• Cuando ya tenés la destinación de exportación oficializada, el despachante tiene que presentarla ante el Servicio Aduanero para que éste realice una verificación preliminar sobre ella y sobre la documentación complementaria. En caso de conformidad, el agente aduanero dejará asentada la presentación del permiso de embarque en el SIM y éste asignará automáticamente el canal de selectividad, el que puede ser:

    • Verde: Interviene en forma directa el personal aduanero con funciones de guarda para constatar que los datos declarados en la destinación coincidan con la realidad de la operación. De resultar conforme este control, ingresará el cumplido informático de la destinación, cambiando su estado a autorización de retiro, es decir permitiendo el libramiento al autorizar la carga de la mercadería al medio de transporte; este acto se conoce como puesta a bordo.

    • Naranja: Previo al cumplido de la operación, el personal aduanero con permiso de verificador examina la documentación que integra el legajo de la declaración y, de resultar de conformidad con las normas vigentes, asienta el control documental conforme en el sobre verde y en el SIM. A continuación se procede del mismo modo que en el canal verde. En caso de irregularidades, se detiene el trámite de la destinación.

    • Rojo: Previo al cumplido de la operación, el personal aduanero con permiso de verificador efectúa el control documental y físico de la mercadería. En caso de conformidad con las normas vigentes, asienta el resultado de la verificación en el sobre verde y en el SIM. A continuación se procede del mismo modo que en el canal verde. En caso de irregularidades, se detiene el trámite de la destinación.

    ¿A quién está dirigido?

    A exportadores, despachantes de Aduana.

    ¿Qué necesito?

    Formulario OM- 1993-A SIM en estado oficializado.

    Sobre contenedor verde OM- 2133 SIM con la firma del declarante.

    Formulario OM-1993/2 SIM, también conocido como hoja de valor de la mercadería que estás exportando. Funciona como una declaración jurada y contiene información útil para que el Servicio Aduanero pueda controlar los valores comprometidos en la destinación de exportación, a efectos de determinar el valor imponible y el valor para reintegros de la mercadería que se exporta. Sobre el valor imponible se calculan los derechos de exportación y sobre el valor para reintegros se calculan los reintegros a la exportación.

    Lista de empaque o detalle del contenido, con los siguientes datos:

    • nombre del exportador o razón social,
    • contenido de cada bulto,
    • tipo y cantidad,
    • peso de los bultos,
    • número de destinación,
    • manifestación de si embarcás igual cantidad de unidades a la declarada bajo la fórmula Conforme cantidad de unidades, con tilde en SI o NO, según corresponda.

    Importante: No te exigen la lista de empaque cuando la unidad de comercialización sea en peso, volumen o granel.

    Factura comercial (electrónica “E”): Sólo si te la pide la Aduana o en caso de que la uses en reemplazo de la lista de empaque, siempre y cuando contenga la misma información que ésta debe incluir.

    Autorizaciones de terceros organismos involucrados, en caso de corresponder (por ejemplo, el SENASA).

    Hoja de ruta: Este documento se utiliza en las cargas terrestres y acompaña al permiso de embarque de exportación. En él se detallan las principales ciudades y rutas por las cuales transita el medio de transporte y el plazo para efectuar el recorrido previsto con destino a la Aduana de salida. Por lo general, esta documentación la efectúa la empresa de transporte y debe estar firmada por un Agente de Transporte Aduanero.

    Constancias de control de peso o volumen: Cuando vendas por unidad de peso o volumen, las constancias que acrediten su control (planillas de medición, tickets de balanza, remitos, constancias de medidores y cualquier otro instrumento que cumpla esa función) deberán ser firmadas por el personal aduanero interviniente e integrarán la declaración.

    ¿Cómo hago?

    1

    El despachante se presenta ante el Servicio Aduanero con la destinación oficializada y la documentación exigida para el examen preliminar donde verificarán:

    • La presencia real de la documentación exigida para la exportación (intervenciones de terceros organismos, autorizaciones por regímenes especiales, detalle de contenido, hoja de valor, hoja de ruta, etc).
    • La coincidencia entre los datos de la declaración y los declarados en el sistema.
    • La firma en el permiso de embarque (Formulario OM-1993A SIM) y en el sobre contenedor (OM-2133 SIM).

