PIPD - Prestación Individual Básica de Recuperación Profesional a Personas con Discapacidad
Objeto
Prestación, integrada en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, regulada en el Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusvalidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
El objetivo de esta prestación es costear los gastos de las personas con discapacidad en las áreas siguientes:
- Acciones formativas en régimen especial.
- Servicios especiales de apoyo y adiestramiento necesario para facilitar el acceso de las personas en procesos de rehabilitación a enseñanzas que conduzcan a su integración o reconversión profesional o laboral.
Cobertura y cuantía máximas:
Estas prestaciones económicas podrán cubrir los gastos del servicio o atención solicitado de forma total o parcial, en función del porcentaje obtenido tras aplicar el baremo establecido, regulándose unas cuantías máximas según el tipo de prestación tal y como se establece en el baremo del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores.
Abono:
El abono de las prestaciones económicas se realizará a través de ingreso en cuenta bancaria.
Unidad Tramitadora
(24) Servicio de Bienestar Social
Documentación a aportar
- A) DESTINATARIO O REPRESENTANTE LEGAL:
- Certificado de vida laboral
- Libro de familia de la persona destinataria de la prestación
- Cartilla de la Seguridad Social o documento análogo
- Certificado de vida laboral (se tramita en la tesorería de la Seguridad Social, C/Presidente Alvear, 38-40)
- Declaración de responsabilidad en la que conste los siguientes puntos: Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con todas las administraciones públicas. No haber recibido ayudas o subvenciones para el mismo fin. Que haya justificado las ayudas o subvenciones concedidas con anterioridad (Opc)
- Documento bancario en el que figure los datos de la persona solicitante o representante legal y su código cuenta cliente (número de cuenta con los 20 dígitos). En caso de pago a tercero, documento bancario en el que figure sus datos y su código cuenta cliente.
- Documento acreditativo de recepción del catálogo de derechos y obligaciones (artículos 26 y 27 del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores).
- Dictamen facultativo en el que se reconozca el grado de discapacidad igual o superior al 33% , emitido por el Equipo de Valoración y Orientación (EVO) del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, c/ Tomás Morales nº 122.
- Dictamen facultativo en el que conste que la prestación solicitada es inherente a la discapacidad que se padece emitido por el equipo de valoración y Orientación (EVO) del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, c/ Tomás Morales nº 122. La recepción del documento es preceptiva para continuar con el trámite
- Programa o memoria de la actividad de recuperación profesional.
- Justificante de la matrícula o de haber solicitado plaza en el correspondiente centro.
- En caso de que haya sido prestado el servicio durante el presente año
- Factura detallada de haberlo abonado en el transcurso del año en el cual se realice la solicitud
- En caso de representación
- Deberá acreditar la misma de acuerdo con lo establecido en el Art.5.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- En caso de separación o divorcio
- Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador de la persona destinataria de la prestación o, en su caso, documento de inicio del procedimiento del mismo
- B) DOCUMENTACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA UD. FAMILIAR CONVIVENCIAL:
- Si la persona destinataria de la prestación convive con cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, o parientes en línea recta o colateral hasta 2º grado. En todos los casos deberá aportar cada uno de los miembros, incluido el titular
- Certificación de bienes inmuebles
- Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
- Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a por cuenta ajena
- Última declaración de la Renta o certificado de la administración tributaria donde conste la obligación de no presentarla
- Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
- Dos últimas nóminas
- Y en caso de que algún miembro sea trabajador/a autónomo/a
- Última declaración de la Renta
- Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
- Último justificante del pago fraccionado del I.R.P.F. realizado
- Y en caso de que algún miembro sea pensionista
- Documento acreditativo de la pensión que perciba
- Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
- Y en caso de que algún miembro sea desempleado/a percibiendo algún tipo de prestación
- Documento acreditativo de la concesión de la prestación y dos últimos recibos abonados
- Autorización al Ayuntamiento para su gestión (Ver documento en Descargas/Enlaces)
- Y en caso de que algún miembro sea menor en edad de escolarización obligatoria
- Certificado del centro escolar en el cual se acredite su asistencia regular
- Y en caso de que algún miembro sea estudiante
- Documento del centro donde cursa estudios que acredite esa situación
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Base Legal
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Íntegro | Bases de Régimen Local | ||
Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias | |||
Texto Íntegro | Materia Asuntos Sociales | ||
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Regulación Subvenciones | ||
Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Prestaciones Individuales Mayores y Discapacitados | ||
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones | |||
Texto Íntegro | Reglamento Subvenciones |
Quién puede realizar la solicitud
Con carácter general, la persona destinataria de la prestación coincidirá con quién la solicita. Se exceptúan los casos en que existiendo incapacidad acreditada del destinatario/a, su representante legal asuma la posición de persona solicitante.
Podrán solicitar estas prestaciones todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos generales:
- Tener acreditado por el órgano autonómico competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Poseer nacionalidad española, refugiadas, asiladas, apátridas, extranjeras residentes y transeúntes en los términos previstos en la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, y que estén empadronadas y residen en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
- Que la persona destinataria haya cumplido los 16 años.
- Tener reconocida una incapacidad laboral que de lugar a una pensión inferior al salario mínimo interprofesional.
- Padecer una discapacidad compatible con la actividad a desarrollar.
- No percibir en la actualidad ayudas públicas o privadas, así como tratamiento público o subvencionado por el mismo concepto.
- Obtener la puntuación mínima establecida por aplicación del baremo recogido en el anexo I del Reglamento de las Prestaciones Individuales a Minusválidos/as y Personas Mayores (B.O.P. nº 85, de 16 de julio de 2004).
Cómo lo puede presentar
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Fechas en que lo puede solicitar
Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año
Dónde lo puede presentar
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
En los Centros Municipales de Servicios Sociales que a continuación se relacionan:
Oficina Vegueta-Cono Sur-Tafira
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - El Secadero
Dirección: calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, 30. El Secadero
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532/928 448574
Atiende en los barrios de Vega de San José, San Roque, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, El Roque, La Calzada, Hoya de Parrado, Bandama.
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Vegueta
Dirección: calle Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448532/ 928 448574
Atiende a los barrios de Zárate, Salto del Negro, Pedro Hidalgo, El Lasso, San Cristóbal, San José, san Juan, Hoya de la Plata, Barranco Seco, Tablero de Gonzalo, La Montañeta, Lomo Verdejo, San Francisco de Paula, La Matula, Vegueta, el Batán, Tres Palmas, Casablanca I
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Jinámar
Dirección: calle Las Ramblas de Jinámar, s/n (Centro Cívico)
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446001/ 928 446142
Atiende a los barrios de Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, El Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas, Lomo del Capón y Jinámar, Los Hoyos, Cuesta Ramón
Distrito Centro
1. Centro Municipal de Servicios Sociales - Centro (Arenales)
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448555/ 928 448560
Atiende a los barrios de Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Miller Bajo
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo
Pedir cita previa al teléfono: 928 448576
Atiende a los barrios de La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Ttriana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra, San Nicolás
Distrito Isleta-Puerto-Guanarteme
1. CentroMunicipal de Servicios Sociales Isleta-Puerto-Guanarteme
Dirección: calle La Naval, 229 A
Pedir cita previa al teléfono: 928 448542
Atiende a los barrios de La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Puntilla
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Guanarteme
Dirección: calle Mario César, 17
Pedir cita previa al teléfono: 928 448531
Atiende a los barrios de El Rincón, santa catalina, Guanarteme, Las Canteras
Distrito Ciudad Alta
1. Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad Alta
Dirección: avenida de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 448538/ 928 448539
Atiende a los barrios de Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo
2. Unidad de Trabajo Social de Zona Barrio Atlántico
Dirección: avenida La Feria, 40- Bloque 3 Bajo
Pedir cita previa a los teléfonos: 928 446061/ 928 446063
Atiende a los barrios de Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización Sansofé, Parque Central, Cuevas Torres
3. Unidad de Trabajo Social de Zona Polígono Cruz de Piedra
Dirección: calle Joaquín Belón, local 21-22
Pedir cita previa al teléfono: 928 448573
Atiende a los barrios de Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schaman, El Polvorín, Las Rehoyas y San Antonio
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Centro Municiipal de Servicios Sociales - Tamaraceite - San Lorenzo - Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excelentísimo Señor don José Gutiérrez Mellado, 15
Pedir cita previa al teléfono: 928 448530
Atiende a los barrios de San Lorenzo, La milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de Mº Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala
Obligaciones económicas
Ninguna
Órgano que resuelve
El/la político/a responsable resolverá el expediente en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la trabajadora o trabajador social y de aquello otros que se estimaran oportunos.
La resolución contra la cual se podrán interponer los recursos legalmente previstos será notificada a la persona interesada
Plazo de resolución
3 meses
¿Agota la vía administrativa?
