Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Conceder ayudas para el pago de la renta mensual destinadas a facilitar a los jóvenes su emancipación mediante el acceso a una vivienda en régimen de alquiler.

    Las ayudas consisten en:

    210 euros al mes para el pago del alquiler, durante un período máximo de cuatro años, consecutivos o no.

    Para contratos nuevos y por una sola vez:

    - un préstamo de 600 euros para el pago de la fianza, sin intereses, que deberá ser devuelto al Ministerio de Vivienda una vez finalizado el contrato de alquiler, o cuando se deje de recibir la Renta Básica de Emancipación.

    - 120 euros para los gastos del aval bancario.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Jóvenes entre 22 y 30 años.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a plazos

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    1. Debes tener entre 22 y 30 años (la ayuda finaliza al cumplir los 30 años).

    2. Si eres extranjero no comunitario, debes tener la autorización de residencia de larga duración.

    3. Debes tener una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales, acreditar una vida laboral de, al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de, al menos, 6 meses contados desde el día de la solicitud. Esto incluye a:

    - Personal investigador en formación.

    - Trabajadores por cuenta propia o ajena.

    - Perceptores de prestación de desempleo.

    - Perceptores de pensión por incapacidad o invalidez.

    - Perceptores de cualquier otra prestación pública de carácter periódico.

    Si trabajas por cuenta propia y tu fuente regular de ingresos consiste en actividades empresariales, profesionales o artísticas, podrás deducirte para el cómputo de los ingresos brutos los gastos necesarios para su obtención.

    4. El beneficiario no puede ser propietario de una vivienda, excepto en los casos en que:

    - No disponga del uso ni del disfrute de la misma.

    - O el valor de la vivienda que posee, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, no exceda del 60% del precio máximo de una vivienda protegida de régimen general, acogida al Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, y el Decreto 321/2009, de 2 de octubre, por el que se regula el Plan Regional de Vivienda para el cuatrienio 2009 2012, calificada provisionalmente en el mismo momento de la solicitud de la ayuda y situada en la misma localidad que la vivienda de la que se es titular.

    5. Debes ser titular del contrato de alquiler. La cuantía de la prestación se dividirá por el número de inquilinos titulares del contrato. Cada uno de los titulares puede solicitar la Renta Básica de Emancipación.

    6. El número de referencia catastral identifica la vivienda. Puede aparecer en los contratos de alquiler, puedes pedírselo al propietario (recibo del IBI) o conseguirlo en la Dirección General del Catastro (http://ovc.catastro.meh.es).

    7. El número de cuenta del arrendador es la cuenta a la que debes realizar las transferencias de la mensualidad del alquiler.

    8. El número de cuenta desde la que pagas el alquiler debe ser una cuenta de alguna de las entidades colaboradoras (consulta el listado en la lista de anexos o en www.vivienda.es). La entidad colaboradora comprobará a través de esta cuenta que cada mes se realiza el pago puntual de la mensualidad del alquiler. Los pagos de la mensualidad se realizarán por transferencia bancaria solamente desde esta cuenta en un único pago cada mes, con independencia del número de titulares del contrato. El importe del pago mensual deberá ser fijo y restringido sólo al concepto de la mensualidad (sin incluir otros conceptos como gastos de servicios u otros, que en todo caso deberás pagar independientemente). El pago se realizará mediante una Orden permanente de transferencia u Orden de transferencia periódica, firmada por todos los inquilinos, que ejecuta el pago automáticamente, evitando así olvidos o retrasos. Posteriormente al pago de la mensualidad del alquiler, el Ministerio de Fomento te ingresará la renta mensual. También puede realizar el pago del alquiler mediante cargo en cuenta (recibo domiciliado).

    9. La vivienda que alquilas debe ser tu vivienda habitual y permanente.

    10. No se aceptarán contratos de alquiler entre familiares próximos (es decir, primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad).

    11. El receptor de la ayuda no puede ser titular de bienes y derechos por un valor, calculado de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, superior a 110.000 euros.

    12. Si se modificara alguna de las circunstancias que permitieron la concesión de la Renta de Emancipación y se dejara de cumplir cualquiera de los requisitos exigidos, el beneficiario habrá de comunicarlo de inmediato al órgano que le reconoció el derecho a la ayuda, para que resuelva lo que proceda y lo comunique al Ministerio de Fomento.

