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012 y 968 362 000
Conceder la calificación sanitaria de las explotaciones bovinas, independientemente de su orientación productiva, como oficialmente indemnes de tuberculosis bovina (T3), oficialmente indemne de brucelosis bovina (B4) y oficialmente indemne de leucosis enzoótica bovina (LEB).
Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones de ganado bovino.
Para obtener la calificación oficialmente indemnes de tuberculosis bovina (T3)
Para obtener la calificación oficialmente indemnes de brucelosis bovina (B4)
Para obtener la calificación Oficialmente Libre de Leucosis Enzoótica bovina (LEB).
España está declarada como Decisión 2003/467/CE, de 23 de junio de 2003, por tanto todas las explotaciones de bovino de España, tienen esta calificación. Por ello los requisitos requeridos que se enumeran a continuación solamente será necesario presentarlos cuando, se haya perdido la calificación al ser diagnosticado como positivos uno o varios animales en una explotación, con la finalidad de recuperar ésta:
A. Si un solo animal de un rebaño oficialmente indemne de leucosis enzoótica bovina ha dado reacción positiva en una de las pruebas oficiales o se sospecha la existencia de infección en un animal de un rebaño:
a. El animal que haya dado reacción positiva y, sí se trata de una vaca, su ternero, deberán salir del rebaño para ser sacrificados bajo el control de las autoridades veterinarias.
b. Todos los animales del rebaño de más de doce meses de edad deberán haber dado reacción negativa a dos pruebas serológicas con un intervalo de cuatro meses como mínimo y de menos de doce meses al menos tres meses después de la salida del rebaño del animal que haya reaccionado positivamente y de su descendencia.
c. Se ha efectuado una investigación epidemiológica con resultados negativos y los rebaños epidemiológicamente vinculados con el rebaño infectado se han sometido a las medidas previstas en el párrafo b.
No obstante, la autoridad competente podrá eximir de la obligación de sacrificar el ternero de una vaca infectada si dicho animal fue separado de su madre inmediatamente después del parto. En tal caso, el ternero quedará sujeto a los requisitos establecidos en el párrafo c del apartado 2.
B. Si varios animales de un rebaño oficialmente indemne de leucosis enzoótica bovina dan reacción positiva en una de las pruebas oficiales, o se sospecha que más de un animal de un rebaño está infectado:
a. Todos los animales que hayan dado reacción positiva, y, si se trata de vacas, sus terneros, deberán salir de la explotación para ser sacrificados bajo el control de las autoridades veterinarias.
b. Todos los animales de más de doce meses de edad deberán dar reacción negativa a dos pruebas con un intervalo de cuatro meses como mínimo y doce meses como máximo.
c. Todos los demás animales, tras su identificación, se quedarán en la explotación hasta que tengan mas de veinticuatro meses de edad y hayan sido sometidos a pruebas de conformidad con la normativa vigente después de haber cumplido dicha edad, excepto cuando la autoridad competente permita que dichos animales sean enviados directamente al sacrificio bajo supervisión oficial.
d. Se ha efectuado una investigación epidemiológica con resultados negativos y los rebaños epidemiológicamente vinculados con el rebaño infectado han sido sometidos a las medidas previstas en el párrafo b.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
T010.. Tasa General de la Administración
H00002 - Inscripción en registros oficiales
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PROD.AGRIC.GANAD Y MED. MARINO
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
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012 y 968 362 000
Emitir informes técnicos, previos a la obtención de la correspondiente licencia municipal, para construcciones, instalaciones o cambios de uso vinculados a la actividad agraria en suelos no urbanos donde los mismos estén permitidos, cuando así lo requiera el organo competente en la concesión de licencia, pudiendo ser la solicitud iniciada por dicho órgano competente o directamente por el promotor.
Informes sectoriales relativos a consultas institucionales en materia ambiental. La solicitud será iniciada a petición del órgano competente en su tramitación.
Informes sectoriales en trámites de uso excepcional de suelo o interés público a petición del órgano competente en su tramitación.
- Propietarios de explotaciones agrícolas o ganaderas.
- Administración local.
- Administración autonómica y estatal.
Ser propietario de una parcela en suelo en el que esté permitido el uso agrario por el plan General de Ordenación Urbana y por las diferentes Directrices de Protección y Ordenación del Territorio, en su caso, en la que se vaya a llevar a cabo cualquier construcción, instalación o cambio de uso vinculados a la actividad agraria, siempre y cuando el ayuntamiento del municipio donde se ubique requiera informe sobre vinculación entre la actuación y la explotación agraria.
La explotación agraria deberá estar inscrita en el registro de explotaciones agrarias.
Cambio de usos en terreno agrario sometido a licencia municipal
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
T440. Tasa por Actuaciones e informes en materia de urbanismo
H00001 - Informes o certificaciones en materia de urbanismo
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO NATURAL
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Información adicional sobre recursos
No cabe recurso, solo interponer alegaciones al Informe Técnico ejecutado
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012 y 968 362 000
Autorizar la instalación, apertura y clasificación de los campamentos públicos de turismo.
Los campamentos públicos se clasifican en las siguientes categorías: lujo, primera, segunda y tercera categoría.
Personas físicas y jurídicas, Corporaciones Locales y entidades públicas que lo promuevan
El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.
Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con la normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Para proceder a la autorización de los campamentos públicos de turismo, se requiere:
Los campamentos públicos de turismo tienen la obligación de disponer de:
Hojas de reclamaciones.
Todos los establecimientos regulados en esta norma deberán tener a disposición y facilitar a los clientes las correspondientes hojas de reclamaciones en los términos establecidos en el Decreto nº 3/2014, de 31 de enero, por el que se regula el sistema unificado de reclamaciones de los consumidores y usuarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Su existencia se anunciará al público de forma visible que permita su fácil lectura y expresada en castellano, inglés y en otros dos idiomas a elegir, de acuerdo con el artículo 40.6 de la Ley de Turismo de la Región de Murcia, de 20 de diciembre.
Precios.
Los campamentos públicos de turismo deben de tener las relaciones de precios en lugares perfectamente visibles y legibles que permitan su lectura sin dificultad, para garantizar su previo conocimiento por los clientes. En ningún caso se podrán cobrar precios superiores a los que estén expuestos al público. Si existiera cualquier contradicción en su publicidad, se aplicará el precio inferior.
Autorizacion de Campamentos Publicos de Turismo.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Los documentos que los interesados dirijan al Instituto de Turismo de la Región de Murcia podrán presentarse:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
T330. Tasa por Ordenación de actividades turísticas
H0003- - Campamentos públicos de turismo
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENT.PUB.EMP.INSTIT. TURISMO
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | DIRECTOR/A GENERAL ENT.PUB.EMP.INSTIT. TURISMO |
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012 y 968 362 000
Inscribir en el Censo a Entidades Juveniles, Entidades Prestadoras de servicios a la juventud o grupos cuyo ámbito de actuación sea la Región de Murcia.
- La inscripción tiene carácter voluntario.
- Las ventajas de su inscripción permiten fomentar, desarrollar y apoyar eficazmente las actividades programadas por las entidades juveniles.
- Ninguna Entidad o Grupo podrá ser subvencionado por la Dirección General de Juventud de no estar inscrito en el Censo.
- En la Carta de servicios de la Dirección General de Juventud figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
1. Mantener un porcentaje de quejas anuales inferior al 5% con respecto al número de usuarios atendidos en todos los servicios objeto de la Carta de Servicios.
Entidades Juveniles.
Entidades prestadoras de servicios a la Juventud.
Grupos de jóvenes de 14 a 30 años.
Estar constituido como asociación juvenil.
Ser Entidad prestadora de servicios a la Juventud en el ámbito de la Región de Murcia.
Ser grupo de jóvenes de 14 a 30 años.
Censo de entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE JUVENTUD
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
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012 y 968 362 000
Emitir la Certificación de convalidación de la inversión destinada a la protección del medio ambiente, para deducción en el Impuesto de Sociedades.
DOCUMENTACION:
- Documentación técnica explicativa de la inversión medioambiental.
- Documentos acreditativos de que las inversiones han sido ejecutadas (facturas, certificaciones de fin de obra, etc., bien originales o copias compulsadas).
Presentación del documento (Plan, Programa, Convenio o Acuerdo) en virtud del cual las inversiones se han ejecutado.
- Declaración responsable del titular de la instalación, o certificado del director técnico de la instalación, que acredite la fecha de puesta en funcionamiento de la inversión.
- Declaración responsable del titular de la instalación junto a justificación técnica que acredite el tanto por ciento(%) del total de la inversión que efectivamente contribuye a la función protectora medioambiental, o bien, certificado del director técnico de la instalación que acredite dicha porción medioambiental.
Empresas que realicen inversiones en instalaciones constituidas por elementos patrimoniales del inmovilizado material destinadas a la protección del medio ambiente.
- Que las instalaciones tengan por objeto alguna de las siguientes finalidades:
1) Evitar o reducir la contaminación atmosférica procedente de las instalaciones industriales.
2) Evitar o reducir la carga contaminante que se vierta a las aguas superficiales, subterráneas y marinas.
