Atención psicoterapéutica, dictaminación psicológica victimal y de agresoras (es) de violencia familiar, y asesoría jurídica

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Atención psicoterapéutica, dictaminación psicológica victimal y de agresoras (es) de violencia familiar, y asesoría jurídica

Unidad normativa: FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Servicio mediante el cual se proporciona -- atención psicoterapéutica a agresoras (es) de violencia familiar, asesoría jurídica, dictaminación psicológica victimal por amenazas y dictaminación psicológica de agresoras (es) de violencia familiar, para su atención y seguimiento, y si el caso lo amerita, su canalización a otro Centro de Atención a Víctimas para su debida atención.

Este servicio lo realiza:

Persona física. Para el caso del servicio de asesoría jurídica, podrá ser presencial o escrita, a solicitud de alguna autoridad ministerial o judicial.

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

o Tarjeta INAPAM - original y 1 copia(s)

02

Este servicio se otorga únicamente a personas agresoras de violencia familiar mayores de 18 años a solicitud escrita de alguna autoridad ministerial, judicial o voluntariamente.

02

. Este servicio se otorga únicamente a hombres y mujeres mayores de 4 años víctimas de amenazas a solicitud escrita de alguna autoridad ministerial.

02

Este servicio se otorga únicamente a personas agresoras de violencia familiar mayores de 18 años a solicitud escrita de alguna autoridad ministerial, judicial o voluntariamente.

02

Este servicio es otorgado a todas las víctimas que así lo deseen o que no puedan contratar a un abogado particular.

Antes de realizar el servicio debes considerar

• El servicio es otorgado de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 19:00 horas.
• Se entiende por dictaminación psicológica víctimal: valoración psicológica de la víctima de amenazas para determinar la existencia o no de afectación psicoemocional producto del delito.
• Se entiende por dictaminación psicológica de agresoras (es) de violencia familiar: valorar psicológicamente a los imputados del delito de violencia familiar, para determinar si presentan o no rasgos propios del perfil de agresor.
• Se entiende por atención psicoterapéutica a generadores de violencia familiar: disminuir y/o erradicar la violencia (psicoemocional, físico y sexual) contra la pareja, las niñas y niños o cualquier miembro de la familia.
• Asesoría Jurídica: A la orientación y representación legal proporcionada a las víctimas por los organismos e instituciones facultados para ello, o por particulares.
• Acudir de manera personal voluntariamente o con el oficio de solicitud de valoración psicológica o de atención psicoterapéutica, firmados por la autoridad ministerial o judicial correspondiente, cuando así se requiera, a las instalaciones del CIVA y presentar una identificación oficial (excepto los presentados en calidad de detenidos).
• En caso de ser menor de 18 años, acudir con una Persona mayor de 18 años, que los represente legalmente y presentar identificación ambos.
• Teléfonos: 5200 9188 y 5200 9189.
• En atención al grado de afectación que hubiera resultado en la valoración correspondiente, se determinará el tiempo de duración de la atención psicológica.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Se presenta al Centro de Investigación Victimológica y de Apoyo Operativo (CIVA)

02

Actor: Servidor público

Recibe al usuario en el área de atención, le informa sobre los servicios que se otorgan y le solicita copia de su identificación con fotografía.

03

Actor: Ciudadano

Manifiesta el servicio de su interés.

04

Actor: Servidor público

Identifica la problemática del usuario a fin de verificar que sea competencia del Centro, y lo canaliza al área correspondiente.

05

Actor: Ciudadano

Asiste a su cita, para su entrevista inicial.

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

Da clic sobre el marcador para ver información

Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

Apoyo Psicoterapéutico.

Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

Informe pericial.

Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

Informe pericial.

Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

Asesoramiento, asistencia y representación de la víctima de manera integral.

Plazo máximo de respuesta:

Inmediato

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 20 apartado C fracciones I y II.

Código Nacional de Procedimientos Penales Artículo 109 fracciones VII y XIV.

Ley General de Víctimas Artículo 125

Ley de Victimas de la Ciudad de México Artículo 162 al 168

Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal Artículos 3, 6 y 15.

Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia del Distrito Federal. Artículos 54, 55, 56, 57 y 58.

Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia del Distrito Federal Artículo 43.

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN PROGRAMA APOYO A GRUPOS PRIORITARIOS Y VULNERABLES, A CARGO DE LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, publicadas el 31 de enero de 2018 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Aplica la Circular en su totalidad

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.