Obtención, por parte de los proveedores, del importe de las operaciones realizadas con el Ayuntamiento durante el año natural, la cual figurará en la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (Modelo 347)
(11103) Servicio de Contabilidad
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de Desarrollo de las Normas Comunes de los Procedimientos de Aplicación de los Tributos | |||
31 | Obligación de informar sobre las operaciones con terceras personas |
Las personas físicas y/o jurídicas que hayan realizado operaciones con el Ayuntamiento superiores a 3.005,06
El trámite se puede instar de tres formas diferentes:
1. Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
2. Vía Presencial.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
3. Vía Correos.- Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Atención a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial: Acudiendo a la oficina municipal o de distrito más cercana.
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en la legislación básica sobre procedimiento administrativo común
En el Registro General-central o cualquiera de los descentralizados de las Concejalías de Distrito- del Ayuntamiento.
Oficina Central
Dirección: León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.46.45.64
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00 a 13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: Alcalde Díaz-Saavedra Navarro, 2.
Teléfono: 928.33.90.49 928.33.95.88 Fax: 928.33.96.00
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: Agustina de Aragón, 240.
Teléfono: 928.28.90.15 Fax: 928.25.30.96
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.
Distrito Puerto Canteras
Dirección: Tenerife, 17.
Teléfono: 928.47.41.02 Fax: 928.46.45.64
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.
Distrito Centro
Dirección: Alfonso XII, 2.
Teléfono: 928.43.16.90 Fax: 928.38.35.80
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo
Dirección: Doctor Medina Nebot, 5. Planta primera.
Teléfono: 928.67.34.53 Fax: 928.67.05.50
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.
En los meses de verano, Julio a Septiembre, los horarios de atención al público anteriormente mencionados se verán reducidos en una hora, de 13:30 a 14:30. Y en el mes de Agosto se suprime la atención por la tarde.
Solicitud para el ejercicio de la venta ambulante en la vía pública, un solo modelo de solicitud.
La incorporación a los mercadillos se realiza mediante convocatoria pública y de acuerdo con la Ley 39/2015, exige un modelo de solicitud y declaración responsable específico.
(5101) Venta Ambulante
Negativo (3 Meses)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Íntegro | Bases de Régimen Local | ||
Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales | |||
Texto íntegro | Reglamento de Bienes de las Entidades Locales | ||
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa | |||
Texto Íntegro | |||
Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | Patrimonio de las Administraciones Públicas | ||
Reglamento (CE) núm. 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004 (LCEur 2004, 1989). Producto alimentario. Higiene producto alimentario | |||
Texto íntegro | |||
Directiva 2006/123 del Parlamento Europeo y el Consejo de 12 de Diciembre de 2006 relativa a los Servicios en el Mercado Interior | |||
Texto Íntegro | Servicios del Mercado Interior | ||
Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio | |||
Texto íntegro | |||
Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria. | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 1/2010, de 1 de marzo, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista | |||
Texto Íntegro | |||
Decreto Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la Licencia Comercial | |||
Texto Íntegro | |||
Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante en el municipio de las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | |||
Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por ocupación del Dominio público local con motivo del ejercicio de actividades comerciales, mercantiles o industriales | |||
Texto Íntegro | |||
Ordenanza Municipal de Defensa de Consumidores/as y Usuarios/as | |||
Texto íntegro | Defensa de consumidores y usuarios | ||
Reglamento Orgánico de Distritos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (BOP núm. 162, de 31 de diciembre de 2004) | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público | |||
Texto Íntegro |
Para el ejercicio de la venta ambulante se deberá disponer de la autorización municipal correspondiente. Y para ello es de obligado cumplimiento (artículo 5 Ordenanza reguladora de la venta ambulante en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria):
Personal no laboral que no se encuentre en servicio activo.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Con carácter general, las solicitudes se presentarán al menos con una antelación de un 45 días (hábiles) respecto a la fecha solicitada o prevista para el inicio de la actividad.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Según lo estipulado en el artículo 4 de la ?Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación del Dominio Público Local con Motivo del Ejercicio de Actividades Comerciales, Mercantiles o Industriales?
Dirección General de Administración Pública.
Recurso de Reposición ante el mismo Órgano que dicta la Resolución.
Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Telemática.
a) La venta deberá realizarse en puestos e instalaciones desmontables y de fácil transporte o en camiones tienda que reúnan los requisitos establecidos por las disposiciones legales y reglamentarias que resulten de aplicación, así como los que pudieran ser exigidos por la Administración municipal. En todo caso deberán observar las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y ornato. Todas las mercancías deberán exponerse al público debidamente protegidas.
b) Los comerciantes solo podrán ocupar con su puesto y la mercancía autorizada el espacio expresamente asignado en el/los día/días y en el horario expresamente indicados.
c) Los titulares de los puestos deberán colocar en lugar visible la autorización que a tal efecto les sea facilitada por el Ayuntamiento directamente o a través de ente colaborador (organizador o promotor del evento). El incumplimiento de esta obligación, así como la venta de productos no incluidos en la autorización, darán lugar al levantamiento cautelar del puesto y, en su caso, decomiso de la mercancía, sin perjuicio, todo ello, de la eventual incoación de actuaciones sancionadoras.
d) Los comerciantes vendrán obligados a informar, mediante cartel visible, de la dirección donde se atenderán, en su caso, las reclamaciones de los consumidores. Dicha dirección deberá figurar, en todo caso, en la factura o comprobante de la venta.
