Este servicio lo realiza:
Persona física. Hombres, mujeres, niños, niñas y adolescentes víctimas directas o indirectas de algún delito sexual, de trata de personas con fines de explotación sexual, explotación sexual comercial infantil.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Tarjeta INAPAM - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
Cuando el caso así lo amerite, presentar oficio de canalización de autoridad respectiva.
Para el caso de personas menores de edad, tiene que acudir acompañado de una persona adulta familiar con identificación oficial.
• La atención que se brinda en el Centro es de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 19:00 horas.
• El área de atención médica, proporciona a las personas que solicitan el servicio información, orientación respecto a las infecciones de transmisión sexual, a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), así como la entrega de una primera dosis de Profilaxis Post-Exposición (PPE) y anticoncepción de emergencia y se canaliza a la persona ciudadana a fin de poder contar con el apoyo médico que requiera para su tratamiento en la Secretaría de Salud de la Ciudad de México.
• El área de atención psicológica, se encarga de brindar atención psicoterapéutica breve y de urgencia, a las víctimas que sufrieron violencia sexual bajo un enfoque cognitivo conductual, mediante la modalidad individual y grupal, para aminorar los efectos emocionales y psicológicos por el evento sufrido, proporciona apoyo psicológico y contención emocional a las víctimas durante las diligencias ministeriales y judiciales.
• El área de Trabajo Social, recaba la información necesaria que permita identificar la problemática de violencia, así como las necesidades apremiantes para proporcionar asistencia social (alimentos, ropa, medicamentos, alojamiento, transporte, etc.), deriva a casas de emergencia, albergues, refugios especializados, hospitales, mediante acompañamientos, o bien, consolida redes de apoyo familiares o sociales con el fin de salvaguardar la integridad física y psicológica de las víctimas
• El área jurídica, da atención a las personas mediante un abogado o abogada victimal o un asesor o asesora jurídica pública, quien brinda asistencia y seguimiento jurídico de la averiguación previa o carpeta de investigación generando las acciones pertinentes para garantizar la reparación del daño moral y material.
• La gravedad del daño sufrido por las víctimas será el eje que determinará la prioridad de atención en la prestación del servicio y en la implementación de acciones dentro de las dependencias e instituciones de la Ciudad de México encargadas de brindarles atención y tratamiento, buscando en todo momento evitar la revictimización.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Presentarse en el área de atención con los siguientes documentos: identificación oficial o en su caso, oficio de canalización.
Recibe al ciudadano en el área de atención y le informa sobre los servicios que otorga el centro.
Manifiesta el servicio de su interés.
Solicita al ciudadano copia de su identificación oficial para cotejo de datos personales, se canaliza al área de trabajo social para la entrevista y de acuerdo a su problemática, se buscan apoyo psicológico, médico y jurídico; se entrega carnet para otorgar atención psicoterapéutica breve y de urgencia, al afectado y en su caso al familiar.
Da clic sobre el marcador para ver información
Atención médica, psicológica, de trabajo social, así como orientación y acompañamiento jurídico
Inmediato
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 20, apartado C
Código Nacional de Procedimientos Penales Artículo 109
Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal Artículos 9 y 9 Ter
Ley de Atención y Apoyo a las víctimas del delito para el Distrito Federal Artículos 6, 12 fracción I, II y III, y 97 fracción V, VI y VII.
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículos 12 fracción I, II.
Reglamento de la Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal Artículos 3 al 9,11 y 13.
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículo 78.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Tarjeta INAPAM - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
Cuando el caso así lo amerite, presentar oficio de canalización de autoridad respectiva.
Para el caso de personas menores de edad, tiene que acudir acompañado de una persona adulta familiar con identificación oficial.
• La atención que se brinda en el Centro es de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 19:00 horas.
• El área de atención médica, proporciona a las personas que solicitan el servicio información, orientación respecto a las infecciones de transmisión sexual, a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), así como la entrega de una primera dosis de Profilaxis Post-Exposición (PPE) y anticoncepción de emergencia y se canaliza a la persona ciudadana a fin de poder contar con el apoyo médico que requiera para su tratamiento en la Secretaría de Salud de la Ciudad de México.
• El área de atención psicológica, se encarga de brindar atención psicoterapéutica breve y de urgencia, a las víctimas que sufrieron violencia sexual bajo un enfoque cognitivo conductual, mediante la modalidad individual y grupal, para aminorar los efectos emocionales y psicológicos por el evento sufrido, proporciona apoyo psicológico y contención emocional a las víctimas durante las diligencias ministeriales y judiciales.
• El área de Trabajo Social, recaba la información necesaria que permita identificar la problemática de violencia, así como las necesidades apremiantes para proporcionar asistencia social (alimentos, ropa, medicamentos, alojamiento, transporte, etc.), deriva a casas de emergencia, albergues, refugios especializados, hospitales, mediante acompañamientos, o bien, consolida redes de apoyo familiares o sociales con el fin de salvaguardar la integridad física y psicológica de las víctimas
• El área jurídica, da atención a las personas mediante un abogado o abogada victimal o un asesor o asesora jurídica pública, quien brinda asistencia y seguimiento jurídico de la averiguación previa o carpeta de investigación generando las acciones pertinentes para garantizar la reparación del daño moral y material.
