Reclamar por divergencia en caso de accidente laboral o enfermedad profesional si mi empleador no esta asegurado

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Resolver la disconformidad o divergencia de un trabajador damnificado con su Empleador No Asegurado (ENA) respecto al tratamiento médico, reingreso, alta médica, incapacidad o rechazo de su accidente laboral o enfermedad profesional.

¿Quién puede solicitarlo?

Trabajadores que hayan sufrido un accidente laboral o enfermedad profesional y tengan una divergencia con su empleador no asegurado (ENA).

Requisitos principales

  • Haber realizado la denuncia del accidente laboral o enfermedad profesional.
  • Tener una divergencia con el Empleador No Asegurado (ENA).

Duración del trámite

No especificado

Resumen

Este trámite permite a los trabajadores damnificados que no están cubiertos por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) reclamar ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) si tienen diferencias con su empleador sobre su accidente laboral o enfermedad profesional.

¿Quién puede usar este servicio?

Trabajadores que hayan sufrido un accidente laboral o enfermedad profesional y tengan una divergencia con su empleador no asegurado (ENA).

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • DNI (tarjeta)
  • Denuncia del accidente laboral o enfermedad profesional ante el empleador.
  • Certificación de haberes o recibos de sueldo de los últimos 12 meses y 2 liquidaciones de SAC anteriores al accidente/enfermedad.
  • Estudios médicos relacionados con la patología diagnosticada (opcional).
  • Constancia de alta médica y/o fin de tratamiento (si corresponde).
  • Carta de rechazo del empleador (si corresponde).
  • Petición fundada (en caso de rechazo de enfermedad no listada).
  • Denegación fundada de reingreso a tratamiento (si corresponde).
  • Formulario de Opción de Domicilio: Resolución SRT N°11/2018

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación: Asegúrate de tener todos los documentos necesarios.
  2. Inicia tu expediente: Preséntalo en la Comisión Médica que corresponda a tu domicilio o al de tu empleador. Puedes consultar la que te corresponde en: Mapa de Comisiones Médicas

Si estás en desacuerdo con lo resuelto por la Comisión Médica Jurisdiccional (CMJ), puedes apelar completando el Formulario de Apelación dentro de los 5 días hábiles desde que lo recibiste.

En caso de que estés en desacuerdo con la resolución de la Comisión Médica Central (CMC) debes presentar la apelación ante los tribunales de alzada con competencia en lo laboral, excepto en CABA.

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