Ministerio de Economía

  • ## Resumen Este trámite te permite obtener un certificado de libre deuda de la ex Obras Sanitarias de la Nación (OSN). El certificado indica si existen deudas asociadas a un inmueble. **Quién puede usar este servicio:** Escribanos y usuarios particulares. ## Lo que necesitas * **Número de expediente del inmueble:** Este es un dato fundamental para iniciar el trámite. * **Factura de AYSA:** Aunque no es obligatorio, puede ser útil tenerla a mano. * **Costo:** El trámite es gratuito. * **Tiempo estimado:** Aproximadamente 15 minutos si no hay deuda. ## Cómo hacerlo 1. **Acceder a la plataforma:** Ingresa a [deudaosn.mecon.gob.ar](blank:#https://deudaosn.mecon.gob.ar) e introduce el número de expediente del inmueble. Si el inmueble está fuera de CABA, indica el prefijo de la provincia. 2. **Verificación de deuda:** * Si no hay deuda, el sistema te permitirá emitir el certificado al instante. * Si hay deuda, sigue las instrucciones en pantalla y contacta al Departamento Gestión de Créditos del Ministerio de Economía a través del correo electrónico [email protected] 3. **Pago de la deuda (si aplica):** * El personal del área te enviará el certificado con el monto adeudado y la boleta de pago. * Realiza el pago correspondiente. 4. **Informar el pago:** * Comunícate nuevamente con el Departamento de Gestión de Créditos, adjuntando el comprobante de pago escaneado. 5. **Recibo de cancelación:** * Una vez verificado el pago, recibirás el recibo de cancelación por correo electrónico. ## Después de hacerlo Una vez completado el trámite y verificado el pago (si corresponde), recibirás el certificado de libre deuda y el recibo de cancelación por correo electrónico. ## Ayuda * **Contacto:** Departamento Gestión de Créditos del Ministerio de Economía: [email protected] * **Iniciar trámite:** [https://deudaosn.mecon.gob.ar/](https://deudaosn.mecon.gob.ar/)

  • ## Resumen Este trámite te permite obtener una constancia de Operador Ferroviario si estás registrado en el ReNOF. ### ¿Quién puede usar este servicio? Personas humanas o jurídicas reconocidas como operadores ferroviarios en el ReNOF que necesiten una constancia de inscripción. ## Lo que necesitas * Formulario ReNOF 07 completo. * Comprobante de pago del servicio (a través de Gestión Electrónica de Pagos). ## Cómo hacerlo 1. Ingresá la solicitud por TAD. Necesitás Clave Fiscal nivel 3. ## Cuánto cuesta Consultá la tabla de valores según categoría. ## Vigencia La constancia tiene una validez de 90 días a partir de la fecha de emisión. ## Ayuda * Requisitos y preguntas frecuentes ReNOF * Formulario ReNOF N°7

  • ## Resumen Este trámite permite a los exportadores de productos pesqueros obtener el Certificado de Captura Legal Express. Este certificado es necesario para las exportaciones que se realizan por vía aérea o terrestre, y para aquellas que lo requieran antes de obtener el permiso de embarque. ## ¿A quién está dirigido? Este trámite está dirigido a exportadores de productos pesqueros. ## Lo que necesitas Para completar este trámite, necesitarás: * Certificado Sanitario SENASA * Facturas de Exportación * Bill of Landing (BOL), Guía Aérea o Carta de Porte * Permiso/s de Embarque Oficializado * Comprobante de Pago ## Cómo hacerlo 1. Inicia el trámite a través de la plataforma [TAD](https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5676) (Trámites a Distancia), ingresando con tu clave fiscal de AFIP. ## ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite? El trámite tiene una duración estimada de 5 minutos. ## ¿Cuál es el costo? Este trámite es gratuito. ## Vigencia El certificado tiene vigencia indefinida.

