## Resumen Este trámite permite a los ciudadanos presentar notas web para solicitar la anulación o prórroga de expedientes de mensura ante la Dirección General del Catastro Territorial de Formosa. ## Lo que necesitas * **Coste:** 5 Unidades Tributarias (5 U.T.) ## C ómo hacerlo * El trámite se realiza completamente en línea. ## Ayuda * **Organismo Responsable:** Dirección General del Catastro Territorial * **Sitio Oficial:** www.formosa.gob.ar/catastro/institucional/contacto
## Resumen Este trámite permite a la Policía de la Provincia solicitar formalmente el nombramiento de agentes, oficiales y personal civil para integrar sus filas. La propuesta debe contar con la aprobación del Jefe de la Policía. ## Lo que necesitas ### Requisitos * La solicitud debe ser iniciada por las autoridades policiales. * Cumplir con los requisitos específicos de cada escalafón. ### Documentación * Títulos. * Certificados de estudios. * Imputación presupuestaria. ## Cómo hacerlo El trámite se realiza de manera presencial. ## Información Adicional * **Organismo Responsable:** Dirección de Asuntos Administrativos * **Sitio Oficial:** www.formosa.gob.ar/boletinoficial ## Ayuda * **Contacto:** * Dirección de Asuntos Administrativos * Domicilio: Belgrano 878 - 5º Piso * Teléfono: (54) 0370 - 4426000/1/2/3 Int. 252 * E-mail: dirasuntosadministrativos@formosa.gob.ar * Horario de Atención: Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. y de 18:00 a 21:00 hs.
## Resumen Este trámite te permite obtener un nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI) para ciudadanos argentinos y extranjeros residentes en el país. El DNI digital es el único documento válido y cuenta con estándares de seguridad internacional. Quién puede usar este servicio: * Ciudadanos argentinos (en el país o en el exterior). * Extranjeros con domicilio en Argentina. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * **Mayores de 14 años:** * DNI (si lo tenés). Si lo extraviaste o te lo robaron, llevá la denuncia. * *Aclaración:* No son requisitos excluyentes. * **Menores de 14 años:** 1. Original de la Partida de Nacimiento. No se aceptan fotocopias ni certificados de nacimiento. 2. Acompañados por padre, madre o tutor con su DNI. Si sos el tutor legal, también tenés que llevar el original del testimonio judicial de tutela. ### Observaciones * El DNI se saca por primera vez con el nacimiento de un bebé y lo tramitan los padres o tutores. * Este documento tendrá a futuro dos actualizaciones: 1. Entre los 5 y los 8 años de edad. 2. Cuando cumpla los 14 años. * A lo largo de la vida, podés renovarlo por diversos motivos: cambio de domicilio, deterioro, robo, pérdida, etc. * Si se produce una modificación en nuestra identidad (cambio de apellido, etc.) también necesitas sacar un nuevo DNI. * Los adultos mayores de 75 años y los incapaces declarados judicialmente quedan exceptuados de dicha renovación. ## Cómo hacerlo El trámite es **personal**. ## Información Adicional * **Organismo Responsable:** Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas * **Sitio Oficial:** www.formosa.gob.ar/registrocivil/tramites/deregistros/ * **Duración Aproximada:** 10 minutos ## Trámites similares * Nuevo Ejemplar para Extranjeros
## Resumen Este trámite permite a los extranjeros obtener un nuevo ejemplar de su Documento Nacional de Identidad (DNI). El proceso varía dependiendo de si el solicitante tiene o no residencia en Argentina. ### Quién puede usar este servicio Extranjeros que necesiten obtener un nuevo ejemplar de su DNI. ### Antes de empezar Ten en cuenta que los requisitos varían según si tienes o no residencia en el país. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * **Menor de 14 años:** Partida de nacimiento original legalizada, apostillada y traducida (si es necesario). No se aceptan fotocopias. * **Mayor de 14 años:** DNI (si lo tuviera). ### Costes El costo del trámite es de $6000. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Si no posees residencia:** Inicia el trámite a distancia en este enlace. 2. **Si ya posees residencia:** Tramita el DNI en modalidad tradicional. (Ver Nuevo Ejemplar) ## Después de hacerlo ### Qué sucede después El DNI será enviado por correo al domicilio que declaraste. Asegúrate de que haya alguien para recibirlo con el comprobante del trámite. ### Siguientes pasos Si no recibes el DNI, deberás dirigirte a la Delegación de Registro Civil o Centro de Documentación Rápida donde realizaste el trámite, con el comprobante. ## Ayuda ### Contacto * **Organismo Responsable:** Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas * **Sitio Oficial:** www.formosa.gob.ar/registrocivil/tramites/deregistros/
## Resumen Este trámite permite a los afiliados de I.A.S.E.P. (Instituto de Asistencia Social para Empleados Públicos de Formosa) que residen en Buenos Aires acceder a atención y asistencia médica. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Certificado de domicilio. * Fotocopia del Documento de Identidad. * Carnet de Afiliado. * Último recibo de sueldo. * Carnets de afiliados a cargo (si corresponde). ## Cómo hacerlo El trámite se realiza de manera presencial en la Casa de Formosa en Buenos Aires. ## Ayuda ### Contacto * **Domicilio:** H. Yrigoyen 1429 - Capital Federal * **Teléfono:** (54) 011-4381-7048 * **E-mail:** iasep@casadeformosa.gob.ar * **Responsable:** Darío Krimer * **Horario de Atención:** Lunes a Viernes de 09:00 a 15:30 hs. ### Recursos adicionales * Consultas: [www.iasep.gov.ar](http://www.iasep.gov.ar/)
## Resumen Este trámite permite inscribir en el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) la adjudicación de bienes inmuebles a ex cónyuges tras un divorcio. La inscripción da publicidad al cambio de titularidad y protege los derechos frente a terceros. **Quién puede usar este servicio:** * Ex cónyuges que han acordado o se les ha adjudicado bienes inmuebles en un proceso de divorcio. **Antes de empezar:** * Asegúrese de contar con la documentación necesaria y cumplir con los requisitos. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Oficio judicial. * Minutas (Solicitud Rogatoria de Inscripción Registral): por triplicado si el inmueble es urbano; por duplicado si es rural. * Certificado Catastral vigente (expedido dentro de los 6 meses anteriores a la fecha del oficio). **Requisitos previos:** * Sentencia de divorcio firme. * Convenio de adjudicación de bienes homologado judicialmente o resolución judicial que establezca la división y adjudicación. **Costes y plazos:** * Tasa por Servicio Administrativo (consultar en https://www.formosa.gob.ar/rpi/consultatasas). * El Certificado Catastral debe estar vigente a la fecha del otorgamiento del instrumento a inscribir (6 meses desde la expedición del certificado hasta el libramiento del Oficio). ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúna la documentación requerida. 2. Presente la documentación en la Mesa de Entradas y Salidas del Registro de la Propiedad Inmueble. **Información sobre cada etapa:** * El oficio y las minutas deben contener la transcripción de la sentencia de divorcio, el convenio de adjudicación (o la resolución judicial que establezca la división) y el proveído que autoriza el libramiento del oficio. * La descripción del inmueble debe coincidir con la información del Certificado Catastral (ubicación, medidas, superficie, linderos). * Asegúrese de incluir la nomenclatura catastral, el plano de mensura, la partida inmobiliaria y la valuación fiscal. * Verifique los antecedentes de dominio e información sobre impuestos, tasas y contribuciones (Ley 22427). * Cumplimente los requisitos de la Ley 22172 si corresponde. **Tiempos de espera:** * La duración aproximada del trámite es de 30 días. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Una vez inscripto el documento, el Registro de la Propiedad Inmueble emitirá un nuevo título de propiedad a nombre del/los adjudicatario/s. **Plazos de resolución:** * 30 días. **Siguiente pasos:** * Retire el nuevo título de propiedad en el Registro de la Propiedad Inmueble. ## Ayuda **Contacto:** Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble Domicilio: Sarmiento N° 960 - Monoblock "C" 1er piso CP 3600 Teléfono: (54) 0370 - 4436195 E-mail: rpi@formosa.gob.ar Sitio web: www.formosa.gob.ar/rpi Responsable: Escribana Graciela Sian **Recursos adicionales:** * Modelos de Oficio y Minutas: Disponibles para descargar en la sección "FORMULARIOS". * Consultas sobre Tasas: https://www.formosa.gob.ar/rpi/consultatasas ## Formularios * Modelo MINUTA ADJUDICACIÓN DIVORCIO: Descargar el formulario * Modelo OFICIO ADJUDICACION DIVORCIO: Descargar el formulario
## Resumen Este trámite permite inscribir en el Registro de la Propiedad Inmueble la adjudicación de bienes inmuebles a los herederos tras un juicio sucesorio sin testamento (ab-intestato). El oficio resultante sirve como título de propiedad para cada heredero. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Oficio de adjudicación sucesorio ab-intestato. * Minutas de Solicitud Rogatoria de Inscripción Registral. * Certificado Catastral vigente. * **Requisitos:** * Presentación en formato papel con firma original. * Cumplir con la Ley 22172 (si aplica). * Pago de la tasa administrativa. * **Costes:** * Tasa por servicio administrativo (consultar en https://www.formosa.gob.ar/rpi/consultatasas). ## Cómo hacerlo 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos requeridos y asegúrate de que cumplen con los requisitos. 2. **Presentación:** Entrega la documentación en la Mesa de Entradas y Salidas del Registro de la Propiedad Inmueble. ## Ayuda * **Contacto:** * Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble: Sarmiento N° 960 - Monoblock "C" 1er piso CP 3600 * Teléfono: (54) 0370 - 4436195 * E-mail: rpi@formosa.gob.ar * Responsable: Escribana Graciela Sian * **Recursos adicionales:** * Sitio web oficial: www.formosa.gob.ar/rpi * Modelos de Oficio y Minutas: Disponibles para descargar en la sección de formularios: * Minuta Sucesorio * Modelo Oficio Sucesorio Ab-Intestato
## Resumen Este trámite permite registrar en el Registro de la Propiedad Inmueble de Formosa las inhibiciones para disponer y/o gravar bienes. Esto incluye la inscripción, modificación, caducidad, extinción y levantamiento de estas medidas cautelares. ### Quién puede usar este servicio Este trámite está destinado a personas con una orden judicial que requiera la inscripción de una inhibición. ### Antes de empezar Es necesario contar con el oficio judicial original y copia, así como cumplir con los requisitos especificados en el mismo. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Oficio Judicial original y copia. * Tasa retributiva de servicios administrativos (Ley Provincial 1590). ### Requisitos previos * El oficio debe contener la carátula, expediente, juzgado, secretaría, la medida cautelar, los datos del inhibido (según sea persona humana o jurídica), la resolución que ordena la inscripción y los autorizados al diligenciamiento. ### Costes y plazos * **Coste:** Tasa retributiva de servicios administrativos según la Ley Provincial 1590. * **Plazo de caducidad:** 5 años desde la toma de razón. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso El trámite se realiza de manera presencial en la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble. ### Información sobre cada etapa 1. Presentar el oficio judicial original y copia en la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble. 2. Abonar la tasa retributiva correspondiente. 3. Esperar el procesamiento de la solicitud. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez inscripta la inhibición, se registrará en el folio correspondiente del inmueble. ### Plazos de resolución No se especifica un plazo de resolución. ### Siguiente pasos La inhibición tendrá una validez de 5 años a partir de la fecha de inscripción. ## Ayuda ### Contacto Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble: * Domicilio: Sarmiento N° 960 - Monoblock "C" 1er piso CP 3600 * Teléfono: (54) 0370 - 4436195 * E-mail: rpi@formosa.gob.ar * Responsable: Escribana Graciela Sian * Horario de Atención: 8 a 12 hs ### Recursos adicionales * Sitio Oficial: **www.formosa.gob.ar/rpi** ### Trámites similares * Informe de Inhibiciones
## Resumen Este trámite permite registrar en el Registro de la Propiedad Inmueble de Formosa las medidas cautelares reales ordenadas por un juez sobre un inmueble. Esto incluye la inscripción de embargos, anotaciones de litis y otras medidas similares, así como sus modificaciones, conversiones o levantamientos. ### Quién puede usar este servicio Cualquier persona que cuente con una orden judicial para inscribir, modificar, convertir o levantar una medida cautelar real sobre un inmueble. ### Antes de empezar Es fundamental contar con el oficio judicial original y copia, y verificar que contenga todos los datos requeridos. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Oficio Judicial original y copia. * Tasa retributiva de servicios administrativos (Ley Provincial 1590). ### Requisitos previos * El oficio judicial debe estar firmado por el juez o secretario del juzgado correspondiente. * El oficio debe contener todos los datos del inmueble y de la medida cautelar. * En caso de reinscripciones, la solicitud debe presentarse antes de la caducidad de la medida original. ### Costes y plazos * **Coste:** Tasa retributiva de servicios administrativos (Ley Provincial 1590). * **Plazos:** La solicitud de reinscripción debe presentarse antes de la caducidad de la medida original y dentro de los 60 días. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Obtener el oficio judicial original y copia. 2. Verificar que el oficio contenga todos los datos requeridos. 3. Abonar la tasa retributiva correspondiente. 4. Presentar el oficio y el comprobante de pago en la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble. ### Información sobre cada etapa * **Oficio Judicial:** Debe ser emitido por el juzgado o tribunal interviniente y contener la orden de inscripción, modificación, conversión o levantamiento de la medida cautelar. * **Tasa Retributiva:** El monto de la tasa se establece según la Ley Provincial 1590. * **Presentación:** El trámite se realiza de forma presencial en la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble. ### Tiempos de espera No se especifica un tiempo de espera para la resolución del trámite. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentado el oficio judicial y abonada la tasa, el Registro de la Propiedad Inmueble procederá a inscribir la medida cautelar en el folio correspondiente al inmueble. ### Plazos de resolución No se especifica un plazo de resolución. ### Siguiente pasos Una vez inscripta la medida cautelar, se puede solicitar una copia certificada de la inscripción para constancia. ## Ayuda ### Contacto Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble: * Domicilio: Sarmiento N° 960 - Monoblock "C" 1er piso CP 3600 * Teléfono: (54) 0370 - 4436195 * E-mail: rpi@formosa.gob.ar * Responsable: Escribana Graciela Sian * Horario de Atención: 8 a 12 hs ### Recursos adicionales * Sitio Oficial: **www.formosa.gob.ar/rpi** ### Preguntas frecuentes No se proporcionan preguntas frecuentes específicas para este trámite.
## Resumen Este trámite permite subsanar las observaciones realizadas por el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) a los oficios judiciales presentados para su inscripción. Esto asegura que los documentos cumplan con los requisitos legales y registrales necesarios para completar el proceso de inscripción. ## Lo que necesitas ### Requisitos * Subsanar las observaciones dentro de los 180 días siguientes a la fecha de presentación original del documento. * Reingresar el oficio original junto con la documentación complementaria necesaria. ### Documentos requeridos * Oficio original. * Oficio ampliatorio/complementario/rectificatorio/subsanatorio (si corresponde). * Informe de observaciones emitido por el RPI. * Minutas rogatorias de inscripción registral. ## Cómo hacerlo ### Proceso de Subsanación 1. **Identificar las observaciones:** Revisar el informe de observaciones emitido por el RPI para comprender las correcciones necesarias. 2. **Corregir el documento:** * Para raspaduras, borraduras, enmiendas o entrelíneas en el oficio original y las minutas, realizar las correcciones y salvarlas al final del documento con una nueva firma del autor. * Si es necesario, librar un oficio ampliatorio/complementario/rectificatorio/subsanatorio que haga referencia al oficio original, realice las correcciones pertinentes y transcriba la parte relevante de la resolución judicial que lo ordena. * Las minutas rogatorias pueden ser corregidas mediante enmiendas o redactando una nueva minuta que indique los datos pertinentes y los números y fechas de los oficios. 3. **Reingresar la documentación:** Presentar el oficio original, el oficio ampliatorio (si corresponde), el informe de observaciones y las minutas rogatorias dentro del plazo de 180 días. ## Ayuda ### Contacto **Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble** * Domicilio: Sarmiento N° 960 - Monoblock "C" 1er piso CP 3600 * Teléfono: (54) 0370 - 4436195 * E-mail: rpi@formosa.gob.ar * Responsable: Escribana Graciela Sian * Sitio Oficial: **www.formosa.gob.ar/rpi** ### Recursos Adicionales * Modelo de Oficio Subsanatorio: Descargar el formulario ## Información Adicional ### Certificado Catastral y Oficios Judiciales La Ley 26209 exige que se tenga a la vista la certificación catastral al momento de constituir, transmitir, declarar o modificar derechos reales sobre inmuebles. En Formosa, este certificado tiene una validez de 6 meses desde su emisión. El oficio judicial debe ser emitido dentro de este período. Si el certificado está vigente al momento de emitir el oficio y este es observado por otros motivos, el certificado mantiene su validez si las correcciones se realizan mediante enmiendas o un oficio ampliatorio. Si el certificado está vencido al momento de emitir el oficio, se debe solicitar una nueva certificación catastral y adjuntarla mediante un oficio ampliatorio.