• La gravedad del daño sufrido por las víctimas será el eje que determinará la prioridad de atención en la prestación del servicio y en la implementación de acciones dentro de las dependencias e instituciones de la Ciudad de México encargadas de brindarles atención y tratamiento, buscando en todo momento evitar la revictimización.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Este servicio lo realiza:
Persona física. Cualquier persona o grupo de personas en situación de víctimas u ofendidas por un delito violento que se haya suscitado dentro del Distrito Federal.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original
o Licencia para Conducir - original
o Pasaporte - original
o Cédula Profesional - original
o Tarjeta INAPAM - original
En atención al grado de afectación que hubiera resultado en la valoración correspondiente, se determinará el tiempo de duración de la atención psicológica.
Se proporcionará específicamente atención a personas en situación de víctimas directas o indirectas de algún delito violento cometido dentro del Distrito Federal, y el cual es considerado como: “aquel hecho que en forma inesperada altera a las personas, provocando en estas estados emocionales de crisis que los lleva a una destrucción emocional y cognitiva de sus características de personalidad anteriores al evento, lo que se refleja en su actuar cotidiano por el delito que sufrió directa o indirectamente”.
Dentro de los delitos que atiende este Centro se encuentran los siguientes:
a) Homicidio culposo o doloso.- Con las variantes que presente;
b) Robo con o sin violencia.- A casa habitación, de autos, a transeúntes, etc.;
c) Lesiones.- Sean culposas o dolosas con las modalidades que se presente;
d) Daño a la propiedad.- Doloso o culposo;
e) Extorsión;
f) Ataques a las vías de comunicación y medios de transporte;
g) Privación ilegal de la libertad personal;
h) Secuestro;
i) Allanamiento de morada;
j) Abuso de autoridad;
k) Amenazas; y
l) Trata de personas con fines de explotación laboral.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Presentarse al Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas de Delito Violento.
Programar cita para la entrevista inicial de la persona en situación de víctima con el personal de psicología e iniciar expediente psicológico.
Presentarse al Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas de Delito Violento, a la cita programada.
Realizar entrevista inicial (analiza y valora el impacto del delito violento en la persona en situación de víctima); establece el plan terapéutico apropiado, programa número de sesiones y registra en el expediente.
Presentarse al Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento, a las sesiones que en su caso le sean programadas.
Valora y analiza el avance y los resultados obtenidos para determinar la alta de la persona en situación de víctima.
Da clic sobre el marcador para ver información
Atención Psicológica
Inmediato
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 20, apartado "C"
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Artículos 3 fracción VIII, 15 fracción XIII y 16
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículos 2 fracción VI, 12 fracción I, 21 fracción VI inciso a) y 33 fracción II
Ley de Atención y Apoyo a las víctimas del delito para el Distrito Federal Artículos 7, 11 y 13
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 7 fracción XII
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículos 2, fracción VI inciso a), 76 fracción I, 78 fracción II inciso b)
Reglamento de la Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal Artículos 3 al 9, 11, 13, 14 y 15
Credencial para Votar - original
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original
o Licencia para Conducir - original
o Pasaporte - original
o Cédula Profesional - original
o Tarjeta INAPAM - original
En atención al grado de afectación que hubiera resultado en la valoración correspondiente, se determinará el tiempo de duración de la atención psicológica.
Se proporcionará específicamente atención a personas en situación de víctimas directas o indirectas de algún delito violento cometido dentro del Distrito Federal, y el cual es considerado como: “aquel hecho que en forma inesperada altera a las personas, provocando en estas estados emocionales de crisis que los lleva a una destrucción emocional y cognitiva de sus características de personalidad anteriores al evento, lo que se refleja en su actuar cotidiano por el delito que sufrió directa o indirectamente”.
Dentro de los delitos que atiende este Centro se encuentran los siguientes:
a) Homicidio culposo o doloso.- Con las variantes que presente;
b) Robo con o sin violencia.- A casa habitación, de autos, a transeúntes, etc.;
c) Lesiones.- Sean culposas o dolosas con las modalidades que se presente;
d) Daño a la propiedad.- Doloso o culposo;
e) Extorsión;
f) Ataques a las vías de comunicación y medios de transporte;
g) Privación ilegal de la libertad personal;
h) Secuestro;
i) Allanamiento de morada;
j) Abuso de autoridad;
k) Amenazas; y
l) Trata de personas con fines de explotación laboral.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Presentarse al Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas de Delito Violento.
Programar cita para la entrevista inicial de la persona en situación de víctima con el personal de psicología e iniciar expediente psicológico.
Presentarse al Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas de Delito Violento, a la cita programada.
Este servicio lo realiza:
Persona física. Todas las personas que deseen dejar de consumir sustancias adictivas, en caso de menores de edad deberán asistir acompañados de una persona adulta con identificación con fotografía.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original
o Pasaporte - original
o Cédula Profesional - original
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original
o Tarjeta INAPAM - original
o Licencia para Conducir - original
1.- La recepción de las personas que solicitan el servicios es inmediata y la atención depende de la demanda del servicio.
2.- Para recibir el servicio, las personas deben presentar una identificación con fotografía y llenar el formato de autorización para recabar Datos Personales.
3.- En el caso de tratarse de personas menores de edad, deben presentarse acompañados de una persona adulta que presente una identificación con fotografía.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta al Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones (CARIVA).
Lo registra y escucha su solicitud y le informa de los servicios que presta el CARIVA en relación a las adicciones.
Manifiesta su deseo de pasar a los servicios.
Lo pasa con alguna persona del área de trabajo social para aperturar expediente, previa presentación con credencial con fotografía.
Pasa con el trabajador o trabajadora social y exponen la problemática que presenta la persona o su familiar cuando se trate de menores de edad, en relación a las adicciones.
Recaba la información para el expediente, incluyendo el aviso de confidencialidad de Datos Personales y lo refiere al área clínica en donde le proporcionan una cita con un psicólogo o psicóloga clínica para valoración y diagnóstico.
Se presenta a su cita de valoración y después de efectuado el diagnóstico se le presentan las alternativas de tratamiento según el resultado del mismo. Si es población experimental o funcional de consumo de sustancia adictiva, se le canaliza a un grupo terapéutico, en caso de ser poliusuario (que utiliza varias sustancias simultáneamente o al mismo tiempo) o persona con adicción, se canaliza al Toxicológico para su desintoxicación o bien se da oficio de canalización para que el IAPA le busque el lugar adecuado a las adicciones que presenta.
Se retira después de haber recibido las asesorías, también con direcciones y teléfonos de las diversas instancias a las que puede acudir para arreglar los asuntos que no sean competencia del CARIVA y en caso de requerir los servicios subsecuentes se le deja abierta la cita para que acuda cuando así lo desee.
Da clic sobre el marcador para ver información
Atención psicológica especializada
Inmediato
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 20 Apartado "C"
Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal Artículo 9
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículo 12
Ley de Atención y Apoyo a las víctimas del delito para el Distrito Federal Artículos 3, 5, 11 y 13
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículo 78
Reglamento de la Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal Artículos 6, 11 y 14
Credencial para Votar - original
o Pasaporte - original
o Cédula Profesional - original
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original
o Tarjeta INAPAM - original
o Licencia para Conducir - original
1.- La recepción de las personas que solicitan el servicios es inmediata y la atención depende de la demanda del servicio.
2.- Para recibir el servicio, las personas deben presentar una identificación con fotografía y llenar el formato de autorización para recabar Datos Personales.
3.- En el caso de tratarse de personas menores de edad, deben presentarse acompañados de una persona adulta que presente una identificación con fotografía.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta al Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones (CARIVA).
Lo registra y escucha su solicitud y le informa de los servicios que presta el CARIVA en relación a las adicciones.
Manifiesta su deseo de pasar a los servicios.
Lo pasa con alguna persona del área de trabajo social para aperturar expediente, previa presentación con credencial con fotografía.
Pasa con el trabajador o trabajadora social y exponen la problemática que presenta la persona o su familiar cuando se trate de menores de edad, en relación a las adicciones.
Este servicio lo realiza:
Persona física. Niñas y niños menores de doce años de edad; así como a mujeres menores de sesenta años de edad.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
Ser persona en situación de víctima del delito de Violencia Familiar, específicamente niñas y niños menores de doce años de edad y mujeres menores de 60 años de edad, que viven violencia por parte de su pareja.
En el caso de que la persona sea canalizada por alguna autoridad, deberá presentar el oficio de canalización de dicha autoridad en original y dos copias.
Es deseable presentar identificación oficial vigente con fotografía y firma así como copia de la misma, aunque este requisito no es indispensable (credencial para votar del INE, pasaporte, cédula profesional, cartilla del Servicio Militar Nacional, Credencial INAPAM o licencia para conducir).
En el caso de las personas menores de edad, es deseable que acuda acompañado de una persona adulta con identificación oficial (original y copia).
• Los servicios que se prestan pueden ser:
*Atención Social
*Atención Psicológica
*Atención Jurídica
*Atención médica de urgencia
*Atención pericial
• En el caso de que la persona sea canalizada por alguna autoridad, deberá presentar el oficio de canalización de dicha autoridad en original y dos copias.
• En el caso de las personas menores de edad, es indispensable que acuda acompañado de una persona adulta con identificación oficial (original y copia).
• El servicio se brinda los 365 días del año, en un horario de 9:00 a 19:00 horas.
• Este servicio se brinda a personas cuyo hecho haya ocurrido en la Ciudad de México.
• El Área de atención médica, brinda atención de primer contacto, realiza valoraciones medicas sobre el estado físico de las víctimas y en caso de requerirlo canaliza a hospitales públicos para valoración por especialistas.
• El Área de atención psicológica, brinda intervención en crisis y psicoterapia breve y de urgencia, con la finalidad de aminorar los signos y síntomas generados por la comisión del delito.
• El Área de atención jurídica, se brinda orientación y de así requerirlo, tramitación de medidas de protección por parte de una abogada o abogado victimal; se proporciona asesoría, orientación y representación legal a las personas ofendidas y víctimas del delito durante el procedimiento penal para garantizar el acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta directamente en el Centro de Atención a la Violencia familiar
Informa a la persona ciudadana sobre los servicios que presta el CAVI (Orientación social, médica, jurídica y atención psicoterapéutica breve a las personas víctimas del delito de violencia familiar)
Manifiesta su deseo de recibir algún servicio
Solicita a la persona ciudadana credencial con fotografía, lo registra y pasa con personal de trabajo social para apertura de su expediente, quien después de identificar sus necesidades le ofrecerá los servicios psicológicos, sociales o jurídicos según lo amerite el caso
Recibe el servicio
Da clic sobre el marcador para ver información
Atención psicológica, pericial, médica, social y jurídica
Inmediato
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 20, apartado "C"
Código Nacional de Procedimientos Penales 109 y 110
Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal Artículos 9 y 9 Ter
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal 12, fracción I
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal 77 fracción VII, y 78 fracción II.
Ley de Victimas de la Ciudad de México 97, fracciones V, VI, VII y IX.
Acuerdo A/026/90, por el que se crea el Centro de Atención a la Violencia familiar (CAVI) Aplica en su totalidad
Manual Administrativo de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Aplica en lo referente a la Dirección General de Atención a Victimas del Delito
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
Ser persona en situación de víctima del delito de Violencia Familiar, específicamente niñas y niños menores de doce años de edad y mujeres menores de 60 años de edad, que viven violencia por parte de su pareja.