3) Favorecer la reducción, recuperación o tratamiento correctos desde el punto de vista medioambiental de residuos industriales.
- Que la inversión se realice para mejora o cumplimiento de la normativa medioambiental en materia de emisiones a la atmósfera, vertidos a las aguas, así como producción, recuperación y tratamiento de residuos industriales.
- Que la inversión se lleve a cabo en ejecución de planes, programas, convenios o acuerdos aprobados o celebrados con la Administración competente en materia medioambiental.
Certificación de convalidación de inversiones medioambientales
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO AMBIENTE
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Conseguir certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda pública de la Región de Murcia, necesario para obtener una subvención o para contratar con la Administración Regional.
La expedición del certificado será inmediata si lo solicitan los órganos instructores en los expedientes de subvención o el órgano contratante, si se solicita en la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (oficina principal, oficinas delegadas u oficina virtual) y la documentación que se aporta es correcta; y si se solicita a través de la página web Portal Regional.
Si se solicita en el resto de los registros, el certificado se remitirá al domicilio indicado por el solicitante.
El certificado puede ser obtenido directamente por los órganos instructores en los expedientes de subvención o por los órganos de contratación.
La obtención del certificado será gratuita:
Cuando se solicite directamente por los órganos de contratación o por los órganos instructores, en los expedientes de subvención.
Cuando lo solicite el interesado a través de la página web de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (http://www.agenciatributaria.carm.es), o a través de la página web Portal Regional (http://www.carm.es).
El certificado se obtendrá previo pago de la tasa cuando lo solicite el interesado presencialmente, según modelo de solicitud.
Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T010.. Tasa General de la Administración
H00001 - Expedición de certificados
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio.
## Resumen
Este trámite te permite obtener un certificado que confirma que estás al día con tus obligaciones tributarias en la Región de Murcia. Este documento es necesario para recibir subvenciones o contratar con la administración regional.
## Lo que necesitas
### Requisitos
* Ser ciudadano, empresa u otra entidad.
* Para la solicitud electrónica, necesitarás DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.
* Si la solicitud es presencial, deberás pagar la tasa correspondiente.
### Documentos requeridos
* Si realizas el trámite presencialmente, deberás presentar el modelo de solicitud de certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias: [Solicitud de certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias]
## Cómo hacerlo
### Paso a paso
1. **Elige cómo quieres solicitarlo:**
* **Electrónicamente:** A través de la sede electrónica de la CARM.
* **Presencialmente:** En los registros habilitados.
2. **Si lo haces electrónicamente:**
* Necesitarás DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.
* Completa el formulario y adjunta los documentos requeridos.
* Firma electrónicamente la solicitud.
3. **Si lo haces presencialmente:**
* Descarga y completa el modelo de solicitud.
* Paga la tasa correspondiente.
* Presenta la solicitud y el justificante de pago en el registro.
### Dónde tramitar
* **Electrónicamente:**
* Ayuda a la presentación electrónica
* Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
* **Otros trámites relacionados:**
* Escrito de cumplimiento al requerimiento de subsanación/mejora
* Solicitud de desistimiento
* Escrito de renuncia
* Consulta del estado de un expediente
## Después de hacerlo
### Plazos
* La expedición del certificado es inmediata si lo solicitan los órganos instructores o el órgano contratante, o si lo solicitas en la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (oficina principal, oficinas delegadas u oficina virtual) y la documentación que aportas es correcta.
* Si lo solicitas en otros registros, se remitirá al domicilio que indiques.
## Ayuda
### Contacto
* Teléfonos de Información: 968 362 000 y 012. Consulta con tu operador telefónico el precio de las llamadas.
### Información Adicional para Trámites
1. Para presentar solicitudes electrónicas, los interesados han de disponer de alguno de los **sistemas de firma electrónica, Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico**.
Elige el método de identificación descritos. Dependiendo del método seleccionado podrás acceder a todo o sólo a algunos de los Servicos electrónicos de las Administraciones Públicas. Consulta como obtener algunos de estos sistemas de identificación en "Registro en el sistema de identificación y firma Cl@ve (código 2522)".
**>** Cl@ve ocasional (Cl@ve PIN o Cl@ve permanente).
**>**Certificado digital admitido o DNI electrónico (solo para los expedidos con fecha anterior a abril de 2015), para este certificado necesita instalación de AutoFirma, De no disponer de ninguno de los medios
2. Antes de cumplimentar el formulario, revise la información del procedimiento sobre el que desea presentar su solicitud en Registro y Guía de procedimientos y servicios.
