Ministerio de Seguridad Nacional

  • ## Resumen Este trámite permite a los usuarios registrados ante la ANMaC solicitar la autorización para importar o exportar artículos de pirotecnia. Es necesario contar con la inscripción como usuario importador/exportador y tener los depósitos habilitados y vigentes. ## Lo que necesitas ### Documentación para Importación: * Ficha de Datos Técnicos (FDT) N° 6 por duplicado, firmada por el representante legal o titular y con firma certificada (Disp. 162/18). * Estampillas por un valor de $100.000 + $100.000 (opcional trámite urgente). (Res. Nº 204/22). ### Documentación para Exportación: * Ficha de Datos Técnicos (FDT) N° N6, por duplicado, firmada por el representante legal o titular y con firma certificada (Disp. 162/18). El material a exportar debe estar registrado por el solicitante. * Si el material fue adquirido a un tercero, se debe presentar la factura de compra. * Estampillas por un valor de $100.000 + $100.000 (opcional trámite urgente). (Res. Nº 204/22). * Copia certificada de la licencia o autorización de importación otorgada por el país de destino y autorización de tránsito internacional si corresponde (Disp. 127/19). ### Consideraciones Adicionales: * La documentación en idioma extranjero debe ser traducida por un traductor público. * Para importar o exportar, el solicitante debe estar inscripto, tener el material registrado y contar con depósitos vigentes a su nombre. ## Cómo hacerlo * Presentar la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras. ## Descargas * Ficha de Datos Técnicos (FDT) 6 (Anexo XVII Disp. 99/04) (119.2 Kb) Descargar archivo

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar la autorización para importar materiales controlados. Una vez cumplidos los requisitos, la ANMaC emitirá una opinión y elevará las actuaciones al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Ficha de Datos Técnicos (FDT) N° 6, por duplicado, suscriptas por el representante legal o titular y debida certificación de firma, cumplimentada con letra clara de imprenta, sin dejar espacios en blanco y sin corrector líquido, identificando claramente la sustancia por su nomenclatura y número de CAS (Chemical Abstracts Service), su posición arancelaria, nombre químico y número de registro otorgado por esta Agencia de conformidad con las previsiones de los artículos 6º y 7º de según corresponda. Disp. 270/05. * El origen del producto deberá corresponder a un Estado Miembro de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y Sobre su Destrucción, suscripta en París -República Francesa. * Informar la Aduana por la cual el material ingresará al territorio nacional. * Identificar el depósito o instalación de almacenamiento a emplear. * Estampillas por un valor de $100.000 + $100.000 (opcional trámite urgente). Res. Nº 204/22. ### Requisitos previos * La solicitud de Autorización de Importación deberá tramitarse con antelación a la fecha estimada del embarque del material. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Presentá la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras. ## Después de hacerlo Una vez cumplidos los recaudos anteriores la ANMaC emitirá opinión definitiva, aconsejando o desaconsejando se otorgue la autorización, elevando las actuaciones al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto para el oportuno tratamiento de la autorización de que se trata por parte de la autoridad nacional de control de armas químicas.

  • ## Resumen Este trámite permite obtener la autorización para trasladar una embarcación (remolque transporte o remolque maniobra) en aguas de jurisdicción nacional. Se requiere verificar las condiciones técnicas de seguridad y la validez de los certificados de los buques involucrados. **Quién puede usar este servicio:** * Propietario o Titular de la Embarcación * Agente Marítimo * Armador * Persona designada bajo mandato o Poder (Presentar copia de Poder que lo autoriza a efectuar el trámite). ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Nota de solicitud del propietario o representante legal. * Plan de navegación y análisis de riesgo intervenido por un perito naval. * Certificados estatutarios de los buques involucrados. * Fotografías actuales del buque a ser remolcado. * Historial de inspecciones del buque. * Tratamiento satisfactorio de inspecciones pendientes. **Requisitos previos:** * La embarcación debe tener una avería o situación que impida su navegación por medios propios. * Contar con un buque remolcador que cumpla con los requisitos de seguridad. **Costes y plazos:** * Consultar el Cuadro Tarifario de Aranceles. * El trámite normal tarda 12 días hábiles; el urgente, 8 días hábiles. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Presentar la nota de solicitud con la documentación requerida. 2. Solicitar y pagar la boleta arancelaria. **Cuándo realizarlo:** Cuando se necesite trasladar por agua un buque averiado o que requiera reparaciones, asistido por otro buque remolcador. **Dónde realizarlo:** En las Dependencias Jurisdiccionales de todo el país. Las compañías radicadas entre Zárate y La Plata pueden presentar el trámite en la División Navegación de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Se evalúa la documentación y se otorga la autorización si cumple con los requisitos. **Plazos de resolución:** * Trámite normal: 12 días hábiles. * Trámite urgente: 8 días hábiles. **Siguientes pasos:** Realizar el traslado de la embarcación según lo autorizado. ## Ayuda **Silencio administrativo:** Este trámite se rige por el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549. Si no hay respuesta en 12 días hábiles, se considera aprobado.

  • ## Resumen Este trámite permite obtener la autorización para trasladar embarcaciones mercantes por sus propios medios en aguas de jurisdicción nacional. Se requiere verificar las condiciones técnicas de seguridad y la validez de los certificados de los buques involucrados. ### ¿Quién puede usar este servicio? * Propietario o Titular de la Embarcación * Agente Marítimo * Armador * Persona designada bajo mandato o Poder (Presentar copia de Poder que lo autoriza a efectuar el trámite). ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Nota de solicitud del propietario/armador o tercero autorizado, adjuntando copia de los certificados estatutarios del buque (CNSN), certificado de matrícula e inspecciones relevantes. * Si el buque tiene inspecciones pendientes que impidan la navegación, deben resolverse antes de la solicitud. * Documentación que acredite la personería si el trámite lo realiza un tercero (agente marítimo, etc.): * Nota del titular registral o armador autorizando al agente marítimo a realizar los trámites. * Certificación de firma ante escribano público. ### Costes y plazos * Abonar el arancel correspondiente según el Cuadro Tarifario de Aranceles, Decreto 2756/75. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Reúne la documentación requerida. 2. Abona el arancel correspondiente. 3. Presenta la solicitud en las Dependencias Jurisdiccionales de todo el país. ### Tiempos de espera * **Trámite Normal:** 12 días hábiles desde la recepción de la documentación completa. * **Trámite Urgente:** 8 días hábiles desde la recepción de la documentación completa. ## Después de hacerlo ### Plazos de resolución * El trámite normal tarda 12 días hábiles, mientras que el trámite urgente se resuelve en 8 días hábiles. ### Siguiente pasos * La autorización tiene una vigencia de 60 días hábiles administrativos desde la presentación de la solicitud. ## Ayuda ### Silencio administrativo Este trámite se rige por el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549, respecto del silencio con sentido positivo. Si no se recibe respuesta en 12 días hábiles después de haber acreditado el cumplimiento de las condiciones, se considera que la solicitud ha sido aprobada.

  • ## Resumen Este trámite te permite autorizar a otra persona a conducir tu embarcación deportiva ante la Prefectura Naval Argentina, en caso de que vos no estés presente. **Quién puede usar este servicio:** * Dueños de embarcaciones deportivas. ## Lo que necesitas * Formulario de solicitud completo. * Firma del propietario certificada (por Prefectura o escribano público). * Fotocopias del DNI del propietario y del autorizado. * Fotocopia del certificado de matrícula de la embarcación. * Fotocopia del certificado náutico deportivo del autorizado. * Pago del arancel correspondiente. ## Cómo hacerlo 1. **Cuándo realizarlo:** Cuando desees autorizar a un tercero a conducir tu embarcación. 2. **Presentar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios y preséntalos en la dependencia de Prefectura. 3. **Retirar la autorización:** Una vez procesada la solicitud, retira la autorización. **Dónde realizarlo:** En las Dependencias Jurisdiccionales de Prefectura Naval Argentina en todo el país. **Cuánto tiempo lleva:** El trámite demora 48 horas. **Cuál es el costo:** Consultar el "Cuadro Tarifario de Aranceles". ## Después de hacerlo * La autorización debe indicar el tiempo de vigencia. * Si transcurren 48 horas y no hay respuesta, se considera aprobado (silencio administrativo positivo). ## Ayuda * Cuadro Tarifario de Aranceles * Dependencias Jurisdiccionales [Descargar documento](