    13. Todos los trabajadores, por cuenta ajena o autónomos, actividades profesionales, empresariales y artísticas, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. De acuerdo con la normativa vigente, la percepción de la Renta Básica de Emancipación, supondrá la obligación de la presentación de la declaración del IRPF en el año próximo y la inclusión en la misma de las cantidades percibidas, ya que se trata de una subvención de la Administración Pública que implica un incremento patrimonial. El incumplimiento de esta obligación fiscal podrá determinar además de las correspondientes sanciones, la suspensión de esta ayuda, así como la devolución de las mensualidades cobradas indebidamente.

    • Certificado del impuesto sobre las rentas de las personas físicas (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Certificación acreditativa de la condición de pensionista no contributivo (*)
    • Consulta de importes percibidos por periodos de desempleo (*)
    • Consulta de datos de desempleo (*)
    • Consulta de importes actuales de desempleo (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL VIVIENDA

    Plazo de resolución: 2 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Prestar una ayuda económica a personas o unidades familiares para atender sus necesidades básicas, con el fin último de facilitar su inserción social.

    La nómina de SEPTIEMBRE se abonará previsiblemante a partir del 7/10/2019, por problemas de gestión.

    La información y orientación de las solicitudes se realizará desde los servicios sociales municipales.

    Se ha instaurado la cita previa en el Servicio de Prestaciones, y los teléfonos para resolver dudas son 36 62 70 y 36 88 42.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Población carente de recursos.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Un mes.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
    INSTITUTO MURCIANO DE ACCION SOCIAL (IMAS)
    D.G.PENSIONES,VALORACIONES.Y PROGRAMAS DE INCLUSION (A14013940)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    • Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho por un tiempo no inferior a cinco años.
    • Estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y tener residencia efectiva durante el año inmediatamente anterior a la formulación de la solicitud.
    • Ser mayor de 25 años y menor de 65, salvo excepciones recogidas en el artículo 7.c), de la Ley 3/2007 de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
    • Constituir una unidad de convivencia independiente.
    • Carecer de recursos económicos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas de la vida, según lo establecido en el artículo 9 de la Ley 3/2007.
    • No tener acceso a otras prestaciones de desempleo, pensión o ayuda de análoga naturaleza proveniente de la Administración Pública, por importe igual o superior a la cuantía de la prestación correspondiente.
    • Participar junto con los miembros de la unidad de convivencia en un proyecto individual de inserción.

