Cualquier solicitud relacionada con jardines municipales (poda, riego, deshierbe, limpieza y otros), contadores de agua municipales, así como parques caninos.
(22) Unidad Técnica de Parques y Jardines
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público | |||
Texto Íntegro |
Cualquier persona física o jurídica.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Durante todo el año.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24 Fax: 928.67.05.50
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
- Imprescindible un teléfono de contacto y correo electrónico.
- Los informes o respuestas que se generen serán remitidos a cada uno de los Distritos a los que pertenezcan los interesados, no solo a efectos de coordinación, sino además con el fin de que estos tengan conocimiento de lo que un vecino suyo ha solicitado y actúe en consecuencia.
Cuestiones relacionadas con los Distritos.
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro |
Colectivos y asociaciones vecinales, CEIP y empresas.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
En cualquier momento, los 365 días del año.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Pago de la tarifa correspondiente por la realización de las actividades, talleres y cursos que ofertan la Delegación de Igualdad del Ayuntamiento.
Hacienda
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ordenanza Reguladora del Precio Público por Actividades y/o Servicios de la Delegación de Igualdad | |||
Texto Íntegro | Precio Público Actividades y Servicios Delegación Igualdad |
Están obligados/as al pago del precio público en la presente Ordenanza quienes se beneficien de los servicios y/o actividades, prestados o realizados por este Ayuntamiento.
Las tarifas de este precio público serán las siguientes:
Actividades Deportivas
Gimnasia de Mantenimiento
Gimnasia Terapeútica
Pilates y otras
GENERAL(al mes) | DE 12,50 A 40 EUROS |
PENSIONISTAS | La tarifa tendrá una reducción del 20% sobre la General para aquellas personas pensionstas, siempre que acrediten tal circunstancia, mediante documentos probatorios de tal condición en la Delegación de Igualdad. |
DISCAPACITADAS | La tarifa será el 50% de la general para aquellas mujeres discapacitadas (con grado mínimo del 33%), previa acreditación de tal condición en la Delegación de Igualdad. |
BONO | Se establece un bono trimestral cuya tarifa tendrá una reducción del 20% sobre la tarifa que corresponda. |
Actividades de Promoción de la Salud |
Desde 12,50 hasta 50 euros. |
Actividades Culturales |
Desde 12,50 |
Actividades Formativas (Talleres y Cursos) | |
GENERAL (al mes) | DE 12,50 hasta 50 EUROS |
DISCAPACITADOS/as | La tarifa será el 50% de la general para aquellas/os discapacitadas/os (con grado mínimo del 33%) previa acreditación de tal condición en la Delegación de Igualdad. |
PENSIONISTAS | La tarifa tendrá una reducción del 20% sobre la General para aquellas personas pensionistas, siempre que acrediten tal circunstancia, mediante documentos probatorios de tal condición en la Delegación de Igualdad. |
Programa de conciliación de la vida familiar y laboral | |
General (al mes) | De 12,50 a 40 euros. En caso de inscripción de hermanos, al segundo hermano se le aplicará una tarifa del 80% de la general y al tercero y sucesivos del 60% de la general |
Solicitud de la pertinente autorización administrativa por motivo de la realización de determinadas actuaciones en la vía pública como consecuencia de obras consistente en:
(67) Sección de Vías y Obras y Accesibilidad
Negativo (3 Meses)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. BO. Canarias 15 mayo 2000, núm. 60, [pág. 5989] | |||
Texto íntegro | Ordenación del territorio y espacios naturales | ||
Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados | |||
Texto Íntegro | |||
Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación | |||
Texto Íntegro | Reglamento que desarrolla la Ley 8/1995 de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación | ||
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales | |||
Texto Íntegro | |||
Real Decreto 1627/1997, de 24 octubre, por el que se establecen Disposiciones Mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras de Construcción. (BOE 25 octubre 1997, núm. 256, [pág. 30875]) | |||
Texto Íntegro | |||
Ordenanza Reguladora de la Señalización y Balizamiento de las Obras que se realicen en la Vía Pública | |||
Texto Íntegro | Señalización y Balizamiento Obras en la Vía Pública | ||
Ordenanza Municipal de Limpieza Pública | |||
Texto íntegro | Limpieza Pública Municipal | ||
Ordenanza General de Convivencia Ciudadana y Vía Pública | |||
Texto Íntegro | |||
Ordenanza Municipal de Tráfico | |||
Texto Íntegro | |||
Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones | |||
Texto Íntegro |
Aportación de la documentación exigida por la Unidad Técnica de Vías y Obras, en función del tipo de licencia de obra menor solicitada.
El interesado o su representante legal debidamente acreditado.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
En cualquier momento antes del inicio de las actuaciones a autorizar.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Según ordenanza fiscal vigente.
Ténganse en cuenta que, quien solicite la autorización en vía pública como consecuencia de obras, será aquel a quien el ayuntamiento autorice directamente para la realización de las obras, y, por tanto, quien deberá constituir el correspondiente aval o fianza como requisito necesario para que el ayuntamiento le conceda la misma.
Área de Gobierno de Fomento, Servicios Públicos y Aguas.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), por medios electrónicos o en papel en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal.
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía (art. 41.1. Ley 39/2015).
Plazo máximo para resolver 3 meses.
Podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de la Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el Art. 8 de la Ley 29/98 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modificad por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el art. 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El horario de atención al público de la Unidad Técnica de Vías y Obras será de lunes a viernes, en horario de 08:00 h. a 14:30 h.
Otorgamiento de la pertinente autorización administrativa para el comienzo de obras en la vía pública, una vez aprobada la autorización y fijada la fianza.
(67) Sección de Vías y Obras y Accesibilidad
Negativo (3 Meses)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
R.D. Leg. 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad | |||
Texto Íntegro |
Aprobación de la autorización para la realización de obras y fijada la fianza.
Cualquier persona física o jurídica interesada
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Antes del plazo previsto para el inicio de la ejecución de las obras.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público:lLunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24 Fax: 928.67.05.50
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Ninguna
Área de Gobierno de Fomento, Servicios Públicos y Aguas.
Plazo máximo para resolver, 3 meses.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Condicionantes a tener en cuenta cuando se realicen obras en la vía pública o en las aceras (apertura de zanjas, catas, canalizaciones, etc ).
1. No se autoriza el cierre al tráfico de vías, ni en los cruces de calles, los cuales deberán ejecutarse en dos tramos para permitir del paso del tráfico, salvo autorización especial que se solicitará en cada cruce, en cuyo caso tampoco se permitirá afectar a dos cruces consecutivos en el mismo tramo de vía.
2. Cada 50 metros y en los cruces de calles (esquinas), se deberá dejar, como mínimo, un tramo de tres metros sin vallar, debidamente protegido y acondicionado, para permitir el cruce de los peatones.
3. En caso de resultar afectada la circulación de los vehículos de transporte público colectivo (guaguas), deberá avisarse con la suficiente antelación al Servicio de Tráfico y Transportes, para coordinar los posibles desvíos.
4. Una vez comenzados los trabajos en un tramo de una vía, nos se permitirá el comienzo del siguiente, hasta no estar completamente terminado el anterior, incluso con el asfalto. La señalización que haya resultado afectada por los trabajos deberá reponerse de forma inmediata (24 horas máximo), en la misma calidad de la afectada.
5. La señalización circunstancial motivada por las obras (estrechamientos, limitaciones de velocidad, prohibición de estacionamiento, etc...) deberá hacerse según lo establecido en la Ordenanza de Señalización y Balizamiento de Obras, B. O. P. de 11/02/97, Ley de Seguridad Vial y Reglamento General de Circulación. Para la instalación de semáforos provisionales de obras deberán solicitar autorización expresa al Servicio de Tráfico y Transportes.
6. Asimismo deberán tener especial atención en la señalización a instalar en las paradas de guaguas y taxis, que se vean afectadas por las obras, debiendo en todo momento garantizar el libre acceso de los peatones
El horario de atención al público de la Sección de Vías y Obras y Accesibilidad será de lunes a viernes, en horario de 08:00 h. a 13:30 h.
La celebración de cualquier espectáculo público, así como la ejecución de las instalaciones desmontables en las que los mismos se celebren, requerirá, con carácter general, la previa obtención de un título habilitante en forma de autorización, cuando el aforo previsto supere las cincuenta personas.
El título habilitante por el que se autorice el espectáculo llevará implícita, cuando aquel se desarrolle sobre bienes de titularidad pública de la Administración competente para resolver, la habilitación para el uso temporal de dichos bienes.
(117) Servicio de Coordinación Territorial y Participación
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación del Dominio Público con Puestos, Barracas, Casetas de venta, Espectáculos o Atracciones, así como Industrias Callejeras y Ambulantes | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias (Comunidad Autónoma de Canarias) (BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2011) | |||
Texto Íntegro | |||
Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos | |||
Texto Íntegro | |||
Resolución 7321/2014, de 14 de febrero, Manual de Procedimientos de Autorización de Espectáculos Públicos Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro |
En el supuesto de que la solicitud se presente a través de medios electrónicos, es necesario anexar la documentación en formato electrónico. En caso de que se formalice de manera presencial, es necesario aportar la documentación en soporte electrónico y una copia en soporte papel.
Cualquier persona física o jurídica interesada en desarrollar actividades sometidas al régimen de espectáculos públicos o su representante legal.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Con una antelación de 15 días a la fecha de celebración del acto, podrá solicitar, presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente y, de forma telemática, los 365 días del año
Según ordenanza fiscal aplicable
El/La Concejal-Presidente del Distrito correspondiente
15 días desde la presentación de la correspondiente solicitud.
El silencio administrativo es positivo, salvo que la solicitud implique expresa o implícitamente, la utilización de bienes públicos municipales, en cuyo caso se entenderán denegadas.
Recurso de Reposición
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 40 y siguientes), por medios electrónicos o en el domicilio indicado en su solicitud (mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal), según el medio preferente a efectos de notificaciones que haya indicado en la solicitud.
Para cualquier duda o información, puede dirigirse a la Oficina de Distrito que ha de tramitar el expediente, en el horario de 08:30 a 14:30 horas.
Obtener autorización administrativa para la ocupación del espacio público o privado de uso público, incluidos soportales y pasajes, con terrazas vinculadas a establecimientos destinados a la restauración legalmente habilitados para el ejercicio de la actividad.
(1602) Sección de Actividades
Negativo (3 Meses)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ordenanza Municipal Reguladora de la Ocupación del dominio público con terraza | |||
Texto Íntegro | |||
Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa | |||
Texto Integro | |||
Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | Patrimonio de las Administraciones Públicas | ||
Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro |
Titulares o explotadores de una actividad de restauración, legalmente habilitados para su ejercicio.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Presencial: cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
Telemática: en cualquier momento los 365 días del año.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Según Ordenanza Fiscal vigente.
Autorización: Servicio de Edificación y Actividades
Ampliación de Horario: Concejalía de Distrito
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de 3 meses.
Recurso de reposición.
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículos. 40 y siguientes) por comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado o mediante notificación electrónica.
Relación con otras autorizaciones (artículo 33.4 Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación de Terrazas en Suelo de Uso Público).
"Si fuera necesaria la ejecución de obras para la instalación de los elementos de una terraza, la solicitud de la preceptiva licencia de obras podrá tramitarse, conjuntamente, con la autorización administrativa de ocupación especial del suelo de uso público. En cualquier caso, la concesión de la licencia de obras estará supeditada a la previa autorización de la terraza".
Circunstancia generales para otorgar o denegar la autorización (artículo 30 Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación de Terrazas en Suelo de Uso Público).
"1. Para la concesión o denegación de la autorización de terraza, el órgano municipal competente ha detener en cuenta, al menos, las siguientes circunstancias:
a) El valor paisajístico, turístico o patrimonial de la zona.
b) La concurrencia de instalaciones de terrazas.
c) La incidencia en la movilidad y accesibilidad de la zona.
d) La concreta disposición del espacio público de la zona.
2. La existencia de resoluciones firmes en vía administrativa dictadas en procedimientos de denuncia o sancionadores pueden motivar la denegación de la autorización de la terraza.
3. La existencia de deudas de naturaleza tributaria con la hacienda municipal relacionadas con la actividad del establecimiento al que se vincula la terraza del titular o explotador comportará la denegación de la autorización municipal de terraza, lo que será verificado por los servicios municipales correspondientes.
4. Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe que corresponda".
Contenido y plazo de vigencia de la autorización administrativa (artículo 38 Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación de Terrazas en Suelo de Uso Público).
"1. En el texto de la autorización administrativa se harán constar las condiciones y características de la terraza que se pretende instalar señaladas en el informe técnico, conforme a lo dispuesto en el artículo 36anterior, y el horario de funcionamiento de la terraza.
2. La autorización de terraza tendrá una vigencia máxima de cuatro años, con la facultad de renovación establecida en el artículo siguiente.
3. La vigencia de la autorización queda supeditada en todo momento al real y efectivo ejercicio de la actividad de restauración en el establecimiento al que está vinculada, de tal forma que si cesa la actividad desaparece la causa de la ocupación del espacio de uso público, quedando sin efecto la autorización sin mást rámite, dictándose resolución a tal efecto".
Trámite obligatorio para las asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas que deben realizar en el caso de su disolución o si así lo estiman oportuno.
(28) Secretaría General del Pleno
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación | |||
Texto Integro | |||
Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias | |||
Texto Íntegro | Asociaciones | ||
Decreto 12/2007, de 5 de febrero, de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Canarias, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias (BOC núm. 38, de 21 de febrero de 2007) | |||
Texto Íntegro | Reglamento Asociaciones | ||
Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de 25 de febrero de 2011 (BOP núm. 63, de 13 de mayo de 2011) | |||
Texto Íntegro | Participación Ciudadana en el Municipio |
No procede.
Quien ostente la representación legal de la asociación, según se establezca en sus estatutos, o la persona a la que se autorice.
Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
Las asociaciones, como personas jurídicas, tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En un mes a partir de que se dicte resolución del órgano competente del Gobierno de Canarias por la que se inscribe en el Registro de Asociaciones de Canarias la disolución de la asociación, o en cualquier momento si la baja se solicita porque así se estima oportuno.
Ninguna.
Las asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas en el caso de su disolución o si así lo estiman oportuno.
Secretaría General del Pleno.
15 días.
Sí.
Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, o potestativo de revisión, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.
En los 10 días siguientes de haberse dictado la resolución.
Responde al derecho del titular de cualquier licencia de obra, de poder transmitir a un tercero todos los derechos y obligaciones inherentes a la misma.
(67) Sección de Vías y Obras y Accesibilidad
Positivo (3 Meses)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Decreto, de 17 de junio de 1955, Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales | |||
Texto íntegro | Reglamento Servicio Corporaciones Locales | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Decreto 183/2004, de 21 de diciembre, Reglamento de gestión y ejecución del sistema del planeamiento de Canarias. BO. Canarias 26 enero 2005, núm. 17, [pág. 1400] | |||
Texto Integro | |||
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Íntegro | Bases de Régimen Local |
El titular de la licencia de obra (cualquier persona física o jurídica) o su representante legal debidamente acreditado.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente. De forma telemática, en cualquier momento los 365 días del año.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público:lLunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24 Fax: 928.67.05.50
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Ninguna
Área de Gobierno de Fomento y Servicios Públicos y Aguas.
3 Meses.
No.
Podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de la Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el Art. 8 de la Ley 29/98 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modificad por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el art. 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El horario de atención al público de la Sección de Vías y Obras y Accesibilidad será de lunes a viernes, en horario de 08:00 h. a 13:30 h.
La celebración de cualquier espectáculo público, así como la ejecución de las instalaciones desmontables en las que los mismos se celebren, requerirá, con carácter general, la previa obtención de un título habilitante en forma de autorización, cuando el aforo previsto supere las cincuenta personas.
El título habilitante por el que se autorice el espectáculo llevará implícita, cuando aquel se desarrolle sobre bienes de titularidad pública de la Administración competente para resolver, la habilitación para el uso temporal de dichos bienes.
(1602) Sección de Actividades
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias (Comunidad Autónoma de Canarias) (BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2011) | |||
37 | Ámbito de aplicación del régimen autorizatorio | ||
38 | Procedimiento autorizatorio | ||
39 | Plazo para resolver y acto presunto | ||
40 | Habilitación para la aplicabilidad del régimen de comunicación previa | ||
Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos | |||
21.2 | Condiciones de las estructuras no permanentes desmontables | ||
104 | Actos sujetos | ||
105 | Solicitud | ||
106 | Documentación | ||
107 | Suficiencia de la solicitud y de la documentación presentada | ||
108 | Resolución |
El silencio administración es positivo, salvo que la solicitud implique expresa o implícitamente, la utilización de bienes públicos de la Administración competente para resolver el procedimiento, en cuyo caso se entenderán denegadas.
Cualquier persona física o jurídica interesada en desarrollar actividades sometidas al régimen de espectáculos públicos o su representante legal
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
Presencial: Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.
Telemática: En cualquier momento los 365 días del año.
Con una antelación de 15 días a la fecha de celebración del acto, o un mes si el espectáculo conlleva utilización de suelo público.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Según Ordenanza Fiscal vigente
Directora General de Edificaciones y Actividades
15 días desde la presentación de la correspondiente solicitud. El silencio administración es positivo, salvo que la solicitud implique expresa o implícitamente, la utilización de bienes públicos de la Administración competente para resolver el procedimiento, en cuyo caso se entenderán denegadas.
Sí.
Recurso de Reposición
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado, o mediante notificación electrónica.
Para cualquier duda o información, puede dirigirse al Servicio de Edificación y Actividades, presencial o telefónicamente, en los horarios publicados en la página web municipal (Atención al público del Servicio de Edificación y Actividades).