Ciudad de México

  • Constancia de No Existencia de registro de inhabilitación

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL

    Trámite por el que una persona puede obtener una constancia que acredite la no existencia de registro de inhabilitación para desempeñar, empleo, cargo o comisión en el servicio público.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física. Persona física que desea obtener Constancia que acredite la no existencia de registro de inhabilitación para desempeñar, empleo, cargo o comisión en el servicio público.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original

    o Cédula Profesional - original

    o Licencia para Conducir - original

    o Pasaporte - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    03

    Trámite en línea

    04

    Recibo de pago en original.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    * Trámite en línea
    * Kioskos de la tesorería

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Monto a pagar

    $173.60

    Puedes pagar en:

    • Oficinas Tributarias

    Fundamento jurídico del costo

    Artículo 248, fracción XII del Código Fiscal de la Ciudad de México

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con los que acredita los requisitos, en el Área de Atención Ciudadana de la Dirección de Situación Patrimonial.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, sella y entrega el comprobante de recibido, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma.

    03

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en el Área de Atención Ciudadana de la Dirección de Situación Patrimonial en el plazo previsto, exhibe comprobante y solicita la respuesta a la solicitud.

    04

    Actor: Servidor público

    Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.

    05

    Actor: Ciudadano

    Recibe la respuesta a la solicitud y firma de recibido.

    En línea

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Constancia


    Cuya vigencia es:

    Indeterminada.

    Plazo máximo de respuesta:

    40 días hábiles

    Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México Artículo 27

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 248, fracción XII

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original

    o Cédula Profesional - original

    o Licencia para Conducir - original

    o Pasaporte - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    03

    Trámite en línea

    04

    Recibo de pago en original.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    * Trámite en línea
    * Kioskos de la tesorería

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Monto a pagar

    $173.60

    Puedes pagar en:

    • Oficinas Tributarias

    Fundamento jurídico del costo

    Artículo 248, fracción XII del Código Fiscal de la Ciudad de México

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con los que acredita los requisitos, en el Área de Atención Ciudadana de la Dirección de Situación Patrimonial.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, sella y entrega el comprobante de recibido, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma.

    03

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en el Área de Atención Ciudadana de la Dirección de Situación Patrimonial en el plazo previsto, exhibe comprobante y solicita la respuesta a la solicitud.

    04

    Actor: Servidor público

    Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.

    05

    Actor: Ciudadano

    Recibe la respuesta a la solicitud y firma de recibido.

  • Constancia de Reducción Fiscal a la que se refiere el artículo 130, Fracción III, numeral 2 del Código Fiscal de la Ciudad de México

    Unidad normativa: SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

    Trámite por el que las personas físicas o morales obtienen una constancia para la reducción del 30% en el pago de impuesto predial siempre y cuando el predio o inmueble se ubique en zonas en las que los Programas Delegacionales o Parciales de la Ciudad de México determinen intensidades de uso, conforme a las cuales la proporción de las construcciones cuya edificación se autorice sea inferior al 10% de la superficie total del terreno y no los utilice para fines lucrativos.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Propietarios de inmuebles o predios en los que la proporción de las construcciones resulte inferior al 10% de la superficie total del terreno.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    o Acta de nacimiento - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03 Comprobantes de domicilio

    Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)

    o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)

    o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

    o Certificado de Residencia - original y 1 copia(s)

    04

    Formato debidamente requisitado y firmado

    05

    Documento que acredite la propiedad del predio o inmueble del contribuyente

    06

    Declaración del valor catastral. Emitido por Secretaría de Administración y Finanzas. Original o copia simple.

    07

    Pago del impuesto predial del año anterior al ejercicio fiscal que se solicita. Original o copia simple.

    08

    En caso de no contar con comprobante de domicilio, deberá presentar el documento que contenga la dirección física del predio o inmueble sobre el cual se solicitará el beneficio fiscal. Original.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    *En caso de que el predio o inmueble se integre por varias fracciones, deberá señalarlo y especificarlo.
    *El nombre del propietario del predio debe estar registrado en el Padrón de Contribuyentes de la Secretaría de Administración y Finanzas.
    *La constancia que otorga la Secretaría del Medio Ambiente deberá ser presentada por el propietario o representante legal ante la Administración Tributaria correspondiente para hacer efectiva la reducción solicitada.
    *En caso de ser necesario la Dirección General podrá llevar a cabo un reconocimiento técnico o visita de revisión del predio o inmueble, de acuerdo a los numerales 6 y 7 de los LINEAMIENTOS QUE LOS CONTRIBUYENTES DEBERÁN CUMPLIR PARA TRAMITAR LAS CONSTANCIAS CON LAS QUE ACREDITARÁN LOS SUPUESTOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 130, FRACCIÓN III, NUMERALES 1 Y 2, 276, 277 Y 296 BIS DEL CÓDIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Acudir al área de atención ciudadana y presentar el formato correspondiente, acompañado de los requisitos solicitados.

    02

    Actor: Servidor público

    Revisa que el formato esté debidamente requisitado, que cumpla con todos los requisitos solicitados, y se le entrega un número de folio de ingreso.

    03

    Actor: Ciudadano

    Acudir en el tiempo establecido, presenta identificación y folio de ingreso, y recibe constancia.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Constancia


    Cuya vigencia es:

    Por el año fiscal que se otorga.

    Plazo máximo de respuesta:

    15 días hábiles

    Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal Artículos 1 fracción III, 2 fracción IV, 3 fracción VI, 9 fracciones IV y XVIII, 19 fracción III, 71 Bis fracción III y 72 fracción IV.

    Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 14, 35, fracción XXIII.

    Ley Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 30, 32, 40, 41 y 42.

    Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 1, 3 fracción I, 7 fracción X inciso B, 184 fracciones VIII y XV.

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 130, fracción III numeral 2.

    LINEAMIENTOS GENERALES QUE LOS CONTRIBUYENTES DEBERÁN CUMPLIR PARA TRAMITAR LAS CONSTANCIAS CON LAS QUE ACREDITARÁN LOS SUPUESTOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 130, FRACCIÓN III, NUMERALES 1 Y 2, 276, 277 Y 296 BIS DEL CÓDIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL. Apartado III numerales 2, 3, 4, 5, 6, 7, 10, 11, 12, 14 y 20; apartado IV, inciso B); apartado V y apartado VI, inciso B).

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    o Acta de nacimiento - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03 Comprobantes de domicilio

    Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)

    o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)

    o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

    o Certificado de Residencia - original y 1 copia(s)

    04

    Formato debidamente requisitado y firmado

    05

    Documento que acredite la propiedad del predio o inmueble del contribuyente

    06

    Declaración del valor catastral. Emitido por Secretaría de Administración y Finanzas. Original o copia simple.

    07

    Pago del impuesto predial del año anterior al ejercicio fiscal que se solicita. Original o copia simple.

    08

  • Constancia de Reducción Fiscal a la que se refiere los artículos 276 (primer y segundo párrafos) y 277 del Código Fiscal de la Ciudad de México

    Unidad normativa: SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

    Trámite por el que las personas físicas o morales que acrediten su Programa de Autorregulación y Auditoría Ambiental, podrán obtener la constancia para la reducción fiscal del impuesto sobre nómina conforme a los párrafos primero y segundo del artículo 276 y párrafo primero del 277, o del impuesto predial conforme al artículo 277 párrafo tercero.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Que acrediten su Programa de Autorregulación y Auditoría Ambiental.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03 Comprobantes de domicilio

    Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)

    o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)

    o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

    04

    Formato debidamente requisitado y firmado.

    05

    Documento que acredite la legal propiedad del predio o inmueble del contribuyente. Original y copia simple.

    06

    Registro Federal de Contribuyentes del solicitante. Original.

    07

    Documento que contenga la dirección física del predio o inmueble sobre el cual se solicitará el beneficio fiscal. Original y copia simple.

    08

    Documentación con la que se acredite la realización de actividades empresariales de reciclaje, o que en su operación re procesen el porcentaje correspondiente de sus residuos sólidos como resultado de la aplicación del programa de Autorregulación de Auditoría Ambiental. Copia simple.

    09

    Facturas con las que acrediten las inversiones realizadas en tecnología en el reciclaje o reproceso de residuos sólidos. Copias simples.

    10

    Anexo técnico 1 debidamente requisitado.

    11

    Nómina correspondiente al personal que esté ubicado en el predio o inmueble en donde se realizan las acciones de reciclaje o reproceso de residuos sólidos. Copia simple.

    12

    Comprobante de pago del Impuesto sobre la Nómina de los últimos dos años. Copia simple.

    08

    Anexo técnico 2 debidamente requisitado. Original.

    09

    Documento que acredite la nómina correspondiente al personal que esté ubicado en el predio o inmueble en donde se realizan las acciones de mejoramiento de condiciones ambientales del involucrado directamente con tales acciones. Copia.

    08

    Anexo técnico 3 debidamente requisitado. Original.

    09

    Comprobante de pago del impuesto predial del año inmediato anterior. Copia simple.

    10

    Facturas con las que se acrediten la adquisición, instalación y operación de tecnología para lograr la reducción de emisiones contaminantes. Copia simple.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    *La constancia que otorga la Secretaría del Medio Ambiente deberá ser presentada por el propietario o representante legal ante la Administración Tributaria correspondiente para hacer efectiva la reducción solicitada.
    *En caso de ser necesario la Dirección General podrá llevar a cabo un reconocimiento técnico o visita de revisión del predio o inmueble, de acuerdo al numeral 7 de los LINEAMIENTOS QUE LOS CONTRIBUYENTES DEBERÁN CUMPLIR PARA TRAMITAR LAS CONSTANCIAS CON LAS QUE ACREDITARÁN LOS SUPUESTOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 130, FRACCIÓN III, NUMERALES, 1 Y 2, 276, 277 Y 296 BIS DEL CÓDIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Acudir al área de atención ciudadana, presenta el formato correspondiente, acompañado de los requisitos solicitados

    02

    Actor: Servidor público

    Revisa que el formato esté debidamente requisitado, que cumpla con todos los requisitos solicitados, y se le entrega un número de folio de ingreso.

