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012 y 968 362 000
Disponer de una segunda opinión médica sobre los procesos sanitarios establecidos en el articulo 1.3 del Decreto 71/2007.
El derecho a la segunda opinión médica sólo se podrá ejercitar una vez en cada proceso asistencial, con el único objeto de contrastar un primer diagnóstico completo o indicación terapéutica a efectos de prestar una mejor Asistencia Sanitaria.
1- La segunda opinión médica tendrá que ser solicitada directamente por el beneficiario del referido derecho.
2- En caso de imposibilidad física o psíquica, médicamente certificada, la solicitud de segunda opinión podrá realizarla el cónyuge no separado legalmente o con quien mantenga una unión de hecho acreditada; en su defecto, el pariente en línea recta descendiente o ascendiente de grado más próximo. No obstante lo anterior, si el paciente hubiera designado previamente una persona para, llegado el caso, solicitar una segundad opinión médica, le corresponderá a ésta dicha preferencia.
3- en caso de menores de dieciséis años o persona declarada incapaz, por las personas que ostenten la patria potestad, la tutela o representación legal.
Ciudadanos residentes en cualquier municipio de la Región de Murcia, que tengan reconocido el derecho a la Asistencia Sanitaria a cargo del Servicio Murciano de Salud.
- El ejercicio del derecho a la segunda opinión médica regulado en el presente decreto se garantiza para los siguientes procesos:
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:
Plazo de resolución: 20 Día/s natural/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Información adicional sobre recursos
Contra la resolución de la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Servicio Murciano de Salud, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, ante el Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, y de conformidad a lo previsto en la Ley 4/1994 de 26 de julio de Salud de la Región de Murcia.
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012 y 968 362 000
Garantizar un menor tiempo de espera, para la tramitación de los servicios de respuesta inmediata que se prestan presencialmente, para registro de solicitudes, escritos y comunicaciones en la OCAG de Cartagena (Edificio Foro) y OCAG de la Consejería de Hacienda (Registro General-Edificio Infante-Murcia).
La cita previa tiene prioridad frente a la cola normal, por lo que recomendamos que use este servicio de forma preferente, para ello habrá de confirmarla al llegar a la oficina en la que se le va atender, en el punto de recepción.
Puede hacer uso del Servicio de Cita Previa accediendo al enlace http://citaprevia.carm.es para las oficinas de Murcia (Palacio Regional.-Teniente Flomesta y Edificio Administrativo Infante.-Registro General) y de Cartagena (Edificio Administrativo Foro).
Telefónica llamando al Teléfono Corporativo de Atención Telefónica 012 (desde la Región de Murcia) o 968 362 000 (fuera de la Región de Murcia).
Presencial en cualquiera de las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de carácter general de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Una vez que el ciudadano tenga reservada su cita previa (sea cual sea la forma en que se solicitó: telefónicamente, por Internet o a través de las propias oficinas de información) deberá confirmarla al llegara la oficina en la que se le va a atender, porque tiene prioridad frente a la cola normal, evitando tiempos de espera innecesarios.
En la Carta de servicios del Servicio de Atención al Ciudadano figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
"4. Si solicita cita previa, será atendido a la hora concertada. Los servicios ofrecidos mediante cita previa y las oficinas donde se prestan están disponibles para su consulta en la Guía de procedimientos y Servicios de la CARM (procedimiento 4241). El número de quejas sobre el incumplimiento de la puntualidad horaria en la atención de cita previa será 0".
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
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012 y 968 362 000
El Centro de Documentación e Información (CEDI) está especializado en reunir, gestionar y difundir la normativa de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y, para ello, colabora en la base de datos del Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Recopila e informa de la normativa Estatal, de Comunidades Autónomas y de la Unión Europea.
Proporciona información bibliográfica y artículos de revistas especializadas en Derecho Administrativo y Constitucional, principalmente, así como otras ramas del Derecho.
Información sobre empleo público.
Para resolver las consultas, el CEDI está suscrito a publicaciones y bases de datos de legislación, jurisprudencia y doctrina en el ámbito del derecho.
Presta servicios de atención personalizada, de forma presencial, telefónica, a través de información disponible en página web, correo electrónico y formulario de consultas a través de la web.
Otros servicios: consulta en sala, acceso a Internet y reprografía.
En la Carta de servicios del Centro de Documentación e Información figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
"5. Atender las consultas de información al CEDI en un plazo no superior a 3 días".
Administraciones públicas, Instituciones privadas y ciudadanos en general.
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
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012 y 968 362 000
Acceder a los datos personales y profesionales del demandante de empleo para su consulta y modificación a través del enlace "Tu oficina SEF en casa" del Portal www.sefcarm.es.
Los servicios Web disponibles son:
Informes de la demanda personalizados.