e) En el desarrollo de su actividad mercantil, los comerciantes deberán observar lo dispuesto en la normativa vigente, especialmente en lo que se refiere a la protección de la salud pública, el ejercicio del comercio, la disciplina del mercado, la defensa de los consumidores y usuarios y el régimen fiscal y de la Seguridad Social.
f) Los comerciantes deberán responder en todo momento de la calidad de sus productos, sin que puedan ocasionar riesgos para la salud o seguridad de los consumidores, supongan fraude en la calidad o cantidad, sean falsificados, no identificados o incumplan los requisitos mínimos para su comercialización.
g) Los puestos que expendan artículos que sean objeto de peso o medida deberán disponer de báscula y metro reglamentario.
h) Los comerciantes deberán mantenerse durante toda la vigencia de la autorización en el cumplimiento de los requisitos y condiciones que hubieran determinado su adjudicación, así como las disposiciones de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria y las que, en su caso, la desarrollen, así como las instrucciones que dicte la autoridad municipal competente.
i) Los comerciantes estarán obligados a facilitar la documentación que les sea solicitada por personal o autoridad municipal.
j) Los puestos de venta adjudicados a una persona física deberán ser atendidos por alguna de las personas que se señalan a continuación:
- El titular de la autorización.
- Un familiar de primer o segundo grado por consanguinidad o afinidad o el cónyuge del titular.
- Un/a trabajador/a por cuenta del/la titular.
Los puestos de venta adjudicados a una persona jurídica deberán ser atendidos por alguna de las personas que se señalan a continuación:
- Por alguno/a de los socios/as de la misma cuando se hallen incluidos/as en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
- Por un/a trabajador/a por cuenta del/la titular.
Está prohibida la presencia en el puesto de persona no autorizada.
k) El comerciante de productos destinados a la alimentación humana deberá disponer de la formación correspondiente en manipulación de alimentos.
l) Al finalizar la actividad, los comerciantes ambulantes deberán dejar el lugar ocupado por el puesto y sus proximidades en buen estado de limpieza.
m) Los titulares de los puestos serán responsables de la reposición de los daños que pudieran inferir al pavimento, arbolado o bienes de dominio público en general, todo ello con independencia de la responsabilidad en que pudieran incurrir por daños o lesiones causados a terceros. Para ello deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil con una cobertura al menos de 600.000 euros, al objeto de responder de los daños, deficiencias o cualquier otra responsabilidad que se derive de sus actuaciones.
n) En caso de utilización en el puesto de venta de maquinaria, instalación eléctrica o gas, se deberá contar con certificado homologado y expedido por técnicos competentes autorizados por la Consejería de Industria del Gobierno de Canarias, acreditando su correcto funcionamiento, así como boletines certificadores del estado de los extintores.
ñ) La entrada de vehículos en la zona autorizada para la instalación de puestos de venta ambulante tendrá lugar en el horario establecido por el Ayuntamiento, estando prohibida circulación alguna, en dicha zona, durante la jornada de venta.
o) Queda prohibida la utilización de aparatos acústicos, salvo autorización municipal expresa que deberá tener en cuenta los diferentes intereses en conflicto.
p) Queda prohibido dividir o arrendar el puesto.
q) La concesión de la autorización obliga al pago de las tasas correspondientes.
r) El horario de venta será el que determine el Ayuntamiento.
s) En aquellos supuestos puntuales en los que, por causas justificadas, no se vaya a realizar el montaje del puesto, será obligatoria su comunicación al órgano competente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
t) La recepción de este documento implica la aceptación de todas las disposiciones contenidas en el mismo, así como de la normativa de aplicación.
u) El incumplimiento de estas normas será motivo suficiente para proceder a la retirada inmediata de la autorización y cierre posterior del puesto.
Cuando por causas sobrevenidas de fuerza mayor, motivos de seguridad y orden público, así se requiera por la Jefatura de Policía Local, de los servicios de Protección Civil, Extinción de Incendios, Salvamento o Alcaldía, deberá en tal caso procederse a la retirada inmediata de la instalación autorizada.
El personal municipal y la Policía Local controlarán puntualmente el cumplimiento escrupuloso de todo lo que antecede, de tal manera que el incumplimiento de las referidas normas por parte del titular de la autorización para la ocupación del espacio asignado implicará la revocación inmediata de dicha autorización, así como el inmediato desalojo del puesto.
Ocupación temporal de la vía pública por realización de obras, mudanzas, cargas y descargas, etc, con instalación de vehículos, camión grúas, hormigoneras, contenedores de obra, andamios, marquesinas, plataformas, etc.
(18) Servicio de Tráfico y Movilidad
Negativo (15 Días Hábiles)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Gral de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y Seg. vial, aprobado por RDLeg 339/1999 | |||
Texto Íntegro | Reglamento General de Circulación | ||
R.D. Leg. 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad | |||
Texto Íntegro | |||
Ordenanza Municipal de Tráfico | |||
Texto Íntegro | |||
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación del Dominio Público con Mercancías, Materiales, Escombros, Vallas y otros Elementos Análogos | |||
Texto Íntegro | Tasa ocupación vía pública mercancías |
El interesado ( cualquier persona física o jurídica ) o su representante legal.
Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente
Según Ordenanza Fiscal vigente.
Se expide autorización permiso.
Una vez resuelto el trámite, el permiso se retira en la Sección de Tráfico y Transportes, siendo imprescindible presentar documento original acreditativo y fotocopia de haber abonado la tasa correspondiente.
Sección de Tráfico y Transportes
Dirección: calle Carlos Mauricio Blandy, 51 (Gimnasio Municipal de Escaleritas).
Teléfono: 928.44.63.55
Horario de atención al público: miércoles y viernes 9:00-13:00 (todo el año).
Retirada del permiso en caso positivo o de la resolución en caso negativo.
Proporcionar a las empresas un servicio de intermediación laboral mediante la tramitación de las ofertas de trabajo por ellas presentadas, facilitándoles el contacto con los demandantes que se ajusten al perfil requerido en su oferta de empleo.
(13) Empleo e Instituto Municipal para el Empleo y la Formación (IMEF)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Estatutos Jurídicos del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación (BOP Las Palmas, número 93, viernes 24 de julio de 2009) | |||
Texto Integro | |||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro |
Cualquier persona física o jurídica interesada.
El trámite se puede instar Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
Cuando su empresa precise cubrir un puesto de trabajo puede utilizar el servicio de intermediación laboral municipal. Se trata de un servicio gratuito que puede serle de gran utilidad ya que ahorra costes y tiempo en el proceso de captación de personal.
En cuanto recibamos su solicitud, un técnico/a municipal contactará con usted para formalizar la solicitud y tramitar su oferta de empleo.
Los técnicos municipales consultarán la base de datos de solicitantes de empleo y llevarán a cabo una preselección en función de los criterios indicados por la empresa.
Una vez enviados a la empresa los curriculum vitae que cumplen con todos los requisitos, a partir de este punto, el proceso de selección será llevado a cabo por la empresa solicitante, debiendo comunicar ésta al Área de Orientación e Intermediación Laboral del IMEF el resultado de dicha selección, sea positiva o negativa
Ninguna
Tanto cuando se accede a la Ventanilla Virtual con certificado digital, como cuando se accede sin certificado digital, estará ya incluida en la solicitud-instancia que se genera, la solicitud de candidatos para la oferta de empleo presentada por la persona física o jurídica en cuestión, previa cumplimentación en la parte correspondiente del diálogo interactivo asociado al trámite de la siguiente información: datos de la empresa; el perfil del puesto; y el perfil de los/las candidatos/as.
Al objeto de poder efectuar el seguimiento y cierre de la oferta de empleo presentada por la empresa, se deberán comunicar al Departamento de Orientación e Intermediación Laboral del IMEF las contrataciones que se produzcan, así como cualquier incidencia respecto a los/as candidatos/as enviados
Prestación destinada a conseguir la inserción social, económica y laboral de aquel sector de la población en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo. Esta prestación proporciona:
* Una prestación económica (ayuda económica básica) de forma mensual con carácter temporal, para ofrecer cobertura a las necesidades básicas.
* Apoyos a la integración social mediante la realización de actividades de inserción, dirigidas a transformar o prevenir situaciones de necesidad relacionadas con dificultades de inserción social, laboral y escolar, o ligadas a razones de desestructuración familiar, educativa o desajustes personales.
La percepción de la ayuda económica básica obliga a la persona perceptora y a todos los miembros de su unidad familiar, mayores de 18 años y menores de 65 años, a la realización de aquellas actividades que favorezcan su inserción social y laboral: acciones formativas de carácter ocupacional, actividades educativas, etc., que hallan sido acordadas previamente con el/la técnico/a municipal encargado de tramitar la prestación.
Esta prestación tiene una duración de doce mensualidades, mientras se cumplan los requisitos que originaron la concesión de la misma. Transcurrido ese plazo se podrá renovar 6 meses y posteriormente otros 6 meses hasta percibir un máximo de 24 mensualidades.
(24) Servicio de Bienestar Social
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción | |||
Texto Íntegro | Ayudas Económicas para cubrir las Necesidades Básicas | ||
Decreto 136/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción | |||
Texto Íntegro | Desarrollo de la Ley Canaria de Inserción | ||
Ley 2/2015, de 9 de febrero, de modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción | |||
Texto Íntegro | |||
Decreto 153/2017, de 8 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de la Ley por la que se regula la prestación Canaria de Inserción | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro |
Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que respondan a los siguientes perfiles:1.La persona solicitante de la ayuda económica básica y las personas que formen parte de su unidad de convivencia, en los términos previstos en la presente ley, habrán de reunir los siguientes requisitos:
1.1 Estar empadronadas y residir legalmente, con una antelación mínima de un año a la fecha de la solicitud de la ayuda, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias. Quedan exentos de cumplir este requisito:
a) Los emigrantes canarios retornados, cuando fijen su residencia en el territorio de la Comunidad Autónoma y se empadronen, previamente a su solicitud, en uno de sus municipios, siempre que dentro de los cinco años anteriores a la solicitud hubieran tenido la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Canarias, al menos, durante tres años.
b) Quienes tuvieran reconocida la condición de refugiado o beneficiarios de protección subsidiaria por el organismo competente de la Administración General del Estado, o aquellas personas cuya solicitud de protección internacional se hubiese admitido a trámite o, no habiendo sido admitida esta, tengan las personas solicitantes autorizada su estancia o residencia en España por razones humanitarias, en el marco de la legislación reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria o su permanencia en España, en los términos previstos por la normativa vigente reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
c) Víctimas de violencia de género, previa resolución judicial, que por tal motivo hayan cambiado su residencia desde otra comunidad o ciudad autónoma.
d) Las personas sin hogar, siempre que pueda ser acreditada la permanencia en el municipio bajo informe social de los servicios del ayuntamiento, así como informe policial. En cualquier caso, para poder ser perceptor o perceptora de la ayuda económica básica se exigirá el empadronamiento previo a la resolución del expediente de concesión.
e) Víctimas de violencia intragénero, entendida como aquella que se da en parejas o exparejas del mismo sexo, casadas o no, con o sin convivencia, pudiendo ser violencia física, psicológica, sexual, económica, etc.
f) Las personas que se hayan visto obligadas a fijar su residencia fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por un plazo inferior a tres años, por motivos formativos o laborales, debidamente acreditados previo informe del trabajador social.
2.1) Carecer de recursos económicos suficientes. Se reunirá este requisito:
a) Cuando los ingresos de la persona solicitante y, en su caso, de los demás miembros de su unidad de convivencia, computados conjuntamente durante los tres meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud, sean inferiores a la cuantía de ayuda económica básica que pudiera corresponder, durante tres meses, a los integrantes de la unidad de convivencia de la persona que solicite y perciba la ayuda, de conformidad con los parámetros establecidos en el artículo 9 de la ley que regula esta prestación. A los efectos de dicha presente ley, no se considerará que existe carencia de recursos económicos si, aun cuando se cumpliera el requisito señalado en el párrafo anterior, en el mes anterior a la solicitud de la ayuda económica básica el solicitante o cualquier miembro de su unidad de convivencia obtuviera salarios o remuneraciones regulares, acreditadas mediante un contrato de trabajo, por la consecución de empleo o la realización de actividades lucrativas, cuya cuantía neta mensual, sumada a los ingresos netos mensuales de todos los miembros de la unidad de convivencia, superase el importe mensual que pudiera corresponder a la unidad de convivencia por la obtención de la ayuda.
b) Cuando la persona solicitante, o cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia, no sea propietaria, usufructuaria o poseedora de bienes muebles o inmuebles cuyas características, valoración, posibilidades de explotación, venta u otras circunstancias análogas indiquen la existencia de medios suficientes superiores al importe que de ayuda económica básica les pudiera corresponder en el período de duración de la misma, en los términos que reglamentariamente se desarrollen. No se tendrá en cuenta esta circunstancia en los supuestos de posesión o titularidad de la vivienda habitual.
3.1) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Canario de Empleo, salvo aquellos miembros de la unidad de convivencia que se encuentren imposibilitados según la normativa vigente en materia de empleo, o escolarizados en estudios reglados.
4.1) No residir de forma permanente en centros o establecimientos de titularidad pública donde se encuentran cubiertas las necesidades básicas de subsistencia de sus usuarios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.5 de la ley que regula esta Prestación.
2. La persona solicitante de la ayuda económica básica, además, deberá ser mayor de veinticinco años y menor de sesenta y cinco, si bien también podrán ser solicitantes las personas que, reuniendo el resto de los requisitos establecidos anteriormente, se encuentren además en alguna de las siguientes circunstancias:
a) Ser menor de veinticinco años y tener a su cargo hijos o hijas menores de edad, menores de edad tutelados o en régimen de acogimiento familiar, o tener a su cargo personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 % o personas dependientes reconocidas de grado III y II, siempre que convivan de manera efectiva con la unidad de convivencia. Asimismo, se tendrán en cuenta los casos de menores de veinticinco años sin hijos que estuvieron en situación o en riesgo de exclusión social de conformidad con el artículo 1 de la ley que regula esta Prestación.
b) Tener una edad comprendida entre dieciocho y veinticinco años y haber estado tutelado por la Administración de la Comunidad Autónoma antes de alcanzar la mayoría de edad.
c) Tener una edad superior a sesenta y cinco años y no tener derecho a ser titular de pensión u otra prestación análoga a la ayuda económica básica.
d) Tener una discapacidad igual o superior al 33 %, ser mayor de dieciocho años, o de dieciséis años estando emancipado, y no tener derecho reconocido a pensión pública o cualquier otra ayuda económica asimilada.
e) Ser emigrante canario retornado, menor de veinticinco años o mayor de sesenta y cinco, y no tener reconocido el derecho a prestaciones públicas cuya cuantía acumulada, en su caso, fuese igual o superior a la que en concepto de ayuda económica básica de la Prestación Canaria de Inserción le pudiera corresponder.
f) Ser menor de veinticinco años, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria, o con solicitud de protección internacional en trámite, o tener, aunque no le haya sido admitida esta, o habiendo sido admitida a trámite y resuelta desfavorablemente, autorizada su estancia o residencia en España por razones humanitarias, en el marco de la legislación reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria, o su permanencia en España en los términos previstos por la normativa reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y no tener, en ambos casos, reconocido el derecho a ninguna otra prestación pública en cuantía igual o superior a la que en concepto de ayuda económica básica de la Prestación Canaria de Inserción le pudiera corresponder.
g) Ser mayor de dieciocho años y víctima de maltrato doméstico.
h) Ser huérfano de padre y madre sin derecho a pensión.
i) Ser mujer de entre dieciocho y veinticinco años y tener la condición de víctima de violencia de género.
3. Excepcionalmente, y por causas objetivamente justificadas en el expediente, podrán ser beneficiarias de la ayuda aquellas personas que constituyan unidades de convivencia en las que, aun no cumpliendo todos los requisitos enunciados, concurran circunstancias que las coloquen en situación de extrema necesidad, las cuales serán reglamentariamente determinadas. La resolución por la que se conceda la ayuda deberá, en estos casos, estar suficientemente motivada.
El trámite se puede instar:
* Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
* Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
Oficina Vegueta, Cono Sur y Tafira
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
Dirección: Calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de: Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
Dirección: Calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de: Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
Dirección: Calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
Atiende a los barrios de: Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
Distrito Centro
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
Dirección: C/ Alfonso XIII, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
Atiende a los barrios de: Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35. Míller Bajo
Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
Atiende a los barrios de: La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Míller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: Calle La Naval, 229 A
Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
Atiende a los barrios de: La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
Dirección: Calle Mario César, 17
Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
Atiende a los barrios de: El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras
Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: Avda. de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
Atiende a los barrios de: Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: Avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
Atiende a los barrios de: Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: Calle Joaquín Belón, local 21 22
Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
Atiende a los barrios de: Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: Calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
Atiende a los barrios de: San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala.
Ninguna.
Consejería competente en materia de Servicios Sociales del Gobierno Autónomo de Canarias.
La consejería competente en materia de Servicios Sociales del Gobierno Autónomo de Canarias dictará y notificará la resolución de concesión o denegación de la ayuda económica básica en el plazo de dos meses desde la entrada en su registro del expediente municipal completo. Este plazo quedará interrumpido en los casos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución y notificación expresa, se entenderá estimada la solicitud, sin perjuicio del deber que tiene la administración de dictar resolución expresa en el procedimiento. En el caso de las ayudas excepcionales a que se refiere el artículo 7.3 de la ley que regula la Prestación Canaria de Inserción, por razones imperiosas de interés público, las prestaciones correspondientes se entenderán denegadas.
Sí.
Se podrá interponer cuantos recursos administrativos y jurisdiccionales se contemplan en la legislación vigente.
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica.
1. Si la solicitud de la PCI y los documentos solicitados no reuniesen los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane las deficiencias o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, previa resolución expresa, se le tendrá por desistido de su petición, salvo que por causa justificada comunicada por el interesado, y debidamente estimada por el órgano competente, se prorrogue dicho plazo por otros cinco días más.
2. En cuanto al empadronamiento y residencia es necesario tener en cuenta lo siguiente, dejando a salvo las excepciones previstas en el artículo 7.1.1º de la Ley que regula esta Prestación, que todos los miembros de la unidad de convivencia deberán estar empadronados y haber residido legalmente y de forma ininterrumpida, con una antelación mínima de un año a la fecha de la solicitud, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias. Para los menores de tres años el período de empadronamiento y residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia, en exclusiva o compartida, y siempre que se trate de la persona solicitante de la prestación y en cuya unidad de convivencia se integra el menor.
El cómputo del año de empadronamiento previo a la solicitud y del período exigido de residencia legal se podrá realizar calculando los períodos sucesivos de residencia en diferentes municipios de la Comunidad Autónoma de Canarias. Se considerará interrumpido el cómputo de la residencia por ausencias comprobadas fuera de Canarias superiores a los tres meses y que no se hallaren justificadas por razones familiares, de enfermedad o accidentes, laborales o por estudios.
3. Con carácter general, dichas circunstancias se acreditarán por medio del Padrón Municipal de habitantes. A estos efectos, la Administración municipal correspondiente incorporará al expediente el pertinente certificado de empadronamiento o mediante la consulta al sistema automático de acreditación de residencia de la Administración General del Estado, que incluirá la relación de todas las personas que convivan en el domicilio. A falta de dicha certificación o consulta positiva, la residencia ininterrumpida durante el año anterior a la solicitud, se acreditará por cualquier otro medio de prueba válido en Derecho.
Requisitos (documentos a aportar)
La documentación que se exige no se requerirá a la persona solicitante de la ayuda si ya ese documento se encuentra en poder de la Administración (salvo que esté caducado). Será incorporado de oficio por el órgano municipal gestor del expediente administrativo en la fase de inicio del procedimiento mediante la utilización de los medios telemáticos establecidos a tal efecto, siempre que no cuente con la oposición en la propia solicitud, de las personas integrantes de la unidad de convivencia a que sean consultados o recabados dichos documentos o datos.
Excepcionalmente, en caso de que se manifestara oposición expresa a que dichos documentos no puedan recabarse por las Administraciones a través de redes corporativas o plataformas de intermediación de datos o que dichos datos no puedan obtenerse porque no obren en registros de acceso automatizado mediante un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad, las solicitudes deberán acompañarse de los documentos que figuran en el apartado Documentación a aportar.
No obstante, conforme dispone el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los efectos de no tener que aportar los documentos señalados, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, debiendo en ese caso la Administración recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
Las Prestaciones Económicas de Emergencia social, tendrán las siguientes finalidades:
a) Dar cobertura de forma urgente a aquellas prestaciones de especial necesidad que requieran una respuesta inmediata. (Las prestaciones económicas de especial necesidad tendrán las siguientes finalidades: a) Apoyar procesos de intervención social orientados a superar situaciones de desventaja social, siendo la prestación un instrumento para la consecución de los objetivos de la misma. b) Atender situaciones sobrevenidas o imprevistas que produzcan desequilibrios socio-económicos en la familia. c) Cubrir situaciones coyunturales y puntuales, previsiblemente irrepetibles, desapareciendo con la concesión de la prestación la necesidad planteada. d) Cubrir necesidades básicas de las personas beneficiarias de la prestación. e) Cubrir otras necesidades valoradas y motivadas por el personal técnico municipal, no recogidas anteriormente.)
b) Paliar las consecuencias de daños que tengan el carácter de extraordinario, fortuito o imprevisible por causas, entre otras, de fuerza mayor.
(24) Servicio de Bienestar Social
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias | |||
Texto Íntegro | Materia Asuntos Sociales | ||
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Regulación Subvenciones | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Íntegro | Bases de Régimen Local | ||
Ordenanza Específica Reguladora de las Prestaciones Económicas para situaciones de Especial Necesidad y/o de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro |
Las personas mayores de edad o menores emancipados que estén empadronadas en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
Excepcionalmente podrán ser beneficiarias aquellas personas que, careciendo de domicilio en el municipio (personas extranjeras sin permiso de residencia, personas sin hogar, etc.), y previo informe del personal técnico municipal de servicios sociales, presenten una situación de extrema necesidad social.
Podrán ser beneficiarias de estas prestaciones las personas extranjeras, refugiadas, asiladas y apátridas, de acuerdo con lo dispuesto en los tratados internacionales vigentes en España, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la Ordenanza que regula estas Prestaciones.
Acreditación de la situación de necesidad, que debe ser valorada por el personal técnico municipal mediante la emisión del informe social correspondiente.
Alcanzar la puntuación mínima exigida como resultado de la aplicación del Baremo establecido en el Anexo I de la Ordenanza que regula esta Prestación. Se exceptuarán de este requisito los casos a los que se refiere el artículo 2, apartado 2 a), donde se especifica Dar cobertura de forma urgente a aquellas prestaciones de especial necesidad que requieran una respuesta inmediata.
Los solicitantes deberán aportar la documentación exigida en cada caso.
Las personas que no posean propiedades o tienen el usufructo de bienes muebles o inmuebles cuyas características, valoración, posibilidad de venta o cualquier otra forma de explotación, indiquen de manera notoria la existencia de medios materiales suficientes para atender, por sí mismo, la necesidad para la que se demanda la prestación. Queda excluida de este requisito la vivienda habitual.
Las personas solicitantes quedan exoneradas de la obligación de acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social exigida en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, por las particulares circunstancias de emergencia social o de especial necesidad que motivan su petición.
El trámite se puede instar:
* Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas )
Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
Oficina Vegueta, Cono Sur y Tafira
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
Dirección: Calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de: Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
Dirección: Calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de: Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
Dirección: Calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
Atiende a los barrios de: Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
Distrito Centro
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
Dirección: C/ Alfonso XIII, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
Atiende a los barrios de: Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35. Míller Bajo
Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
Atiende a los barrios de: La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Míller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: Calle La Naval, 229 A
Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
Atiende a los barrios de: La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
Dirección: Calle Mario César, 17
Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
Atiende a los barrios de: El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras
Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: Avda. de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
Atiende a los barrios de: Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: Avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
Atiende a los barrios de: Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: Calle Joaquín Belón, local 21 22
Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
Atiende a los barrios de: Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: Calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
Atiende a los barrios de: San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala
Ninguna.
El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.
La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada.
3 meses.
Sí.
Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica.
Si se encuentra residiendo en otro distrito diferente al de su empadronamiento, prevalecerá la residencia de hecho para el trámite de la prestación.
Sólo se podrán solicitar dos prestaciones económicas por anualidad, salvo situaciones excepcionales valoradas por el personal técnico municipal.
Para la concesión de las Prestaciones Económicas se tendrán que cumplir los siguientes criterios generales:
1. Existencia de situaciones acreditadas de necesidad.
2.Que la necesidad objeto de la prestación esté valorada e informada por el personal técnico municipal.
3. Estas prestaciones serán incompatibles con el disfrute gratuito de servicios que cubran las mismas necesidades.
Igualmente serán incompatibles con cualquier ayuda por el mismo concepto o que cubran la misma necesidad que hayan sido concedidas por otra Administración u organismo público o privado. Se exceptuará este requisito si la ayuda concedida no solventase en su totalidad la necesidad, pudiendo en este caso complementarse desde esta Administración.
Se entenderá por Prestación Económica aquella subvención de carácter extraordinario y no periódico otorgada parala cobertura de situaciones de especial necesidad y/o emergencia social de las personas beneficiarias.
Se entenderá por unidad familiar la constituida por la persona solicitante y, en su caso, quienes convivan con ella en una misma vivienda o alojamiento, ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación estable análoga a la conyugal, por parentesco de consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado en línea recta o colateral, incluyendo los casos de tutela o acogimiento familiar.
Se considerará unidad familiar independiente la que formen cualquiera de los parientes señalados en el párrafo anterior que tengan, a su vez, hijos a su cargo, o a menores tutelados o en régimen de acogimiento familiar. Esta unidad familiar independiente podrá solicitar también esta prestación económica.
Se entenderá por necesidades básicas aquellas necesidades cuya satisfacción es indispensable para el adecuado desarrollo de la persona (alimentos, productos de higiene personal y del hogar, vestido y calzado, equipamiento básico del hogar, etc.), según valoración social del caso realizada por el personal técnico municipal.
Requisitos (documentos a aportar)
Los documentos que, de oficio, pueda recabar el centro gestor de la prestación no se exigirán a la persona solicitante.
En el caso de que la documentación exigida obre en otros expedientes tramitados en el mismo Centro, se utilizará copia de ésta para el trámite de la nueva prestación, siempre que estén en vigor, de forma que no se requerirá su presentación a la persona solicitante.
En los casos de colectivos con especial necesidad de atención que carezcan de alguno de los documentos mencionados anteriormente, se podrá exceptuar su presentación por razones debidamente motivadas en el informe social que conste en el expediente de la prestación.
Prestación, integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusvalidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Las prestaciones complementarias son las destinadas a contribuir a que se lleve a cabo el servicio o atención proporcionado por cualquiera de las prestaciones básicas contempladas en el Reglamento (Prestaciones de Rehabilitación, Prestaciones de Asistencia Especializada y Prestaciones de Recuperación Profesional). Será necesario que su aplicación sea simultánea a la del servicio básico al que complementa y que no sean atendidas por otras vías, organismos o entidades.
Estas prestaciones complementarias son las siguientes:
Cobertura y cuantías máximas:
Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación tal y como se establece en el baremo del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores.
Abono:
El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.
(24) Servicio de Bienestar Social
Negativo (3 Meses)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Íntegro | Bases de Régimen Local | ||
Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias | |||
Texto Íntegro | Materia Asuntos Sociales | ||
Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados | ||
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Regulación Subvenciones | ||
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Reglamento Subvenciones |
Los destinatarios de esta prestación, dado su carácter complementario, han de ser beneficiarios de cualquier prestación básica individual a personas con discapacidad, y que no estén cubiertas por otras vías, organismos o entidades.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
Distrito Centro
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: calle La Naval, 229 A
Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
Dirección: Calle Mario César, 17
Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras
Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 22
Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala
Ninguna
El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.
La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada
3 meses.
Sí.
Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.
Las prestaciones complementarias de residencia son incompatibles con las de transporte, pero compatibles con las de comedor. Las de transporte y comedor son compatibles entre sí.
A la persona destinataria de la prestación o, en su caso, su representante legal, se le reconocerán los siguientes derechos (artículo 26 del Reglamento):
Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):
Prestación, integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
Estas prestaciones contribuyen a:
Cobertura y cuantía máximas:
Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación tal y como se establece en el baremo del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores.
Abono:
El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.
(24) Servicio de Bienestar Social
Negativo (3 Meses)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Íntegro | Bases de Régimen Local | ||
Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias | |||
Texto Íntegro | Materia Asuntos Sociales | ||
Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados | ||
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Regulación Subvenciones | ||
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Reglamento Subvenciones |
Con carácter general, la persona destinataria de la prestación coincidirá con quien la solicita. Se exceptúan los casos en que, existiendo incapacidad acreditada del destinatario/a, su representante legal asuma la posición de persona solicitante.
Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:
Para la prestación de aumento de la capacidad de desplazamiento y movilidad, además de lo referido, podrán acceder a la misma todas las personas discapacitadas que padezcan problemas de movilidad grave y que no hayan recibido ayuda de carácter público, para el mismo concepto en los últimos diez años; cumpliendo este requisito común, han de responder a los siguientes perfiles en función de la modalidad de ayuda solicitada:
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
Distrito Centro
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: calle La Naval, 229 A
Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
Dirección: calle Mario César, 17
Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras
Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 22
Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala
Ninguna
El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.
La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada.
3 meses
Sí
Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.
Compatibilidades e incompatibilidades:
La misma persona podrá recibir prestaciones individuales u otras ayudas y servicios a cargo de instituciones públicas o privadas, siempre que sean de distinta naturaleza y atiendan a diferentes necesidades.
Constituyen incompatibilidades en materia de prestaciones individuales:
A la persona destinataria de la prestación o, en su caso, su representante legal, se le reconocerán los siguientes Derechos (artículo 26 del Reglamento):
Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):
Prestación, integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusvalidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
El objetivo de esta prestación es costear los gastos de las personas con discapacidad en las áreas siguientes:
Cobertura y cuantía máximas:
Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación tal y como se establece en el baremo del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores.
Abono:
El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.
(24) Servicio de Bienestar Social
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Íntegro | Bases de Régimen Local | ||
Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias | |||
Texto Íntegro | Materia Asuntos Sociales | ||
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Regulación Subvenciones | ||
Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados | ||
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Reglamento Subvenciones |
Con carácter general, la persona destinataria de la prestación coincidirá con quién la solicita. Se exceptúan los casos en que existiendo incapacidad acreditada del destinatario/a, su representante legal asuma la posición de persona solicitante.
Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532/928 448574
Atiende en los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama.
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532/ 928 448574
Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, san Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, el Batán, Tres Palmas, Casablanca I
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico)
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001/ 928 446142
Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
Distrito Centro
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555/ 928 448560
Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Ttriana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
1. CentroMunicipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: calle La Naval, 229 A
Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
Dirección: calle Mario César, 17
Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
Atiende a los barrios de El Rincón, santa catalina, Guanarteme, Las Canteras
Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538/ 928 448539
Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: avenida La Feria, 40- Bloque 3 Bajo
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061/ 928 446063
Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: calle Joaquín Belón, local 21-22
Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schaman, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Centro Municiipal de Servicios Sociales - Tamaraceite - San Lorenzo - Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono: 928 448530
Atiende a los barrios de San Lorenzo, La milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de Mº Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala
Ninguna
El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquello otros que se estimaran oportunos.
La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada
3 meses
Sí
Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de la su notificación.
Lo anterior sin perjuicio de cualqueir otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los interesados.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.
Compatibilidades:
La misma persona podrá recibir prestaciones individuales u otras ayudas y servicios a cargo de instituciones públicas o privadas, siempre que sean de distinta naturaleza y atiendan a diferentes necesidades.
Incompatibilidades:
Derechos (artículo 26 del reglamento). A las personas destinatarias de la prestación o, en su caso, su representante legal, se les reconocerán los siguientes:
Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):
Si en la solicitud faltase alguna documentación se requerirá a la persona solicitante para que el plazo de 10 días hábiles aporte los documentos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá por desistida de su petición dictándose resolución en los términos previstos en artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los datos aportados por la persona solicitante determinan una puntuación en aplicación del baremo del Reglamento de estas prestaciones, puntuación que necesariamente tiene un carácter provisional ya que es preceptivo el cotejo de la documentación presentada y valoración por parte de el/la Trabajador/a Social correspondiente del Centro de Servicios Sociales de su lugar de residencia. Dicho estudio determinará la concesión o denegación de la prestación solicitada o, en su caso, la derivación a otro recurso o prestación si cumple los requisitos exigidos.
Sin perjuicio de lo detallado anteriormente, los criterios que se tendrán en cuenta para la concesión de esta prestación serán los siguientes, conforme al artículo 20.1 del Reglamento:
Prestación integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
Los objetivos de estas prestaciones son:
a) Atender el estado, situación o hecho de necesidad que soporte el/la destinatario/a como consecuencia de su minusvalía o de su avanzada edad y que afecte a su autonomía personal, social y económica, de modo que se logre su normal desarrollo humano y/o social.
b) Satisfacer determinadas necesidades derivadas de su minusvalía y/o vejez, mejorando su calidad de vida y favoreciendo su integración social.
c) Prevenir futuras minusvalías motivadas por lesión, malformación o enfermedad, cuyos costes no cubra la Seguridad Social.
d) Prevenir factores de riesgo social producto de la discapacidad o de la vejez que pudieran derivar en exclusión social.
e) Contribuir al desarrollo personal y a la plena integración social de las personas minusválidas y de las personas mayores.
Tipología de las Prestaciones Individuales a Personas Mayores para:
Cobertura y cuantía máximas:
Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido en dicho reglamento, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación.
Abono:
El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.
(24) Servicio de Bienestar Social
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias | |||
Texto Íntegro | Materia Asuntos Sociales | ||
Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados | ||
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Íntegro | Bases de Régimen Local | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Capítulo II | Iniciación del procedimiento | ||
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Regulación Subvenciones | ||
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Reglamento Subvenciones |
Con carácter general, la persona destinataria de la prestación coincidirá con quien la solicita. Se exceptúan los casos en que, existiendo incapacidad acreditada del destinatario/a, su representante legal asuma la posición de persona solicitante.
- Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:
- Otros requisitos específicos serán los siguientes:
Para los servicios personales en el hogar:
Personas mayores que, por su grave estado de necesidad, requieran de una atención especializada que no pueda afrontar la familia o que, por sus características, no pueda llevarse a cabo a través del Servicio de Ayuda a Domicilio de este ayuntamiento por la limitación horaria de este servicio o por otras causas debidamente acreditadas.
Para el servicio de comedor:
Personas mayores que no pueden cubrir los gastos de comedor en centros de la tercera edad en los que no se preste de forma gratuita, o bien en restaurantes si no existiera un Centro de Personas Mayores con comedor cercano, o por imposibilidad de la persona para desplazarse a dicho centro.
Para la compra de alimentos:
Personas mayores que padezcan una enfermedad que les obligue a realizar una dieta especial que les resulte especialmente gravosa para su economía y que presenten informe médico que lo acredite.
Para la prestación de arreglo y mejora de la vivienda o adaptación funcional del hogar:
Para la prestación de adquisición y renovación de útiles del hogar:
La persona solicitante no podrá haber percibido ayudas para los mismos útiles en los últimos dos años.
Para la prestación de adquisición de enseres y/o mobiliario:
La persona solicitante no podrá haber percibido ayuda para los mismos enseres en los últimos dos años; en el caso de mobiliario, este plazo será de 5 años.
Para la prestación de prótesis y órtesis:
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
Distrito Centro
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: calle La Naval, 229 A
Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
Dirección: Calle Mario César, 17
Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras
Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 22
Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala
Ninguna
El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.
La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada
3 meses.
Sí.
Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), por medios electrónicos o en papel en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía (art. 41.1. Ley 39/2015).
- Compatibilidades:
- Incompatibilidades:
- La prestación de Servicios Personales en el Domicilio será incompatible con:
- Derechos (artículo 26 del reglamento):
- Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):
- Cuando haya obtenido la prestación sin reunir los requisitos exigidos como consecuencia de fraude, engaño, ocultamiento de la verdad u omisión premeditada de datos por parte de la persona solicitante o representante legal en su caso.
- Cuando no se haya destinado la prestación a la finalidad para la que se había solicitado.
- En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria y que se trate de un bien, el/la técnico/a municipal correspondiente valorará la procedencia de la devolución del mismo, en cuyo caso dicha devolución deberá realizarse en el plazo máximo de un mes.
- En caso de que se altere la situación de la persona y la prestación asignada deje de servir a la utilidad para la que había sido solicitada, según la valoración del técnico/a municipal correspondiente, deberá procederse a su devolución en el plazo máximo de un mes.
Si en la solic