Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

  • Objeto

    Cualquier solicitud relacionada con jardines municipales (poda, riego, deshierbe, limpieza y otros), contadores de agua municipales, así como parques caninos.

    Unidad Tramitadora

    (22) Unidad Técnica de Parques y Jardines

    Silencio Administrativo

    Negativo

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Cualquier persona física o jurídica.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Durante todo el año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24 Fax: 928.67.05.50
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Observaciones

    - Imprescindible un teléfono de contacto y correo electrónico.
    - Los informes o respuestas que se generen serán remitidos a cada uno de los Distritos a los que pertenezcan los interesados, no solo a efectos de coordinación, sino además con el fin de que estos tengan conocimiento de lo que un vecino suyo ha solicitado y actúe en consecuencia.

  • Objeto

    Cuestiones relacionadas con los Distritos.

    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro

    Quien lo puede solicitar

    Colectivos y asociaciones vecinales, CEIP y empresas.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Cuando lo puede presentar

    En cualquier momento, los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

  • Objeto

    Pago de la tarifa correspondiente por la realización de las actividades, talleres y cursos que ofertan la Delegación de Igualdad del Ayuntamiento.

    Unidad Tramitadora

    Hacienda

    Documentación a aportar

    • En caso de ser una persona con un grado mínimo de Discapacidad del 33%
      • Dictamen facultativo en el que se reconozca el grado de discapacidad igual o superior al 33%
    • En caso de tener la condición de Pensionista
      • Cualquier documento que acredite la condición de Pensionista

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ordenanza Reguladora del Precio Público por Actividades y/o Servicios de la Delegación de Igualdad
    Texto Íntegro Precio Público Actividades y Servicios Delegación Igualdad

    Quién puede realizar la solicitud

    Están obligados/as al pago del precio público en la presente Ordenanza quienes se beneficien de los servicios y/o actividades, prestados o realizados por este Ayuntamiento.

    Tarifas

    Las tarifas de este precio público serán las siguientes:

    Actividades Deportivas
    Gimnasia de Mantenimiento
    Gimnasia Terapeútica
    Pilates y otras

    GENERAL(al mes) DE 12,50 A 40 EUROS
    PENSIONISTAS La tarifa tendrá una reducción del 20% sobre la General para aquellas personas pensionstas, siempre que acrediten tal circunstancia, mediante documentos probatorios de tal condición en la Delegación de Igualdad.
    DISCAPACITADAS La tarifa será el 50% de la general para aquellas mujeres discapacitadas (con grado mínimo del 33%), previa acreditación de tal condición en la Delegación de Igualdad.
    BONO Se establece un bono trimestral cuya tarifa tendrá una reducción del 20% sobre la tarifa que corresponda.

    Actividades de Promoción de la Salud
    Desde 12,50 hasta 50 euros.

    Actividades Culturales
    Desde 12,50

    Actividades Formativas (Talleres y Cursos)
    GENERAL (al mes) DE 12,50 hasta 50 EUROS
    DISCAPACITADOS/as La tarifa será el 50% de la general para aquellas/os discapacitadas/os (con grado mínimo del 33%) previa acreditación de tal condición en la Delegación de Igualdad.
    PENSIONISTAS La tarifa tendrá una reducción del 20% sobre la General para aquellas personas pensionistas, siempre que acrediten tal circunstancia, mediante documentos probatorios de tal condición en la Delegación de Igualdad.

    Programa de conciliación de la vida familiar y laboral
    General
    (al mes)
    De 12,50 a 40 euros.
    En caso de inscripción de hermanos, al segundo hermano se le aplicará una tarifa del 80% de la general y al tercero y sucesivos del 60% de la general

    Observaciones

    1. La obligación de pago del precio público regulado en esta Ordenanza nace desde el momento en que se preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificadas en el artículo anterior.
    2. El pago de los mismos se realizará en la Oficina de la recaudación municipal, o en cualquier entidad bancaria de esta Localidad.
    3. Las personas beneficiarias están obligadas a entregar copia del pago del recibo de autoliquidación en el Centro municipal de Información a la Mujer, o bien a los monitores/as de cada una de las actividades señaladas anteriormente.
    4. Procederá la devolución de la tarifa abonada para talleres y cursos si se solicita con una semana de antelación al inicio de la actividad. En otro caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 46. 2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales.

  • Objeto

    Solicitud de la pertinente autorización administrativa por motivo de la realización de determinadas actuaciones en la vía pública como consecuencia de obras consistente en:

    • Retirada de bolardos por obras
    • Tránsito con vehículos-maquinaria de más de 3.500 kg de P.M.A. por zonas peatonales.

    Unidad Tramitadora

    (67) Sección de Vías y Obras y Accesibilidad

    Silencio Administrativo

    Negativo (3 Meses)

    Documentación a aportar

    • En el caso de retirada de bolardos
      • Descripción fotográfica de la ubicación
      • Memoria descriptiva de las obras, con medidas de seguridad
      • Plano detallado de los elementos que se pretenden retirar
    • Si el tránsito de vehículos-maquinaria de más de 3500 kg de PMA. por zonas peatonales es para acceder a una obra autorizada mediante licencia, además de la documentación referida anteriormente, deberá aportar:
      • Licencia de obra
    • En caso de representación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. BO. Canarias 15 mayo 2000, núm. 60, [pág. 5989]
    Texto íntegro Ordenación del territorio y espacios naturales
    Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados
    Texto Íntegro
    Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación
    Texto Íntegro Reglamento que desarrolla la Ley 8/1995 de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación
    Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales
    Texto Íntegro
    Real Decreto 1627/1997, de 24 octubre, por el que se establecen Disposiciones Mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras de Construcción. (BOE 25 octubre 1997, núm. 256, [pág. 30875])
    Texto Íntegro
    Ordenanza Reguladora de la Señalización y Balizamiento de las Obras que se realicen en la Vía Pública
    Texto Íntegro Señalización y Balizamiento Obras en la Vía Pública
    Ordenanza Municipal de Limpieza Pública
    Texto íntegro Limpieza Pública Municipal
    Ordenanza General de Convivencia Ciudadana y Vía Pública
    Texto Íntegro
    Ordenanza Municipal de Tráfico
    Texto Íntegro
    Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones
    Texto Íntegro

    Requisitos

    Aportación de la documentación exigida por la Unidad Técnica de Vías y Obras, en función del tipo de licencia de obra menor solicitada.

    Quién puede realizar la solicitud

    El interesado o su representante legal debidamente acreditado.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    En cualquier momento antes del inicio de las actuaciones a autorizar.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Según ordenanza fiscal vigente.
    Ténganse en cuenta que, quien solicite la autorización en vía pública como consecuencia de obras, será aquel a quien el ayuntamiento autorice directamente para la realización de las obras, y, por tanto, quien deberá constituir el correspondiente aval o fianza como requisito necesario para que el ayuntamiento le conceda la misma.

    Órgano que resuelve

    Área de Gobierno de Fomento, Servicios Públicos y Aguas.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), por medios electrónicos o en papel en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
    Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía (art. 41.1. Ley 39/2015).

    Plazo de resolución

    Plazo máximo para resolver 3 meses.

    Recurso contra la resolución

    Podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de la Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el Art. 8 de la Ley 29/98 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modificad por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el art. 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Información general

    El horario de atención al público de la Unidad Técnica de Vías y Obras será de lunes a viernes, en horario de 08:00 h. a 14:30 h.

  • Objeto

    Otorgamiento de la pertinente autorización administrativa para el comienzo de obras en la vía pública, una vez aprobada la autorización y fijada la fianza.

    Unidad Tramitadora

    (67) Sección de Vías y Obras y Accesibilidad

    Silencio Administrativo

    Negativo (3 Meses)

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Planos o croquis de situación de la misma, claros y concisos (Acceso al Plano)
      • Copia acreditativa del depósito de la fianza
    • En caso de representación
    • En caso de canalizaciones eléctricas, de telecomunicaciones y otras análogas
      • Impreso comienzo de obras por cuadruplicado indicando longitud en metros de canalización, cruce de calles y situación en acera o calzada (Ver Impreso "Descargas y Enlaces")
      • Plan de trabajo (diagrama de barras). Duración estimada de las obras
    • En caso de conexión a la red general de alcantarillado
      • Impreso comienzo de obras por cuadruplicado indicando longitud en metros de canalización, cruce de calles y situación en acera o calzada (Ver Impreso "Descargas y Enlaces")
    • En caso de acondicionamiento de aceras y bordillos en tramos de escasa entidad
      • Impreso comienzo de obras por cuadruplicado // indicando longitud en metros de acera (Ver Impreso "Descargas y Enlaces")
    • En caso de instalaciones en la vía pública (buzones, marquesinas...)
      • Impreso comienzo de obras por cuadruplicado // indicando longitud en metros de acera (Ver Impreso "Descargas y Enlaces")
    • A NIVEL INFORMATIVO, LE INDICAMOS QUE, UNA VEZ REALIZADO ESTE TRÁMITE, PARA RETIRAR LA AUTORIZACIÓN DE COMIENZO DE OBRA, DEBERÁ PRESENTAR EN EL AYUNTAMIENTO
      • Justificante de acopio de materiales (factura)
      • Comunicación de apertura o reanudación de actividad en los centros de trabajo, comunicando el inicio de las obras a la Dirección General de Trabajo, Servicio de Promoción Laboral de Las Palmas. (Ver datos de contacto en Descargas / Enlaces)

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    R.D. Leg. 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
    Texto Íntegro

    Requisitos de iniciación

    Aprobación de la autorización para la realización de obras y fijada la fianza.

    Quién puede realizar la solicitud

    Cualquier persona física o jurídica interesada

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Antes del plazo previsto para el inicio de la ejecución de las obras.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    • En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público:lLunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24 Fax: 928.67.05.50
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Órgano que resuelve

    Área de Gobierno de Fomento, Servicios Públicos y Aguas.

    Plazo de resolución

    Plazo máximo para resolver, 3 meses.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Observaciones

    Condicionantes a tener en cuenta cuando se realicen obras en la vía pública o en las aceras (apertura de zanjas, catas, canalizaciones, etc ).
    1. No se autoriza el cierre al tráfico de vías, ni en los cruces de calles, los cuales deberán ejecutarse en dos tramos para permitir del paso del tráfico, salvo autorización especial que se solicitará en cada cruce, en cuyo caso tampoco se permitirá afectar a dos cruces consecutivos en el mismo tramo de vía.
    2. Cada 50 metros y en los cruces de calles (esquinas), se deberá dejar, como mínimo, un tramo de tres metros sin vallar, debidamente protegido y acondicionado, para permitir el cruce de los peatones.
    3. En caso de resultar afectada la circulación de los vehículos de transporte público colectivo (guaguas), deberá avisarse con la suficiente antelación al Servicio de Tráfico y Transportes, para coordinar los posibles desvíos.
    4. Una vez comenzados los trabajos en un tramo de una vía, nos se permitirá el comienzo del siguiente, hasta no estar completamente terminado el anterior, incluso con el asfalto. La señalización que haya resultado afectada por los trabajos deberá reponerse de forma inmediata (24 horas máximo), en la misma calidad de la afectada.
    5. La señalización circunstancial motivada por las obras (estrechamientos, limitaciones de velocidad, prohibición de estacionamiento, etc...) deberá hacerse según lo establecido en la Ordenanza de Señalización y Balizamiento de Obras, B. O. P. de 11/02/97, Ley de Seguridad Vial y Reglamento General de Circulación. Para la instalación de semáforos provisionales de obras deberán solicitar autorización expresa al Servicio de Tráfico y Transportes.
    6. Asimismo deberán tener especial atención en la señalización a instalar en las paradas de guaguas y taxis, que se vean afectadas por las obras, debiendo en todo momento garantizar el libre acceso de los peatones

    Información general

    El horario de atención al público de la Sección de Vías y Obras y Accesibilidad será de lunes a viernes, en horario de 08:00 h. a 13:30 h.

  • Objeto

    La celebración de cualquier espectáculo público, así como la ejecución de las instalaciones desmontables en las que los mismos se celebren, requerirá, con carácter general, la previa obtención de un título habilitante en forma de autorización, cuando el aforo previsto supere las cincuenta personas.

    El título habilitante por el que se autorice el espectáculo llevará implícita, cuando aquel se desarrolle sobre bienes de titularidad pública de la Administración competente para resolver, la habilitación para el uso temporal de dichos bienes.

    Unidad Tramitadora

    (117) Servicio de Coordinación Territorial y Participación

    Documentación a aportar

    • Documentación básica
      • Memoria de seguridad o plan de autoprotección del recinto o local y plan de seguridad del evento, estudio de impacto acústico y dispositivo de asistencia de asistencia sanitaria, en los caso exigidos según D. 86/2013
      • Dec. Responsable de la promotora u organizadora, donde haga constar el compromiso de contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil detallando cobertura que cubra el riesgo y de disponibilidad de la finca o local, según Art. 59 D. 86/2013
      • Documento acreditativo de la disponibilidad del local o inmueble para la realización del espectáculo y, tratándose de bienes públicos pertenecientes a administraciones distintas de la que haya de resolver, el oportuno título habilitante para el uso del inmueble
      • Acreditación de concierto con servicio de seguridad privada según Art. 11 D. 86/2013
    • En el caso de que la actividad suponga la ocupación del dominio público municipal
      • Justificante de pago Tasa Ocupación D. Público Puestos o Industrias Callejeras y Ambulantes, Actividades Recreativas y Espectáculos
    • En el caso de requerir aportar otras certificaciones conforme al Art. 21.2 del D. 86/2013
      • Certificaciones conforme al artículo 21.2 del D. 86/2013
    • En el caso de que realice el trámite presencialmente o por correo, deberá presentar
      • Documento de identidad del solicitante
    • En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, deberá aportar
      • Documento de identidad del interesado
      • Documento de identidad del representante
      • Acreditación de la representación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación del Dominio Público con Puestos, Barracas, Casetas de venta, Espectáculos o Atracciones, así como Industrias Callejeras y Ambulantes
    Texto Íntegro
    Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias (Comunidad Autónoma de Canarias) (BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2011)
    Texto Íntegro
    Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos
    Texto Íntegro
    Resolución 7321/2014, de 14 de febrero, Manual de Procedimientos de Autorización de Espectáculos Públicos Las Palmas de Gran Canaria
    Texto Íntegro

    Requisitos de la documentación a aportar

    En el supuesto de que la solicitud se presente a través de medios electrónicos, es necesario anexar la documentación en formato electrónico. En caso de que se formalice de manera presencial, es necesario aportar la documentación en soporte electrónico y una copia en soporte papel.

    Quién puede realizar la solicitud

    Cualquier persona física o jurídica interesada en desarrollar actividades sometidas al régimen de espectáculos públicos o su representante legal.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Con una antelación de 15 días a la fecha de celebración del acto, podrá solicitar, presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente y, de forma telemática, los 365 días del año

    Obligaciones económicas

    Según ordenanza fiscal aplicable

    Órgano que resuelve

    El/La Concejal-Presidente del Distrito correspondiente

    Plazo de resolución

    15 días desde la presentación de la correspondiente solicitud.

    El silencio administrativo es positivo, salvo que la solicitud implique expresa o implícitamente, la utilización de bienes públicos municipales, en cuyo caso se entenderán denegadas.

    Recurso contra la resolución

    Recurso de Reposición

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 40 y siguientes), por medios electrónicos o en el domicilio indicado en su solicitud (mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal), según el medio preferente a efectos de notificaciones que haya indicado en la solicitud.

    Información general

    Para cualquier duda o información, puede dirigirse a la Oficina de Distrito que ha de tramitar el expediente, en el horario de 08:30 a 14:30 horas.

  • Objeto

    Obtener autorización administrativa para la ocupación del espacio público o privado de uso público, incluidos soportales y pasajes, con terrazas vinculadas a establecimientos destinados a la restauración legalmente habilitados para el ejercicio de la actividad.

    Unidad Tramitadora

    (1602) Sección de Actividades

    Silencio Administrativo

    Negativo (3 Meses)

    Documentación a aportar

    • Documentación Básica
      • Plano de situación y emplazamiento del establecimiento autorizable al que se vincula la terraza
      • Fotografía de la fachada del inmueble en el que se ubica el local
      • Fotografía de la fachada del establecimiento al que se vincula la terraza
      • Fotografía de la zona del espacio público en el que se pretende instalar la terraza
      • Plano acotado a escala 1/50 o 1/100 con la ubicación de la terraza
      • Estudio del aumento del aforo previsto respecto del establecimiento principal
      • Descripción detallada de las características del mobiliario que se pretende instalar (materiales, tipos, etc.) con fotografías del mismo
    • En caso de necesidad de apilar el mobiliario de la terraza en el exterior del local y hasta su cierre
      • Justificación de la necesidad de apilar el mobiliario de las terrazas en el exterior del local, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ordenanza Municipal Reguladora de la Ocupación del dominio público con terraza
    Texto Íntegro
    Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa
    Texto Integro
    Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados
    Texto Íntegro
    Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro Patrimonio de las Administraciones Públicas
    Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos
    Texto Íntegro
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro

    Quién puede realizar la solicitud

    Titulares o explotadores de una actividad de restauración, legalmente habilitados para su ejercicio.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencial: cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
    Telemática: en cualquier momento los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Según Ordenanza Fiscal vigente.

    Órgano que resuelve

    Autorización: Servicio de Edificación y Actividades
    Ampliación de Horario: Concejalía de Distrito

    Plazo de resolución

    El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de 3 meses.

    Recurso contra la resolución y plazo

    Recurso de reposición.

    Notificación

    Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículos. 40 y siguientes) por comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado o mediante notificación electrónica.

    Observaciones

    Relación con otras autorizaciones (artículo 33.4 Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación de Terrazas en Suelo de Uso Público).
    "Si fuera necesaria la ejecución de obras para la instalación de los elementos de una terraza, la solicitud de la preceptiva licencia de obras podrá tramitarse, conjuntamente, con la autorización administrativa de ocupación especial del suelo de uso público. En cualquier caso, la concesión de la licencia de obras estará supeditada a la previa autorización de la terraza".

    Circunstancia generales para otorgar o denegar la autorización (artículo 30 Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación de Terrazas en Suelo de Uso Público).
    "1. Para la concesión o denegación de la autorización de terraza, el órgano municipal competente ha detener en cuenta, al menos, las siguientes circunstancias:
    a) El valor paisajístico, turístico o patrimonial de la zona.
    b) La concurrencia de instalaciones de terrazas.
    c) La incidencia en la movilidad y accesibilidad de la zona.
    d) La concreta disposición del espacio público de la zona.
    2. La existencia de resoluciones firmes en vía administrativa dictadas en procedimientos de denuncia o sancionadores pueden motivar la denegación de la autorización de la terraza.
    3. La existencia de deudas de naturaleza tributaria con la hacienda municipal relacionadas con la actividad del establecimiento al que se vincula la terraza del titular o explotador comportará la denegación de la autorización municipal de terraza, lo que será verificado por los servicios municipales correspondientes.
    4. Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe que corresponda".

    Contenido y plazo de vigencia de la autorización administrativa (artículo 38 Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación de Terrazas en Suelo de Uso Público).
    "1. En el texto de la autorización administrativa se harán constar las condiciones y características de la terraza que se pretende instalar señaladas en el informe técnico, conforme a lo dispuesto en el artículo 36anterior, y el horario de funcionamiento de la terraza.
    2. La autorización de terraza tendrá una vigencia máxima de cuatro años, con la facultad de renovación establecida en el artículo siguiente.
    3. La vigencia de la autorización queda supeditada en todo momento al real y efectivo ejercicio de la actividad de restauración en el establecimiento al que está vinculada, de tal forma que si cesa la actividad desaparece la causa de la ocupación del espacio de uso público, quedando sin efecto la autorización sin mást rámite, dictándose resolución a tal efecto".

  • Objeto

    Trámite obligatorio para las asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas que deben realizar en el caso de su disolución o si así lo estiman oportuno.

    Unidad Tramitadora

    (28) Secretaría General del Pleno

    Documentación a aportar

    • Documentación Básica
      • Certificación acreditativa de que el representante está facultado para instar la inscripción en nombre y representación de la asociación, federación, confederación o unión de asociaciones de la que se trate
      • Certificado del acuerdo en el que se decidió la disolución de asociación, o del acuerdo de solicitar la baja en el Registro de Entidades Ciudadanas por así estimarlo oportuno
      • Documento público que contiene la disolución de la asociación, en su caso (si la asociación solicita su baja por así estimarlo oportuno, este documento no es necesario)

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación
    Texto Integro
    Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias
    Texto Íntegro Asociaciones
    Decreto 12/2007, de 5 de febrero, de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Canarias, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias (BOC núm. 38, de 21 de febrero de 2007)
    Texto Íntegro Reglamento Asociaciones
    Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de 25 de febrero de 2011 (BOP núm. 63, de 13 de mayo de 2011)
    Texto Íntegro Participación Ciudadana en el Municipio

    Efecto del silencio administrativo

    No procede.

    Quién puede realizar la solicitud

    Quien ostente la representación legal de la asociación, según se establezca en sus estatutos, o la persona a la que se autorice.

    Cómo lo puede presentar

    Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.

    Las asociaciones, como personas jurídicas, tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Fechas en que lo debe solicitar

    En un mes a partir de que se dicte resolución del órgano competente del Gobierno de Canarias por la que se inscribe en el Registro de Asociaciones de Canarias la disolución de la asociación, o en cualquier momento si la baja se solicita porque así se estima oportuno.

    Obligaciones económicas

    Ninguna.

    Quién está obligado a solicitarlo

    Las asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas en el caso de su disolución o si así lo estiman oportuno.

    Órgano que comunica acuse de recibo

    Secretaría General del Pleno.

    Plazo de cumplimentación del trámite

    15 días.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución

    Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, o potestativo de revisión, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.

    Notificación

    En los 10 días siguientes de haberse dictado la resolución.

  • Objeto

    Responde al derecho del titular de cualquier licencia de obra, de poder transmitir a un tercero todos los derechos y obligaciones inherentes a la misma.

    Unidad Tramitadora

    (67) Sección de Vías y Obras y Accesibilidad

    Silencio Administrativo

    Positivo (3 Meses)

    Documentación a aportar


    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Decreto, de 17 de junio de 1955, Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales
    Texto íntegro Reglamento Servicio Corporaciones Locales
    Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Texto Íntegro
    Decreto 183/2004, de 21 de diciembre, Reglamento de gestión y ejecución del sistema del planeamiento de Canarias. BO. Canarias 26 enero 2005, núm. 17, [pág. 1400]
    Texto Integro
    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    Texto Íntegro Bases de Régimen Local

    Quién puede realizar la solicitud

    El titular de la licencia de obra (cualquier persona física o jurídica) o su representante legal debidamente acreditado.

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    • En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público:lLunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24 Fax: 928.67.05.50
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Ninguna

    Órgano que resuelve

    Área de Gobierno de Fomento y Servicios Públicos y Aguas.

    Plazo de resolución

    3 Meses.

    ¿Agota la vía administrativa?

    No.

    Recurso contra la resolución

    Podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de la Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el Art. 8 de la Ley 29/98 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modificad por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el art. 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Notificación

    Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Información general

    El horario de atención al público de la Sección de Vías y Obras y Accesibilidad será de lunes a viernes, en horario de 08:00 h. a 13:30 h.

  • Objeto

    La celebración de cualquier espectáculo público, así como la ejecución de las instalaciones desmontables en las que los mismos se celebren, requerirá, con carácter general, la previa obtención de un título habilitante en forma de autorización, cuando el aforo previsto supere las cincuenta personas.
    El título habilitante por el que se autorice el espectáculo llevará implícita, cuando aquel se desarrolle sobre bienes de titularidad pública de la Administración competente para resolver, la habilitación para el uso temporal de dichos bienes.

    Unidad Tramitadora

    (1602) Sección de Actividades

    Documentación a aportar

    • Documentación Básica
      • Memoria de seguridad o plan de autoprotección del recinto o local, estudio de impacto acústico y dispositivo de asistencia sanitaria, según el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos (aprobado por el Decreto 86/2013, de 1 de agosto)
      • Título o calidad en virtud de la cual solicita la autorización
      • Dec. Responsable de la promotora u organizadora, donde haga constar el compromiso de contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil detallando cobertura que cubra el riesgo de las indemnizaciones a terceros, y el riesgo de la finca o local, así como, en su caso, los daños que se pueda causar al dominio público municipal Deberá estar concertada y presentada antes de la entrega de la autorización
    • En el caso de que la actividad suponga la ocupación del dominio público municipal
      • Documento acreditativo de la disponibilidad del local o inmueble para la realización del espectáculo y, tratándose de bienes públicos pertenecientes a administraciones distintas de la que haya de resolver, el oportuno título habilitante para el uso del inmueble
    • En el caso de requerir aportar otras certificaciones conforme al Art. 21.2 del D. 86/2013
      • Certificaciones conforme al artículo 21.2 del D. 86/2013
    • Cuando el aforo máximo autorizado exceda de 200 personas
      • Plan de seguridad del espectáculo
    • En el caso de que el espectáculo o actividad para la que solicita autorización esté dirigida o implique contacto con menores
      • Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales de cada una de las personas que participan en el espectáculo o actividad
    • En caso de representación

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

    Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias (Comunidad Autónoma de Canarias) (BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2011)
    37 Ámbito de aplicación del régimen autorizatorio
    38 Procedimiento autorizatorio
    39 Plazo para resolver y acto presunto
    40 Habilitación para la aplicabilidad del régimen de comunicación previa
    Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos
    21.2 Condiciones de las estructuras no permanentes desmontables
    104 Actos sujetos
    105 Solicitud
    106 Documentación
    107 Suficiencia de la solicitud y de la documentación presentada
    108 Resolución

    Efecto del silencio administrativo

    El silencio administración es positivo, salvo que la solicitud implique expresa o implícitamente, la utilización de bienes públicos de la Administración competente para resolver el procedimiento, en cuyo caso se entenderán denegadas.

    Quién puede realizar la solicitud

    Cualquier persona física o jurídica interesada en desarrollar actividades sometidas al régimen de espectáculos públicos o su representante legal

    Cómo lo puede presentar

    El trámite puede ser instado por:
    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
    Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
    Calle León y Castillo, 270
    35005 Las Palmas de Gran Canaria
    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
    1. Vía Telemática.
    Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

    Fechas en que lo puede solicitar

    Presencial: Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
    Telemática: En cualquier momento los 365 días del año.
    Con una antelación de 15 días a la fecha de celebración del acto, o un mes si el espectáculo conlleva utilización de suelo público.

    Dónde lo puede presentar

    1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
    • En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
    Teléfono: 928.44.85.24
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

    Obligaciones económicas

    Según Ordenanza Fiscal vigente

    Órgano que resuelve

    Directora General de Edificaciones y Actividades

    Plazo de resolución

    15 días desde la presentación de la correspondiente solicitud. El silencio administración es positivo, salvo que la solicitud implique expresa o implícitamente, la utilización de bienes públicos de la Administración competente para resolver el procedimiento, en cuyo caso se entenderán denegadas.

    ¿Agota la vía administrativa?

    Sí.

    Recurso contra la resolución

    Recurso de Reposición

    Notificación

    Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado, o mediante notificación electrónica.

    Información general

    Para cualquier duda o información, puede dirigirse al Servicio de Edificación y Actividades, presencial o telefónicamente, en los horarios publicados en la página web municipal (Atención al público del Servicio de Edificación y Actividades).

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