Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

  • Objeto

    Obtención, por parte de los proveedores, del importe de las operaciones realizadas con el Ayuntamiento durante el año natural, la cual figurará en la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (Modelo 347)

    Unidad Tramitadora

    (11103) Servicio de Contabilidad

    Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de Desarrollo de las Normas Comunes de los Procedimientos de Aplicación de los Tributos
    31 Obligación de informar sobre las operaciones con terceras personas

    Quién puede realizar la solicitud

    Las personas físicas y/o jurídicas que hayan realizado operaciones con el Ayuntamiento superiores a 3.005,06 €

    Cómo lo puede presentar

    El trámite se puede instar de tres formas diferentes:

    1. Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    2. Vía Presencial.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".

    3. Vía Correos.- Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:

    Oficina de Atención a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.

    2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial: Acudiendo a la oficina municipal o de distrito más cercana.

    En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en la legislación básica sobre procedimiento administrativo común
    En el Registro General-central o cualquiera de los descentralizados de las Concejalías de Distrito- del Ayuntamiento.
    Oficina Central
    Dirección: León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.46.45.64
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00 a 13:00.

    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: Alcalde Díaz-Saavedra Navarro, 2.
    Teléfono: 928.33.90.49 928.33.95.88 Fax: 928.33.96.00
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.

    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: Agustina de Aragón, 240.
    Teléfono: 928.28.90.15 Fax: 928.25.30.96
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.

    Distrito Puerto Canteras
    Dirección: Tenerife, 17.
    Teléfono: 928.47.41.02 Fax: 928.46.45.64
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.

    Distrito Centro
    Dirección: Alfonso XII, 2.
    Teléfono: 928.43.16.90 Fax: 928.38.35.80
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.

    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo
    Dirección: Doctor Medina Nebot, 5. Planta primera.
    Teléfono: 928.67.34.53 Fax: 928.67.05.50
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:30-14:30; 16:30-19:30.

    En los meses de verano, Julio a Septiembre, los horarios de atención al público anteriormente mencionados se verán reducidos en una hora, de 13:30 a 14:30. Y en el mes de Agosto se suprime la atención por la tarde.

  • Objeto

    Solicitud para el ejercicio de la venta ambulante en la vía pública, un solo modelo de solicitud.
    La incorporación a los mercadillos se realiza mediante convocatoria pública y de acuerdo con la Ley 39/2015, exige un modelo de solicitud y declaración responsable específico.

    Unidad Tramitadora

    (5101) Venta Ambulante

    Silencio Administrativo

    Negativo (3 Meses)

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Acreditación de estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas y estar al corriente de pago (Modelos 37 y 400)
      • Declaración responsable de estar al corriente con los tributos que las ordenanzas municipales establecen para este tipo de ventas
      • Documentación acreditativa, en su caso, de la suscripción de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, materiales, personales y consecuenciales (RC de explotación), debiendo incluir responsabilidad por productos que se consuman y cobertura de responsabilidad civil patronal, si tuviera personal a su cargo
      • Descripción precisa de artículos que pretende vender y de la instalación
      • Justificante de estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que les corresponda
    • Si la actividad requiere la utilización de maquinaria, instalación eléctrica, de gas u otras específicas
      • Copia del certificado acreditativo expedido por técnicos competentes autorizados por la Consejería de Industria de la comunidad autónoma, acreditando del correcto funcionamiento y boletines de los extintores
    • Si la actividad conlleva la manipulación de alimentos
      • Carnet de Manipulador de alimentos
    • Caso de tratarse de una asociación
      • CIF de la asociación
      • DNI de los miembros de la Junta Directiva
      • Estatutos de la asociación
      • Inscripción en el Registro de Asociaciones
    • En caso de Representación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
    Texto íntegro Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
    Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
    Texto Íntegro
    Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios
    Texto Íntegro
    Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro Patrimonio de las Administraciones Públicas
    Reglamento (CE) núm. 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004 (LCEur 2004, 1989). Producto alimentario. Higiene producto alimentario
    Texto íntegro
    Directiva 2006/123 del Parlamento Europeo y el Consejo de 12 de Diciembre de 2006 relativa a los Servicios en el Mercado Interior
    Texto Íntegro Servicios del Mercado Interior
    Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio
    Texto íntegro
    Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria.
    Texto Íntegro
    Ley 1/2010, de 1 de marzo, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista
    Texto Íntegro
    Decreto Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la Licencia Comercial
    Texto Íntegro
    Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante en el municipio de las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro
    Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por ocupación del Dominio público local con motivo del ejercicio de actividades comerciales, mercantiles o industriales
    Texto Íntegro
    Ordenanza Municipal de Defensa de Consumidores/as y Usuarios/as
    Texto íntegro Defensa de consumidores y usuarios
    Reglamento Orgánico de Distritos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (BOP núm. 162, de 31 de diciembre de 2004)
    Texto Íntegro
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
    Texto Íntegro

    Requisitos de iniciación

    Para el ejercicio de la venta ambulante se deberá disponer de la autorización municipal correspondiente. Y para ello es de obligado cumplimiento (artículo 5 Ordenanza reguladora de la venta ambulante en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria):

    1. Estar dados de alta en el régimen de la Seguridad Social que les corresponda y al corriente del pago.
    2. Estar dados de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes al Impuesto de Actividades Económicas y al corriente del pago.
    3. Cumplir todos los requisitos que establezcan las reglamentaciones específicas aplicables a los productos que tengan en venta, en especial las normas técnico-sanitarias para la venta de productos alimenticios.
    4. Cuando se trate de comerciantes extranjeros no comunitarios, acreditar que están, además, en posesión de los permisos de residencia y de trabajo por cuenta propia, en su caso, así como acreditar el cumplimiento de lo establecido en la normativa específica vigente.
    5. Satisfacer los tributos que las ordenanzas municipales establecen para este tipo de ventas, estando al corriente en el pago de los mismos.
    6. Haber contratado un seguro de responsabilidad civil con cobertura, de acuerdo con la legislación aplicable, de los riesgos de la actividad comercial desempeñada.

    Quién puede realizar la solicitud

    Personal no laboral que no se encuentre en servicio activo.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Con carácter general, las solicitudes se presentarán al menos con una antelación de un 45 días (hábiles) respecto a la fecha solicitada o prevista para el inicio de la actividad.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Según lo estipulado en el artículo 4 de la ?Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación del Dominio Público Local con Motivo del Ejercicio de Actividades Comerciales, Mercantiles o Industriales?

    Órgano que resuelve

    Dirección General de Administración Pública.

    Recurso contra la resolución

    Recurso de Reposición ante el mismo Órgano que dicta la Resolución.
    Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

    Notificación

    Telemática.

    Información general

    a) La venta deberá realizarse en puestos e instalaciones desmontables y de fácil transporte o en camiones tienda que reúnan los requisitos establecidos por las disposiciones legales y reglamentarias que resulten de aplicación, así como los que pudieran ser exigidos por la Administración municipal. En todo caso deberán observar las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y ornato. Todas las mercancías deberán exponerse al público debidamente protegidas.
    b) Los comerciantes solo podrán ocupar con su puesto y la mercancía autorizada el espacio expresamente asignado en el/los día/días y en el horario expresamente indicados.
    c) Los titulares de los puestos deberán colocar en lugar visible la autorización que a tal efecto les sea facilitada por el Ayuntamiento directamente o a través de ente colaborador (organizador o promotor del evento). El incumplimiento de esta obligación, así como la venta de productos no incluidos en la autorización, darán lugar al levantamiento cautelar del puesto y, en su caso, decomiso de la mercancía, sin perjuicio, todo ello, de la eventual incoación de actuaciones sancionadoras.
    d) Los comerciantes vendrán obligados a informar, mediante cartel visible, de la dirección donde se atenderán, en su caso, las reclamaciones de los consumidores. Dicha dirección deberá figurar, en todo caso, en la factura o comprobante de la venta.
    e) En el desarrollo de su actividad mercantil, los comerciantes deberán observar lo dispuesto en la normativa vigente, especialmente en lo que se refiere a la protección de la salud pública, el ejercicio del comercio, la disciplina del mercado, la defensa de los consumidores y usuarios y el régimen fiscal y de la Seguridad Social.
    f) Los comerciantes deberán responder en todo momento de la calidad de sus productos, sin que puedan ocasionar riesgos para la salud o seguridad de los consumidores, supongan fraude en la calidad o cantidad, sean falsificados, no identificados o incumplan los requisitos mínimos para su comercialización.
    g) Los puestos que expendan artículos que sean objeto de peso o medida deberán disponer de báscula y metro reglamentario.
    h) Los comerciantes deberán mantenerse durante toda la vigencia de la autorización en el cumplimiento de los requisitos y condiciones que hubieran determinado su adjudicación, así como las disposiciones de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria y las que, en su caso, la desarrollen, así como las instrucciones que dicte la autoridad municipal competente.
    i) Los comerciantes estarán obligados a facilitar la documentación que les sea solicitada por personal o autoridad municipal.
    j) Los puestos de venta adjudicados a una persona física deberán ser atendidos por alguna de las personas que se señalan a continuación:

    ..

    - El titular de la autorización.
    - Un familiar de primer o segundo grado por consanguinidad o afinidad o el cónyuge del titular.
    - Un/a trabajador/a por cuenta del/la titular.
    Los puestos de venta adjudicados a una persona jurídica deberán ser atendidos por alguna de las personas que se señalan a continuación:
    - Por alguno/a de los socios/as de la misma cuando se hallen incluidos/as en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
    - Por un/a trabajador/a por cuenta del/la titular.
    Está prohibida la presencia en el puesto de persona no autorizada.
    k) El comerciante de productos destinados a la alimentación humana deberá disponer de la formación correspondiente en manipulación de alimentos.
    l) Al finalizar la actividad, los comerciantes ambulantes deberán dejar el lugar ocupado por el puesto y sus proximidades en buen estado de limpieza.
    m) Los titulares de los puestos serán responsables de la reposición de los daños que pudieran inferir al pavimento, arbolado o bienes de dominio público en general, todo ello con independencia de la responsabilidad en que pudieran incurrir por daños o lesiones causados a terceros. Para ello deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil con una cobertura al menos de 600.000 euros, al objeto de responder de los daños, deficiencias o cualquier otra responsabilidad que se derive de sus actuaciones.
    n) En caso de utilización en el puesto de venta de maquinaria, instalación eléctrica o gas, se deberá contar con certificado homologado y expedido por técnicos competentes autorizados por la Consejería de Industria del Gobierno de Canarias, acreditando su correcto funcionamiento, así como boletines certificadores del estado de los extintores.
    ñ) La entrada de vehículos en la zona autorizada para la instalación de puestos de venta ambulante tendrá lugar en el horario establecido por el Ayuntamiento, estando prohibida circulación alguna, en dicha zona, durante la jornada de venta.
    o) Queda prohibida la utilización de aparatos acústicos, salvo autorización municipal expresa que deberá tener en cuenta los diferentes intereses en conflicto.
    p) Queda prohibido dividir o arrendar el puesto.
    q) La concesión de la autorización obliga al pago de las tasas correspondientes.
    r) El horario de venta será el que determine el Ayuntamiento.
    s) En aquellos supuestos puntuales en los que, por causas justificadas, no se vaya a realizar el montaje del puesto, será obligatoria su comunicación al órgano competente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
    t) La recepción de este documento implica la aceptación de todas las disposiciones contenidas en el mismo, así como de la normativa de aplicación.
    u) El incumplimiento de estas normas será motivo suficiente para proceder a la retirada inmediata de la autorización y cierre posterior del puesto.

    ...

    Cuando por causas sobrevenidas de fuerza mayor, motivos de seguridad y orden público, así se requiera por la Jefatura de Policía Local, de los servicios de Protección Civil, Extinción de Incendios, Salvamento o Alcaldía, deberá en tal caso procederse a la retirada inmediata de la instalación autorizada.
    El personal municipal y la Policía Local controlarán puntualmente el cumplimiento escrupuloso de todo lo que antecede, de tal manera que el incumplimiento de las referidas normas por parte del titular de la autorización para la ocupación del espacio asignado implicará la revocación inmediata de dicha autorización, así como el inmediato desalojo del puesto.

  • Objeto

    Ocupación temporal de la vía pública por realización de obras, mudanzas, cargas y descargas, etc, con instalación de vehículos, camión grúas, hormigoneras, contenedores de obra, andamios, marquesinas, plataformas, etc.

    Unidad Tramitadora

    (18) Servicio de Tráfico y Movilidad

    Silencio Administrativo

    Negativo (15 Días Hábiles)

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Fotocopia DNI/CIF
      • Croquis de situación/emplazamiento, indicando las características de la vía (Nº Carriles a ocupar, zonas reguladas por parquímetros, peatonales, carga y descarga, paradas de transportes, reservas de estacionamiento: Personas de Movilidad Reducida (PMR), Farmacias, etc)
      • Justificante de pago Tasa Ocupación D. Público Mercancías, Materiales, Escombros, Vallas y otros elementos análogos
    • En el caso de que el motivo de la ocupación sea consecuencia de la realización de tareas de demolición
      • Fotografía de la fachada completa a demoler
      • Licencia de demolición
    • En caso de que se realicen obras en la vía pública (calas, catas, canalizaciones, conexiones alcantarillado, rebajes de acera y bordillo, etc.)
      • Autorización para el Comienzo de Obras e Instalaciones en la Vía Pública expedida por la Sección de Vías y Obras y Accesibilidad
    • En caso de representación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Gral de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y Seg. vial, aprobado por RDLeg 339/1999
    Texto Íntegro Reglamento General de Circulación
    R.D. Leg. 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
    Texto Íntegro
    Ordenanza Municipal de Tráfico
    Texto Íntegro
    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación del Dominio Público con Mercancías, Materiales, Escombros, Vallas y otros Elementos Análogos
    Texto Íntegro Tasa ocupación vía pública mercancías

    Quién puede realizar la solicitud

    El interesado ( cualquier persona física o jurídica ) o su representante legal.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente

    Obligaciones económicas

    Según Ordenanza Fiscal vigente.

    Resolución

    Se expide autorización permiso.

    Observaciones

    Una vez resuelto el trámite, el permiso se retira en la Sección de Tráfico y Transportes, siendo imprescindible presentar documento original acreditativo y fotocopia de haber abonado la tasa correspondiente.
    Sección de Tráfico y Transportes
    Dirección: calle Carlos Mauricio Blandy, 51 (Gimnasio Municipal de Escaleritas).
    Teléfono: 928.44.63.55
    Horario de atención al público: miércoles y viernes 9:00-13:00 (todo el año).

    Notificación

    Retirada del permiso en caso positivo o de la resolución en caso negativo.

  • Objeto

    Proporcionar a las empresas un servicio de intermediación laboral mediante la tramitación de las ofertas de trabajo por ellas presentadas, facilitándoles el contacto con los demandantes que se ajusten al perfil requerido en su oferta de empleo.

    Unidad Tramitadora

    (13) Empleo e Instituto Municipal para el Empleo y la Formación (IMEF)

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Estatutos Jurídicos del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación (BOP Las Palmas, número 93, viernes 24 de julio de 2009)
    Texto Integro
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Cualquier persona física o jurídica interesada.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite se puede instar Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Dónde lo puede presentar

    Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.

    Información general

    Cuando su empresa precise cubrir un puesto de trabajo puede utilizar el servicio de intermediación laboral municipal. Se trata de un servicio gratuito que puede serle de gran utilidad ya que ahorra costes y tiempo en el proceso de captación de personal.

    En cuanto recibamos su solicitud, un técnico/a municipal contactará con usted para formalizar la solicitud y tramitar su oferta de empleo.

    Los técnicos municipales consultarán la base de datos de solicitantes de empleo y llevarán a cabo una preselección en función de los criterios indicados por la empresa.

    Una vez enviados a la empresa los curriculum vitae que cumplen con todos los requisitos, a partir de este punto, el proceso de selección será llevado a cabo por la empresa solicitante, debiendo comunicar ésta al Área de Orientación e Intermediación Laboral del IMEF el resultado de dicha selección, sea positiva o negativa

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Observaciones

    Tanto cuando se accede a la Ventanilla Virtual con certificado digital, como cuando se accede sin certificado digital, estará ya incluida en la solicitud-instancia que se genera, la solicitud de candidatos para la oferta de empleo presentada por la persona física o jurídica en cuestión, previa cumplimentación en la parte correspondiente del diálogo interactivo asociado al trámite de la siguiente información: datos de la empresa; el perfil del puesto; y el perfil de los/las candidatos/as.

    Al objeto de poder efectuar el seguimiento y cierre de la oferta de empleo presentada por la empresa, se deberán comunicar al Departamento de Orientación e Intermediación Laboral del IMEF las contrataciones que se produzcan, así como cualquier incidencia respecto a los/as candidatos/as enviados

  • Objeto

    Prestación destinada a conseguir la inserción social, económica y laboral de aquel sector de la población en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo. Esta prestación proporciona:

    * Una prestación económica (ayuda económica básica) de forma mensual con carácter temporal, para ofrecer cobertura a las necesidades básicas.
    * Apoyos a la integración social mediante la realización de actividades de inserción, dirigidas a transformar o prevenir situaciones de necesidad relacionadas con dificultades de inserción social, laboral y escolar, o ligadas a razones de desestructuración familiar, educativa o desajustes personales.

    La percepción de la ayuda económica básica obliga a la persona perceptora y a todos los miembros de su unidad familiar, mayores de 18 años y menores de 65 años, a la realización de aquellas actividades que favorezcan su inserción social y laboral: acciones formativas de carácter ocupacional, actividades educativas, etc., que hallan sido acordadas previamente con el/la técnico/a municipal encargado de tramitar la prestación.
    Esta prestación tiene una duración de doce mensualidades, mientras se cumplan los requisitos que originaron la concesión de la misma. Transcurrido ese plazo se podrá renovar 6 meses y posteriormente otros 6 meses hasta percibir un máximo de 24 mensualidades.

