Solicitud de información con carácter previo a la adquisición o transmisión de bienes inmuebles. (código 1132) (SIA 207082)
Información Rápida
Objetivo
Informar a los interesados sobre el valor fiscal de bienes inmuebles en la Región de Murcia antes de su adquisición o transmisión, para calcular el importe de los impuestos correspondientes (ITPAJD e ISD).
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas y otras entidades obligados tributarios titulares de los bienes objeto de valoración o personas autorizadas por ellos.
Requisitos principales
- Ser el obligado tributario titular del bien o persona autorizada.
- Formular la solicitud mediante el formulario específico o el modelo proporcionado.
- Proporcionar datos verdaderos y suficientes a la Administración tributaria.
Plazos
Plazo de presentación: Abierto
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
La información proporcionada tiene efectos vinculantes durante tres meses desde la notificación, siempre que se cumplan los requisitos y se proporcionen datos veraces. Para bienes inmuebles urbanos, se pueden consultar los precios medios de mercado (PMM) publicados anualmente. En caso de no existir PMM, se requiere un perito de la Administración, sujeto a una tasa administrativa.
Resumen
Este procedimiento permite solicitar información sobre el valor fiscal de bienes inmuebles en la Región de Murcia antes de realizar una compra o venta. Esto ayuda a calcular los impuestos correspondientes (ITPAJD e ISD).
Quién puede usar este servicio:
- Cualquier persona (ciudadano, empresa, etc.) que vaya a adquirir o transmitir un bien inmueble en la Región de Murcia.
- Representantes autorizados de los titulares de los bienes.
Antes de empezar:
- Reúne la documentación necesaria (escritura, certificado catastral, etc.).
- Si es necesario un perito, calcula y paga la tasa correspondiente.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Documento de identidad (NIF).
- Escritura pública de propiedad del bien inmueble o título anterior.
- Certificado catastral o fotocopia del último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Plano de situación de la finca (opcional).
- Certificado de defunción (opcional, en caso de herencia).
- Escritura de apoderamiento o poder de representación (opcional, si actúa un representante).
- Autorización del titular del bien (opcional, si el solicitante no es el titular).
Costes y plazos:
- Si es necesaria la intervención de un perito, se debe abonar la Tasa T530.
- La información tiene efectos vinculantes durante 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación: Asegúrate de tener todos los documentos necesarios.
- Calcula y paga la tasa (si aplica): Si necesitas un perito, calcula el importe de la Tasa T530 y abónala.
- Presenta la solicitud:
- Electrónicamente: A través de la sede electrónica de la CARM.
- Presencialmente: En las oficinas de registro (con cita previa).
- Espera la respuesta: La Administración te comunicará el valor fiscal del inmueble.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás una notificación con el valor fiscal del inmueble.
- Esta información es vinculante durante 3 meses, siempre que los datos proporcionados sean correctos.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
Ayuda
Contacto:
- Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012
Recursos adicionales: