Establecimientos de productos de origen vegetal. Rehabilitación de centros de tratamientos cuarentenarios (SGCTC*) con bromuro de metilo

Actualizado el 6 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite a los establecimientos que realizan tratamientos cuarentenarios con bromuro de metilo obtener la rehabilitación de sus centros (SGCTC) por parte del Senasa. Estos centros tratan productos vegetales para eliminar plagas cuarentenarias.

¿Quién puede solicitarlo?

Propietarios de establecimientos donde se realicen tratamientos cuarentenarios.

Requisitos principales

  • Ser propietario de un establecimiento que realiza tratamientos cuarentenarios.
  • Cumplir con los requisitos técnicos y de seguridad establecidos por el Senasa para la operación de centros de tratamiento cuarentenario con bromuro de metilo.

Plazos

No especificado

Duración del trámite

1 año

Información adicional

Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple. <a href="https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/expedientes">Estado de tu Expediente.</a> Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta. <a href="https://www.argentina.gob.ar/senasa/encuesta-de-satisfaccion-de-la-web-senasa">Encuesta de Satisfacción Senasa.</a>

Resumen

Este trámite permite a los propietarios de establecimientos que realizan tratamientos cuarentenarios con bromuro de metilo solicitar la rehabilitación de sus centros (SGCTC) ante el Senasa.

Los Centros de Tratamientos Cuarentenarios (CTC) son establecimientos que aplican tratamientos para eliminar plagas en productos vegetales y deben estar habilitados por el Senasa.

Lo que necesitas

Para realizar este trámite, necesitás:

  • Documentación:
    • Solicitud de inscripción de establecimientos, CTC.
    • Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa.
    • Copia de certificado de habilitación vigente provincial o municipal.
    • Copia del certificado de inscripción en el registro de aplicadores terrestres de su provincia.
    • Constancia de matrícula profesional de ingeniero agrónomo al día del director técnico.
    • Nota de responsabilidad firmada por el director técnico de la cámara.
    • Comprobante de pago del arancel.
    • Copia de certificados de calibración de diversos instrumentos (balanza, sensores de temperatura, analizador de gases).
    • Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s.
    • Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación.
    • Original de la planilla de datos y firmas del personal habilitado.
    • Copia de los certificados de salud de operadores y director técnico.
    • Copia de los protocolos de análisis de determinación de bromo en sangre de operadores y director técnico.
  • Costo: Abonar el arancel correspondiente (consultar los Medios de pago habilitados - Senasa).

Cómo hacerlo

  1. Ingresá a la plataforma TAD: Ingresá a la plataforma TAD
  2. Completá el formulario: Completá el formulario de solicitud de inscripción.
  3. Adjuntá la documentación: Adjuntá la documentación requerida.
  4. Confirmación: Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.
  5. Aboná el arancel: Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados – Senasa.

Después de hacerlo

  • Vigencia: La habilitación tiene una vigencia de 1 año.

Ayuda


Preguntas frecuentes

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.