Autorización Temporal para Anuncio en Tapial

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Autorización Temporal para Anuncio en Tapial

Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

La Autorización Temporal de Anuncios en Tapiales, permite a una persona física o moral instalar anuncios en tapiales, en predios ubicados en Vías Primarias y Áreas de Conservación Patrimonial, que podrán contener pantallas electrónicas, en obras en proceso de construcción (obra nueva, restauración, reconstrucción o demolición) o de remodelación.

Este trámite lo realiza:

Persona física o moral. Es el interesado en obtener la Autorización Temporal de Anuncios en Tapiales, para publicitar anuncios en tapiales colocados en obras en proceso de construcción o de remodelación.

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

03

Formato debidamente llenado y firmado.

04

Copia simple de identificación (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional) de la persona solicitante o su representante legal, si es persona moral.

05

Copia simple de identificación (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional) de la persona propietaria o poseedora del inmueble donde se pretenden colocar los anuncios.

06

Comprobante de pago de derechos. (original)

07

Tratándose de persona moral, copia simple de la escritura pública que acredite su constitución y la designación de su representante, así como copia certificada para su cotejo

08

Copia simple de la escritura del inmueble donde se pretende instalar el anuncio.

09

Copia simple del contrato de arrendamiento entre la persona poseedora o propietaria del inmueble y la solicitante, en su caso.

10

Copia simple del recibo de pago del impuesto predial del inmueble de que se trate, correspondiente al bimestre inmediato anterior a la fecha de la solicitud o del ejercicio fiscal en curso o la constancia de adeudo.

11

Copia simple del recibo de pago del derecho de suministro de agua del inmueble de que se trate, correspondiente al bimestre inmediato anterior a la fecha de la solicitud, o en su caso la constancia de adeudo.

12

Copia simple de la manifestación de construcción, registrada por la Alcaldía correspondiente.

13

Planos acotados y a escala:

a) De plantas, alzados y cortes de los anuncios;

b) Estructurales, en su caso;

c) De instalación eléctrica, de iluminación, y en su caso, del sistema electrónico, y

d) De diseño gráfico de la placa de identificación y su ubicación en el tapial.

Los planos deberán incluir diseño, dimensiones, materiales estructurales, acabados, color y texturas y en su caso, el tipo, material y dimensiones de la estructura de soporte de los anuncios. A su vez, los pies de plano correspondientes deben contener croquis de ubicación del anuncio, escala gráfica, fecha, nombre del plano y su número, nombre y firma del solicitante.

14

Perspectiva o render:

a) Del anuncio en tapial individualmente considerado, y

b) Del tapial con los anuncios instalados.

15

En su caso:

I. Proyecto de propuesta de recuperación y mantenimiento de áreas verdes y/o espacios públicos.

II. Manifestación de voluntad para la futura suscripción del instrumento jurídico.

16

Tipo, material y dimensiones de la estructura de soporte de los anuncios.

17

Dictamen favorable de la Dirección de Patrimonio Cultural Urbano y de Espacio Público, adscrita a la Secretaría, cuando el inmueble en el que se pretenda instalar el anuncio se encuentre en Área de Conservación Patrimonial o en un elemento del patrimonio cultural urbano.

18

Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

19

En su caso, Autorización de Impacto Ambiental emitida por la Secretaría del Medio Ambiente, cuando el inmueble en el que se pretenda instalar el anuncio se encuentre en Suelo de Conservación.

20

Declaración bajo protesta de decir verdad de la persona responsable de la obra, en la que señale que no se afectarán árboles con motivo de las obras que se pudieran llevar a cabo ni en la instalación de los anuncios.

21

Copia del carnet del Director o Directora Responsable de Obra y en su caso de cada Corresponsable.

22

Los documentos previstos para este trámite deberán contener la firma de la persona solicitante y del Director o Directora Responsable de Obra y entregarse tanto en versión digital como impresa.

Antes de realizar el trámite debes considerar

* Para realizar el ingreso de la solicitud de Autorización Temporal de Anuncios en Tapiales, ésta deberá presentarse con todos y cada uno de los requisitos establecidos, así como previo pago de derechos efectuado.
* La Autorización Temporal para Anuncios en Tapiales permitirá a una persona física o moral, la instalación de tapiales, por una vigencia máxima de dos años prorrogable por el mismo plazo, según el artículo 76, fracción I, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal.
* De conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, el titular de la autorización temporal deberá retirar los anuncios instalados a más tardar a los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que haya concluido la construcción de la obra o, en su caso, el evento para el cual se haya autorizado la instalación de anuncios.
*El horario en el Área de Atención Ciudadana es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Formatos

TSEDUVI-DGAJ_ATAT_1

En tapiales ubicados en vías primarias, por metro cuadrado

$1286.00

En tapiales en nodos publicitarios, por metro cuadrado

$1286.00

En tapiales de inmuebles ubicados en áreas de conservación patrimonial y demás elementos del patrimonio cultural urbano, por metro cuadrado

$1429.50

En tapiales con pantalla electrónica, ubicados en vías primarias por metro cuadrado

$1414.50

En tapiales con pantalla electrónica en nodos publicitarios, por metro cuadrado

$1414.50

En tapiales con pantalla electrónica, de inmuebles ubicados en áreas de conservación patrimonial y demás elementos del patrimonio cultural urbano, por metro cuadrado

$1557.00

Puedes pagar en:

  • Bancos y tiendas de autoservicio
  • Kioskos de la Tesorería
  • Oficinas Tributarias

Fundamento jurídico del costo

Artículo 193, fracción II, incisos a), b), c), d), e) y f) del Código Fiscal de la Ciudad de México vigente.

01

Actor: Ciudadano

Presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana.

02

Actor: Servidor público

Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, registra en el Sistema SEDUVI-SITE, asigna folio, sella y entrega el Comprobante del Ciudadano.

03

Actor: Servidor público

Se comunica con el ciudadano, con el fin de indicarle el día y la hora para que acuda por la respuesta a su solicitud.

04

Actor: Ciudadano

Se presenta en las oficinas de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, exhibe el Comprobante del Ciudadano.

05

Actor: Servidor público

Revisa y entrega la respuesta a su solicitud.

06

Actor: Ciudadano

Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

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Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Autorización


Cuya vigencia es:

2 año(s).

Plazo máximo de respuesta:

30 días hábiles

Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 3 fracciones II, XII, XIX y XXXV, 6 fracción VIII, 12, 17, 46 fracción III incisos a), b) y c), 50, 76 fracción I, y 77.

Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 2 fracción XX, 9 fracción V; 11 fracción V, 11 fracción IIi y IV, 52, 66, 68, 69 fracción III incisos a), b), c) y d), 89, 90 fracción I, 91, 91 Bis, y 92 fracción I.

Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 19; 20; 193 fracción II incisos a), b), c), d), e), f)

Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículo 70.

Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículo 70.

  • Requisitos
  • Costo
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.