En el caso de que la persona sea canalizada por alguna autoridad, deberá presentar el oficio de canalización de dicha autoridad en original y dos copias.
Es deseable presentar identificación oficial vigente con fotografía y firma así como copia de la misma, aunque este requisito no es indispensable (credencial para votar del INE, pasaporte, cédula profesional, cartilla del Servicio Militar Nacional, Credencial INAPAM o licencia para conducir).
En el caso de las personas menores de edad, es deseable que acuda acompañado de una persona adulta con identificación oficial (original y copia).
• Los servicios que se prestan pueden ser:
*Atención Social
*Atención Psicológica
*Atención Jurídica
*Atención médica de urgencia
*Atención pericial
• En el caso de que la persona sea canalizada por alguna autoridad, deberá presentar el oficio de canalización de dicha autoridad en original y dos copias.
• En el caso de las personas menores de edad, es indispensable que acuda acompañado de una persona adulta con identificación oficial (original y copia).
• El servicio se brinda los 365 días del año, en un horario de 9:00 a 19:00 horas.
• Este servicio se brinda a personas cuyo hecho haya ocurrido en la Ciudad de México.
• El Área de atención médica, brinda atención de primer contacto, realiza valoraciones medicas sobre el estado físico de las víctimas y en caso de requerirlo canaliza a hospitales públicos para valoración por especialistas.
• El Área de atención psicológica, brinda intervención en crisis y psicoterapia breve y de urgencia, con la finalidad de aminorar los signos y síntomas generados por la comisión del delito.
• El Área de atención jurídica, se brinda orientación y de así requerirlo, tramitación de medidas de protección por parte de una abogada o abogado victimal; se proporciona asesoría, orientación y representación legal a las personas ofendidas y víctimas del delito durante el procedimiento penal para garantizar el acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral.
Este servicio lo realiza:
Persona física. Todas las niñas, niños y adolescentes entre 12 y 18 años de edad, que hayan sido recuperados/as por CAPEA por abandonar su núcleo familiar y deberán asistir acompañados/as de una persona adulta con identificación.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Oficio de Canalización de CAPEA.
Las personas menores de edad deberán estar acompañadas de una persona adulta, quien debe presentar identificación oficial con fotografía.
1.- La recepción de las personas que solicitan el servicios es inmediata y la atención depende de la demanda del servicio.
2.- Para acceder a este servicio es necesario ser canalizado por el Centro de Apoyo a Personas Extraviadas y Ausentes (CAPEA)
3.- En el caso de tratarse de personas menores de edad, deben presentarse acompañadas de una persona adulta que presente una identificación con fotografía.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta al Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones (CARIVA).
Registra y escucha su solicitud y le informa de los servicios que presta el CARIVA.
Manifiesta su deseo de pasar a los servicios.
Pasa a la persona al área de trabajo social para aperturar expediente, previa identificación con credencial con fotografía.
Pasa con el trabajador o trabajadora Social y expresa la problemática presentando el oficio de canalización de CAPEA para que se le agende una cita en psicología clínica de igual manera si desea orientación legal, se le asigna una abogada o abogado victimal que resolverá sus dudas.
Recaba la información para el expediente, incluyendo el aviso de confidencialidad de Datos Personales y lo deriva a la asesoría solicitada ya sea con el personal de asesores jurídicos o con un abogado o abogada victimal o si es de psicología, se le proporciona una cita para entrevista clínica; o ambas, siempre acompañado o acompañada de una persona adulta, tutor o tutora.
Recibe la asesoría legal, e información acerca de las acciones y alcances legales de una denuncia, se le elabora escrito de canalización a la autoridad competente ya sea Ministerio Público para el inicio de carpeta de investigación o averiguación previa; a la defensoría de oficio para otro tipo de asesoramiento, como término de comodato, divorcios, pensión alimenticia, etc. También recibe atención psicológica y canalización a terapia individual o grupal previa valoración, ya sea dentro de las instalaciones del CARIVA o se le hace canalización a psiquiatría, lugares de internamiento para desintoxicación de drogas, toxicológico, o clínicas especializadas según sea el caso.
Se retira después de haber recibido las asesorías, también con direcciones y teléfonos de las diversas instancias a las que puede acudir para arreglar los asuntos que no sean competencia del CARIVA y se le expide un carnet en donde se registrarán sus citas subsecuentes en psicología.
Da clic sobre el marcador para ver información
Atención psicológica especializada.
Inmediato
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 20, apartado "C"
Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal Artículo 9
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículo 78
Ley de Atención y Apoyo a las víctimas del delito para el Distrito Federal Artículos 3, 5 11 y 13
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículo 78
Reglamento de la Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal Artículos 6, 11 y 14
Oficio de Canalización de CAPEA.
Las personas menores de edad deberán estar acompañadas de una persona adulta, quien debe presentar identificación oficial con fotografía.
1.- La recepción de las personas que solicitan el servicios es inmediata y la atención depende de la demanda del servicio.
2.- Para acceder a este servicio es necesario ser canalizado por el Centro de Apoyo a Personas Extraviadas y Ausentes (CAPEA)
3.- En el caso de tratarse de personas menores de edad, deben presentarse acompañadas de una persona adulta que presente una identificación con fotografía.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta al Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones (CARIVA).
Registra y escucha su solicitud y le informa de los servicios que presta el CARIVA.
Manifiesta su deseo de pasar a los servicios.
Pasa a la persona al área de trabajo social para aperturar expediente, previa identificación con credencial con fotografía.
