien la solicita. Se exceptúan los casos en que, existiendo incapacidad acreditada del destinatario/a, su representante legal asuma la posición de persona solicitante.
    - Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:

    • Ser mayor de 60 años y no realizar actividad remunerada alguna.
    • Poseer nacionalidad española, refugiadas, asiladas, apátridas, extranjeras residentes y transeúntes en los términos previstos en la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, y que estén empadronadas y residan en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
    • No percibir en la actualidad ayudas públicas o privadas, así como tratamiento público o subvencionado por el mismo concepto.
    • Cumplir con los requisitos estipulados para el tipo de prestación solicitada.
    • Obtener la puntuación mínima establecida por aplicación del baremo recogido en el anexo I del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores (BOP n.º 85, de 16 de julio de 2004).

    - Otros requisitos específicos serán los siguientes:
    Para los servicios personales en el hogar:

    Personas mayores que, por su grave estado de necesidad, requieran de una atención especializada que no pueda afrontar la familia o que, por sus características, no pueda llevarse a cabo a través del Servicio de Ayuda a Domicilio de este ayuntamiento por la limitación horaria de este servicio o por otras causas debidamente acreditadas.
    Para el servicio de comedor:
    Personas mayores que no pueden cubrir los gastos de comedor en centros de la tercera edad en los que no se preste de forma gratuita, o bien en restaurantes si no existiera un Centro de Personas Mayores con comedor cercano, o por imposibilidad de la persona para desplazarse a dicho centro.
    Para la compra de alimentos:
    Personas mayores que padezcan una enfermedad que les obligue a realizar una dieta especial que les resulte especialmente gravosa para su economía y que presenten informe médico que lo acredite.
    Para la prestación de arreglo y mejora de la vivienda o adaptación funcional del hogar:

    • La persona solicitante no debe haber percibido ayuda para el mismo tipo de arreglo o mejora en los últimos cinco años.
    • Y además la vivienda deber ser propia o, en caso de alquiler u otra forma de cesión, que se cuente con el permiso expreso y por escrito de la persona propietaria de la misma.

    Para la prestación de adquisición y renovación de útiles del hogar:
    La persona solicitante no podrá haber percibido ayudas para los mismos útiles en los últimos dos años.
    Para la prestación de adquisición de enseres y/o mobiliario:
    La persona solicitante no podrá haber percibido ayuda para los mismos enseres en los últimos dos años; en el caso de mobiliario, este plazo será de 5 años.
    Para la prestación de prótesis y órtesis:

    • La persona solicitante no debe haber recibido ayuda en los últimos 5 años para prótesis dentales y auditivas.
    • Y además no haber recibido ayuda en los últimos 2 años para las prótesis oculares, entre las cuales no se incluyen las lentillas.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
    Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama


    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
    Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I


    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
    Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
    Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón


    Distrito Centro
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
    Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas


    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
    Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás


    Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: calle La Naval, 229 A
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
    Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla


    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
    Dirección: Calle Mario César, 17
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
    Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras


    Distrito Ciudad Alta
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
    Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
    Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo


    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
    Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
    Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres


    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
    Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 – 22
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
    Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio


    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
    Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Órgano que resuelve

    El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.

    La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada

    Plazo de resolución

    3 meses.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución y plazo

    Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
    Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
    Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), por medios electrónicos o en papel en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
    Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía (art. 41.1. Ley 39/2015).

    Información de interés

    - Compatibilidades:

    • La misma persona podrá recibir prestaciones individuales u otras ayudas y servicios a cargo de instituciones públicas o privadas, siempre que sean de distinta naturaleza y atiendan a diferentes necesidades.

    - Incompatibilidades:

    • La percepción de prestaciones individuales será totalmente incompatible con la percepción simultánea de otras ayudas otorgadas por organismos públicos y/o privados con la misma finalidad y cobertura.
    • También existirá incompatibilidad total cuando se disfrute, simultáneamente a la solicitud de la Prestación Individual, de un servicio gratuito que cubra los mismos supuestos y necesidades, y que se presten directamente por otros organismos del Estado, de la Comunidad Autónoma, insulares o por personal retribuido con cargo a sus presupuestos.

    - La prestación de Servicios Personales en el Domicilio será incompatible con:

    • Percibir una pensión de la Seguridad Social en concepto de gran invalidez.
    • Percibir una pensión no contributiva en la que se incluya el incremento por necesidad de ayuda de tercera persona.
    • Percibir la prestación por hijo a cargo, en la que se incluya el incremento por necesidad de ayuda de tercera persona

    - Derechos (artículo 26 del reglamento):

    • Que le sea facilitada toda la información pertinente a la prestación solicitada.
    • Ser informado sobre el proceso de trámite de su solicitud.
    • Disponer por escrito del listado de los documentos necesarios para la tramitación de su solicitud.
    • Interponer, en caso de no estar conforme con la resolución adoptada, los recursos establecidos legalmente.
    • Cualquier otro derecho que la legislación atribuye a los ciudadanos.

    - Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):

    • Destinar el importe de la prestación a la finalidad para la que le fue concedida.
    • Facilitar cuanta información le sea requerida por este ayuntamiento.
    • Informar de cualquier alteración de las condiciones o requisitos que motivaron la concesión de la prestación desde el momento que se produzca.
    • En caso de fallecimiento de la persona destinataria de la prestación, sus herederos estarán obligados a comunicarlo en el plazo de una semana.
    • Comunicar la obtención de cualquier otra prestación o ayuda concedida con posterioridad para la misma finalidad.
    • Justificar los gastos en la forma determinada por este ayuntamiento.
    • Abonar la cuantía de la parte no cubierta de la prestación concedida.
    • Reintegrar la prestación concedida en los casos y con los requisitos establecidos en el artículo 23 del Reglamento:


    - Cuando haya obtenido la prestación sin reunir los requisitos exigidos como consecuencia de fraude, engaño, ocultamiento de la verdad u omisión premeditada de datos por parte de la persona solicitante o representante legal en su caso.
    - Cuando no se haya destinado la prestación a la finalidad para la que se había solicitado.
    - En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria y que se trate de un bien, el/la técnico/a municipal correspondiente valorará la procedencia de la devolución del mismo, en cuyo caso dicha devolución deberá realizarse en el plazo máximo de un mes.
    - En caso de que se altere la situación de la persona y la prestación asignada deje de servir a la utilidad para la que había sido solicitada, según la valoración del técnico/a municipal correspondiente, deberá procederse a su devolución en el plazo máximo de un mes.

    Observaciones

    Si en la solic

  • Objeto

    La certificación es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento.
    La certificación debe estar suscrita por el secretario del Ayuntamiento y conformada por el alcalde, o por quienes les sustituyan o cuenten con su delegación, ya sea mediante firmas manuscritas o electrónicas conforme a la legislación vigente.
    Las certificaciones acreditan únicamente de la residencia en el municipio y el domicilio del habitante, así como otros hechos relativos al empadronamiento y de los que el Ayuntamiento tiene constancia oficial: fechas iniciales y final del empadronamiento en el municipio, domicilios en los que ha estado empadronado, causa del alta o de la baja en el Padrón, etc. En todo caso se cumplimentará la información adicional de cada empadronamiento estrictamente en la medida en que sea pertinente para el fin para el que se ha solicitado la certificación.
    Podrán referirse solo a una o a la totalidad de las personas inscritas en un determinado domicilio. No deben expedirse estos documentos para varias personas cuando no comprendan a todos los habitantes inscritos en el mismo domicilio.
    Los certificados de empadronamiento expedidos a personas inscritas en establecimientos colectivos tendrán siempre carácter individual.

    Convivencia con informe policial
    El Padrón municipal no acredita la convivencia, ni quiénes son los componentes de una unidad familiar, la obtención de dicha acreditación debe realizarse a través de un informe por parte de la Policía Local.
    Vivienda con informe policial
    Se acredita si una vivienda está ocupada o desocupada por medio de informe policial.

    Unidad Tramitadora

    (0201) Negociado de Padrón de Habitantes

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Justificante de pago Tasa Expedición Documento Administrativo
      • Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona interesada.
    • En el caso de que la solicitud sea formulada por persona distinta del titular
      • Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona interesada.
      • Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona autorizada.
      • Escrito de AUTORIZACIÓN de la persona interesada debidamente firmado. Cuando en la acreditación de la representación por la persona autorizada, se plantee alguna duda o esta no haya sido acreditada, el Ayunt. está facultado para solicitar la doc. que considere conveniente y podrá si así lo estima, enviar el justificante.
    • En el caso de que la solicitud se realice sobre la vivienda en la que no reside el solicitante
      • Documento acreditativo de la titularidad de la vivienda.
      • Copia de los documentos que acrediten que actúan en representación de los interesados legítimos (escritura de apoderamiento) si la persona solicitante es persona jurídica u otro profesional.
      • Autorización por escrito y documento de identidad de la persona inscrita en el mismo si la vivienda se encuentra ocupada por otras personas distintas a la solicitante.

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos)
    Texto Íntegro
    Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por el R.D. 2612/1996
    Texto Íntegro
    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos
    Texto Íntegro Tasa por expedición de documento
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal
    Texto Íntegro
    Resolución de la Directora General de Administración Pública por la que se modifica la Instrucción relativa a los Mecanismos de Acceso de los Ciudadanos al Registro General y a los Servicios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Excelentísimo Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Persona con interés legítimo o por medio de representación.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencial: de lunes a viernes. Jueves por la tarde y sábados por la mañana, excepto los sábados del mes de agosto.
    Telemática: en cualquier momento los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    1- Certificaciones de documentos o actos del Padrón actual, desde 1.5.1996.
    Certificaciones expedidas por los siguientes motivos: 4,92 Euros.
    -Matrícula en centros de enseñanza
    -Documento Nacional de Identidad
    -Seguridad Social
    -Reducción de tarifas telefónicas
    -Solicitud de becas
    -Presentación en la Jefatura Provincial de Tráfico
    -Asuntos Militares
    Otras certificaciones: 15,32 Euros.
    2- Por cada pliego de más se abonará 0,60 Euros sobre la Tarifa Base.
    3- En los casos de certificaciones solicitadas por personas que, por medio de documentación emitida por entidades públicas, acrediten unos ingresos familiares por mes, iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional y carezcan de bienes, la tarifa será, en todo caso, de: 1,20 Euros.

    Órgano que resuelve

    Negociado del Padrón de Habitantes.

    Plazo de resolución

    TRES MESES

    Notificación

    Presencial: Se entregará el certificado una vez finalizado.
    Telemático: El certificado será enviado automáticamente a su BANDEJA DE COMUNICACIONES, desde donde podrá descargarlo.

    Observaciones

    El certificado de convivencia se expedirá cuando comprendan a todos los habitantes inscritos en el mismo domicilio.

  • Objeto

    La certificación es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento.
    La certificación debe estar suscrita por el secretario del Ayuntamiento y conformada por el alcalde, o por quienes les sustituyan o cuenten con su delegación, ya sea mediante firmas manuscritas o electrónicas conforme a la legislación vigente.
    Las certificaciones acreditan únicamente de la residencia en el municipio y el domicilio del habitante, así como otros hechos relativos al empadronamiento y de los que el ayuntamiento tiene constancia oficial: fechas iniciales y final del empadronamiento en el municipio, domicilios en los que ha estado empadronado, causa del alta o de la baja en el Padrón, etc. En todo caso se cumplimentará la información adicional de cada empadronamiento estrictamente en la medida en que sea perteneciente para el fin para el que se ha solicitado la certificación.
    Podrán referirse solo a una o a la totalidad de las personas inscritas en un determinado domicilio. No deben expedirse estos documentos para varias personas cuando no comprendan a todos los habitantes inscritos en el mismo domicilio.
    Los certificados de empadronamiento expedidos a personas inscritas en establecimientos colectivos tendrán siempre carácter individual.

    Unidad Tramitadora

    (0201) Negociado de Padrón de Habitantes

    Documentación a aportar

    • En caso de solicitudes formuladas por persona distinta de la titular
      • Solicitud de certificado cumplimentada y firmada
      • Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona interesada y autorizada
      • Escrito de AUTORIZACIÓN de la persona interesada debidamente firmado. Cuando en la acreditación de la representación por la persona autorizada, se plantee alguna duda o esta no haya sido acreditada, el Ayuntamiento está facultado para solicitar la documentación que considere conveniente y podrá si así lo estima, enviar el justificante de empadronamiento al domicilio del interesado
    • Caso de tramitación presencial
      • Justificante de pago de la Tasa por Expedición de Documentos

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por el R.D. 2612/1996
    Texto Íntegro
    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos
    Texto Íntegro Tasa por expedición de documento
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal
    Texto Íntegro
    Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos)
    Texto Íntegro
    Resolución de la Directora General de Administración Pública por la que se modifica la Instrucción relativa a los Mecanismos de Acceso de los Ciudadanos al Registro General y a los Servicios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Excelentísimo Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro

    Requisitos de iniciación

    Estar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes.

    Quién puede realizar la solicitud

    Persona con interés legítimo o por medio de representación.

    Cómo lo puede presentar

    Los Ayuntamientos podrán expedir certificado de empadronamiento, como documentos de carácter puramente informativo.

    La Ley 7/1985 de 2 de abril en su art. 16.3, establece que los datos del Padrón se cederán a otras Administraciones Públicas que lo soliciten sin consentimiento previo al afectado solamente cuando le sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes. También puede servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico, en los términos previstos en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública y en las leyes de estadística de las Comunidades Autónomas con competencia en la materia.

    La información que se facilite está protegida por el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencial: De lunes a viernes. Jueves por la tarde y sábados por la mañana, excepto los sábados del mes de agosto.
    Telemática: En cualquier momento los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24 Fax: 928.67.05.50
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    - Si posee certificado electrónico este trámite es gratuito.
    - Si no posee certificado electrónico debe abonar:

    1. Certificaciones de documentos o actos desde el 1.5.1996.

      Certificaciones expedidas por los siguientes motivos: 2,46 Euros.
      - Matrícula en centros de enseñanza.
      - Documento Nacional de Identidad.
      - Seguridad Social.
      - Reducción de tarifas telefónicas.
      - Solicitud de becas.
      - Presentación en la Jefatura Provincial de Tráfico.
      - Asuntos Militares.

      Otras certificaciones: 7,66 Euros.
    2. Por cada pliego de más se abonará 0,60 Euros sobre la Tarifa Base.
    3. En los casos de certificaciones solicitadas por personas que, por medio de documentación emitida por entidades públicas, acrediten unos ingresos familiares por mes, iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional y carezcan de bienes, la tarifa será, en todo caso, de: 1,20 Euros.

    Órgano que resuelve

    Negociado de Padrón de Habitantes.

    Plazo de resolución

    Emisión inmediata.

    Notificación

    Presencial: se entregará al instante.
    Telemáticamente: se envía automáticamente a su Bandeja de Comunicaciones, desde donde podrá descargarlo.

  • Objeto

    La certificación es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento.
    La certificación debe estar suscrita por el secretario del Ayuntamiento y conformada por el alcalde, o por quienes les sustituyan o cuenten con su delegación, ya sea mediante firmas manuscritas o electrónicas conforme a la legislación vigente.
    Las certificaciones acreditan únicamente de la residencia en el municipio y el domicilio del habitante, así como otros hechos relativos al empadronamiento y de los que el Ayuntamiento tiene constancia oficial: fechas iniciales y final del empadronamiento en el municipio, domicilios en los que ha estado empadronado, causa del alta o de la baja en el Padrón, etc. En todo caso se cumplimentará la información adicional de cada empadronamiento estrictamente en la medida en que sea pertinente para el fin para el que se ha solicitado la certificación.

    Unidad Tramitadora

    (0201) Negociado de Padrón de Habitantes

    Silencio Administrativo

    Positivo (3 Meses)

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona interesada.
    • En el caso de que la solicitud sea formulada por persona distinta del titular
      • Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona interesada.
      • Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona autorizada.
      • Escrito de AUTORIZACIÓN de la persona interesada debidamente firmado. Cuando en la acreditación de la repres. por la persona autorizada, se plantee alguna duda o esta no haya sido acreditada, el Ayunt. está facultado para solicitar la documentación que considere conveniente y podrá si así lo estima, enviar el justificante.
    • Certificado a nombre de una persona difunta o fallecida
      • Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona fallecida y de la solicitante.
      • Certificado de defunción expedido por el Registro Civil o la página del Libro de Familia en que figura registrado el fallecimiento.
    • Certificado a nombre de una persona difunta o fallecida, solicitado por el cónyuge, pareja de hecho o relación análoga a las anteriores o por los hijos o padres, deberá aportar como mínimo
      • Libro de familia
      • Certificado de matrimonio
      • Certificado literal de nacimiento.
    • Certificado a nombre de una persona difunta o fallecida, solicitado por los herederos, deberá aportar como mínimo
      • Testamento
      • Certificado últimas voluntades.
    • Certificado a nombre de una persona difunta o fallecida por solicitante cuyo interés legítimo es distinto al de los anteriores, deberá aportar como mínimo
      • Documento que acredite su condición de interesado.
    • Certificado a nombre de una persona difunta o fallecida por persona jurídica u otro profesional
      • Copia de los documentos que acrediten que actúa en representación de los interesados legítimos.
    • En el caso de que solicite certificado de menores no emancipados
    • En el caso de que la persona solicitante (sea progenitor o no) se encuentra empadronada en situación de alta en la inscripción en la que figura el menor
      • Documento acreditativo de la identidad.
    • En el caso de que la persona solicitante (sea progenitor o no) no se encuentra empadronada en situación de alta en la inscripción en la que figure el menor
      • Documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante.
      • Autorización de la persona mayor de edad con la que figura el menor empadronado, adjuntándose copia del documento de identidad de la persona autorizante.

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal
    Texto Íntegro
    Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos)
    Texto Íntegro
    Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por el R.D. 2612/1996
    Texto Íntegro
    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos
    Texto Íntegro Tasa por expedición de documento
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Resolución de la Directora General de Administración Pública por la que se modifica la Instrucción relativa a los Mecanismos de Acceso de los Ciudadanos al Registro General y a los Servicios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Excelentísimo Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Persona con interés legítimo o por medio de representación.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencial: de lunes a viernes. Jueves por la tarde y sábados por la mañana, excepto los sábados del mes de agosto.
    Telemática: en cualquier momento los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    1- Certificaciones de documentos o actos del Padrón actual, desde 1.5.1996.
    Certificaciones expedidas por los siguientes motivos: 2,46 Euros.
    - Matrícula en centros de enseñanza
    - Documento Nacional de Identidad
    - Seguridad Social
    - Reducción de tarifas telefónicas
    - Solicitud de becas
    - Presentación en la Jefatura Provincial de Tráfico
    - Asuntos Militares
    Otras certificaciones: 7,66 Euros.
    2- Por cada pliego de más se abonará 0,60 Euros sobre la Tarifa Base.
    3- Certificaciones de documentos o actos de cinco a diez años de antigüedad, con respecto al 1.5.1996, sufrirán un recargo del 100 %.
    4- Certificaciones de documentos o actos de diez a veinte años de antigüedad, con respecto al 1.5.166, sufrirán un recargo del 200 %.
    5- Certificaciones de documentos o actos de antigüedad igual o superior a veinte años, con respecto al 1.5.1996, tendrán un recargo del 300 %.
    6- En los supuestos de certificaciones que impliquen la emisión de informes expresos por la Policía Local u otros funcionarios municipales, la tarifa sufrirá un recargo del 100 %.
    7- En los casos de certificaciones solicitadas por personas que, por medio de documentación emitida por entidades públicas, acrediten unos ingresos familiares por mes, iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional y carezcan de bienes, la tarifa será, en todo caso, de: 1,20 Euros.

    Órgano que resuelve

    Negociado del Padrón de Habitantes.

    Plazo de resolución

    TRES MESES

    Notificación

    Presencial: Se podrá retirar a los diez días laborales, desde la solicitud.
    Telemático: El certificado será enviado automáticamente a su BANDEJA DE COMUNICACIONES, desde donde podrá descargarlo.

  • Objeto

    Las bonificaciones en las tarifas de los servicios regulares del transporte aéreo y marítimo entre las Islas Canarias y el resto del territorio nacional, se aplican a la ciudadanía española y a la de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de Suiza, que acrediten la condición de residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Dicha acreditación será mediante el certificado de empadronamiento en vigor.

    Unidad Tramitadora

    (0201) Negociado de Padrón de Habitantes

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla
    Texto Íntegro Bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla
    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos
    Texto Íntegro Tasa por expedición de documento
    Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013
    Disposición Adicional Décima Tercera Subvenciones al transporte marítimo y aéreo para residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla

    Requisitos de iniciación

    Estar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes.

    Quién puede realizar la solicitud

    Persona con interés legítimo o por medio de representación.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    1. Vía Telemática. Accediendo a la página web https://www.laspalmasgc.es/es/ pulsando en el botón Certificado de residencia para viajar.
    O bien, accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. En cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencial: de lunes a viernes. Jueves por la tarde y sábados por la mañana, excepto los sábados del mes de agosto.
    Telemática: en cualquier momento los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Por medio de la página web www.laspalmasgc.es, accediendo a Certificado de Residencia para Viajar. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 – 928.36.89.03
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 – 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 – 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Presencial: Tasa por expedición de documentos que expida o de que entiendan la administración o autoridades municipales, a instancia de parte 2,46 Euros.
    Telemáticamente: gratuito.

    Órgano que resuelve

    Negociado de Padrón de Habitantes.

    Plazo de resolución

    Expedición inmediata.

    Información general

    La Ley 7/1985 de 2 de abril en su art. 16.3, establece que los datos del Padrón se cederán a otras Administraciones Públicas que lo soliciten sin consentimiento previo al afectado solamente cuando le sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes. También puede servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico, en los términos previstos en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública y en las leyes de estadística de las Comunidades Autónomas con competencia en la materia.
    La información que se facilite está protegida por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
    Validez
    Tiene una vigencia de seis meses, periodo en el que podrá utilizar el mismo certificado en todos sus viajes.

    Notificación

    Inmediata.

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