Autoliquidación del Precio Público por Actividades y/o Servicios de la Delegación de Igualdad

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Pago de la tarifa correspondiente por la realización de las actividades, talleres y cursos que ofertan la Delegación de Igualdad del Ayuntamiento.

Unidad Tramitadora

Hacienda

Documentación a aportar

  • En caso de ser una persona con un grado mínimo de Discapacidad del 33%
    • Dictamen facultativo en el que se reconozca el grado de discapacidad igual o superior al 33%
  • En caso de tener la condición de Pensionista
    • Cualquier documento que acredite la condición de Pensionista

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Ordenanza Reguladora del Precio Público por Actividades y/o Servicios de la Delegación de Igualdad
Texto Íntegro Precio Público Actividades y Servicios Delegación Igualdad

Quién puede realizar la solicitud

Están obligados/as al pago del precio público en la presente Ordenanza quienes se beneficien de los servicios y/o actividades, prestados o realizados por este Ayuntamiento.

Tarifas

Las tarifas de este precio público serán las siguientes:

Actividades Deportivas
Gimnasia de Mantenimiento
Gimnasia Terapeútica
Pilates y otras

GENERAL(al mes) DE 12,50 A 40 EUROS
PENSIONISTAS La tarifa tendrá una reducción del 20% sobre la General para aquellas personas pensionstas, siempre que acrediten tal circunstancia, mediante documentos probatorios de tal condición en la Delegación de Igualdad.
DISCAPACITADAS La tarifa será el 50% de la general para aquellas mujeres discapacitadas (con grado mínimo del 33%), previa acreditación de tal condición en la Delegación de Igualdad.
BONO Se establece un bono trimestral cuya tarifa tendrá una reducción del 20% sobre la tarifa que corresponda.

Actividades de Promoción de la Salud
Desde 12,50 hasta 50 euros.

Actividades Culturales
Desde 12,50

Actividades Formativas (Talleres y Cursos)
GENERAL (al mes) DE 12,50 hasta 50 EUROS
DISCAPACITADOS/as La tarifa será el 50% de la general para aquellas/os discapacitadas/os (con grado mínimo del 33%) previa acreditación de tal condición en la Delegación de Igualdad.
PENSIONISTAS La tarifa tendrá una reducción del 20% sobre la General para aquellas personas pensionistas, siempre que acrediten tal circunstancia, mediante documentos probatorios de tal condición en la Delegación de Igualdad.

Programa de conciliación de la vida familiar y laboral
General
(al mes)
De 12,50 a 40 euros.
En caso de inscripción de hermanos, al segundo hermano se le aplicará una tarifa del 80% de la general y al tercero y sucesivos del 60% de la general

Observaciones

  1. La obligación de pago del precio público regulado en esta Ordenanza nace desde el momento en que se preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificadas en el artículo anterior.
  2. El pago de los mismos se realizará en la Oficina de la recaudación municipal, o en cualquier entidad bancaria de esta Localidad.
  3. Las personas beneficiarias están obligadas a entregar copia del pago del recibo de autoliquidación en el Centro municipal de Información a la Mujer, o bien a los monitores/as de cada una de las actividades señaladas anteriormente.
  4. Procederá la devolución de la tarifa abonada para talleres y cursos si se solicita con una semana de antelación al inicio de la actividad. En otro caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 46. 2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales.
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