Inscribir una reforma de estatuto de una entidad civil en la Inspección General de Justicia
Información Rápida
Objetivo
Inscribir en la Inspección General de Justicia (IGJ) las modificaciones realizadas a los estatutos de asociaciones civiles y fundaciones.
¿Quién puede solicitarlo?
Asociaciones civiles y fundaciones inscriptas en la IGJ.
Requisitos principales
- Ser una asociación civil, federación, confederación, cámara o fundación inscripta en la Inspección General de Justicia.
- Las modificaciones deben ser aprobadas por la IGJ e inscriptas en el registro público.
- Presentar la documentación dentro de los 90 días hábiles de aprobada la modificación.
Plazos
Las modificaciones de estatutos deben ser sometidas a la aprobación de la Inspección General de Justicia dentro de los noventa (90) días hábiles de aprobadas.
Duración del trámite
Variable, depende de la IGJ
Resumen
Este trámite permite inscribir las modificaciones de estatutos de asociaciones civiles y fundaciones en la Inspección General de Justicia (IGJ).
Quién puede usar este servicio: Asociaciones civiles y fundaciones ya inscriptas en la IGJ.
Antes de empezar: Asegurate de tener toda la documentación necesaria y de haber abonado el formulario correspondiente.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de "Reforma de estatuto" completo y abonado.
- Dictamen de precalificación profesional (art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15).
- Primer testimonio de la escritura pública o instrumento privado original firmado por las autoridades (art. 37 de la Resolución General IGJ N° 7/15).
- Transcripción por separado de los artículos modificados.
- Copia de la convocatoria a asamblea o reunión.
Requisitos previos:
- Ser una asociación civil o fundación inscripta en la IGJ.
- Haber aprobado la modificación del estatuto en la asamblea o reunión correspondiente.
Costes y plazos:
- El costo varía según la categoría de la asociación o si es una fundación. Consultá la calculadora de módulos.
- Las modificaciones deben presentarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a su aprobación.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentá el formulario y la documentación en la Mesa General de Entradas de la IGJ (Av. Paseo Colón 291), solicitando turno previamente.
- Retirá la documentación una vez finalizado el trámite en la misma dirección, también con turno previo.
Información sobre cada etapa:
- La presentación se realiza con turno previo.
- Si sos matriculado, podés presentar la documentación en tu colegio profesional, también con turno previo.
- Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación.
Después de hacerlo
Qué sucede después: La IGJ revisará la documentación y, si todo está correcto, aprobará la modificación del estatuto y la inscribirá en el registro público.
Plazos de resolución: Variable, depende de la IGJ.
Siguiente pasos: Una vez inscripta la modificación, la asociación civil o fundación puede operar con el nuevo estatuto.
Ayuda
Contacto: Si tenés alguna consulta o reclamo, podés escribir a [email protected].
Recursos adicionales:
- Resolución General 07/2015
- Asociaciones civiles: Arts. 409, 411, 414 y 415.
- Fundaciones: Art. 442