    03

    Actor: Ciudadano

    Acudir en el tiempo establecido, presenta identificación y folio de ingreso, y recibe constancia

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Constancia


    Cuya vigencia es:

    Por el año fiscal que se otorga.

    Plazo máximo de respuesta:

    20 días hábiles

    Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 14, 16 fracción X y 35 fracciones XIV.

    Ley Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 30, 32, 40, 41 y 42.

    Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 1, 3 fracción I, 7 fracción X inciso B) y 184 fracciones VIII y XV.

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 276 primer párrafo.

    Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal Artículos 1 fracción III, 2 fracción IV, 3 fracción VI, 9 fracciones IV, XII, XVIII, 19 fracción XI, 71 Bis fracción III, 71 Bis 1 párrafo segundo, 72 fracciones I y II y 72 Bis fracciones I y II.

    Lineamientos que los contribuyentes deberán cumplir para tramitar las constancias con las que acreditarán los supuestos a que se refieren los artículos 130, Fracción III, Numerales, 1 Y 2, 276, 277 Y 296 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México. Apartado III numerales 2, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12 y 20; apartado IV, inciso C); apartado V y apartado VI, inciso D).

    Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal Artículos 1 fracción III, 2 fracción IV, 3 fracción VI, 9 fracciones IV, XII, XVIII, 19 fracción XI, 71 Bis fracción III, 71 Bis 1 párrafo segundo, 72 fracciones I y II y 72 Bis fracciones I y II.

    LINEAMIENTOS QUE LOS CONTRIBUYENTES DEBERÁN CUMPLIR PARA TRAMITAR LAS CONSTANCIAS CON LAS QUE ACREDITARÁN LOS SUPUESTOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 130, FRACCIÓN III, NUMERALES 1 Y 2, 276, 277 Y 296 BIS DEL CÓDIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL Apartado III numerales 2, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 18, 19, 21 y 23; apartado IV, inciso D); apartado V y apartado VI, inciso E).

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 276 párrafo tercero.

    Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal Artículos 1 fracción III, 2 fracción IV, 3 fracción VI, 9 fracciones IV, XII, XVIII, 19 fracción XI, 71 Bis fracción III, 71 Bis 1 párrafo segundo, 72 fracciones I y II y 72 Bis fracciones I y II.

  • Constancia de Seguridad Estructural, Renovación

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

    El Registro de la Constancia de Seguridad Estructural se debe solicitar cuando el inmueble pertenezca al grupo A (Edificaciones cuya falla estructural podría causar un número elevado de
    pérdidas de vidas humanas, o constituir un peligro significativo por contener sustancias tóxicas o explosivas, y edificaciones cuyo funcionamiento es esencial ante una emergencia urbana) o subgrupo B1 (Edificaciones de más de 30 m de altura o con más de 6,000 m2 de área total construida, ubicadas en las Zonas I y II a que se aluden en el artículo 170 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, y construcciones de más de 15 m de altura o más de 3,000 m2 de área total construida, en Zona III; en ambos casos las áreas se refieren a un solo cuerpo de edificio que cuente con medios propios de desalojo: acceso y escaleras, incluyendo las áreas de anexos, como pueden ser los propios cuerpos de escaleras. El área de un cuerpo que no cuente con medios propios de desalojo se adicionará a la de aquel otro a través del cual se desaloje.)

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Propietario, poseedor o representante legal de una instalación o edificación que pertenezca al grupo A o subgrupo B1

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Carta de Naturalización - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Certificado de Nacionalidad Mexicana - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Formato TIZTPALAPA_RCS_1, por duplicado, debidamente requisitados, con firmas autógrafas.

    04

    Constancia de Seguridad Estructural en la que un Corresponsable en Seguridad Estructural otorgue su responsiva y haga constar que dicha construcción se encuentra en condiciones adecuadas de seguridad.

    03

    Formato TIZTAPALAPA_RCS_1, por duplicado, debidamente requisitados, con firmas autógrafas.

    04

    Presentar constancia de seguridad estructural, anterior. Original.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    Subgrupo B1: Edificaciones de más de 30 m de altura o con más de 6,000 m2 de área total construida, ubicadas en las Zonas I (Lomas, formadas por rocas o suelos generalmente firmes que fueron depositados fuera del ambiente lacustre, pero en los que pueden existir, superficialmente o intercalados, depósitos arenosos en estado suelto o cohesivos relativamente blandos. En esta Zona, es frecuente la presencia de rellenos artificiales no compactados, o de oquedades en rocas y de cavernas y túneles excavados en suelo para explotar minas de arena) y Zona II (Transición, en la que los depósitos profundos se encuentran a 20 m de profundidad, o menos, y que está constituida predominantemente por estratos arenosos y limoarenosos intercalados con capas de arcilla lacustre, el espesor de éstas es variable entre decenas de centímetros y pocos metros) y construcciones de más de 15 m de altura o más de 3,000 m2 de área total construida, en Zona III (Lacustre, integrada por potentes depósitos de arcilla altamente comprensible, separados por capas arenosos con contenido diverso de limo o arcilla. Estas capas arenosas son de consistencia firme a muy dura y de espesores variables de centímetros a varios metros. Los depósitos lacustres suelen estar cubiertos superficialmente por suelos aluviales y rellenos artificiales; el espesor de este conjunto puede ser superior a 50 m.); en ambos casos las áreas se refieren a un solo cuerpo de edificio que cuente con medios propios de desalojo: acceso y escaleras, incluyendo las áreas de anexos, como pueden ser los propios cuerpos de escaleras. El área de un cuerpo que no cuente con medios propios de desalojo se adicionará a la de aquel otro a través del cual se desaloje. La constancia de seguridad estructural debe ser renovada cada 5 años o en caso de existir modificaciones en elementos estructurales o después de un sismo los propietarios o poseedores de las edificaciones deben conservar y exhibir, cuando sean requeridos por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda o la Delegación, los planos, memoria de cálculo y la bitácora de obra, autorizados o registrados por la autoridad competente, que avalen la seguridad estructural de la edificación en su proyecto original y en caso de existir modificaciones en elementos estructurales, dichos planos y memoria deben estar
    actualizados y avalados por un Corresponsable en Seguridad Estructural, quien emitirá un dictamen técnico de estabilidad de Seguridad Estructural. En el caso que el predio se localice en dos o más Delegaciones el trámite se gestionará en el Área de Atención Ciudadana de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato de solicitud por duplicado, debidamente requisitado y documentación con la que acredita los requisitos en la Unidad de Atención Ciudadana.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud por duplicado y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano y solicita al Corresponsable en Seguridad Estructural la presentación de su carnet, para el Registro de Constancia de Seguridad Estructural.

    03

    Actor: Servidor público

    Exhibe identificación y recibe Registro de Constancia de Seguridad Estructural.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

  • Constancia de alineamiento y/o número oficial

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

    El trámite de número oficial mediante el cual la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda o la Delegación asigna un número oficial para cada predio que tenga frente a la vía pública, el cual deberá colocarse en la parte visible de la entrada de cada predio y ser claramente legible a una distancia mínima de 20 metros.
    El trámite de Alineamiento es la traza sobre el terreno que limita el prediorespectivo con la vía pública en uso, determinada en los planos debidamente aprobados.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Persona física o moral. Representante Legal o Poseedor de un predio o inmueble.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Carta de Naturalización - original y 1 copia(s)

    o Certificado de Nacionalidad Mexicana - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Formato TMHIDALGO_ECA_1, por duplicado debidamente requisitados, con firmas autógrafas.

    04

    Comprobante de pago de la constancia de alineamiento y/o número oficial en original y copia, el cual debe presentar posterior al ingreso de la solicitud una vez que la autoridad informe al interesado el

    monto a pagar.

    05

    Para solicitar únicamente la constancia de alineamiento se requiere adicionalmente una copia del documento que acredite la propiedad o posesión del predio, en original y copia.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    No se expedirá constancia de alineamiento y/o número oficial para instalación de servicios públicos en predios con frente a la vía pública de hecho o aquella que se presuma como tal. Cuando el predio
    pertenezca a dos o más Delegaciones, la Constancia de Alineamiento y/o número oficial serán expedidos por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. Para el caso de aquellos predios que
    tengan más de un frente a la vía pública, se podrá optar por la asignación del número oficial sobre la vialidad de su interés. El alineamiento contendrá las afectaciones y las restricciones de carácter urbano que señale la Ley y su Reglamento. La constancia de alineamiento y/o número oficial no crea ni prejuzga sobre derechos de propiedad o posesión y se expide sobre datos y declaraciones proporcionados bajo protesta de decir verdad por el solicitante.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Alineamiento por cada metro de frente del inmueble.

    $46.04

    Número oficial.

    $299.60

    Puedes pagar en:

    • Oficinas Tributarias
    • Kioskos de la Tesorería
    • Bancos y tiendas de autoservicio

    Fundamento jurídico del costo

    Artículos 233 y 234 del Código Fiscal de la Ciudad de México

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato de solicitud por duplicado debidamente requisitado y la documentación con la que acredita los requisitos en la Unidad de Atención Ciudadana.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud por duplicado y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente de conformidad con la normatividad aplicable.

    03

    Actor: Servidor público

    Informa al ciudadano sobre el monto de pago de derechos.

    04

    Actor: Ciudadano

    Realiza pago.

    05

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en la Unidad de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante del Ciudadano y el comprobante de pago, solicitando la respuesta a la solicitud.

    06

    Actor: Servidor público

    Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.

    07

    Actor: Ciudadano

    Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Constancia


    Cuya vigencia es:

    2 año(s).

    Plazo máximo de respuesta:

    6 días hábiles

  • Constancia de número de Lote y Manzana

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

    Otorgar constancia de número de lote y manzana a los usuarios que buscan la certeza técnica de los inmuebles que fueron beneficiarios del programa de regularización territorial o de fraccionamientos y colonias.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Propietarios o poseedores de predios.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula de Identidad Ciudadana - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Formato TSEDUVI-CGDAU_CNL_1 debidamente llenado.

    04

    Comprobante de pago de derechos correspondiente.

