Resolución de conflictos entre municipios sobre demarcación, deslinde y amojonamiento de sus términos municipales (código 1792)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Resolver los conflictos que puedan plantearse entre municipios en relación con la demarcación de sus términos.

Cuando se trate de deslindes de términos municipales que afectan a dos Comunidades Autónomas, el procedimiento es el previsto en el RD 3426/2000, de 15 de diciembre.

Destinatarios

Empresas y otras Entidades.

Ayuntamientos de la Región.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL (A14028285)

Requisitos de solicitud o iniciación

Existencia de conflicto.

  • Informe
    (Obligatorio / Original)
    A la solicitud del Ayuntamiento, adjuntar:Informe de la Consejería competente en régimen local.Informe del Instituto Geográfico Nacional.Informe del ConsejoJurídico de la Región de Murcia (en el caso de que se trate de expedientes de alteración de términos municipales).

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: Consejo de Gobierno

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Información adicional sobre recursos

Potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno.

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