Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Tramitar procedimientos sancionadores por infracciones leves, graves o muy graves derivados de actividades de control e inspección en materia de sanidad vegetal
Titulares de las expolotaciones agricolas o de otras superficies con cubierta vegetal.
Serán sancionados los titulares de explotaciones agricolas que no adopten las medidas fitosanitarias obligatorias.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PROD.AGRIC.GANAD Y MED. MARINO
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. De oficio: Caducidad
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Sancionar las obras y usos que no disponen de licencia municipal o no se ajustan a ella, en caso de inactividad por parte del Ayuntamiento.
Personas físicas
Personas jurídicas
Existencia de una presunta infracción a los planes urbanísticos.
Existencia de una inactividad municipal.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE TERRITORIO Y ARQUITECTURA
Plazo de resolución: 1 Año/s
Efectos del silencio. De oficio: Caducidad
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información adicional sobre recursos
La resolución definitiva e imposición de la sanción coresponde:
a) Al Direct
or General competente en materia de urbanismo, para las infracciones sancionadas
con multa de hasta 300.506,05 euros.
b) Al Consejero competente en materia d
e urbanismo, para las infracciones sancionadas con multa de hasta 601.012,10 eur
os.
c) Al Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero competente en mater
ia de urbanismo, para las infracciones sancionadas con multa que exceda de 601.0
12,10 euros.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Regular el proceso ordinario de admisión y matriculación de alumnos en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Región de Murcia, para cursar las enseñanzas de idiomas durante el año académico 2019-2020.
Los solicitantes que han sido admitidos recibirán un email con instrucciones para imprimir la tasa, proceder al pago de la misma y efectuar la matrícula.
2. Se podrá acceder directamente a los distintos cursos o niveles cumpliendo alguno de los siguientes requisitos.
Admisión para la Escuela Oficial de Idiomas curso 2019/20.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
T960. Pruebas en las Enseñanzas de Idiomas, Dportivas y Artísticas
H00001 - Acceso a Nivel Básico de enseñanzas de idiomas de régimen es
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Comisiones de selección
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Unidad orgánica responsable
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Código y denominación
1118 - Programa Colegios Bilingües Región de Murcia (CBM) e incorporación al nuevo programa Sistema de Enseñanza Bilingüe Español-Inglés
Objeto
Dictar instrucciones a los centros de Educación primaria adscritos al Programa Colegios Bilingües Región de Murcia (CBM) de cara a la adaptación de dicho programa a la nueva estructura curricular derivada de la implantación de la LOMCE en nuestra Comunidad Autónoma, durante el curso 2014/15.
Establecer el procedimiento a seguir para que los centros pertenecientes al programa CBM que lo deseen se adscriban al programa Sistema de enseñanza bilingüe. (SEBI).
Destinatarios
Administraciones y Empresas.
Los centros educativos que impartan Educación Primaria, adscritos al programa Colegios Bilingües Región de Murcia
Requisitos
1. Comisión de valoración
Las solicitudes de los centros presentadas serán estudiadas por una comisión de valoración que comprobará si se cumple con los requisitos necesarios para la modalidad solicitada. En caso de no disponer de profesorado necesario para esta modalidad, la comisión de valoración emitirá un informe proponiendo su adscripción a la modalidad y áreas para la cual el centro disponga de recursos suficientes.Composición de la comisión de valoración
Presidente:
La Directora General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad o persona en quien delegue.
Vocales:
Un representante de la Inspección de educación.Un representante de la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos.Un representante de la Dirección General de Centros Educativos.Dos representantes de la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad, distribuidos de la siguiente manera:
i. Un representante del Servicio de Ordenación Académica
ii. Un representante del Servicio de Programas Educativos que actuará como secretario.
2. Tramitación del procedimiento
Corresponde al Jefe de Servicio de Programas Educativos o, en su caso, en quien designe la Directora General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad la instrucción del procedimiento.Corresponde a la Directora General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad la resolución del mismo.Concluido el plazo de presentación de solicitudes se constituirá la comisión de valoración que se reunirá al efecto, para analizarlas y valorarlas, conforme a los requisitos establecidos en la resolución de 2 de junio y elaborar la lista provisional de centros admitidos, con la propuesta de modalidad de adscripción, y en su caso, la lista de excluidos, indicando las causas de exclusión.El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la comisión de valoración, formulará la propuesta de resolución provisional con las listas de centros propuestos y centros excluidos, que se publicará en el Tablón de Anuncios de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y a efectos meramente informativos en la página web (www.carm.es/ceue/), concediendo un plazo de 10 días naturales para presentar alegaciones.Examinadas las alegaciones presentadas, en su caso por los interesados, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva, que contendrá la relación de centros seleccionados con indicación de la modalidad concedida.La resolución definitiva de la Directora General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad se publicará igualmente en el Tablón de Anuncios y en la página web de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.
El plazo máximo para dictar y notificar dicha resolución definitiva será de cuatro meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Convocar el programa educativo ESenRED Región de Murcia a desarrollar durante el curso escolar 2019-2020.
El programa está dentro del proyecto Escuelas Sostenibles en Red que se desarrolla a nivel nacional. Este programa consiste en crear en el centro un proceso de participación, reflexión, diálogo e intercambio de ideas entre los jóvenes para imaginar y transformar su entorno cercano llegando a realizar una Conferencia Escolar en el centro en la que se debaten y exponen los trabajos y conclusiones.
No existe limitación en cuanto al número de centros que puedan participar en el programa.
Centros sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en los que se imparta Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.
Podrán solicitar la participación en el programa los centros sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en los que se imparta Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria. No existe limitación en cuanto al número de centros que puedan participar en el programa, por lo tanto todos los centros que lo soliciten estarán incluidos en el mismo.
Compromiso de los centros seleccionados. La participación en el programa implica, por parte de los centros, los siguientes compromisos: 1. Nombrar a un docente coordinador del proyecto. 2. Difundir el proyecto dentro de la comunidad educativa (carteles informativos, web del centro, folletos, ) 3. Inclusión del programa en el Proyecto Educativo de centro. 4. Realizar la evaluación del programa a través de los cuestionarios facilitados por la Consejería de Educación y Cultura. 5. Elaboración de una memoria anual (según guión Anexo II), que recoja el desarrollo del programa en el centro docente, e incluirla en la Memoria General del centro. 6. Realizar durante el curso escolar un trabajo con los alumnos y alumnas para elaborar materiales que se presentarán en la conferencia del centro. 7. Participar en la conferencia de Centros ESenRED que esta Dirección General organizará para realizar la exposición y puesta en común de los trabajos realizados.
Solicitud ESenRed
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID
Plazo de resolución: 1 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Уrgano/s gestor/es
La Unidad Orgбnica Responsable
Código y denominación
1452 - Programa Educativo: El Cable Amarillo
Objeto
a) Potenciar el razonamiento lógico-matemático de los alumnos de la ESO mediante el uso de estructuras básicas de la programación informática.
b) Contribuir a la adquisición de la competencia digital, así como, a la competencia matemática y las competencias básicas en ciencia y tecnología de los alumnos.
c) Utilizar la robótica y las técnicas de programación como un recurso transversal a las diferentes materias de la ESO.
d) Establecer espacios de intercambio, difusión de experiencias y buenas prácticas en innovación educativa, entre los alumnos, docentes y centros educativos de la Región de Murcia.
e) Realizar proyectos colaborativos de robótica entre diferentes centros de la Región.
Destinatarios
Empresas y Administraciones.
Podrán solicitar la participación en este programa los centros sostenidos con fondos públicos (colegios públicos y colegios concertados) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en los que se imparta Educación Secundaria Obligatoria.
Requisitos
Los centros que deseen adscribirse a este programa deberán comprometerse a custodiar el equipamiento suministrado y participar en el mismo desde el curso 2017-2018 hasta el curso 2021-2022. Este compromiso tendrán que reflejarlo en los acuerdos de departamento y claustro donde se apruebe la participación del centro en el programa "El Cable Amarillo". Por todo esto, los centros tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:
1. Contar con el compromiso de participación en el programa de al menos dos departamentos de coordinación didáctica del centro.
2. Contar con la aprobación del Claustro de profesores.
3. Informar al Consejo Escolar.
Solicitud de participación, conforme al anexo I. Se realiza por medio del trámite on line habilitado al efecto, accediendo a través del siguiente enlace http://www.educarm.es/home .Junto con la solicitud se presentará Proyecto,conforme al modelo que se incluye como anexo II.
Proyecto, conforme al modelo que se incluye como anexo II.
- Certificados expedidos por los jefes de departamento de coordinaciÑ?n didбctica, de cada uno de los departamentos comprometidos a participar en el programa, en el que quede reflejado el acuerdo de compromiso de participaciÑ?n.
- Certificado expedido por el centro, con la firma del secretario y el visto bueno del director, en el que se transcriba literalmente el apartado del acta del claustro de profesores donde conste expresamente la deliberaciÑ?n y el acuerdo alcanzado sobre la incorporaciÑ?n del centro al programa "El Cable Amarillo" y el compromiso de participar en el mismo y custodiar el equipamiento suministrado al centro desde el curso 2017-2018 hasta el curso 2021-2022, con expresiÑ?n del nÑ?mero de votos a favor sobre el total de claustrales y, en su caso, de todo aquello relacionado con dicho acuerdo.
- Certificado expedido por el centro, con la firma del secretario y el visto bueno del director, en el que se transcriba el apartado del acta del Consejo Escolar donde conste que ha sido informado sobre la incorporaciÑ?n al programa "El Cable Amarillo".
Anexos
PresentaciÑ?n de solicitud telemбtica
Fecha inicio
05/03/2018
Fecha fin
03/04/2018
Comentarios
1. Los centros interesados en participar presentarán una única solicitud de acuerdo con el modelo recogido en el anexo I de esta Resolución, adjuntando el proyecto según el anexo II.
2. Esta solicitud se cumplimentará y enviará telemáticamente, a través del perfil de educarm del centro, en el apartado de Programas Educativos. Los centros públicos lo harán a través del perfil habilitado para el director/a del centro en educarm. Los centros concertados lo realizarán a través de su perfil de educarm accediendo con el código de centro.
3. Si, analizadas las solicitudes y la documentación presentadas, se observara que existen defectos formales u omisión de algunos documentos exigidos, el órgano instructor requerirá al solicitante para que, en el plazo de 10 días naturales, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/12015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
Electrónicamente. Requiere DNI electrónico o certificado digital
Presentación de solicitud de inicio
- Revise los requisitos, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Actos de trámite en un expediente ya iniciado
- Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trбmite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificaciÑ?n, aportar documentaciÑ?n adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrб ver la relaciÑ?n completa de trбmites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrб de hacer referencia al nÑ?mero de expediente de la solicitud inicial o al nÑ?mero de registro de entrada de la misma, asн como al procedimiento administrativo a que se refiera el trбmite.
- El sistema le pedirб Ñ?nicamente la identificaciÑ?n electrÑ?nica; no es necesaria la firma electrÑ?nica del documento.
Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Forma de inicio
A solicitud del interesado
Autoridad que resuelve
Directora General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa
Plazo de resolución
El plazo máximo para dictar y notificar dicha resolución definitiva será de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas.
Efectos del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido | |
---|---|---|
Recursos que proceden ante la AdministraciÑ?n Regional | ||
Alzada | Consejera de EducaciÑ?n, Juventud y Deportes |
Convocar y establecer las bases para la selección de 25 centros educativos de la Región de Murcia, que participarán en el programa ?El Cable Amarillo? para el curso escolar 2017-2018 y mantendrán su participación hasta el curso 2021-2022.
Contenidos Asociados:
Anexo I. Solicitud Cable amarillo
(Documento Adobe Acrobat [.pdf] 396.74 KB)
(Documento Adobe Acrobat [.pdf] 257.74 KB)
Anexo III. Criterios Valoracion
(Documento Adobe Acrobat [.pdf] 275.41 KB)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Convocar el programa educativo Empresa Joven Europea, EJE a desarrollar durante el curso escolar 2016-2017.
Este programa se desarrolla con la colaboración del INFO.