Sí
Recurso contra la resolución y plazo
Recurso potestativo de reposición en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la notificación.
Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contará desde el día siguiente al de la recepción de la su notificación.
Lo anterior sin perjuicio de cualqueir otra acción o recurso que se estime oportuno interponer para la mejor defensa de los interesados.
Notificación
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, notificación por medios electrónicos.
Información de interés
Compatibilidades:
La misma persona podrá recibir prestaciones individuales u otras ayudas y servicios a cargo de instituciones públicas o privadas, siempre que sean de distinta naturaleza y atiendan a diferentes necesidades.
Incompatibilidades:
- La percepción de prestaciones individuales será totalmente incompatible con la percepción simultánea de otras ayudas otorgadas por organismos públicos y/o privados con la misma finalidad y cobertura.
- También existirá incompatibilidad total cuando se disfrute, simultáneamente a la solicitud de la Prestación Individual, de un servicio gratuito que cubra los mismos supuestos y necesidades, y que se presten directamente por otros organismos del Estado, de la Comunidad Autónoma, insulares o por personal retribuido con cargo a sus presupuestos.
Derechos (artículo 26 del reglamento). A las personas destinatarias de la prestación o, en su caso, su representante legal, se les reconocerán los siguientes:
- Que le sea facilitada toda la información pertinente a la prestación solicitada.
- Ser informado sobre el proceso de trámite de su solicitud.
- Disponer por escrito del listado de los documentos necesarios para la tramitación de su solicitud.
- Interponer, en caso de no estar conforme con la resolución adoptada, los recursos establecidos legalmente.
- Cualquier otro derecho que la legislación atribuye a los ciudadanos.
Obligaciones (artículo 27 del Reglamento):
- Destinar el importe de la prestación a la finalidad para la que le fue concedida.
- Facilitar cuanta información le sea requerida por este ayuntamiento.
- Informar de cualquier alteración de las condiciones o requisitos que motivaron la concesión de la prestación desde el momento que se produzca.
- En caso de fallecimiento de la persona destinataria de la prestación, sus herederos estarán obligados a comunicarlo en el plazo de una semana.
- Comunicar la obtención de cualquier otra prestación o ayuda concedida con posterioridad para la misma finalidad.
- Justificar los gastos en la forma determinada por este ayuntamiento.
- Abonar la cuantía de la parte no cubierta de la prestación concedida.
- Reintegrar la prestación concedida en los casos y con los requisitos establecidos en el artículo 23 del Reglamento:
- Cuando haya obtenido la prestación sin reunir los requisitos exigidos como consecuencia de fraude, engaño, ocultamiento de la verdad u omisión premeditada de datos por parte de la persona solicitante o representante legal en su caso.
- Cuando no se haya destinado la prestación a la finalidad para la que se había solicitado.
- En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria y que se trate de un bien, el/la técnico/a municipal correspondiente valorará la procedencia de la devolución del mismo, en cuyo caso dicha devolución deberá realizarse en el plazo máximo de un mes.
- En caso de que se altere la situación de la persona y la prestación asignada deje de servir a la utilidad para la que había sido solicitada, según la valoración del técnico/a municipal correspondiente, deberá procederse a su devolución en el plazo máximo de un mes.
Observaciones
Si en la solicitud faltase alguna documentación se requerirá a la persona solicitante para que el plazo de 10 días hábiles aporte los documentos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá por desistida de su petición dictándose resolución en los términos previstos en artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los datos aportados por la persona solicitante determinan una puntuación en aplicación del baremo del Reglamento de estas prestaciones, puntuación que necesariamente tiene un carácter provisional ya que es preceptivo el cotejo de la documentación presentada y valoración por parte de el/la Trabajador/a Social correspondiente del Centro de Servicios Sociales de su lugar de residencia. Dicho estudio determinará la concesión o denegación de la prestación solicitada o, en su caso, la derivación a otro recurso o prestación si cumple los requisitos exigidos.
Sin perjuicio de lo detallado anteriormente, los criterios que se tendrán en cuenta para la concesión de esta prestación serán los siguientes, conforme al artículo 20.1 del Reglamento:
- La disponibilidad presupuestaria y hasta el total del importe máximo consignado por las mismas, según las cuantías establecidas en el baremo del presente Reglamento.
- Que el/la solicitante pueda cubrir aquella parte del coste total del servicio no financiado por la prestación.
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