Registro de Diplomas de Formación Deportiva (código 1166)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Realizar la inscripción, en el Registro de Diplomas de Formación Deportiva, de los títulos correspondiente a actividades de formación deportiva reconocidas por la Dirección General de Deportes, reguladas por la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

La inscripción en el Registro de Diplomas es requisito indispensable para el posterior reconocimiento de efectos académicos a tales diplomas una vez publicado el Real Decreto por el que se establezcan los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior de la modalidad o especialidad deportiva de la que se trate.

Se circunscribe a actividades de formación deportiva, en modalidades o especialidades deportivas, reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, repecto de las que no se haya dictado aún Real Decreto regulador de enseñanzas de régimen especial y que cuenten con Plan Formativo aprobado por el citado organismo.

La inscripción en el Registro de Diplomas es requisito indispensable, para el posterior reconocimiento de efectos académicos, a tales diplomas una vez publicado el Real Decreto por el que se establezcan los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior de la modalidad o especialidad deportiva de la que se trate.

Destinatarios

Ciudadanía.

Federaciones Deportivas que promuevan actividades de formación deportiva en el ámbito de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
DIRECCION GENERAL DEPORTES (A14028778)

Requisitos de solicitud o iniciación

La expedición de diplomas y su inscripción en el registro sólo se producirá respecto de actividades de formación deportiva reconocidas por la Comunidad Autónoma por haberse iniciado y desarrollado conforme a las condiciones establecidas en la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero y el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE DEPORTES

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.