    Renta Básica de Inserción

    • Declaración responsable
      (Obligatorio / No original)
      Declaración responsable de Consentimiento familiar para ser consultados
    • Informe
      (Obligatorio / No original)
      Informe relativo al impuesto de vehículos de tracción mecánica de todos los miembros adultos de la unidad de convivencia.
    • Informe técnico
      (Obligatorio / Original)
      Informe social (A aportar por el centro de servicios sociales de atención primaria).
    • Libro de familia
      (No obligatorio / No original)
      En el supuesto de existir menores de edad: Copia de todas las hojas del libro de familia/certificado de nacimiento.
    • Certificado municipal de residencia y/o convivencia
      (Obligatorio / No original)
      Certificado/volante de empadronamiento colectivo e histórico en el que se acredite que la persona solicitante reside en la Región de Murcia, al menos un año antes de la presentación de la solicitud y en el que consten todos los miembros incluidos en la misma hoja padronal.
    • Certificado municipal de residencia y/o convivencia
      (Obligatorio / No original)
      Certificado/volante de empadronamiento histórico que acredite la residencia en España de la persona solicitante durante cinco años.
    • Certificado de cuenta bancaria
      (Obligatorio / No original)
      Documento bancario en el que conste el IBAN (24 dígitos) y la persona o entidad perceptora figure como titular de la cuenta, así como su DNI/NIE/CIF.
    • Nóminas
      (No obligatorio / No original)
      En el supuesto de realizar actividad laboral cualquier miembro de la unidad de convivencia: - Trabajo por cuenta ajena: 2 últimas nóminas. - Trabajo eventual: nóminas de los 6 meses anteriores a la solicitud. - Trabajo fijo discontinuo: certificado de empresa del ejercicio anterior. En el supuesto de no haber realizado actividad en el ejercicio anterior, o si sus ingresos se han visto modificados sustancialmente, certificado de empresa acreditativo de los ingresos percibidos en el presente ejercicio. - Trabajo por cuenta propia: cuota que abona a la Seguridad Social. En el supuesto de que la actividad se haya iniciado recientemente o si se han producido modificaciones sustanciales en las rentas obtenidas, además, declaración del IVA correspondiente a los 2 últimos trimestres. - Baja laboral por incapacidad temporal o permiso de maternidad/paternidad: justificante de los ingresos mensuales que perciba. - En otros supuestos: declaración de ingresos.
    • Certificado de pensiones
      (No obligatorio / No original)
      En el supuesto de ser pensionista de organismos extranjeros: Certificado acreditativo.
    • Código de identificación fiscal: CIF
      (Obligatorio / No original)
      En el supuesto de que la persona/ entidad perceptora no corresponda con la persona solicitante: copia del D.N.I./N.I.E. en vigor o C.I.F de la entidad perceptora.
    • Informe médico
      (No obligatorio / No original)
      Informes médicos si lo hubiera de los miembros de la unidad familiar
    • Documento de identificación de extranjero: NIE
      (Obligatorio / No original)
      Para ciudadanos/as de origen no comunitario: Copia del permiso de residencia en vigor de todos los miembros de la unidad de convivencia.
    • Permiso
      (No obligatorio / No original)
      De residencia del solicitante y miembros de la unidad familiar en el caso de ser extranjeros
    • Plan de acompañamiento social
      (Obligatorio / Original)
      Proyecto individual de inserción, firmado por todos los participantes adultos de la unidad de convivencia (A aportar por el centro de servicios sociales de atención primaria).
    • Permiso circulación vehículos
      (Obligatorio / No original)
      En el supuesto de que algún miembro de la unidad de convivencia sea titular de vehículos de menos de 5 años: Documentación acreditativa en la que debe figurar matrícula, marca, modelo y fecha de primera matriculación (permiso de circulación).
    • Acreditación
      (No obligatorio / No original)
      EXCEPCIONES AL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS * En el supuesto de solicitantes que tengan entre 18 y 25 años: - En caso de convivir y tener a su cargo hijos menores de edad, menores tutelados o en régimen de acogimiento familiar o personas con discapacidad menores de 25 años: copia del libro de familia/ partida de nacimiento, o en su caso, copia de la resolución de acogimiento/ tutela. - En caso de orfandad absoluta: certificado acreditativo de ser beneficiario/a de pensión de orfandad absoluta o copia de la partida de defunción de ambos progenitores. - En caso de haber estado tutelado/a por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia antes de haber alcanzado la mayoría de edad: informe expedido por la unidad competente de la Comunidad Autónoma en materia de protección de menores. - En caso de encontrarse en situación de grave exclusión social: informe social que acredite que la persona solicitante participa en un programa de integración, reconocido por la Consejería competente en materia de política social. * En el supuesto de solicitantes mayores de 65 años: - En caso de convivir y tener a su cargo hijos menores de edad, menores tutelados o en régimen de acogimiento familiar o personas con discapacidad menores de 25 años: copia del libro de familia/ partida de nacimiento, o en su caso, copia de la resolución de acogimiento/tutela. - En caso de emigrantes murcianos retornados: certificado de emigrante retornado y documento acreditativo de no tener acceso a pensión asistencial por ancianidad para emigrantes retornados, ni a pensión del país del que se ha retornado.En caso de estar En * En el caso de estar incluido en uno de los supuestos excepcionales de residencia legal de cinco años en territorio español: - Para emigrantes murcianos retornados: certificado de emigrante retornado y documento acreditativo de no tener acceso a otras ayudas de análoga finalidad. - Para extranjeros refugiados, en situación de asilo en trámite o