Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Mediante solicitud voluntaria, se puede pedir el depósito del Acta de designación de Delegado, y su inscripción en la Oficina Pública, de la/s personas nombradas para el cargo (de entre los Delegados de personal), en una empresa (del ámbito de la Región de Murcia).

    Además del nombramiento, se pude solicitar el registro de las sustituciones, revocaciones, dimisiones o las extinciones del mandato conforme a las normas (La duración del cargo de Delegado de Prevención es de 4 años, coincidiendo con el mandato de los representantes del personal en la empresa o centro de trabajo).

    Como regla general, los Delegados de Prevención son elegidos por y entre los representantes de personal, en número que obedece al tamaño de la empresa, conforme a la regla siguiente legalmente prevista (art. 35 de la Ley 31/1995 de Prevención de riesgos laborales):

    • Hasta 30 trabajadores: 1 delegado de prevención, que lo es el delegado de personal.
    • De 31 a 49 trabajadores: 1 delegado de prevención, elegido por y entre los delegados de personal.
    • De 50 a 100 trabajadores: 2 delegados de prevención.
    • De 101 a 500 trabajadores: 3 delegados de prevención.
    • De 501 a 1.000 trabajadores: 4 delegados de prevención.
    • De 1.001 a 2.000 trabajadores: 5 delegados de Prevención.
    • De 2.001 a 3.000 trabajadores: 6 delegados de Prevención.
    • De 3.001 a 4.000 trabajadores: 7 delegados de Prevención.
    • De 4.001 en adelante: 8 delegados de prevención.

    La norma permite, no obstante, que a través de los convenios colectivos puedan establecerse otros sistemas de designación de los delegados de prevención, siempre que se garantice que la facultad de designación corresponde a los representantes del personal o a los propios trabajadores.

    • A efectos de determinar el número de Delegados de prevención se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

    a) Los trabajadores vinculados por contratos de duración determinada superior a un año se computarán como trabajadores fijos de plantilla.

    b) Los contratados por término de hasta un año se computarán según el número de días trabajados en el período de un año anterior a la designación. Cada doscientos días trabajados o fracción se computarán como un trabajador más.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Pueden solictar el registro ante la Oficina Pública los trabajadores interesados, los representantes de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo, o las organizaciones sindicales.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    DIRECCIÓN GENERAL DE DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL (A14028266)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • Los delegados de prevención de riesgos laborales ( y de personal) deben ser trabajadores nacionales o extranjeros que tengan dieciocho años cumplidos y una antigüedad en la empresa de, al menos, seis meses, salvo en aquellas actividades en que por movilidad de personal se pacte en convenio colectivo un plazo inferior, con el límite mínimo de tres meses de antigüedad.
    • Son elegidos (salvo Convenio) de entre y por los representantes del personal.
    • Debe estar registrada el Acta de Elecciones a representantes del personal de la empresa o centro de trabajo en la Oficina Pública con anterioridad al registro del Acta de designación de los Delegados de Prevención, ya que (salvo excepciones en Convenio) el/los Delegados del Personal lo son también de Prevención.
    • Debe plasmarse en un ACTA su nombramiento, haciendo constar todos los datos que pide el modelo que se recoge más abajo.
    • En caso de revocación del mandato y sustitución, debe levantarse el Acta correspondiente de nueva designación.

    Requisitos posteriores

    Comunicar a la Oficina las incidencias posteriores al nombramiento, tanto las actas de sustituciones y revocaciones como documento de dimisión del delegado de prevención (si fue registrado), con el fin de mantener el tracto sucesivo registral.

    Registro de Delegados de prevención de riesgos laborales

    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Otros departamentos
    Emite el certificado el Jefe de la oficina pública, según el Decreto de estructura

    Plazo de resolución: 0 Día/s natural/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene

    Información adicional sobre recursos

    No existe recurso, pues es un acto administrativo sujeto solamente a errores materiales, en su caso.Al ser dependiente este nombramiento (como delegado de prevención) de los nombramientos como delegados de personal, hasta que no transcurren 10 días el acta electoral primera no es definitiva, pues está sujeta a impugnaciones que se resuelven por la vía arbitral (ver Guía de Servicios, código. 1739 - Elecciones Sindicales).Si el Acta de elecciones es firme, el recurso sobre la denegación de inscripción estaría sometido a arbitraje o a reclamación previa a la vía laboral, con un mes de plazo de interposición.La jurisdicción competente es el Orden Social.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Realizar la inscripción, en el Registro de Diplomas de Formación Deportiva, de los títulos correspondiente a actividades de formación deportiva reconocidas por la Dirección General de Deportes, reguladas por la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

    La inscripción en el Registro de Diplomas es requisito indispensable para el posterior reconocimiento de efectos académicos a tales diplomas una vez publicado el Real Decreto por el que se establezcan los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior de la modalidad o especialidad deportiva de la que se trate.

    Se circunscribe a actividades de formación deportiva, en modalidades o especialidades deportivas, reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, repecto de las que no se haya dictado aún Real Decreto regulador de enseñanzas de régimen especial y que cuenten con Plan Formativo aprobado por el citado organismo.

    La inscripción en el Registro de Diplomas es requisito indispensable, para el posterior reconocimiento de efectos académicos, a tales diplomas una vez publicado el Real Decreto por el que se establezcan los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior de la modalidad o especialidad deportiva de la que se trate.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Federaciones Deportivas que promuevan actividades de formación deportiva en el ámbito de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    DIRECCION GENERAL DEPORTES (A14028778)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    La expedición de diplomas y su inscripción en el registro sólo se producirá respecto de actividades de formación deportiva reconocidas por la Comunidad Autónoma por haberse iniciado y desarrollado conforme a las condiciones establecidas en la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero y el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE DEPORTES

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Reconocer a las entidades privadas que presten servicio de asesoramiento a las explotaciones agrarias y su ámbito de actuación se circunscriba al territorio de la Región de Murcia.

    Crear el Registro autonómico de entidades con servicio de asesoramiento a las explotaciones agrarias.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Entidades privadas que presten servicios de asesoramiento. Desde el diagnostico de la situación a a la propuesta de mejoras y seguimiento de su ejecución

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DEL MEDIO MARINO (A14028782)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    1.- Prestar asesoramiento a explotaciones agrarias en las siguientes materias:

    - Requisitos legales de gestión. Relativos a Salud Pública, Sanidad Animal, Sanidad Vegetal, Medio Ambiente y Bienestar de los Animales.

    - Buenas condiciones Agrarias y medio ambiente

    - Seguridad Laboral

    - En caso de agricultores jóvenes, las relacionadas con el inicio de su actividad.

    - Otras materias: Gestión Técnico Económica de la Explotación

    2.- Tener personalidad jurídica

    3.- Ser entidad sin animo de lucro o Cooperativa o, en ambos supuestos sus uniones o federaciones

    4.-Incluir en su objeto social de los Estatutos la prestación de asesoramiento.

    5.-Disponer de oficinas abiertas al público en horario compatible con la actividad agraria.

    Ámbito de atención adecuado a la dimensión, numero y tipología de las explotaciones que asesora.

    6.- Disponer de un equipo técnico de apoyo con la siguiente estructura:

    - Dos titulados universitarios, (agrónomos o veterinarios), según tipología de las explotaciones a asesorar. Si el asesoramiento abarca las dos áreas, uno será universitario en agronomía y otro en veterinaria.

    - En asesoramiento integral el equipo de apoyo, tendrá otro universitario de cualquier de las áreas siguientes: agronomía, medioambiente, ciencias biológicas, montes y económica o empresariales

    Solicitud registro entidades

    • Relación
      (Obligatorio / No original)
      Relación de efectivos personales y contratos de trabajo
    • Relación
      (Obligatorio / No original)
      Relación de oficinas de asesoramiento
    • Póliza del seguro
      (Obligatorio / No original)
      Póliza de seguro responsabilidad civil
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (Obligatorio / No original)
      Documento de representación de la Entidad
    • Proyecto
      (Obligatorio / No original)
      Proyecto de servicio de asesoramiento
    • Estatutos de la sociedad
      (Obligatorio / No original)
      Estatutos Entidad
    • Escritura de constitución
      (Obligatorio / No original)
      Escritura constitución Entidad
    • Consulta de Datos de Identidad (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Solicitud registro entidades

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INDUST.ALIM. Y COOPERATIV. AGR

    Plazo de resolución: 4 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Inscribir y/o modificar información o datos en el Registro de Explotaciones Agrarias

    Todas las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberán inscribirse en el Registro de Explotaciones Agrarias, sean o no perceptoras de subvenciones por las mismas. La superficie mínima que deberá tener la explotación en su conjunto para su inscripción es de 0,1 Ha.