    2

    Si los controles resultan satisfactorios, el Servicio Aduanero efectúa la presentación de la destinación de exportación y el sistema SIM asigna automáticamente el canal de selectividad: verde, naranja o rojo.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    U$S 10.- (diez dólares estadounidenses) por destinación de exportación.

    Vigencia

    El mismo de la solicitud de destinación de exportación, contando a partir del día de su registro.

  • Te explicamos, paso a paso, como inscribirte en el Registro Especial Aduanero vía Internet, a través del servicio de AFIP.

    ¿A quién está dirigido?

    A toda personas física o jurídica y a los demás sujetos susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones de carácter tributario en materia aduanera, impositiva y/o de los recursos de la seguridad social.

    ¿Qué necesito?

    Clave fiscal.

    DNI escaneado, en el caso de las personas físicas.

    Formulario de Declaración Jurada N° 3283/A, en caso de que la presentación sea realizada por terceros.

    Constancia de inscripción en la Inspección General de Justicia o del organismo que correspondiera, en el caso de personas jurídicas.

    Certificado de antecedentes expedido por autoridad policial. Para las personas jurídicas el requisito se extiende a sus directores, administradores o socios responsables.

    Título profesional para los incluidos en el grupo “C”, cuando corresponda.

    Actuación de la solicitud de habilitación de depósito (obligatorio para permisionarios de depósitos fiscales).

    Certificado del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales (obligatorio para PSP/Couriers).

    La documentación respaldatoria en fotocopias deberán estar certificadas por escribano público y colegio respectivo jurisdiccional.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al sitio web de AFIP con tu clave fiscal en el servicio Sistema Registral.

    2

    Seleccioná la opción Registros Especiales, luego Registro Aduanero y después F.420/R Declaración de Aduanas.

    3

    Hacé clic en Crear nuevo domicilio y completá los datos requeridos. De no detectarse inconvenientes, el sistema te emitirá como constancia el Formulario F 420/D, registrando el domicilio con el estado Declarado por Internet. Caso contrario, te mostrará el correspondiente mensaje de error.

    4

    Ingresá nuevamente al Sistema Registral y dentro del menú Registros Especiales seleccioná la opción F 420/R Declaración de Aduanas.

    5

    Seleccioná el tipo de operador y la Aduana en la cual vas a operar. De no encontrarla dentro del recuadro Aduanas en la que opera, previamente presioná el botón Asociar para incluirla en el recuadro. Tildá el domicilio y presioná Aceptar en el margen inferior de la pantalla.

    6

    Para cumplir con los requisitos particulares (ver punto 10 Resolución General 2570 de AFIP en archivo descargable) y dentro de los 30 días de presentado el formulario 420/R, tendrás aportar la documentación complementaria (ver en la misma RG los requisitos identificados como D en Documentación a presentar), ante cualquier dependencia de la Aduana.

    7

    Dentro de los 30 días de iniciado el trámite, entrá nuevamente a Registros Especiales, opción F.420/R Registro Operadores Comercio Exterior y en Trámite a realizar elegí la opción alta.

    8

    El sistema te emitirá el resultado correspondiente:

    1. La constancia de aceptación, registrando el alta en el Registro Especial.

    2. Un aviso con los motivos/requisitos faltantes por los que el trámite no ha sido aceptado.

    Web del Tramite

  • Una vez al año y durante el mes de mayo, los trabajadores autónomos tienen la obligación de recategorizarse en función a los ingresos brutos obtenidos durante el año anterior.

    ¿A quién está dirigido?

    A los trabajadores autónomos.

    ¿Qué necesito?

    Clave fiscal.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al sitio web de AFIP, opción Acceso con Clave Fiscal, servicio Sistema Registral.

    2

    Seleccioná la opción Trámites y luego Empadronamiento/Categorización de Autónomos.

    3

    Completá los datos requeridos por el sistema. En función de estos datos, el sistema te indicará tu nueva categoría, donde podés optar por una superior.

    4

    Imprimí el formulario y la credencial que contiene el CRA - Código de Registro Autónomo.

    Tené en cuenta

    El Código de Registro Autónomo asignado te será solicitado para efectuar tus pagos mensuales, sea en forma personal, telefónica o mediante transferencia electrónica de datos.

    Vigencia

    Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización anual, tendrán efecto para los vencimientos que operen entre los meses de junio-del año de la recategorización- y mayo-del año calendario inmediato siguiente, ambos inclusive.

    Web del Tramite

  • Como tenés que estar correctamente categorizado en el régimen, AFIP establece:

    a) un informe sobre tu situación tributaria al finalizar cada cuatrimestre, que te será enviado a tu correo electrónico:

    • en mayo (comprende las actividades de enero a abril),
    • en septiembre (incluye las actividades de mayo a agosto),
    • en enero (abarca las actividades de septiembre a diciembre del año anterior).

    b) una recategorización anual obligatoria en el período mayo - agosto, con vencimiento en septiembre. Estás eximido de hacerla si te adheriste al régimen en los 4 meses previos al vencimiento de septiembre o si sos monotributista social.

    ¿En qué casos me corresponde hacerlo?

    Además de la recategorización obligatoria en el período mayo - agosto, con vencimiento en septiembre, podés modificar tu condición en cualquier momento, con efecto a partir del mes siguiente de realizado el cambio.

    Para eso, tenés que calcular:

    • tus ingresos acumulados,
    • la energía eléctrica consumida,
    • la superficie afectada a la actividad en ese momento,
    • los alquileres devengados en los doce meses inmediatos anteriores (en caso de que corresponda).

    Si ante la recategorización obligatoria anual estos parámetros continúan estando dentro de los límites de la categoría en la que ya estabas inscripto, el trámite de recategorización implicará una confirmación de datos declarados.

    ¿A quién está dirigido?

    A las personas incluidas en el régimen de monotributo.

    ¿Qué necesito?

    CUIT

    Clave fiscal en AFIP

    Estar incluido en el régimen de monotributo.

    ¿Cómo hago?

    1

    Entrá al sitio de AFIP e ingresá tu número de CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal.

    2

    Una vez que ingresaste, entrá a la opción recategorización presionando sobre el botón Recategorizarme.

    3

    El sistema te va a mostrar tu categoría actual y los topes de cada parámetro de esa categoría. Te sugerimos que revises las categorías vigentes antes de seguir con el trámite para que estés seguro de cuál es la categoría nueva que te corresponde. Para eso hacé clic en el botón Escalas vigentes. Para proceder a recategorizarte, presioná el botón Continuar recategorización.

    4

    Informá el monto facturado en los últimos 12 meses.

    Donde el sistema te pregunta si tenés o usás un local, seleccioná la opción que corresponda. Si es No, hacé clic en Continuar.

    5

    Ingresá los datos correspondientes a tu actividad que te pide el sistema, para determinar tu nueva categoría.

    6

    El sistema te mostrará la categoría que te corresponde según los datos que aportaste. Verificá bien antes de aceptar la transacción.

    Si los datos no son correctos, presioná en el botón Volver para arreglar los errores. Si los datos están bien, hacé clic en Confirmar categoría.

    7

    El sistema te va a informar que la transacción se hizo correctamente y vas a poder imprimir tu nueva credencial.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 15 minutos

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia

    Tené en cuenta

    Si los movimientos de tu cuenta bancaria o las operaciones que realizaste con tarjeta de crédito hicieran presuponer que tenés ingresos superiores a los que declaraste para tu categoría (un 20% más si sos prestador de servicios o un 30% más si te dedicás a la venta de bienes muebles), la AFIP te reconvertirá automáticamente a una categoría superior a la registrada.

    Web del Tramite

  • Todas las trabajadoras, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptas en el registro de AFIP. Como empleador debés registrarla para que pueda acceder a los beneficios sociales (aporte jubilatorio, seguro por accidentes de trabajo, obra social, entre otros).

    ¿A quién está dirigido?

    A empleadores de casas particulares.

    ¿Qué necesito?

    Para operar con el sistema debés contar con clave fiscal nivel 2. Si no la tenés, ingresá a Solicitud de Clave Fiscal.

    Tené en cuenta que vas a necesitar conocer ciertos datos de la trabajadora para dar de alta la relación laboral. Algunos sólo serán para corroborarlos y otros para incorporarlos.

    • N° de CUIL de la trabajadora.
    • Nombre y apellido.
    • Fecha de nacimiento.
    • Domicilio real del trabajador.
    • Obra social (si la trabajadora no tiene obra social el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares ) (*).
    • Si está jubilada.
    • CBU (en caso de ya estar bancarizada).
    • Número telefónico.
    • Correo electrónico.

    (*) Es tarea de la trabajadora elegir su obra social y realizar los trámites necesarios para el alta del servicio.

    Recordá que las trabajadoras migrantes tienen exactamente los mismos derechos que las trabajadoras nacionales.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá en la web de AFIP con tu clave fiscal
    Si no la tenés, ingresá a Solicitud de Clave Fiscal.

    2

    Cargá los datos de tu empleada
    Ingresá su número de CUIL y cliqueá el botón Buscar para que traiga, en forma automática, los datos asociados que tiene AFIP a ese número.

    En la pantalla siguiente te mostrarán los datos de la trabajadora y deberás completar los campos que figuran debajo. Algunos son opcionales.

    3

    Ingresá el domicilio de la trabajadora
    Si la trabajadora ya tenía declarado su domicilio en la base de datos de AFIP, podés seleccionarlo en el desplegable que aparece en pantalla.
    De no ser así, tenés que ingresar su nuevo domicilio.

    4

    Datos del trabajo
    En esta pantalla tenés que describir las características de la relación laboral:

    • Tipo de trabajo.
    • Cantidad horas semanales.
    • Modalidad de liquidación.
    • Remuneración.
    • Modalidad de trabajo.
    • Fecha de ingreso.
    • Si el trabajo es temporal o fijo.

    5

    Datos del domicilio laboral
    Es el domicilio donde la trabajadora realiza las tareas para las cuales la contrataste.

    Podés seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.

    6

    Confirmación de los datos
    La pantalla te muestra toda la información que cargaste en los pasos anteriores para que la verifiques. Podés confirmarla o modificarla si hiciera falta.

    7

    Finalización del alta
    Al confirmar los datos, el sistema te muestra la pantalla de alta exitosa con los pasos obligatorios a seguir: descargar constancia de alta y pagar ART.

    Constancia de alta
    Es el documento que prueba la relación laboral. Debés descargarla, imprimirla y entregarle una copia firmada a tu empleada. Este documento lo necesitará verificar su registro, acceder a la obra social, etc.

    Pagar la ART
    Una vez que tenés el alta, debés pagar la primera cuota de la ART para tener cubierto el mes por adelantado. Luego lo harás junto al pago de los aportes y contribuciones mensuales. En caso de no optar por una ART al comienzo de la relación laboral, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo le asignará de oficio a tu empleada una ART autorizada.

    8

    Anular el alta
    Podés anular el alta de la trabajadora hasta las 12 de la noche del día de su registro. Durante ese tiempo va a aparecer la opción Anular dentro de la tarjeta de esa trabajadora en el inicio. Pasada esa hora el trámite es presencial.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Web del Tramite

  • Como empleador comprendido en el Sistema Integrado de Previsional Argentino, estás obligado a registrar en AFIP los datos de cualquier trabajador que incorpores o desafectes de tu nómina salarial, aun cuando se trate de pasantías. Podés hacer el trámite en línea o en forma presencial.

    ¿A quién está dirigido?

    A empleadores registrados en el SIPA.

    Los empleadores de cultivos agrícolas, servicios agrícolas y pecuarios (excepto veterinarios), silvicultura, extracción de maderas y servicios conexos podrán realizar el trámite en forma telefónica mediante la línea gratuita 0-800-999-2347.

    ¿Qué necesito?

    CUIT

    Clave fiscal

    Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.).

    DNI del trabajador.

    CUIL del trabajador.

    Formulario 885 A, en caso de hacer el trámite en forma presencial.

    ¿Cómo hago?

    1

    Para presentaciones por Internet

    • Entrá al sitio web de AFIPcon clave fiscal al servicio Simplificación Registral.

    • Ingresá la información requerida, tanto tus datos como empleador como los del trabajador.

    • Una vez finalizada y aceptada la carga, el sistema te emitirá una constancia o acuse de recibo por duplicado, con un número denominado Registro del trámite para identificarlo.

    2

    Para presentaciones presenciales

    • Acercate a la dependencia de AFIP en la que estás inscripto con el formulario 885 - nuevo modelo, por duplicado.

    • Tramitá la comunicación.

    • Te entregarán el acuse de recibo con el número de registro del trámite.

    • Dirigite a la Unidad de Atención Integral (UDAI) de ANSES más cercana a tu domicilio, completá y entregá allí el formulario sobre los datos relativos a los vínculos familiares del trabajador.

    Si vas a hacer el trámite en forma presencial y el sistema informático no se encontrase operativo, te entregarán una constancia provisoria válida por 2 días hábiles administrativos, pasados los cuales tendrás que volver a la dependencia a retirar el acuse de recibo definitivo.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Web del Tramite

  • Si comercializás granos no destinados a la siembra o legumbres secas, en el marco del régimen de retención del IVA, debés inscribir las operaciones en el Registro de Operadores de Comercialización de Granos de AFIP.

    ¿A quién está dirigido?

    A quienes celebren contratos u operaciones de compraventa de granos no destinados a la siembra (cereales y oleaginosas) y legumbres secas (porotos, arvejas y lentejas).

    ¿Qué necesito?

    Documentación que acredite identidad del firmante.

    Formularios C1116 B o C1116C, según corresponda.

    Original y copia de contrato de compra-venta de granos, si lo hubiere por escrito.

    ¿Cómo hago?

    1

    Para registrar un contrato escrito

    • Ingresá al sitio web de AFIP con clave fiscal en el servicio Registro Fiscal de Operadores de Granos - Registración de Operaciones, opción Registración de contratos, e informá los datos que el sistema te pide.

    • Si confeccionaste los formularios C1116B o C1116C, según corresponda, vinculados al contrato, tenés que presentar el archivo generado por el programa Registración Operaciones de Granos - F1116 - Versión 1.0, en razón de una presentación separada por cada vendedor.

    • Una vez efectuada la transferencia electrónica de datos mediante el servicio con clave fiscal Presentación de Declaraciones Juradas y pagos, ingresá al día siguiente al servicio Registro Fiscal de Operadores de Granos - Registración de Operaciones, opción Registración de Operaciones 1116. Allí el sistema te va a pedir que ingreses los siguientes datos, para verificar la información:

      • Número verificador.
      • Número de transacción generado en la transferencia electrónica del formulario.
      • Código de la dependencia de AFIP en la que presentarás la documentación.
      • CUIT o CUIL de la persona física autorizada a efectuar la presentación, en caso de corresponder.
    • Finalmente, presentá original y copia del contrato de compraventa de granos ante la dependencia AFIP que consignaste en la solicitud.

    2

    Para registrar formularios C1116B o C1116C correspondientes a operaciones sin contrato por escrito

    • Presentá el archivo generado por el aplicativo Registración Operaciones de Granos - F1116 - Versión 1.0 a través del sitio web de AFIP, a razón de una presentación separada por cada vendedor.

    • Una vez efectuada la transferencia electrónica de datos mediante el servicio con clave fiscal Presentación de Declaraciones Juradas y pagos, ingresá al día siguiente al servicio Registro Fiscal de Operadores de Granos - Registración de Operaciones, opción Registración de Operaciones 1116. Allí el sistema te va a pedir que ingreses los siguientes datos, para verificar la información:

      • Número verificador.
      • Número de transacción generado en la transferencia electrónica del formulario.
      • Código de la dependencia de AFIP en la que presentarás la documentación.
      • CUIT o CUIL de la persona física autorizada a efectuar la presentación, en caso de corresponder.
    • Presentá el triplicado de los formularios C1116B o C1116C, según corresponda, ante la dependencia AFIP que consignaste en la solicitud.

    3

    Para registrar contratos otorgados con firma digital

    • Ingresá al sitio web de AFIP con clave fiscal en el servicio Registro Fiscal de Operadores de Granos - Registración de Operaciones, opción Firmante digital para autorizar mediante CUIT o CUIL a cada uno de los representantes facultados para suscribir contratos en este régimen, quienes deberán contar con firma digital certificada ante el organismo tributario. Vas a poder revocar autorizaciones dentro del mismo servicio.

    • Confeccioná el formulario de declaración jurada F. 8008 y firmarlo digitalmente por cada una de las partes intervinientes y/o sus representantes autorizados.

    • Efectuá la transferencia electrónica del formulario de declaración jurada F. 8008, utilizando la opción F. 8008 Contrato de Compraventa de Granos.

    • Reingresá al servicio Registro Fiscal de Operadores de Granos - Registración de Operaciones, opción Registración de contratos con firma digital e informá los datos que el sistema te solicite.

    • Luego de confeccionar los formularios C1116B o C1116C -según corresponda- vinculados al contrato con firma digital, enviá el archivo generado por el aplicativo Registración operaciones de granos - F1116 - versión 2.0, en razón de una presentación separada por cada vendedor.

    • Una vez efectuada la transferencia electrónica de datos mediante el servicio con clave fiscal Presentación de Declaraciones Juradas y pagos, ingresá al día siguiente al servicio Registro Fiscal de Operadores de Granos - Registración de Operaciones, opción Registración de Operaciones 1116. Allí el sistema te va a pedir que ingreses los siguientes datos, para verificar la información:

      • Número verificador.
      • Número de transacción, generado en la transferencia electrónica del formulario.
      • Si se trata de contratos de compraventa de granos que no correspondan a operaciones primarias, es decir aquellos en los cuales el vendedor no reviste la condición de productor agrícola, deberás presentar original y copia del contrato de compraventa ante la dependencia AFIP que consignaste en la solicitud.

    Podés hacer el seguimiento en línea del proceso. En caso de errores, inconsistencias, utilización de un programa distinto del provisto por AFIP o archivos defectuosos, el sistema rechazará automáticamente la presentación, generando una constancia de tal situación.

    Web del Tramite

  • Te orientamos para que puedas registrar tu PyME en AFIP para obtener beneficios tales como alivio fiscal, fomento a inversiones, menos retenciones, más crédito y mejoras para los exportadores.

    ¿A quién está dirigido?

    A empresas PyMES que desarrollan actividades productivas en el país. Podés consultar si la tuya responde a esa caracterización en AFIP.

    ¿Qué necesito?

    CUIT activo sin limitaciones.

    Clave fiscal, nivel 3.

    Actividades económicas declaradas correctamente.

    Declaraciones juradas de IVA de los 3 últimos períodos fiscales cerrados que presentaste.

    Tener declarado tu correo electrónico en el servicio con clave fiscal "Sistema registral".

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá con clave fiscal en la web de AFIP, luego en Servicios habilitados, PYMES Solicitud de categorización y/o beneficios y completá el formulario.

    2

    Vas a recibir la aprobación o rechazo de tu categorización como pyme a través del “Domicilio Fiscal Electrónico”/ E_Ventanilla, de PYME.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Web del Tramite

  • El registro permitirá contar con el universo de operadores que participan en la cadena de comercialización de materiales a reciclar ayudando a un adecuado control, simplificando la tarea de fiscalización.

    ¿A quién está dirigido?

    A los contribuyentes inscriptos en el IVA que realicen habitualmente alguna actividad de las detalladas en el Código Industrial Internacional Uniforme CIIU y tengan una correcta conducta fiscal.

    ¿Qué necesito?

    Clave fiscal de nivel 3 como mínimo.

    Formulario 150 - R.G. 485.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al sitio web de AFIP con clave fiscal al servicio Sistema Registral, opción Registros Especiales.

    2

    Seleccioná la categoría que corresponda con la actividad que desarrollás:

    • Recicladores: establecimientos industriales que efectúan la transformación de los materiales mencionados precedemente, en materia prima o productos finales.
    • Acopiadores: quienes adquieran y/o reciban materiales provenientes de la recolección, procediendo a su clasificación, acondicionamiento y compactado, intermediando entre galponeros o recolectores y los recicladores.
    • Galponeros: quienes adquieran y/o reciban materiales provenientes de la recolección, efectuando su clasificación, intermediando entre los recolectores y los acopiadores.
    • Generadores de “scrap”: establecimientos industriales o comerciales que comercialicen los materiales a reciclar mencionados en el párrafo anterior, generados como consecuencia de su propia actividad.
    • Intermediarios: quienes efectúan la comercialización, cualquiera sea su forma, intermediando conrecicladores, acopiadores y galponeros o con los generadores de "scrap" y que no encuadran en los puntos precedentes.

    3

    Una vez transcurridas 48 horas de iniciado el trámite de inscripción, volvé a ingresar al sitio web de AFIP](http://www.afip.gob.ar), en el servicio del Sistema Registral, para conocer el resultado de tu presentación ya que la AFIP evalúa a los solicitantes, a través de procedimientos sistémicos que analizan la información existente en sus bases de datos.

    4

    El listado de los sujetos inscriptos será publicado en el sitio web. La incorporación al Registro producirá efectos a partir del segundo día corrido inmediato siguiente (inclusive) a aquel en el que se efectúe la publicación.

    Si como consecuencia de los controles de AFIP tu solicitud de inscripción resulta denegada, el sistema te emitirá una constancia indicándote los motivos de esa decisión.

