Establecimientos de productos de origen vegetal. Habilitación de centros de tratamientos cuarentenarios (SGCTC*) con bromuro de metilo

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Habilitar centros de tratamientos cuarentenarios (CTC) que aplican tratamientos contra plagas cuarentenarias en productos vegetales, utilizando bromuro de metilo.

¿Quién puede solicitarlo?

Propietarios de establecimientos donde se realicen tratamientos cuarentenarios.

Requisitos principales

  • Ser propietario de un establecimiento donde se realicen tratamientos cuarentenarios.

Plazos

No especificado

Duración del trámite

1 año

Información adicional

Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple en <a href="https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/expedientes">Estado de tu Expediente</a>. Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta en <a href="https://www.argentina.gob.ar/senasa/encuesta-de-satisfaccion-de-la-web-senasa">Encuesta de Satisfacción Senasa</a>.

Resumen

Este trámite permite a los propietarios de establecimientos que realizan tratamientos cuarentenarios obtener la habilitación de sus centros (CTC) por parte del Senasa. Estos centros aplican tratamientos, como el uso de bromuro de metilo, para controlar plagas en productos vegetales.

¿Quién puede usar este servicio?

Propietarios de establecimientos donde se efectúan tratamientos cuarentenarios.

Antes de empezar

Es importante conocer la normativa vigente, especialmente la Resolución Senasa Nº 472/2014 y sus modificatorias.

Lo que necesitas

Para realizar este trámite, se requiere la siguiente documentación:

  • Solicitud de inscripción del CTC.
  • Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa.
  • Copia de certificado de inscripción como empresa aplicadora en el registro provincial de aplicadores terrestres emitida por la provincia.
  • Copia de certificado de habilitación vigente provincial o municipal para el funcionamiento como CTC con cámaras de fumigación con bromuro de metilo.
  • Plano de vista en planta de todo el CTC en escala 1:100.
  • Plano de corte longitudinal y plano de corte transversal de cada cámara a ser habilitada.
  • Planos y memoria técnica descriptiva de cada uno de los componentes del CTC con detalles y materiales constructivos.
  • Protocolo (memoria técnica operativa) del movimiento de pallets tratados desde el tratamiento hasta el despacho.
  • Diagrama de recorrido de las cañerías transportadoras del fumigante y la totalidad de las válvulas desde la garrafa de bromuro de metilo hasta su ingreso a cada una de las cámaras.
  • Diagrama del trazado de los conductores eléctricos que transmiten la señal de damper 2 (abierto o cerrado), desde dichos dampers hasta la sala de monitoreo computarizado para cada una de las nuevas cámaras.
  • Comprobante de pago correspondiente al arancel por habilitación de cada cámara.
  • Copia del certificado de calibración de la balanza de pesaje de la garrafa de bromuro de metilo con su código de identificación o precinto identificatorio o, en caso de ser una balanza nueva, certificado de conformidad y factura fechada de compra y el correspondiente certificado del INTI.
  • Copia del certificado de calibración del sensor de temperatura manual con su código de identificación grabado por el fabricante en el instrumento y correspondiente certificado del INTI. La certificación se realizará para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC.
  • Copia del certificado de sensores de temperatura de ambiente y de pulpa asociado con el sistema de monitoreo y registro computarizado de temperaturas y eventos. La calibración deberá realizarse para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC.
  • Copia del certificado del sensor de chimenea con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración.
  • Copia del certificado del analizador de gases con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración.
  • Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s detallando para cual/es se destinarán para tratamientos cuarentenarios contra plagas cuarentenarias.
  • Constancia de matrícula profesional de ingeniero agrónomo al día del director técnico al día o copia comprobante de último pago.
  • Nota de responsabilidad firmada por el director técnico del CTC.
  • Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación o con frío expedido por el Senasa, o de reválida en el caso del director técnico.
  • Original de la planilla de datos y firmas del personal (operadores y directores) habilitado por el Senasa para operar las cámaras del CTC.
  • Copia de los certificados de salud de operadores y director técnico.
  • Copia de los protocolos de análisis de determinación de bromo en sangre de operadores y director técnico que incluya la indicación del método de determinación utilizado por el laboratorio.

Cómo hacerlo

El trámite se realiza a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia):

  1. Ingresá a la plataforma TAD.
  2. Completá el formulario de solicitud de inscripción.
  3. Adjuntá la documentación requerida.
  4. Recibirás la confirmación en tu correo electrónico.
  5. Aboná el arancel correspondiente. Ver los Medios de pago habilitados–Senasa.

Después de hacerlo

Una vez habilitado, el CTC podrá realizar tratamientos cuarentenarios. La habilitación tiene una vigencia de 1 año.

Ayuda

Costo

Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados–Senasa. Consultá las Normativas relacionadas con los costos del trámite y las excepciones, si tu actividad está encuadrada a la Agricultura Familiar.

Información complementaria

Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple en Estado de tu Expediente. Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta en Encuesta de Satisfacción Senasa.


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