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la baja de instalaciones ante la ANMaC si sos una persona física o jurídica inscripta y cesaste tus actividades. ## ¿Qué necesito? * Nota de solicitud especificando la petición, indicando rubros y documentación que se agrega, firmada por representante legal, con firma debidamente certificada (Disp. 047/01). * Pago del arancel correspondiente a la solicitud de Baja de Instalaciones $10.000 (Res. 204/22) * Certificado de habilitación original otorgado por la ANMaC. * Inspección policial certificando la inexistencia de explosivos en las instalaciones. * Libro de movimientos de explosivos. En el caso de no poseerlos, nota en carácter de declaración jurada expresando que no los posee * La ANMaC podrá disponer la baja como Usuario de Explosivos: a) Como sanción, a los infractores a la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429; b) Por el abandono de las instalaciones autorizadas. En ambos supuestos, la medida conformará antecedente desfavorable del titular y/o de los integrantes de sociedades con personería jurídica, a efecto de sus condiciones particulares como futuros usuarios. ## ¿Cómo hago? Presentá la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras.

  • ## Resumen Este trámite permite a personas físicas o jurídicas registradas ante la ANMaC solicitar la baja en aquellos rubros en los que ya no están operando. Si has cesado tus actividades en un rubro específico, debes realizar este trámite para darlo de baja ante la ANMaC. ## Lo que necesitas * Pago del arancel correspondiente a la solicitud de dictamen jurídico de baja registral: $12.000 (según Res. 204/22). * Certificado de inscripción original otorgado por la ANMaC. ## Cómo hacerlo 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras.

  • ## Resumen Este trámite permite a las Transportadoras de Caudales y Entidades Financieras notificar a la ANMaC sobre un cambio en su denominación (nombre legal), siempre y cuando sean continuadoras de la entidad original. ## ¿Qué necesito? ### Documentación requerida: * Nota firmada por el representante legal solicitando el cambio de denominación, valorizada según la normativa vigente. * Fotocopia certificada de la modificación del contrato social, con su debida inscripción ante la Inspección General de Justicia o Registro Público de Comercio e inscripción ante la AFIP. * Solicitar el cambio de todas las credenciales de tenencias, tarjetas de control de consumo de municiones y portaciones vigentes registradas en el legajo. ## ¿Cómo hago? ### Pasos a seguir: 1. **Solicitud electrónica:** Completa la solicitud online a través de la página miAnmac, presionando "SOLICITUD". Consulta el manual de solicitudes electrónicas o el instructivo rápido de solicitudes electrónicas si tienes dudas. 2. **Presentación de documentación:** Presenta la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC de tu preferencia. ## Vigencia La vigencia de este trámite es de 12 meses. ## Iniciar trámite Puedes iniciar el trámite a través de este enlace.

  • ## Resumen Este trámite permite a las Transportadoras de Caudales y Entidades Financieras informar a la ANMaC sobre un cambio de domicilio. ## ¿Qué necesito? ### Documentación requerida: * Nota firmada por el representante legal o titular solicitando el cambio de domicilio. * Solicitud electrónica valorizada en $20000. * Si corresponde, Formulario de libre reproducción sobre Condiciones de Seguridad del lugar de guarda del material, intervenido por la Autoridad Local de Fiscalización. * En caso de mudar el Sector de Guarda de Armas, Declaración Jurada según la Resolución 119/18. ## ¿Cómo hago? ### Pasos a seguir: 1. Completa la solicitud electrónica ingresando a través de la página miAnmac. 2. Presenta la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras. ## Ayuda ### Iniciar trámite: * Iniciar trámite ### Acceso a TAD: * Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?