  • ## Resumen Este trámite permite a las empresas inscritas en el Régimen de Promoción Industrial de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur generar el certificado de deuda correspondiente al aporte mensual obligatorio no integrado. Este certificado es necesario para aplicar un porcentaje del aporte mensual obligatorio en iniciativas de inversión propias. **Quién puede usar este servicio** Empresas adheridas al Régimen de Promoción Industrial de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (Decreto 727/2021 - Ley 19.640) que cuenten con un proyecto vigente y deseen aplicar hasta un 40 % del monto correspondiente al aporte mensual obligatorio a proyectos de inversión productivos propios. ## Lo que necesitas **Requisitos previos** * Contar con Clave Fiscal nivel 2 o superior. * Contar con Trámites a Distancia (TAD) adherido a AFIP. * Estar radicada en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y adherida al Régimen de Promoción Industrial. **Documentos requeridos** * Certificado de deuda art. 6 Decreto 727/21. * Última designación de autoridades vigentes certificada por el organismo correspondiente o el poder que acredite la representación según corresponda. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso** 1. Ingresá a TAD con tu CUIT y Clave Fiscal. 2. Seleccioná la opción de TAD "Anexo V: Certificado de Deuda Artículo 6° del Decreto N°727/2021”. 3. Completá los datos de la empresa en el documento "Anexo V: Certificado de Deuda Artículo 6° del Decreto N°727/2021” y adjuntá la documentación requerida: * Certificado de deuda art. 6 Decreto 727/21. * Última designación de autoridades vigentes certificada por el organismo correspondiente o el poder que acredite la representación según corresponda. 4. La aceptación de tu solicitud te será notificada vía TAD. ## Después de hacerlo Una vez aceptada la solicitud, recibirás una notificación a través de TAD. ## Ayuda **Información complementaria** * Decreto 727/2021 * Resolución 228/2022 ### Descargas * Anexo V: Certificado de Deuda Artículo 6° del Decreto 727/2021 (11.4 Kb) Descargar archivo

  • ## Resumen Este trámite permite a las MiPyMEs que son proveedoras de grandes empresas cobrar sus facturas anticipadamente a través de la Factura de Crédito Electrónica MiPyME (FCEM). ### ¿Quién puede usar este servicio? MiPyMEs que emiten comprobantes electrónicos a empresas grandes. ### Antes de empezar Es importante verificar si la empresa no está en el lista de grandes empresas que publica AFIP. ## Lo que necesitas * Cumplir con los requisitos para ser emisor de FCEM (ser MiPyME, tipo de operación, monto, domicilio en el país, CBU registrado). ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Ingresar a AFIP:** Acceder a la AFIP y entrar a la sección “Comprobantes en línea” o al sistema de gestión con WebService. 2. **Emitir la FCEM:** Emitir la Factura de Crédito Electrónica MiPyME a una empresa grande o MiPyME adherida como receptora. Elegir si se transferirá al **Agente de Depósito Colectivo** (ADC) o al **Sistema de Circulación Abierta** (SCA). 3. **Notificación y respuesta:** La AFIP notificará a la empresa grande, la cual tiene un **plazo excepcional de 21 días** corridos hasta el 31 de octubre de 2025 conforme Resolución N° 480/2024 para: * Cancelar la FCEM. * Rechazar la FCEM (solo por las causales de la Ley N° 27.440). * Aceptar expresamente la FCEM. Si no responde en este plazo, la FCEM se considera aceptada tácitamente. 4. **Negociación de la FCEM:** Una vez aceptada, se negocia según la elección inicial: * **Agente de Depósito Colectivo:** AFIP notifica a la empresa grande el nuevo domicilio de pago y transfiere la FCEM al ADC. * **Sistema de Circulación Abierta:** La MiPyME puede endosar, ceder y descontar la FCEM desde el Home Banking. ### Solicitud de inclusión en el universo de Empresas Grandes Las empresas que superen los topes de venta para ser consideradas MiPyMEs pueden solicitar ser incluidas como “Empresas Grandes” completando el trámite “Factura de Crédito Electrónica - Solicitud de inclusión en el universo de “empresas grandes”” en la plataforma Trámites A Distancia (TAD). Se requiere acreditar la denegatoria a la inscripción en el Registro de Empresas MiPyME. Para más información, consultar el instructivo. ## Ayuda * Formulario de consultas * Manuales * Centro de Ayuda PyME * Teléfono: 0800-333-7963 ## Información complementaria **Normativa:** Resolución 480/2024 Resolución 9/2024 Resolución 670/2023 Resolución 322/2023 Resolución 146/2021 Ley 27.440 Decreto 471/2018 Resolución Conjunta 1/2019 Resolución 36/2019 Resolución 338/2020 Resolución 103/2020 Resolución 167/2020 Iniciar trámite ### Descargas * Presentación nuevas medidas de Factura de Crédito Electrónica (1.4 Mb) Descargar archivo * Brochure Factura de Crédito Electrónica (177.6 Kb) Descargar archivo * Preguntas frecuentes (401.5 Kb) Descargar archivo * Presentación para empresas (4.9 Mb) Descargar archivo

  • La Superintendencia de Seguros de la Nación convoca a los Productores Asesores de Seguros a realizar el empadronamiento digital de sus datos. El trámite es obligatorio.

    Si no cumplís tu matrícula se dará de baja.

    ¿A quién está dirigido?

    A todos los Productor Asesor de Seguros (personas físicas).

    ¿Qué necesito?

    Tener usuario de acceso a Trámites a Distancia (TAD).

    Foto carnet de 4x4 cm en formato pdf, doc, docx, xlsx, jpg, jpeg, png, bmp, gif, tiff, tif, html o en dwf.

    DNI (ambas caras)

    Constancia de pago del Derecho de Inscripción.

    Certificado de Título secundario o el de mayor nivel alcanzado de educación debidamente legalizado.

    Certificado de curso PCA (opcional).

    Certificado de aprobación de examen (opcional).

    Constancia de pago del derecho de inscripción (opcional).

    Dado que este trámite se realiza vía TAD, toda la documentación a presentar debe ser digitalizada

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a TAD, trámite Productor Asesor de Seguros / Aspirantes, con clave fiscal.

    2

    Seleccioná la opción “Reempadronamiento”.

    3

    Completá los datos y adjuntá los documentos solicitados.

    4

    Finalizada la carga confirmá los datos ingresados.

    5

    El sistema generará un número de expediente ante la SSN.

    6

    El Organismo analizará la documentación presentada y se publica mediante Resolución en el Boletín Oficial.

    Aspirante Asesor de Seguros -Tec. en Seguros
    Aspirante Asesor de Seguros
    Productor Asesor de Seguros
    Rechazo del trámite

    Vigencia


    Se realiza una sola vez.