    Deben estar inscritos todos aquellos titulares de explotaciones agrarias que deseen percibir ayudas públicas agrarias con cargo a los presupuestos generales de esta Comunidad Autónoma.

    De acuerdo con el Real Decreto 9/2015 En los casos en los que se interrumpa la actividad de las explotaciones agrícolas, esto es, que no se realice ninguna notificación de modificación o actualización durante un periodo de tres años, se procederá a dar de baja a la explotación agrícola en el REGEPA, en cualquier caso se conservará la información histórica de todas las explotaciones agrícolas, e igualmente se hace con el Registro de Explotaciones.

    Cualquier incidencia que surja al hacer la solicitud con respecto a la utilización del programa"SGA", se puede consultar con la siguiente dirección de correo: demeter@carm.es

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Titulares de explotaciones agrarias situadas en la Región de Murcia con una superficie mínima de 0,1 Hectáreas.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto
    • Presentación de solicitud: 01/01/2019 hasta 31/12/2019

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ostentar la condición de titular de una explotación agraria con superficie superior a 0,1 Hectáreas ubicadas en la Región de Murcia.

    ----------------------------

    Si desea realizar consulta al personal técnico, puede dirigirse al siguiente correo electrónico: dg.fondosagrarios@carm.es

    También puede solicitar cita previa para consulta presencial, llamando al 968 36 27 54 ó 012. El horario de consulta será de 9 a 12 h. de lunes a viernes.

    Solicitud única y SGA/REGEPA

    • Contrato
      (Obligatorio / Original)
      Fotocopia compulsada del contrato de arrendamiento y de la liquidación de impuestos del mismo
    • Solicitud
      (Obligatorio / Original)
      Las solicitudes se pueden realizar a través del programa
    • Contrato de compraventa
      (Obligatorio / Original)
      Fotocopia compulsada del contrato de cesión o compraventa y de la liquidación de impuestos del mismo.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Cualquier otro documento válido en derecho que justifique el derecho a ejercer la actividad agraria en los recintos SIGPAC objeto de duplicidad declarados
    • Documentación acreditativa
      (No obligatorio / No original)
      Cualquier otro documento válido en derecho que justifique el derecho a ejercer la actividad agraria en los recintos SIGPAC objeto de duplicidad declarados
    • Escritura de la propiedad
      (No obligatorio / No original)
      Fotocopia compulsada de la escritura de propiedad de los recintos.

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Solicitud única y SGA/REGEPA

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE POLITICA AGRARIA COMUN

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Registrar la formación permanente del profesorado, para tener y catalogar las actividades de formación permanente que realiza el profesorado no universitario de la Región de Murcia.

    Se ha publicado el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado para el curso escolar 2018-2019.

    Destinatarios

    Administración.

    Profesorado no universitario de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RECURSOS HUMANOS (A14028762)

    No existen requisitos específicos

    Solicitud de reconocimiento de actividades de formación.

    • Certificación
      (Obligatorio / Original)
      Certificado/s que acredite las actividades de formación para las que solicita el reconocimiento a efectos de formación permanente del profesorado.
    • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
    • Certificados de Títulos Universitarios (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RRHH

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Normativa

    Otras disposiciones y actos administrativos

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Calificar e inscribir a las sociedades cooperativas y a las asociaciones de cooperativas, así como, los actos y negocios jurídicos que se determinen en la Ley de Cooperativas y en su Reglamento.

    Cumplir las funciones de legalización de los libros de sociedades cooperativas, depósito y publicidad de sus cuentas anuales y anotación de las sanciones muy graves por infracción a la legislación cooperativa, así como, aquellas funciones que le atribuya el Reglamento.

    La Cooperativa tendrá personalidad jurídica desde el momento en que se inscriba su escritura pública de constitución en el Registro de Sociedades Cooperativas.

    La certificación será el único medio de acreditar el contenido de los asientos registrales.

    La legalización de los libros de la sociedad cooperativa precisa el abono de las tasas correspondientes.

    Para la solicitud de certificados de actos registrales y copias de cuentas anuales que no se realice electrónicamnete se abonará la tasa correspondiente.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Sociedades cooperativas que desarrollen su actividad cooperativizada en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o en varias Comunidades Autónomas, siempre y cuando, la actividad principal se ejerza en la Comunidad Autónoma de Murcia

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA SOCIAL Y TRABAJO AUTÓNOMO (A14028267)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Haber otorgado escritura pública.

    Para presentar el depósito de cuentas anuales y legalizar libros deberá encontrarse inscrita en el Registro de Sociedades Cooperativas.

    Registro de Sociedades Cooperativas

    • Solicitud
      (Obligatorio / Original)
      Para legalización de libros de la sociedad cooperativa.
    • Escritura pública
      (Obligatorio / Original)
      Una copia autorizada y una copia simple
    • Cuentas anuales
      (Obligatorio / Original)
      Solicitud para el Depósito de cuentas anuales de la sociedad cooperativa y documentación que se precisa.
    • Justificante del pago de la tasa
      (Obligatorio / Original)
      Sólo para legalización de libros
    • Libro inventario y cuentas anuales
      (Obligatorio / Original)
      - Depósito de cuentas: registro de las cuentas anuales de la cooperativa y documentación que se precisa.- Legalización de los libros: solicitud de presentación de los libros de la cooperativa a efectos de su legalización.- Modelo de certificación de cuentas: que se podrá utilizar (no es obligatorio) para aprobar las cuentas del año.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Registro de Sociedades Cooperativas

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ECONOM.SOCIAL Y TRAB. AUTONOMO

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Inscribir en el registro de aparatos elevadores un ascensor, una grúa torre o una grúa móvil autopropulsada.

    DECLARACIÓN RESPONSABLE

    • La presentación de la declaración responsable habilita a los titulares de las instalaciones para ponerlas en funcionamiento con carácter inmediato, sin perjuicio de la obtención de las autorizaciones que sean necesarias para el ejercicio de la actividad de la que forma parte la instalación.
    • La declaración responsable ha de ser suscrita por el titular y el resto de agentes que intervienen en el diseño y ejecución de la instalación (Empresa instaladora, redactor de la memoria técnica de diseño, técnico proyectista y/o técnico director de obra)
      • La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato, o manifestación, sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos señalados en la declaración responsable y la realización de la actividad sin haber realizado la declaración responsable, están tipificadas como infracciones, pudiendo ser sancionadas con multas de hasta 90.151,82 euros.

    TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA

    • Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
      • -Aquellas personas físicas que inicien de forma electrónica un procedimiento administrativo de autorización ambiental integrada, evaluación ambiental o autorización sectorial ambiental, así como los relacionados con la actividad industrial, energética y minera, se entiende que tienen acceso y disponen de los medios electrónicos necesarios y, por lo tanto, quedarán obligadas a continuar la relación con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de medios electrónicos, en el ámbito del procedimiento de que se trate, en función de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.
      • Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y el resto de sujetos establecidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
      • Los trabajadores autónomos, que den ocupación a trabajadores por cuenta ajena para todos aquellos procedimientos administrativos relacionados directamente con el ejercicio de su actividad económica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.
      • En el supuesto de intervención de una empresa instaladora, deberá estar habilitada y contar con instaladores habilitados en el campo reglamentario correspondiente al tipo de instalación ejecutada.
      • En su caso, la habilitación de los instaladores se realizará dando cumplimiento a lo dispuesto en el procedimiento '1032 - Certificados y carnés profesionales' del catálogo de procedimientos y servicios de la administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Una vez que la empresa disponga de instaladores habilitados, deberá proceder a su habilitación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el procedimiento '1045 - Registro de empresas de servicio a la actividad industrial'.