    Formatos

    TSEDUVI-CGDAU_CNL_1

    Por la búsqueda

    $82.27

    Por la certificación

    $173.60

    Puedes pagar en:

    • Oficinas Tributarias

    Fundamento jurídico del costo

    Artículo 248 fracción V y XII

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con la que acredita los requisitos en el Área de Atención Ciudadana

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma

    03

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante del Ciudadano y solicita la respuesta a la solicitud

    04

    Actor: Servidor público

    Revisa y entrega la respuesta a la solicitud

    05

    Actor: Ciudadano

    Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Constancia


    Cuya vigencia es:

    Permanente.

    Plazo máximo de respuesta:

    10 días hábiles

    Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 4 fracción III y 7 fracción VII.

    Reglamento de la Ley Registral para la Ciudad de México Artículos 40 fracción II.

    Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 154 fracción VI.

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 8.

    Constitución Política de la Ciudad de México Artículos 1 numeral 5, 3, 7 apartado A numeral 1.

    Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 31 fracción XII.

    Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 3 y 35 fracción III.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula de Identidad Ciudadana - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Formato TSEDUVI-CGDAU_CNL_1 debidamente llenado.

    04

    Comprobante de pago de derechos correspondiente.

    Formatos

    TSEDUVI-CGDAU_CNL_1

    Por la búsqueda

    $82.27

    Por la certificación

    $173.60

  • Constancia de reducción fiscal por Jornada Notarial

    Unidad normativa: CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

    Trámite mediante el cual la Dirección General de Regularización Territorial expide la Constancia de reducción por Jornada Notarial, a las personas que formalicen en escritura pública todos los actos jurídicos relacionados con la adquisición o transmisión de propiedad de bienes inmuebles, de uso habitacional, extinción de obligaciones o formalización de contratos privados de compraventa o de resoluciones judiciales, o en su caso a los herederos y legatarios, que formalicen en escritura pública todos los actos jurídicos relacionados con la transmisión de propiedad de bienes inmuebles por sucesión, con la finalidad de que se encuentren regularizados en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, con objeto de obtener una reducción respecto de las contribuciones.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física. Que formalice en escritura pública actos jurídicos relacionados con adquisición o transmisión de propiedad de inmuebles, de uso habitacional, extinción de obligaciones o formalización de contratos privados de compraventa o de resoluciones judiciales, o herederos y legatarios, que formalicen en escritura pública actos jurídicos relacionados con la transmisión de propiedad de inmuebles por sucesión.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    02

    Formato de solicitud debidamente llenado en original y una copia simple para acuse.

    03

    Original y copia de la boleta predial del inmueble a regularizar correspondiente al ejercicio fiscal en que se solicita, cuyo valor catastral no debe exceder el monto establecido en el artículo 275 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México

    04

    Carta dirigida a la Dirección General de Regularización Territorial, expedida por Notario Público de la Ciudad de México, ante el cual se tramitará la escrituración del inmueble respectivo, en la que manifieste que el solicitante cumple con los requisitos para formalizar en escritura pública todos los actos jurídicos relacionados con la adquisición o transmisión de propiedad de bienes inmuebles de uso habitacional, extinción de obligaciones o formalización de contratos privados de compraventa o de resoluciones judiciales, así como de que el valor del inmueble se encuentre dentro de los valores que refiere el artículo 275 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México.

    05

    Identificación oficial vigente de la persona autorizada para recibir la constancia. Original y copia.

    02

    Formato de solicitud debidamente llenado en original y una copia simple para acuse.

    03

    Copia del acta de defunción del finado.

    04

    Copia del acta de matrimonio del finado (para el caso que haya sido casado o constancia de inexistencia de matrimonio si nunca contrajo nupcias).

    05

    Copia del acta de nacimiento de las y los herederos o legatarios.

    06

    Copia de identificación oficial con fotografía de las y los herederos o legatarios. (INE/IFE, cédula profesional, pasaporte identificaciones que deberán estar vigentes)

    07

    Copia de la boleta predial del inmueble, correspondiente al ejercicio fiscal en curso.

    08

    Copia de la boleta de agua del inmueble correspondiente al ejercicio fiscal en curso.

    09

    Copia del título de propiedad y/o escritura del inmueble a heredar, (debidamente inscrito en el registro público de la propiedad y el comercio de la ciudad de México.)

    10

    Copia de la constancia de folio real del inmueble (tramitar ante el registro público de la propiedad y el comercio, ubicado en Villalongín 15, Colonia Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc.

    11

    Copia de la escritura de declaratoria de herederos y/o declaratoria de validez de testamento llevado ante notario (para el caso que se haya tramitado).

    12

    Copia de sentencia del juez familiar de declaratoria de herederos y/o sentencia de adjudicación (para el caso de que se haya tramitado).

    13

    Copias del testamento (en su caso).

    14

    Carta dirigida a la Dirección General de Regularización Territorial expedida por Notario Público de la Ciudad de México cuando se inicie con Notaría elegida por el Ciudadano.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    *El Área de Atención Ciudadana se encuentra la Oficinas Centrales de la Dirección General de Regularización Territorial en Azafran 18, esquina Azúcar. Colonia Granjas México, Alcaldía Iztacalco. C.P. 08400, Lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas. Teléfono, 5570985088

    *En el caso de Constancia de reducción por Jornada Notarial (Artículo 275 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México) el plazo de respuesta es inmediato.

    *Constancia para reducción por Sucesión (Artículo 275 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México) l plazo de respuesta es de 30 días. hábiles.

    *La Dirección General de Regularización Territorial expedirá Constancia de reducción por Jornada Notarial, siempre que el valor catastral del inmueble no exceda del límite establecido en los artículos 275 Bis y 275 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México.

    *La emisión de la Constancia de reducción por Jornada Notarial, no exime a los contribuyentes beneficiados de presentar las declaraciones o realizar los trámites que correspondan a la aplicación del beneficio fiscal, en los términos de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, ni nulifica el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales.

    *La Dirección General de Regularización Territorial, emitirá la Constancia a que se refiere el artículo 275 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México, con la que se acredite que los herederos o legatarios interesados, están inscritos en uno de los Programas de la Dirección General de Regularización Territorial, para llevar a cabo las acciones que correspondan para la transmisión de propiedad a título de herencia, para lo cual deberán informar por escrito al Notario Público de la Ciudad de México ante el cual se está llevando a cabo la formalización en escritura pública de todos los actos jurídicos relacionados con la transmisión de propiedad del bien inmueble por sucesión.

    *Los contribuyentes que se acojan a la reducción prevista en el artículo 275 Bis y Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México y que proporcionen documentación o información falsa o la omitan total o parcial, con el propósito de gozar indebidamente de la reducción, perderán los beneficios que se les hubieren otorgado en relación con el adeudo o adeudos de que se trate, sin perjuicio de las sanciones administrativas a que haya lugar, así como de las demás penas contenidas en los ordenamientos legales aplicables.

    *La reposición de Constancia de reducción por Jornada Notarial, sólo procederá en los siguientes casos: a) Por robo o extravío, siempre que se acompañe del acta correspondiente levantada ante la autoridad competente. b) Cuando presente errores u omisiones imputables a la Unidad Administrativa que la expide.

    *Se deberán cubrir los gastos de operación que varían de acuerdo al valor catastral del inmueble a regularizar (Incorporación al Programa de Sucesiones).

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en el Área de Atención Ciudadana presentando los requisitos señalados.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe, coteja y revisa los documentos presentados e indica dependiendo del modalidad el proceso específico a seguir.

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Constancia de reducción por Jornada Notarial para formalizar transmisiones de propiedad.
    Cuya vigencia es:

    Por el año fiscal que se otorga.

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Constancia de reducción por Jornada Notarial para formalizar transmisiones de propiedad por sucesión
    Cuya vigencia es:

    Por el año fiscal que se otorga.

    Plazo máximo de respuesta:

    Variable

    Resolución por la que se validan los lineamientos que deben cumplir los contribuyentes para hacer efectivas las reducciones de contribuciones a que se refiere el Capítulo XI del Título Tercero del Libro Primero del Código Fiscal de la Ciudad de México en las administraciones tributarias o auxiliares, en su caso, ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de México y Notarios Públicos de la Ciudad de México, publicada el 9 de marzo de 2017 en la Gaceta Oficial de la Ciudad México. Apartado A, Capítulo IV. numerales 7 y 8.

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículos 275 Bis

    Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 43 fracción I, XXIX, XXXI.

    Resolución por la que se validan los lineamientos que los contribuyentes deben cumplir para obtener la constancia de reducción por jornada notarial prevista en el artículo 275 bis del Código Fiscal de la Ciudad de México, publicada el 9 de marzo de 2017 en la Gaceta Oficial de la Ciudad México. Aplica en su totalidad.

    Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 233.

    Resolución por la que se validan los lineamientos que los contribuyentes deben cumplir para obtener la constancia para reducción por sucesión, prevista en el artículo 275 ter del Código Fiscal de la Ciudad de México, publicada el 6 de abril de 2017 en la Gaceta Oficial de la Ciudad México. Aplica en su totalidad.

    Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 43 fracción I, XXIX y XXXI.

    Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 233, fracción I y II.

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 275 Ter.

  • Constancia para la Obtención de Reducción Fiscal

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

    Trámite que permite: aplicar las reducciones establecidas en el Código Fiscal, a quienes construyan, restauren y/o rehabiliten y/o adapten espacios para servicios o comercio y/o vivienda de interés social o popular; el pago de servicios o impuestos; y exentar el cumplimiento total o parcial de cajones de
    estacionamiento.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Promotores que construyan, restauren o rehabiliten y/o adapten espacios para servicios o comercio y/o vivienda de interés social o popular. Condóminos que habiten vivienda de interés social en la Ciudad de México.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    Cartilla del Servicio Militar Nacional

    o Cédula Profesional - original

    o Certificado de Nacionalidad Mexicana - original

    o Licencia para Conducir - original

    o Pasaporte - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    03

    Formato debidamente llenado

    04

    Copia de la boleta del impuesto predial

    05

    Documento que acredite la propiedad el inmueble donde se desarrollara el proyecto de construcción.

    06

    Copia de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes.

    07

    Análisis de costos con lo que se acreditará la inversión.

    08

    Copia de la Constancia de Alineamiento y número oficial.

    09

    En su caso, Licencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia, Visto Bueno del Instituto Nacional de Bellas Artes o Dictamen de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda.

    10

    Copia del Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo

    11

    Carta compromiso notariada, donde se contemple el precio de venta por vivienda.

    12

    Memoria Descriptiva.

    13

    Reporte fotográfico a color del exterior y el interior del estado actual del predio o inmueble.

    14

    En caso de tratarse de promotor publico, debera acreditar que forma parte de un programa de un programa de vivienda del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México.

    15

    Proyecto arquitectónico que contenga plantas, cortes y fachadas.

    05

    Copias del registro de Manifestación de Construcción o Licencia de Construcción y planos arquitectónicos registrados y sellados por la Alcaldía correspondiente y de la Autorización de Uso y Ocupación.

    06

    Reporte fotográfico a color de la obra concluida del exterior y el interior.

    07

    Copia del Régimen de propiedad en condominio notariado, inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal (únicamente para art. 292 Código Fiscal del Distrito Federal).

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    Una vez obtenida la Constancia Provisional y en caso de que no se hayan aplicado las reducciones contenidas en el Código Fiscal durante el ejercicio en curso, se podrá actualizar las veces que sean necesarias, siempre y cuando no se modifique el proyecto para el cual fue otorgada la Constancia Provisional inicial. En caso de modificación, deberá solicitarse nuevamente la constancia provisional para el nuevo proyecto. Cualquiera de los trámites mencionados se solicitará de manera independiente.

    La actualización de Constancias de Reducción Fiscal en favor del proyectos desarrollados por el Instituto de Vivienda de la Ciudad de México se realizará con la sola solicitud del organismo, preferentemente al inicio del ejercicio fiscal.

    La Constancia de Reducción Fiscal con base en el artículo 289 del Código Fiscal se otorgan por una sola vez.

    La Constancia de reducción fiscal de vivienda de interés social o popular aplica exclusivamente para obra nueva. La constancia que emite la SEDUVI acredita a la persona interesada en su carácter de promotora únicamente y corresponde a las Administraciones Tributarias la aplicación de las reducciones que establece el Código Fiscal.

    Formatos

    TSEDUVI-CGDAU_COR_1

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con la que acredita los requisitos en el Área de Atención Ciudadana

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma

    03

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante del Ciudadano y solicita la respuesta a la solicitud

    04

    Actor: Servidor público

    Revisa y entrega la respuesta a la solicitud

    05

    Actor: Ciudadano

    Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Constancia


    Constancia
    Cuya vigencia es:

    Por el año fiscal que se otorga.

    Plazo máximo de respuesta:

    10 días hábiles

    Código Fiscal de la Ciudad de México 275, 289 y 292

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 8.

    Constitución Política de la Ciudad de México Artículos 1 numeral 5, 3, 7 apartado A numeral 1

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44.

    Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 4 fracción III y 7 fracción XIII.

    Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 31 fracción XII.

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículos 275, 289 y 292.

    Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 154 fracción VII.

    Resolución por la que se validan los Lineamientos publicados el 8 de mayo de 2001 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Aplica en su totalidad

  • Constancia tipo Exento para eximir a los vehículos de las limitaciones del programa Hoy No Circula y de la Verificación Vehicular

    Unidad normativa: SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

    Trámite cuya finalidad es eximir a los vehículos de las limitaciones del Programa “Hoy No Circula” y de la Verificación Vehícular a los propietarios o poseedores de vehículos eléctricos e híbridos matriculados en la Ciudad de México.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Propietarios o poseedores de vehículos eléctricos e híbridos matriculados en la Ciudad de México.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - 1 copia(s)

    o Pasaporte - 1 copia(s)

    o Tarjeta INAPAM - 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original.

    04

    Tarjeta de Circulación con placas de la Ciudad de México. Copia.

    05

    Documento mediante el cual se indiquen las especificaciones técnicas de la unidad (factura, carta factura, pedimento de importación, etc). Copia.

    06

    Encontrarse dentro del listado de vehículos candidatos al holograma exento de la página de la SEDEMA www.sedema.cdmx.gob.mx

    07

    No contar con adeudos de tenencias, infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, sanciones aplicadas por incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular y Fotocívicas.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    *En el caso de que la respuesta la recoja una persona diferente al interesado, deberá presentar: carta poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega el acuse, informando el plazo de respuesta correspondiente según la norma.

    03

    Actor: Ciudadano

    Llama por teléfono para preguntar el estado de su solicitud.

    04

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en el Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular, exhibe el acuse.

    05

    Actor: Servidor público

    Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.

    06

    Actor: Ciudadano

    Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Holograma


    Cuya vigencia es:

    Indeterminada.

    Certificado


    Cuya vigencia es:

    Indeterminada.

    Plazo máximo de respuesta:

    10 días hábiles

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 39 y 44.

    Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal Artículo 79 fracción VI.

    Programa de Verificación Vehicular Obligatoria. Vigente.

    Decreto por el que se expide el Programa Hoy No Circula en el Distrito Federal Numerales IV.1. y VII 1 y 2.

    Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 183 fracciones I y XI.

    Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 15 fracción IV y 26 fracción III.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - 1 copia(s)

    o Pasaporte - 1 copia(s)

    o Tarjeta INAPAM - 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original.

    04

    Tarjeta de Circulación con placas de la Ciudad de México. Copia.

    05

    Documento mediante el cual se indiquen las especificaciones técnicas de la unidad (factura, carta factura, pedimento de importación, etc). Copia.

    06

    Encontrarse dentro del listado de vehículos candidatos al holograma exento de la página de la SEDEMA www.sedema.cdmx.gob.mx

    07

    No contar con adeudos de tenencias, infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, sanciones aplicadas por incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular y Fotocívicas.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    *En el caso de que la respuesta la recoja una persona diferente al interesado, deberá presentar: carta poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

  • Constancias de Adeudos

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

    Trámite a través del cual se realiza una impresión del documento que relaciona los adeudos que se encuentran registrados a cargo del Contribuyente, en los sistemas electrónicos de control de la Tesorería del Gobierno de la Ciudad de México y en la Bóveda de Créditos, en materia de Impuesto Predial

    Este servicio lo realiza:

    Persona física o moral. Contribuyente

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01

    Número de Cuenta Predial

    02

    Correo electrónico.

    03

    Realizar el pago de los Derechos por la Expedición de Constancia de Adeudos.

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    El solicitante recibirá en el correo electrónico proporcionado la certificación una vez efectuado el pago e ingresada la Línea de Captura en el sistema, siempre y cuando el pago efectuado por el contribuyente sea reconocido en el sistema de pagos, lo que puede tardar de 24 a 48 horas.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Monto a pagar

    $173.60

    Genera tu línea de captura

    Puedes pagar en:

    • Oficinas Tributarias
    • Kioskos de la Tesorería
    • Bancos y tiendas de autoservicio

    Fundamento jurídico del costo

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 248 fracción VIII.

    01

    Actor: Ciudadano

    Ingresa a la página de la Secretaría de Finanzas http://data.finanzas.cdmx.gob.mx, en el apartado “Trámites en Línea”. Elige “Solicitar Trámite” y “Constancia de Adeudos de Impuesto Predial” e ingresa los datos requeridos por el sistema y elige “Buscar”.

    02

    Actor: Sistema informático

    Si los datos son correctos, se proporcionará una Línea de Captura.

    03

    Actor: Ciudadano

    Efectúa el pago de la Línea de Captura. Ingresa a la página de la Secretaría de Finanzas http://data.finanzas.cdmx.gob.mx, en el apartado “Trámites en Línea”. Elige “Generar Documento”. Ingresa Línea de Captura y Código de Verificación de Seguridad que proporciona el sistema.

    04

    Actor: Sistema informático

    Envía al correo electrónico proporcionado la “Constancia de Adeudos”

    05

    Actor: Ciudadano

    Accede a su correo electrónico e imprime la “Constancia de Adeudos”.

    En línea

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Constancia


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Código Fiscal del Distrito Federal 248, fracción VIII

    Reglas de Carácter General para la Gestión de Trámites a través de Medios Electrónicos ante la Secretaría de Finanzas. Todo el documento

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01

    Número de Cuenta Predial

    02

    Correo electrónico.

    03

    Realizar el pago de los Derechos por la Expedición de Constancia de Adeudos.

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    El solicitante recibirá en el correo electrónico proporcionado la certificación una vez efectuado el pago e ingresada la Línea de Captura en el sistema, siempre y cuando el pago efectuado por el contribuyente sea reconocido en el sistema de pagos, lo que puede tardar de 24 a 48 horas.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Monto a pagar

    $173.60

    Genera tu línea de captura

    Puedes pagar en:

    • Oficinas Tributarias
    • Kioskos de la Tesorería
    • Bancos y tiendas de autoservicio

    Fundamento jurídico del costo

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 248 fracción VIII.

    01

    Actor: Ciudadano

    Ingresa a la página de la Secretaría de Finanzas http://data.finanzas.cdmx.gob.mx, en el apartado “Trámites en Línea”. Elige “Solicitar Trámite” y “Constancia de Adeudos de Impuesto Predial” e ingresa los datos requeridos por el sistema y elige “Buscar”.

    02

    Actor: Sistema informático

    Si los datos son correctos, se proporcionará una Línea de Captura.

    03

    Actor: Ciudadano

    Efectúa el pago de la Línea de Captura. Ingresa a la página de la Secretaría de Finanzas http://data.finanzas.cdmx.gob.mx, en el apartado “Trámites en Línea”. Elige “Generar Documento”. Ingresa Línea de Captura y Código de Verificación de Seguridad que proporciona el sistema.

    04

    Actor: Sistema informático

    Envía al correo electrónico proporcionado la “Constancia de Adeudos”

    05

    Actor: Ciudadano

    Accede a su correo electrónico e imprime la “Constancia de Adeudos”.

    En línea

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Constancia


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Código Fiscal del Distrito Federal 248, fracción VIII

    Reglas de Carácter General para la Gestión de Trámites a través de Medios Electrónicos ante la Secretaría de Finanzas. Todo el documento

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