    Unidad Tramitadora

    (24) Servicio de Bienestar Social

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Certificado de empadronamiento de las personas que conviven con el solicitante en su domicilio, en uno o varios municipios de la C. A. de Canarias , con una antelación mínima de seis meses a la fecha de presentación de solicitud y la residencia durante tres de los últimos cinco años anteriores a la solicitud, o en su caso documento o cualquier medio de prueba válido en derecho que lo acredite
      • Documento o cualquier medio de prueba válido en derecho que acredite la convivencia y los períodos de residencia requeridos
      • Documento Nacional de Identidad, en vigor, o documento oficial que lo sustituya, de todos los miembros de la unidad de convivencia con obligación de obtenerlo o, en su caso, del resguardo acreditativo de haberlo solicitado
      • Declaración responsable de la persona solicitante referida a las rentas o ingresos propios correspondientes a los tres meses anteriores a la solicitud, y en su caso, a los de cada uno de los miembros integrantes de la unidad de convivencia
      • Declaración responsable de la persona solicitante referida a su patrimonio, y en su caso, al de cada uno de los miembros integrantes de la unidad de convivencia
      • Declaración responsable la persona solicitante sobre afiliación a la Seguridad Social, inscripción en el Servicio Canario de Empleo, así como sobre prestaciones percibidas de cualquier sistema público de protección social y en su caso, al de cada uno de los miembros integrante
    • En caso de que la unidad familiar esté compuesta por varias personas
      • Libro de familia
      • Certificado municipal de convivencia que acredite el vínculo o unión de los demás miembros de la unidad de convivencia con el solicitante en una misma vivienda o espacio habitacional
    • En caso de personas extranjeras
      • Documento que acredite su residencia legal en territorio español, la condición de refugiado o personas beneficiarias de protección subsidiaria, o la autorización de permanencia en España por razones humanitarias o de interés social
    • En caso de personas integrantes de la unidad de convivencia con ingresos en bancos y/o títulos de renta variable o fija
      • Acreditación de la titularidad de la cuenta así como copia de los extractos bancarios que reflejen el saldo medio en el trimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud y de cualquier otro documento que refleje el estado de cuentas y los títulos bancarios o de renta variable o fija que se posean
    • En el caso de la existencia de rentas de trabajo o ingresos procedentes de premios, indemnización, capitalización de prestaciones, atrasos en concepto de alimentos o rentas derivadas de donaciones, herencias y legados
      • Documentos justificativos sobre las rentas de trabajo así como aquellos en los que conste la fecha de ingresos procedentes de premios, indemnizaciones, capitalización de prestaciones, atrasos en concepto de alimentos, o rentas derivadas de donaciones, herencias y legados
    • En caso de que alguna persona integrante de la unidad de convivencia reciba pensión alimenticia, en el supuesto de separación o divorcio
      • Auto judicial o sentencia donde ésta quede reflejada
    • En caso de que alguna persona integrante de la unidad de convivencia no reciba pensión alimenticia, en el supuesto de separación o divorcio, aún existiendo resolución judicial favorable
      • Justificación documental de haberse formulado la correspondiente denuncia por incumplimiento del obligado admitida a trámite por el correspondiente órgano judicial, salvo que en el informe social municipal, se indique que existen circunstancias acreditadas y justificadas, que aconsejan retrasar o no iniciar el proceso encaminado a hacer valer tales derechos
    • En el caso de personas que se hayan visto obligadas a fijar su residencia fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por un plazo inferior a tres años, por motivos formativos o laborales
      • Documentación justificativa de las actividades formativas o laborales realizadas, así como el periodo de duración de las mismas
    • En caso de uniones de hecho o relaciones estables análogas a la conyugal
      • Certificación que acredite la inscripción en el Registro Administrativo regulado en el Decreto 60/2004, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Parejas de Hecho en la Comunidad Autónoma de Canarias con la redacción dada por el Decreto 28/2015, de 19 de marzo, o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que demuestre que se tiene descendencia en común o que se ha convivido ininterrumpidamente durante un período mínimo de un año
    • En caso de la existencia de miembros de la unidad de convivencia con grado de discapacidad igual o superior al 33% y a las personas dependientes reconocidas en los grados III o II
      • Declaración responsable relativa a los miembros de la unidad de convivencia que presentan la discapacidad o la dependencia en los grados III o II
    • En caso de la existencia de parientes con obligación legal de prestar alimentos en los términos del artículo 142 y siguientes del Código Civil
      • Documentación justificativa (el informe social municipal podrá recoger los motivos que desaconsejan proceder a su reclamación)
    • En caso de representación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción
    Texto Íntegro Ayudas Económicas para cubrir las Necesidades Básicas
    Decreto 136/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción
    Texto Íntegro Desarrollo de la Ley Canaria de Inserción
    Ley 2/2015, de 9 de febrero, de modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción
    Texto Íntegro
    Decreto 153/2017, de 8 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de la Ley por la que se regula la prestación Canaria de Inserción
    Texto Íntegro
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que respondan a los siguientes perfiles:1.La persona solicitante de la ayuda económica básica y las personas que formen parte de su unidad de convivencia, en los términos previstos en la presente ley, habrán de reunir los siguientes requisitos:
    1.1 Estar empadronadas y residir legalmente, con una antelación mínima de un año a la fecha de la solicitud de la ayuda, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias. Quedan exentos de cumplir este requisito:
    a) Los emigrantes canarios retornados, cuando fijen su residencia en el territorio de la Comunidad Autónoma y se empadronen, previamente a su solicitud, en uno de sus municipios, siempre que dentro de los cinco años anteriores a la solicitud hubieran tenido la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Canarias, al menos, durante tres años.
    b) Quienes tuvieran reconocida la condición de refugiado o beneficiarios de protección subsidiaria por el organismo competente de la Administración General del Estado, o aquellas personas cuya solicitud de protección internacional se hubiese admitido a trámite o, no habiendo sido admitida esta, tengan las personas solicitantes autorizada su estancia o residencia en España por razones humanitarias, en el marco de la legislación reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria o su permanencia en España, en los términos previstos por la normativa vigente reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
    c) Víctimas de violencia de género, previa resolución judicial, que por tal motivo hayan cambiado su residencia desde otra comunidad o ciudad autónoma.
    d) Las personas sin hogar, siempre que pueda ser acreditada la permanencia en el municipio bajo informe social de los servicios del ayuntamiento, así como informe policial. En cualquier caso, para poder ser perceptor o perceptora de la ayuda económica básica se exigirá el empadronamiento previo a la resolución del expediente de concesión.
    e) Víctimas de violencia intragénero, entendida como aquella que se da en parejas o exparejas del mismo sexo, casadas o no, con o sin convivencia, pudiendo ser violencia física, psicológica, sexual, económica, etc.
    f) Las personas que se hayan visto obligadas a fijar su residencia fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por un plazo inferior a tres años, por motivos formativos o laborales, debidamente acreditados previo informe del trabajador social.

    .

    2.1) Carecer de recursos económicos suficientes. Se reunirá este requisito:
    a) Cuando los ingresos de la persona solicitante y, en su caso, de los demás miembros de su unidad de convivencia, computados conjuntamente durante los tres meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud, sean inferiores a la cuantía de ayuda económica básica que pudiera corresponder, durante tres meses, a los integrantes de la unidad de convivencia de la persona que solicite y perciba la ayuda, de conformidad con los parámetros establecidos en el artículo 9 de la ley que regula esta prestación. A los efectos de dicha presente ley, no se considerará que existe carencia de recursos económicos si, aun cuando se cumpliera el requisito señalado en el párrafo anterior, en el mes anterior a la solicitud de la ayuda económica básica el solicitante o cualquier miembro de su unidad de convivencia obtuviera salarios o remuneraciones regulares, acreditadas mediante un contrato de trabajo, por la consecución de empleo o la realización de actividades lucrativas, cuya cuantía neta mensual, sumada a los ingresos netos mensuales de todos los miembros de la unidad de convivencia, superase el importe mensual que pudiera corresponder a la unidad de convivencia por la obtención de la ayuda.
    b) Cuando la persona solicitante, o cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia, no sea propietaria, usufructuaria o poseedora de bienes muebles o inmuebles cuyas características, valoración, posibilidades de explotación, venta u otras circunstancias análogas indiquen la existencia de medios suficientes superiores al importe que de ayuda económica básica les pudiera corresponder en el período de duración de la misma, en los términos que reglamentariamente se desarrollen. No se tendrá en cuenta esta circunstancia en los supuestos de posesión o titularidad de la vivienda habitual.
    3.1) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Canario de Empleo, salvo aquellos miembros de la unidad de convivencia que se encuentren imposibilitados según la normativa vigente en materia de empleo, o escolarizados en estudios reglados.
    4.1) No residir de forma permanente en centros o establecimientos de titularidad pública donde se encuentran cubiertas las necesidades básicas de subsistencia de sus usuarios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.5 de la ley que regula esta Prestación.
    2. La persona solicitante de la ayuda económica básica, además, deberá ser mayor de veinticinco años y menor de sesenta y cinco, si bien también podrán ser solicitantes las personas que, reuniendo el resto de los requisitos establecidos anteriormente, se encuentren además en alguna de las siguientes circunstancias:
    a) Ser menor de veinticinco años y tener a su cargo hijos o hijas menores de edad, menores de edad tutelados o en régimen de acogimiento familiar, o tener a su cargo personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 % o personas dependientes reconocidas de grado III y II, siempre que convivan de manera efectiva con la unidad de convivencia. Asimismo, se tendrán en cuenta los casos de menores de veinticinco años sin hijos que estuvieron en situación o en riesgo de exclusión social de conformidad con el artículo 1 de la ley que regula esta Prestación.
    b) Tener una edad comprendida entre dieciocho y veinticinco años y haber estado tutelado por la Administración de la Comunidad Autónoma antes de alcanzar la mayoría de edad.

    ..

    c) Tener una edad superior a sesenta y cinco años y no tener derecho a ser titular de pensión u otra prestación análoga a la ayuda económica básica.
    d) Tener una discapacidad igual o superior al 33 %, ser mayor de dieciocho años, o de dieciséis años estando emancipado, y no tener derecho reconocido a pensión pública o cualquier otra ayuda económica asimilada.
    e) Ser emigrante canario retornado, menor de veinticinco años o mayor de sesenta y cinco, y no tener reconocido el derecho a prestaciones públicas cuya cuantía acumulada, en su caso, fuese igual o superior a la que en concepto de ayuda económica básica de la Prestación Canaria de Inserción le pudiera corresponder.
    f) Ser menor de veinticinco años, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria, o con solicitud de protección internacional en trámite, o tener, aunque no le haya sido admitida esta, o habiendo sido admitida a trámite y resuelta desfavorablemente, autorizada su estancia o residencia en España por razones humanitarias, en el marco de la legislación reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria, o su permanencia en España en los términos previstos por la normativa reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y no tener, en ambos casos, reconocido el derecho a ninguna otra prestación pública en cuantía igual o superior a la que en concepto de ayuda económica básica de la Prestación Canaria de Inserción le pudiera corresponder.
    g) Ser mayor de dieciocho años y víctima de maltrato doméstico.
    h) Ser huérfano de padre y madre sin derecho a pensión.
    i) Ser mujer de entre dieciocho y veinticinco años y tener la condición de víctima de violencia de género.
    3. Excepcionalmente, y por causas objetivamente justificadas en el expediente, podrán ser beneficiarias de la ayuda aquellas personas que constituyan unidades de convivencia en las que, aun no cumpliendo todos los requisitos enunciados, concurran circunstancias que las coloquen en situación de extrema necesidad, las cuales serán reglamentariamente determinadas. La resolución por la que se conceda la ayuda deberá, en estos casos, estar suficientemente motivada.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite se puede instar:
    * Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)

    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:

      Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
      Calle León y Castillo, 270
      35005 Las Palmas de Gran Canaria


    * Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas …)

    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:

    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:

      Oficina Central
      Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
      Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.

      Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
      Dirección: Calle Botas, 2
      Teléfono: 928.44.71.54
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Centro
      Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
      Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
      Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
      Teléfono: 928.39.19.63 – 928.36.89.03
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Isleta Puerto Guanarteme
      Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
      Teléfono: 928.44.64.65 – 928.44.74.29
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Ciudad Alta
      Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
      Teléfono: 928.44.73.71 – 928.44.85.28
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
      Dirección: Calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
      Teléfono: 928.44.85.24
      Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.

    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    ...


    En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
    Oficina Vegueta, Cono Sur y Tafira
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
    Dirección: Calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de: Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
    Dirección: Calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de: Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
    Dirección: Calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
    Atiende a los barrios de: Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
    Distrito Centro
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
    Dirección: C/ Alfonso XIII, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
    Atiende a los barrios de: Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
    Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35. Míller Bajo
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
    Atiende a los barrios de: La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Míller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: Calle La Naval, 229 A
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
    Atiende a los barrios de: La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
    Dirección: Calle Mario César, 17
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
    Atiende a los barrios de: El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras

    ....

    Distrito Ciudad Alta
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
    Dirección: Avda. de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
    Atiende a los barrios de: Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
    Dirección: Avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
    Atiende a los barrios de: Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
    Dirección: Calle Joaquín Belón, local 21 – 22
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
    Atiende a los barrios de: Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
    Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: Calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
    Atiende a los barrios de: San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala.

    Obligaciones económicas

    Ninguna.

    Órgano que resuelve

    Consejería competente en materia de Servicios Sociales del Gobierno Autónomo de Canarias.

    Plazo de resolución

    La consejería competente en materia de Servicios Sociales del Gobierno Autónomo de Canarias dictará y notificará la resolución de concesión o denegación de la ayuda económica básica en el plazo de dos meses desde la entrada en su registro del expediente municipal completo. Este plazo quedará interrumpido en los casos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución y notificación expresa, se entenderá estimada la solicitud, sin perjuicio del deber que tiene la administración de dictar resolución expresa en el procedimiento. En el caso de las ayudas excepcionales a que se refiere el artículo 7.3 de la ley que regula la Prestación Canaria de Inserción, por razones imperiosas de interés público, las prestaciones correspondientes se entenderán denegadas.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución y plazo

    Se podrá interponer cuantos recursos administrativos y jurisdiccionales se contemplan en la legislación vigente.

    Notificación

    Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica.

    Observaciones

    1. Si la solicitud de la PCI y los documentos solicitados no reuniesen los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane las deficiencias o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, previa resolución expresa, se le tendrá por desistido de su petición, salvo que por causa justificada comunicada por el interesado, y debidamente estimada por el órgano competente, se prorrogue dicho plazo por otros cinco días más.
    2. En cuanto al empadronamiento y residencia es necesario tener en cuenta lo siguiente, dejando a salvo las excepciones previstas en el artículo 7.1.1º de la Ley que regula esta Prestación, que todos los miembros de la unidad de convivencia deberán estar empadronados y haber residido legalmente y de forma ininterrumpida, con una antelación mínima de un año a la fecha de la solicitud, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias. Para los menores de tres años el período de empadronamiento y residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia, en exclusiva o compartida, y siempre que se trate de la persona solicitante de la prestación y en cuya unidad de convivencia se integra el menor.
    El cómputo del año de empadronamiento previo a la solicitud y del período exigido de residencia legal se podrá realizar calculando los períodos sucesivos de residencia en diferentes municipios de la Comunidad Autónoma de Canarias. Se considerará interrumpido el cómputo de la residencia por ausencias comprobadas fuera de Canarias superiores a los tres meses y que no se hallaren justificadas por razones familiares, de enfermedad o accidentes, laborales o por estudios.
    3. Con carácter general, dichas circunstancias se acreditarán por medio del Padrón Municipal de habitantes. A estos efectos, la Administración municipal correspondiente incorporará al expediente el pertinente certificado de empadronamiento o mediante la consulta al sistema automático de acreditación de residencia de la Administración General del Estado, que incluirá la relación de todas las personas que convivan en el domicilio. A falta de dicha certificación o consulta positiva, la residencia ininterrumpida durante el año anterior a la solicitud, se acreditará por cualquier otro medio de prueba válido en Derecho.

    Información general

    Requisitos (documentos a aportar)
    La documentación que se exige no se requerirá a la persona solicitante de la ayuda si ya ese documento se encuentra en poder de la Administración (salvo que esté caducado). Será incorporado de oficio por el órgano municipal gestor del expediente administrativo en la fase de inicio del procedimiento mediante la utilización de los medios telemáticos establecidos a tal efecto, siempre que no cuente con la oposición en la propia solicitud, de las personas integrantes de la unidad de convivencia a que sean consultados o recabados dichos documentos o datos.
    Excepcionalmente, en caso de que se manifestara oposición expresa a que dichos documentos no puedan recabarse por las Administraciones a través de redes corporativas o plataformas de intermediación de datos o que dichos datos no puedan obtenerse porque no obren en registros de acceso automatizado mediante un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad, las solicitudes deberán acompañarse de los documentos que figuran en el apartado Documentación a aportar.
    No obstante, conforme dispone el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los efectos de no tener que aportar los documentos señalados, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, debiendo en ese caso la Administración recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.

  • Objeto

    Las Prestaciones Económicas de Emergencia social, tendrán las siguientes finalidades:

    a) Dar cobertura de forma urgente a aquellas prestaciones de especial necesidad que requieran una respuesta inmediata. (Las prestaciones económicas de especial necesidad tendrán las siguientes finalidades: a) Apoyar procesos de intervención social orientados a superar situaciones de desventaja social, siendo la prestación un instrumento para la consecución de los objetivos de la misma. b) Atender situaciones sobrevenidas o imprevistas que produzcan desequilibrios socio-económicos en la familia. c) Cubrir situaciones coyunturales y puntuales, previsiblemente irrepetibles, desapareciendo con la concesión de la prestación la necesidad planteada. d) Cubrir necesidades básicas de las personas beneficiarias de la prestación. e) Cubrir otras necesidades valoradas y motivadas por el personal técnico municipal, no recogidas anteriormente.)
    b) Paliar las consecuencias de daños que tengan el carácter de extraordinario, fortuito o imprevisible por causas, entre otras, de fuerza mayor.

    Unidad Tramitadora

    (24) Servicio de Bienestar Social

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Documento Nacional de Identidad o documento identificativo análogo en vigor, de la persona solicitante y de los miembros de su unidad familiar. En el supuesto de personas extranjeras deberá aportarse la tarjeta de residente, de asilo o refugio, o cualquier otro documento que permita su estancia legal en España
      • Libro de familia de la persona solicitante
      • Acreditación de empadronamiento de la persona solicitante y su unidad familiar
      • Tarjeta sanitaria o Cartilla de la Seguridad Social de toda la unidad familiar
      • Tarjeta de demanda de empleo y Certificado emitido por el Servicio Canario de Empleo, de la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar que procedan, especificando si perciben algún tipo de prestación por desempleo y si así fuese su cuantía
      • Certificado emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social de la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar que procedan, especificando si perciben algún tipo de pensión y si así fuese su cuantía
      • Documentación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria referente al último ejercicio económico de la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar que procedan
      • Contrato de trabajo e la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar que procedan
      • Dos últimas nóminas de la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar que procedan
      • Declaración responsable de subsistencia, exigible sólo en los casos en que no se perciban ingresos de los anteriormente mencionados
      • Certificado de bienes inmuebles
      • Documento acreditativo de la recepción del catálogo de derechos y obligaciones a que queda sujeta la persona solicitante en el supuesto que le sea concedida la prestación
      • Facturas y presupuestos en los casos que procedan
      • Documento bancario en el que conste el Código Cuenta Cliente, Iban y su titular
      • Cualquier otra documentación que el personal técnico municipal considere necesaria para la tramitación de la prestación
    • En caso de separación legal o divorcio de cualquier miembro de la unidad familiar
      • Sentencia en la que deberá constar el importe de las pensiones a satisfacer en caso de incumplimiento de la misma, deberá aportarse una declaración responsable sobre tal extremo
    • En caso de representación
      • Deberá acreditar la misma de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Texto Íntegro Materia Asuntos Sociales
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Regulación Subvenciones
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Ordenanza Específica Reguladora de las Prestaciones Económicas para situaciones de Especial Necesidad y/o de Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Las personas mayores de edad o menores emancipados que estén empadronadas en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
    Excepcionalmente podrán ser beneficiarias aquellas personas que, careciendo de domicilio en el municipio (personas extranjeras sin permiso de residencia, personas sin hogar, etc.), y previo informe del personal técnico municipal de servicios sociales, presenten una situación de extrema necesidad social.
    Podrán ser beneficiarias de estas prestaciones las personas extranjeras, refugiadas, asiladas y apátridas, de acuerdo con lo dispuesto en los tratados internacionales vigentes en España, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la Ordenanza que regula estas Prestaciones.
    Acreditación de la situación de necesidad, que debe ser valorada por el personal técnico municipal mediante la emisión del informe social correspondiente.
    Alcanzar la puntuación mínima exigida como resultado de la aplicación del Baremo establecido en el Anexo I de la Ordenanza que regula esta Prestación. Se exceptuarán de este requisito los casos a los que se refiere el artículo 2, apartado 2 a), donde se especifica “Dar cobertura de forma urgente a aquellas prestaciones de especial necesidad que requieran una respuesta inmediata”.
    Los solicitantes deberán aportar la documentación exigida en cada caso.
    Las personas que no posean propiedades o tienen el usufructo de bienes muebles o inmuebles cuyas características, valoración, posibilidad de venta o cualquier otra forma de explotación, indiquen de manera notoria la existencia de medios materiales suficientes para atender, por sí mismo, la necesidad para la que se demanda la prestación. Queda excluida de este requisito la vivienda habitual.
    Las personas solicitantes quedan exoneradas de la obligación de acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social exigida en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, por las particulares circunstancias de emergencia social o de especial necesidad que motivan su petición.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite se puede instar:
    * Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)

    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:

      Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
      Calle León y Castillo, 270
      35005 Las Palmas de Gran Canaria

    Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas …)

    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:

    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:

      Oficina Central
      Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
      Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.

      Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
      Dirección: Calle Botas, 2
      Teléfono: 928.44.71.54
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Centro
      Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
      Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
      Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
      Teléfono: 928.39.19.63 – 928.36.89.03
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Isleta Puerto Guanarteme
      Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
      Teléfono: 928.44.64.65 – 928.44.74.29
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Ciudad Alta
      Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
      Teléfono: 928.44.73.71 – 928.44.85.28
      Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

      Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
      Dirección: Calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
      Teléfono: 928.44.85.24
      Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.

    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    .

    En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
    Oficina Vegueta, Cono Sur y Tafira
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
    Dirección: Calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de: Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
    Dirección: Calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de: Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
    Dirección: Calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
    Atiende a los barrios de: Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
    Distrito Centro
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
    Dirección: C/ Alfonso XIII, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
    Atiende a los barrios de: Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
    Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35. Míller Bajo
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
    Atiende a los barrios de: La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Míller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: Calle La Naval, 229 A
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
    Atiende a los barrios de: La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
    Dirección: Calle Mario César, 17
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
    Atiende a los barrios de: El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras

    ..

    Distrito Ciudad Alta
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
    Dirección: Avda. de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
    Atiende a los barrios de: Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
    Dirección: Avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
    Atiende a los barrios de: Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
    Dirección: Calle Joaquín Belón, local 21 – 22
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
    Atiende a los barrios de: Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
    Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: Calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
    Atiende a los barrios de: San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala

    Obligaciones económicas

    Ninguna.

    Órgano que resuelve

    El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.
    La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada.

    Plazo de resolución

    3 meses.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución y plazo

    Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
    Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
    Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.

    Notificación

    Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica.

    Observaciones

    Si se encuentra residiendo en otro distrito diferente al de su empadronamiento, prevalecerá la residencia de hecho para el trámite de la prestación.
    Sólo se podrán solicitar dos prestaciones económicas por anualidad, salvo situaciones excepcionales valoradas por el personal técnico municipal.
    Para la concesión de las Prestaciones Económicas se tendrán que cumplir los siguientes criterios generales:
    1. Existencia de situaciones acreditadas de necesidad.
    2.Que la necesidad objeto de la prestación esté valorada e informada por el personal técnico municipal.
    3. Estas prestaciones serán incompatibles con el disfrute gratuito de servicios que cubran las mismas necesidades.
    Igualmente serán incompatibles con cualquier ayuda por el mismo concepto o que cubran la misma necesidad que hayan sido concedidas por otra Administración u organismo público o privado. Se exceptuará este requisito si la ayuda concedida no solventase en su totalidad la necesidad, pudiendo en este caso complementarse desde esta Administración.
    Se entenderá por Prestación Económica aquella subvención de carácter extraordinario y no periódico otorgada parala cobertura de situaciones de especial necesidad y/o emergencia social de las personas beneficiarias.
    Se entenderá por unidad familiar la constituida por la persona solicitante y, en su caso, quienes convivan con ella en una misma vivienda o alojamiento, ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación estable análoga a la conyugal, por parentesco de consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado en línea recta o colateral, incluyendo los casos de tutela o acogimiento familiar.
    Se considerará unidad familiar independiente la que formen cualquiera de los parientes señalados en el párrafo anterior que tengan, a su vez, hijos a su cargo, o a menores tutelados o en régimen de acogimiento familiar. Esta unidad familiar independiente podrá solicitar también esta prestación económica.
    Se entenderá por necesidades básicas aquellas necesidades cuya satisfacción es indispensable para el adecuado desarrollo de la persona (alimentos, productos de higiene personal y del hogar, vestido y calzado, equipamiento básico del hogar, etc.), según valoración social del caso realizada por el personal técnico municipal.

    Información general

    Requisitos (documentos a aportar)
    Los documentos que, de oficio, pueda recabar el centro gestor de la prestación no se exigirán a la persona solicitante.
    En el caso de que la documentación exigida obre en otros expedientes tramitados en el mismo Centro, se utilizará copia de ésta para el trámite de la nueva prestación, siempre que estén en vigor, de forma que no se requerirá su presentación a la persona solicitante.
    En los casos de colectivos con especial necesidad de atención que carezcan de alguno de los documentos mencionados anteriormente, se podrá exceptuar su presentación por razones debidamente motivadas en el informe social que conste en el expediente de la prestación.

  • Objeto

    Prestación, integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusvalidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Las prestaciones complementarias son las destinadas a contribuir a que se lleve a cabo el servicio o atención proporcionado por cualquiera de las prestaciones básicas contempladas en el Reglamento (Prestaciones de Rehabilitación, Prestaciones de Asistencia Especializada y Prestaciones de Recuperación Profesional). Será necesario que su aplicación sea simultánea a la del servicio básico al que complementa y que no sean atendidas por otras vías, organismos o entidades.

    Estas prestaciones complementarias son las siguientes:

    1. Prestaciones de comedor.
    2. Prestaciones de transporte.
    3. Prestaciones de residencia.

    Cobertura y cuantías máximas:

    Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación tal y como se establece en el baremo del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores.

    Abono:

    El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.

    Unidad Tramitadora

    (24) Servicio de Bienestar Social

    Silencio Administrativo

    Negativo (3 Meses)

    Documentación a aportar

    • Al tratarse de una prestación complementaria, que va asociada a cualquiera de las prestaciones individuales básicas solicitadas, se ha de aportar a la documentación ya presentada la siguiente
      • Informe del centro o entidad en que se haya prestado, preste o se vaya a prestar la ayuda donde se especifiquen las condiciones y régimen en que se ha realizado, se realiza o vaya a realizarse
      • Informe social , en el caso de que el respectivo centro o entidad cuente con trabajador/a social
      • Tres presupuestos, en el caso de que no se haya iniciado el tratamiento, salvo que no existan centros suficientes , y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada de haberlo abonado en el transcurso del año en el que se registra la solicitud
    • En caso de representación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Texto Íntegro Materia Asuntos Sociales
    Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Regulación Subvenciones
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Reglamento Subvenciones

    Características de las prestaciones

    1. Prestaciones de comedor. Se limitarán a los gastos de comedor de las personas con discapacidad atendidas en centros o instituciones, siempre que exista el servicio en dicho centro o institución y no sea gratuito.
    2. Prestaciones de transporte. Contribuirán a cubrir los gastos de desplazamiento de la persona con discapacidad desde su domicilio hasta el centro o institución en que reciba atención o viceversa. Podrán cubrir los gastos de desplazamiento de un familiar siempre que sea imprescindible para la prestación del servicio. Aquellas personas con discapacidad imposibilitadas para usar el transporte público podrán solicitar ayuda de trasporte especial.
    3. Prestaciones de residencia. Se podrán solicitar cuando el servicio básico no pueda recibirse en la localidad de residencia por inexistencia de centro o instituciones donde recibirlo o por no existir plazas vacantes. Excepcionalmente cubrirá los gastos de un acompañante, siempre y cuando esa persona resulte indispensable para el buen fin del servicio. No se concederá esta prestación cuando la distancia geográfica permita el desplazamiento diario de la persona interesada, salvo que las circunstancias familiares y/o personales de la persona con discapacidad o circunstancias familiares externas a ella, debidamente acreditadas, lo requieran.

    Quién puede realizar la solicitud

    Los destinatarios de esta prestación, dado su carácter complementario, han de ser beneficiarios de cualquier prestación básica individual a personas con discapacidad, y que no estén cubiertas por otras vías, organismos o entidades.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    • En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:

    Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
    Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama

    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
    Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I

    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
    Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
    Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón

    Distrito Centro
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
    Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas

    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
    Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás

    Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: calle La Naval, 229 A
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
    Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla

    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
    Dirección: Calle Mario César, 17
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
    Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras

    Distrito Ciudad Alta
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
    Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
    Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo

    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
    Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
    Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres

    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
    Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 – 22
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
    Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio

    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
    Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Órgano que resuelve

    El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.

    La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada

    Plazo de resolución

    3 meses.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución y plazo

    Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
    Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
    Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.

    Información general

    Las prestaciones complementarias de residencia son incompatibles con las de transporte, pero compatibles con las de comedor. Las de transporte y comedor son compatibles entre sí.
    A la persona destinataria de la prestación o, en su caso, su representante legal, se le reconocerán los siguientes derechos (artículo 26 del Reglamento):

    • Que le sea facilitada toda la información pertinente a la prestación solicitada.
    • Ser informado sobre el proceso de trámite de su solicitud.
    • Disponer por escrito del listado de los documentos necesarios para la tramitación de su solicitud.
    • Interponer, en caso de no estar conforme con la resolución adoptada, los recursos establecidos legalmente.
    • Cualquier otro derecho que la legislación atribuye a los ciudadanos.

    Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):

    • Destinar el importe de la prestación a la finalidad para la que le fue concedida.
    • Facilitar cuanta información le sea requerida por este ayuntamiento.
    • Informar de cualquier alteración de las condiciones o requisitos que motivaron la concesión de la prestación desde el momento que se produzca.
    • En caso de fallecimiento de la persona destinataria de la prestación, sus herederos estarán obligados a comunicarlo en el plazo de una semana.
    • Comunicar la obtención de cualquier otra prestación o ayuda concedida con posterioridad para la misma finalidad.
    • Justificar los gastos en la forma determinada por este ayuntamiento.
    • Abonar la cuantía de la parte no cubierta de la prestación concedida.
    • Reintegrar la prestación concedida en los casos y con los requisitos establecidos en el artículo 23 del Reglamento:
      • Cuando haya obtenido la prestación sin reunir los requisitos exigidos como consecuencia de fraude, engaño, ocultamiento de la verdad u omisión premeditada de datos por parte de la persona solicitante o representante legal en su caso.
      • Cuando no se haya destinado la prestación a la finalidad para la que se había solicitado.
      • En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria y que se trate de un bien, el/la técnico/a municipal correspondiente valorará la procedencia de la devolución del mismo, en cuyo caso dicha devolución deberá realizarse en el plazo máximo de un mes.
      • En caso de que se altere la situación de la persona y la prestación asignada deje de servir a la utilidad para la que había sido solicitada, según la valoración del técnico/a municipal correspondiente, deberá procederse a su devolución en el plazo máximo de un mes.

  • Objeto

    Prestación, integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

    Estas prestaciones contribuyen a:

    1. El aumento de la capacidad de desplazamiento y movilidad.
    2. La eliminación de las barreras arquitectónicas en la vivienda.
    3. La potenciación de las relaciones con el entorno.

    Cobertura y cuantía máximas:

    Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación tal y como se establece en el baremo del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores.

    Abono:

    El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.

    Unidad Tramitadora

    (24) Servicio de Bienestar Social

    Silencio Administrativo

    Negativo (3 Meses)

    Documentación a aportar

    • A) DESTINATARIO O REPRESENTANTE LEGAL:
      • Libro de familia de la persona destinataria de la prestación
      • Cartilla de la Seguridad Social o documento análogo
      • Certificado de vida laboral
      • Declaración de responsabilidad en la que conste los siguientes puntos: Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con todas las administraciones públicas. No haber recibido ayudas o subvenciones para el mismo fin. Que haya justificado las ayudas o subvenciones concedidas con anterioridad
      • Documento bancario en el que figure los datos de la persona solicitante o representante legal y su código cuenta cliente (número de cuenta con los 20 dígitos). En caso de pago a tercero, documento bancario en el que figure sus datos y su código cuenta cliente
      • Documento acreditativo de recepción del catálogo de derechos y obligaciones (artículos 26 y 27 del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores)
      • Dictamen facultativo en el que se reconozca el grado de discapacidad igual o superior al 33% , emitido por el el Equipo de Valoración y Orientación (EVO) del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, c/ Tomás Morales nº 122
      • Dictamen facultativo en el que conste que la prestación solicitada es inherente a la discapacidad que se padece emitido por el equipo de valoración del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, c/ Tomás Morales nº 122. Es un documento preceptivo para continuar con la solicitud
    • En caso de separación o divorcio
      • Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador de la persona destinataria de la prestación o, en su caso, documento de inicio del procedimiento del mismo
    • En caso de representación
      • Deberá acreditar la misma de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas
    • B) DOCUMENTACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA UD. FAMILIAR CONVIVENCIAL:
    • Si la persona destinataria de la prestación convive con cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, o parientes en línea recta o colateral hasta 2º grado. En todos los casos deberá aportar cada uno de los miembros, incluido el titular
      • Certificación de bienes inmuebles
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a por cuenta ajena
      • Última declaración de la Renta o certificado de la administración tributaria donde conste la obligación de no presentarla
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión Ver documento en Descargas/Enlaces
      • Dos últimas nóminas
    • Y en caso de que algún miembro sea pensionista
      • Documento acreditativo de la pensión que perciba
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a autónomo/a
      • Última declaración de la renta
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Último justificante del pago fraccionado del I.R.P.F. realizado
    • Y en caso de que algún miembro sea desempleado/a percibiendo algún tipo de prestación
      • Documento acreditativo de la concesión de la prestación
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Dos últimos recibos abonados
    • Si es desempleado/a y no percibe ningún tipo de prestación o no poder acreditar los ingresos mediante documentación oficial
      • Documento de la oficina de empleo correspondiente que acredite esa situación
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión Ver documento en Descargas/Enlaces
    • Y en caso de que algún miembro sean menores en edad de escolarización obligatoria
      • Documento del centro escolar en el cual se acredite su asistencia regular
    • Y en caso de que algún miembro sea estudiante
      • Documento del centro donde cursa estudios que acredite esa situación
    • C) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA EN FUNCIÓN DE LA MODALIDAD DE PRESTACIÓN A SOLICITAR
    • En caso de solicitar la prestación de aumento de la capacidad de desplazamiento y movilidad
      • Declaración de responsabilidad de destinar el vehiculo al transporte personal y uso privado de la persona con discapacidad
      • Permiso de conducir En el caso de solicitar la prestación para la obtención del permiso de conducir será necesario la presentación de tres presupuestos y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento
      • Factura detallada de haberlo abonado en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
      • Tres presupuestos en los cuales se detalle las características del vehiculo o la adaptación que se vaya a realizar y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento
      • Factura detallada de la adquisición o adaptación realizada en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
    • En caso de solicitar la prestación de eliminación de barreras arquitectónicas en la vivienda
      • Memoria , croquis o estudio de accesibilidad en el que ser refleje la situación actual de la vivienda y cómo quedaría esta después de realizada las obras, realizado por un técnico cualificado
      • Justificante de la propiedad de la vivienda o autorización expresa y escrita de la persona propietaria para realizar las obras, en caso de arrendamiento o cualquier otro tipo de cesión
      • Tres presupuestos en los cuales se detalle la obra a realizar y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada de haberlo abonado en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
    • En caso de solicitar la prestación de potenciación de las relaciones con el entorno
      • Descripción de la ayuda técnica
      • Tres presupuestos , salvo que no exista en el término municipal suficientes suministradores o, en su defecto, factura detallada de haberlo abonado en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Texto Íntegro Materia Asuntos Sociales
    Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Regulación Subvenciones
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Reglamento Subvenciones

    Quién puede realizar la solicitud

    Con carácter general, la persona destinataria de la prestación coincidirá con quien la solicita. Se exceptúan los casos en que, existiendo incapacidad acreditada del destinatario/a, su representante legal asuma la posición de persona solicitante.
    Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:

    • Tener acreditado por el órgano autonómico competente un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
    • Poseer nacionalidad española, refugiadas, asiladas, apátridas, extranjeras residentes y transeúntes en los términos previstos en la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, y que estén empadronadas y residen en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
    • No percibir en la actualidad ayudas públicas o privadas, así como tratamiento público o subvencionado por el mismo concepto.
    • Obtener la puntuación mínima establecida por aplicación del baremo recogido en el anexo I del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores (BOP n.º 85, de 16 de julio de 2004).


    Para la prestación de aumento de la capacidad de desplazamiento y movilidad, además de lo referido, podrán acceder a la misma todas las personas discapacitadas que padezcan problemas de movilidad grave y que no hayan recibido ayuda de carácter público, para el mismo concepto en los últimos diez años; cumpliendo este requisito común, han de responder a los siguientes perfiles en función de la modalidad de ayuda solicitada:

    • Prestación para la adquisición o adaptación de vehículos a motor. La persona que presenta una discapacidad debe ser la titular del vehículo y estar en posesión del permiso de conducir en el que conste el tipo de adaptación que precise. Excepcionalmente, podrán concederse prestaciones para la adquisición de vehículos, siempre cuando el/la titular del vehículo garantice mediante declaración responsable que el vehículo será utilizado únicamente como transporte personal y/o familiar de la persona que presenta una discapacidad y que su uso será exclusivamente privado, en los casos siguientes:
      - Personas con una discapacidad física de entre 5 y 17 años, que le sea imposible utilizar el transporte público.
      - Personas con una discapacidad física mayores de edad que por razón de su discapacidad no puedan obtener el carné de conducir o manejar un vehículo, y siempre que le sea imposible utilizar el transporte público.
    • Prestación para la obtención del carné de conducir. Será necesario acreditar que se padece discapacidad grave que impide utilizar el transporte público colectivo.
    • Prestación para la eliminación de barreras arquitectónicas en la vivienda, será necesario:
      - Que existan obstáculos objetivos que reduzcan movilidad de la persona solicitante, o que necesite instalar elementos o adaptar la vivienda para el normal desenvolvimiento de su vida cotidiana en el hogar.
      - Que no le haya sido concedida una prestación de este tipo en los últimos cinco años, a no ser que en dicho plazo se haya modificado negativamente la circ

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
    • En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
    Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
    Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
    Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
    Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
    Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
    Distrito Centro
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
    Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
    Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
    Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: calle La Naval, 229 A
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
    Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
    Dirección: calle Mario César, 17
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
    Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras
    Distrito Ciudad Alta
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
    Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
    Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
    Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
    Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
    Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 – 22
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
    Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
    Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Órgano que resuelve

    El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.

    La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada.

    Plazo de resolución

    3 meses

    ¿Agota la vía administrativa?

    Recurso contra la resolución y plazo

    Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
    Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
    Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.

    Características de las prestaciones

    • Aumento de la capacidad de desplazamiento y movilidad. Esta prestación se orienta a:

      • Cubrir los costes de adquisición y/o adaptación del vehículo a motor para el desplazamiento de las personas con discapacidad.
      • Obtención del carné de conducir.
    • Eliminación de barreras arquitectónicas. Esta prestación tiene como objetivo facilitar la movilidad de la persona discapacitada dentro del hogar, así como el acceso a la misma.
    • Potenciación de las relaciones con el entorno. Esta prestación se destinará a la cobertura total o parcial de los gastos de las ayudas técnicas que potencien la relación de aquellas personas a las que el grado o naturaleza de su discapacidad les impida utilizar los medios convencionales existentes

    Información de interés

    Compatibilidades e incompatibilidades:
    La misma persona podrá recibir prestaciones individuales u otras ayudas y servicios a cargo de instituciones públicas o privadas, siempre que sean de distinta naturaleza y atiendan a diferentes necesidades.
    Constituyen incompatibilidades en materia de prestaciones individuales:

    • La percepción de prestaciones individuales será totalmente incompatible con la percepción simultánea de otras ayudas otorgadas por organismos públicos y/o privados con la misma finalidad y cobertura.
    • También existirá incompatibilidad total cuando se disfrute, simultáneamente a la solicitud de la Prestación Individual, de un servicio gratuito que cubra los mismos supuestos y necesidades, y que se presten directamente por otros organismos del Estado, de la Comunidad Autónoma, insulares o por personal retribuido con cargo a sus presupuestos.

    A la persona destinataria de la prestación o, en su caso, su representante legal, se le reconocerán los siguientes Derechos (artículo 26 del Reglamento):

    • Que le sea facilitada toda la información pertinente a la prestación solicitada.
    • Ser informado sobre el proceso de trámite de su solicitud.
    • Disponer por escrito del listado de los documentos necesarios para la tramitación e su solicitud.
    • Interponer, en caso de no estar conforme con la resolución adoptada, los recursos establecidos legalmente.
    • Cualquier otro derecho que la legislación atribuye a los ciudadanos.

    Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):

    • Destinar el importe de la prestación a la finalidad para la que le fue concedida.
    • Facilitar cuanta información le sea requerida por este ayuntamiento.
    • Informar de cualquier alteración de las condiciones o requisitos que motivaron la concesión de la prestación desde el momento que se produzca.
    • En caso de fallecimiento de la persona destinataria de la prestación, sus herederos estarán obligados a comunicarlo en el plazo de una semana.
    • Comunicar la obtención de cualquier otra prestación o ayuda concedida con posterioridad para la misma finalidad.
    • Justificar los gastos en la forma determinada por este ayuntamiento.
    • Abonar la cuantía de la parte no cubierta de la prestación concedida.
    • Reintegrar la prestación concedida en los casos y con los requisitos establecidos en el artículo 23 del Reglamento:
      • Cuando haya obtenido la prestación sin reunir los requisitos exigidos como consecuencia de fraude, engaño, ocultamiento de la verdad u omisión premeditada de datos por parte de la persona solicitante o representante legal en su caso.
      • Cuando no se haya destinado la prestación a la finalidad para la que se había solicitado.
      • En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria y que se trate de un bien, el/la técnico/a municipal correspondiente valorará la procedencia de la devolución del mismo, en cuyo caso dicha devolución deberá realizarse en el plazo máximo de un mes.
      • En caso de que se altere la situación de la persona y la prestación asignada deje de servir a la utilidad para la que había sido solicitada, según la valoración del técnico/a municipal correspondiente, deberá procederse a su devolución en el plazo máximo de un mes.

  • Objeto

    Prestación, integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusvalidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
    El objetivo de esta prestación es costear los gastos de las personas con discapacidad en las áreas siguientes:

    1. Acciones formativas en régimen especial.
    2. Servicios especiales de apoyo y adiestramiento necesario para facilitar el acceso de las personas en procesos de rehabilitación a enseñanzas que conduzcan a su integración o reconversión profesional o laboral.

    Cobertura y cuantía máximas:

    Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación tal y como se establece en el baremo del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores.

    Abono:

    El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.

    Unidad Tramitadora

    (24) Servicio de Bienestar Social

    Documentación a aportar

    • A) DESTINATARIO O REPRESENTANTE LEGAL:
      • Certificado de vida laboral
      • Libro de familia de la persona destinataria de la prestación
      • Cartilla de la Seguridad Social o documento análogo
      • Certificado de vida laboral (se tramita en la tesorería de la Seguridad Social, C/Presidente Alvear, 38-40)
      • Declaración de responsabilidad en la que conste los siguientes puntos: Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con todas las administraciones públicas. No haber recibido ayudas o subvenciones para el mismo fin. Que haya justificado las ayudas o subvenciones concedidas con anterioridad (Opc)
      • Documento bancario en el que figure los datos de la persona solicitante o representante legal y su código cuenta cliente (número de cuenta con los 20 dígitos). En caso de pago a tercero, documento bancario en el que figure sus datos y su código cuenta cliente.
      • Documento acreditativo de recepción del catálogo de derechos y obligaciones (artículos 26 y 27 del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores).
      • Dictamen facultativo en el que se reconozca el grado de discapacidad igual o superior al 33% , emitido por el Equipo de Valoración y Orientación (EVO) del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, c/ Tomás Morales nº 122.
      • Dictamen facultativo en el que conste que la prestación solicitada es inherente a la discapacidad que se padece emitido por el equipo de valoración y Orientación (EVO) del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, c/ Tomás Morales nº 122. La recepción del documento es preceptiva para continuar con el trámite
      • Programa o memoria de la actividad de recuperación profesional.
      • Justificante de la matrícula o de haber solicitado plaza en el correspondiente centro.
    • En caso de que haya sido prestado el servicio durante el presente año
      • Factura detallada de haberlo abonado en el transcurso del año en el cual se realice la solicitud
    • En caso de representación
      • Deberá acreditar la misma de acuerdo con lo establecido en el Art.5.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    • En caso de separación o divorcio
      • Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador de la persona destinataria de la prestación o, en su caso, documento de inicio del procedimiento del mismo
    • B) DOCUMENTACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA UD. FAMILIAR CONVIVENCIAL:
    • Si la persona destinataria de la prestación convive con cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, o parientes en línea recta o colateral hasta 2º grado. En todos los casos deberá aportar cada uno de los miembros, incluido el titular
      • Certificación de bienes inmuebles
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a por cuenta ajena
      • Última declaración de la Renta o certificado de la administración tributaria donde conste la obligación de no presentarla
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Dos últimas nóminas
    • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a autónomo/a
      • Última declaración de la Renta
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Último justificante del pago fraccionado del I.R.P.F. realizado
    • Y en caso de que algún miembro sea pensionista
      • Documento acreditativo de la pensión que perciba
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Y en caso de que algún miembro sea desempleado/a percibiendo algún tipo de prestación
      • Documento acreditativo de la concesión de la prestación y dos últimos recibos abonados
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Y en caso de que algún miembro sea menor en edad de escolarización obligatoria
      • Certificado del centro escolar en el cual se acredite su asistencia regular
    • Y en caso de que algún miembro sea estudiante
      • Documento del centro donde cursa estudios que acredite esa situación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Texto Íntegro Materia Asuntos Sociales
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Regulación Subvenciones
    Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Reglamento Subvenciones

    Quién puede realizar la solicitud

    Con carácter general, la persona destinataria de la prestación coincidirá con quién la solicita. Se exceptúan los casos en que existiendo incapacidad acreditada del destinatario/a, su representante legal asuma la posición de persona solicitante.

    Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:

    • Tener acreditado por el órgano autonómico competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    • Poseer nacionalidad española, refugiadas, asiladas, apátridas, extranjeras residentes y transeúntes en los términos previstos en la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, y que estén empadronadas y residen en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
    • Que la persona destinataria haya cumplido los 16 años.
    • Tener reconocida una incapacidad laboral que de lugar a una pensión inferior al salario mínimo interprofesional.
    • Padecer una discapacidad compatible con la actividad a desarrollar.
    • No percibir en la actualidad ayudas públicas o privadas, así como tratamiento público o subvencionado por el mismo concepto.
    • Obtener la puntuación mínima establecida por aplicación del baremo recogido en el anexo I del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores (B.O.P. nº 85, de 16 de julio de 2004).

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    • En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
    Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
    Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532/928 448574
    Atiende en los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama.
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
    Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532/ 928 448574
    Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, san Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, el Batán, Tres Palmas, Casablanca I
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
    Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico)
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001/ 928 446142
    Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
    Distrito Centro
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555/ 928 448560
    Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
    Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Ttriana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
    Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
    1. CentroMunicipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: calle La Naval, 229 A
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
    Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
    Dirección: calle Mario César, 17
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
    Atiende a los barrios de El Rincón, santa catalina, Guanarteme, Las Canteras
    Distrito Ciudad Alta
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
    Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538/ 928 448539
    Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
    Dirección: avenida La Feria, 40- Bloque 3 Bajo
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061/ 928 446063
    Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
    Dirección: calle Joaquín Belón, local 21-22
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
    Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schaman, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Centro Municiipal de Servicios Sociales - Tamaraceite - San Lorenzo - Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448530
    Atiende a los barrios de San Lorenzo, La milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de Mº Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Órgano que resuelve

    El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquello otros que se estimaran oportunos.
    La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada

    Plazo de resolución

    3 meses

    ¿Agota la vía administrativa?

    Recurso contra la resolución y plazo

    Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
    Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de la su notificación.
    Lo anterior sin perjuicio de cualqueir otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los interesados.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.

    Información de interés

    Compatibilidades:
    La misma persona podrá recibir prestaciones individuales u otras ayudas y servicios a cargo de instituciones públicas o privadas, siempre que sean de distinta naturaleza y atiendan a diferentes necesidades.

    Incompatibilidades:

    • La percepción de prestaciones individuales será totalmente incompatible con la percepción simultánea de otras ayudas otorgadas por organismos públicos y/o privados con la misma finalidad y cobertura.
    • También existirá incompatibilidad total cuando se disfrute, simultáneamente a la solicitud de la Prestación Individual, de un servicio gratuito que cubra los mismos supuestos y necesidades, y que se presten directamente por otros organismos del Estado, de la Comunidad Autónoma, insulares o por personal retribuido con cargo a sus presupuestos.

    Derechos (artículo 26 del reglamento). A las personas destinatarias de la prestación o, en su caso, su representante legal, se les reconocerán los siguientes:

    • Que le sea facilitada toda la información pertinente a la prestación solicitada.
    • Ser informado sobre el proceso de trámite de su solicitud.
    • Disponer por escrito del listado de los documentos necesarios para la tramitación de su solicitud.
    • Interponer, en caso de no estar conforme con la resolución adoptada, los recursos establecidos legalmente.
    • Cualquier otro derecho que la legislación atribuye a los ciudadanos.

    Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):

    • Destinar el importe de la prestación a la finalidad para la que le fue concedida.
    • Facilitar cuanta información le sea requerida por este ayuntamiento.
    • Informar de cualquier alteración de las condiciones o requisitos que motivaron la concesión de la prestación desde el momento que se produzca.
    • En caso de fallecimiento de la persona destinataria de la prestación, sus herederos estarán obligados a comunicarlo en el plazo de una semana.
    • Comunicar la obtención de cualquier otra prestación o ayuda concedida con posterioridad para la misma finalidad.
    • Justificar los gastos en la forma determinada por este ayuntamiento.
    • Abonar la cuantía de la parte no cubierta de la prestación concedida.
    • Reintegrar la prestación concedida en los casos y con los requisitos establecidos en el artículo 23 del Reglamento:
      - Cuando haya obtenido la prestación sin reunir los requisitos exigidos como consecuencia de fraude, engaño, ocultamiento de la verdad u omisión premeditada de datos por parte de la persona solicitante o representante legal en su caso.
      - Cuando no se haya destinado la prestación a la finalidad para la que se había solicitado.
      - En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria y que se trate de un bien, el/la técnico/a municipal correspondiente valorará la procedencia de la devolución del mismo, en cuyo caso dicha devolución deberá realizarse en el plazo máximo de un mes.
      - En caso de que se altere la situación de la persona y la prestación asignada deje de servir a la utilidad para la que había sido solicitada, según la valoración del técnico/a municipal correspondiente, deberá procederse a su devolución en el plazo máximo de un mes.

    Observaciones

    Si en la solicitud faltase alguna documentación se requerirá a la persona solicitante para que el plazo de 10 días hábiles aporte los documentos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá por desistida de su petición dictándose resolución en los términos previstos en artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Los datos aportados por la persona solicitante determinan una puntuación en aplicación del baremo del Reglamento de estas prestaciones, puntuación que necesariamente tiene un carácter provisional ya que es preceptivo el cotejo de la documentación presentada y valoración por parte de el/la Trabajador/a Social correspondiente del Centro de Servicios Sociales de su lugar de residencia. Dicho estudio determinará la concesión o denegación de la prestación solicitada o, en su caso, la derivación a otro recurso o prestación si cumple los requisitos exigidos.

    Sin perjuicio de lo detallado anteriormente, los criterios que se tendrán en cuenta para la concesión de esta prestación serán los siguientes, conforme al artículo 20.1 del Reglamento:

    • La disponibilidad presupuestaria y hasta el total del importe máximo consignado por las mismas, según las cuantías establecidas en el baremo del presente Reglamento.
    • Que el/la solicitante pueda cubrir aquella parte del coste total del servicio no financiado por la prestación.

  • Objeto

    Prestación integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
    Los objetivos de estas prestaciones son:
    a) Atender el estado, situación o hecho de necesidad que soporte el/la destinatario/a como consecuencia de su minusvalía o de su avanzada edad y que afecte a su autonomía personal, social y económica, de modo que se logre su normal desarrollo humano y/o social.
    b) Satisfacer determinadas necesidades derivadas de su minusvalía y/o vejez, mejorando su calidad de vida y favoreciendo su integración social.
    c) Prevenir futuras minusvalías motivadas por lesión, malformación o enfermedad, cuyos costes no cubra la Seguridad Social.
    d) Prevenir factores de riesgo social producto de la discapacidad o de la vejez que pudieran derivar en exclusión social.
    e) Contribuir al desarrollo personal y a la plena integración social de las personas minusválidas y de las personas mayores.

    Tipología de las Prestaciones Individuales a Personas Mayores para:

    1. Servicios personales en el domicilio
    2. Servicio de comedor
    3. Compra de alimentos
    4. Arreglo y mejora de la vivienda o adaptacion funcional del hogar
    5. Adquisicion y renovacion de utiles del hogar
    6. Adquisicion de enseres y/o mobiliario
    7. Protesis y ortesis

    Cobertura y cuantía máximas:
    Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido en dicho reglamento, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación.
    Abono:
    El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.

    Unidad Tramitadora

    (24) Servicio de Bienestar Social

    Documentación a aportar

    • A) DOCUMENTACIÓN DEL DESTINATARIO/A O DE SU REPRESENTANTE LEGAL
      • Fotocopia Libro de Familia
      • Fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social o documento análogo
      • Certificado de vida laboral
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Declaración de responsabilidad en la que conste los siguientes puntos: - Estar al corriente de las Obligaciones Tributarias - No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo fin; o justificarlas, en su caso - No percibir remuneración por trabajo cuenta ajena
      • Documento bancario en el que figure los datos de la persona solicitante o representante legal y su código cuenta cliente (número de cuenta con los 20 dígitos). En caso de pago a tercero, documento bancario en el que figure código cuenta cliente
      • Documento acreditativo Documento acreditativo de recepción del catálogo de derechos y obligaciones a que queda sujeto el solicitante (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • En caso de separación o divorcio
      • Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador de la persona destinataria de la prestación o, en su caso, documento de inicio del procedimiento del mismo
    • En caso de representación
    • B) DOCUMENTACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD CONVIVENCIAL
    • Si la persona destinataria de la prestación convive con cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, o parientes en línea recta o colateral hasta 2º grado. En todos los casos deberá aportar cada uno de los miembros, incluido el titular
      • Certificación de bienes inmuebles
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Documento bancario
      • Documento acreditativo de la recepción del catálogo de derechos y obligaciones a que queda sujeto/a el/la solicitante o, en su caso, el representante legal en el supuesto de que le sea concedida la prestación solicitada
    • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a por cuenta ajena
      • Última declaración de la Renta o certificación de la administración tributaria donde conste la no obligación de presentarla
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Dos últimas nóminas
    • Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a autónomo/a
      • Última declaración de la renta
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descarga/Enlaces)
      • Último justificante del pago fraccionado del I.R.P.F. realizado
    • Y en caso de que algún miembro sea pensionista
      • Documento acreditativo de la pensión que perciba
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Y en caso de que algún miembro sea desempleado/a y percibiendo algún tipo de prestación
      • Documento acreditativo de la concesión de la prestación
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Dos últimos recibos abonados
    • Y en caso de que algún miembro sea desempleado/a que no perciba ningún tipo de prestación o no poder acreditar los ingresos mediante documentación oficial
      • Documento de la oficina de empleo correspondiente que acredite tal situación
      • Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
      • Documento declaración responsable de subsistencia (Ver documento en Descargas/Enlaces)
    • Y en caso de que algún miembro sea menor en edad de escolarización obligatoria
      • Documento del centro escolar en el cual se acredite su asistencia regular
    • Y en caso de que algún miembro sea estudiante
      • Documento del centro donde cursa estudios que acredite tal situación
    • C) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA EN FUNCIÓN DE LA MODALIDAD DE PRESTACIÓN A SOLICITAR
    • En el caso de que solicite la prestación de servicios personales en el domicilio
      • Documento que acredite alta en el régimen especial de la Seguridad Social de empleados/as del hogar por parte de la persona que haya prestado, preste o vaya a prestar el servicio durante el año en el cual se registre la solicitud
      • Tres presupuestos en los cuales se detalle la obra a realizar y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada del servicio recibido en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
      • Informe médico en el que se especifique el diagnóstico y grado de autonomía y desenvolvimiento personal
    • En el caso de que solicite la prestación de servicios de comedor
      • Presupuesto del centro o restaurante o, en su defecto, factura detallada de los gastos realizados en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
    • En el caso de que solicite la prestación de compra de alimentos
      • Factura detallada de las compras realizadas en el transcurso del año en el cual se registra la solicitud, del comercio en el que se haya realizado la compra salvo que el Ayuntamiento formalice un convenio de colaboración en esta materia con un establecimiento comercial. Sólo podrá constar los productos que aparecen en el reglamento, con la salvedad de aquellas dietas especiales (prescripción facultativa)
    • En el caso de que solicite la prestación de arreglo y mejora de la vivienda o adaptación funcional del hogar
      • Memoria , croquis o estudio de accesibilidad en la que se refleje la situación actual de la vivienda y cómo quedaría ésta después de realizadas las obras
      • Documento que acredite la propiedad de la vivienda o autorización expresa y escrita de la persona titular de la misma para realizar las obras, en caso de alquiler o cualquier otro tipo de cesión
      • Tres presupuestos en los cuales se detalle la obra a realizar y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada de haberlo abonado en el transcurso del año en el cual se registra la solicitud
    • En el caso de que solicite las prestaciones de adquisición y renovación de útiles del hogar y/o adquisición de enseres y mobiliario
      • Tres presupuestos del material a adquirir y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada de la adquisición realizada en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
    • En el caso de que Solicite la prestación de Prótesis y Órtesis:
      • Prescripción médica del/la facultativo/a correspondiente del Servicio Canario de Salud que acredite la necesidad
      • Tres presupuestos en los cuales se detalle el material solicitado la cobertura y garantía del mismo y posterior presentación de la factura en el plazo máximo de resolución del procedimiento o, en su defecto, factura detallada de la adquisición realizada en el transcurso del año en el cual se registre la solicitud
      • Documento del Servicio Canario de Salud donde se acredite que el producto solicitado no es financiado por dicho Servicio

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Texto Íntegro Materia Asuntos Sociales
    Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Capítulo II Iniciación del procedimiento
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Regulación Subvenciones
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Texto Íntegro Reglamento Subvenciones

    Quién puede realizar la solicitud

    Con carácter general, la persona destinataria de la prestación coincidirá con quien la solicita. Se exceptúan los casos en que, existiendo incapacidad acreditada del destinatario/a, su representante legal asuma la posición de persona solicitante.
    - Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:

    • Ser mayor de 60 años y no realizar actividad remunerada alguna.
    • Poseer nacionalidad española, refugiadas, asiladas, apátridas, extranjeras residentes y transeúntes en los términos previstos en la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, y que estén empadronadas y residan en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
    • No percibir en la actualidad ayudas públicas o privadas, así como tratamiento público o subvencionado por el mismo concepto.
    • Cumplir con los requisitos estipulados para el tipo de prestación solicitada.
    • Obtener la puntuación mínima establecida por aplicación del baremo recogido en el anexo I del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores (BOP n.º 85, de 16 de julio de 2004).

    - Otros requisitos específicos serán los siguientes:
    Para los servicios personales en el hogar:

    Personas mayores que, por su grave estado de necesidad, requieran de una atención especializada que no pueda afrontar la familia o que, por sus características, no pueda llevarse a cabo a través del Servicio de Ayuda a Domicilio de este ayuntamiento por la limitación horaria de este servicio o por otras causas debidamente acreditadas.
    Para el servicio de comedor:
    Personas mayores que no pueden cubrir los gastos de comedor en centros de la tercera edad en los que no se preste de forma gratuita, o bien en restaurantes si no existiera un Centro de Personas Mayores con comedor cercano, o por imposibilidad de la persona para desplazarse a dicho centro.
    Para la compra de alimentos:
    Personas mayores que padezcan una enfermedad que les obligue a realizar una dieta especial que les resulte especialmente gravosa para su economía y que presenten informe médico que lo acredite.
    Para la prestación de arreglo y mejora de la vivienda o adaptación funcional del hogar:

    • La persona solicitante no debe haber percibido ayuda para el mismo tipo de arreglo o mejora en los últimos cinco años.
    • Y además la vivienda deber ser propia o, en caso de alquiler u otra forma de cesión, que se cuente con el permiso expreso y por escrito de la persona propietaria de la misma.

    Para la prestación de adquisición y renovación de útiles del hogar:
    La persona solicitante no podrá haber percibido ayudas para los mismos útiles en los últimos dos años.
    Para la prestación de adquisición de enseres y/o mobiliario:
    La persona solicitante no podrá haber percibido ayuda para los mismos enseres en los últimos dos años; en el caso de mobiliario, este plazo será de 5 años.
    Para la prestación de prótesis y órtesis:

    • La persona solicitante no debe haber recibido ayuda en los últimos 5 años para prótesis dentales y auditivas.
    • Y además no haber recibido ayuda en los últimos 2 años para las prótesis oculares, entre las cuales no se incluyen las lentillas.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
    Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama


    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
    Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
    Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I


    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
    Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
    Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón


    Distrito Centro
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
    Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas


    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
    Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás


    Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
    Dirección: calle La Naval, 229 A
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
    Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla


    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
    Dirección: Calle Mario César, 17
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
    Atiende a los barrios de El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras


    Distrito Ciudad Alta
    1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
    Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
    Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo


    2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
    Dirección: avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
    Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
    Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres


    3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
    Dirección: calle Joaquín Belón, local 21 – 22
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
    Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio


    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
    Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
    Atiende a los barrios de San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Órgano que resuelve

    El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.

    La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada

    Plazo de resolución

    3 meses.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución y plazo

    Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
    Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
    Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), por medios electrónicos o en papel en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
    Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía (art. 41.1. Ley 39/2015).

    Información de interés

    - Compatibilidades:

    • La misma persona podrá recibir prestaciones individuales u otras ayudas y servicios a cargo de instituciones públicas o privadas, siempre que sean de distinta naturaleza y atiendan a diferentes necesidades.

    - Incompatibilidades:

    • La percepción de prestaciones individuales será totalmente incompatible con la percepción simultánea de otras ayudas otorgadas por organismos públicos y/o privados con la misma finalidad y cobertura.
    • También existirá incompatibilidad total cuando se disfrute, simultáneamente a la solicitud de la Prestación Individual, de un servicio gratuito que cubra los mismos supuestos y necesidades, y que se presten directamente por otros organismos del Estado, de la Comunidad Autónoma, insulares o por personal retribuido con cargo a sus presupuestos.

    - La prestación de Servicios Personales en el Domicilio será incompatible con:

    • Percibir una pensión de la Seguridad Social en concepto de gran invalidez.
    • Percibir una pensión no contributiva en la que se incluya el incremento por necesidad de ayuda de tercera persona.
    • Percibir la prestación por hijo a cargo, en la que se incluya el incremento por necesidad de ayuda de tercera persona

    - Derechos (artículo 26 del reglamento):

    • Que le sea facilitada toda la información pertinente a la prestación solicitada.
    • Ser informado sobre el proceso de trámite de su solicitud.
    • Disponer por escrito del listado de los documentos necesarios para la tramitación de su solicitud.
    • Interponer, en caso de no estar conforme con la resolución adoptada, los recursos establecidos legalmente.
    • Cualquier otro derecho que la legislación atribuye a los ciudadanos.

    - Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):

    • Destinar el importe de la prestación a la finalidad para la que le fue concedida.
    • Facilitar cuanta información le sea requerida por este ayuntamiento.
    • Informar de cualquier alteración de las condiciones o requisitos que motivaron la concesión de la prestación desde el momento que se produzca.
    • En caso de fallecimiento de la persona destinataria de la prestación, sus herederos estarán obligados a comunicarlo en el plazo de una semana.
    • Comunicar la obtención de cualquier otra prestación o ayuda concedida con posterioridad para la misma finalidad.
    • Justificar los gastos en la forma determinada por este ayuntamiento.
    • Abonar la cuantía de la parte no cubierta de la prestación concedida.
    • Reintegrar la prestación concedida en los casos y con los requisitos establecidos en el artículo 23 del Reglamento:


    - Cuando haya obtenido la prestación sin reunir los requisitos exigidos como consecuencia de fraude, engaño, ocultamiento de la verdad u omisión premeditada de datos por parte de la persona solicitante o representante legal en su caso.
    - Cuando no se haya destinado la prestación a la finalidad para la que se había solicitado.
    - En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria y que se trate de un bien, el/la técnico/a municipal correspondiente valorará la procedencia de la devolución del mismo, en cuyo caso dicha devolución deberá realizarse en el plazo máximo de un mes.
    - En caso de que se altere la situación de la persona y la prestación asignada deje de servir a la utilidad para la que había sido solicitada, según la valoración del técnico/a municipal correspondiente, deberá procederse a su devolución en el plazo máximo de un mes.

    Observaciones

    Si en la solic

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