    TASAS

    T610. Tasa por Ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas

    • En el formulario de solicitud electrónica, durante el proceso de presentación obtendrá la liquidación de la tasa correspondiente, para efectuar el pago con tarjeta de crédito o débito. No es necesario obtener la carta de pago.
    • Las personas físicas que opten por desplazarse a una Oficina Presencial a presentar la solicitud, pueden obtener la carta de pago y el modelo de solicitud en el apartado correspondiente de este procedimiento, en el Servicio de atención telefónica (para envío por correo electrónico) y en algunas Oficinas Presenciales de la CARM. En este caso, deberá acompañar a la solicitud el justificante de abono de la tasa correspondiente.

    SEGUIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN

    Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".

    a) El titular, podrá acceder mediante certificado digital.

    b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento del registro de la declaración responsable, cuando la tramitación se haya realizado de forma presencial.

    Información de notificaciones

    Si usted es una persona física puede elegir el sistema de notificación (por carta o electrónicamente) ante la Administración, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015.

    Si usted está obligado a relacionarse electrónicamente con las Administraciones conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos y personas que los representen) será notificado electrónicamente por Dirección Electrónica Habilitada DEH, aunque haya elegido notificación postal.

    Los actos y resoluciones administrativos que se deriven de la tramitación de esta solicitud serán notificados electrónicamente por Dirección Electrónica Habilitada DEH, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos y personas que los representen).

    Pueden acceder a las notificaciones DEH en https://notificaciones.060.es o en carpeta ciudadana https://sede.administracion.gob.es/carpeta/

    Además de los avisos de notificación que se realicen desde DEH, podrá indicar una dirección de correo electrónico y/o un nº de teléfono móvil para que se le avise cuando se le envíen nuevas notificaciones.

    Información Particular

    Para consulta de expedientes en tramitación o finalizados, y consultas de carácter técnico/administrativo relacionadas con las actividades de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial Minera, puede utilizar el servicio de cita previa, disponible a través del procedimiento '3047 Consulta a la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera - Cita Previa': http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=3047&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m2469

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    El titular de la instalación o su representante legal.

    Tramitación inmediata

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
    DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Disponer de la documentación, que en cada caso establezca la Declaración responsable.

    Requisitos posteriores

    A. Disponer, mientras esté en servicio, y para presentar a la autoridad competente cuando ésta le requiera para su control o inspección, de toda la documentación que establecen los reglamentos e instrucciones técnicas complementarias que le son de aplicación a la instalación declarada. A efectos informativos se indica a continuación:

    1. Escritura de constitución de la sociedad y de sus estatutos, debidamente inscritos en el registro mercantil o que, como titular de la actividad o instalación declarada, se dispone de la documentación de índole fiscal y laboral acreditativa de constitución de la misma.
    2. En caso de cambio de titularidad: título/documento de transmisión patrimonial, público/privado acreditativo del cambio de titularidad de las instalaciones declaradas, así como el correspondiente documento de liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.
    3. La documentación que establece el Reglamento de aparatos elevadores y sus Instrucciones Técnicas y resto de disposiciones que en esta materia establece la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que le son de aplicación a la instalación declarada.

    B. Comunicar cualquier hecho que suponga la modificación de los datos declarados, así como la baja de la instalación, mediante la presentación de una nueva declaración responsable a esta Administración en el plazo de un mes desde que dicha modificación se produzca.

    Registro de aparatos elevadores

    • Declaración responsable
      (No obligatorio / Original)
    • Certificado
      (No obligatorio / Original)
      Archivo de ratificación de la empresa instaladora. Archivo de ratificación del técnico proyectista. Archivo de ratificación del técnico director de obra.
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / Original)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Registro de aparatos elevadores