  • ## Resumen Este trámite te orienta sobre cómo ingresar a las Escuelas de Formación y Capacitación para el Personal Embarcado de la Marina Mercante (EFOCAPEMM). Aquí podrás capacitarte para obtener distintas habilidades necesarias para trabajar a bordo de buques de bandera nacional. **¿Quién puede usar este servicio?** Toda persona interesada que cumpla con los requisitos. **Importante:** La incorporación es por orden de mérito y las vacantes son limitadas. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de Inscripción. * Original y fotocopia del Documento Nacional de Identidad. * Original y fotocopia del Certificado de Estudios. * Original y fotocopia de la Partida de Nacimiento del Causante. * Certificado que acredite idoneidad en la especialidad, o certificación de trabajo en tareas afines por un período no menor a un año, en la especialidad solicitada (para los que correspondan a Empleos sin Requisito de Capacitación -Art. 1.08 del REFOCAPEMM-). **Requisitos generales de ingreso:** * Edad mínima de DIECIOCHO (18) años. * Tener estudios Secundarios Completo. * No poseer antecedentes profesionales desfavorables comprobados. * No registrar antecedentes policiales o judiciales cuya naturaleza indique como no aconsejable su inscripción. * Saber nadar y remar. * Aprobar el examen de aptitud psicofísica ateniéndose a las condiciones exigidas por la Ordenanza Marítima 02/13 tomo 5. * Aprobar el Examen Intelectual. * Para aspirantes a empleos sin requisito de capacitación, presentar certificado que acredite idoneidad en la especialidad o certificación de trabajo en tareas afines por un período no menor a un año. * Aspirantes extranjeros deben presentar la documentación legal correspondiente y la que exija el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar. **Nota:** Las fotocopias deben ser certificadas por la autoridad interviniente. ## Cómo hacerlo 1. Presentar la documentación en cualquier EFOCAPEMM del país durante el período de Inscripción. 2. Aprobar el examen intelectual de ingreso. **Dónde realizarlo:** EFOCAPEMMs DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA * **PREFECTURA DE ZONA ALTO PARANÁ:** * PREFECTURA ELDORADO: Pto. Pinares Av.9 de Julio 2590 (N3380EGT) Misiones - Tel. 03751-431212 * PREFECTURA POSADAS: Fleming y Polonia (N3300) Misiones - Tel. 03751-1212 * **PREFECTURA DE ZONA PARANÁ SUPERIOR Y PARAGUAY:** * PREFECTURA CORRIENTES: Pje. Mantilla 385 (W3408) Corrientes Tel. 03783-422831 * PREFECTURA GOYA: Caaguazú y 25 de Mayo (W3450) Corrientes Tel.03777-421349 * PREFECTURA FORMOSA: Av. 25 de Mayo y Ribera “ (P3600) Formosa tel. 03717-430811 * **PREFECTURA DE ZONA BAJO PARANÁ:** * PREFECTURA ROSARIO: Av. Belgrano 321 (S2000APD) Santa Fe Tel. 0341-4728320 (EFOCAPEMM) * PREFECTURA PARANÁ: Guemes y Liniers (E3102) Entre Ríos Tel. 0343-4310201(EFOCAPEMM) * PREFECTURA