Con este servicio el usuario podrá imprimir los diferentes informes disponibles de la demanda:
Informe de ocupaciones demandadas.
Informe de situación administrativa.
Informe de servicios y especialidades formativas requeridas.
Informe de períodos de inscripción.
Informe negativo de rechazos.
Con este servicio se puede obtener un duplicado del carné de demanda
Con este servicio podrá sellar el carné en las fechas indicadas.
Con este servicio podrá consultar y modificar los datos de su demanda de empleo: ocupaciones, cursos, etc., con los que está inscrito.
Con este servicio podrá descargar su C.V. en formato europeo y completarlo con sus datos actualizados.
Con este servicio podrá consultar y modificar los datos personales de su demanda (dirección, teléfono, correo electrónico).
Con este servicio podrá dar de alta, de baja o suspensión su demanda de empleo.
1.- Dentro del Portal del SEF www.sefcarm.es se accede a través del enlace Tu oficina SEF en casa (demanda en empleo) a una página de identificación mediante DNI o NIE.
2.- Hay dos vias de acceso al catálogo de servicios web.
a) Acceso a través de clave de usuario y contraseña.
b) Acceso a través de certificado digital.
3.- Podrá conseguir la clave de usuario y contraseña:
a) A través del servicio Gestión de usuarios del mismo Catálogo se realiza la solicitud que le será remitida por sms al telefono movil que conste en su demanda.
b) Personalmente en la misma oficina de empleo en la que está inscrito.
Usuarios inscritos (en alta, baja o suspensión) como demandantes de empleo en las oficinas de empleo del SEF en la Región de Murcia
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
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012 y 968 362 000
Tramitar el procedimiento para la autorización de aplicaciones aéreas de productos fitosanitarios.
1. Se prohíben las aplicaciones aéreas de productos fitosanitarios, salvo en los siguientes casos especiales, previa autorización. Las que sean promovidas por la propia administración tanto para el control de plagas declaradas de utilidad pública según el artículo 15 de la Ley, como para el control de otras plagas en base a razones de emergencia, y las promovidas por titulares de las explotaciones agrícolas o de otras superficies con cubierta vegetal, siendo en cualquier caso condición necesaria para su realización que no se disponga de una alternativa técnica y económicamente viable, o que las existentes presenten desventajas en términos de impacto en la salud humana o el medio ambiente.
2. Los tratamientos se realizarán con productos fitosanitarios autorizados para el cultivo y plaga de que se trate, y aprobados específicamente para aplicación aérea por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, previa evaluación específica de los riesgos que supone dicho tipo de aplicación.
Titulares de las explotaciones agrícolas o de otras superficies con cubierta vegetal, agrupaciones de productores, o las Administraciones publicas tanto para el control de plagas declaradas de utilidad pública según el Artículo 15 de la Ley o para el control de plagas en base a razones de emergencias
Que la zona a tratar se encuentre en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Que se trate de un tratamiento fitosanitario para el que no se disponga de una alternativa técnica y económicamente viable, o que las existentes presenten desventajas en términos de impacto en la salud humana o el medio ambiente.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INDUST.ALIM. Y COOPERATIV. AGR
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
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012 y 968 362 000
Comunicar cambios en el domicilio que consta en el programa de vacunaciones.
Para poder contactar con el programa de vacunaciones, para efectuar cambios de domicilio, cambios de teléfono, para solicitar la documentación si no le ha llegado, o para realizar cualquier consulta, puede dirigirse a cualquiera de los cuatro centros gestores del mismo en las direcciones y teléfonos que se indican a continuación:
Servicios Centrales, Consejería de Sanidad Avenida Ronda de Levante 11 Murcia, teléfono 968 36 22 49, fax 968 36 51 15.
Dirección General de Salud Pública Cartagena Plaza San Agustín s/nº, teléfono 968 32 66 77, fax 968 32 66 90.
Dirección General de Salud Pública Lorca C/ Abad de Los Arcos 1, teléfono 968 46 83 00, fax 968 44 11 83.
Servicios Municipales de Salud Ayuntamiento de Murcia Plaza Preciosa, teléfono 968 24 70 62, fax 968 24 78 04.
En la Carta de servicios de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
3. Los procedimientos solicitados incluidos en la guía de servicios serán resueltos y comunicados al interesado en un plazo inferior del 10% del que tengan legalmente establecido en el 100 % de los casos.
Usuarios del programa de vacunaciones
Figurar en el registro de programas de vacunaciones.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
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012 y 968 362 000
Normalizar el procedimiento de solicitud de certificados para Exportación de productos alimenticios.
Las solicitudes deberán obrar en poder de la unidad certificadora al menos con 72 horas antes de la fecha prevista de expedición.
Empresas y/o personas físicas que comercializan alimentos y/o productos alimentarios al por mayor, y por lo tanto están sujetos a Inscripción en el Registro General Sanitario de Establecimientos Alimentarios y Alimentos (RGSEAA), tanto si disponen de establecimiento como si distribuyen sin depósito.
Empresas cuyo domicilio industrial o si no poseen establecimiento, cuyo domicilio social, estén ubicadas en la Región de Murcia y que estén inscritas en el Registro General Sanitario de Establecimientos Alimentarios y Alimentos (RGSEAA)
Los productos a exportar deberán encontrase dentro del territorio de la CARM, si no fuera así, bien existe un operador domiciliado en la CARM que se responsabiliza de la mercancía con su marca y razón social en el etiquetado o bien, la mercancía ha sido elaborada en la CARM.
En relación al producto:
En relación a la expedición:
Si el producto estuviera fabricado en otra Comunidad Autónoma, adjuntar pre-certificado de libre venta para la exportación emitido por dicha Comunidad y se adjuntará en el momento de la solicitud.
Los registros de control del plan APPCC de los lotes a exportar, se adjuntarán en el momento de la solicitud.
El anexo I (sábana) se presentará en el momento de la firma del certificado que no será antes de las 72 horas hábiles de la solicitud.
Sólo podrán realizar la solicitud exclusivamente en papel quienes no estén obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los obligados a relacionarse electrónicamente deberán utilizar obligatoriamente la solicitud electrónica disponible.
Es requisito imprescindible para retirar la certificación justificar previamente el pago de las tasas.
Solicitud de certificado sanitario.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T810. Tasa por Actuaciones administrativas de caracter sanitario
H00003 - Suministro de libros de Reg. Ofi., monografías y carnets o c
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A SALUD |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Obtener certificado de haber aprobado uno o varios ejercicios de procesos selectivos del Servicio Murciano de Salud.
Aspirantes de los distintos procesos selectivos del Servicio Murciano de Salud.
Haber participado en algún proceso selectivo del Servicio Murciano de Salud.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
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Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T010.. Tasa General de la Administración
H00001 - Expedición de certificados
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A SALUD |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Certificar e informar.
Seguimiento de la tramitación:
Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del procedimiento, mediante certificado digital, debiendo para ello acceder al enlace denominado "Cómo va lo mío" en la Sede Electrónica de la CARM.
Abono de la tasa T010.1: Expedición de certificados.
Solicitud de documentación industria, energía y minas
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
T010.. Tasa General de la Administración
H00001 - Expedición de certificados
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
## Resumen Este procedimiento permite solicitar información sobre el valor fiscal de bienes inmuebles en la Región de Murcia antes de realizar una compra o venta. Esto ayuda a calcular los impuestos correspondientes (ITPAJD e ISD). **Quién puede usar este servicio:** * Cualquier persona (ciudadano, empresa, etc.) que vaya a adquirir o transmitir un bien inmueble en la Región de Murcia. * Representantes autorizados de los titulares de los bienes. **Antes de empezar:** * Reúne la documentación necesaria (escritura, certificado catastral, etc.). * Si es necesario un perito, calcula y paga la tasa correspondiente. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Documento de identidad (NIF). * Escritura pública de propiedad del bien inmueble o título anterior. * Certificado catastral o fotocopia del último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. * Plano de situación de la finca (opcional). * Certificado de defunción (opcional, en caso de herencia). * Escritura de apoderamiento o poder de representación (opcional, si actúa un representante). * Autorización del titular del bien (opcional, si el solicitante no es el titular). **Costes y plazos:** * Si es necesaria la intervención de un perito, se debe abonar la Tasa T530. * La información tiene efectos vinculantes durante 3 meses. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Reúne la documentación:** Asegúrate de tener todos los documentos necesarios. 2. **Calcula y paga la tasa (si aplica):** Si necesitas un perito, calcula el importe de la Tasa T530 y abónala. * Obtener Carta de Pago (Autoliquidación) * Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito 3. **Presenta la solicitud:** * **Electrónicamente:** A través de la sede electrónica de la CARM. * Solicitud de información con carácter previo a la adquisición o transmisión de bienes inmuebles * **Presencialmente:** En las oficinas de registro (con cita previa). * Solicitud información valor previo bien urbano * Solicitud información valor previo bien rústico * Modelo autorización para representación 4. **Espera la respuesta:** La Administración te comunicará el valor fiscal del inmueble. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Recibirás una notificación con el valor fiscal del inmueble. * Esta información es vinculante durante 3 meses, siempre que los datos proporcionados sean correctos. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo para resolver es de 3 meses. ## Ayuda **Contacto:** * Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012 **Recursos adicionales:** * Glosario de términos * Cita previa ATRM * Ayuda a la presentación electrónica