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


      Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

    • T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas

      H00001 - Instalaciones industriales y energéticas sin proyect.técnico

      Realizar simulación del cálculo

    • T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas

      H00002 - Instalaciones industriales y energéticas con proyect.técnico

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

    Normativa

  • ## Resumen Este trámite permite registrar ascensores, grúas torre o grúas móviles autopropulsadas en el registro de aparatos elevadores de la Región de Murcia. **Quién puede usar este servicio:** El titular de la instalación o su representante legal. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Declaración responsable. * Certificado (si aplica): Archivo de ratificación de la empresa instaladora, técnico proyectista y/o técnico director de obra. * Escritura de apoderamiento o poder de representación (si actúa un representante). **Costes y plazos:** * **Coste:** Tasa por Ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas (T610). El importe varía según si la instalación requiere o no proyecto técnico. Se puede simular el cálculo a través de los siguientes enlaces: * Instalaciones con proyecto técnico: [Realizar simulación del cálculo](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=2114&IDTIPO=200&RASTRO=c$m40288&PROCESO=985&SUBPROCESO=SP00871&NOMBRE=Registro%20de%20aparatos%20elevadores&__PLANT_MAESTRA=plantillaSoloCabecera.jsp) * Instalaciones sin proyecto técnico: [Realizar simulación del cálculo](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=2114&IDTIPO=200&RASTRO=c$m40288&PROCESO=985&SUBPROCESO=SP00872&NOMBRE=Registro%20de%20aparatos%20elevadores&__PLANT_MAESTRA=plantillaSoloCabecera.jsp) * **Plazo de resolución:** 3 meses. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Preparación:** Reúna la documentación necesaria y asegúrese de cumplir con los requisitos. 2. **Presentación de la solicitud:** * **Electrónicamente:** A través de la sede electrónica de la CARM, utilizando DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve. Acceda al trámite: [Registro de aparatos elevadores](https://sede.carm.es/jAD/JFENDR/DR0985Borradores.xhtml) * **Presencialmente:** En las oficinas indicadas, solicitando cita previa. 3. **Pago de la tasa:** * **Electrónicamente:** Durante la presentación electrónica, se generará la liquidación de la tasa para el pago con tarjeta. * **Presencialmente:** Obtenga la carta de pago a través de este enlace: [Obtener Carta de Pago](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1203&IDTIPO=241&RASTRO=c$m40288&IDPROCEDIMIENTO=985) y pague en entidades bancarias o en las oficinas de la CARM que dispongan de datáfono. 4. **Seguimiento:** Realice el seguimiento del estado de su expediente a través de la Sede Electrónica de la CARM, en la sección "Cómo va lo mío". ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez registrada la declaración responsable, la instalación puede ponerse en funcionamiento. La administración puede realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de la normativa. **Plazos de resolución:** El plazo máximo de resolución es de 3 meses. El silencio administrativo es positivo. ## Ayuda **Contacto:** Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012. Consulte con su operador telefónico el precio de las llamadas. **Recursos adicionales:** * [Ayuda a la presentación electrónica](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=54780&IDTIPO=100&RASTRO=c$m) * [Oficina de Información y Tramitación Especializada de la Dirección General de Energía, Actividad Industrial y Minera](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1438&IDTIPO=221&RASTRO=c$m40267,40987,30500,63192) * [Oficina de Información y Tramitación Especializada de la Dirección General de Energía, Actividad Industrial y Minera en Cartagena](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=6504&IDTIPO=221&RASTRO=c$m40267,40987,30500,63192) * [Oficina de Información y Tramitación Especializada de la Dirección General de Energía, Actividad Industrial y Minera en Yecla](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=6843&IDTIPO=221&RASTRO=c$m40267,40987,30500,63192) * [Oficina de Información y Tramitación Especializada de la Dirección General de Energía, Actividad Industrial y Minera en Caravaca de la Cruz](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=6663&IDTIPO=221&RASTRO=c$m40267,40987,30500,63192) * [Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=7188&IDTIPO=100&RASTRO=c$m40267,40987) **Normativa:** * [Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565) * [Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-17363) * [Ley 2/2017, de 13 de febrero, de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y de la supresión de cargas burocráticas.](https://www.borm.es/services/anuncio/754507/pdf) * [Decreto 20/2003, de 21 de marzo, sobre criterios de actuación en materia de seguridad industrial y procedimientos para la puesta en servicio de instalaciones en el ámbito territorial de la Región de Murcia.](https://www.borm.es/services/anuncio/24357/pdf) * [Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-8190) * [Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-6879) * [Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-25787) * [Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-7258) * [Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2016-4953) * [REAL DECRETO 836/2003, de 27 de junio, por el que se se aprueba una nueva Instrucción técnica complementaria](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-14326) * [REAL DECRETO 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-14327) **Preguntas frecuentes:** Consulte la sección de preguntas frecuentes para resolver dudas comunes sobre este trámite.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Inscribir aves rapaces en posesión de particulares para la práctica de la cetrería.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Personas físicas propietarias o depositarias de aves rapaces.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL (A14028276)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • Ser propietario o depositario de un ave rapaz, con cualificación de cetrero y documentación cites, en el caso de adquisición en el extranjero.
    • Si el ave ha sido adquirida en cualquiera de las Comunidades Autónomas de España, se precisa certificación de cría en cautividad o certificación del organismo oficial de la comunidad autónoma de procedencia.
    • El propietario o depositario del ave rapaz ha de pertenecer, con anterioridad a la fecha de la solicitud, a alguna asociación de cetrería legalmente constituida.

    Registro de aves rapaces en posesión de particulares para la práctica de la cetrería

    • Factura
      (Obligatorio / Original)
      Factura que acredite la adquisición del ave, o en su caso, del documento de cesión.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Acreditar la pertenencia a una asociación de cetrería.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Certificado de cría en cautividad o CITES.
    • Justificante del pago de la tasa
      (Obligatorio / Original)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    • T210. Tasa por Actuac.,licencias,permisos,aut.activ.cineg./pisc.

      S1H010 - Autoriz.e inscrip.de tenencia de especies distintas a perro.

      Realizar simulación del cálculo

    Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

    Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO NATURAL

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    • Obtener la renovación de la autorización sanitaria de funcionamiento de centros, servicios y establecimientos sanitarios y su posterior inscripción en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (RES)

    • La autorización de funcionamiento deberá ser renovada cada cinco años , previa solicitud del titular del centro, servicio o establecimiento sanitario.
    • La solicitud de renovación se presentará con al menos tres meses de antelación para su tramitación.
    • Los centros autorizados figurarán inscritos en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios como fuente de información que le facilita el conocimiento de los recursos sanitarios, materiales, etc de la Región de Murcia. Configurarán el Catálogo de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Régión de Murcia, así como, formarán parte, a nivel nacional, del Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios, información que estará a disposición de los ciudadanos en la web del Servicio Murciano de Salud:

    Comentario a las Tasas:

    • Este procedimiento NO requiere el pago anticipado/autoliquidación de la tasa T 810. Después de realizada inspección, se emitirá la carta de pago por la unidad gestora correspondiente. En ningún caso, el pago de la tasa debe realizarse en el momento de presentar la solicitud.
    • Cuando se solicite por el interesado la expedición de un certificado de su centro, SI procederá el pago de la tasa general de la Administración por expedición de Certificados T010-H00001. En este caso, el pago de la tasa deberá realizarse en el momento de solicitar el certificado.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Centros, servicios y establecimientos sanitarios.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • - Tener concedida la autorización sanitaria de funcionamiento.
    • - Haber transcurrido cinco años desde su concesión de autorización o desde su última renovación.
    • - La solicitud de renovación deberá presentarse con, al menos, tres meses de antelación respecto a la fecha de terminacion de vigencia de aquélla.

    Solicitud de renovación de la autorización sanitaria de centros, servicios y establecimientos sanitarios

    • Declaración
      (Obligatorio / Original)
      - Declaración Responsable del solicitante en la que se manifieste que:no han variado las condiciones del Centro o Establecimiento desde la última Autorización/Modificación o Renovación anterior. ( Hay modelo normalizado en el apartado
    • Acreditación
      (No obligatorio / No original)
      En caso cambio de Director Técnico o responsable máximo sanitario del centro: Acreditación del nombramiento y aceptación del Director Técnico o responsable máximo sanitario (Existe modelo normalizado).
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / No original)
      (En caso de actuar el Solicitante por representación del interesado o de una Sociedad: Documento que acredite la representación).
    • Memoria descriptiva
      (Obligatorio / No original)
      - Memoria del personal: Listado de Plantilla de personal completa y actualizada, fechada y firmada, indicando el NIF/NIE y agrupada por servicios médico /sanitarios que presta el centro. (Se aportará la titulación adecuada compulsada y los certificados de colegiación ,con la especialidad, de los nuevos profesionales adscritos al centro).

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A SALUD

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A SALUD
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

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