Pasa con el trabajador o trabajadora Social y expresa la problemática presentando el oficio de canalización de CAPEA para que se le agende una cita en psicología clínica de igual manera si desea orientación legal, se le asigna una abogada o abogado victimal que resolverá sus dudas.
Recaba la información para el expediente, incluyendo el aviso de confidencialidad de Datos Personales y lo deriva a la asesoría solicitada ya sea con el personal de asesores jurídicos o con un abogado o abogada victimal o si es de psicología, se le proporciona una cita para entrevista clínica; o ambas, siempre acompañado o acompañada de una persona adulta, tutor o tutora.
Recibe la asesoría legal, e información acerca de las acciones y alcances legales de una denuncia, se le elabora escrito de canalización a la autoridad competente ya sea Ministerio Público para el inicio de carpeta de investigación o averiguación previa; a la defensoría de oficio para otro tipo de asesoramiento, como término de comodato, divorcios, pensión alimenticia, etc. También recibe atención psicológica y canalización a terapia individual o grupal previa valoración, ya sea dentro de las instalaciones del CARIVA o se le hace canalización a psiquiatría, lugares de internamiento para desintoxicación de drogas, toxicológico, o clínicas especializadas según sea el caso.
Se retira después de haber recibido las asesorías, también con direcciones y teléfonos de las diversas instancias a las que puede acudir para arreglar los asuntos que no sean competencia del CARIVA y se le expide un carnet en donde se registrarán sus citas subsecuentes en psicología.
Este servicio lo realiza:
Persona física. Para el caso del servicio de asesoría jurídica, podrá ser presencial o escrita, a solicitud de alguna autoridad ministerial o judicial.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Tarjeta INAPAM - original y 1 copia(s)
Este servicio se otorga únicamente a personas agresoras de violencia familiar mayores de 18 años a solicitud escrita de alguna autoridad ministerial, judicial o voluntariamente.
. Este servicio se otorga únicamente a hombres y mujeres mayores de 4 años víctimas de amenazas a solicitud escrita de alguna autoridad ministerial.
Este servicio se otorga únicamente a personas agresoras de violencia familiar mayores de 18 años a solicitud escrita de alguna autoridad ministerial, judicial o voluntariamente.
Este servicio es otorgado a todas las víctimas que así lo deseen o que no puedan contratar a un abogado particular.
• El servicio es otorgado de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 19:00 horas.
• Se entiende por dictaminación psicológica víctimal: valoración psicológica de la víctima de amenazas para determinar la existencia o no de afectación psicoemocional producto del delito.
• Se entiende por dictaminación psicológica de agresoras (es) de violencia familiar: valorar psicológicamente a los imputados del delito de violencia familiar, para determinar si presentan o no rasgos propios del perfil de agresor.
• Se entiende por atención psicoterapéutica a generadores de violencia familiar: disminuir y/o erradicar la violencia (psicoemocional, físico y sexual) contra la pareja, las niñas y niños o cualquier miembro de la familia.
• Asesoría Jurídica: A la orientación y representación legal proporcionada a las víctimas por los organismos e instituciones facultados para ello, o por particulares.
• Acudir de manera personal voluntariamente o con el oficio de solicitud de valoración psicológica o de atención psicoterapéutica, firmados por la autoridad ministerial o judicial correspondiente, cuando así se requiera, a las instalaciones del CIVA y presentar una identificación oficial (excepto los presentados en calidad de detenidos).
• En caso de ser menor de 18 años, acudir con una Persona mayor de 18 años, que los represente legalmente y presentar identificación ambos.
• Teléfonos: 5200 9188 y 5200 9189.
• En atención al grado de afectación que hubiera resultado en la valoración correspondiente, se determinará el tiempo de duración de la atención psicológica.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Se presenta al Centro de Investigación Victimológica y de Apoyo Operativo (CIVA)
Recibe al usuario en el área de atención, le informa sobre los servicios que se otorgan y le solicita copia de su identificación con fotografía.
Manifiesta el servicio de su interés.
Identifica la problemática del usuario a fin de verificar que sea competencia del Centro, y lo canaliza al área correspondiente.
Asiste a su cita, para su entrevista inicial.
Da clic sobre el marcador para ver información
Apoyo Psicoterapéutico.
Informe pericial.
Informe pericial.
Asesoramiento, asistencia y representación de la víctima de manera integral.
Inmediato
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 20 apartado C fracciones I y II.
Código Nacional de Procedimientos Penales Artículo 109 fracciones VII y XIV.
Ley General de Víctimas Artículo 125
Ley de Victimas de la Ciudad de México Artículo 162 al 168
Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal Artículos 3, 6 y 15.
Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia del Distrito Federal. Artículos 54, 55, 56, 57 y 58.
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia del Distrito Federal Artículo 43.
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN PROGRAMA APOYO A GRUPOS PRIORITARIOS Y VULNERABLES, A CARGO DE LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, publicadas el 31 de enero de 2018 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Aplica la Circular en su totalidad
Este servicio lo realiza:
Persona física o moral. Para el caso de Atención: Hombres mayores de 18 años.( a través de entrevistas preliminares, atención psicológica y visitas domiciliarias).
Para el caso de Prevención: Población abierta mayores de 12 años.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
Este servicio lo realiza: Persona física o moral. Para el caso de Atención: Hombres mayores de 18 años (a través de entrevistas preliminares, atención psicológica y visitas domiciliarias).
Para el caso de Prevención: Población abierta mayores de 12 años.
Para todos los casos que no se adhieran a la atención re-educativa se realiza un seguimiento social informando a la autoridad correspondiente.
El Servicio puede solicitarse por tres vías:
-Voluntaria
-Derivación Interna
-Derivación externa por parte de algún Órgano Jurisdiccional, o administrativo de la CDMX.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Acude al Área de Atención Ciudadana solicitando la atención por voluntad propia, canalización interna o externa .
Realiza entrevista preliminar a través del área de Trabajo Social detecta las necesidades del derechohabiente, explica los objetivos y alcances del servicio y programa la segunda entrevista .
Acude a una segunda entrevista de Trabajo Social para formalizar su ingreso al servicio.
Realiza la apertura de expediente, entrega carnet de citas con la fecha de su primera cita a psicología individual, programa fecha y realiza visita domiciliaria.
Se presenta a las sesiones individuales y grupales de psicología.
Da clic sobre el marcador para ver información
Atención psicológica individual y grupal, así como seguimiento social.
Inmediato
Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia del Distrito Federal. Artículo. 24 Fracción II y 42 Fracción II
Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México Artículo 16 Bis, Fracción VI
Protocolo de Intervención re-educativa para la Prevención de la Violencia de Género y la Atención de Hombres que Ejercen Violencia contra Mujeres y Niñas. .
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
Este servicio lo realiza: Persona física o moral. Para el caso de Atención: Hombres mayores de 18 años (a través de entrevistas preliminares, atención psicológica y visitas domiciliarias).
Para el caso de Prevención: Población abierta mayores de 12 años.
Para todos los casos que no se adhieran a la atención re-educativa se realiza un seguimiento social informando a la autoridad correspondiente.
El Servicio puede solicitarse por tres vías:
-Voluntaria
-Derivación Interna
-Derivación externa por parte de algún Órgano Jurisdiccional, o administrativo de la CDMX.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Acude al Área de Atención Ciudadana solicitando la atención por voluntad propia, canalización interna o externa .
Realiza entrevista preliminar a través del área de Trabajo Social detecta las necesidades del derechohabiente, explica los objetivos y alcances del servicio y programa la segunda entrevista .
Acude a una segunda entrevista de Trabajo Social para formalizar su ingreso al servicio.
Realiza la apertura de expediente, entrega carnet de citas con la fecha de su primera cita a psicología individual, programa fecha y realiza visita domiciliaria.
Se presenta a las sesiones individuales y grupales de psicología.
Da clic sobre el marcador para ver información
Atención psicológica individual y grupal, así como seguimiento social.
Inmediato
Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia del Distrito Federal. Artículo. 24 Fracción II y 42 Fracción II
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Es el interesado en obtener la Autorización Temporal de Anuncios de Información Cívica o Cultural, para difundir información en la modalidad de pendón o de gallardete.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
Formato debidamente llenado y firmado.
Copia simple de la credencial para votar, pasaporte o cédula profesional de la persona solicitante o representante legal, en caso de persona moral.
Comprobante de pago de derechos. (original)
Plano en el que se indiquen ubicación, diseño, dimensiones, materiales, colores y demás especificaciones técnicas del pendón o gallardete, así como una fotografía del inmueble donde se pretendan instalar, con el montaje de los mismos. A su vez, los pies de plano correspondientes deben contener croquis de ubicación del anuncio, escala gráfica, fecha, nombre del plano y su número, nombre y firma del solicitante.
Copia simple de la credencial para votar, pasaporte o cédula profesional de la persona propietaria o poseedora del inmueble donde se pretenden colocar los anuncios.
Declaración bajo protesta de decir verdad del responsable de la obra, en la que señale que no se afectarán árboles con motivo de las obras que se pudieran llevar a cabo ni en la instalación de los anuncios.
Muestra gráfica del anuncio y su contenido.
* Para realizar el ingreso de la solicitud de Autorización Temporal de Anuncios de Información Cívica o Cultural, ésta deberá presentarse con todos y cada uno de los requisitos establecidos, así como previo pago de derechos efectuado.
* La Autorización Temporal para Anuncios de Información Cívica o Cultural permitirá a una persona física o moral, la instalación de pendones o gallardetes, por una vigencia máxima e improrrogable de 90 días naturales, de acuerdo con el artículo 76, fracciones II y III, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal. De conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, el titular de la autorización temporal deberá retirar los anuncios instalados a más tardar a los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que haya concluido el evento para el cual se haya autorizado la instalación de anuncios.
*El horario en el Área de Atención Ciudadana es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Monto a pagar
Puedes pagar en:
Artículo 193, fracción II, inciso g) del Código Fiscal de la Ciudad de México.
Presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana.
Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, registra en el Sistema SEDUVI-SITE, asigna folio, sella y entrega el Comprobante del Ciudadano.
Se comunica con el ciudadano, con el fin de indicarle el día y la hora para que acuda por la respuesta a su solicitud.
Se presenta en las oficinas de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, exhibe el Comprobante del Ciudadano.
Revisa y entrega la respuesta a su solicitud.
Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.
Da clic sobre el marcador para ver información
Autorización
90 días naturales.
30 días hábiles
Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 3 fracciones II, XIX, XXII y XXIII; 6 fracción VIII, 12, 18,
46 fracción III inciso d) y e), 50, 76 fracción II y III y 77.
Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 2 fracciones XI y XII, 9 fracción V, 11 fracciones III y IV, 38 fracción IX 43, 67, 69 fracción III incisos e) y f), 89, 90 fracción II y 92 fracción II.
Código Fiscal del Distrito Federal
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículos 19 y 193 fracción II inciso g)
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 1, 4 fracción III, 7 fracción XXI, 69, 70 y 74.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 70.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
Formato debidamente llenado y firmado.
Copia simple de la credencial para votar, pasaporte o cédula profesional de la persona solicitante o representante legal, en caso de persona moral.