    Web del Tramite

  • Te explicamos cómo tramitar tu solicitud de inclusión, la actualización de tus datos, un cambio de categoría (excepto corredor) o tu reinclusión en el Registro Fiscal de Operadores de Compraventa de Granos y Legumbres Secas.

    ¿A quién está dirigido?

    A los contribuyentes interesados en tramitar su inscripción en el Registro Fiscal de Operadores de Granos y Legumbres Secas.

    ¿Qué necesito?

    Fotocopia del DNI del presentante (titular o autorizado).

    Fotocopia de inscripción en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), en caso de corresponder.

    Clave fiscal.

    Aplicativo Registro Fiscal de Operadores de Granos versión 3.0, que genera el formulario de declaración jurada Nº 937.

    Si sos productor agropecuario, acopiador o desmontador de algodón

    • Fotocopia del resumen de cuenta bancaria respaldatoria de la CBU informada y/o certificación bancaria donde consten apellido y nombres, denominación o razón social del titular y CBU informada (excepto para el trámite de cambio de categoría y actualización de datos).

    • Fotocopia del título de propiedad del inmueble propio afectado a la explotación agropecuaria o fotocopia del contrato celebrado y vigente sobre el inmueble de terceros afectado a dicha explotación, acreditado mediante documento público o privado, firmado por las partes con fecha cierta.

    • Si declarás maquinarias: fotocopia de la documentación respaldatoria de su dominio y/o fotocopia del contrato por el cual explotás la maquinaria de terceros (leasing, alquiler, etc.) acreditado mediante documento público o privado firmado por las partes con fecha cierta.

    Si sos corredor

    • Fotocopia del DNI de cada una de las personas autorizadas a suscribir contratos de compraventa y del instrumento que te acredita como autorizado a ese fin.

    Si pertenecés a otras categorías

    • Fotocopia del título de propiedad del inmueble propio correspondiente al domicilio afectado a la actividad o del contrato celebrado y vigente sobre el inmueble de terceros afectado a la actividad, acreditado mediante documento público o privado firmado por las partes con fecha cierta.

    • Para aplicadores aéreos: fotocopia de la documentación respaldatoria de la matrícula de la aeronave declarada y/o del contrato por el cual explotás la aeronave de terceros (leasing, alquiler, etc.) acreditado mediante documento público o privado firmado por las partes con fecha cierta.

    Cuando las fotocopias a presentar no estén autenticadas por escribano público, deberás exhibir los originales en el momento de la presentación.

    ¿Cómo hago?

    1

    Descargá el aplicativo Registro Fiscal de Operadores de Granos versión 3.0, que genera el formulario de declaración jurada Nº 937.

    2

    Ingresá al sitio web de AFIP con clave fiscal al servicio Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos para remitir el archivo generado en el paso anterior.

    3

    Volvé a entrar al servicio con clave fiscal Registro Fiscal de Operadores de Granos, opción Ingresar solicitud para confirmar la solicitud efectuada.

    4

    El sistema te pedirá que ingreses los siguientes datos:

    • Número verificador.
    • Número de transacción generado en la transferencia electrónica del formulario.

    Este procedimiento te permitirá hacer el seguimiento en línea de los procesos de control formal, en la opción Consultar estado de solicitud, a partir del tercer día de ingresada tu solicitud.

    5

    Presentate con la documentación correspondiente y el formulario de declaración jurada Nº 937 en la dependencia AFIP en la cual estás inscripto/a, dentro de los 5 días corridos posteriores al vencimiento del plazo fijado en el paso anterior.

    6

    Aguardá la resolución de AFIP. Tené en cuenta que puede ocurrir que te pida que aportes datos o documentos adicionales. Por tu parte, podés consultar el estado de las solicitudes presentadas o desistir de cualquiera de ellas, ingresando en el servicio Registro Fiscal de Operadores de Granos.

    De resultar procedente la solicitud, se actualizará el Registro en la página web institucional indicando: apellido y nombres, denominación o razón social, CUIT, categoría del operador, CBU del peticionario (excepto corredores) y otros datos vinculados a su condición en el Registro.

    La denegatoria de la solicitud se efectuará mediante el dictado de acto administrativo, que será notificado fehacientemente al responsable.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    La aceptación o la denegatoria de la solicitud es resuelta por AFIP en un plazo de 90 días corridos, contados a partir del día inmediato siguiente (inclusive), al de la aceptación formal de la solicitud.

    Web del Tramite

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