    Iniciar trámite en TAD

  • ## Resumen Este trámite permite a los propietarios de establecimientos que realizan tratamientos cuarentenarios obtener la habilitación de sus centros (CTC) por parte del Senasa. Estos centros aplican tratamientos, como el uso de bromuro de metilo, para controlar plagas en productos vegetales. ### ¿Quién puede usar este servicio? Propietarios de establecimientos donde se efectúan tratamientos cuarentenarios. ### Antes de empezar Es importante conocer la normativa vigente, especialmente la Resolución Senasa Nº 472/2014 y sus modificatorias. ## Lo que necesitas Para realizar este trámite, se requiere la siguiente documentación: * Solicitud de inscripción del CTC. * Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa. * Copia de certificado de inscripción como empresa aplicadora en el registro provincial de aplicadores terrestres emitida por la provincia. * Copia de certificado de habilitación vigente provincial o municipal para el funcionamiento como CTC con cámaras de fumigación con bromuro de metilo. * Plano de vista en planta de todo el CTC en escala 1:100. * Plano de corte longitudinal y plano de corte transversal de cada cámara a ser habilitada. * Planos y memoria técnica descriptiva de cada uno de los componentes del CTC con detalles y materiales constructivos. * Protocolo (memoria técnica operativa) del movimiento de pallets tratados desde el tratamiento hasta el despacho. * Diagrama de recorrido de las cañerías transportadoras del fumigante y la totalidad de las válvulas desde la garrafa de bromuro de metilo hasta su ingreso a cada una de las cámaras. * Diagrama del trazado de los conductores eléctricos que transmiten la señal de damper 2 (abierto o cerrado), desde dichos dampers hasta la sala de monitoreo computarizado para cada una de las nuevas cámaras. * Comprobante de pago correspondiente al arancel por habilitación de cada cámara. * Copia del certificado de calibración de la balanza de pesaje de la garrafa de bromuro de metilo con su código de identificación o precinto identificatorio o, en caso de ser una balanza nueva, certificado de conformidad y factura fechada de compra y el correspondiente certificado del INTI. * Copia del certificado de calibración del sensor de temperatura manual con su código de identificación grabado por el fabricante en el instrumento y correspondiente certificado del INTI. La certificación se realizará para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC. * Copia del certificado de sensores de temperatura de ambiente y de pulpa asociado con el sistema de monitoreo y registro computarizado de temperaturas y eventos. La calibración deberá realizarse para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC. * Copia del certificado del sensor de chimenea con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración. * Copia del certificado del analizador de gases con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración. * Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s detallando para cual/es se destinarán para tratamientos cuarentenarios contra plagas cuarentenarias. * Constancia de matrícula profesional de ingeniero agrónomo al día del director técnico al día o copia comprobante de último pago. * Nota de responsabilidad firmada por el director técnico del CTC. * Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación o con frío expedido por el Senasa, o de reválida en el caso del director técnico. * Original de la planilla de datos y firmas del personal (operadores y directores) habilitado por el Senasa para operar las cámaras del CTC. * Copia de los certificados de salud de operadores y director técnico. * Copia de los protocolos de análisis de determinación de bromo en sangre de operadores y director técnico que incluya la indicación del método de determinación utilizado por el laboratorio. ## Cómo hacerlo El trámite se realiza a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia): 1. Ingresá a la plataforma TAD. 2. Completá el formulario de solicitud de inscripción. 3. Adjuntá la documentación requerida. 4. Recibirás la confirmación en tu correo electrónico. 5. Aboná el arancel correspondiente. Ver los Medios de pago habilitados–Senasa. ## Después de hacerlo Una vez habilitado, el CTC podrá realizar tratamientos cuarentenarios. La habilitación tiene una vigencia de 1 año. ## Ayuda * **Contacto:** Dirección Nacional de Protección Vegetal Dirección de Sanidad Vegetal Coordinación Sistema Único de Fiscalización Permanente Av. Paseo Colón N° 367, Piso 6° contrafrente, C1063ACD, CABA. Teléfono: (+ 54 - 11) 4121-5000 interno 6908 Correo electrónico: [email protected] Referente: Ing. Agr. Christian Robert. Correo electrónico: [email protected] Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa * **Normativa:** Resolución Senasa Nº 472/2014 Resolución Senasa Nº 299/2013 ## Costo Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados–Senasa. Consultá las Normativas relacionadas con los costos del trámite y las excepciones, si tu actividad está encuadrada a la Agricultura Familiar. ## Información complementaria Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple en Estado de tu Expediente. Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta en Encuesta de Satisfacción Senasa.

  • ## Resumen Este trámite permite habilitar establecimientos (Centros de Tratamientos Cuarentenarios o CTC) que realizan tratamientos para eliminar plagas en productos vegetales, utilizando cámaras de frío. Estos centros deben estar habilitados y fiscalizados por el Senasa. ### ¿Quién puede usar este servicio? Propietarios de establecimientos donde se realicen tratamientos cuarentenarios. ## Lo que necesitas Para realizar este trámite, necesitás: * **Documentación:** * Solicitud de inscripción del establecimiento, CTC. * Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa. * Plano de vista en planta de todo el CTC en escala 1:100. * Plano de corte longitudinal y plano de corte transversal de cada una de la/s cámara/s a ser habilitadas para tratamientos cuarentenarios. Todos los planos deben estar debidamente acotados. * Los planos y memoria técnica descriptiva de cada uno de los componentes del Centro con detalles y materiales constructivos. * Protocolo (memoria técnica operativa) del movimiento de pallets desde su ingreso al Centro de Tratamiento hasta el despacho con el tratamiento cumplido. * Declaración de la cantidad de pallets máximo a tratar en cada cámara y tamaño del pallet más grande a tratar. (para esto tener en cuenta que la disposición de la carga en la cámara debe permitir la circulación de aire -no menos de 10 cm entre hileras- y no deberá tapar las bocas de salida del aire frío). * Detalle de la capacidad de frío instalada para la/s cámara/s destinada a tratamientos cuarentenarios y para otras cámaras de frío de la planta destinadas a otros usos; y potencia eléctrica actualmente contratada con la empresa de suministro de energía eléctrica. * Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s detallando para cual/es se destinarán para tratamientos cuarentenarios contra plagas cuarentenarias. * Copia del certificado de inscripción en el registro provincial de aplicadores terrestres correspondiente a su provincia, o nota emitida por la provincia, informando de la inexistencia de este tipo de registro. * Comprobante de pago correspondiente al arancel por habilitación de cada cámara, según lo establecido en la normativa vigente. * Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación y con frío expedido por el Senasa. * Copia de los certificados buena salud de operadores y director técnico. * Original de la planilla de datos y firmas del personal (operadores y directores) habilitado por el Senasa para operar las cámaras del CTC. * Copia del certificado de calibración del sensor de temperatura manual con su código de identificación grabado por el fabricante en el instrumento. La certificación se realizará para 0 ºC. * Copia del certificado calibración de sensores de temperatura de ambiente y de pulpa asociado con el sistema de monitoreo y registro computarizado de temperaturas y eventos. La calibración deberá realizarse para 0 ºC. * Los sensores de temperatura deberán calibrarse con patrones vigentes trazables al INTI. * **Costos:** Abonar el arancel correspondiente. ## Cómo hacerlo 1. **Ingresá a la plataforma TAD:** Ingresá a la plataforma TAD 2. **Completá el formulario:** Completá el formulario de solicitud de inscripción. 3. **Adjuntá la documentación:** Adjuntá la documentación requerida. 4. **Confirmación:** Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico. 5. **Aboná el arancel:** Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados – Senasa. ## Después de hacerlo * La habilitación tiene una vigencia de **1 año**. ## Ayuda * **Contacto:** **Dirección Nacional de Protección Vegetal** **Dirección de Sanidad Vegetal** **Coordinación Sistema Único de Fiscalización Permanente** Av. Paseo Colón N° 367, Piso 6° contrafrente, C1063ACD, CABA. Teléfono: (+ 54 - 11) 4121-5000 interno 6908 Correo electrónico: [email protected] Referente: Ing. Agr. Christian Robert. Correo electrónico: [email protected] Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa * **Normativa:** * Resolución Senasa Nº 472/2014 * Resolución Senasa N° 299/2013 * **Información complementaria:** * Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple: Estado de tu Expediente. * Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta: Encuesta de Satisfacción Senasa.

  • ## Resumen Este trámite permite a los propietarios de establecimientos que realizan tratamientos cuarentenarios con bromuro de metilo solicitar la rehabilitación de sus centros (SGCTC) ante el Senasa. Los Centros de Tratamientos Cuarentenarios (CTC) son establecimientos que aplican tratamientos para eliminar plagas en productos vegetales y deben estar habilitados por el Senasa. ## Lo que necesitas Para realizar este trámite, necesitás: * **Documentación:** * Solicitud de inscripción de establecimientos, CTC. * Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa. * Copia de certificado de habilitación vigente provincial o municipal. * Copia del certificado de inscripción en el registro de aplicadores terrestres de su provincia. * Constancia de matrícula profesional de ingeniero agrónomo al día del director técnico. * Nota de responsabilidad firmada por el director técnico de la cámara. * Comprobante de pago del arancel. * Copia de certificados de calibración de diversos instrumentos (balanza, sensores de temperatura, analizador de gases). * Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s. * Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación. * Original de la planilla de datos y firmas del personal habilitado. * Copia de los certificados de salud de operadores y director técnico. * Copia de los protocolos de análisis de determinación de bromo en sangre de operadores y director técnico. * **Costo:** Abonar el arancel correspondiente (consultar los Medios de pago habilitados - Senasa). ## Cómo hacerlo 1. **Ingresá a la plataforma TAD:** Ingresá a la plataforma TAD 2. **Completá el formulario:** Completá el formulario de solicitud de inscripción. 3. **Adjuntá la documentación:** Adjuntá la documentación requerida. 4. **Confirmación:** Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico. 5. **Aboná el arancel:** Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados – Senasa. ## Después de hacerlo * **Vigencia:** La habilitación tiene una vigencia de 1 año. ## Ayuda * **Contacto:** Dirección Nacional de Protección Vegetal Dirección de Sanidad Vegetal Coordinación Sistema Único de Fiscalización Permanente Av. Paseo Colón N° 367, Piso 6° contrafrente, C1063ACD, CABA. Teléfono: (+ 54 - 11) 4121-5000 interno 6908 Correo electrónico: [email protected] Referente: Ing. Agr. Christian Robert. Correo electrónico: [email protected] Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa * **Normativa:** * Resolución Senasa Nº 472/2014 * Resolución Senasa Nº 299/2013 * **Información complementaria:** Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple. Estado de tu Expediente. Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta. Encuesta de Satisfacción Senasa.

  • ## Resumen Este trámite permite a los propietarios de establecimientos que realizan tratamientos cuarentenarios rehabilitar sus centros (CTC) con cámara de frío para el tratamiento de plagas en productos vegetales. Estos centros son habilitados y fiscalizados por el Senasa. ## ¿A quién está dirigido? Propietarios de establecimientos donde se realicen tratamientos cuarentenarios. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Solicitud de inscripción del establecimiento, CTC. * Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa. * Plano de vista en planta de todo el CTC en escala 1:100. * Plano de corte longitudinal y plano de corte transversal de cada una de la/s cámara/s a ser habilitadas para tratamientos cuarentenarios. Todos los planos deben estar debidamente acotados. * Los planos y memoria técnica descriptiva de cada uno de los componentes del Centro con detalles y materiales constructivos. * Protocolo (memoria técnica operativa) del movimiento de pallets desde su ingreso al Centro de Tratamiento hasta el despacho con el tratamiento cumplido. * Declaración de la cantidad de pallets máximo a tratar en cada cámara y tamaño del pallet más grande a tratar. (para esto tener en cuenta que la disposición de la carga en la cámara debe permitir la circulación de aire -no menos de 10 cm entre hileras- y no deberá tapar las bocas de salida del aire frío). * Detalle de la capacidad de frío instalada para la/s cámara/s destinada a tratamientos cuarentenarios y para otras cámaras de frío de la planta destinadas a otros usos; y potencia eléctrica actualmente contratada con la empresa de suministro de energía eléctrica. * Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s detallando para cual/es se destinarán para tratamientos cuarentenarios contra plagas cuarentenarias. * Copia del certificado de inscripción en el registro provincial de aplicadores terrestres correspondiente a su provincia, o nota emitida por la provincia, informando de la inexistencia de este tipo de registro. * Comprobante de pago correspondiente al arancel por habilitación de cada cámara, según lo establecido en la normativa vigente. * Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación y con frío expedido por el Senasa. * Copia de los certificados buena salud de operadores y director técnico. * Original de la planilla de datos y firmas del personal (operadores y directores) habilitado por el Senasa para operar las cámaras del CTC. * Copia del certificado de calibración del sensor de temperatura manual con su código de identificación grabado por el fabricante en el instrumento. La certificación se realizará para 0ºC. * Copia del certificado calibración de sensores de temperatura de ambiente y de pulpa asociado con el sistema de monitoreo y registro computarizado de temperaturas y eventos. La calibración deberá realizarse para 0 ºC. * Los sensores de temperatura deberán calibrarse con patrones vigentes trazables al INTI. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Ingresá a la plataforma TAD 2. Completá el formulario de solicitud de inscripción. 3. Adjuntá la documentación. 4. Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico. 5. Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados - Senasa ## Ayuda ### Contacto **Dirección Nacional de Protección Vegetal** **Dirección de Sanidad Vegetal** **Coordinación Sistema Único de Fiscalización Permanente** Av. Paseo Colón N° 367, Piso 6° contrafrente, C1063ACD, CABA. Teléfono: (+ 54 - 11) 4121-5000 interno 6908 Correo electrónico: [email protected] Referente: Ing. Agr. Christian Robert. Correo electrónico: [email protected] Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa ### Normativa Resolución Senasa N° 472/2014 Resolución Senasa N° 299/2013 ## Costo Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados – Senasa. Consultá las Normativas relacionadas con los costos del trámite y las excepciones, si tu actividad está encuadrada a la Agricultura Familiar. ## Vigencia 1 año ## Información complementaria Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple. Estado de tu Expediente Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta. Encuesta de Satisfacción Senasa.

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