Comproban
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Es el interesado en obtener la Autorización Temporal de Anuncios en Tapiales, para publicitar anuncios en tapiales colocados en obras en proceso de construcción o de remodelación.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
Formato debidamente llenado y firmado.
Copia simple de identificación (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional) de la persona solicitante o su representante legal, si es persona moral.
Copia simple de identificación (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional) de la persona propietaria o poseedora del inmueble donde se pretenden colocar los anuncios.
Comprobante de pago de derechos. (original)
Tratándose de persona moral, copia simple de la escritura pública que acredite su constitución y la designación de su representante, así como copia certificada para su cotejo
Copia simple de la escritura del inmueble donde se pretende instalar el anuncio.
Copia simple del contrato de arrendamiento entre la persona poseedora o propietaria del inmueble y la solicitante, en su caso.
Copia simple del recibo de pago del impuesto predial del inmueble de que se trate, correspondiente al bimestre inmediato anterior a la fecha de la solicitud o del ejercicio fiscal en curso o la constancia de adeudo.
Copia simple del recibo de pago del derecho de suministro de agua del inmueble de que se trate, correspondiente al bimestre inmediato anterior a la fecha de la solicitud, o en su caso la constancia de adeudo.
Copia simple de la manifestación de construcción, registrada por la Alcaldía correspondiente.
Planos acotados y a escala:
a) De plantas, alzados y cortes de los anuncios;
b) Estructurales, en su caso;
c) De instalación eléctrica, de iluminación, y en su caso, del sistema electrónico, y
d) De diseño gráfico de la placa de identificación y su ubicación en el tapial.
Los planos deberán incluir diseño, dimensiones, materiales estructurales, acabados, color y texturas y en su caso, el tipo, material y dimensiones de la estructura de soporte de los anuncios. A su vez, los pies de plano correspondientes deben contener croquis de ubicación del anuncio, escala gráfica, fecha, nombre del plano y su número, nombre y firma del solicitante.
Perspectiva o render:
a) Del anuncio en tapial individualmente considerado, y
b) Del tapial con los anuncios instalados.
En su caso:
I. Proyecto de propuesta de recuperación y mantenimiento de áreas verdes y/o espacios públicos.
II. Manifestación de voluntad para la futura suscripción del instrumento jurídico.
Tipo, material y dimensiones de la estructura de soporte de los anuncios.
Dictamen favorable de la Dirección de Patrimonio Cultural Urbano y de Espacio Público, adscrita a la Secretaría, cuando el inmueble en el que se pretenda instalar el anuncio se encuentre en Área de Conservación Patrimonial o en un elemento del patrimonio cultural urbano.
Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
En su caso, Autorización de Impacto Ambiental emitida por la Secretaría del Medio Ambiente, cuando el inmueble en el que se pretenda instalar el anuncio se encuentre en Suelo de Conservación.
Declaración bajo protesta de decir verdad de la persona responsable de la obra, en la que señale que no se afectarán árboles con motivo de las obras que se pudieran llevar a cabo ni en la instalación de los anuncios.
Copia del carnet del Director o Directora Responsable de Obra y en su caso de cada Corresponsable.
Los documentos previstos para este trámite deberán contener la firma de la persona solicitante y del Director o Directora Responsable de Obra y entregarse tanto en versión digital como impresa.
* Para realizar el ingreso de la solicitud de Autorización Temporal de Anuncios en Tapiales, ésta deberá presentarse con todos y cada uno de los requisitos establecidos, así como previo pago de derechos efectuado.
* La Autorización Temporal para Anuncios en Tapiales permitirá a una persona física o moral, la instalación de tapiales, por una vigencia máxima de dos años prorrogable por el mismo plazo, según el artículo 76, fracción I, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal.
* De conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, el titular de la autorización temporal deberá retirar los anuncios instalados a más tardar a los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que haya concluido la construcción de la obra o, en su caso, el evento para el cual se haya autorizado la instalación de anuncios.
*El horario en el Área de Atención Ciudadana es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
En tapiales ubicados en vías primarias, por metro cuadrado
En tapiales en nodos publicitarios, por metro cuadrado
En tapiales de inmuebles ubicados en áreas de conservación patrimonial y demás elementos del patrimonio cultural urbano, por metro cuadrado
En tapiales con pantalla electrónica, ubicados en vías primarias por metro cuadrado
En tapiales con pantalla electrónica en nodos publicitarios, por metro cuadrado
En tapiales con pantalla electrónica, de inmuebles ubicados en áreas de conservación patrimonial y demás elementos del patrimonio cultural urbano, por metro cuadrado
Puedes pagar en:
Artículo 193, fracción II, incisos a), b), c), d), e) y f) del Código Fiscal de la Ciudad de México vigente.
Presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana.
Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, registra en el Sistema SEDUVI-SITE, asigna folio, sella y entrega el Comprobante del Ciudadano.
Se comunica con el ciudadano, con el fin de indicarle el día y la hora para que acuda por la respuesta a su solicitud.
Se presenta en las oficinas de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, exhibe el Comprobante del Ciudadano.
Revisa y entrega la respuesta a su solicitud.
Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.
Da clic sobre el marcador para ver información
Autorización
2 año(s).
30 días hábiles
Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 3 fracciones II, XII, XIX y XXXV, 6 fracción VIII, 12, 17, 46 fracción III incisos a), b) y c), 50, 76 fracción I, y 77.
Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 2 fracción XX, 9 fracción V; 11 fracción V, 11 fracción IIi y IV, 52, 66, 68, 69 fracción III incisos a), b), c) y d), 89, 90 fracción I, 91, 91 Bis, y 92 fracción I.
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 19; 20; 193 fracción II incisos a), b), c), d), e), f)
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículo 70.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículo 70.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Es el interesado en obtener la Autorización Temporal de Anuncios en Tapiales, para publicitar anuncios en tapiales colocados en obras en proceso de construcción o de remodelación.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
Credencial para Votar - 1 copia(s)
o Cédula Profesional - 1 copia(s)
o Pasaporte - 1 copia(s)
Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - copia certfificada
Formato TIZTAC_ATAE_1 debidamente requisitado.
Planos acotados y a escala: a). De plantas, alzados y cortes de los anuncios; b). Estructurales, en su caso; c). De instalación eléctrica, de iluminación, y en su caso, del sistema electrónico, y d). De diseño gráfico de la placa de identificación y su ubicación en el tapial; Los planos deberán incluir diseño, dimensiones, materiales estructurales, acabados, color y texturas y en su caso, el tipo, material y dimensiones de la estructura de soporte de los anuncios. A su vez, los pies de plano correspondientes deben contener croquis de ubicación del anuncio, escala gráfica, fecha, nombre del plano y su número, nombre y firma del solicitante.
Perspectiva o render: a). Del anuncio en tapial individualmente considerado, y b). Del tapial con los anuncios instalados.
Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
Copia simple del recibo de pago del impuesto predial del inmueble de que se trate, correspondiente al bimestre inmediato anterior a la fecha de la solicitud, o en su caso al ejercicio fiscal en curso, o en su caso la constancia de adeudo.
Copia simple del recibo de pago del derecho de suministro de agua del inmueble de que se trate, correspondiente al bimestre inmediato anterior a la fecha de la solicitud, o en su caso la constancia de adeudo.
Copia simple del contrato de arrendamiento entre el poseedor o propietario del inmueble y el solicitante, en su caso.
Una declaración bajo protesta de decir verdad del responsable de la obra, relativa a la instalación y demás circunstancias que deriven de la instalación del anuncio de que se trate, donde señale que no se afectarán árboles con motivo de las obras que se puedan llevar a cabo ni en las instalaciones de los anuncios Copia simple de la manifestación de construcción, registrada por la Delegación correspondiente.
Copia simple de la identificación del propietario y poseedor del inmueble donde se pretenden colocar los anuncios.
Copia del carnet del Director Responsable de Obra y en su caso de cada Corresponsable.
En su caso: I. Proyecto de propuesta de recuperación y mantenimiento de áreas verdes y/o espacios públicos. II. Manifestación de voluntad para la futura suscripción del instrumento jurídico.
Opinión Técnica Favorable emitida por la Secretaría de Protección Civil, cuando el anuncio forme parte de una lona, malla, manta u otro material flexible que se pretenda instalar sobre la edificación en proceso de construcción o remodelación, o en andamios que la circunden, con una altura y longitud homólogas a las de la edificación.
Los documentos previstos para este trámite deberán entregarse tanto en versión digital como impresa, y contener la firma del solicitante.
Original del Comprobante de pago de derechos.
*Este trámite sólo podrá solicitarse ante las Unidades de Atención Ciudadanas (Ventanillas Únicas de las Delegaciones), ya que ellos son los que están facultados para emitir la Autorización Temporal para Anuncios en Tapiales en Vías Secundarias.
* Para realizar el ingreso de la solicitud de Autorización Temporal para Anuncios en Tapiales en Vías Secundarias, ésta deberá presentarse con todos y cada uno de los requisitos establecidos, así como previo pago de derechos efectuado.
* La Autorización Temporal para Anuncios en Tapiales en Vías Secundarias permitirá a una persona física o moral, la instalación de tapiales, por una vigencia máxima de dos años prorrogable por el mismo plazo, artículo 76 fracción I de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal.
*De conformidad a lo establecido en el artículo 79 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, el titular de la autorización temporal deberá retirar los anuncios instalados a más tardar a los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que haya concluido la construcción de la obra, o en su caso, el evento para el cual se haya autorizado la instalación de anuncios.
* Por lo que se refiere a la copia simple de las identificaciones oficiales que se entregan deberá estar testada la huella digital.
*En los casos, de que sea insuficiente el espacio en el Formato de Solicitud respecto al apartado de Datos Técnicos del Anuncio (Dimensiones y Superficie de los Tapiales), anexar documento con las faltantes.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
En tapiales ubicados en vías secundarias, por metro cuadrado.
En tapiales con pantalla electrónica, ubicados en vías secundarias por metro cuadrado.
Puedes pagar en:
Artículo 193 fracción II, inciso a) y d) del Código Fiscal de la Ciudad de México
Presenta el formato debidamente llenado y la documentación necesaria a la Ventanilla Única Delegacional.
Servidor Público: Recibe el formato de solicitud, así como la documentación anexa, ingresa al Sistema (de cada Delegación), se le asigna un folio y posteriormente turna el trámite al área competente para su resolución.
Procede a la revisión y análisis de la solicitud, así como de la documentación anexa, y en su caso emite la licencia.
Acude a la Ventanilla Única Delegacional en el plazo de 30 días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud, para recibir la respuesta emitida por el área competente.
Da clic sobre el marcador para ver información
Autorización
Máxima 2 años, prorrogable por el mismo plazo.
30 días hábiles
Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 3 fracciones I, II, XII, XIX, XXXV, XLI, 7 fracción II, 12, 17, 49 fracción II, 50, 51, 76 fracción I, 77 y 79.
Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 2 fracción XX, 5, 13 fracción II, 44, 52 fracciones I, III, IV y