con autorización de estancia en España por razones humanitarias: documento que acredite dicha condición emitido por la unidad competente, y documento acreditativo de no tener acceso a otras ayudas de análoga finalidad. * En caso de estar incluido en uno de los supuestos excepcionales de empadronamiento y de residencia efectiva y continuada de un año en la Región de Murcia: - Para emigrantes murcianos retornados: certificado de emigrante retornado y documento acreditativo de no tener acceso a otras ayudas de análoga finalidad. - Para extranjeros refugiados, en situación de asilo en trámite, o con autorización de estancia en España por razones humanitarias: documento que acredite dicha condición, emitido por la unidad competente y documento acreditativo de no tener acceso a otras ayudas de análoga finalidad. - Para personas sin hogar: certificado/volante de empadronamiento* en el que se acredite que la persona solicitante figura empadronada en la Región de Murcia al menos seis meses antes de la presentación de la solicitud, e informe social emitido por los servicios sociales de atención primaria que acredite la residencia efectiva y continuada en la Región de Murcia el año inmediatamente anterior a dicha fecha. - Para familias objeto de protección de menores: declaración de riesgo social o desamparo emitida por la unidad competente de la Comunidad Autónoma. - Para víctimas de violencia de género: documento que acredite que las medidas de protección están en vigor, o en su defecto, informe emitido desde el Centro de Atención Especializada para Mujeres Víctimas de Violencia de Género (CAVI), por el que se acredite que dicha situación se ha producido en el año anterior a la solicitud. - Para personas procedentes de otras Comunidades Autónomas que perciban otra prestación de análoga finalidad: copia de la resolución por la que se reconoce el derecho a la prestación de renta mínima.
    • Certificado
      (No obligatorio / No original)
      En el supuesto de que la persona solicitante sea extranjera: Certificado de extranjería que acredite la residencia legal en España de la persona solicitante durante 5 años.
    • Certificado de encontrarse en régimen de internado
      (No obligatorio / No original)
      Certificado acreditativo de encontrarse en régimen de internado (residencia, prisión), en el que se indique el periodo de permanencia.
    • Pasaporte
      (Obligatorio / Original)
      Para ciudadanos no comunitarios: Copia de las hojas que contengan datos del pasaporte en vigor del solicitante, diligenciada por el/la trabajador/a social del centro de sociales de atención primaria. En el caso de que el pasaporte se haya expedido durante el año anterior a la fecha de solicitud, copia de las hojas que contengan datos del pasaporte anterior de la persona solicitante, diligenciada por el/la trabajador/a social del centro de sociales de atención primaria. En el caso de no disponer de pasaporte, certificado de paso de fronteras, emitido por su país de origen.
    • Acreditación de escolaridad
      (No obligatorio / No original)
      En el supuesto de existir menores de edad: Documento acreditativo de la escolarización de los/las menores.
    • Sentencia judicial
      (No obligatorio / No original)
      En el supuesto de existir menores y separación de sus progenitores: - Copia de la sentencia que regule la guarda y derecho de alimentos, o en su defecto, acreditación de haber iniciado los trámites correspondientes. - Documento acreditativo de la cuantía percibida en concepto de derechos de alimentos, o en su defecto, reclamación judicial actualizada de la misma.
    • Pensión por manutención
      (No obligatorio / No original)
      En el supuesto disponer de ingresos y abonar pensión alimenticia/compensatoria: Copia de la sentencia que establezca la obligación y justificantes bancarios que acrediten que ha abonado dicha cuantía durante los 3 meses inmediatamente anteriores a la solicitud.
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (No obligatorio / No original)
      En el caso de actuar de representante legal, voluntario o en trámites electrónicos
    • Sentencia de separación o divorcio
      (No obligatorio / No original)
      En el supuesto de separación o divorcio: - Copia de la sentencia de separación o divorcio y convenio regulador, o justificante de haber iniciado los trámites correspondientes. - Acreditación de la pensión compensatoria percibida (sentencia o convenio regulador) o reclamación judicial actualizada de la misma.
    • Justificante ingresos solicitante y familiares
      (No obligatorio / No original)
    • Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea
      (Obligatorio / No original)
      Para ciudadanos/as comunitarios/as: - Copia del certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea de todos los miembros de la unidad de convivencia. - Copia del pasaporte en vigor o documento de identidad en vigor de su país de origen, de todos los miembros de la unidad de convivencia.
    • Justificante de pago
      (No obligatorio / No original)
      En caso de tener vehículo, Justificante de pago impuesto de vehículos
    • Certificado del impuesto sobre las rentas de las personas físicas (*)
    • Certificado de Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (*)
    • Consulta de las prestaciones del Registro de Prestaciones Sociales Públicas, Incapacidad Temporal y Maternidad (*)
    • Consultar los datos de situación de alta laboral (*)
    • Consulta de Datos Catastrales (*)
    • Consulta de Certificación de Titularidad del Catastro (*)
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Consulta de datos de residencia con fecha de la última variación (*)
    • Consulta de Inscripción como demandante de empleo a Fecha Concreta (*)
    • Consulta de importes actuales de desempleo (*)
    • Consulta de importes percibidos por periodos de desempleo (*)
    • Consulta de datos de desempleo (*)
    • Consulta de Vida Laboral (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Renta Básica de Inserción

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    La solicitud se presentará preferentemente en el registro del Ayuntamiento correspondiente al domicilio de la persona insertada.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GERENTE DEL IMAS

    Plazo de resolución: 2 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A MUJER,IGUALDAD,LGTBI,FAM Y PS

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Renunciar a los puestos docentes interinos, ofrecidos en los actos de adjudicación, durante un curso completo, manteniendo el derecho a permanecer en la lista, en la misma posición (Acuerdo de interinos).
    Establecer el procedimiento de renuncia a un puesto docente interino, ofrecido en los actos de adjudicación, durante un curso completo, con el derecho a permanecer en la lista correspondiente en la misma posición.

    1- Plazos
    Las renuncias se presentarán del día 1 de junio al 30 de junio.
    2.- Causas de renuncia justificada a la oferta de puestos de trabajo.
    No es necesaria su justificación es un derecho reconocido en el acuerdo de personal docente interino del año 2016.
    3.- Readmisión en las listas
    La readmisión es automática al curso siguiente.

    Destinatarios

    Administración.

    Personal integrante de las listas de interinos de Cuerpos docentes.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a plazos

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RECURSOS HUMANOS (A14028762)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Pertenecer a la lista de interinos correspondiente.

    Solicitud de renuncia justificada a la oferta para curso completo

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RRHH

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio.

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Normativa

    Otras disposiciones y actos administrativos

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Establecer el procedimiento, las consecuencias y las causas justificadas de renuncia a un puesto docente desempeñado en régimen de interinidad.

    "Queda prorrogada la Orden de 27 de junio de 2018, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2018-2019, en la forma que sigue:

    1.- Las fechas o normativa ligada a las mismas deberán entenderse actualizadas en el contexto progresivo temporal de esta prórroga, así como las

    circunstancias ligadas a la celebración de oposiciones al Cuerpo de Maestros.

    2. La incorporación efectiva del profesorado a la que se refería el artículo 12.1 se producirá el 2 de septiembre de 2019.

    "Orden de 11 de julio de 2019, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se prorroga para el curso 2019-2020 la Orden de 27 de junio de 2018, de esa misma Consejería, por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos "para el curso 2018-2019."

    Destinatarios

    Administración.

    Funcionarios interinos de todos los cuerpos docentes que trabajan en centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RECURSOS HUMANOS (A14005423)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    -Estar desempeñando un puesto correspondiente a cuerpos docentes, en régimen de interinidad, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    -Cumplir con alguna de las causas excepcionales establecidas, para la renuncia sin pérdida de derechos. Según se detalla:

    El candidato que habiéndose incorporado a un puesto de interinidad renuncie a él o, habiendo sido nombrado, no se incorpore, será eliminado de la lista de la especialidad en que se haya producido la renuncia o la no incorporación, salvo que acredite alguna de las siguientes causas excepcionales justificativas de la renuncia:

    a) Por cuidado de hijo o cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, por el tiempo previsto en la ley para la excedencia por cuidado de familiares.

    b) Por incorporarse a un puesto de trabajo adscrito a un cuerpo de grupo o nivel superior en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    c) Por pasar de un nombramiento de jornada completa a jornada parcial, de la misma naturaleza y duración. En este caso no podrá ampliarse la jornada a quienes pasen de tiempo completo a tiempo parcial. A los efectos de lo dispuesto en la presente letra, no se entienden de distinta naturaleza los nombramientos en distinta especialidad. Este tipo de renuncias no podrán solicitarse pasado el 1 de marzo.

    d) Por obtener un puesto de trabajo o beca en el extranjero en algún programa docente convocado por la Administración Pública, por universidades extranjeras o instituciones de reconocido prestigio.

    e) Cuando el estado de salud del interesado aconseje un centro de trabajo determinado, distinto del ofertado. Esta circunstancia requerirá informe positivo del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales con indicación de los criterios a considerar en la elección de centro.

    f) Otras causas de fuerza mayor a valorar por la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, dándose cuenta a las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Educación. En este apartado se tendrá especial consideración hacia las víctimas de violencia de género o víctimas del terrorismo.

    En todo caso, el solicitante deberá permanecer en su puesto de trabajo hasta que se emita la correspondiente resolución. De no hacerlo, resultará excluido definitivamente de la lista de interinos.

    El profesorado interino que se acoja a la situación asimilada a la excedencia por cuidado de familiares, regulada en el artículo 59 del texto refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, podrá disfrutar de este permiso en la medida en que lo permita la naturaleza de su relación y, en todo caso, con el límite de la duración del nombramiento a que renuncia. Según dispone el artículo 89.4 del Estatuto Básico del Empleado Público, el tiempo de permanencia en esta situación computará a efectos de trienios y derechos en el régimen de la Seguridad Social que sea de aplicación. Dicho periodo será único por cada sujeto causante.

    El profesorado interino que cesa en periodo no lectivo podrá continuar (de manera voluntaria) en las plazas que venía ocupando, en el caso de que el titular de la plaza vuelva a causar baja antes del comienzo del siguiente periodo lectivo, siempre que exista informe positivo del centro correspondiente, sin que ello suponga la adquisición de ningún derecho retributivo sobre el periodo no trabajado.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RRHH

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EDUCACION,JUVENTUD Y DEPORTES

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Reparar las viviendas de promoción pública propiedad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, integradas en el parque inmobiliario de la Oficina para la Gestión Social de la Vivienda, de la Dirección General de Vivienda.

    Recuerde que si usted es adjudicatario de una de estas viviendas y la misma sufriese un desperfecto podrá solicitar su reparación dirigiéndose a los servicios sociales de su Ayuntamiento o personalmente mediante un escrito dirigido a la Oficina para la Gestión Social de la Vivienda, de la Dirección General de Territorio y Vivienda, donde se especifiquen sus datos personales, la dirección de la vivienda y el problema detectado.

    A partir de este momento el personal de dicha Oficina aperturará un expediente, que remitirá a nuestro departamento técnico, para que uno de los técnicos se persone en la vivienda y realice un informe o estudio de los daños detectados y valore si estos son competencia nuestra o no, en caso de que sean competencia nuestra, se contactará con una empresa de reparaciones que efectuará las obras pertinentes corriendo a nuestro cargo todas las gestiones y gastos que la reparación de los daños acarree, cuando proceda.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Adjudicatarios de las viviendas del parque de viviendas propiedad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
    DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Ser adjudicatario de la vivienda

    SOLICITUD DE REPARACIÓN VIVIENDA VPP

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • SOLICITUD DE REPARACIÓN VIVIENDA VPP

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE TERRITORIO Y ARQUITECTURA

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Facilitar reproducciones de documentos de archivo a los usuarios del Archivo General de la Región de Murcia.

    El servicio de reproducción de documentos del Archivo General ofrece copias digitales. También se pueden solicitar presencialmente copias en papel, en blanco y negro, formato A4, con un límite máximo de 10 fotocopias por documento.

    En la Carta de servicios del Archivo General figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:

    "4.- Entrega del 100% de las reproducciones de documentos en el plazo máximo de 30 días, si la petición no supera las 100 imágenes."

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Investigadores, usuarios del Archivo y ciudadanos en general.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCION GENERAL DE BIENES CULTURALES (A14028768)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    El solicitante de reproducciones de documentos debe estar registrado como usuario del Archivo General. Puede ser usuario cualquier ciudadano mayor de 18 años.

    Requisitos posteriores

    Las copias se proporcionan a efectos de investigación y uso personal. En caso de que se desee divulgar documentos del archivo por cualquier medio (publicación impresa, página web, exposiciones ...), se deberá solicitar autorización expresa a la dirección del centro mediante el correspondiente formulario.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Las tasas no se pueden mostrar en este momento. Contactar con el Servicio de Atención Telefónica 012 o 968362000, de 8:30 a 20:00 horas, de lunes a viernes.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Reproducir gráficamente o utilizar imágenes de bienes culturales, para facilitar la investigación y la difusión cultural de los fondos museográficos pertenecientes a los museos y colecciones museográficas integrados en el Sistema de Museos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    - Cuando se trate de bienes de otra titularidad distinta a la autonómica, la autorización para la reproducción gráfica corresponderá al titular de la institución museística.

    - En la Carta de servicios del Servicio de Museos y Exposiciones-Dirección General de Bienes Culturales, figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:

    "6. Respuesta a los usuarios que soliciten la reproducción gráfica de bienes culturales en el plazo máximo de 30 días, si no requiere autorización para su exportación fuera del territorio nacional.

    Destinatarios

    Administración.

    Interesados e investigadores que aporten información sobre el uso que se va a dar de las imágenes y el medio o soporte físico de reproducción y/o distribución.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCION GENERAL DE BIENES CULTURALES (A14028768)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Para hacer efectivo el derecho a la reproducción gráfica y la utilización de imágenes del museo, la persona consultante deberá aceptar previamente las siguientes condiciones:

    a) El acceso a los bienes se ajustará a las condiciones que el museo establezca para garantizar la seguridad y conservación de los mismos.

    b) Se permite realizar reproducciones y utilizar imágenes del museo para uso privado o docente. Cualquier otro uso de tipo comercial o lucrativo, o su cesión a terceros, deberá ser autorizado por la comunidad autónoma o quienes ostenten la titularidad del bien objeto de reproducción, sin perjuicio de la preceptiva autorización de la persona o entidad gestora de los derechos de propiedad intelectual.

    c) El museo no se hace responsable del uso de las imágenes por parte del solicitante ni de terceros, que serán quienes deban responder legalmente de cualquier uso ilegítimo de las mismas frente a los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual.

    d) En caso de publicación, se indicará expresamente la autoría y el museo de procedencia de las imágenes. Una copia de la publicación será remitida al Servicio de Museos y Exposiciones y otra al museo donde radiquen los bienes.

    e) Se precisa concertar cita previa para acceder a los fondos, que se concederá preferiblemente los lunes.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Presentación de solicitud de inicio

      Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL BIENES CULTURALES

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Atender el requerimiento de presentación del modelo de 714 relativo al impuesto de Patrimonio a los sujetos que, según los datos de los que dispone la Administración, tienen la obligación de presentar y sin que conste la misma.

    La declaración se presentará telemáticamente ante la AEAT

    - Se concede un plazo de 10 días para atender el requerimiento, bien mediante la presentación telemática del modelo 714 o mediante escrito en el que el destinatario ponga de manifiesto que no resulta obligado a presentar.

    - La falta de atención del requerimiento da lugar a la formulación de un segundo y en su caso un tercer requerimiento y en su caso la imposición de sanción oportuna.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Sujetos obligados a presentar declaración por el impuesto de Patrimonio.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    Consultar todas las unidades responsables

    Requisitos posteriores

    Se concede un plazo de 10 días para atender el requerimiento, bien mediante la presentación telemática del modelo 714 o mediante escrito en el que el destinatario ponga de manifiesto que no resulta obligado a presentar.

    - La falta de atención del requerimiento da lugar a la formulación de un segundo y en su caso un tercer requerimiento y en su caso la imposición de sanción oportuna.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Atender el requerimiento de presentación a los sujetos pasivos no declarantes de los tributos cedidos

    - Se concede un plazo de 10 días para atender el requerimiento, bien mediante la presentación de la autoliquidación en las oficinas de presentación o mediante escrito en el que el destinatario ponga de manifiesto que no resulta obligado a presentar.

    - La falta de atención del requerimiento da lugar a la formulación de un segundo y en su caso un tercer requerimiento y en su caso la imposición de sanción oportuna.

    Destinatarios

    Ciudadanía.

    Herederos del causante.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    Consultar todas las unidades responsables

    Requisitos posteriores

    - Se concede un plazo de 10 días para atender el requerimiento, bien mediante la presentación del modelo de autoliquidación correspondiente en las oficinas de presentación o mediante escrito en el que el destinatario ponga de manifiesto que no resulta obligado a presentar.

    - La falta de atención del requerimiento da lugar a la formulación de un segundo y en su caso un tercer requerimiento y en su caso la imposición de sanción oportuna.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Resolver los conflictos que puedan plantearse entre municipios en relación con la demarcación de sus términos.

    Cuando se trate de deslindes de términos municipales que afectan a dos Comunidades Autónomas, el procedimiento es el previsto en el RD 3426/2000, de 15 de diciembre.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Ayuntamientos de la Región.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
    DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL (A14028285)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Existencia de conflicto.

    • Informe
      (Obligatorio / Original)
      A la solicitud del Ayuntamiento, adjuntar:Informe de la Consejería competente en régimen local.Informe del Instituto Geográfico Nacional.Informe del ConsejoJurídico de la Región de Murcia (en el caso de que se trate de expedientes de alteración de términos municipales).

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: Consejo de Gobierno

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Información adicional sobre recursos

    Potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno.

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.