Establecimientos de productos de origen vegetal. Rehabilitación de centros de tratamientos cuarentenarios (SGCTC*) con cámara de frío
Información Rápida
Objetivo
Rehabilitar centros de tratamientos cuarentenarios (CTC) con cámara de frío para aplicar tratamientos contra plagas cuarentenarias en productos vegetales.
¿Quién puede solicitarlo?
Propietarios de establecimientos donde se realicen tratamientos cuarentenarios.
Requisitos principales
- Los Centros de Tratamientos Cuarentenarios (CTC) que aplican tratamientos contra las plagas cuarentenarias de productos vegetales deben estar habilitados por el Senasa.
- Los Centros son habilitados y fiscalizados por el Senasa según los lineamientos de la <a href="http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/237157/norma.htm">Resolución Senasa N° 472/2014</a> y sus modificatorias.
- Dichos tratamientos se realizan sobre productos hospedantes de Mosca de los Frutos y Lobesia botrana.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
1 año
Información adicional
Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple. <a href="https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/expedientes">Estado de tu Expediente</a> Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta. <a href="https://www.argentina.gob.ar/senasa/encuesta-de-satisfaccion-de-la-web-senasa">Encuesta de Satisfacción Senasa.</a>
Resumen
Este trámite permite a los propietarios de establecimientos que realizan tratamientos cuarentenarios rehabilitar sus centros (CTC) con cámara de frío para el tratamiento de plagas en productos vegetales. Estos centros son habilitados y fiscalizados por el Senasa.
¿A quién está dirigido?
Propietarios de establecimientos donde se realicen tratamientos cuarentenarios.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Solicitud de inscripción del establecimiento, CTC.
- Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa.
- Plano de vista en planta de todo el CTC en escala 1:100.
- Plano de corte longitudinal y plano de corte transversal de cada una de la/s cámara/s a ser habilitadas para tratamientos cuarentenarios. Todos los planos deben estar debidamente acotados.
- Los planos y memoria técnica descriptiva de cada uno de los componentes del Centro con detalles y materiales constructivos.
- Protocolo (memoria técnica operativa) del movimiento de pallets desde su ingreso al Centro de Tratamiento hasta el despacho con el tratamiento cumplido.
- Declaración de la cantidad de pallets máximo a tratar en cada cámara y tamaño del pallet más grande a tratar. (para esto tener en cuenta que la disposición de la carga en la cámara debe permitir la circulación de aire -no menos de 10 cm entre hileras- y no deberá tapar las bocas de salida del aire frío).
- Detalle de la capacidad de frío instalada para la/s cámara/s destinada a tratamientos cuarentenarios y para otras cámaras de frío de la planta destinadas a otros usos; y potencia eléctrica actualmente contratada con la empresa de suministro de energía eléctrica.
- Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s detallando para cual/es se destinarán para tratamientos cuarentenarios contra plagas cuarentenarias.
- Copia del certificado de inscripción en el registro provincial de aplicadores terrestres correspondiente a su provincia, o nota emitida por la provincia, informando de la inexistencia de este tipo de registro.
- Comprobante de pago correspondiente al arancel por habilitación de cada cámara, según lo establecido en la normativa vigente.
- Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación y con frío expedido por el Senasa.
- Copia de los certificados buena salud de operadores y director técnico.
- Original de la planilla de datos y firmas del personal (operadores y directores) habilitado por el Senasa para operar las cámaras del CTC.
- Copia del certificado de calibración del sensor de temperatura manual con su código de identificación grabado por el fabricante en el instrumento. La certificación se realizará para 0ºC.
- Copia del certificado calibración de sensores de temperatura de ambiente y de pulpa asociado con el sistema de monitoreo y registro computarizado de temperaturas y eventos. La calibración deberá realizarse para 0 ºC.
- Los sensores de temperatura deberán calibrarse con patrones vigentes trazables al INTI.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Ingresá a la plataforma TAD
- Completá el formulario de solicitud de inscripción.
- Adjuntá la documentación.
- Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.
- Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados - Senasa
Ayuda
Contacto
Dirección Nacional de Protección Vegetal Dirección de Sanidad Vegetal Coordinación Sistema Único de Fiscalización Permanente Av. Paseo Colón N° 367, Piso 6° contrafrente, C1063ACD, CABA. Teléfono: (+ 54 - 11) 4121-5000 interno 6908 Correo electrónico: [email protected] Referente: Ing. Agr. Christian Robert. Correo electrónico: [email protected] Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa
Normativa
Resolución Senasa N° 472/2014 Resolución Senasa N° 299/2013
Costo
Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados – Senasa. Consultá las Normativas relacionadas con los costos del trámite y las excepciones, si tu actividad está encuadrada a la Agricultura Familiar.
Vigencia
1 año
Información complementaria
Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple. Estado de tu Expediente
Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta. Encuesta de Satisfacción Senasa.