Unidad orgánica responsable
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Código y denominación
1923 - Programa de secciones bilingües en los institutos de Educación Secundaria de la Región de Murcia
Objeto
Que los centros de educación secundaria sostenidos con fondos públicos, puedan solicitar su adscripción al Programa de Enseñanza Bilingüe en Educación Secundaria en las modalidades de Español/Francés, Español/Inglés, Español/Alemán o Español/Mixta.
Que los centros de educación secundaria ya adscritos al programa de Enseñaza Bilingüe en Educación Secundaria, puedan solicitar transformar su modalidad actual a la modalidad Bilingüe Español-Mixta.
Destinatarios
Administraciones.
Centros educativos de Educación Secundaria de la Región de Murcia, públicos y privados concertados.
Requisitos
Para la adscripción de un Centro al Programa de Enseñanza Bilingüe en Educación Secundaria, se requiere cumplir con lo exigido en la Orden de 14 de mayo de 2013, que regula el funcionamiento del Programa.
a. Compromiso del Claustro de Profesores, de los Departamentos de Lenguas Extranjeras y de cada uno de los Departamentos de asignaturas no lingüísticas implicados.
b. Se reflejará también en dicha certificación la celebración de cada reunión, con indicación de la fecha, del Consejo Escolar en la que se informa favorablemente sobre la adscripción del Centro a este Programa.
c. Compromiso del profesorado vinculado al Programa de impartirlo, al menos, durante dos años.
d. Acreditación de la competencia lingüística del profesorado que solicita la vinculación al programa.
e) Proyecto del Programa para todos los cursos, tanto de ESO como de Bachillerato, en el que se expongan los siguientes contenidos (máximo 4 folios en letra Arial 12, interlineado sencillo y márgenes de 2 centímetros):
- Contexto educativo y motivos por los que el centro desea participar en el programa.
- Objetivos y contenidos previstos para la aplicación del Programa.
- Programas que contribuyen al desarrollo de una identidad europea, multicultural y plurilingüe, tales como intercambios escolares, programas europeos, etc.
- Estrategias para desarrollar el Programa Bilingüe, incluidas las actuaciones previstas con el auxiliar de conversación.
- Evaluación de la experiencia.
f) Los centros que ya pertenezcan al Programa de Enseñanza Bilingüe y que deseen reconvertirse a la modalidad Español-Mixta, podrán hacerlo siempre que se ajusten a la convocatoria para nuevas adscripciones que se publique y a todos los requisitos establecidos.
Centros nuevos: Proyecto del Programa para todos los cursos, tanto de ESO como de Bachillerato.
Anexos
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Desarrollar durante el curso escolar 2019-2020 el programa educativo "Educando en Justicia". Este programa se desarrolla conjuntamente con el Consejo General del Poder Judicial y el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.
Ofrecer a los centros educativos una herramienta más de carácter preventivo que promueva el significado del valor de la Justicia en un Estado de Derecho.
Podrán solicitar la participación en el Programa los centros educativos que impartan 5º y 6º de Educación Primaria y los que impartan Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Centros educativos que impartan 5º y 6º de Educación Primaria, los que impartan Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Educando en Justicia
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Realizar actividades de promoción de la Artesanía en la Región de Murcia.
Personas, físicas o jurídicas.
Solicitar una actividad concordante con los Programas para la conservación, fomento, promoción, modernización e innovación de la Artesanía o conforme los Planes Integrales de fomento de la artesanía, artículos 26 y 27 de la Ley 1/2014, de 13 marzo, de Artesanía de la Región de Murcia, modificada por Ley 9/2015 de 24 de marzo de modificación de la Ley 1/2014 de 13 de marzo de Artesanía de la Región de Murcia.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL COMERCIO,CONSUMO Y ARTESANIA
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |
## Resumen Este trámite permite solicitar que se ajuste el cobro de ciertos impuestos y tasas municipales cuando no se ha utilizado el servicio o se ha estado dado de alta durante todo el año. Por ejemplo, si vendes tu coche a mitad de año, puedes solicitar que te devuelvan la parte del impuesto de circulación que no corresponde a los meses que ya no eras propietario. **Quién puede usar este servicio:** Cualquier persona o empresa que esté dada de alta en un impuesto o tasa municipal y que se dé de baja antes de que termine el año. ## Lo que necesitas * **Documento que acredite la fecha de baja:** Por ejemplo, el justificante de la baja del vehículo en Tráfico o el cese de actividad. * **Certificado bancario:** Si solicitas la devolución del dinero, necesitarás un certificado de tu banco donde se vea tu número de cuenta. * **Formulario de solicitud:** Puedes descargarlo desde esta página o solicitarlo en las oficinas de atención al ciudadano. ## Cómo hacerlo 1. **Reúne la documentación:** Asegúrate de tener todos los documentos necesarios. 2. **Presenta la solicitud:** Puedes hacerlo de dos maneras: * **Online:** A través de la sede electrónica de la CARM si tienes DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve. * [Solicitud de prorrateo de tributos locales](https://sede.carm.es/paeareca/formularios/F1512) * **Presencialmente:** En las oficinas de atención al ciudadano. Recuerda pedir cita previa. 3. **Espera la resolución:** La administración tiene un plazo máximo de 6 meses para resolver tu solicitud. ## Después de hacerlo Una vez presentada la solicitud, la administración la revisará y te notificará la resolución. Si la resolución es favorable, te devolverán el dinero correspondiente o anularán el recibo pendiente de pago. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo para resolver es de 6 meses. ## Ayuda * **Teléfonos de información:** 968 362 000 y 012. * [Ayuda a la presentación electrónica](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=54780&IDTIPO=100&RASTRO=c$m) * [Quejas y Sugerencias](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=867&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288) * [Glosario de términos](https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=71032&IDTIPO=100&RASTRO=c$m)
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Órgano/s gestor/es
La Unidad Orgánica Responsable
Código y denominación
5361 - Provisión de puestos de trabajo mediante libre designación
Objeto
Movilidad del personal propio o integrado de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Destinatarios
Administraciones.
- Personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia.
- Personal docente no universitario (cuando esté previsto en la orden de convocatoria).
- Personal estatutario del Servicio Murciano de Salud (cuando esté previsto en la orden de convocatoria).
- Personal de otras Administraciones Públicas (cuando esté previsto en la orden de convocatoria).
Requisitos
- Podrán participar en este concurso aquellos funcionarios que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria y en la Relación de Puestos de Trabajo para los puestos convocados, requisitos que deberán mantenerse en el momento de la toma de posesión de los puestos adjudicados, en su caso.
- El personal funcionario de la Administración Regional en la situación de excedencia voluntaria establecida en el artículo 58 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, podrá participar en la presente convocatoria. No obstante lo anterior, el personal funcionario que se encuentren en la situación de excedencia voluntaria por interés particular podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- No podrán participar en el presente concurso los suspensos firmes mientras dure el período de suspensión.
Certificado de experiencia profesional. El modelo será el establecido en el apartado de anexos, según sea funcionario de esta Administración Regional, docente no universitario de esta Administración Regional, personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, y de otras Administraciones Públicas. (Docentes, estatutario y otras Administraciones Públicas, únicamente cuando esté previsto en la orden de convocatoria).
El modelo figura en el apartado anexos a título orientativo, pudiendo el participante presentar cualquier otro modelo, que ayude al Órgano competente a adoptar la decisión más adecuada.
Se precisa en los puestos de trabajo, en los que en el apartado "Observaciones", aparezcan las siglas C.V., o PERMISO CONDUCIR A1 Y/O B.
En poder de la Administración. Se precisa en los puestos de trabajo, en los que en el apartado "Observaciones" del listado de puestos convocados, aparezcan las siglas C.H.M.
Para este procedimiento, en el caso de que NO AUTORICEN a esta Administración a obtener dicho certificado, DEBERAN APORTAR dicho documento en el PLAZO de 5 días, a contar desde el día siguiente a la presentación de la solicitud de participación, al Servicio de Personal de la Consejería donde se encuentre prestando servicios.
(*) No está obligado a presentar los documentos marcados con *, salvo que expresamente no autorice a esta Administración para que pueda obtener/ceder los datos/documentos de forma electrónica o por otros medios. EN EL CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD ( art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Anexos
Presentación de solicitud
Fecha inicio
26/02/2018
Fecha fin
16/03/2018
Presentación de solicitud de inicio
- Revise los requisitos, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Actos de trámite en un expediente ya iniciado
- Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
- El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Cumplimentación manual
- La solicitud se encuentra disponible en el apartado "Modelos de solicitud" y deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Forma de inicio
A solicitud del interesado
Autoridad que resuelve
Consejero de Hacienda
Efectos del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido | |
---|---|---|
Recursos que proceden ante la Administración Regional | ||
Potestativo de reposición | Consejero de Hacienda | |
Recursos que proceden ante la Administración de Justicia | ||
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Convocar una prueba de madurez, para que los aspirantes, mayores de 18 años ó 16, en el caso de música y danza; que no posean los requisitos académicos, puedan realizar el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.
Consulte la información referente a las fechas de las pruebas de madurez en el Anexo II Calendario de actuaciones.
Mayores de 18 años ó 16, en el caso de música y danza, que no posean los requisitos académicos exigidos, con carácter general, en los artículos 54 a 57 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.
Podrán realizar la prueba de madurez los aspirantes que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de 18 años o tener una edad mínima de 16 años si se pretende acceder a los estudios superiores de música o danza.
b) No poseer el título de Bachiller ni haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Prueba de madurez sin requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T960. Pruebas en las Enseñanzas de Idiomas, Dportivas y Artísticas
H00003 - Acceso a enseñanzas artísticas superiores >19 años s/Bachill
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Solicitar presentarse a la prueba externa del Baccalauréat, los alumnos de segundo de Bachillerato que estén cursando el currículo mixto del Programa Bachibac establecido por Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio.
1.- Limitación de la convocatoria.
Cada alumno podrá concurrir a una sola convocatoria por curso académico.
La convocatoria extraordinaria quedará reservada para aquellos alumnos que se hayan visto imposibilitados a acceder a la convocatoria ordinaria.
2.- Actuación de los centros educativos.
Entre los días 23 y 27 de marzo de 2015, los centros educativos remitirán al Servicio de Programas Educativos las listas de los alumnos que se hayan inscrito en la prueba externa, ajustándose al modelo del Anexo I, indicando la "Série" por la que optan para la expedición del Título Baccalauréat, de acuerdo con la modalidad cursada en Bachillerato (Anexo II).
3.- Característica de la prueba externa.
La prueba externa versará sobre las materias específicas del currículo mixto correspondientes al segundo curso de bachillerato: Lengua y Literatura Francesas e Historia de España y Francia.
El tribunal publicará oportunamente los criterios de calificación aplicables a esta prueba.
4.- Calendario de las pruebas y centros donde se celebran.
A.- Fechas:
Las fechas de realización de la parte escrita de la prueba externa serán los días 5 y 6 de mayo de 2015. La sede de realización de la misma será el IES Alfonso X El Sabio de Murcia (Avda. Don Juan de Borbón, 3-30007 Murcia) con el siguiente horario:
de 2015 con el siguiente horario:
1. De 9:30 a 11:30 horas, realización del comentario de texto
2. De 12.00 a 14.00 horas, elaboración del ensayo
de 2015 con el siguiente horario:
1. De 9:30 a 11:30 horas, realización del comentario de texto/documento
gráfico
2. De 12.00 a 14.00 horas, desarrollo del tema
Las pruebas orales de Lengua y Literatura Francesas se celebrarán, en el centro en el que haya cursado sus estudios cada candidato, los días entre el 4 y 12 de mayo de 2015 en horario de mañana. El calendario de citación de los candidatos se acordará previamente con los centros, el cual será publicado en cada uno de ellos.
5.- Estructura y calificación de la prueba externa. (resuelvo segundo de la convocatoria)
6.- Calificación final y reclamaciones.
La calificación final para la obtención del título de Baccalauréat será el resultado de la media ponderada entre el 70 por ciento de la nota media de bachillerato y el 30 por ciento de la calificación global de la prueba externa.
El 26 de mayo de 2015, se publicarán las actas de los resultados globales de la prueba externa, con la calificación final para la obtención del título de Baccalauréat en el portal educativo Educarm, www.educarm.es, así como en los tablones de anuncios de los centros educativos que hayan presentado alumnos a la prueba externa.
Se abre un plazo de reclamaciones de 2 días naturales ante el tribunal.
Contra las resoluciones de dichas reclamaciones se podrá interponer recurso de alzada ante el tribunal o ante la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad, siendo la Directora General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad el órgano competente para su resolución.
7.- Emisión de certificaciones y tramitación del título de Baccalauréat.
Los secretarios de los institutos de secundaria emitirán una certificación firmada, con el visto bueno del director, que responderá al modelo incluido en el Anexo V
Las solicitudes de expedición del título concretarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo II, la Série (modalidad) del título de Baccalauréat obtenido.
Cada alumno sólo podrá obtener un título con una sola modalidad.
Tanto en el expediente académico como en el historial académico de Bachillerato del alumnado se consignará la correspondiente diligencia, que el alumno ha superado las enseñanzas del currículo mixto y que ha alcanzado en la lengua francesa el nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL).
8.- Temas de estudio para las pruebasde Lengua y Literatura Francesas
A.- Pruebas del Baccalauréat de 2015:
Se recuerda que el tema de estudio es La figura del héroe: el hombre y su destino. y las dos obras literarias que desarrollan dicho tema para la segunda parte del ejercicio escrito de la prueba externa de Lengua y Literatura Francesas son :
- Les Misérables de Victor Hugo y
-Létranger de Albert Camus.
Los alumnos de segundo de Bachillerato que estén cursando el currículo mixto del Programa Bachibac.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Acceder a la información y a la solicitud de admisión a las pruebas selectivas para el ingreso en la Función Pública Regional en el ámbito de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios (excluidas las correspondientes al Servicio Murciano de Salud y al Personal Docente).
- Se puede consultar toda la información en la siguiente dirección:
http://empleopublico.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=119&IDTIPO=180
- El plazo de presentación de instancias será el establecido en cada convocatoria.
- Las vías existentes para liquidar la tasa son las que se recogen en el Anexo que lleva incorporado cada convocatoria en su punto 3
El abono de la tasa podrá hacerse a través de una de las siguientes vías:
Ciudadanos y empleados públicos que cumplan los requisitos de las convocatorias derivadas de las Ofertas de Empleo Público y de los Decretos de Promoción Profesional.
Empleados Públicos de la Función Pública Regional en el ámbito de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios (excluida la correspondiente al Servicio Murciano de Salud y al personal docente), para promoción profesional.
Poseer la titulación académica y demás requisitos exigidos para cada convocatoria.
Cumplimentar la solicitud en el plazo reglamentario.
Abono de la Tasa T110.
Si realiza la solicitud sin certificado digital tenga en cuenta que deberá presentar necesariamente una copia de la solicitud firmada y el justificante de abono de la tasa en cualquiera de los registros establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Admisión a pruebas selectivas para acceso a la Función Pública Regional.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Cuando realiza la presentación de su solicitud sin certificado digital, al finalizar la cumplimentación del formulario deberá imprimir las copias de la instancia que le sean necesarias y firmarlas. Puede necesitar:
- Una copia para la entidad bancaria si va a realizar el abono de la tasa por Ingreso en una de las Entidades Colaboradoras señaladas más adelante.
- Una copia para el Registro.
- Una copia para el Interesado.
En este caso, deberá presentar necesariamente una copia de la solicitud firmada, así como el recibo del abono de la tasa (T110), en su caso, en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
- Registros electrónicos de las Administraciones Publicas
- Oficinas de Correos, en la forma reglamentariamente establecida
- Oficinas de asistencia en materia de registros, como las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (antes llamadas Ventanillas únicas).
En las copias de su solicitud encontrará el código N28 con la autoliquidación de la tasa para su abono.
T110. Tasa por Actuaciones materia de función pública regional
000001 - Convocatoria y pruebas selectivas Sector Adm. y Servicios
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
Plazo de resolución:
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición | CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información adicional sobre recursos
Recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Hacienda en el plazo de un mes o recurso contencioso administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el BORM.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Convocar anualmente la celebración de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y a ciclos formativos de grado superior de formación profesional del sistema educativo en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Pasos a seguir para la inscripción:
1. Durante el plazo de inscripción, cumplimentar electrónicamente los datos solicitados en el formulario web correspondiente a la prueba que se inscribe con el código de procedimiento CARM (P-0814) que se accede por Trámites on-line de la dirección electrónica http://apliedu.murciaeduca.es.
En la solicitud cada aspirante indicará el municipio donde preferentemente desea realizar la prueba según la relación establecida en el anexo I (prueba de acceso de grado medio) y anexo II (prueba de acceso de grado superior).
Además, en el formulario de la prueba de acceso a grado superior el aspirante deberá elegir una de las tres opciones de la prueba (A, B, C) teniendo en cuenta las familias profesionales vinculadas a cada opción de acuerdo con lo dispuesto en el anexo III de esta resolución, así como el idioma de la parte común y las materias de la parte específica.
2. El abono del importe de la tasa correspondiente a su solicitud, siendo el viernes 1 de febrero de 2019 el último día para el abono de la tasa. La realización del pago del importe de la tasa no será necesaria para quienes hayan declarado estar exentos del abono de la misma.
3. Adjudicación de centro examinador de forma personalizada a cada aspirante que se realizará conforme al procedimiento que se establece en el resuelve Quinto de esta convocatoria. El listado provisional de adjudicados por centro examinador podrá consultarse en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y en el área temática de formación profesional de la página web: http://www.carm.es/educacion, el día 12 de febrero de 2019.
4. Formalización de la matrícula en el centro examinador. El plazo de matrícula en las pruebas comenzará a las 9:00 horas del jueves 21 de febrero y finalizará a las 14:00 horas del miércoles 27 de febrero del 2019.
Ampliar información:
https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=27281&IDTIPO=100&RASTRO=c816$m17010
1. Podrán presentarse a la prueba de acceso de grado medio quienes careciendo de los requisitos académicos que permiten el acceso a los ciclos formativos de grado medio de formación profesional, tengan como mínimo, 17 años o los cumplan en el año de celebración de la prueba.
También podrán presentarse aquellos aspirantes que teniendo la prueba de acceso de grado medio superada deseen elevar la calificación obtenida con anterioridad.
2. Podrán presentarse a la prueba de acceso de grado superior quienes careciendo de los requisitos académicos que permiten el acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional tengan, como mínimo, 19 años de edad o los cumplan en el año de celebración de la prueba.
También podrán presentarse aquellos aspirantes que teniendo la prueba de acceso de grado superior superada deseen elevar la calificación obtenida con anterioridad o acceder a familias profesionales distintas a las relacionadas con la opción superada.
Solicitud de inscripción
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T963. Convocatorias y preubas de enseñanzas de F.P. y E.P.A.
H00003 - Acceso a ciclos formativos de enseñanzas de FP.
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Convocar pruebas de acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio y grado superior y a las actividades de formación deportiva de nivel I y nivel III, para aquellos aspirantes que, careciendo del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o del título de Bachiller, obtengan la equivalente a los títulos con la superación de dicha prueba.
Enlace en la web.
http://www.educarm.es/admin/webForm.php?aplicacion=ARTISTICAS_IDIOMAS&mode=visualizaAplicacionWeb&web=92&zona=PROFESORES&menuSeleccionado=418
1.- Calendario de las pruebas. (Anexo I)
2.- Centro de celebración de las pruebas.
Las pruebas de acceso se celebrarán en el Instituto de Educación Secundaria Poeta Sánchez Bautista de Llano de Brujas, dirección Vereda de la Cruz, código postal: 30161 Murcia.
El centro ofrecerá información y orientación sobre el procedimiento de inscripción y funcionamiento de las pruebas de acceso.
El centro dará publicidad, en el tablón de anuncios, del calendario de las pruebas que figura en el Anexo I de esta Resolución.
3.- Bonificación, exención y devolución de las tasas.
A) Exenciones del pago de tasas:
Estarán los sujetos pasivos que acrediten cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) Miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial conforme a la normativa vigente.
b) Ostentar la condición de víctima del terrorismo legalmente reconocida.
c) Ser o haber sido víctima de violencia de género.
d) Las personas que acrediten poseer una discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa.
B) Bonificación en el pago de tasas.
Tendrán una bonificación del 50% en la tasa los siguientes sujetos pasivos:
a) Los miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general.
b) Los solicitantes que acrediten hallarse en situación de desempleo en el momento del devengo de la tasa.
c) Devolución.
Cuando se renuncie, expresándolo con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes o cuando resulte excluido.
4.- Fecha de realización de las pruebas.
La celebración de las pruebas tendrá lugar el día 31 de mayo de 2019.
5.- Publicación de aspirantes admitidos.
La dirección del IES Poeta Sánchez Bautista de Llano de Brujas-Murcia hará público los listados provisionales de aspirantes admitidos y los excluidos para el acceso al grado medio o nivel I y grado superior o nivel III, con indicación de las causas de exclusión, el 20 de abril.
Los aspirantes podrán subsanar la documentación hasta el día 10 de mayo.
Las relaciones nominales serán definitivas y se publicarán en el tablón de anuncios del centro el día 13 de mayo.
6.- Estructura de las pruebas. (Artículo 7)
Grado medio/Nivel I- una hora cuarenta y cinco minutos.
Grado superior/Nivel III- una hora cuarenta y cinco minutos.
7.- Reclamaciones a las calificaciones.
Los aspirantes podrán presentar, sobre las calificaciones obtenidas, las reclamaciones que consideren oportunas hasta el 7 de junio.
Las reclamaciones irán dirigidas a la Presidenta del tribunal.
8.- Certificado de las pruebas.
La certificación que se obtenga tras la superación de la prueba de acceso a los Grados Medio y Grado Superior, tendrá validez como requisito de acceso en todo el territorio nacional.
Las personas practicantes de algún deporte que no tiene los títulos de la ESO/Bachiller y quieren obtener el equivalente de estos títulos para poder acceder a la formación deportiva.
1. Requisitos para presentarse a las pruebas de acceso de las Enseñanzas deportivas de Grado Medio o las Actividades de Formación Deportiva de Nivel I:
a) Tener una edad mínima de 17 años, cumplidos dentro del año natural de realización de la prueba.
b) No reunir ninguno de los siguientes requisitos académicos:
- Título de Graduado en Educación Secundaria.
- Título de Bachiller Superior.
- Título de Técnico Auxiliar (FPI).
- Título de Técnico.
- Haber superado segundo curso del Bachillerato Unificado y Polivalente.
- Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
- Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963, o el segundo de comunes experimental.
- Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
2. Requisitos para presentarse a las pruebas de acceso de las Enseñanzas deportivas de Grado Superior o las Actividades de Formación Deportiva de Nivel III:
a) Tener una edad mínima de 19 años, cumplidos dentro del año natural de realización de la prueba y estar en posesión del título de Técnico Deportivo en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva.
- Acreditar la superación del Nivel II de una formación deportiva, o tener una edad mínima de 18 años y estar en posesión, además del título anterior, un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder.
b) No reunir ninguno de los siguientes requisitos académicos:
- Título de Bachiller determinado en la LOE.
- Título de Bachiller establecido en la LOGSE.
- Título de Técnico Especialista (FPII), Técnico Superior o equivalente a efectos académicos.
- Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
- Haber superado el curso de orientación universitaria o el preuniversitario.
- Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
- Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con los títulos o formaciones enumerados en este apartado.
3. La prueba de acceso a la Formación Profesional de Grado Medio podrá sustituir a la prueba de acceso al mismo grado de las enseñanzas deportivas.
La parte común de la prueba de acceso a la Formación Profesional de Grado Superior podrá sustituir a la prueba de acceso al mismo grado de las enseñanzas deportivas.
Inscripción para las pruebas de acceso, sin los requisitos académicos, a las enseñanzas deportivas de régimen especial y actividades de formación deportiva
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T960. Pruebas en las Enseñanzas de Idiomas, Dportivas y Artísticas
H00002 - Pruebas acceso sin requisitos academicos Enseñanzas Deportiv
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Tribunales de selección
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF. |