**>** Rellene el formulario.
**>** Adjunte los documentos, si lo exige el procedimiento. El tamaño máximo de cada archivo no puede superar los 5 MB y el total de los archivos 10 MB. Si supera esta capacidad debe de utilizar el formulario de trámites administrativos para expedientes ya iniciados.
**>** Firme y envíe la solicitud.
3. Una vez registrada, el sistema le devolverá un recibo en formato PDF, firmado electrónicamente, con el número, fecha y hora de registro y un código de verificación.
Recuerde que siempre podrá consultar y obtener una copia de su solicitud presentada desde "Consulta de solicitudes y trámites realizados" de esta Sede Electrónica.
Este servicio está operativo las 24 horas del día, durante todos los días del año, exceptuando las interrupciones que sean necesarias por razones técnicas.
En caso de indisponibilidad de esta Sede Electrónica, el último día de plazo de presentación de una solicitud, puede presentar la misma en el Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/, indicando en el asunto el código de procedimiento administrativo de la solicitud y seleccionando como organismo destinatario el centro directivo de la CARM que gestiona dicho procedimiento (artículo 16.4.a) de la ley 39/2015).
Información Básica
Requisitos
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012 y 968 362 000
Determinar el precio máximo legal de venta y/o renta de una vivienda de Protección Oficial y declarada protegida por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia al amparo de un Plan de Vivienda.
Acreditación del precio máximo de venta y renta de una vivienda de protección pública, ante cualquier entidad, organismo, etc.
Personas físicas, propietarios o adquirentes de viviendas Protección Oficial y declaradas protegidas
Existencia de una Vivienda de Protección Oficial o declarada protegida, en régimen de propiedad o arrendamiento.
Certificación de precio máximo legal de venta y/o renta de viviendas de protección oficial y declarada protegida
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T010.. Tasa General de la Administración
H00001 - Expedición de certificados
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Certificar el precio máximo de viviendas de promoción pública en segunda y posteriores transmisiones.
No existen requisitos específicos
Certificado de Precio Máximo de Venta de VPP
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL VIVIENDA
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Expedir el certificado de Deportista de Alto Rendimiento.
Deberá presentarse la siguiente documentación:
* Anexo I: Solicitud.
* Certificado del Consejo Superior de Deportes, para el acceso por los epígrafes a) b) d) e) y f).
* Certificado de la Federación deportiva de la Región de Murcia, para el acceso por el epígrafe g).
* No hace falta acompañar ninguna certificación, para el acceso por el epígrafe c).
* Recibo del pago de la tasa por expedición de certificados, si se presenta a través de un registro. Si se presenta telemáticamente, no se paga la tasa por expedición de certificados.
La obtención del certificado está sujeto al pago de tasa cuyo justificante ha de aportarse para tramitar la solicitud. La carta de pago puede obtenerla en el apartado tasas y abonarla con tarjeta de crédito en la Pasarela de Pago de la CARM.
El justificante del abono, cuando la solicitud es electrónica, puede aportarlo como documento anexo junto con la solicitud, o mediante el formulario de actos de trámite de un procedimiento ya iniciado este procedimiento dentro del plazo máximo que se establezca, indicando en este último cso el nº de registro de la solicitud electrónica.
Deportistas de Alto Rendimiento de la Región de Murcia.
Cumplir algna de las siguientes condiciones:
Epígrafe a) Que hayan sido selecccionados por las diferentes Federaciones Deportivas españolas para representar a España en Competiciones Oficiales internacionales en categoría absoluta, en al menos uno de los dos últimos años.
Epígrafe b) Que hayan sido seleccionados por las diferentes federaciones deportivas españolas para representar a España en competiciones oficiales internacionales en categoría de edad inferiores a la absoluta, en al menos uno de los dos últimos año.
Epígrafe c) Que sean deportistas calificados como de alto rendimiento o equivalente por la Comunidad Autónoma de Murcia.
Epígrafe d) Que sigan programas tutelados por las Federaciones Deportivas españolas en los Centros de Alto Rendimiento reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.
Epígrafe e) Que sigan programas de tecnificación tutelados por las Federaciones Deportivas españolas, incuidos en el programa nacional de tecnificación deportiva desarrollado por el Consejo Superior de Deportes.
Epígrafe f) Que sigan programas de tecnificación tutelados por las Federaciones Deportivas españolas.
Epígrafe g) Que sigan programas tutelados por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o Federaciones Deportivas de la Región de Murcia en los centros de tecnificación reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T010.. Tasa General de la Administración
H00001 - Expedición de certificados
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE DEPORTES
Plazo de resolución: 15 Día/s natural/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |