Ministerio de Capital Humano

  • ## Resumen Este trámite permite ratificar virtualmente acuerdos entre empleadores y empleados de casas particulares en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Al ratificar el acuerdo, se da fin a un conflicto laboral con la validación legal del Ministerio de Trabajo. **Quién puede usar este servicio:** * Empleadores y empleados de casas particulares que hayan llegado a un acuerdo. * Abogados matriculados en CABA que representen al empleador o al empleado. ## Lo que necesitas * **Documentación requerida:** * Datos de los firmantes (teléfono, correo electrónico, CUIL/CUIT). * Acuerdo alcanzado (puede ser el modelo de TAD o el modelo propuesto). * DNI vigente del empleador y del trabajador. * Credenciales vigentes del Colegio Público de Abogados de Capital Federal de los abogados intervinientes. * Constancia de titularidad de cuenta bancaria (CBU) del trabajador. * Poder, si corresponde. * En caso de fallecimiento: Certificado de Defunción y acreditación del vínculo. * En caso de renuncia: Telegrama que acredite la renuncia. * **Requisitos previos:** * Tanto el empleador como el empleado deben contar con un abogado. * El empleador y los abogados deben tener usuario TAD o clave fiscal. * El trabajador debe enviar un telegrama ratificando el acuerdo después de la audiencia. * **Costes y plazos:** * El trámite es gratuito. * El tiempo de resolución no está especificado. ## Cómo hacerlo 1. Ingresá a la plataforma Trámites a Distancia. 2. Una vez en la plataforma, hacé clic en la opción trámites. Arriba a la derecha aparecerá en celeste un menú, hacé clic en AFIP. 3. Ingresá a la AFIP con tu usuario y clave fiscal. 4. Podés filtrar el trámite en la barra de búsqueda escribiendo la palabra “ratificación” o el nombre completo del trámite: “Ratificación de Acuerdos Espontáneos ante el Tribunal de Trabajo para el Personal en Casas Particulares”. Una vez que lo hayas encontrado, hacé clic en “iniciar tramite”. 5. Completar los datos del solicitante (debe ser uno de los firmantes del acuerdo) y continuar. 6. En la siguiente pantalla, hacé clic en “Seleccionar quien lo firma” y carga todos los firmantes (empleador/a, trabajador/a y los abogados de ambas partes). Luego, presiona “Guardar”. 7. El paso siguiente será seleccionar el tipo de acuerdo correspondiente a tu solicitud: a) acuerdo por desvinculación o b) otro motivo. 8. Carga la documentación del acuerdo, la cual tendrá carácter de documentación fehaciente y de plena validez, igual a la original. Una vez finalizada la carga, hace clic en “Confirmar el trámite”. 9. Una vez cargado el trámite, el empleador y los letrados del acuerdo tienen que firmar la documentación presentada. Para ello, tienen que ingresar a TAD e ingresar con su usuario de AFIP y clave fiscal. * Importante: La documentación primero aparecerá en la bandeja del solicitante (quien inicio el trámite) y luego irá pasando a la bandeja de los demás firmantes, según el orden que fueron agregados. 10. Una vez en TAD, ir a la sección “Mis trámites” e ingresar a “Tareas pendientes”. Allí podrás ver la documentación a firmar. Tenes que tocar los 3 puntos que aparecen al final del trámite iniciado para hacerlo. 11. Una vez que todos firmen, el sistema le brindará un número de expediente. En el sistema, el trámite pasará de “Tarea pendiente” a “Iniciado”. 12. Una vez obtenido el número de expediente, solicitar turno para ratificar virtualmente el acuerdo espontaneo a través de la aplicación “Mi Argentina”. Te serán solicitado un correo electrónico y el número de expediente a fin de vincular el turno, con la documentación generada. 13. Un funcionario asignado por el Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares invitará a cada una de las partes a conectarse para una reunión virtual mediante un enlace o link, el cual enviará a los correos electrónicos o teléfonos móviles informados en el inicio del trámite. 14. Una vez concretada la audiencia, el trabajador/a tiene que enviar el telegrama que ratifica lo allí acordado al Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, Av. Callao 124, piso 1. ## Después de hacerlo * Una vez finalizado el trámite, el acuerdo queda legalmente validado por el Ministerio de Trabajo. * El plazo de resolución no está especificado. ## Ayuda * Para acceder a TAD: * Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo? * **Descargas:** * Formulario de acuerdo espontáneo (147.0 Kb) * Formulario de ingreso de causas (94.0 Kb) * Ejemplo de telegrama (1.0 Mb) * Instructivo de acuerdo por desvinculación (1.0 Mb) * Instructivo de ratificación por otros motivos (1.0 Mb) * Carta poder demandado (135.0 Kb) * Carta poder actor (140.0 Kb)

  • ## Resumen La Biblioteca Nacional ofrece visitas guiadas gratuitas para personas y instituciones interesadas en conocer su historia y patrimonio. Estas visitas están disponibles tanto para el público general como para instituciones educativas de diversos niveles. Quién puede usar este servicio: * Cualquier persona interesada en la historia y el patrimonio de la Biblioteca Nacional. * Instituciones educativas (niveles inicial, primario, secundario y terciario). * Universidades (grupos de profesores y/o estudiantes de carreras relacionadas). ## ¿Cómo hacerlo? ### Visita personal 1. Acércate al hall central de la Biblioteca Nacional, ubicada en Agüero 2502, Ciudad de Buenos Aires, en los siguientes horarios: * Lunes a viernes: 12 h * Sábados: 14 y 16 h 2. Participa de la visita guiada. **El recorrido comienza puntualmente con las personas presentes a la hora indicada en el hall de la Biblioteca.** ### Visitas grupales **Para instituciones y establecimientos educativos:** * Niveles: inicial, primario, secundario y terciario. * Cupo: 30 alumnos. * Horario: Lunes a viernes a las 10 o a las 14 h. * Información y reservas: Comunicate con el Departamento de Exposiciones y Visitas Guiadas al teléfono: (+54 11) 4808-6000, interno 1024 o vía correo electrónico a: [email protected]. **Para universidades:** * Visitas para grupos de profesores y/o estudiantes de Arquitectura, Diseño Gráfico, Ingeniería u otras carreras relacionadas. * Información y reservas: Comunicate con el Archivo Patrimonio Histórico Constructivo Edificio al teléfono: (+54 11) 4808-6059 o vía correo electrónico a: [email protected]. ## ¿Cuál es el costo? **Gratuito** ## Ayuda * Consultar en línea ## Trámites relacionados * Realizar una visita guiada al Museo del Libro y de la Lengua

  • ## Resumen El Museo del Libro y de la Lengua ofrece visitas guiadas programadas para el público en general, así como para grupos escolares, organizaciones e instituciones. Las exposiciones están disponibles para ser recorridas de martes a domingo de 14 a 19 horas sin necesidad de guía. ## ¿A quién está dirigido? Este servicio está dirigido al público en general, estudiantes, docentes y comunidades educativas y culturales. ## Lo que necesitas La entrada es gratuita y no se requiere documentación. ## Cómo hacerlo ### Visita personal 1. Acércate al Museo de la Lengua, en Av. Las Heras 2555, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los martes o jueves a las 14.30. 2. Participa de la visita guiada. ### Visitas grupales Comunícate por correo electrónico a: visitas@bn.gob.ar o al teléfono: (+ 54 11) 4808 -6000 (interno 102) como responsable de la institución o coordinador del grupo. ## ¿Cuál es el costo? El servicio es **gratuito**. ## Consultar en línea Puedes obtener más información en el sitio web del museo: Consultar en línea ## Trámites relacionados * Realizar una visita guiada a la Biblioteca Nacional

