Oficio Inscripción Inhibición para Disponer y/o Gravar Bienes

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Registrar la traba, modificación, caducidad, extinción y levantamiento de inhibiciones para disponer y/o gravar bienes inmuebles en la provincia de Formosa.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos con orden judicial.

Requisitos principales

  • El oficio judicial debe estar suscrito por el Juez o Secretario del juzgado o tribunal interviniente.
  • El oficio debe contener: carátula, expediente, juzgado, secretaría, medida cautelar, datos del inhibido (apellido/s y nombre/s, DNI-CUIL/CUIT para personas humanas; razón social, tipo social y CUIT para personas jurídicas), resolución que ordena la inscripción y autorizados al diligenciamiento.

Plazos

La caducidad de la anotación se produce en el término de cinco (5) años a contar desde la toma de razón, conf. art. 37 inc. b de la ley 17.801 .

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

La caducidad de la anotación se produce a los cinco (5) años desde la toma de razón, según el art. 37 inc. b de la Ley 17.801.

Resumen

Este trámite permite registrar en el Registro de la Propiedad Inmueble de Formosa las inhibiciones para disponer y/o gravar bienes. Esto incluye la inscripción, modificación, caducidad, extinción y levantamiento de estas medidas cautelares.

Quién puede usar este servicio

Este trámite está destinado a personas con una orden judicial que requiera la inscripción de una inhibición.

Antes de empezar

Es necesario contar con el oficio judicial original y copia, así como cumplir con los requisitos especificados en el mismo.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Oficio Judicial original y copia.
  • Tasa retributiva de servicios administrativos (Ley Provincial 1590).

Requisitos previos

  • El oficio debe contener la carátula, expediente, juzgado, secretaría, la medida cautelar, los datos del inhibido (según sea persona humana o jurídica), la resolución que ordena la inscripción y los autorizados al diligenciamiento.

Costes y plazos

  • Coste: Tasa retributiva de servicios administrativos según la Ley Provincial 1590.
  • Plazo de caducidad: 5 años desde la toma de razón.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

El trámite se realiza de manera presencial en la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble.

Información sobre cada etapa

  1. Presentar el oficio judicial original y copia en la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble.
  2. Abonar la tasa retributiva correspondiente.
  3. Esperar el procesamiento de la solicitud.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez inscripta la inhibición, se registrará en el folio correspondiente del inmueble.

Plazos de resolución

No se especifica un plazo de resolución.

Siguiente pasos

La inhibición tendrá una validez de 5 años a partir de la fecha de inscripción.

Ayuda

Contacto

Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble:

  • Domicilio: Sarmiento N° 960 - Monoblock "C" 1er piso CP 3600
  • Teléfono: (54) 0370 - 4436195
  • E-mail: rpi@formosa.gob.ar
  • Responsable: Escribana Graciela Sian
  • Horario de Atención: 8 a 12 hs

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