1. Objetivos del Programa EJE.
Los principales objetivos de este programa son:
2. Publicación de la relación de los centros participantes en el Programa EJE.
Tras la publicación de la relación provisional de centros seleccionados en el Tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Universidades y en el Portal Educativo Educarm, www.educarm.es, se abrirá un plazo de reclamación de cinco días naturales. Transcurridos los cuales, y estudiadas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva en los mismos medios que la relación provisional.
Podrán solicitar la participación en el programa los centros que impartan enseñanza secundaria, en los cursos de 3.º y 4.º de secundaria obligatoria y Bachillerato en las asignaturas troncales u específicas relacionadas con la Economía y el emprendimiento.
1. Compromisos de los centros seleccionados:
La participación en el Programa implica, por parte de los centros, los siguientes compromisos:
- Facilitar la asistencia del profesorado que va a desarrollar el programa a los cursos de formación planificados con el objetivo de dotarlos de herramientas metodológicas y dinámicas grupales que les permitan transmitir en el aula capacidades y actitudes emprendedoras para la creación y gestión de una empresa a través de una experiencia real y práctica, fomentando el aprendizaje cooperativo.
- Puesta en marcha del programa siguiendo las directrices que desde la Consejería de Educación y Universidades y el INFO se faciliten a los centros educativos que participen en el programa.
- Utilización de la metodología que se propone desde Valnalón para desarrollar el programa EJE, una metodología donde el alumnado es el protagonista y centro de su propio aprendizaje. Esta está basada en un trabajo desde la práctica donde el aprendizaje es activo, cooperativo y significativo.
- El Equipo Directivo, para poner en marcha e impulsar el Programa EJE (Empresa Joven Europea) en su centro, tendrá que colaborar activamente en el mismo y facilitar las medidas necesarias de organización y funcionamiento.
- Inclusión del Programa en el Programa Educativo de Centro.
- La asistencia de los centros participantes a los mercados de cooperativas educativas que desde la Consejería de Educación y Universidades y el INFO se impulsen.
- Completar el cuestionario de evaluación que se enviará al finalizar el curso escolar.
- Comunicación del cambio del profesorado encargado del Programa, en su caso, enviando de nuevo el Anexo II.
2. Compromisos de la Consejería de Educación y Universidades.
La participación en el Programa implica por parte de la Consejería de Educación y Universidades, los siguientes compromisos:
- Asignación a través de la empresa Valnalón de socios de otras comunidades a las cooperativas escolares.
- Organización de un curso de formación para el profesorado de metodología y fomento de la cultura emprendedora en el aula.
- Asesoramiento técnico al profesorado para el desarrollo de Programa.
- Colaboración en la organización en los mercados de cooperativas educativas que desde la Consejería de Educación y Universidades y el INFO se impulsen.
3. Compromisos del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
La participación en el Programa implica por parte del INFO los siguientes compromisos:
- Gestión y utilización de la plataforma de Valnalón en la que se encuentran materiales didácticos y talleres prácticos para el desarrollo del Programa, y trabajo con los centros educativos participantes.
- Asesoramiento metodológico al profesorado durante el desarrollo de Programa, a los docentes participantes en EJE.
- Organización en la impartición del curso de formación para el profesorado de la metodología del programa y fomento de la cultura emprendedora en el aula.
- Organización de los mercados de cooperativas educativas que desde la Consejería de Educación y Universidades y el INFO se impulsen.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
El Programa educativo "Horarios integrados" de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Región de Murcia busca la racionalización de la jornada escolar del alumnado que cursa las Enseñanzas Profesionales de Música y la Educación Secundaria simultáneamente y mejorar su rendimiento académico. La solicitud de participación en el mismo está vinculado con los procedimientos y los calendarios de admisión de alumnado en los IES y en los conservatorios de Música.
Quien no sea alumno del IES PHI durante el curso 2018-2019 deberá participar en el proceso de admisión en los centros de secundaria para el próximo curso 2019-2020, presentando formulario ESO o Bachillerato según corresponda, que puede descargarse de la siguiente página web:
http://www.educarm.es/admision
Si no es alumno de las Enseñanzas Profesionales de Música en el conservatorio PHI deberá participar en el proceso de admisión correspondiente.
Enlace páginas web.
http://www.educarm.es/programa-horarios-integrados
https://www.tufuturoempiezahoy.com/artisticas/profesionales/
1.- Finalidades y características del "Programa Horarios Integrados (PHI) (Punto segundo de la convocatoria).
2.- Requisitos (Punto tercero de la convocatoria)
3.- Medidas organizativas (Punto cuarto de la convocatoria).
4.- Centros y unidades PHI para el año académico 2019-2020 (Punto décimo cuarto de la convocatoria).
- Caravaca de la Cruz: IES "San Juan de la Cruz" y Conservatorio de Música de Caravaca. Una unidad por curso en 1º y 2º ESO y 1º y 2º Bachillerato.
- Cartagena: IES "Ben Arabí" y Conservatorio de Música de Cartagena. Una unidad para cada uno de los cursos de ESO y Bachillerato.
- Jumilla: IES "Infanta Elena" y Conservatorio de Música de Jumilla. Una unidad en 1º Bachillerato.
- Lorca: IES "Ramón Arcas Meca" y Conservatorio de Música "Narciso Yepes" de Lorca. Una unidad por curso en 1º, 2º y 3º de ESO y 1º Bachillerato.
- Murcia: IES "El Carmen" y Conservatorio de Música de Murcia.
- Una unidad y media por curso en 1º, 3º y 4º de ESO.
- Dos unidades por curso en 2º de ESO y 1º y 2º Bachillerato.
5.- Publicación de las relaciones de solicitantes de participación en "Programa Horarios Integrados", en fase ordinaria (Punto séptimo de la convocatoria). La publicación se efectuará en el tablón de anuncios de los centros PHI el día 4 de junio de 2019.
6.- Reclamaciones contra las relaciones de solicitantes PHI en fase ordinaria: hasta el 12 de junio de 2019. La reclamación se presentará en la secretaría del IES PHI.
7.-Publicación de las relaciones de admitidos en el "Programa Horarios Integrados:
- 3 de julio: solicitudes presentadas en fase ordinaria hasta las 12 horas del 24 de junio, correspondientes a alumnado del conservatorio PHI en las Enseñanzas Profesionales de Música.
- 10 de julio: además de las solicitudes que no han obtenido plaza en el programa el 3 de julio, las presentadas en fase ordinaria que han debido participar en proceso de admisión en el conservatorio PHI y las presentadas hasta el 9 de julio.
- 12 de septiembre: solicitudes que no han obtenido plaza en el programa en adjudicaciones anteriores y las presentadas hasta el 5 de septiembre a las 12 horas.
8.- Prelación y criterios aplicables si el número de solicitantes PHI fuera mayor que el de plazas PHI disponibles (punto undécimo de la convocatoria):
1º. Solicitudes presentadas en plazo en fase ordinaria.
2º. Solicitudes presentadas con la consideración de fuera de plazo en fase ordinaria.
1º. Lista de espera de la primera adjudicación.
2º. Nuevas solicitudes.
1º. Lista de espera de la segunda adjudicación.
2º. Nuevas solicitudes.
- Si fuera necesario, en cualquiera de las adjudicaciones se desempatará aplicando los siguientes criterios:
1. Sincronía entre la Educación Secundaria y las Enseñanzas Profesionales de Música.
2. Mayor nota media, en el último curso de las Enseñanzas Profesionales de Música cursado por el alumno o calificación final en la prueba de acceso, según corresponda.
3. Alumnado del IES PHI durante el presente curso académico.
4. Mayor calificación en la asignatura Instrumento/Voz en el último curso de las Enseñanzas Profesionales de Música cursado o en la parte A de la prueba de acceso según corresponda.
9.- Inclusión de alumnado de 4º curso de las Enseñanzas Elementales de Música en unidades PHI de 1º de Educación Secundaria Obligatoria (Punto duodécimo).
- Cuando existan plazas no cubiertas por alumnado participante en el Programa en las unidades PHI de 1º ESO, podrá incluirse alumnado que vaya a cursar en 2019-2020 4º de las Enseñanzas Elementales de Música.
10.- Continuidad de alumnado escolarizado en unidades PHI (Punto décimo tercero).
- El alumnado PHI podrá permanecer a lo largo de la Educación Secundaria en el programa salvo que deje de cursar las Enseñanzas Profesionales de Música en el conservatorio PHI o que solicite expresamente no continuar en el mismo.
- El alumnado de inclusión PHI podrá continuar escolarizado en unidades PHI hasta que finalice las Enseñanzas Elementales de Música. A su término, si desea continuar en la unidad PHI deberá presentar el anexo I desde el 4 al 15 de marzo en el centro PHI y participar en el proceso de admisión en el conservatorio PHI por la vía acceso. En caso de que no supere la prueba de acceso a las Enseñanzas Profesionales de Música o, superándola, no haya obtenido plaza en el conservatorio a fecha 24 de julio, su puesto en la unidad PHI quedará vacante y será escolarizado en otra unidad del mismo IES.
- Quien deje de ser alumno del conservatorio PHI en el año académico 2019-2020 o posteriores permanecerá escolarizado en el IES PHI, si bien podrá ser integrado en una unidad ordinaria. Se computará su plaza en la unidad PHI como vacante.
- El alumnado escolarizado en unidades PHI durante 2018-2019 formalizará la matrícula en el conservatorio y en el IES en los plazos recogidos en la normativa reguladora correspondiente.
- Alumnado que vaya a cursar simultáneamente las Enseñanzas Profesionales de Música y la Educación Secundaria.
- Familias de este alumnado.
- Centros participantes en el Programa: equipo directivo, Claustro de Profesores y comunidad educativa de cada IES y conservatorio PHI.
- Orientadores de centros de Educación Secundaria.
- Profesores tutores del alumnado de las Enseñanzas Profesionales y de Secundaria.
- Alumnado que finaliza primaria y va a cursar 1º ESO.
1) Cursar simultáneamente en 2019-2020 las Enseñanzas Profesionales de Música y la Educación Secundaria en conservatorios e institutos PHI.
2) Si durante el año académico 2018-2019 no estuviera cursando las Enseñanzas Profesionales de Música en el conservatorio PHI, deberá participar en el proceso de admisión de alumnos al mismo para 2019-2020 en los plazos que establezca la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.
3) Si durante 2018-2019 fuera alumno del IES PHI en una unidad no PHI o en una unidad PHI como alumno de 4º EEM, no participará en el proceso de admisión de alumnos en el IES y presentará solicitud específica.
Una vez adjudicado al IES PHI y al formalizar su matrícula en este, el alumno deberá solicitar la convalidación de las asignaturas siguientes:
a) Educación Secundaria Obligatoria: Música.
b) 1º Bachillerato: Lenguaje y Práctica Musical y Análisis Musical I.
c) 2º Bachillerato: Historia de la Música y de la Danza y Análisis Musical II.
Quien no solicite las convalidaciones indicadas o no escoja la citada opción en 4º curso de la ESO, según se detalla en los apartados anteriores, será excluido del programa. No será excluido quien no pueda solicitar las convalidaciones por no cumplir los requisitos académicos exigidos en la normativa vigente.
En caso de cursar 4º de Educación Secundaria Obligatoria, deberá escoger la opción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato y, como asignatura específica, Música.
Si la convalidación estuviera condicionada a la superación de una o más asignaturas de las Enseñanzas Profesionales de Música durante el curso 2019-2020, el alumno quedará dispensado provisionalmente de cursar la asignatura o asignaturas cuya convalidación debe solicitarse. La convalidación será efectiva una vez obtenida calificación positiva en la asignatura o asignaturas correspondientes de las Enseñanzas Profesionales de Música
Además podrá solicitar la convalidación de las asignaturas de libre configuración autonómica, en cuyo caso deberá solicitarla al formalizar la matrícula.
Quienes no se hubieran matriculado en el conservatorio PHI a pesar de cumplir los requisitos establecidos a tal efecto perderán sus derechos a participar en el Programa PHI, a excepción de alumnado pendiente de la evaluación extraordinaria (Puntos octavo, apartado 4, y noveno de la convocatoria).
Solicitud participación en Programa "Horarios integrados" para alumnado del IES PHI durante 2017 2018
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
En caso de no ser alumno del IES PHI durante el año académico 2018-2019, y tener que participar en el proceso de admisión de alumnos en centros de educación secundaria:
a) La solicitud de plaza en fase ordinaria se presentará en el centro elegido en primera opción o, en su defecto, en los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También se podrá realizar de manera telemática a través del procedimiento habilitado en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, adjuntando la documentación requerida en cada caso: http://bit.ly/2mB1cuK.
b) En el resto de plazos, en la Secretaría del IES PHI. En el segundo plazo, se presentará antes de las 12 horas del 9 de julio.
En caso de ser alumno del IES PHI en una unidad no PHI o alumno de 4º EEM en IES PHI durante el año 2018-2019, no se participa en el proceso de admisión de alumnos en los centros de secundaria. Se presentará el anexo específico en la Secretaría del IES PHI.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Obtener el alta como colaborador del Programa de Ayuda al Contribuyente (PACO), con el que podrá cumplimentar las declaraciones y autoliquidaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Personas físicas o jurídicas que, por su actividad, realicen habitualmente presentaciones de los modelos tributarios del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
¿Cómo solicitarlo?
La solicitud del programa debe ser telemática a través de la página www.carm.es, enlace e-tributos, Portal Tributario, Solicitud de alta de colaborador PACO.
El acceso al perfil Profesional, requiere la identificación mediante un certificado digital, de persona física o de persona jurídica. Por tanto, a partir de enero de 2011, para poder descargarse y activar PACO, deberá poseer un certificado digital.
Pago y presentación telemático:
Mediante este programa podrá cumplimentar, pagar y presentar telemáticamente los modelos simplificados del modelo 600, éstos son: 601605609610-620. Podrá utilizar la opción gestión de lotes para varias autoliquidaciones. Para el pago telemático debe disponer de una cuenta de la que deberá ser titular y estar abierta en alguna de las Entidades que prestan el Servicio de Caja, en la actualidad BANKIA y SabadellCAM.
Incidencias:
Para resolver incidencias que surjan durante el proceso de instalación o manejo del programa P.A.C.O. debe describir con detalle su incidencia, y hacerla llegar a través de la dirección de correo electrónico incidenciaspaco@listas.carm.es.
Preguntas frecuentes:
En la página del Portal Tributario, a través de la dirección https://etributos.carm.es/etributos/indexPortal.html, en el menú de la izquierda encontrará una sección de Consultas y Dudas. Si pulsa en él, le abrirá la sección de Consultas y Dudas, donde existe un apartado específico para consultas y dudas sobre el programa PACO. Descárguese el documento de Preguntas Frecuentes sobre el programa PACO. Allí encontrará secciones referentes a la descarga, certificados, además de otra información que puede serle de utilidad.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Órgano/s gestor/es
La Unidad Orgánica Responsable
Código y denominación
0198 - Programa de propuesta previa de adopción
Objeto
Configurar expedientes para su tramitación ante el Juzgado de Familia, de propuesta de adopción, de aquellos menores que con anterioridad han sido acogidos formalmente con consentimiento de los padres o sin consentimiento y por tanto a través de un proceso judicial.
Destinatarios
Ciudadanía.
Familias y menores que han participado en programas de acogimiento familiar y reúnen los requisitos establecidos por la legislación vigente.
Requisitos
Tener formalizado un acogimiento familiar y elevar un informe a la Comisión Regional de Protección del Menor, en el que, en su caso, se evalúen los resultados del acogimiento, oído el menor cuando sea mayor de doce años, y se ponga de manifiesto el grado de incorporación de éste al núcleo familiar acogedor y la conveniencia o no de la adopción.
La propuesta previa de adopción acordada por la Comisión Regional de Protección del Menor será elevada al Juez por el titular del órgano directivo competente en materia de protección de menores.
- Informe de los Servicios de Protección de Menores.
- Certificado de la Comisión Regional de Protección del Menor de propuesta de formalización de la adopción.
- Propuesta al Juzgado de Familia de formalización de la adopción.
Forma de inicio
De Oficio
Autoridad que resuelve
Directora General de Familia y Políticas Sociales
Efectos del silencio administrativo
No tiene efecto
Info. adicional sobre recursos
Recurso de Oposición ante la Vía Jurisdiccional Civil.