  • ## Resumen Este servicio te permite recibir asesoramiento y orientación si estás experimentando o presenciando situaciones de violencia laboral. También te guía sobre cómo realizar una denuncia formal. **Quién puede usar este servicio** Cualquier persona que trabaje y esté sufriendo o presenciando una situación de violencia laboral. **Antes de empezar** Tené en cuenta que el asesoramiento es gratuito y confidencial. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos** * Para el asesoramiento, no se requiere documentación. * Para la denuncia: * DNI. * Recibos de haberes (si los tenés). * Certificados médicos o psicológicos (si los tenés). ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso** 1. **Contactá al Ministerio:** * Si trabajás en CABA, comunicate con la Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral al (011) 4310-5525 o por correo a violencialaboral@trabajo.gob.ar. * Si trabajás en otra provincia, contactá a la Red Territorial contra la Violencia Laboral por correo a red-violencialaboral@trabajo.gob.ar o a la Agencia Territorial del Ministerio correspondiente. * También podés ingresar tu solicitud en Trámites Públicos. 2. **Acordá una entrevista:** Coordiná un día y horario para una entrevista presencial o virtual. 3. **Recibí asesoramiento:** Durante la entrevista, te brindarán un diagnóstico de la situación y te informarán sobre tus derechos y las alternativas disponibles. 4. **Decidí si querés denunciar:** Si decidís denunciar, te orientarán en el proceso. ## Después de hacerlo **Qué sucede después** * Si realizás una denuncia, el Ministerio puede contactar a tu empleador para informarle sobre la situación e interceder para que se tomen medidas. * El empleador tiene 10 días hábiles para presentar una propuesta escrita. * El Ministerio verificará si la situación se resolvió y registrará el cumplimiento del compromiso asumido. ## Ayuda **Contacto** * Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral (CABA): (011) 4310-5525, violencialaboral@trabajo.gob.ar * Red Territorial contra la Violencia Laboral (Provincias): red-violencialaboral@trabajo.gob.ar * Agencias Territoriales del Ministerio **Recursos adicionales** * Decreto 214/2006 (Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional) * Trámites Públicos

  • ## Resumen Este trámite permite a jubilados y pensionados reclamar los haberes que no hayan podido cobrar dentro de los dos años posteriores a la fecha en que debieron ser abonados. **Quiénes pueden usar este servicio:** * Personas jubiladas y/o pensionadas. ## Lo que necesitas * DNI de la persona titular de la prestación. * Formulario Reclamos de haberes impagos (PS 6.5) (de ser necesario). ## Cómo hacerlo 1. **Reuní la documentación** * Si tu haber impago es mayor a 60 días probablemente ya figure en nuestros sistema pero si es inferior a 2 meses deberás imprimir y completar el formulario Reclamo de Haberes impagos (PS 6.5). 2. **Presentá el formulario de reclamo en tu banco** * De ser necesario, presentá el formulario en tu banco. Debe firmarlo una autoridad bancaria (gerente, contador, jefe de área, ayudante de firma de la entidad bancaria, responsable del centro o minicentro de pago o jefe de la sucursal del Correo Argentino). 3. **Ingresá en Atención Virtual** * Con tu **CUIL y Clave de la Seguridad Social**, ingresá en Atención Virtual y elegí la opción **Reclamar un beneficio suspendido o un mensual no cobrado (Activación/Repago)** para comenzar tu trámite. 4. También podés hacer este trámite de forma presencial en una oficina de ANSES **con turno previo**. Recordá llevar la documentación requerida. En caso de corresponder, ANSES te entregará una orden de pago para cobrar en un banco o un comprobante del reclamo indicando en cuál mes deberías cobrar. ## Cuál es el costo? * **Gratuito** ## Ayuda * Pedir turno * Iniciar trámite ### Trámites relacionados * Actualización de vínculos familiares en ANSES

  • ## Resumen Este trámite permite a los trabajadores damnificados que no están cubiertos por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) reclamar ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) si tienen diferencias con su empleador sobre su accidente laboral o enfermedad profesional. **¿Quién puede usar este servicio?** Trabajadores que hayan sufrido un accidente laboral o enfermedad profesional y tengan una divergencia con su empleador no asegurado (ENA). ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * DNI (tarjeta) * Denuncia del accidente laboral o enfermedad profesional ante el empleador. * Certificación de haberes o recibos de sueldo de los últimos 12 meses y 2 liquidaciones de SAC anteriores al accidente/enfermedad. * Estudios médicos relacionados con la patología diagnosticada (opcional). * Constancia de alta médica y/o fin de tratamiento (si corresponde). * Carta de rechazo del empleador (si corresponde). * Petición fundada (en caso de rechazo de enfermedad no listada). * Denegación fundada de reingreso a tratamiento (si corresponde). * Formulario de Opción de Domicilio: Resolución SRT N°11/2018 ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Reúne la documentación:** Asegúrate de tener todos los documentos necesarios. 2. **Inicia tu expediente:** Preséntalo en la Comisión Médica que corresponda a tu domicilio o al de tu empleador. Puedes consultar la que te corresponde en: Mapa de Comisiones Médicas Si estás en desacuerdo con lo resuelto por la Comisión Médica Jurisdiccional (CMJ), puedes apelar completando el Formulario de Apelación dentro de los 5 días hábiles desde que lo recibiste. En caso de que estés en desacuerdo con la resolución de la Comisión Médica Central (CMC) debes presentar la apelación ante los tribunales de alzada con competencia en lo laboral, excepto en CABA. ## Ayuda * **Ausencia a citaciones:** Si no puedes asistir a una citación de la Comisión Médica, consulta los pasos a seguir en: Ausencia a citaciones de Comisiones Médicas * **Audiencias:** Para conocer los pasos a seguir en las audiencias de la Comisión Médica, consulta: Audiencias de Comisión Médica * **Procedimientos ante resoluciones de la SRT:** Para conocer los procedimientos ante resoluciones de la SRT, consulta: Procedimientos ante resoluciones de la SRT

  • ## Resumen Este trámite permite a jubilados y pensionados solicitar la revisión y el reajuste de sus haberes si consideran que existe un error en la liquidación o en la fecha de pago. **Quién puede usar este servicio** Jubilados y pensionados que consideren que existe un error en sus haberes. ## Lo que necesitas * Clave de la Seguridad Social en ANSES. * Documentación relacionada con tu solicitud de reajuste. ## Cómo hacerlo 1. Solicitá un [turno en ANSES](https://servicioswww.anses.gob.ar/TurnosInternet/g/82794d30b7cd4d9594db7d1301cbcd44/Burbujas/Prestaciones). 2. Consultá la información del día y el lugar del [turno asignado](https://servicioswww.anses.gob.ar/TurnosInternet/ConsultaSolicitud/IngresoConsultaSolicitud) para confirmarlo o cancelarlo. 3. Presentá la documentación en la [oficina de ANSES](https://www.anses.gob.ar/oficinas-atencion-al-publico) el día y la hora del turno asignado. ## ¿Cuándo puedes reclamar? * **Error en la fecha inicial de pago:** * Error en la determinación de la fecha de cese. * Error en la determinación de la fecha en que adquiriste el derecho. * Error en la fecha del hecho que lo genera (invalidez, muerte, nacimiento). * Errores en los plazos de determinación de deuda de autónomos en SICAM. * Error en el período de prescripción. * Error en la fecha de solicitud de la prestación. * **Error en la liquidación:** * Error en la aplicación de aumentos o de un período de servicios. * Error en la categoría de autónomos. * Error en un período desempeñado en relación de dependencia. * Error en las remuneraciones certificadas. * Error en el haber cuando hay aportes en servicios en relación de dependencia y autónomos (mixtos). * Error en el descuento de conceptos y cuotas de moratoria. ### Importante También podés presentar reclamos administrativos en los siguientes casos: 1. Por recálculo del haber inicial, movilidad, topes invocando un fallo judicial: [Pedido de reajuste por fallo judicial](blank:#https://www.anses.gob.ar/tramite/reajuste-de-haberes-por-fallo-judicial). 2. Por [No pago o reajuste de asignaciones familiares](blank:#https://www.anses.gob.ar/tramite/reclamos-de-asignaciones-familiares). ## Costo El trámite es gratuito. ## Enlaces útiles * [Pedir turno](https://servicioswww.anses.gob.ar/TurnosInternet/Solicitud/IngresoSolicitud?idprest=16) * [Consultar en línea](https://www.anses.gob.ar/jubilaciones-y-pensiones/reparacion-historica-reajustes-y-sentencias/reajuste-de-haberes-por-error-en-la-liquidacion-o-fecha-de-pago) * [Consultar las sentencias judiciales de ANSES](https://www.argentina.gob.ar/servicio/consultar-las-sentencias-judiciales-de-anses)

  • ## Resumen Este servicio ofrece asesoramiento para encontrar material bibliográfico de interés en la Biblioteca Nacional de Maestras y Maestros (BNM). **¿Quién puede usar este servicio?** Cualquier persona que necesite ayuda para encontrar información específica en la BNM. ## Lo que necesitas * **Información de contacto:** Un número de teléfono o dirección de correo electrónico. * **Costo:** El servicio es gratuito. ## Cómo hacerlo 1. **Contacta a la BNM:** * Por teléfono: 4129-1272 * Por correo electrónico: [email protected] ## Ayuda * **Contacto:** * Teléfono: 4129-1272 * Correo electrónico: [email protected]

  • ## Resumen Este trámite te permite registrar el cambio de categoría laboral dispuesto por tu empleador, siempre y cuando trabajes en relación de dependencia, estés empadronado en el Padrón del Sistema Nacional del Seguro de Salud que administra ANSES y te corresponda una obra social de distinta naturaleza, como consecuencia de ese cambio de categoría laboral. ## ¿A quién está dirigido? Al trabajador titular de la obra social o a quien lo represente. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * DNI (original y copia). * Original y copia del [Formulario PS.5.3](https://www.anses.gob.ar/sites/default/files/formulario/2018-04/PS.5.3-DDJJ%20del%20Trabajador%20y%20su%20Grupo%20Familiar%20Adheridos%20al%20Sis%20Nac%20del%20Seguro%20de%20Salud.pdf) - Declaración Jurada del Trabajador y su Grupo Familiar adheridos al Sistema Nacional del Seguro de Salud, completo. * Copia del último recibo de sueldo confeccionado de acuerdo a las formalidades de ley. Este requisito no es obligatorio si se trata de un trabajador que recién inicia la relación laboral. * Nota formal con membrete de la empresa en la que conste el cambio de categoría laboral del trabajador en relación de dependencia y la fecha de vigencia del mismo. La misma deberá estar firmada por: * Empleador * Responsable autorizado * Representante legal de la empresa #### Tené en cuenta Si la presentación la efectúa un tercero o se realiza ante la obra social, la firma de la persona titular debe estar certificada por autoridad competente: judicial, notarial, Fuerzas de Seguridad (exceptuando a la Policía de la Provincia de Buenos Aires), Prefectura Naval, Gendarmería, autoridad bancaria, autoridad consular o director de hospital, geriátrico, clínica o sanatorio donde se encuentre internado, funcionarios autorizados del Registro Civil y Capacidad de las Personas. Si el titular se encuentra imposibilitado para firmar, esta situación deberá ser acreditada por escribano público quien debe dar constancia expresa de la voluntad del titular. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso 1. Reuní la documentación. 2. Presentá la documentación requerida en la [oficina de ANSES](blank:#https://www.anses.gob.ar/oficinas-atencion-al-publico) o en la obra social. ## ¿Cuál es el costo? **Gratuito** ## Información Adicional [Consultar en línea](http://servicioswww.anses.gov.ar/ooss2/) ### Accedé a TAD a través de: [Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?](https://www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/innovacion-administrativa/tramites-distancia-tad/como-acceder-tad)

  • ## Resumen Este trámite permite realizar la inscripción en el Registro de Empresas de Servicios Eventuales del Ministerio de Trabajo de la Nación. **Quién puede usar este servicio:** El representante legal de la sociedad o apoderado. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Anexo II de la Resolucion MTEySS Nº 1225/07. * Documentos constitutivos de la sociedad y designación de sus administradores, directores, gerentes, responsables legales según corresponda al tipo societario. (Debe ser una entidad constituida como persona juridica con objeto exclusivo, de acuerdo a lo establecido por art. 2 del Decreto N° 1694/2006) * Tener como mínimo un capital social inicial equivalente a CIEN (100) sueldos básicos mensuales administrativos, categoría A, del C.C.T. Nº 130/75. * Constancia de inscripción ante AFIP con vigencia a la fecha de presentación y Convenio multilateral o inscripción ante Ingresos Brutos, ante las obras sociales a las que aporta, contrato de afiliación ante la ART contratada, o certificado de contratación con firma certificada del representante de la compañía aseguradora ante escribano público. * Póliza seguro de vida obligatorio junto con los comprobantes de pago de primas al día a la fecha de presentación. En caso de acompañar certificado de contratación, el mismo deberá contener la firma certificada del representante legal de la compañía aseguradora ante escribano público. * Constitución de garantía a la que se refiere el artículo 78 de la Ley 24.013. * Constitución de GARANTIA PRINCIPAL: Depósito en caución de efectivo, valores o títulos públicos equivalentes a CIEN (100) sueldos básicos mensuales del personal administrativo, categoría A, del C.C.T. Nº 130/75. Acompañar saldo de la cuenta a nombre de la empresa y a la orden de la Servicios Eventuales de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo con la cotización de los títulos obrantes en la misma a la fecha de saldo. * Constitución de GARANTIA ACCESORIA: Otorgar una garantía por una suma equivalente al triple del importe que surja de la garantía principal en: * dinero en efectivo, valores o títulos públicos nacionales, * aval bancario o póliza de seguro de caución emitido por una entidad autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con vigencia hasta el 31 de marzo de cada año, * constitución de un derecho real de hipoteca sobre inmueble propio de la empresa de servicios eventuales, cuya valuación fiscal sea igual o superior al importe que garantice. **Costes y plazos:** * El costo es de $3000. * El trámite demora aproximadamente 15 días. * La autorización tiene vigencia hasta el 31 de marzo de cada año y el costo de su actualización es de $1000. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Ingresar la documentación en Av. Alem 650 P.B. o en Av. Alem 628 piso 4º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en las Delegaciones Regionales de la Servicios Eventuales del Ministerio de Trabajo de la Nación. 2. Retirar de la Av. Alem 628 piso 4º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento de Servicios Laborales, la boleta de depósito del Banco de la Nación Argentina. 3. Acreditar en Av. Alem 628 piso 4º de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires, Departamento de Servicios Laborales, el depósito de $3000.- con la boleta del Banco de la Nación Argentina. 4. Retirar de la Av. Alem 628 piso 4º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento de Servicios Laborales, la Disposición de la Dirección de Inspección Federal autorizando a la empresa peticionante a funcionar como empresa de servicios eventuales. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez completado el trámite y aprobada la solicitud, la empresa quedará habilitada para operar como empresa de servicios eventuales. ## Ayuda ### Accedé a TAD * Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?

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