PEES - Prestación Económica de Emergencia Social

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Objeto

Las Prestaciones Económicas de Emergencia social, tendrán las siguientes finalidades:

a) Dar cobertura de forma urgente a aquellas prestaciones de especial necesidad que requieran una respuesta inmediata. (Las prestaciones económicas de especial necesidad tendrán las siguientes finalidades: a) Apoyar procesos de intervención social orientados a superar situaciones de desventaja social, siendo la prestación un instrumento para la consecución de los objetivos de la misma. b) Atender situaciones sobrevenidas o imprevistas que produzcan desequilibrios socio-económicos en la familia. c) Cubrir situaciones coyunturales y puntuales, previsiblemente irrepetibles, desapareciendo con la concesión de la prestación la necesidad planteada. d) Cubrir necesidades básicas de las personas beneficiarias de la prestación. e) Cubrir otras necesidades valoradas y motivadas por el personal técnico municipal, no recogidas anteriormente.)
b) Paliar las consecuencias de daños que tengan el carácter de extraordinario, fortuito o imprevisible por causas, entre otras, de fuerza mayor.

Unidad Tramitadora

(24) Servicio de Bienestar Social

Documentación a aportar

  • Documentación básica
    • Documento Nacional de Identidad o documento identificativo análogo en vigor, de la persona solicitante y de los miembros de su unidad familiar. En el supuesto de personas extranjeras deberá aportarse la tarjeta de residente, de asilo o refugio, o cualquier otro documento que permita su estancia legal en España
    • Libro de familia de la persona solicitante
    • Acreditación de empadronamiento de la persona solicitante y su unidad familiar
    • Tarjeta sanitaria o Cartilla de la Seguridad Social de toda la unidad familiar
    • Tarjeta de demanda de empleo y Certificado emitido por el Servicio Canario de Empleo, de la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar que procedan, especificando si perciben algún tipo de prestación por desempleo y si así fuese su cuantía
    • Certificado emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social de la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar que procedan, especificando si perciben algún tipo de pensión y si así fuese su cuantía
    • Documentación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria referente al último ejercicio económico de la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar que procedan
    • Contrato de trabajo e la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar que procedan
    • Dos últimas nóminas de la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar que procedan
    • Declaración responsable de subsistencia, exigible sólo en los casos en que no se perciban ingresos de los anteriormente mencionados
    • Certificado de bienes inmuebles
    • Documento acreditativo de la recepción del catálogo de derechos y obligaciones a que queda sujeta la persona solicitante en el supuesto que le sea concedida la prestación
    • Facturas y presupuestos en los casos que procedan
    • Documento bancario en el que conste el Código Cuenta Cliente, Iban y su titular
    • Cualquier otra documentación que el personal técnico municipal considere necesaria para la tramitación de la prestación
  • En caso de separación legal o divorcio de cualquier miembro de la unidad familiar
    • Sentencia en la que deberá constar el importe de las pensiones a satisfacer en caso de incumplimiento de la misma, deberá aportarse una declaración responsable sobre tal extremo
  • En caso de representación
    • Deberá acreditar la misma de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
Texto Íntegro Materia Asuntos Sociales
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Texto Íntegro Regulación Subvenciones
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Texto Íntegro
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Texto Íntegro Bases de Régimen Local
Ordenanza Específica Reguladora de las Prestaciones Económicas para situaciones de Especial Necesidad y/o de Las Palmas de Gran Canaria
Texto Íntegro

Quién puede realizar la solicitud

Las personas mayores de edad o menores emancipados que estén empadronadas en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
Excepcionalmente podrán ser beneficiarias aquellas personas que, careciendo de domicilio en el municipio (personas extranjeras sin permiso de residencia, personas sin hogar, etc.), y previo informe del personal técnico municipal de servicios sociales, presenten una situación de extrema necesidad social.
Podrán ser beneficiarias de estas prestaciones las personas extranjeras, refugiadas, asiladas y apátridas, de acuerdo con lo dispuesto en los tratados internacionales vigentes en España, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la Ordenanza que regula estas Prestaciones.
Acreditación de la situación de necesidad, que debe ser valorada por el personal técnico municipal mediante la emisión del informe social correspondiente.
Alcanzar la puntuación mínima exigida como resultado de la aplicación del Baremo establecido en el Anexo I de la Ordenanza que regula esta Prestación. Se exceptuarán de este requisito los casos a los que se refiere el artículo 2, apartado 2 a), donde se especifica “Dar cobertura de forma urgente a aquellas prestaciones de especial necesidad que requieran una respuesta inmediata”.
Los solicitantes deberán aportar la documentación exigida en cada caso.
Las personas que no posean propiedades o tienen el usufructo de bienes muebles o inmuebles cuyas características, valoración, posibilidad de venta o cualquier otra forma de explotación, indiquen de manera notoria la existencia de medios materiales suficientes para atender, por sí mismo, la necesidad para la que se demanda la prestación. Queda excluida de este requisito la vivienda habitual.
Las personas solicitantes quedan exoneradas de la obligación de acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social exigida en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, por las particulares circunstancias de emergencia social o de especial necesidad que motivan su petición.

Cómo lo puede presentar

El trámite se puede instar:
* Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)

  1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
  2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
  3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
  4. Vía Correos. Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:

    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria

Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas …)

  1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

Fechas en que lo puede solicitar

Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año.

Dónde lo puede presentar

1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:

  • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:

    Oficina Central
    Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.

    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: Calle Botas, 2
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

    Distrito Centro
    Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
    Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 – 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 – 928.44.74.29
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 – 928.44.85.28
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.

    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
    Dirección: Calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.

Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

.

En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
Oficina Vegueta, Cono Sur y Tafira
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
Dirección: Calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de: Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
Dirección: Calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532 / 928 448574
Atiende a los barrios de: Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, San Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, El Batán, Tres Palmas, Casablanca I
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
Dirección: Calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico).
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001 / 928 446142
Atiende a los barrios de: Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
Distrito Centro
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
Dirección: C/ Alfonso XIII, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555 / 928 448560
Atiende a los barrios de: Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35. Míller Bajo
Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
Atiende a los barrios de: La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Míller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: Calle La Naval, 229 A
Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
Atiende a los barrios de: La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
Dirección: Calle Mario César, 17
Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
Atiende a los barrios de: El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme, Las Canteras

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Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: Avda. de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538 / 928 448539
Atiende a los barrios de: Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: Avenida La Feria, 40 - Bloque 3 Bajo
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061 / 928 446063
Atiende a los barrios de: Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: Calle Joaquín Belón, local 21 – 22
Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
Atiende a los barrios de: Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Centro Municipal de Servicios Sociales - Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: Calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono: 928 448530.
Atiende a los barrios de: San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de M.ª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala

Obligaciones económicas

Ninguna.

Órgano que resuelve

El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquellos otros que se estimaran oportunos.
La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada.

Plazo de resolución

3 meses.

¿Agota la vía administrativa?

Sí.

Recurso contra la resolución y plazo

Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de su notificación.
Lo anterior sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los derechos de los interesados.

Notificación

Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica.

Observaciones

Si se encuentra residiendo en otro distrito diferente al de su empadronamiento, prevalecerá la residencia de hecho para el trámite de la prestación.
Sólo se podrán solicitar dos prestaciones económicas por anualidad, salvo situaciones excepcionales valoradas por el personal técnico municipal.
Para la concesión de las Prestaciones Económicas se tendrán que cumplir los siguientes criterios generales:
1. Existencia de situaciones acreditadas de necesidad.
2.Que la necesidad objeto de la prestación esté valorada e informada por el personal técnico municipal.
3. Estas prestaciones serán incompatibles con el disfrute gratuito de servicios que cubran las mismas necesidades.
Igualmente serán incompatibles con cualquier ayuda por el mismo concepto o que cubran la misma necesidad que hayan sido concedidas por otra Administración u organismo público o privado. Se exceptuará este requisito si la ayuda concedida no solventase en su totalidad la necesidad, pudiendo en este caso complementarse desde esta Administración.
Se entenderá por Prestación Económica aquella subvención de carácter extraordinario y no periódico otorgada parala cobertura de situaciones de especial necesidad y/o emergencia social de las personas beneficiarias.
Se entenderá por unidad familiar la constituida por la persona solicitante y, en su caso, quienes convivan con ella en una misma vivienda o alojamiento, ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación estable análoga a la conyugal, por parentesco de consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado en línea recta o colateral, incluyendo los casos de tutela o acogimiento familiar.
Se considerará unidad familiar independiente la que formen cualquiera de los parientes señalados en el párrafo anterior que tengan, a su vez, hijos a su cargo, o a menores tutelados o en régimen de acogimiento familiar. Esta unidad familiar independiente podrá solicitar también esta prestación económica.
Se entenderá por necesidades básicas aquellas necesidades cuya satisfacción es indispensable para el adecuado desarrollo de la persona (alimentos, productos de higiene personal y del hogar, vestido y calzado, equipamiento básico del hogar, etc.), según valoración social del caso realizada por el personal técnico municipal.

Información general

Requisitos (documentos a aportar)
Los documentos que, de oficio, pueda recabar el centro gestor de la prestación no se exigirán a la persona solicitante.
En el caso de que la documentación exigida obre en otros expedientes tramitados en el mismo Centro, se utilizará copia de ésta para el trámite de la nueva prestación, siempre que estén en vigor, de forma que no se requerirá su presentación a la persona solicitante.
En los casos de colectivos con especial necesidad de atención que carezcan de alguno de los documentos mencionados anteriormente, se podrá exceptuar su presentación por razones debidamente motivadas en el informe social que conste en el expediente de la prestación.

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