LA PAZ: Rondeau 1233 Berutti y 3 de Febrero (E3190) La Paz Entre Ríos Tel. 03437- 424600 422215 * **PREFECTURA DE ZONA ALTO URUGUAY:** * PREFECTURA PASO DE LOS LIBRES: Colón 423 -(W3230AAG) Corrientes Tel. 03772-424327 * **PREFECTURA DE ZONA BAJO URUGUAY:** * PREFECTURA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY: Espiro y Estrada “ (E3260EFA) Entre Ríos Tel. 03442-427304 * PREFECTURA COLON: Emilio Gouchon 39 “ (E3280) Entre Rí¬os Tel. 03447-4216199 * **PREFECTURA DE ZONA DELTA:** * PREFECTURA TIGRE: Gral. Mitre 165 “ (B1648AAC) Buenos Aires Tel. 011-4512-4907 * **PREFECTURA DE ZONA RIO DE LA PLATA:** * PREFECTURA LA PLATA: Ortiz de Rozas S/N “ (B1925) Buenos Aires Tel 0221-4692948 (EFOCAPEMM) * **PREFECTURA DE ZONA MAR ARGENTINO NORTE:** * PREFECTURA BAHIA BLANCA Y ANEXO PUNTA ALTA: Av. T. Salustio E/GC Rí¬o Iguazú e I. Malvinas Ing. White “ (B8103) Buenos Aires Tel. 0291-4571488 * PREFECTURA MAR DEL PLATA: Av. CEAO S/N “ (B7608) Buenos Aires Tel. 0223-4800715 * PREFECTURA QUEQUEN: Calle 507 Nº 945 “ (B7631) Buenos Aires Tel. 02262-450514 * PREFECTURA PUERTO MADRYN: Guillermo Rawson S/N “ (U9120) Chubut Tel. 02965-451263 * PREFECTURA RAWSON: Av. Marcelino González S/N “ (U9103XAA) Chubut Tel. 02965-496004 * PREFECTURA SAN ANTONIO OESTE: Brown 20 “ (R8520ACB) Río Negro Tel. 02934-421202 * PREFECTURA PUNTA COLORADA: Villa Hipasam “ (R8532) Río Negro Tel. 02934-481154 * **PREFECTURA DE ZONA MAR ARGENTINO SUR:** * PREFECTURA COMODORO RIVADAVIA: M. Abasolo y Sarmiento “ (U9000) Chubut Tel. 0297-4473863 * PREFECTURA PUERTO DESEADO: Espaíña 1828 “ (Z9050BAH) Santa Cruz Tel. 0297-4872322 * PREFECTURA RIO GALLEGOS E ISLAS MALVINAS: Pje. Abuela Paredes 71 “ (9400) Santa Cruz Tel. 02966-420375 * PREFECTURA USHUAIA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR: Maipú Yáganes “ (V9410) Tierra del Fuego Tel. 02901-422382 * PREFECTURA SAN JULIAN: 9 de Julio 649 “ (79310ACD) Santa Cruz Tel. 02962-452012 * PREFECTURA CALETA OLIVIA: Av. Costanera 2060 (79011)Tel. 0297-4851275 * **PREFECTURA DE ZONA LACUSTRE Y DEL COMAHUE:** * PREFECTURA SAN C. DE BARILOCHE: Gobernador Elordi 219 “ (R8400HRE) Rí¬o Negro Tel. 02944-422798 * **DEPENDIENTES DEL DEPARTAMENTO UNIDADES ACADÉMICAS DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN:** * ESCUELA NACIONAL SUPERIOR DE SALVAMENTO Y BUCEO: Av. Edison 2280 -Dársena "E" Puerto de Buenos Aires C.A.B.A. (1104) Tel. 011-4576-7623 * DEPARTAMENTO ACADEMICO ESCUELA DE SUBOFICIALES: Crucero ARA Gral. Belgrano y Rivadavia “ (B2800) Zárate Buenos Aires Tel. 03487-434452. ## Después de hacerlo El trámite lleva aproximadamente 12 horas. Inmediatamente después de aprobar el curso, se entrega el documento de embarco habilitante. ## Vigencia Durante el período de convocatoria de ese año.

Page 2 of 21
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.